PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
CLÁUSULAS PARTICULARES
CAPITULO I DEL OBJETO
ARTICULO 1°.- OBJETO: El presente llamado a licitación tiene por objeto contratar la provisión de lácteos, conforme detalle en formulario de cotización, con entrega domiciliaria, en vehículos habilitados por la autoridad competente para tal fin, libre de todo gasto adicional, de lunes a viernes y a requerimiento de las dependencias, para distintas dependencias municipales, detallados en el Anexo I (Listado de Establecimientos) y Anexo II (Detalle de las entregas a realizar) que forman parte del presente pliego y las que pudieran crearse durante la vigencia de la presente licitación.
ARTICULO 2°.- PERIODO: La presente contratación se efectuará desde la fecha de adjudicación y hasta agotar el suministro de las cantidades adjudicadas, cuyo período de consumo se estima en un año, con opción de prórroga del suministro por parte de la Municipalidad por el término de un año y hasta el equivalente del 100 % de las cantidades licitadas, siempre que exista el consentimiento expreso del proveedor treinta (30) días antes de la fecha en que la Dirección General de Contrataciones estime que se agotarán las cantidades adjudicadas.
2.1. CONTINUIDAD DEL SERVICIO: cuando razones de interés público así lo hicieren aconsejable, la Municipalidad se reserva el derecho de requerir a la adjudicataria la continuidad de la prestación del servicio, aún después de haber expirado el plazo de la contratación original y/o su prórroga. Este término no podrá exceder de un máximo de sesenta (60) días corridos, a partir de la fecha de vencimiento, en cuyo caso se notificará fehacientemente a la empresa adjudicataria, con una antelación no menor a cinco (5) días corridos.
Los servicios así prestados serán reconocidos por la Municipalidad, conforme en un todo a las estipulaciones del presente Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 3°.- PLAZO DE ENTREGA: La entrega de los productos se efectuará de la siguiente manera: entregas diarias de leche y semanales de queso, dulce de leche y manteca. Si el proveedor no cumpliere, se hará pasible de las sanciones que correspondieren.
ARTICULO 4°.- AMPLIACIÓN Y/O DISMINUCIÓN: La Municipalidad se reserva el derecho de aumentar y/o disminuir en hasta un veinte por ciento (20%) los montos de la presente contratación.
ARTICULO 5°.- CALIDAD : El adjudicatario deberá cumplir las disposiciones del Código Alimentario
Argentino y toda otra legislación que rige en la materia.
ARTÍCULO 6°.- MARCAS : El oferente deberá indicar indefectiblemente las marcas de los productos ofrecidos. En caso que el oferente indique más de una marca, deberá disponer de las mismas al momento de la adjudicación, no considerándolas como alternativas.
ARTICULO 7 °.- TRANSPORTE Y ENVASES : Las condiciones de transporte y envase se ajustarán a las
disposiciones que rigen para la distribución de los productos que deberá transportar conforme este pliego.
CAPITULO II DE LOS OFERENTES
ARTÍCULO 8º.- REQUISITOS A CUMPLIMENTAR POR LOS OFERENTES : Los oferentes deberán
cumplimentar lo siguiente:
8.1. Fijar, al adquirir el pliego, domicilio legal en la ciudad de Xxx xxx Xxxxx, en el cual se tendrán por válidas
todas las notificaciones que se cursen.
8.2. Podrán efectuar propuestas las personas jurídicas, debiendo acompañar a la propuesta copia autenticada del contrato social inscripto o estatuto debidamente autenticados por Notario Público y el instrumento con el cual se acredite que él o los signatarios de la propuesta tienen personería suficiente como para efectuar la presentación y comprometer a la entidad oferente.
Se acompañará contrato de fianza comercial solidaria e ilimitada, con renuncia expresa a los beneficios de excusión y división por parte de cada uno de los integrantes del órgano de dirección, respecto de las obligaciones que contraigan los mismos con la Municipalidad de General Xxxxxxxxxx a raíz de la presente
licitación o del contrato en su caso. Dicha fianza deberá tener una vigencia igual a la del contrato de suministro inclusive la de eventuales prórrogas. Las firmas deberán certificarse ante Escribano Público, legalizada por el Colegio respectivo si el Escribano fuere de jurisdicción distinta a la Provincia de Buenos Aires.
Para el caso de personas de existencia ideal se presentará nómina actualizada de los miembros de los órganos directivos y de fiscalización designados de acuerdo a los términos de la ley 19.550, artículo 60º, aportando de cada uno de ellos los siguientes datos:
- Apellido y nombres completos.
- Domicilio real.
- Lugar y fecha de nacimiento.
- Tipo y número de documento de identidad y copia autenticada conforme este pliego de bases y condiciones del acta en la cual constan las designaciones.
8.3. Habilitaciones: presentar constancias de habilitación conforme la normativa vigente para productos lácteos, de locales destinados a la elaboración, depósitos, etc. y de los vehículos destinados al transporte. A tal efecto deberá presentar conjuntamente con la oferta:
8.3.1. Nómina donde conste el número de habilitación de los locales y/o depósitos donde almacenan los productos objeto de la presente licitación, los que deberán estar ubicados en el Partido de Gral. Xxxxxxxxxx a nombre del proponente.
8.3.2. Si la mercadería procede de otro partido, deberán presentar fotocopia debidamente autenticada del certificado de habilitación de locales y/o depósitos, extendido por la Municipalidad pertinente y si la mercadería proviniere de fábrica directamente, deberá adjuntarse fotocopia debidamente autenticada del certificado de habilitación municipal de la misma.
8.4. Para ser admitidos en esta Licitación Pública, es condición que los interesados se encuentren inscriptos en el registro de Proveedores de esta Municipalidad. Los que formulen propuestas sin estar inscriptos, deberán presentar su solicitud de inscripción conforme el artículo 10º del Reglamento de Contrataciones de la Municipalidad de General Pueyrredon, dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la apertura.
8.5. Acreditar la inscripción en todos los organismos nacionales, provinciales y/o municipales a que se
encuentren obligados por imperio de la legislación vigente.
8.6. Certificación de Contador Público con firma autenticada por el Consejo Profesional sobre el estado de situación del oferente respecto a si registra o no deuda impositiva, laboral y/o previsional con motivo de la actividad que desarrolla y si esta es exigible o no al momento de extender la certificación.
8.7. Presentar declaración jurada en Formulario Nº 2, en la cual el oferente exprese no encontrarse incurso en alguna de las siguientes causales de exclusión:
8.7.1 Incapacidad para contratar según la legislación vigente.
8.7.2. Ser agente al servicio de la Municipalidad de General Xxxxxxxxxx y en caso de sociedades, estar integradas total o parcialmente por aquellos o cuyos Directores o Gerentes también lo fueren.
8.7.3. Los fallidos, interdictos y concursados, salvo que estos últimos presenten la correspondiente autorización judicial.
8.7.4. Encontrarse afectado por medida cautelar de cualquier tipo que a juicio del Municipio imposibilite
o ponga en riesgo la prestación del servicio licitado.
8.7.5. Haber sido eliminado del Registro de Proveedores de la Provincia. de Buenos Aires o de esta Comuna.
8.7.6. Haber sido objeto de dos (2) o más rescisiones contractuales unilaterales o sancionatorias por parte de organismos nacionales, provinciales o municipales, en los últimos cinco (5) años anteriores a la propuesta.
8.7.7. Haber sido condenado en litigio sostenido con organismos públicos y/o sociedades del estado por motivos originados en prestaciones similares a la presente, en los últimos cinco (5) años anteriores a la propuesta.
8.7.8. Existir incumplimientos contractuales con la Municipalidad de General Pueyrredon.
8.8. Presentar, “CERTIFICADO DE LIBRE DEUDA” emitido por la Dirección de Recursos, Departamento de Fiscalización Externa. A tales efectos retirará del Departamento de Actividades Económicas dependiente de la Dirección de Recursos de la Municipalidad de General Pueyrredon, sito en Xxxxxxxx 0000, formulario pertinente con el que iniciará expediente en Mesa General de Entradas, Xxxxxxxx Xxxxxxxx 0000, previo pago de los derechos correspondientes.
Las empresas que hubieren realizado este trámite dentro de los doce (12) meses inmediatos anteriores a la apertura de la actual licitación, solo deberán presentar fotocopia autenticada de tal presentación.
