RESOLUCIÓN
Ayuntamiento de Yernes y Tameza Decreto de Alcaldía
Fecha 10/09/2019 Número 89/2019
RESOLUCIÓN
En relación al expediente arriba codificado, relativo a CELEBRACION DE CONTRATOS EN PRACTICAS CONVOCA 2018 (RESOLUCION 0 XX XXXXXXX XX 0000) XXXXXXXXXX CONVOCATORIA 2018 CONCESION SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES EN MATERIAS DE
AMBITO COMPETENCIASL DEL SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO: , y en base a las siguientes consideraciones:
Por Resolución de 18 de diciembre de 2018, del Presidente del Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx, se concede subvención, por importe de 19.000,00 euros, para la celebración de contratos en prácticas por el Ayuntamiento de Yernes y Tameza. A su vez, esa resolución es desarrollo de lo contemplado en el Anexo I.2. Contratos en prácticas, de la Resolución de 4 de octubre de 2018, del Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx, por la que se aprueba la Convocatoria 2018 de concesión de subvenciones a Entidades Locales del Principado xx Xxxxxxxx en materias de ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx: CONTRATOS EN PRÁCTICAS (BOPA 8-X-2018), dictada al amparo de la Resolución de 27 de julio de 2017, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos del Principado xx Xxxxxxxx con destino a la celebración de contratos de trabajo en prácticas (BOPA 2-VIII.2017).
Tras la celebración del proceso selectivo, resultó contratado por Decreto de Alcaldía nº 39/2019, de fecha 03/abril/2019, como TÉCNICO INFORMÁTICO de la citada convocatoria XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX, con DNI 00000000X, por el período comprendido entre el 5 xx xxxxx de 2019 al 4 xx xxxxx de 2020.
Con fecha 09/agosto/2019 XXXXXXX XXXXXXX XXXXX presenta renuncia al puesto de trabajo adjudicado, con fecha de efectos de 23/agosto/2019.
Por Decreto de Alcaldía nº 81/2019, de fecha 19/agosto/2019, se aprobaron las bases reguladoras de la persona que debería sustituir al contratado dimisionario, en el marco de Contrataciones en Prácticas (Convocatoria del Principado xx Xxxxxxxx 2018, contrataciones 2019-20) del Ayuntamiento de Yernes y Tameza. Por error en la redacción de la cláusula 1, se establecía que el período máximo de contratación sería el 2 xx xxxxx de 2020, cuando en realidad quería decir el 4 xx xxxxx de 2020 (fecha de finalización de la contratación por un año del contratado dimisionario, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, según consta en Decreto 39/2019, de fecha 03/abril/2019). Esto es así porque las bases de la convocatoria de subvenciones de estos contratos (Resolución de 27 de julio de 2017), en su base 2.3. establece que los beneficiarios “deberán ser contratados por un año a jornada completa”.
Según xxxxx en acta de sesión de 05/septiembre/2019, el Tribunal/Comisión de Selección designados mediante Decreto de Alcaldía nº 85/2019, de fecha 03/septiembre/2019, elevaron a la alcaldía la siguiente propuesta de contratación:
APELLIDOS Y NOMBRE | DNI |
XXXX XXXX, XXXXXXXXX XXXX | 00000000X |
De la documentación obrante en el expediente se deduce que el aspirante referido cumple con las condiciones y requisitos de contratación, salvo error u omisión.
Por otra parte, la Comisión de Seguimiento del Convenio Colectivo del personal laboral contratado por los Ayuntamientos del Principado xx Xxxxxxxx dentro de los Planes de Empleo en el Marco de los Itinerarios Integrales de Activación en el Ámbito Local y de los Contratos de Trabajo en Prácticas, acordaron, en su reunión de 11/abril/2017 que: “Los Ayuntamientos deben designar a un/a trabajador/a municipal con el fin de tutelar el desarrollo de la actividad laboral, siendo la persona encargada de dar instrucciones y formación respecto del puesto de trabajo para el que ha sido contratado el trabajador/a en prácticas. En ese periodo de tutorías, que puede ser computado diaria, semanal o mensualmente, no se incluirán las horas de formación que el Ayuntamiento ofrezca a las personas contratadas en prácticas o que éstas reciban a través de los Planes de Formación Continua.”
Vistas las facultades de rectificación de errores que otorga el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que textualmente señala: “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.”
