CONTRATO DE S USCRIPCIÓN DE CUOTAS
CONTRATO DE S USCRIPCIÓN DE CUOTAS
FONDO MUTUO IM TRUS T LIQUIDEZ
N°_____
Fecha __ _ _ _ _ _ _ _ _
Hora _____ _ _ _ _ _ _ __
Código Agente _ _ _ _ _ __
N° Confirmatorio __
Nombre Agente _
Contrato de aporte para el fondo mutuo: FONDO MUTUO IM TRUST LIQUIDEZ
Señor
Gerente Genera l.
___ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _
Presente.
Por este acto hago entrega de la suma de ___ _ _ _ _ _ _ __.- para ser invertida en cuotas del
FONDO MUTUO IM TRUST LIQUIDEZ, Serie ____ _ _ _ _, en conformidad a las normas del
Reglamento Interno de este Fondo, las que declaro conocer y aceptar en su integridad. Asimismo, declaro haber sido debidamente informado de las condiciones mencionadas en la clausula Quinta del presente contrato.
PRIMERO: IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES .
1) Identificación de la Administradora.
Nombre o Razón Social: IM TRUST ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. RUT: 99.549.940-1.
Dirección: Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xx 0.000, xxxx 0. Xxxxxx: Xxx Xxxxxx.
Ciudad: Santiago.
2) Identificación del Agente.
(En caso que el contrato sea suscrito por medio de un Agente debidamente mandatado por la Administradora). Nombre o Razón Social: ______ _ _ _ _ _
RUT: _____ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __
Dirección: _____ _ _ _ _ _ _ _ _ _
Comuna: ______
Ciudad: ____
3) Identificación del Partícipe.
Nombre o Razón Social: _____
RUT: _____ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _
Fecha de Nacimiento: _______ _ _ _ _ __
Dirección: _____ _ _ _ _ _ _ _ _ _
Comuna: ______
Ciudad: ____
Código Postal: _____________________________
Teléfono: ______
Fax: ______ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __
Dirección de Correo Electrónico: _____ _ _ __
4) Identificación del Fondo Mutuo.
Nombre: FONDO MUTUO IM TRUST LIQUIDEZ. (En adelante, el “Fondo”).
Serie(s): ___ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _
SEGUNDO: INFORMACIÓN ADICIONAL.
1) El aporte se entera de la siguiente forma: _____
2) Tributación:
___ _ Instrumento o valor de ahorro acogido a la letra A. del artículo 57° bis de la Ley de Impuesto a la Renta, con derecho a rebajar impuestos al ahorrar y con la obligación de reintegrar impuestos cuando corresponda, por las cantidades retiradas por las cifras o saldos de ahorro netos negativos o determinados.
___ _ Instrumento o valor acogido para efectos de constituir un plan de ahorro previsional voluntario, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 20 L del D.L. 3.500, para lo cual el Partícipe debe seleccionar entre las siguientes alternativas (Aplicable a los Fondos IM TRUST LIQUIDEZ):
_____ a) Instrumento o valor acogido a constituir un plan de ahorro previsional voluntario individual, sin gozar, a l momento del aporte, del beneficio establecido en el número 1 del art ículo 42° bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta, por lo que, al momento del retiro, la parte que corresponda a los aportes no será gravada con el impuesto único establecido en el número 3° de dicho artículo. (Aplicable a la Serie A).
___ _ b) Instrumento o valor destinado a constituir un plan de ahorro previsional voluntario individual, con el beneficio establecido en el número 1 del artículo 42° bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta, al momento del aporte, por lo que, al momento del retiro, la parte que corresponda a estos aportes, será gravada en la forma prevista en el número 3 ° de dicho artículo (Aplicable a la Serie A).
____ Instrumento o valor de ahorro acogido al número 3. 1 del art ículo 107° de la Ley de Impuesto a la Renta.
___ _ Ninguna de las anteriores.
TERCERO: REMUNERACIÓN Y GAS TOS.
1) Remuneración de la Administradora.
La Administradora cobrará una remuneración anual, que dependerá de la Serie de Cuotas de que se trate, según se establece a continuación:
a) La remuneración por administración que se cobrará respecto de las cuotas de la Serie I, será de hasta un 0,8% anual I.V.A. incluido.
b) La remuneración por administración que se cobrará respecto de las cuotas de la Serie G, será de hasta un 0,6% anual I.V.A. incluido.
c) La remuneración por administración que se cobrará respecto de las cuotas de la Serie A, será de hasta un 0,8% anual exenta de IVA.
d) La remuneración por administración que se cobrará respecto de las cuotas de la Serie B, será de hasta un 1,28%, anual IVA incluido.