8.9. Presentar balance correspondiente al último ejercicio, dictaminado por Contador Público, con firma legalizada por el respectivo Consejo Profesional, y acompañado por copia del Acta de Asamblea o de reunión de socios en que fue aprobado.
8.10. La información requerida en este pliego es de presentación obligatoria y además el proponente podrá ampliarla con toda otra información que considere de interés para el propósito de la evaluación.
8.11. PROHIBICIONES: No serán admitidas en esta licitación las sociedades que no se encuentren legalmente constituidas, como así tampoco las de carácter accidental o en participación, ni las sociedades en formación.
CAPITULO III
DE LA COTIZAC ION
ARTÍCULO 9°.- PRECIO Y FORMA DE COTIZAR : El precio cotizado es la total y única compensación, quedando en consecuencia, relevada la Municipalidad de toda otra responsabilidad que no sea el precio pactado. El oferente cotizará el monto de su propuesta indicando el costo de cada producto.
9.1. El oferente cotizará el monto de su propuesta indicando el costo de cada producto. Deberá consignar la
marca de cada uno de los productos cotizados.
9.2. Sin perjuicio de la forma de cotizar descripta, la Municipalidad no adjudicará el aprovisionamiento a más de una empresa, reservándose el derecho de ampliar o disminuir el monto contratado conforme este pliego.
ARTÍCULO 10°.- IMPUESTOS : La Municipalidad reviste el carácter sujeto EXENTO en el IVA, por lo tanto el precio cotizado se entenderá, en todos los casos, que incluye el citado impuesto.
ARTICULO 1 1°.- MANTENIMIENTO DE OFERTA : Mínimo sesenta (60) días hábiles. Se considerará automáticamente prorrogado por igual período, salvo expresa manifestación en contrario por parte del oferente, la que deberá efectuarse junto con la oferta.
CAPITULO IV
DE LOS PLAZOS PARA LAS CONSULTAS Y VENTAS DE PLIEGOS Y SU PUBLICIDAD
ARTÍCULO 12º.- CONSULTAS Y VENTA DE PLIEGOS : Las consultas que los oferentes consideren necesario efectuar, deberán ser formuladas por escrito ante la Dirección General de Contrataciones, hasta cinco (5) días hábiles anteriores a la fecha de apertura de la licitación.
La Municipalidad, asimismo, podrá hacer aclaraciones de oficio y responder a las consultas que formulen por escrito los interesados, hasta tres (3) días hábiles anteriores a la fecha de apertura de la licitación. Las aclaraciones solicitadas y las respuestas se pondrán en conocimiento de todos los adquirentes xxx xxxxxx de bases y condiciones, pasando a formar parte de éste.
Los pliegos de esta licitación estarán a la venta en la Dirección General de Contrataciones desde
el llamado a ofertar y hasta siete (7) días hábiles anteriores a la apertura de la licitación.
ARTICULO 1 3°.- PUBLICIDAD DEL LLAMADO : En el decreto de llamado a licitación y en las publicaciones que la legislación prescribe, se establecerán con precisión fechas, horarios y lugares de apertura de la misma y aquellos donde los interesados podrán consultar y/o comprar los pliegos y depositar la garantía
de oferta en sus diversas modalidades. Pudiendo consultar el pliego a través de la página institucional
http://
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx
y Mail: xxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx
CAPITULO V
DE LAS PROPUESTAS
ARTÍCULO 14º.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS: Serán presentadas en sobre debidamente cerrado e
identificado en la cubierta exterior de la siguiente manera:
EXPEDIENTE Nº 1754-1-08 Cuerpo 1
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 02/08 – SEGUNDO LLAMADO CONTRATACIÓN DE LA PROVISIÓN DE PRODUCTOS LACTEOS CON DESTINO SECRETARIA DE EDUCACIÓN
APERTURA : HORA:
CONTENIDO DEL SOBRE: Contendrá la documentación que a continuación se detalla:
14.1. Constancia expedida por Tesorería Municipal de haber adquirido el presente pliego.
14.2. Declaración jurada, suscripta por el proponente, en donde se manifieste conocer y aceptar íntegramente
el contenido xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones de esta licitación (Formulario Nº 1)
14.3. Declaración jurada suscripta por el proponente de no estar comprendido en los impedimentos de
concurrencia establecidos en el presente pliego. (Formulario Nº 2)
14.4. La información exigida en el artículo 8°, con detalle pormenorizado en hoja aparte de toda la documentación que presenta, debidamente firmada por el oferente, con excepción del Formulario Nº 2 exigido en artículo 14.3.
14.5. Declaración aceptando, para cualquier cuestión que se suscite, la competencia de los Tribunales competentes de la Provincia de Buenos Aires con asiento en el Departamento Judicial de Xxx xxx Xxxxx, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción, inclusive el federal. Formulario Nº 3.
14.6. Fotocopia de constancia expedida por la Tesorería Municipal, de haber realizado el depósito de garantía
de oferta exigido en el presente pliego.
14.7. El Pedido de Cotización en formulario oficial, escrito con letra tipo imprenta, indicando marca, consignando la cotización en números y la cotización total en letras, el que estará debidamente firmado por el oferente o su representante o autorizado debidamente acreditado en los términos del art. 13º y siguientes de la Ordenanza Nº 267/80. Tratándose de cotizaciones de un único ítem, cuando existiera diferencia entre las cifras consignadas en números y letras se tomará como válida la consignada en letras. Cuando no se correspondan los precios totales con los unitarios, estos se tomarán como base para determinar aquellos y el total de la propuesta. Se entiende que los productos que se cotizan se ajustan en un todo a las características requeridas en el Pedido de Cotización, aún cuando el oferente decida presentar su propuesta en formulario propio y en la descripción de los ítems cotizados no incluya la totalidad de las propiedades que se describen en el Pedido de Cotización.
RECEPCIÓN: El sobre deberá ser entregado en la Dirección General de Contrataciones hasta el día y hora de
la apertura.
Ningún sobre podrá tener en su cubierta exterior señal o inscripción que permita identificar al
proponente.
ARTÍCULO 15º.- DÍA INHÁBIL: Si el día fijado para el acto de la licitación fuera declarado feriado, de asueto administrativo o se produjera algún hecho imprevisible que por razones de fuerza mayor impidiera la ejecución del citado acto, el mismo se realizará el día hábil inmediato siguiente, en el mismo lugar y hora indicados.
ARTICULO 1 6º.- ADMISIÓN DE PROPUESTAS: Xxxx revestirán carácter de oferta válida las que se ajusten a las disposiciones de este pliego, pudiendo rechazarse en el momento de la apertura aquellas que no reúnan los requisitos exigidos. Sin perjuicio de ello si se comprobara posteriormente algún incumplimiento no advertido al momento de la licitación, será causal de rechazo de oferta.
16.1 Omisiones formales: Todas las omisiones o falencias de carácter formal, tanto así fueran detectadas en el acto licitatorio, como en oportunidad del estudio de las propuestas por la Comisión respectiva, serán notificadas por cédula al oferente, quién deberá subsanar las mismas dentro de los plazos establecidos en el presente pliego.
16.2 Enmiendas y/o raspaduras: En la consignación del precio tanto en números como en letras, las enmiendas
y/o raspaduras no podrán ser salvadas con posterioridad a la apertura de sobres.
ARTÍCULO 17º.- CAUSALES RECHAZO DE PROPUESTAS : Xxxxx rechazadas las propuestas cuando se compruebe:
17.1. Que no se haya constituido la garantía de oferta.
17.2. Que el mismo proponente se haya integrado en dos (2) o más propuestas.
17.3. La omisión de cualquiera de los requisitos enunciados en este pliego y su no subsanación, cuando se le
intimare a ello, en los plazos que este pliego prevé.
17.4. La existencia de raspaduras, enmiendas o entrelíneas en la propuesta, que no se encuentren debidamente
salvadas por todos los responsables de la propuesta, en las condiciones que se fijan en este pliego.
17.5. Que se aparten de las cláusulas xxx xxxxxx o fijen condiciones incompatibles con éste.
17.6. Falseamiento de datos o información incompleta.
Este listado es meramente enunciativo, dando lugar al rechazo de la propuesta cualquier otro requisito no cumplimentado, que a juicio de la Municipalidad revista el carácter de esencial o vulnere el principio de igualdad licitatoria.
ARTÍCULO 18º.- DESISTIMIENTO DE PROPUESTA :
18.1. Cuando un oferente desistiera de su propuesta antes de transcurrido el período de su mantenimiento, tal actitud podrá dar lugar a suspensión en el Registro de Proveedores por un período de hasta tres (3) años y sin perjuicio de iniciar las acciones a que hubiere lugar.
18.2. Cuando el oferente que desistiera de su propuesta antes de transcurrido el período de su mantenimiento, resultara primero en orden de mérito, tal actitud dará lugar al cobro de una multa equivalente al monto que resulte de la diferencia entre su propuesta y la que resulte adjudicada en la misma contratación.
18.3. Procedimiento: La multa que resulte del punto 18.2. implicará la pérdida automática de la garantía de oferta, y podrá afectarse para el cumplimiento de la misma sus bienes propios y/o la facturación correspondiente y/o los bienes de los socios avalistas que establece el artículo 8.2. de dicha normativa.
ARTICULO 19º.- UNICA OFERTA : En caso que hubiera una sola oferta válida por falta de otras o rechazo de las restantes, ello no significará obstáculo alguno para que la adjudicación definitiva se lleve a cabo en relación a ella, siempre y cuando dicha oferta reúna, a juicio exclusivo de la Municipalidad, las condiciones necesarias como para merecer la adjudicación. La existencia de una única propuesta de ningún modo obligará a la Municipalidad a aceptar la misma de pleno derecho.
ARTICULO 2 0º.- RECHAZO DE TODAS LAS OFERTAS : La Municipalidad no estará obligada a adjudicar a oferta alguna, pudiendo rechazarlas todas si lo estimare conveniente, sin derecho a reclamo alguno por parte de los proponentes, conforme lo prescribe los artículos 154° de la Ley Orgánica de las Municipalidades y 188° del Reglamento de Contabilidad.
ARTICULO 2 1º.- SOBRE LA ADJUDICACION: La adjudicación se efectuará al oferente que presente la oferta más conveniente a exclusivo criterio de la Municipalidad, cuya decisión respecto a las calificaciones que le merezcan los oferentes y sus propuestas serán absolutamente privativas, no encontrándose sujeta a impugnación ni a recurso de naturaleza alguna. El precio es un elemento más que hace a la conveniencia, pero no es determinante exclusivo de ello.
En caso de rescisión del contrato o rechazo de la orden de compra por parte del proveedor, la Municipalidad se reserva el derecho de convocar, a su exclusivo criterio, al siguiente en el orden de mérito siempre que reuniere a esa fecha los recaudos del presente pliego, sin perjuicio de las sanciones que le puedan corresponder al proveedor que rescinde conforme lo establecido en el artículo 18º del presente pliego.
DEL ACTO LICITATORIO Y LAS IMPUGNACIONES
ARTICULO 2 2º.- DEL ACTO LICITATORIO: Se desarrollará de la siguiente manera
22.1. APERTURA: La apertura de las propuestas se realizará en acto público, con la presencia de funcionarios e interesados que concurran, en el día, hora y lugar señalados en el decreto de llamado y que deberá publicarse conforme el presente pliego.
22.2. DESARROLLO DE ACTO : Vencido el plazo reglamentario para la admisión de las propuestas y antes de procederse a la apertura, podrán los interesados pedir o formular aclaraciones sobre el acto. Iniciado éste, no se admitirán interrupciones por ningún motivo.
Se labrará un acta detallando el contenido de los sobres y los incumplimientos a los requisitos xxx xxxxxx que
se advirtieren en el acto de apertura.
Solo se admitirán al finalizar el acto impugnaciones y observaciones al mismo, no a las propuestas.
El acta será firmada por las autoridades presentes en el acto e interesados que así lo requieran.
ARTÍCULO 23º.- OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES : Deberán presentarse con posterioridad al acto licitatorio por escrito y con copia en forma individual por cada oferente en la Dirección Gral. de Contrataciones. A los efectos de formular impugnaciones y observaciones a las ofertas, la documentación quedará a la vista de los licitantes a partir del primer día hábil posterior a la apertura y por el término de dos (2) días. El plazo para la presentación de las impugnaciones será de dos (2) días hábiles siguientes a los de toma de vista de la documentación.
De las impugnaciones se correrá traslado por (2) dos días hábiles; en ningún caso se abrirán a prueba las presentaciones, resolviéndose sobre la base de estas, sin perjuicio de las facultades verificadoras de la Municipalidad.
CAPITULO VII
DE LA INFORMACION
ARTICULO 2 4º.- AMPLIACIÓN DE LA INFORMACIÓN: La Municipalidad podrá solicitar de cualquier oferente todo tipo de información complementaria o aclaratoria, que considere necesaria a los fines verificatorios.
Sólo se admitirá la incorporación a las actuaciones de la documentación expresamente solicitada por la
Municipalidad.
El plazo para la presentación de la información complementaria o ampliatoria requerida, será de entre dos (2) y cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación fehaciente del requerimiento, quedando a criterio de la Comisión Asesora de Adjudicación la fijación del mismo teniendo en cuenta la complejidad de la documentación requerida o si la misma requiere de certificaciones, traducciones, legalizaciones, etc.
Si no se recibiere la respuesta en término o la información suministrada no satisficiese -a juicio de la Municipalidad- los fines requeridos, tendrá derecho la Municipalidad a rechazar la propuesta sin recurso alguno por parte del oferente o se la evaluará con las constancias obrantes en las actuaciones.
En ningún caso se abrirán a prueba las incidencias, resolviéndose sobre la base de las presentaciones, sin
perjuicio de las facultades verificadoras de la Municipalidad.
ARTICULO 25°.- FALSEAMIENTO DE LA INFORMACION : Si se comprobare el falseamiento de los datos proporcionados en el Formulario Nº 2 o el de cualquier otro que forme parte de su propuesta, la Municipalidad podrá declarar la inhabilitación del proponente para presentarse a futuras licitaciones y/o concursos y/o compras directas por el término de hasta diez (10) años, sin perjuicio de rechazar la propuesta de oficio o a petición de parte en cuanto se tenga conocimiento fehaciente del hecho o de la rescisión del contrato, según el estado del trámite, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial y de la elevación de las actuaciones a la justicia penal, si correspondiere, todo ello sin perjuicio de la pérdida del pertinente depósito de garantía.
CAPITULO VIII DE LAS GARANTIAS
ARTÍCULO 26º.- FORMAS DE CONSTITUIR LAS GARANTÍAS: Las garantías exigidas en el presente
pliego, podrán constituirse en alguna de las siguientes formas:
26.1. Dinero en efectivo, giro o cheque certificado contra una institución bancaria, a la orden de la
Municipalidad de General Pueyrredon.
26.2. Fianza bancaria a otorgarse sin reservas ni limitaciones, estableciendo expresamente que las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales de la Provincia de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle, la misma se presentará con certificación hecha por ante Escribano Público, de las firmas de quienes la suscriban y de la personería y facultades que le asisten para obligar a la entidad bancaria; la firma xxx Xxxxxxxxx actuante deberá ser legalizada por el respectivo Colegio Profesional, cuando este fuere de jurisdicción distinta a la Provincia de Buenos Aires.
26.3. Póliza de Seguro de Caución, la que deberá cumplir con las condiciones que se enumeran, de conformidad con lo establecido por el Decreto Nacional Nº 411/69 y por el Decreto Municipal Nº 0218/82, debiendo ser emitidas por una Compañía que se halle inscripta en el Registro Municipal de Compañías Aseguradoras, la que deberá constituir domicilio en la ciudad de Xxx xxx Xxxxx. Las pólizas deberán ser acompañadas de la certificación, hecha por Escribano Público, de las firmas de quienes las suscriben y de la personería y facultades que les asisten para obligar a la entidad aseguradora; la firma xxx Xxxxxxxxx actuante deberá ser legalizada por el respectivo Colegio Profesional, cuando este fuera de jurisdicción distinta a la Provincia de Buenos Aires. Asimismo, se deberán tener en cuenta los siguientes recaudos:
26.3.1. Instituir a la Municipalidad de General Xxxxxxxxxx como "Asegurado" y presentar conjuntamente con la póliza recibo oficial donde conste haber abonado la prima total por el período de contratación.
26.3.2. Cubrir o participar en forma solidaria, en concurrencia con otros garantes hasta el importe total de la garantía que se exige y mantener su vigencia mientras no se extingan las obligaciones cuyo cumplimiento se cubre.
26.3.3. Establecer que los actos, declaraciones, acciones u omisiones del oferente o adjudicatario del servicio, que actúe como tomador de la póliza, no afectarán en ningún caso los derechos del asegurado frente al asegurador.
26.3.4. Determinar que el asegurador responderá con los mismos alcances y en la misma medida en que, de acuerdo con la legislación vigente, el presente pliego y el contrato respectivo, corresponde afectar total o parcialmente las garantías.
26.3.5. Instituir que, una vez firme la resolución dictada dentro del ámbito de la Municipalidad, que establezca la responsabilidad del oferente o adjudicatario por el incumplimiento de las obligaciones a su cargo, el asegurado tendrá derecho a exigir del asegurador el pago pertinente, luego de haber resultado infructuosa la intimación extrajudicial de pago hecha a aquél, no siendo necesaria ninguna otra interpelación ni acción previa contra sus bienes.
26.3.6. Estipular que el siniestro quedará configurado reunidos los requisitos del punto anterior al cumplirse el plazo que la Municipalidad establezca en la intimación de cumplimiento hecha al oferente o adjudicatario, sin que se haya satisfecho tal requerimiento y que el asegurador deberá abonar la suma correspondiente, dentro del término de quince (15) días de serle requerida.
26.3.7. Fijar que la prescripción de la acción contra el asegurador, se producirá cuando prescriban las acciones de la Municipalidad contra el oferente o adjudicatario, de acuerdo a las disposiciones legales y contractuales aplicables.
26.3.8. Establecer expresamente que para cualquier cuestión emergente del contrato, las partes se someten a la jurisdicción los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles.
26.3.9. En caso de existir dos (2) o más instrumentos cubriendo cada uno de ellos en forma parcial la caución exigida por el asegurado, el asegurador participará en forma solidaria en concurrencia con los otros garantes, hasta el importe total de la garantía o suma asegurada.
26.3.10. La compañía aseguradora debe, en la póliza, constituir domicilio legal en la ciudad de Xxx
xxx Xxxxx.
ARTICULO 2 7º.- GARANTIA DE OFERTA : El proponente deberá adjuntar, al formular la propuesta, la constancia expedida por la Tesorería Municipal de haber efectuado el Depósito de Garantía de Oferta, por el equivalente al dos por ciento (2%) del presupuesto oficial. Dicha garantía deberá constituirse en alguna de las formas previstas en el presente pliego.
En caso de fracasar el primer llamado y convocarse a un segundo llamado deberá constituirse nueva garantía de oferta para el segundo llamado.
Esta garantía será devuelta, conforme lo prevé el presente pliego:
27.1. A los oferentes, una vez que se encuentre firme y consentido el acto administrativo por el cual se disponga la adjudicación o rechazo de las propuestas o en su defecto, una vez vencido el plazo establecido para el mantenimiento de la oferta.
27.2. Al adjudicatario, previo cumplimiento del depósito de garantía de contrato.
ARTICULO 28º.- DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO : Como condición para la firma del contrato, el adjudicatario deberá afianzar el mismo con una suma igual al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado, efectuándolo de acuerdo con lo establecido en este pliego. Esta fianza o garantía deberá extender su vigencia hasta la extinción total de las obligaciones cuyo cumplimiento se cubre.
ARTÍCULO 29°.- PLAZO PARA EL DEPÓSITO: El plazo será:
29.1. GARANTIA DE OFERTA: Mediante:
29.1.1. Fianza bancaria o seguro de caución hasta tres (3) días hábiles administrativos anteriores a la fecha de apertura. En caso de presentar póliza y ésta tuviese deficiencias, podrán ser subsanadas hasta un (1) día hábil administrativo anterior a la apertura de la licitación, fecha en que deberá ingresar a Tesorería Municipal.
29.1.2. Dinero en efectivo hasta el último día hábil inmediato anterior a la fecha de apertura.
29.2. GARANTIA DE CONTRATO: Cualquiera sea el tipo de depósito que realice, dentro de los tres (3) días hábiles de notificado de la adjudicación y previo a la firma del contrato.
ARTÍCULO 30°.- PLAZO DE DEVOLUCIÓN: Las garantías serán devueltas:
30.1. GARANTIA DE OFERTA: Conforme lo establecido en el artículo 27º del presente pliego.
30.2. GARANTIA DE CONTRATO: Se formalizará únicamente a pedido de parte y una vez cumplida la totalidad de las prestaciones y probada la inexistencia de deudas o compromisos con el personal, multas aplicadas por la autoridad municipal y/o cualquier otra obligación, a cuyos efectos presentará certificación suscripta por Contador Público y autenticada su firma por el Consejo Profesional respectivo, de que no registra deuda alguna de tipo fiscal, laboral, previsional u otras con el estado nacional y/o provincial y/o municipal.
En ningún caso los depósitos dados en garantía devengarán intereses a cargo de la Municipalidad.
CAPITULO IX
DE LA COMISION ASESORA DE ADJUDICACION
ARTICULO 3 1°.- COMISIÓN ASESORA DE ADJUDICACIÓN: La evaluación de las propuestas, las cotizaciones, la substanciación de impugnaciones y su resolución estará a cargo de la Comisión Asesora de Adjudicación, cuyos integrantes serán designados por el Secretario de Economía y Hacienda de la Municipalidad.
Esta Comisión tendrá facultades para requerir a los oferentes documentación que amplíe, complemente, subsane o sanee los documentos presentados al acto licitatorio y todas aquellas facultades necesarias para cumplir eficazmente su cometido.
CAPITULO X
DE LA NOTIFICAC ION DE LA ADJUDICACION Y CONTRATO
ARTICULO 3 2º.- NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACION: Resuelta la adjudicación, en cuyo acto administrativo se incluirá todas las ofertas válidas recibidas; notificándose en forma fehaciente a quien resulte adjudicatario y a todas las empresas calificadas.
ARTICULO 3 3º.- PLAZO PARA LA FIRMA : El contrato se firmará dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la toma de conocimiento indicada en el artículo anterior y previo cumplimiento del depósito de garantía de contrato. La Municipalidad puede prorrogar este plazo cuando lo estime conveniente.
ARTICULO 3 4º.- VENCIMIENTO PLAZO PARA FIRMA : Si transcurridos cualquiera de los plazos indicados en los artículos anteriores e invitado a firmar el contrato, el adjudicatario no se presentara en forma y tiempo, perderá la garantía constituida, quedando sin efecto la adjudicación y configurándose violación a la obligación de mantener la oferta.
ARTÍCULO 35º.- DOCUMENTACIÓN QUE INTEGRA EL CONTRATO: Son documentos del contrato
y formarán parte integrante del mismo:
35. 1. El presente Pliego de Bases y Condiciones.
35. 2. Las aclaraciones al pliego.
35. 3. La propuesta.
35. 4. Fotocopia de recibo de depósito donde conste el cumplimiento de la garantía del contrato, a que se refiere el presente pliego y que se presentará con la antelación indicada.
ARTÍCULO 36º.- CAUSAS DE RESCISIÓN DEL CONTRATO:
36.1. La Municipalidad podrá rescindir el contrato sin necesidad de previa intimación judicial o extrajudicial,
en los siguientes casos:
36.1.1. Cuando el adjudicatario contravenga las obligaciones emergentes del contrato.
36.1.2. Por deficiencias graves o reiteradas en el cumplimiento del servicio o explotación debidamente comprobadas, si intimado el adjudicatario para hacer o abstenerse de hacer determinada acción asumida como consecuencia del contrato, bajo apercibimiento de resolver el mismo, aquel no cumpliera en término o cumpliera en forma parcial.
36.1.3. Por transferencia del contrato por parte de la adjudicataria.
36.2 En caso de variaciones de precios en el mercado de Productos Lácteos que sean demostrables y representen un incremento sustancial, el proveedor podrá solicitar la rescisión de la contratación sin sanción de ninguna especie.
ARTICULO 37º.- CONSECU ENCIAS DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO: La extinción del contrato por culpa del adjudicatario, traerá aparejada la pérdida del depósito de garantía y no tendrá derecho éste a reclamar indemnización a esta Municipalidad, cualquiera fuere su fuente, tipo y causa.
ARTICULO 38 °.- SELLADO : El contratista tendrá a su cargo el sellado del contrato en la parte que le
corresponde, el que deberá ser efectuado dentro del plazo de tres (3) días hábiles de firmado el contrato.
ARTICULO 39 °.- CAMBIO DE LOS PRODUCTOS ADJUDICADOS: El/los adjudicatario/s en caso de producirse la discontinuidad de los productos adjudicados deberán presentar en la Dirección General de Contrataciones por escrito la petición de reemplazo de los mismos debiendo acreditar fehacientemente la discontinuidad de los mismos por parte del fabricante, quedando a criterio de la Municipalidad su aceptación.
La solicitud que efectúe el/los adjudicatarios para el cambio de marca o presentación de los productos adjudicados provocará la prórroga automática del plazo de mantenimiento de oferta.
CAPITULO XI DEL PLAZO
ARTICULO 40°.- USO Y CONDICIONES DE LA/S AMPLIACIÓN/ES: De hacer uso de la/s
ampliación/es, ni las condiciones ni los precios estipulados en el contrato sufrirán modificaciones. La opción comprende los artículos licitados, no pudiendo incorporarse productos no previstos en la licitación original.
CAPITULO XII
DE LA RESPONSABILIDAD DEL CONTRATIST A
ARTÍCULO 41°.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO: Son obligaciones del adjudicatario -sin perjuicio de las fijadas por este pliego-, las siguientes:
41.1. Prestar el servicio en forma continua, regular y eficiente.
41.2. Exigir a su personal que guarde la debida consideración y respeto en el trato con el público y personal municipal relacionado o no con la prestación.
41.3. Acatar las órdenes que le imparta el personal encargado de controlar la prestación.
41.4. Además de contar con los equipos y elementos estipulados, el adjudicatario deberá prever eventuales reemplazos al margen de los exigidos a fin de cumplimentar las obligaciones obrantes en el pliego de bases y condiciones.
41.5. Proporcionar a todo el personal aquellos elementos prendas y demás útiles acorde con las tareas que desempeñe.
41.6. La firma adjudicataria deberá comunicar a la Municipalidad de General Pueyrredon previo al inicio del servicio, el nombre de la persona que atenderá los reclamos que se le efectuarán dentro del horario en que el establecimiento se encuentra en funcionamiento y número telefónico
41.7. El adjudicatario está obligado al cumplimiento de todas las normas que rige el funcionamiento de esta
actividad.
ARTICULO 42°.- RESPONSABILIDAD CIVIL: El proveedor será responsable civilmente por los daños y perjuicios que, como consecuencia de los servicios a que se refiere este pliego, se ocasione a los bienes y personas de la Municipalidad y/o a terceros, cualquiera sea el medio con el que se produzca el siniestro, quedando entendido por ello que no tendrá derecho a pedir compensación alguna, relevando a la Municipalidad de todo compromiso al respecto.
ARTICULO 43º.- RESTITUCIÓN DE GASTOS Y COSTAS: En caso de que algún reclamo o demanda se dirigiera contra la Municipalidad y prosperara, la contratista deberá restituir todos los gastos y costas a que diere lugar, pudiendo hacerse efectivas dichas sumas de sus bienes propios, y/o depósito de garantía, y/o de la certificación mensual.
CAPITULO XI II
DE LA SUSPENSIÓN DEL APROVISIONAMIENTO
ARTÍCULO 44°.- ACCIONES POR SUSPENSIÓN: En caso que la entidad suspenda el aprovisionamiento, la Municipalidad -sin perjuicio de las penalidades que pudieren corresponderle de acuerdo con este pliego-, podrá disponer una nueva contratación para asegurar el normal suministro, con cargo al proveedor.
CAPITULO X IV
DE LA RESCISIÓN DEL CONTRATO
ARTICULO 45º.- RESPONSABILIDAD DE LA CONTRATISTA ANTE LA RESCISIÓN: En los casos
de rescisión del contrato por su culpa, la contratista será responsable frente a la Municipalidad por los daños y
perjuicios derivados.
En todos los casos de sanciones impuestas al contratista, podrán afectarse para el cumplimiento de las mismas sus bienes propios y/o la facturación correspondiente.
CAPITULO X V
DE LA RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
ARTICULO 46º.- CLÁUSULA DE INDEMNIDAD: La contratista se compromete y acuerda en forma irrevocable mantener indemne a la Municipalidad por cualquier reclamo, acción judicial, demanda, daño o responsabilidad de cualquier tipo o naturaleza que sea entablada por cualquier persona pública o privada, física o jurídica, o dependientes del contratista, cualquiera fuera la causa del reclamo, responsabilidad que se mantendrá aún terminado el contrato por cualquier causa. La responsabilidad se extenderá a indemnización, gastos y costas, sin que la enunciación sea limitativa. En estos casos la Municipalidad queda facultada para afectar la garantía contractual y/o cualquier suma que por cualquier concepto la Municipalidad adeudara a la contratista, sin que ello limite la responsabilidad de esta última.
ARTÍCULO 47º.- RESPONSABLES: Serán responsables del contralor de la prestación del servicio, los
responsables de cada establecimiento en que se entreguen los productos.
ARTÍCULO 48º.- DIVERGENCIAS CON EL CONTRATISTA: Cualquier divergencia que ocurra entre el
contratista y la Municipalidad, será resuelta por ésta última.
El contratista en ningún momento podrá suspender por sí la prestación, aún parcialmente, sean por causas de divergencias en trámite o por otras razones. En caso de suspensión la autoridad de aplicación comunicará fehacientemente a la Dirección General de Contrataciones.
CAPITULO X VI DE LAS SANCIO NES
ARTICULO 49º.- SANCIONES : El incumplimiento por parte del proveedor de las obligaciones a su cargo lo hará pasible de las sanciones que se establecen en este capítulo. La Municipalidad podrá considerar como eximente o atenuante el caso fortuito o fuerza mayor siempre que el mismo haya sido alegado y probado por la contratista dentro de los tres (3) días hábiles administrativos de acaecido.
ARTICULO 50°.- MULTAS: La autoridad competente podrá aplicar multas, que podrán graduarse entre el uno por ciento (1%) y el diez por ciento (10%), del importe total de la facturación del mes en que se produce la trasgresión, cuando:
50.1. No cumpla con la prestación contratada en forma continua, regular y eficiente.
50.2. Entregue los productos de calidades inferiores a lo acordado en la contratación.
50.3. Infrinja las normas del Código Alimentario Argentino.
50.4. Por incumplimiento de otras obligaciones y responsabilidades emergentes xxx xxxxxx de bases y condiciones.
El importe de la multa será objeto de retención preventiva en la facturación. Si el importe resultara insuficiente una vez establecida la sanción definitiva, la suma resultante se percibirá de cualquier importe que tenga la empresa por cobrar.
Por otra parte si el importe retenido preventivamente hubiere resultado excesivo o no correspondiere la aplicación de multa, el monto retenido se devolverá nominal, o sea, sin actualizaciones ni intereses ni ajustes por cualquier concepto que fuere.
ARTICULO 51º.- TRANSGRESIONES NO TIPIFICADAS : Por toda otra contravención a las disposiciones del presente pliego, que no hubieran sido tipificadas específicamente en el artículo precedente, se aplicará, por cada una, una multa del dos por ciento (2%) al diez por ciento (10%) del importe total de la facturación del mes en que se produjo la infracción.
ARTICULO 52º.- REINCIDENCIA : En caso de reincidencia, las multas a aplicar duplicarán los porcentajes establecidos en los artículos 50º y 51° del presente pliego, en relación a la sanción antecedente.
ARTÍCULO 53°.- OTRAS SANCIONES: Por incumplimientos en las obligaciones emergentes de este pliego la Municipalidad de General Pueyrredon podrá sancionar al proveedor con:
- Llamado de atención.
- Apercibimiento.
- Suspensión de hasta tres (3) años del Registro de Proveedores.
- Baja del registro de Proveedores.
ARTICULO 54º.- PROCEDIMIENTO : Constatada la infracción se labrará el acta correspondiente, dejándose constancia de la fecha, hora y causa de la infracción.
A los efectos de que la empresa pueda alegar y probar lo que estime pertinente en relación a la infracción que se le imputa, se le otorgará un plazo perentorio de dos (2) días hábiles para efectuar los descargos pertinentes y aportar la prueba. Analizados éstos, la Dirección General de Contrataciones podrá dar intervención a la Secretaría Legal y Técnica para que produzca dictamen y posteriormente se dictará el acto administrativo pertinente, el que será notificado a la adjudicataria.
El importe de la sanción será objeto de retención preventiva en el pago de la facturación correspondiente al mes de la infracción. Si el importe retenido resulta insuficiente, una vez establecida la sanción definitiva, la suma resultante será compensada y percibida en los términos de los artículos 818 ss. y conc. del Código Civil, con cualquier importe que tenga la empresa contratista a cobrar y/o podrá efectivizarse también del depósito de garantía, a exclusiva elección de la Municipalidad y sin orden de prioridad alguna. Por otra parte, si el importe retenido preventivamente hubiere resultado excesivo o no correspondiere la aplicación de multa, el mismo será devuelto en forma nominal, o sea, sin actualizaciones ni intereses ni ajustes por cualquier concepto que fuere.
CAPÍTULO XVII DE LOS PAGOS
ARTÍCULO 55º.- EFECTIVIZACIÓN DEL PAGO:
55.1. PLAZO: Los pagos se realizarán mediante resúmenes quincenales dentro de los quince (15) días de aprobada la facturación, a cuyos efectos deberá el proveedor presentar, en la Dirección General de Contrataciones los remitos conformados por el titular de cada establecimiento o dependencia que reciba los productos conjuntamente con la factura. En el caso que no coincidan los remitos con la facturación, esta será devuelta para su corrección y los plazos establecidos para el pago comenzarán a regir a partir de la nueva presentación.
La prestación continua, regular y eficiente, será retribuida totalmente por precio cotizado.
Si al momento de realizar el pago esta Municipalidad constatara que el adjudicatario registra deuda por tasas y/o derechos a favor de este Municipio, quedará facultada para detraer dicha deuda de las sumas a percibir.
55.2. LUGAR: Los pagos se efectuarán en el Departamento de Pagos de la Municipalidad, Xxx Xxxxxx Xx 0000 0x Xxxx, Xxx xxx Xxxxx, mediante cheque a nombre del beneficiario, NO A LA ORDEN y cruzado, los días lunes, miércoles y viernes en el horario de 8.30 a 14.00.
Los cheques se emiten diariamente en el horario de 8.30 a 13.00, para ser efectivizados en el día siguiente, sin excepciones. No puede bajo ningún concepto ser efectivizado un pago cuya emisión de cheques no haya sido previamente informada al banco.
55.3. COBRO POR UN TERCERO: Para que el trámite lo pueda efectuar un tercero, deberá acreditar un poder que así lo autorice y recibo oficial del proveedor.
55.4. CESIÓN DE CRZDITOS: En caso de constituirse cesiones de crédito, una vez otorgadas deberán ser
notificadas notarialmente al Contador Municipal.
No podrán constituirse, para el caso de prestaciones de servicios periódicas con personal y/o equipamiento y/o insumos, etc. a cargo del adjudicatario y de pago mensual, por montos superiores al cuarenta por ciento (40%) de cada facturación mensual del mismo, teniendo como tope el treinta por ciento (30%) del monto adjudicado. Será causal de caducidad del contrato el exceso en los topes señalados.
Solamente a juicio exclusivo de la Municipalidad y por razones debidamente fundadas, podrán autorizarse
porcentajes superiores.
Para el resto de las prestaciones, las cesiones podrán constituirse por porcentajes superiores al indicado.
Por la administración de la cesión de créditos, la Municipalidad percibirá, en oportunidad de realizar cada pago, un derecho del uno por ciento (1%) sobre el monto objeto de la cesión, según Art. 28º inc. 26) de la Ordenanza Impositiva vigente.
El texto de la notificación a incluir por el Escribano actuante será el siguiente:
“En la fecha, notifico a la Municipalidad del Partido de General Xxxxxxxxxx en la persona
de......................................... en su carácter de autorizado a quién le exhibo los certificados
obje to de la presente escritura y al darse por notificado en nombre y representación del
Municipio del Partido de General Pueyrredon manifiesta que:
1) El presente no implica el reconocimiento de la existencia del crédito cuya afectación se
notifica.
2) La Municipalidad del Partido de General Pueyrredon se reserva los mismos derechos que
tenía respecto del titular original del crédito, así como efectuar los descuentos por su incumplimiento contractual o cualquier otra causa imputable y que resultase proce dente conforme a lo pactado con ésta, reservándose también el derecho de compensar el crédito afectado con los saldos deudores que por cualquier causa tuviera en la Municipalidad del Partido de General Xxxxxxxxxx su titular original.
3) La Municipalidad d el Partido de General Xxxxxxxxxx solo considerará válidas y oponibles las afectaciones de crédito que se efectuaren de conformidad con las reglas establecidas en las cláusulas xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones establecidos para toda las contrataciones de la Municipalidad del Partido de General Xxxxxxxxxx, que tanto el titular original del crédito como el cesionario del mismo conocen y han convenido respetar.
4) Las cesiones de referencia se tomarán en cuenta previa deducción en los créditos que pudieran c orresponder al cedente de los embargos preexistentes que, en su caso, hubieran ingresado a la Comuna.”
CAPITULO X VIII DE LA CONTRATACION
ARTÍCULO 56°.- ENTREGA: Las entregas deberá efectuarlas el adjudicatario a requerimiento de las dependencias en los lugares detallados en el Anexo I y dentro de los horarios que las dependencias determinen sin costo adicional alguno, acompañando a cada entrega el remito correspondiente que será conformado por personal autorizado de la dependencia recepcionante. Si el proveedor no cumpliere, se hará pasible de las sanciones que correspondieren.
ARTÍCULO 57°.- SUPERVISIÓN DEL SERVICIO: El servicio estará bajo la supervisión y contralor de la Dirección General de Contrataciones o de la/s dependencia/s que en forma especial se determine, pudiéndose efectuar todo tipo de controles que hagan al cumplimiento del objeto licitatorio incluyendo a modo solo enunciativo y no taxativo estudios, inspecciones, verificaciones, análisis, etc., que podrán realizarse en cualquier momento, circunstancia y continuidad que determine la autoridad de contralor.
ARTÍCULO 58°.- TRANSPORTES Y ENVASES: Las condiciones de transporte y envase se ajustarán a las disposiciones que rigen para la distribución de los productos que deberá transportar conforme este pliego.
CAPITULO XIX INTRANSFERIBILIDAD DEL APROVISIONAMIENTO
ARTICULO 59º.- INTRANSFERIBILIDAD: No podrá cederse total ni parcialmente la adjudicación o el contrato, ni se admitirá la asociación de la contratista con terceros, bajo pena de quedar sin efecto la adjudicación y/o de la rescisión del contrato, de conformidad con lo estipulado a ese respecto en el presente Pliego de Bases y Condiciones.
CAPITULO X X
DEL PRESUPUESTO OFICIAL
ARTICULO 60º.- PRESUPUESTO OFICIAL : El presupuesto oficial se establece en la suma de PESOS SEISCIENTOS SETENTA MIL CIENTO DIECISIETE ($ 670.117,00).
ARTICULO 61º.- VALOR XXX XXXXXX : El presente pliego de bases y condiciones se entregará a los interesados, previo pago en la Tesorería Municipal de la suma de PESOS SETECIENTOS DIECINUEVE CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS ($ 719,35).-
CAPITULO XXI
CLÁUSULAS GENERALES
ARTICULO 62º.- LEGISLACIÓN: Los oferentes de esta licitación quedan comprendidos dentro de los preceptos de la legislación específica en materia de la presente contratación, la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias, del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, Decreto Provincial Nº 2980/00, Reglamento de Contrataciones de la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon, Ordenanza General de Procedimiento Nº 267/80, Código Alimentario Argentino (Ley 18284 y Decreto Reglamentario 2126/71), Decreto municipal 1184/93, Ordenanzas Municipales vigentes en alimentos y transportes y los principios generales del derecho administrativo, en todas las circunstancias que no hubieren sido expresamente previstas por este pliego.
A LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON:
Por medio de la presente declaramos bajo juramento:
1. Conocer y aceptar en todos sus términos el pliego de bases y condiciones compuesto de siete (7) fojas, Formulario Nº 1 de una (1) foja, Formulario Nº 2 de una (1) foja, Formulario Nº 3 de una (1) foja, Pedidos de Cotización, ANEXO I de una (1) foja y ANEXO II de una (1) foja, que rige la Licitación Pública Nº 02/08 – SEGUNDO LLAMADO “CONTRATACIÓN DE LA PROVISIÓN DE PRODUCTOS LÁCTEOS CON DESTINO SECRETARIA DE EDUCACIÓN”, convocada por la Municipalidad de General Xxxxxxxxxx y cuyas cláusulas aceptamos sin condicionamiento alguno.
Suscribo (suscribimos) la presente en calidad de...................................................................................
(Interesado/s , apoderado/s, representante/s legal/es)
circunstancia que queda acreditada con ...................................................................................................................
(este párrafo se cumplimenta cuando no actúa como interesado directo).
Firma/s:
Aclaración/es de firma/s:
A LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON:
Por medio del presente el OFERENTE declara
bajo juramento no encontrarme incurso en las siguientes causales de exclusión de la presente licitación:
1 Incapacidad para contratar según la legislación vigente.
2. Ser agente al servicio de la Municipalidad de General Xxxxxxxxxx y en caso de sociedades, estar integradas
total o parcialmente por aquellos o cuyos Directores o Gerentes también lo fueren.
3. Los fallidos, interdictos y concursados, salvo que estos últimos presenten la correspondiente autorización
judicial.
4. Encontrarse afectado por medida cautelar de cualquier tipo que a juicio del Municipio imposibilite o ponga
en riesgo la prestación del servicio licitado.
5. Haber sido eliminado del Registro de Proveedores de la Provincia. de Buenos Aires o de esta Comuna.
6. Haber sido objeto de dos (2) o más rescisiones contractuales unilaterales o sancionatorias por parte de organismos nacionales, provinciales o municipales, en los últimos cinco (5) años anteriores a la propuesta.
7. Haber sido condenado en litigio sostenido con organismos públicos y/o sociedades del estado por motivos originados en prestaciones similares a la presente, en los últimos cinco (5) años anteriores a la propuesta.
8. Existir incumplimientos contractuales con la Municipalidad de General Pueyrredon.
Suscribo (suscribimos) la presente en calidad de.......................................................................................
(Interesado/s , apoderado/s, representante/s leg al/es)
Circunstancia que queda acreditada con...............................................................................................................
(este párrafo se cumplimenta cuando no actúa como interesado directo).
Firma/s:
Aclaración/es de firma/s
FORMULARIO Nº 3
A LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON:
Por medio de la presente y para todas las situaciones emergentes de la Licitación Pública Nº 02/08
– SEGUNDO LLAMADO “CONTRATACIÓN DE LA PROVISIÓN DE PRODUCTOS LÁCTEOS CON
DESTINO SECRETARIA DE EDUCACIÓN”, convocada por la Municipalidad de General Xxxxxxxxxx, el
OFERENTE se somete a los Tribunales competentes de la Provincia de Buenos Aires con asiento en el Departamento Judicial de Xxx xxx Xxxxx, renunciando a todo otro fuero o jurisdicción, constituyendo domicilio en la calle
.............................................................................Nº.....................................Piso.................. Dpto de
la ciudad de Xxx xxx Xxxxx.
Suscribo (suscribimos) la presente en calidad de.................................................................................................
(Inter esado/s, apoderado/s, representante/s legal/es)
Circunstancia que queda acreditada con............................................................................................................
(este párrafo se cumplimenta cuando no actúa como interesado directo).
Firma/s:
Aclaración/es de firma/s:
ANEXO I
DIRECCIONES ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS
Nivel Inicial Inicial Inicial | Nombre Nº 1 Alte. Xxxxxxxxx Xxxxx Nº 2 Gral. Belgrano Nº 3 Xxxxxxxx Xxxxxxxxx | Domicilio Barrio Teléfono 12 de octubre 4500 Xxxxx Xxxxxxx 4803761 Xxxxxx 0000 Xxxxx Xxxxxxx 4871090 Lebensohn 4856 Cerrito Sur 4803904 | |
Inicial | Nº 0 Xxxx X. xx Xxxxxxxx | 000 xxx. 000 Xxxxx 0000000 | |
Inicial | Nº 5 Xxxxxxxxxx | Xxxxx 0000 Libertad 4871493 | |
Inicial | Nº 6 Xxxxxx X. Xxxxx | Xxxxxx esq. Ushuaia Estación Xxxxx 4600472 | |
Inicial | Nº 7 SIN | Argentina y Xxxxxx Xxxxxx de los Padres 4630095 | |
Inicial | Nº 8 Máximo Jour | Udine 1435 Xxxxxxxxx de la Plaza 4813736 | |
Inicial | Nº 9 Guardac. Xxxxxxxx | X. Xx Xxxxxxxxxx 3460 Faro Norte 4671064 | |
Inicial | Nº 00 X. X. Xx Xxxxxxxx | Xxxxxxxxxx 0000 El Progreso 4814632 | |
Inicial | Nº 11 Xxxxxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxx 8056 Xxxxxxxxx Xxxxxx 4784726 | |
Inicial | Nº 12 SIN | Xxxxx 000 xx 000 Xxx Xxxxxxxx 0000000 | |
Inicial | Nº 13 SIN | Mac Caull 2754 Las Xxxxx 4813118 | |
Inicial | Nº 14 SIN | Calle 5 e/16 y 18 Hipódromo 4871066 | |
Inicial | Nº 15 Xxxxxx X. Xxxxxxxx | Hernadarias 4356 Xxxxx Xxxxxxx 4892719 | |
Inicial | Nº 16 SIN | Xxxx 00 Xx 0 Xxxxxx Xxx Xxx Xxxxxx 4651120 | |
Inicial | Nº 17 SIN | Ameghino 385 | San Xxxxxx 4893943 |
Inicial | Nº 18 Xxxxxxx xx Xxxxxx | Xxxxx 7120 | Alto Xxxxx 4697666 |
Inicial | Nº 00 XXX | Xxxx 0 Xx 000 Xxxxxxx Xxxxxx xx 4609059 | |
Inicial | Nº 00 Xxxxxx Xxxxx | Xxxxxxx 0000 Xxxxxxx x Xxx Xxxxxxxx 4803361 | |
Inicial | Nº 21 Xxxxxxx Xxxxxxxxx | Xxxxx 000 x 000 Xx Xxxxxxxx 0000000 | |
Inicial | Nº 22 Xxxxxx Xxxx | Xxxxxx 0000 Xxxx Xxx Xxxxxx 4813285 | |