De conformidad con lo indicado, y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 21 de la Ley 7/85 de 2 xx xxxxx Reguladora de las Bases del Régimen Local
En consecuencia,
RESUELVO
Primero: Rectificar las bases aprobadas por Decreto 81/2019, de fecha 19/agosto/2019, en su apartado 1, en el que dice “Es objeto de las presentes bases regular el proceso de selección para la contratación de personas desempleadas bajo la modalidad de “contrato de trabajo en prácticas”, durante un período máximo hasta el 2 xx xxxxx de 2020 […]”, donde dirá ““Es objeto de las presentes bases regular el proceso de selección para la contratación de personas desempleadas bajo la modalidad de “contrato de trabajo en prácticas”, durante un período máximo hasta el 4 xx xxxxx de 2020 […]”,
Segundo: formalizar contrato, que quedará en suspenso y/o revocado en el caso que resulten informes médicos definitivos desfavorables, o se observe ulteriormente que no han cumplido los requisitos de la convocatoria, del siguiente modo, y con la persona que se especifica:
Persona a contratar:
APELLIDOS Y NOMBRE | DNI | TITULACIÓN |
XXXX XXXX, XXXXXXXXX XXXX | 00000000X | Técnico Superior en Sistema de Telecomunicaciones e Informáticos |
Condiciones generales de contratación Prestación de Servicios: INFORMÁTICO Grupo de Cotización: 2 Grupo/categoría/nivel profesional: Grupo B
Ocupación ATyEP: CNAE-84
CNO: 3811. Técnicos de operaciones de sistemas informáticos
Nº Oferta: 03 2019 005321
Modalidad de contrato: contrato en prácticas.
Duración: desde el 12 de septiembre de 2019 al 4 xx XXXXX 2020.
Centro de Trabajo: Ayuntamiento de Yernes y Tameza.
Jornada: tiempo completo, 37,5 horas semanales
Distribución: de modo general de 8:00 a 15:30 horas de lunes a viernes, pero condicionado a las necesidades del servicio.
Retribución: 1.059,70 euros brutos (14 mensualidades)
Período de prueba: un mes
Duración de las vacaciones: según convenio de aplicación
Convenio de aplicación: Convenio Colectivo suscrito por la Federación Asturiana de Concejos y los sindicatos firmantes del ACUERDO PARA LA COMPETITIVIDAD ECONÓMICA Y LA SOSTENIBILIDAD SOCIAL 2016-2019 (ACESS) para los planes
locales de empleo (BOPA Nº 40 DE 18-II-2017).
Cláusula específica de personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil: joven menor de 25 años o mayor de 25 y menores de 30 hasta que la tasa de desempleo esté por debajo del 20%
Otras:
- Las contrataciones son objeto de financiación por el Principado xx Xxxxxxxx a través del Servicio Público de Empleo. Además, al ser la convocatoria conforme con el Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020 (CCI 2014ES05M9OP001), podrá ser objeto de cofinanciación en un 91,89% por el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil en caso de certificación en el ámbito del Eje 5, o en un 80% por el Fondo Social Europeo en caso de certificación en el ámbito del Eje 1, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020.
- Contratación realizada al amparo de la Resolución de 18 de diciembre de 2018, del Presidente del Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx, por la que se concede subvención, por importe de 19.000,00 euros, para la celebración de contratos en prácticas por el Ayuntamiento de Yernes y Tameza, dictada al amparo de la Resolución de 27 de julio de 2017, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos del Principado xx Xxxxxxxx con destino a la celebración de contratos de trabajo en prácticas (BOPA 2-VIII.2017).
Segundo: designar tutores de los contratados en prácticas, del siguiente modo:
APELLIDOS Y NOMBRE | PUESTO |
Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx | Secretaria del Ayuntamiento de Yernes y Tameza |
Dicha tutoría implicará que el tutor deberá dar instrucciones y formación respecto del puesto de trabajo para el que ha sido contratado el trabajador en prácticas durante una duración del 15 por ciento de la jornada laboral. Dicho período de tutorización podrá ser computado de modo diario, semanal o mensual, de modo indistinto, a tanto alzado, y a criterio del tutor, con la sola limitación de que el cómputo global alcance, al menos, el 15 por ciento del tiempo total del contrato.
Tercero: dar traslado de la presente resolución a los interesados, a los servicios de contratación- intervención-tesorería del Ayuntamiento, a los delegados de personal; y dar cuenta al pleno municipal en la próxima sesión que se celebre.
Así lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente del Ilmo. Xxxx. xx Xxxxxx y Xxxxxx, a 05 de septiembre de 2019.
EL XXXXXXX XXXXXXXX | XXX XX, EL/LA SECRETARIA XXXXXXXX XXXXXXXXX, XXXX XXXXX |
X XXXXXXX, XXXX XXXXXX Fdo. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx | Secretaria Interventora 11/09/2019 08:47 Fdo. Xxxx Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx |