Versión pública del Contrato 801095787
Versión pública del Contrato 801095787
Fecha de elaboración: | 09 de enero de 2024 |
Área que solicita la clasificación: | EPS CFE Generación VI |
Motivo de la clasificación: | Solicitud de acceso a la información con folio GZ06 CONTRATO 801095787 (Fracción I del Artículo 98 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública). |
Información que se solicita que se clasifique como confidencial: | Datos personales consistentes en: Datos bancarios, cadena digital y firma digital (por contener datos personales e información vinculada a patrimonio de personas de derecho privado). |
Fundamento legal: | Artículo 113, fracción I y III LFTAIP y numeral Trigésimo octavo fracción I de los Lineamientos generales en materia de clasificación y desclasificación, así como para la elaboración de versiones públicas. |
Información que se solicita que se clasifique como reservada: | Ubicación exacta de la X.X. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx |
Fundamento legal: | Artículo 110 Fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública con relación al Décimo Séptimo Fracción VIII de los Lineamientos Generales en Materia de Clasificación y Desclasificación de la Información, así como para la Elaboración de Versiones Públicas. (Infraestructura de carácter estratégico). |
Fecha de clasificación: | 09 de enero de 2024 |
Periodo de reserva: | 5 años |
Nombre y rúbrica del Enlace de CFE Generación VI que solicita la clasificación: | X.X. Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxx. Reg. De Contratación y Obra Pública |
Carátula para utilizar en versiones públicas que se someten a aprobación del Comité de Transparencia, en términos de los Lineamientos generales en materia de clasificación y desclasificación de la información, así como para la elaboración de versiones públicas.
/ Generación VI,
CFE GENERACION VI
CONTRATO DE SERVICIOS
CONTRATO HOJA
801095787
1 DE 19
Proveedor:
Su número en nuestra empresa: 4439866 OMNIBUS TURISTICOS TLA TOURS
SA DE CV
AV. LIBRAMIENTO SUR ORIENTE 100 29090 TUXTLA XXXXXXXXX, CHIAPAS
R.F.C. OTT1001107B0 TELFAX.:000 000 0000 Teléfono(s): 000 000 0000
Oferta 310292474 Fecha 12.12.2023
Sírvase suministrar a:
Dirección indicada en cada posición
Ver claúsula de plazo de entrega ó ejecución
Facturar a:
CFE GENERACIÓN VI EPS
AV. XXXXX XX XX XXXXXXX Xx.000
COL. XXXXXX DELEGACIÓN XXXXXXXXXX
C.P. 06600 CIUDAD DE MÉXICO, D.F.
R.F.C. CGV-160330-JS5
Procedimiento de compra:
CONCURSO ABIERTO
Datos generales:
Sociedad G006 CFE GENERACION VI
Moneda MXP Peso Mexicano
Agt. ConF. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX
Cond. pago Pago a 30 Días Normatividad Aplicable: DIGS
Procedimiento No. CASAN-0031 Fecha 04.12.2023
TOTAL '"16,220,280.00'" MXP
IMPORTE CON LETRA "DIECISEIS MILLONES DOSCIENTOS VEINTE MIL DOSCIENTOS OCHENTA PESOS MEXICANOS 00/100"
�e;_
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CELEBRADO ENTRE LA EMPRESA PRODUCTIVA SUBSIDIARIA DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, DENOMINADA CFE GENERACIÓN VI, A LA QUE EN LO SUCESIVO, SE LE DENOMINARÁ "LA EMPRESA CONTRATANTE" REPRESENTADA POR EL ING. XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE APODERADO LEGAL DE LA CFE GENERACIÓN VI, Y POR LA OTRA, OMNIBUS TURISTICOS TLA TOURS, S.A. DE C.V. EN PARTICIPACIÓN CONJUNTA CON TRANSPORTES LACANDONIA, S.A. DE C.V., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL PROVEEDOR" REPRESENTADA POR EL C. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE EN COMÚN, Y EN SU CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES" E INDIVIDUALMENTE "PARTE", AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES.
l. LA EMPRESA CONTRATANTE declara:
1.1 Es una Empresa Productiva Subsidiaria de Comisión Federal de Electricidad, la cual cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propio, según lo dispuesto en el artículo 1 del Acuerdo de Creación de la Empresa Productiva Subsidiaria de la Comisión Federal de Electricidad, denominada CFE Generación VI.
1.2. Tiene por objeto generar energía eléctrica mediante cualquier tecnología en territorio nacional, así orno realizar las actividades de comercialización a que se refiere el artículo 45 de la Ley de la Industria Eléctrica, excepto la prestación del suministro eléctrico. Asimismo, podrá representar total o parcial ente a las centrales eléctricas en el mercado eléctrico mayorista que tenga a su cargo, ii]cluyendo aquellas que sean propiedad de terceros;
1.3 Para el cumplimiento de su objeto la CFE Generación VI EPS tendrá las funciones a que se refier e artículo 5 del Acuerdo de Creación de la Empresa Productiva Subsidiaria de la Comisión Federal de Electricidad.
1.4 El lng. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, en su carácter de Apodera legal s suficientes para comparecer a
NOMBRE X.X. XXXX XXXXX XXXXXXX H PUESTO XXXX XXXXX. REG. CONT. Y O. FECHA 28 DE DICIEMBRE DE 2023
XXXXXXX
XXXXXXX
) Generacoón Vla
CFE GENERACION VI
CONTRATO DE SERVICIOS
CONTRATO HOJA
801095787
2DE 19
la celebración del presente Contrato, lo cual acredita con el testimonio de la Escritura Pública No. 7,598 Libro 87 de fecha 11 de diciembre de 2017, otorgada ante la fe del Lic. Xxxxxxxx Xxxxxx de Oca Xxxxxx, Titular de la Notaria No. 50 de la Décima Séptima Demarcación Notarial de la Ciudad de Medellín xx Xxxxx, Veracruz, el cual está vigente en los términos en que fue otorgado.
1.5 Que el procedimiento de contratación se realizó legal y válidamente a través del Concurso Abiertọ Nacional No. CFE-0900-CASAN-0031-2023, mediante Fallo el Departamento Regional de Contratación y
Obra Pública le notificó a EL PROVEEDOR a través de Micrositio de Concursos de CFE el día 18 de diciembre de 2023.
1.6 Que cuenta con la capacidad financiera suficiente para cumplir con sus obligaciones de conformidad con el presente contrato.
1.7 Para el ejercicio fiscal 2024, cuenta con autorización presupuestat correspondiente, de acuerdo con el oficio No. DCF/SOF/AF/0017/2023 de fecha 16 de noviembre de 2023. emitido por la Dirección Corporativa de Finanzas a través de la Subdirección de Operación Financiera, y con los fondos necesarios para hacer las erogaciones que se motiven con la prestación del servicio objeto del presente
contrato, con cargo a las siguientes pa
sqp11eslales: Posición Financiera 3424, Fondo A02 Centro Gestor GH99, CeCo GH99A01 de la Central Hidroeléctrica Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
�
::?
11. EL PROVEEDOR declara que: �
11.1.1 Omnibus Turísticos TLA Tours, S.A. de C.V. es una Sociedad Anónima de Capital Variable legalmente constituida de conformidad con la legislación mexicana, según consta en Escritura Pública número 14,878, Libro 228, de fecha 10 de enero de 2010, otorgada ante la fe del Lic. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Notario Público No. 21, de la ciudad de Tuxtla Xxxxxxxxx, Chiapas; e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el folio mercantil electrónico No. 25,507*16, de la Ciudad de Tuxtla Xxxxxxxxx, Chiapas, de fecha 12 de febrero de 2010.
El C. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, en su carácter de Representante Legal cuenta con las facultades legales suficientes para celebrar este Contrato en su representación, de conformidad con el testimonio de la Escritura pública número 2,562, volumen 32, de fecha 14 xx xxxxx de 2021, otorgada ante la fe del abogado Lic. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, Notario Público No. 80, en la ciudad de Yajalón, Chiapas.
11.1.2 Transportes Lacandonia, S.A. de C.V., es una Sociedad Anónima de Capital Variable legalmente constituida de conformidad con la legislación mexicana. según consta en Escritura Pública número 27,612, Volumen 878 con fecha del 23 de diciembre de 2005, otorgada ante la fe del Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Notario Xxxxxxx Xx. 00, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxxxxx. Chiapas e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y Comercio bajo el Folio Mercantil Electrónico No. 21813.16 de fecha 23 de enero de 2006.
7e’iä
El C. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx en su carácter de Representante común cuentan con las facultades legales suficientes para celebrar este Contrato en su representación, de confọlidad con el
testimonio de la Escritura pública número 27,612, Volumen 878 con fecha del 23 de diciembre de 2005, otorgada ante la fe del abogado Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Notario Xxxxxxx Xx0, Xxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx.
Ciudad de
11.2. Tiene capacidad jurídica para contratar y cuentan con los recursos técnicos, financieros y humanos idóneos, para la prestación del servicio objeto del presente Contrato.
11.3. Bajo protesta de decir verdad, manifiesta(n) que no se encuentra(n) en alguno de los supuestos establecidos por el artículo 78, fracción VI de la Ley de la CFE y la Disposición 15 de las isposiciones.
�
11.4. Conocen las medidas preventivas y de penalizaciones establecidas en la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), mismas que se encuentran mencionadas en el Pliego de Requisitos, del cual deriva el presente Contrato.
11.5. Que se encuentra al corriente de sus obligaciones patronales como son, entre otras, el pago de cuotas de seguridad social, del INFONAVIT, así como todas sus obligaciones laborales y tributarias a que
•
están obligados.
Ex uesto lo anterior EL PROVEEDOR celebran el resente Contrato al tenor de las si uientes:
j Generación VI,
CFE GENERACION VI -
CONTRATO DE SERVICIOS
CONTRATO HOJA
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30E 19
CLÁUSULAS
CLÁUSULA PRIMERA. - OBJETO DEL CONTRATO.
El presente contrato tiene por objeto la prestación de servicios consistentes en "Servicio de Transporte de Personal de la Central Hidroeléctrica Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx 2024". La descripción detallada y los precios unitarios de los servicios se describen a continuación:
e;: :::?
------'*:..:*c..:*...:.* * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * • * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * ic * * * * * * * * *
/GeßefвciÓß VJx
-eFE GENERACION-vl -
CONTRATO DE SERVICIOS
CONTRATO HOJA
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4 DE 19
Pos.
00001
Cantidad UM Descripción P. Unitario Importe
1 UNI TRANSPORTE DE PERSONAL 2024
Esta posición es creada con referencia a la solped 600521960 posición 00001
SE ANEXA ICM CON LOS PRECIOS MAXIMOS DE CONTRATACION DE CADA PAQUETE DE DF TRONSPORTE.
Can1:ar a
CGeHn9t9roA0d1e coste
Presupuesto
3424/GH99/A02
s:: �
1
00002
1
00003
X.X. XXXXXX XXXXXX XXXXXX (XXXXXXXXX, CHIAPAS)
Entregar en:
O(GCH.P99. )2C96a4rr0et Tuxtla Chicoasen Km 40 S/N A0te7n, cTióunxtlaa: Gtz. Chis. lSnugp. eErdinstoendOetnhtoenGBraeln. aCvHideMzMOTvEan.Fd.o
578 UNI 3015677 TRANSPORTE DE PERSONAL
La posición contiene los siguientes servicios:
1 UNI TRANSPORTE DE PERSONAL 2024
Entregar en:
Esta posición es creada con referencia a la solped 600521960 posición 00002
O(GCH.P99. )2C96a4rr0. Tuxtla-Chicoasén Km. 40 SIN
ACtehnicaipóansa, :Tuxtla Gtz., Chis. Slnugp. eEridnsteondOetnhtoenGBreanl. aCvHideMzMOTvEan.Fd.o
44
UNI 3015677 TRANSPORTE DE PERSONAL
La posición contiene los siguientes servicios:
1 UNi TRANSPOR�E DE Pr\�2024
\_./
9,000.00
9,000.00
5,202,000.00
396,000.00
CGeHn9t9roA0de1 coste
CGeHn9t9roA0d1e coste
3424/GH99/A02
3424/GH99/A02
[ 3ekełaciók rJ0
CFE GENERACION VI
CONTRATO DE SERVICIOS
CONTRATO HOJA
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5 DE 19
Pos.
Cantidad UM
Descripcfión
P. Unitario Imnorte
Xxxx!ar a
Presunuesto
00004
00005
360 UNI
1 UNI
16 UNI
1 UNI
Esta posición es creada con referencia a la solped 600521960 posición 00003
Entregar en:
(GH99) Xxxx. Tuxtla-Chicoasén Km. 40 S/N O C.P. 29640
Chiapas, Tuxtla Gtz., Chis. Atención a:
lng. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Superintendente Gral. CH MMT E.F.
La posición contiene los siguientes servicios:
3015677 TRANSPORTE DE PERSONAL
TRANSPORTE DE PERSONAL 2024
s::
�
Esta posición es creada con referencia a la solped 600521960 posición 00004
Entregar en:
(GH99) Xxxx. Tuxtla-Chicoasén Km. 40 S/N O C.P. 29640
Chiapas, Tuxtla Gtz., Chis. Atención a:
lng. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Superintendente Gral. CH MMT E.F.
La posición contiene los siguientes servicios:
3015677 TRANSPORTE DE PERSONAL TRANSPORTE DE PERSONAL 2024
Esta posición es creada con referencia a la solped 600521960 posición 00005
Entregar en:
(GH99) Xxxx. Tuxtla-Chicoasén Km. 40 S/N O C.P. 29640
Chiapas, Tuxtla Gtz., Chis. Atención a:
lng. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Superintendente Gral. CH MMT E.F.
La posición contiene los siguientes servicios: {l
6,000.00 2,160,000.00
6,000.00 96,000.00
Centro de coste GH99A01
Centro de coste GH99A01
3424/GH99/A02
3424/GH99/A02
(l-
1,005 UNI
3015677 TRANSPORTE DE PERSONAL I l //� 3,000.00 3,015,000.00 r
L..__.L_
_ ---+-� ----llll+-'(_)
-----+-- -----'- --'------ ---'----- ---'----' /
-'. J �
�eweLaeíów V1θ
CfE -CFE GENERACION VI
CONTRATO DE SERVICIOS
CONT⮘ATO HOJA
801095787
6DE 19
Pos.
00006
Cantidad UM Descripción P. Unitario
1 UNI TRANSPORTE DE PERSONAL 2024
Esta posición es creada con referencia a la solped 600521960 posición 00006
Entregar en:
(GH99) Xxxx. Tuxtla-Chicoasén Km. 40 S/N O C.P. 29640
e- ::::?
Chiapas, Tuxtla Gtz., Chis. Atención a:
lng. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Superintendente Gral. CH MMT E.F.
Importe Carq:ar a
Centro de coste GH99A01
Presupuesto
3424/GH99/A02
1
00007
La posición contiene los siguientes servicios:
93 UNI 3015677 TRANSPORTE DE PERSONAL
1 UNI TRANSPORTE DE PERSONAL 2024
Esta posición es creada con referencia a la solped 600521960 posición 00007
Entregar en:
(GH99) Xxxx. Tuxtla-Chicoasén Km. 40 S/N O C.P. 29640
Chiapas, Tuxtla Gtz., Chis. Atención a:
lng. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Superintendente Gral. CH MMT E.F.
3,000.00
279,000.00
Centro de coste GH99A01
3424/GH99/A02
1 233 UNI
La posición contiene los siguientes servicios:
3015677 TRANSPORTE DE PERSONAL
5)000.00
1,165,000.00
00008
1 UNI
TRANSPORTE DE PERSONAL 2024
Esta posición es creada con referencia a la solped 600521960 posición 00008
Entregar en:
(GH99) Xxxx. Tuxtla-Chicoasén Km. 40 S/N O C.P. 29640
Chiapas, Tuxtla Gtz., Chis. Atención a:
lng. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx
Centro de coste GH99A01
3424/GH99/A02
Superintendente Gral. CH MMT E.F
Q
\((/¡
�ereraciór Ylo
CFE-GENERACION VI
CONTRATO DE SERVICIOS
CONTRATO HOJA
801095787
7DE 19
Pos.
Cantidad UM
Descripción P. Unitario
La posición contiene los siguientes servicios:
Importe
Carnar a
Presupuesto
1
00009
20 UNI
1 UNI
3015677 TRANSPORTE DE PERSONAL TRANSPORTE DE PERSONAL 2024
e:
EEsntatrpeogsiacirónenes: creada con referencia a la solped 600521S60 posición 00011
(GH99) Xxxx. Tuxtla-Chicoasén Km. 40 SIN O C.P. 29640
5,000.00
100,000.00
Orden 000600348806
34241GH991A02
Chiapas, Tuxtla Gtz., Chis. Atención a:
lng. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Superintendente Gral. CH MMT E.F.
;;;;;
1
00010
La posición contiene los siguientes servicios:
288 UNI 3015677 TRANSPORTE DE PERSONAL
1 UNI TRANSPORTE DE PERSONAL 2024
EEsntatrpeogsiacriónenes: creada con referencia a la solped 600521960 posición 00012
(GH99) Xxxx. Tuxtla-Chicoasén Km. 40 SIN O C.P. 29640
Chiapas, Tuxtla Gtz., Chis. Atención a:
lng. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Superintendente Gral. CH MMT E.F.
5,000.00
1,440,000.00
Orden 000600348806
3424/GH99/A02
3015677 TRANSPORTE DE PERSONAL
1 26 UNI
La posición contiene los siguientes servicios:
5,000.00
130,000.00
�
ìU”/l
u '-..,)\ 1\.,___/
Subtotal
/VA
Total
13,983,000.00
2,237,280.00
16,220,280.00
/ RtL /
'-\r---
�eneración Vbe
CFE GENERACION VI -
CONTRATO DE SERVICIOS
CONTRATO HOJA
801095787
8DE 19
Cláusulas del Contrato
CLÁUSULA SEGUNDA. - IMPORTE TOTAL A PAGAR.
eLlAImEpMuPeRstEoSaAl VCaOloNr TARgAreTgAaNdTo E(IVyAE)LcPorRreOsVpoEnEdDieOnRte.convienen que s::pe de este Co:scantidad de $13,983,000.00 (Trece millones novecientos ochenta y tres mil pesos 00/100 M.N.) más El precio unitario de cada posición se encuentra indicado en la Cláusula Primera.
LA EMPRESA CONTRATANTE y EL PROVEEDOR convienen que los precios de los servicios cotizados son fijos. CLÁUSULA TERCERA. - TÉRMINOS Y CONDICIONE0S EN QUE SE REALIZARÁ EL PAGO Y MONEDA.
1. LUGAR DE RECEPCIÓN DE FACTURAS.
El lugar donde se recibirán las facturas será en la Caja de la Central Hidroeléctrica Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx "Chicoasén".
a 15:00 horas, dirigirse con la C.P. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx, Jefa de Tesorería de la Central Hidroeléctrica Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
pUangaoveenz lqauceaejal dEeMlPaRCEeSnAtraCl OHiNdTroReAléTcAtrNicTaEMhaanyuaerl eMcoibriednooyTaocrreepsta"dCohilcoosasérnv"iccion cdoonmsiicginlioadeonsCeanrrlaeteCrLaÁTUuSxtUlaLAGuPtRiéIrMreEzR- AC,hEicLoPasRéOnVKEmE.D4O0.RC, hpirceosaesnétanr,áClhaiafapcatsu,raC.pPa.r2a9r6e4v0is,iódne, lauunteosriazavciieórneystrdáem0it8e:0d0e
Ll. aCdoopciaumdelnotaficióondqeuaecdeeptbaeciaódnjudnetalarsgeaaralantsíafadcetucrausmplimraieenl ttorádmeiltecodnetrpaatogoy ecsalliadasdigeunielnatep:rimera factura;
1in1.stFitaucctiuornaalp: akraarinpa.gpoo.zEo@l pcrfoev.emexdor deberá enviar los correspondientes archivos digitales de los Comprobantes Fiscales Digitales (CFDI} con extensiones .pdf y .xml a la dirección de correo electrónico
111. Copia del contrato debidamente formalizado;
IV. Copia del Acta de Entrega-Recepción de los servicios, parcial o total;
V. Solicitud de pago mediante transferencia electrónica bancaria (Anexo 9.3);
VI. En su caso copia del Convenio de Cesión de Derechos de Cobro;
VII. Evidencia de Prestación de los Servicios (Reporte(s) Fotográfico(s) o Lista(s) de Asistencia(s), según sea el caso);
sEingucieansotesd,einqduicealraá (ms)edfaiacntutreaco(sr)reeonterleegcatrdóansicpoor,pEoLr PesRcOritVoE, EADL OPROpVarEaEtDráOmRit,eladsedpeafigcoie,npcriaeseqnute dne) bearrcoorerrsegoird. eficiencias, el área responsable de la recepción
2. PLAZO DE PAGO.
/ Generación VI,
CFE GENERACION VI
CONTRATO DE SERVICIOS
CONTRATO HOJA
801095787
9DE 19
LA EMPRESA CONTRATANTE pagará el importe convenido a los 30 d/as naturales contados a partir del día siguiente de la aceptación de facturas respectiva, previa ejecución de los servicios, conforma a las políticas de pago del Corporativo de la CFE.
El periodo que transcurra a partir de que se le indique las deficiencias y hasta que el concursante adjudicado presente la(s) factura(s) corregida(s), interrumpirá el plazo establecido para el pago.
3. FORMAS DE PAGO
La forma de pago de este contrato será a partir del día siguiente de la aceptación de facturas respectiva, previa ejecución de los servicios, conforma a las políticas de pago del Corporativo de la CFE.
Por su parte, EL PROVEEDOR acepta que LA EMPRESA CONTRATANTE cubra el precio convenido, deduciendo del importe de la facturación las cantidades que procedan a cargo del mismo, entre otras las siguientes: penas convencionales, gastos financieros, ajustes de calidad por resolución de controversias, así como Impuestos.
4. MEDIOS DE PAGO
Los pagos a EL PROVEEDOR se realizarán vía transferencia electrónica, con la siguiente información:
Banco:BBVA
No. de Cuenta Clabe:012100001057557943 Sucursal: Xxxxxx Xxxxxxxxx
No. de Plaza y Lugar: 1809 Xxxxxx Xxxxxxxxx
Titular de la Cuenta: OMNIBUS Turísticos TLA Tours, S.A. de C.V.
LA EMPRESA CONTRATANTE no asume ninguna responsabilidad por el tiempo que se tomen las instituciones bancarias en realizar la transferencia bancaria.
Dentro de dicho plazo, LA EMPRESA CONTRATANTE podrá publicar en Cadenas Productivas los pagos, a efecto de que EL PROVEEDOR pueda ejercer la opción de adelantar el cobro de sus facturas mediante factoraje electrónico.
5. MONEDA DE PAGO
Por tratarse de un proveedor nacional, el pago se hará conforme a la Ley Monetaria mediante transferencia electrónica en pesos mexicanos.
6. LUGAR DE PAGO
Caja de la Central Hidroeléctrica Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx "Chicoasén" con domicilio en Carretera Tuxtla Xxxxxxxxx - Chicoasén Km. 40. Ch1coasén, Chiapas, C P. 29640, de lunes a v1ern s de 8:00 a 15:00
horas. A �
7. CESIÓN DE DERECHOS DE COBRO r//" L-
�eneración VI.
CFE GENERACIQN-VI
CONTRATO DE SERVICIOS
CONTRATO HOJA
801095787
10 DE 19
Los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, no podrán ser transferidos por EL PROVEEDOR a favor de cualquier otra persona, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de LA EMPRESA CONTRATANTfi�,¸ �
EL PROVEEDOR podrá ceder los derechos de cobro, debiendo cumplir para ello con las siguientes condiciones:
l. La notificación o en su caso el aviso de la cesión sobre los derechos de cobro, deberá ser hecha al Administrador de este Contrato dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la celebración del Convenio de Cesión respectivo. En esta notificación o aviso, EL PROVEEDOR deberá declarar, que no ha celebrado con anterioridad otra cesión de derechos o acto jurídico que se traduzca en cesión a favor de terceros de dichos derechos de cobro. De existir una cesión anterior, deberá expresarlo asi y aportar todos los datos y documentos que permitan su plena identificación.
11. Conformidad expresa y por escrito de LA EMPRESA CONTRATANTE respecto de la solicitud del punto anterior.
111. Que en el convenio de cesión de derechos que el cedente celebre con el cesionario se incluya lo siguiente:
a) La declaración del cedente en la que señale la contratación llevada a cabo por LA EMPRESA CONTRATANTE, en el cual participó y resultó ganador.
b) El número y fecha del contrato celebrado por el cedente con LA EMPRESA CONTRATANTE, mediante el cual se obligó a prestar los servicios materia de dicho contrato y que continúa surtiendo todos sus efectos.
c) El importe incluyendo el IVA, de los servicios prestados entre LA EMPRESA CONTRATANTE y EL PROVEEDOR.
d) La manifestación expresa del cesionario, en el sentido de que conoce en todas sus partes el contrato respecto al cual se ceden los derechos de cobro.
e) La estipulación expresa, entre cedente y cesionario, de que la materia de la cesión de derechos que celebran, es única y exclusivamente respecto de los derechos de cobro del contrato celebrado con LA EMPRESA CONTRATANTE, indicando el importe parcial o total de la propia cesión.
f) Que el cesionario manifieste su conformidad en que LA EMPRESA CONTRATANTE, descuente del importe del crédito a favor de EL PROVEEDOR, los cargos que en su caso adeude, relacionados con el contrato respecto del cual se realiza la cesión, incluyendo el monto xx xxxxx convencionales y gravámenes fiscales que correspondan.
IV. En caso de que no se opte por la notificación a través xx xxxxxxxx x xxxxxxx público, ésta deberá hacerse en forma fehaciente con el acuse de recibo correspondiente de LA EMPRESA CONTRATANTE, a fin de que quede constancia indubitable de que se cumplió con el requisito que establece la ley, sin perjuicio de que se satisfagan los demás requisitos señalados en el párrafo anterior.
.
V. Queda expresamente convenido y así lo admite EL PROVEEDOR, que LA EMPRESA CONTRATANTE no asume ninguna responsabilidad frente a terceros por el incumplimiento del Convenio o Acto
Jurídico, a través del cual EL PROVEEDOR sea sustituido en los créditos que surgieren a su favor, conforme a lo estipulado en el presente instrumento.