Inicial | Nº 00 Xxxxxxx X. Xxxxx | Xxxxxxxx 00000 Gral. Belgrano 4650542 | |
Inicial | Nº 24 SIN | Reforma Universitaria 1307 Bosque Grande 4818036 | |
Inicial | Nº 25 Xxxxxxxx Xx Xxxxx | Xxx Xxxxx 0000 Xxx Xxxxxxx 4755925 | |
Inicial | Nº 26 XXX | 000 x/ 00 x 00 Xxxxxx Xxxxxxx 0000000 | |
Inicial | Nº 27 SIN | Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx 00 Xx Xxxxxxxx 0000000 | |
Inicial | Nº 28 X/X | Xxxxx 000 x/0 x 0 Xxxxxx Xxxxxxx 0000000 | |
Inicial | Nº 29 SIN | Calle 18 e / 13 y 15 Xxxxx X. Xxxxx 4697667 | |
Inicial | Nº 30 SIN | Guglielmotti 730 Los Tilos 4875287 | |
Inicial | Nº 31 SIN | Sicilia y Xxxxxxx Juramento 4892983 | |
Inicial | Nº 32 SIN | Finocchietto 137 Las Américas 4651515 | |
Inicial | Nº 33 SIN | Xxxxxxx y 242 Autódromo 4652080 | |
EGB | Nº 1 " Int. Xxxxxxx Xxxxxxx" | Xxxxxxxx 2179 Gral. Pueyrredon 4827994 | |
EGB | Nº 2 "Int. Xxxxxxxx Xxxxxx" | 0 xx xxxxxxx 0000 Xxxxxxxx 4878397 | |
EGB | Nº 3 " Int, Xxxxxxx X. Xxxx | Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxx 0000 Xxxx Xxxxx 4671049 | |
EGB | Nº 0 Xxxx X. xx Xxxxxxxxx | Xxxxxxxxx Xxxx 0000 Xxxxxxx Xxx 4809049 | |
EGB | Nº 5 Xxx. Xxxxxxx Xxxxx | Xxxxx 00 Xx 0000 Xxx Xxxxxxxx 4672979 | |
EGB | Nº 6 Centenario | 12 de octubre 10.000 Las Américas 4650262 |
Nivel | Nombre | Domicilio | Barrio | Teléfono |
EGB | Nº 7 Xxxx Xxxx Argentina | Xxxx 2624 | Las Xxxxx | 4827959 |
EGB | Nº 8 Xxxxxx Xxxx | Juramento 953 | Xxxxx Xxxxxxx | 4807981 |
EGB | Nº 9 Int. Xxxx Xxxxxxx | Xxxxx 626 | Libertad | 4874169 |
EGB | Nº 10 Xxxxxxxx Xxxxxxxx | Padre Xxxxx 2530 | Juramento | 4800719 |
EGB Nº 11 Xxxxxxxxx de la Plaza Xxxxxxxx e/El Crucero y el Velero Xxxxx 4697659
EGB Nº 12 Participación y solidaridad Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx 0000 San Xxxxxx 4800831
EGB Nº 13 Xxx Xxxxx Xxxxxx 6390 Las Lilas 4996367
EGB Nº 14 Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx 0000 Xxxxxxxxx Xxxxxx 4771118
EGB Nº 15 Xxxx X. Xxxx Xxxxxx 0000 Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx 4996386
EGB Nº 16 Int. Xxxxxxx Xxxxxxxx Padre Xxxxxxx 6062 Los Pinar es 4784449
EGB Nº 17 Xxx Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxx 00 x/ 00 x 00 Xxxxx X. Xxxxx 4697667
ESB Nº 101 Xxxxxxxx 2179 PB Gral. Pueyrredón 4815024
ESB Nº 102 0 xx Xxxxxxx 0000 XX Xxxxxxxx 4874499
ESB Nº 000 X. XXXX 0000 XX Xxxxxxx Xxx 0000000
XXX Nº 106 12 de Octubre 10.000 PB Las Américas 4651699
ESB Nº 107 Xxxx 2624 PB Las Xxxxx 4815088
ESB Nº 108 Xxxxxxxxx 000 XX Xxxxx Xxxxxxx 4805573
ESB Nº 109 Pigue 626 PB Libertad 4874502
ESB Nº 110 X. Xxxxx 2530 PB Juramento 4803937
ESB Nº 111 Xxxxxxxx 4550 PB Xxxxx 4690020
ESB Nº 112 X. xx Xxxxxxxx 0000 XX Xxx Xxxxxx 0000000
ESB Nº 113 Rawson 6390 1º Piso Las Lilas 4701442
ESB Nº 114 Castelli 8050 1º Piso X. Xxxxxx 4701850
ESB Nº 115 Méjico 3850 PB B. Rivadavia 4726084
ESB Nº 116 P. Card iel 6062 Los Pinares 4700154
FP Nº 1 Xxxx. Xxxxxxxx Xxx Xxxxxx 0000 Xxx Xxxxx 4727869
FP Nº 2 Xxxxx Xxxxxxx Elcano 10045 Las Américas 4651074
FP Nº 3 República de Italia Xxxx Xxxxxxxxx 2286 Cerrito Sur 4892007
FP Nº 4 Éxodo Jujeño Juramento 945 Xxxxx Xxxxxxx 4996372
FP Nº 5 Xxx Xxxxx Xxx Xxxxx 1 895 Xxx Xxxxx 4729696
Anexo Anexo Mac Xxxxx 1945 Xxx Xxxxx 4826432
FP Nº 6 Xx. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx y Primera Junta B. Rivadavia 4749426
FP Nº 7 Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx 00 x/ 00 x 00 Xxxxx 0000000
FP Nº 8 Bolívar 4749 Xxx X xxxx 4722687
FP Nº 9 Xxxxx 0000 - Xxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxx 0000000
Xxxxx Xxxxx X.X.Xxxxx 2901 Chauvin 4727130
FP Nº 10 Xxx Xxxxx 0000 Xxx Xxxxx 4720036
Medio Secundaria Nº 0 Xxxx X. Xxxxx 0000 Xxxxxxx 4727130/4720114
Medio Esc Secundaria para Ad . Nº 1 Méjico 3950 B. Rivadavia 4996386
Medio Esc Secundaria para Adultos Nº 2Castelli 8050 Xxxxxxxxx Xxxxxx 4771118
ANEXO II
LISTA DE DISTRIBUCIÓN
ENTREGAS DIARIAS DE LECHE Y -SEMANALES DE QUESO, DULCE Y MANTECA
ESTABLECIMIENTOS | Manteca 200 gr | Dulce kilo | Queso Horma | Leche |
Jardín N° 1 | 5 | 2 | 1 | 34 |
Jardín N° 2 | 3 | 2 | 29 | |
Jardín N° 3 | 5 | 2 | 1 | 34 |
Jardín N° 4 | 8 | 3 | 1 | 42 |
Jardín N° 5 | 5 | 2 | 1 | 34 |
Jardín N° 6 | 3 | 2 | 1 | 21 |
Jardín N° 7 | 3 | 1.5 | 21 | |
Jardín N° 8 | 3 | 1 | 17 | |
Jardín N° 9 | 3 | 1 | 21 | |
Jardín N° 10 | 5 | 1.5 | 22 | |
Jardín N° 11 | 5 | 2 | 40 | |
Jardín N° 12 | 3 | 2 | 17 | |
Jardín N° 13 | 5 | 2 | 1 | 39 |
Jardín N° 14 | 3 | 2 | 14 | |
Jardín N° 15 | 3 | 1 | 17 | |
Jardín N° 16 | 3 | 1.5 | 6 | |
Jardín N° 17 | 3 | 1.5 | 27 | |
Jardín N° 18 | 5 | 1.5 | 0.5 | 17 |
Jardín N° 19 | 3 | 1 | 3 | |
Jardín N° 20 | 3 | 1 | 17 | |
Jardín N° 21 | 3 | 1.5 | 0.5 | 12 |
Jardín N° 22 | 3 | 1 | 22 | |
Jardín N° 23 | 4 | 2 | 34 | |
Jardín N° 24 | 3 | 1 | 21 | |
Jardín N° 25 | 3 | 1 | 24 | |
Jardín N° 26 | 3 | 1 | 21 | |
Jardín N° 27 | 3 | 1 | 15 | |
Jardín N° 28 | 5 | 1.5 | 0.5 | 24 |
Jardín N° 29 | 3 | 1 | 10 | |
Jardín N° 30 | 3 | 1.5 | 15 | |
Jardín N° 31 | 5 | 2 | 0.5 | 34 |
Jardín N° 32 | 3 | 1.5 | 21 | |
Jardín N° 33 | 3 | 1.5 | 15 | |
Escuela N° 1 | 20 | 4 | 60 | |
Escuela N° 2 | 30 | 8 | 60 | |
Escuela N° 3 | 10 | 3 | 40 | |
Escuela N° 4 | 30 | 8 | 90 | |
Escuela N° 5 | 15 | 5 | 52 | |
Escuela N° 6 | 25 | 8 | 70 | |
Escuela N° 7 | 15 | 3 | 65 | |
Escuela N° 8 | 15 | 8 | 60 | |
Escuela N° 9 | 30 | 8 | 60 | |
Escuela N° 10- | 30 | 8 | 76 | |
Escuela N° 11 | 25 | 8 | 60 | |
Escuela N° 12 | 20 | 8 | 68 | |
Escuela N° 13 | 10 | 3 | 30 | |
Escuela N° 14 | 15 | 5 | 68 | |
Escuela N° 15 | 30 | 8 | 50 | |
Escuela N° 16 | 8 | 3 | 25 | |
Escuela N° 17 | 6 | 3 | 22 |
F.P. Nº 1 | ||||
E:FP 2 | 8 | |||
E.F.P 3 | 8 | |||
E.F.P 4 | 8 | |||
E.F.P 5 | 20 lunes y 20 miércoles | |||
E.F.P 6 | 10 x semana | |||
E.F.P 7 | 8 | |||
E.F.P 8 | 10 | |||
ESMET N 1 | 10 martes 10 jueves | |||
Adultos 2 | 13 | |||
TOTAL | 457 | 152 | 8 | 1751 |