Las remuneraciones por administración indicadas en las letras a), b), c) y d) anteriores se devengarán diariamente y se se aplicarán sobre el monto que resulte de agregar al valor neto diario del fondo o de la serie de cuotas en su caso, antes de remuneración, los respectivos rescates que corresponda liquidar en el día, es decir aquellos rescates solicitados antes del cierre de operaciones del fondo.
Por su parte, el monto recibido por concepto de aportes del fondo o de la serie de cuotas en su caso, realizados con anterioridad a dicho cierre, se considerará afecto a remuneración.
La Administradora podrá, en todo momento, determinar libremente la remuneración de administración que aplicará, de forma independiente, a cada una de sus Series, con la sola condición de no sobrepasar las cifras tope establecidas para cada una de dichas Series.
No obstante lo anterior, la Administradora llevará un registro completo con la remuneración de administración aplicada diariamente a cada Serie, el cual deberá estar a disposición de los Partícipes que deseen consultarlo; la información de ese registro poseerá una antigüedad máxima de 2 días. Asimismo, la Administradora informará en las publicaciones trimestrales de cartera del Fondo la remuneración de administración promedio ponderada de cada Serie de cuotas, computándose para ello las remuneraciones de administración que diariamente fueron aplicadas durante el período trimestral que se informa.
2) Comisiones de cargo del Partícipe.
No se contempla.
3) Gastos.
Se cargará como gasto del Fondo la remuneración de Administradora señalada en el número 1) de esta cláusula.
El porcentaje máximo de los gastos de operación será de un 0,2% anual sobre el patrimonio y corresponderán e xclusiva mente a aquellos relativos los siguientes:
i) Comisiones y gastos de intermediación y custodia incurridos por el Fondo,
ii) Procesos de auditoría, publicaciones legales, mantención y adquisición de software, y asesorías legales que sean necesarios para el funcionamiento del Fondo,
iii) Gastos de comercialización de las cuotas del Fondo, Derechos o tasas correspondientes a las aprobaciones, registros o inscripciones del Reglamento Interno del Fondo ante la Superintendencia de Valores y Seguros u otra autoridad competente.
iv) Gastos correspondientes a intereses, comisiones, impuestos y demás gastos financieros derivados de créditos contratados por cuenta del Fondo, de acuerdo a lo señalado en el literal C. Política de Endeudamiento, del Reglamento Interno del Fondo.
Estos gastos serán devengados diariamente y su distribución será de manera que todos los Partícipes del Fondo contribuyan a sufragarlos en forma equitativa.
CUARTO: PLANES DE S US CRIPCIÓN Y RESCATE DE CUOTAS.
i) Descuentos por planilla.
Es una forma de suscripción y pago de cuotas del Fondo, que consiste en el descuento de la remuneración del trabajador, hecho con una periodicidad mensual o con aquélla otra que se indique en el Ane xo del Contrato de Suscripción de Cuotas denominado Autorización de Inversión Periódica, efectuado en pesos o unidades de fomento, por el respectivo empleador, constituido en Agente de la Administradora. El monto del descuento será aquel indicado en el mandato otorgado por el trabajador a su empleador en la Autorización de Inversión Periódica respectiva y tendrá por objeto invertir en este Fondo el monto deducido a nombre del trabajador correspondiente.
El aporte del trabajador y Partícipe se tendrá por efectuado el día del mes o del período indicado en la Autorización de Inversión Periódica, o si ese día fuera xxxxxx, xxxxxxx, festivo o inhábil ban cario, se tendrá por efectuado el día hábil bancario siguiente, puesto que sólo en esta última fecha el empleador Agente practicará el
descuento ordenado por el Partícipe y enterará en efectivo dicho aporte en este Fondo. El aporte recibido se e xpresará en cuotas del Fondo., conforme lo señalado en la sección “Valor cuota para conversión de aportes” del Reglamento Interno del Fondo.
Este plan de inversión permanecerá vigente hasta el momento en que el trabajador deje de prestar servicios al empleador, o que el trabajador revoque el mandato antes aludido mediante aviso dado por escrito al empleador y con copia del mis mo enviada a la Administradora, o una vez cumplido el plazo que el Partícipe establezca en la respectiva Autorización de Inversión Periódica.