En caso de que EL PROVEEDOR decida operar sus pagos mediante el Programa xx Xxxxxxx Productivas, LA EMPRESA CONTRATANTE otorga su consentimiento, para que EL PROV':9b'0R pueda
ceder sus derechos de cobro a favor de un 1ntermed1ano financiero /'
\ -
8. PAGOS EN EXCESO
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En el su uesto de ue EL PROVEEDOR reciba o, és. e deberá reinte rar las cantidades a adas en exceso más los intereses corres endientes confo
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Ingresos de la Federación vigente en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales, según lo indicado en el artículo 8 de esta ley, calculados a pahir de la fecha en que se haya realizado el pago y hasta la fecha en que estos sean ingresados a la EMPRESA CONTRATANTE.
9. IMPUESTOS
Cada una de LAS PARTES del presente contrato convienen en cumplir con los impuestos que les correspondan y pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales de conformidad con la legislación aplicable, tengan que cumplir durante el plazo de ejecución y cumplimiento del contrato.
EL PROVEEDOR deberá defender, indemnizar y mantener a salvo a LA EMPRESA CONTRATANTE respecto de cualquier reclamación, pérdida, perjuicio o gasto (incluyendo gastos legales) derivados del incumplimiento de las obligaciones fiscales de EL PROVEEDOR en relación con el contrato, así como de cualquier interés, multa, actualización o sanción sobre los mismos que pudieran ser determinados por cualquier autoridad competente.
Si LA EMPRESA CONTRATANTE recibe un requerimiento de autoridad competente solicitando el pago de contribuciones o impuestos de los tipos referidos en esta Cláusula y/o de intereses, actualizaciones o penalizaciones sobre los mismos, derivado de la contratación de EL PROVEEDOR, LA EMPRESA CONTRATANTE deberá de comunicarlo inmediatamente a EL PROVEEDOR a efecto de que éste último lleve cualquier acción legal o promueva los recursos que proceden en contra de dicho requerimiento, debiendo sacar en paz y a salvo a LA EMPRESA CONTRATANTE de cualquier responsabilidad que se le pudiere fincar por la contratación de EL PROVEEDOR a sus obligaciones fiscales al amparo del presente Contrato. Si en última instancia LA EMPRESA CONTRATANTE es apercibida para realizar cualquier pago por los conceptos antes señalados, podrá recuperar de EL PROVEEDOR la totalidad de cualesquier montos, gastos (incluyendo gastos legales) y costos actualizados en que hubiere incurrido derivado de lo dispuesto en el presente párrafo.
LAS PARTES acuerdan que LA EMPRESA CONTRATANTE efectuará las retenciones de impuestos que proceden de conformidad con la legislación fiscal aplicable y, en su caso, con los Tratados para evitar la Doble Tributación que mantengan celebrados los países en donde residan, y EL PROVEEDOR estará obligado a presentar la documentación que se requiera para la aplicación de los citados Tratados en caso de que resulten aplicables a las operaciones realizadas al amparo del presente Contrato
El Administrador del Contrato, será el responsable de dar cumplimiento a los Lineamientos para la Adecuada Aplicación de Retenciones a Proveedores Residentes en el Extranjero
10. ANTICIPO
Dentro de la disponibilidad presupuestal y calendarización del gasto autorizado a la EMPRESA CONTRATANTE, no se encuentra contemplado el otorgamiento de anticipo para esta operación. CLÁUSULA CUARTA. - DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
1 . GARANTÍAS
EL PROVEEDOR se obliga mediante Póliza de Fianza a garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas de este Contrato, en especial la de prestar los servicios de acuerdo a la calidad requerida por LA EMPRESA CONTRATANTE, estará vigente desde la fecha de formalización del contrato y durante la prestación del servicio. La garantí coti esponderá a un diez por ciento /o%) del valor total del Contrato sin incluir el IVA, de conformidad al Modelo establecido en el Pliego de Requisitos. /
Est6 g6ınnfi6 srá diTisible, y est6h;"g"" OesOe t6 fech6 de form6liz6cion del contrafo ydur"" l6 prest6cion Oel sewicio.
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Cuando la contratación comprenda más de un ejercicio pre estal la(s) garantías (s) del Contrato podrá ser por el porcentaje que corr�ó� del monto total por erog en ejercicio fisca e ue se trate,
deberá ser renovada cada e·ercicio resentarse a más tardar dentro de los últimos uince días hábiles de e·ercicio fiscal anterior al e la obli ación a
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Para el supuesto de convenios modificatorios que no se encuentren cubiertos por la garantía originalmente otorgada, EL PROVEEDOR deberá presentar la ampliación a la garantía respectiva; la entrega por parte de EL PROVEEDOR, dentro de los 7 (siete) días hábiles posteriores a la formalización del convenio modificatorio respectivo.
PLAZO DE ENTREGA DE GARANTIAS
EL PROVEEDOR deberá entregar las Garantías, a más tardar dentro de los 7 (siete) días hábiles siguientes a la formalización del Contrato, en el Departamento Regional de Contratación y Obra Pública ubicado en Km. 7.5 Carretera Veracruz-Medellín, C.P. 94271, Dos Bocas, Veracruz, de 08:00 a 15:00 horas. Deberán atender para esto, el modelo de póliza que LA EMPRESA CONTRATANTE anexó a EL PROVEEDOR en el Pliego de Requisitos del Concurso.
INCUMPLIMIENTO EN LA ENTREGA DE GARANTÍAS
En caso de incumplimiento en la entrega de la(s) Garantía(s), el Administrador del Contrato, deberá informar por escrito al Área Jurídica de LA EMPRESA CONTRATANTE dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquel en el que se dio el incumplimiento, para que, de resultar conveniente, se inicie procedimiento de rescisión.
CANCELACIÓN DE GARANTÍAS
El Área administradora de la o las Garantías al concluir la vigencia de estas, solicitará al Administrador del Contrato que, mediante constancia por escrito, informe si se cumplieron las condiciones pactadas en el contrato y en su caso, otorgue su anuencia para su cancelación.
El Administrador del Contrato, informará en un término no mayor a 5 días hábiles, mediante constancia, si el Proveedor cumplió con la prestación de los servicios y su anuencia para la cancelación de la Garantía.
En el supuesto· de que el Administrador del Contrato o Coordinador de Administradores, informe que no se cumplió con las condiciones pactadas en el contrato, podrá iniciar el procedimiento de rescisión establecido en el contrato
2. PENAS CONVENCIONALES
El factor de penalización por atraso que aplicará la CFE y sus EPS será del 1 % diario sobre el valor de los bienes entregados con atraso o de los servicios prestados con atraso, el cual en su conjunto no podrán exceder del 25% del monto total del contrato, sin incluir IVA.
La penalización se aplicará conforme a la siguiente fórmula: Fórmula: (Pd)x(Nda)x(Vbsepa)= Pea
Pd= (1%) penalización diaria Nda= número de días de atraso
Vbsepa= valor de los bienes o servicios entregados o prestados con atr Pea= pena convencional aplicable
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LAS PARTES acuerdan que LA EMPRESA CONTRATANTE podrá rescindir con efectos inmediatos el presente Contrato sin necesidad de declaración judicial, mediante simple notificación por escrito a EL PROVEEDOR, en el que se especifique(n) la (s) obligación (es) incumplida (s) por éste.
La suma de las penas y las deducciones en su conjunto no podrá exceder el 25% (veinticinco por ciento) del monto total del contrato sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. DEDUCCIONES
Se aplicarán deducciones hasta por el 10% del costo del viaje, conforme a lo establecido en el punto 6.- Requerimientos adicionales, en el apartado DEDUCCIONES POR INCUMPLIMIENTO DEL SERVICIO del Listado de Especificaciones y Servicios.
3. MODIFICACIONES AL CONTRATO
El presente contrato podrá ser modificado por las causas que se mencionan a continuación de manera enunciativa más no limitativa:
a. Modificaciones a la cantidad, monto, plazo o vigencia.
b. Circunstancias económicas de tipo general.
c. Cancelación de partidas.
d. Diferimiento de obligaciones contractuales.
e. Prórroga de obligaciones contractuales.
f. Suspensión de obligaciones contractuales.
g Sustitución de bienes durante la vIgencIa del contrato
h Terminación anticipada y extinción del contrato por razones diferentes a su cumplimiento.
1 Cambio de destino
hábiles posteriores a la petición por escrito del Área Requirente.
4. RESCISIÓN
LAS PARTES acuerdan que, LA EMPRESA CONTRATANTE una vez que exista incumplimiento por parte de EL PROVEEDOR, podrá rescindir con efectos inmediatos el presente Contrato sin necesidad de declaración judicial, mediante simple notificación por escrito a EL PROVEEDOR, en el que se especifique(n) la(s) obligación(es) incumplida(s) por éste y para tal propósito, se seguirá el procedimiento que se indica a continuación:
1. El Administrador del Contrato notificará mediante un oficio dirigido a EL PROVEEDOR en el que se establezcan los presuntos incumplimientos en que haya incurrido y se1é'lcom EMPRESA CONTRATANTE de rescindir el Contrato. '-....
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2. EL PROVEEDOR contará con un plazo de 5 (cinco) días hábiles para manifestar a LA EMPRESA CONTRATANTE lo que estime conveniente.
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3. Transcurrido el término anterior, el Administrador del Contrato tendrá hasta 15 (quince) días hábiles para resolver lo conducente y notificar su decisión a EL PROVEEDOR. Dentro del plazo a que se refiere el párrafo anterior, LA EMPRESA CONTRATANTE elaborará un dictamen sobre las consecuencias de llevar a cabo la rescisión del Contrato.
En el evento de que LA EMPRESA CONTRATANTE rescinda el Contrato, de conformidad con esta Cláusula, dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes, LA EMPRESA CONTRATANTE procederá a:
a) Formular el finiquito correspondiente compensando cualquier adeudo que se genere a cargo de EL PROVEEDOR y de LA EMPRESA CONTRATANTE.
b) En su caso, hacer efectiva la garantía a que se refiere el numeral 1 de la presente cláusula.
Si LA EMPRESA CONTRATANTE decide no rescindir el Contrato, se observará lo previsto en la Disposición 66, tercer párrafo, de las Disposiciones Generales en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Ejecución de Obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias.
El servidor público facultado para llevar a cabo la rescisión será quien haya firmado el Contrato, quien lo sustituya o un servidor público con nivel jerárquico superior.
Cuando EL PROVEEDOR sea quien decida r • ir el Contrato por causa(s) imputable(s) a LA EMPRESA CONTRATANTE, será necesario que éste acuda ante los Tribunales Federales competentes a demandar dicha rescisión.
5. DERECHOS INHERENTES A LA PROPIEDAD INTELECTUAL.
EL PROVEEDOR asume la responsabilidad total para el caso de que en cumplimiento del presente Contrato se infrinjan derechos de terceros sobre patentes o marcas, o se violen derechos de autor.
LAS PARTES acuerdan que los derechos inherentes a la propiedad intelectual, que se deriven del objeto del presente Contrato, invariablemente se constituirán a favor de LA EMPRESA CONTRATANTE, según corresponda, en términos de las disposiciones legales aplicables.
6. LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS
EL PROVEEDOR asume la responsabilidad total de contar con todas las licencias, autorizaciones y permisos que conforme a otras disposiciones sea necesario correspondientes.
7. RELACIONES LABORALES.
servicios
EL PROVEEDOR como patrón del personal que ocupe con motivo de los servicios materia de este Contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciȦnes
ordenamientos en materia laboral y seguridad social. EL PROVEEDOR conviene, por lo mismo en responder de las reclamaciones que sus traba· acres present sen en u contra o e contra de LA EMPRESA CONTRATANTE, en relación con la adquisición objeto de este Contrato.
8. DISCREPANCIAS
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LAS PARTES convienen que, en caso de existir discrepancias entre el Pliego de Requisitos, sus Anexos y las Actas de las Sesiones de Aclaraciones con lo previsto en el presente contrato, prevalecerá lo estipulado en el Pliego de Requisitos, sus Anexos y las Actas de las Sesiones de Aclaraciones.
La modificación al contrato por discrepancias que se realice deberá preservar que las cláusulas deben de interpretarse las unas por las otras.
9. CONFIDENCIALIDAD
EL PROVEEDOR no podrá divulgar por medio de publicaciones, conferencias, informes o cualquier otra forma, la información que le proporcione LA EMPRESA CONTRATANTE, ni los datos y resultados obtenidos de la adquisición objeto de este contrato, sin autorización previa y por escrito de LA EMPRESA CONTRATANTE.
EL PROVEEDOR tomará las medidas necesarias para que el personal que ocupe con motivo de la adquisición objeto de este contrato observe la confidencialidad establecida en el párrafo anterior.
:::::s::
En el caso de que EL PROVEEDOR sea el que otorgue información confidencial a LA EMPRESA CONTRATANTE, para la realización del objeto del contrato, las partes se obligan a guardar reserva respecto de la información que conozcan con motivo del presente contrato o que deriven de su ejecución, en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en lo aplicable y en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Ṛública.
10. SUBCONTRATACIȧN. (No Aplica)
11. CESIȧN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES.
LA EMPRESA CONTRATANTE podrá ceder en forma total o parcial los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato, en favor de cualquiera de las Empresas Productivas Subsidiarias o Empresas Filiales de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), en cuyo caso deberá notificar por escrito a EL PROVEEDOR la cesión parcial o total de derechos y obligaciones, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la celebración del contrato de cesión correspondiente, indicando toda aquella información que resulte necesaria para la adecuada ejecución del presente contrato.
Cuando los servicios materia del contrato involucren licencias, se entenderá que las mismas tendrán el carácter de no exclusivas, por lo que el proveedor, con la firma del presente contrato, otorga su autorización para que LA EMPRESA CONTRATANTE la transmita o ceda a cualquiera de las Empresas Productivas Subsidiarias o Empresas Filiales de la CFE.
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LAS PARTES acuerdan que la cesión o transmisión de las licencias u otro derecho exclusivo, no representará un costo adicional para LA EMPRESA CONTRATANTE, por lo que EL PROVEEDOR renuncia expresamente a cualquier retribución por este motivo.
EL PROVEEDOR no podrá ceder en forma parcial ni total los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato, con excepción de los derechos de cobro.
EL PROVEEDOR solamente podrá ceder a otras personas físicas x xxxxxxx los derechos de cobro que se deriven a su favor de las facturas que se generen en los términos del presente contrato, con la autorización previa y por escrito de LA EMPRESA CONTRATANTE.
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Cualquier expresión o estipulación contenida en la oferta o los anexos de este contrato que resulte contraria a lo estipulado en esta cláusula, se tendrá por no uesta. CLÁUSULA QUINTA. - DATOS GENERALES DEL ADMINISTR DOR
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LA EMPRESA CONTRATANTE designa al Lic. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Jefe de Depafamento de Personal y Servicios Generales de la Central Hidroeléctrica Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx. con correo electrónico: xxxx.xxxxxxxx@xxx.xx, quien fungirá como responsable de administrar y verificar el cumplimiento del Contrato con domicilio en la Carretera Tuxtla Xxxxxxxxx- Chicoasén Km. 00, Xxxxxxxxx, Xxxxxxx, C.P. 29640.
CLÁUSULA SEXTA. - FORMA Y TÉRMINOS DE LA ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS
1. CONDICIONES DE ACEPTACIÓN.
EL PROVEEDOR se obliga con LA EMPRESA CONTRATANTE a prestar los servicios descritos en el objeto del presente contrato bajo las condiciones establecidas en el pliego de requisitos.
2. RECEPCIÓN, ACEPTACIÓN, DEVOLUCIÓN O RECHAZO EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.
LA EMPRESA CONTRATANTE designa al ADMIIIIISTRADQR O ATO como responsables de verificar que la prestación de los servicios cumpla con lo establecido en el pliego de requisitos, asi
como en el presente contrato. �
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3. INSPECCIÓN O PRUEBAS.
Aun cuando se conviene que los servicios objeto de este Contrato, descritos en cláusula PRIMERA, no están sujetos a inspección y pruebas, EL PROVEEDOR garantiza su calidad durante su uso durante un plazo de 12 (doce) meses a partir de su entrega.
CLÁUSULA SÉPTIMA. -TÉRMINOS PARA LA APLICACIÓN DE LOS MEDIOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS POR DESAVENENCIAS EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
LAS PARTES acuerdan que cuando para la solución de las controversias derivadas de la interpretación a las cláusulas de este contrato por cuestiones relacionadas con su ejecución y cumplimiento, determinen necesario recurrir a uno o más medios alternativos de solución de controversias, tales como la negociación; mediación; conciliación, o arbitraje, podrán celebrar un convenio en el que se estipulen las condiciones de tiempo, lugar y forma en que se desarrollarán los medios alternativos señalados, de acuerdo a los Lineamientos Internos para Llevar a cabo Medios Alternativos de Solución de Controversias en la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias, emitidos por el Consejo de Administración de fecha 21 xx xxxxx de 2016.
La aplicación de medio alternativos de solución de controversias se sujetará a lo que al respecto determine la Oficina del Abogado General. CLÁUSULA OCTAVA. - FECHA O PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.
1. PLAZO DE PRESTACIÓN.
EL PROVEEDOR se obliga a prestar los servicios amparados en el presente contrato en un plazo de 366 (trescientos sesenta y seis) días naturales, con fecha de inicio a partir del día O de enero de 2024 y
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fecha de terminación el día 31 de diciembre de 2024 . #/
Para este contrato se aceptan entregas con pagos parciales.
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Si el plazo de entrega o la fecha determinada para el cumplimiento de las obli aciones cae en día inhábil, no se tendrá por vencido el mismo, sino cumplido el primer día quE a, si fuera hábil; lo anterior, de
acuerdo con lo dispuesto por el artículo 1180 del Código Civil Federal. /
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2. LUGAR DE ENTREGA DE LOS SERVICIOS.
EL PROVEEDOR entregará los servicios en las instalaciones de la Central Hidroeléctrica Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx "Chicoasen", con domicilio en la Carretera Tuxtla Xxxxxxxxx-Chicoasén Km. 00, Xxxxxxxxx, Xxxxxxx, C.P. 29640., conforme a las condiciones descritas en las Especificaciones Técnicas y sus Anexos, durante el plazo de ejecución indicado en este contrato
CLÁUSULA NOVENA. - TERMINACIðN ANTICIPADA.
LAS PARTES acuerdan dar por terminado anticipadamente este contrato, cuando:
A. Se presente un caso fortuito o de fuerza mayor que LAS PARTES no puedan dar atención en un plazo superior a noventa días naturales.
B. Como consecuencia de resolución� ;n³f&tfCi& eol�sable de resolver el recurso de reconsideración.
C. Por así convenir a sus intereses.
En los supuestos estipulados en los incisos A y B, se compensará a la PARTE que haya realizado erogaciones no recuperables, siempre y cuando sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el objeto del presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA. - SUSPENSIðN DE OBLIGACIONES CONTRACTUALES
LAS PARTES acuerdan que podrán suspender los plazos previstos en este contrato, cuando se presente caso fortuito o fuerza mayor que impida a LA EMPRESA CONTRATANTE o a EL PROVEEDOR el cumplimiento de sus obligaciones, se podrá suspender total o parcialmente su cumplimiento durante el tiempo que dure dicho impedimento. En este caso ningunas de LAS PARTES estarán obligadas al pago de daños y perjuicios, ni xx xxxxx convencionales, exclusivamente durante el tiempo que dure la suspensión.
El periodo de suspensión no podrá exceder la vigencia del contrato, excepto que el caso fortuito o fuerza mayor implique trascender al ejercicio fiscal siguiente, en cuyo caso se requerirá la autorización del área de finanzas.
Una vez concluido el periodo de suspensión, LA EMPRESA CONTRATANTE, podrá optar por continuar con el cumplimiento del contrato o darlo por terminado. Cualquier suspensión deberá formalizarse a través de un convenio modificatorio.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. - NOTIFICACIONES.
Para todos los efectos derivados del presente contrato, en especial para oír y recibir notificaciones, mismas que sólo surtirán efectos si se realizan por escrito, LAS PARTES convienen en señalar como sus domicilios, los siguientes:
EL PROVEEDOR: Xxxxxxxxxxx Xxx Xxxxxxx Xx. 000 Xxx. Coquelequixtan, Tuxtla Xxxxxxxxx, Chiapas, C.P. 29090. LA EMPRESA CONTRATANTE: Km. 7.5 Carretera Veracruz-Medellin, C.P. 94271, Dos Bocas, Ver.
Las notificaciones de carácter legal o relativo a procedimientos judiciales se s s ordenamientos jurídicos aplicables.
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LAS PARTES acuerdan que cuando cualquiera de ella cambie su domicilio, lo notificará en forma fehaciente a la otra, dentro de los 5 (cinco) días naturales siguientes a que ocurra dicho cambio, en caso contrario se tendrán por realizadas en el domicilio señalado inicialmente.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. - CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.
El caso fortuito es referente a todo hecho de la naturaleza, que impida de manera absoluta, el cumplimiento de la obligación contraída, la fuerza mayor es todo acto del hombre, que constituya un obstáculo insuperable para el cumplimiento de la obligación contraída. A todo lo anterior se agrega que las dos figuras contienen como características análogas que el hecho o acto derive la imposibilidad en cumplir con alguna o todas las obligaciones contraídas en este contrato y éstas deben ser necesariamente imprevisibles e inevitables, sin culpa o negligencia de alguna de LAS PARTES. En la inteligencia de que los aspectos a que se refiere este párrafo deberán ser perfectamente acreditables.
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Entre los casos fo4uitos o de fuerza mayor pueden determinarse de manera enunciativa, más no limitativa, los siguientes eventos:
a. Incendios;
b. Terremotos;
c. Guerras;
d. Inundaciones;
e. Sabotajes;
f. Huelgas Declaradas;
g. Ciclones;
h. Motines o Disturbios;
i. Catástrofes de Transportes Marítimos, Ferroviarios, Aéreos o Terrestres;
j. Paro de Fábrica (s) por Causas No Imputables a EL PROVEEDOR.
Adicionalmente el reconocimiento de un evento de caso fortuito o fuerza mayor queda sujeto a lo siguiente:
a. Que LA PARTE que sufra el caso fortuito o fuerza mayor no haya dado causas o contribuido a que se produjera.
b. Que la PARTE que sufra el caso fortuito o fuerza mayor lo notifique de inmediato a la otra parte y adopte las medidas urgentes tendientes a evitar la extensión de sus efectos o da bienes de la otra PARTE.
c. Que la PARTE que sufra el caso fortuito o fuerza mayor, acredite a satisfacción de la otra PARTE mediante las constancias idóneas, la existencia, duración y efectos de dicho caso fortuito o fuerza mayor.
Cuando cualquiera de las PARTES por efecto de caso fortuito o fuerza mayor dejare de cumplir con sus respectivas obligaciones, quedará liberado de la responsabilidad consecuente a dicho incumplimiento, relativa a la indemnización de los daños y perjuicios causados a la otra PARTE, siempre que en tal evento se cumplan las condiciones previstas en esta Cláusula.
En caso de que EL PROVEEDOR se encuentre en esta situación, deberá notificar por escrito a LA EMPRESA CONTRATANTE, previamente a la fecha de entrega pactada en el presente contrato.
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LA PARTE que no sufra el caso fortuito o fuerza mayor se abstendrá de exig' ndemnización alguna o de aplicar sanciones por el incumplimiento en que incurra LA Pf;RJE que lo sufra, si se satisfacen l�s condiciones indicadas en esta cláusula, incluyendo las penas convencionalé �is as en el presente contrato, y de ser aplicable se establecerá de común acuer tuef,Jecha de entrega de la prestac1on
de los servicios corres endientes.
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Cada PARTE reportará individualmente las consecuencias económicas que produzcan en sus respectivos patrimonios el caso fortuito o fuerza mayor.
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En el evento de que un caso fortuito o fuerza mayor haga imposible la entrega del bien, las PARTES están de acuerdo en que LA EMPRESA CONTRATANTE levantará acta circunstanciada donde haga constar el estado que guarda el cumplimiento del contrato en dicho momento.
CLÁUSULA DŁCIMA TERCERA. -VIGENCIA DEL CONTRATO.
El presente Contrato estará vigente a partir de la fecha de su firma y hasta el 31 de diciembre del 2024, ejercicio fiscal en el que concluye el plazo de ejecución establecido en el presente Contrato. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. - LEGISLACIÓN.
LAS PARTES se obligaron a sujetarse estrictamente para la prestación de los servicios objeto de este contrato a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, así como a lo establecido en la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, a las Disposiciones Generales en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Ejecución de Obras de la CFE y sus Empresas Productivas Subsidiarias, a la legislación mercantil o civil y demás disposiciones aplicables.
CLÁUSULA DECIMA QUINTA. - DETERMINACIÓN DE LA LEGISLACIÓN APLICABLE Y DE LOS TRIBUNALES COMPETENTES.
Para la interpretación y cumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud del presente Contrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de Boca del Río, Veracruz, por lo que EL PROVEEDOR renuncia al que pudiera corresponderle por razón de su domicilio o por cualquier causa.
El presente Contrato se firma, en 2 (dos) tantos, por las partes en la ciudad de Dos Bocas, Veracruz el día 28 de diciembre de 2023.
Por la presente me obligo a prestar el servicio, suscrito en el presente contrato en los tiempos pactados en el mismo y me sujeto a las Disposiciones Generales en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Ejecución de Obras, (DIGs) de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidarias, así como a todas las cláusulas e incisos establecidos en este contrato.
CFE
Comisión Federal de Electricidad"
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DECLARACIÓN ÉTICA
CFE y EPS*-PROVEEDORES Y CONTRATISTAS
CONTRATO No. 801095787
Yo, lng. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Legal de la CFE Generación VI declaro que:
• Conozco y cumplo con lo establecido en las Disposiciones Generales en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicio y Ejecución de Obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias. Así como con la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
• Conozco y aplico los Códigos de Ética y de Conducta de la CFE, sus Empresas Productivas Subsidiarias y Empresas Filiales.
• No fui objeto de ninguna propuesta ilícita por parte del (proveedor o contratista)
o por interpósita persona, para la definición y asignación del contrato.
• No recibí ninguna dádiva, obsequio u otro bien o servicio a cambio de la asignación del contrato.
Xx, X. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Representante Legal de la Empresa Ornnibus Turísticos TLA Tours, S.A. de
C.V. y de la Empresa Transportes Lacandonia, S.A. de C.V., declaro que:
• Conozco y cumplo con lo establecido en la Disposiciones Generales en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicio y Ejecución de Obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Píoductivas Subsidiarias. Así como con la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
• No fui objeto de ninguna solicitud o propuesta ilícita, fraudulenta o indecorosa para la definición y asignación de este contrato.
• No ofrecí ninguna dádiva, obsequio u otro bien o servicio a cambio de la asignación del presente contrato.
• No me encuentro en alguno de los supuestos contemplados en los Capítulos 111 y IV del Título 111 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
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Fecha: 28 de diciembre de 2023
•EPS.- Empre tivas Subsidiarias
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