En caso que dichos aportes constituyan Planes de Ahorro Previsional Voluntario, se estará a lo dispuesto en la Norma de Carácter Genera l Nº 226 de fecha 0 xx xxxxxxxxxx xx 0000 x xxxxxxx que la modifique o reemplace. Además, en el caso de descuentos por planilla que correspondan a Planes de Ahorro Previsional Vo luntario, el empleador no tendrá el carácter de Agente de la Administradora, según lo establecido en la Circular Nº 1754 de 21 xx xxxxx de 2005, emitida por la Superintendencia de Valores y Seguros.
ii) Cargos en cuenta corriente bancaria.
Es una forma de suscripción y pago de cuotas del Fondo, que consiste en el cargo en una cuenta corriente bancaria, hecho con una periodicidad mensual o con aquélla otra que se indique en la respectiva Autorización de Inversión Periódica, efectuado en pesos o unidades de fomento, conforme al mandato otorgado en la respectiva Autorización de Inversión Periódica por el t itular de la cuenta al banco librado. El monto del cargo será aquel indicado en el mandato recién referido y tendrá como objeto invertir en este Fondo, a nombre del titular de la cuenta corriente, el monto indicado en dicha autorización.
El aporte del Partícipe se tendrá por efectuado el día del mes o del período indicado en la Autorización de Inversión Periódica, o si ese día fuera xxxxxx, xxxxxxx, festivo o inhábil bancario, se tendrá por efectuado el día hábil bancario siguiente, puesto que sólo en esta última fecha el banco donde el titular tiene su cuenta corriente practicará el descuento ordenado por el Partícipe y enterará en efectivo dicho aporte en este Fondo. El aporte recibido se expresará en cuotas del Fondo, conforme lo señalado en la sección “ Valor cuota para conversión de aportes” del Reglamento Interno del Fondo.
Este plan de inversión permanecerá vigente hasta que se cierre la cuenta corriente, o hasta que el titular de la cuenta revoque el mandato conferido al banco librado, mediante aviso dado por escrito a su banco y con copia del mis mo enviado a la Administradora, o una vez cumplido el plazo que el Partícipe establezca en la respectiva Autorización de Inversión Periódica.
En caso que dichos aportes constituyan Planes de Ahorro Previsional Voluntario, se estará a lo dispuesto en la Norma de Carácter Genera l Nº 226 de fecha 0 xx xxxxxxxxxx xx 0000, x xxxxxxx que la modifique o reemplace.
iii) Cargos en cuenta vista bancaria.
Es una forma de suscripción y pago de cuotas del Fondo, que consiste en el cargo en una cuenta vista bancaria, hecho con una periodicidad mensual o con aquélla otra que se indique en la respectiva Autorización de Inversión Periódica, efectuado en pesos o unidades de fomento, conforme al mandato otorgado en la respectiva Autorización de Inversión Periódica por el titular de la cuenta vista al banco donde tiene abierta dicha cuenta. El monto del cargo será aquel indicado en el mandato recién referido y tendrá por objeto invertir en este Fondo, a nombre del titular de la cuenta vista, el monto indicado en dicha autorización.
El aporte del Partícipe se tendrá por efectuado el día del mes o del período indicado en la Autorización de Inversión Periódica, o si ese día fuera xxxxxx, xxxxxxx, festivo o inhábil bancario, se tendrá por efectuado el día hábil bancario siguiente, puesto que sólo en esta última fecha el banco d onde el titular t iene su cuenta vista practicará el descuento ordenado por el Partícipe y enterará en efectivo dicho aporte en este Fondo. El aporte recibido se expresará en cuotas del Fondo, conforme lo señalado en la sección “ Valor cuota para conversión de aportes” del Reglamento Interno del Fondo.
Este plan de inversión permanecerá vigente hasta que el titular de la cuenta vista cierre dicha cuenta, o hasta que revoque el mandato conferido al banco respectivo mediante aviso dado por escrito a su Banco y con copia del mis mo enviada a la Sociedad Administradora, o una vez cumplido el plazo que el Partícipe establezca en la respectiva Autorización de Inversión Periódica.
En caso que dichos aportes constituyan Planes de Ahorro Previsional Voluntario, se estará a lo dispuesto en la Norma de Carácter Genera l Nº 226 de fecha 0 xx xxxxxxxxxx xx 0000, x xxxxxxx que la modifique o reemplace.
QUINTO: DECLARACIONES DEL PARTÍCIPE.
Declaro que he sido debidamente informado de lo siguiente:
i) Que el aporte neto pasará a formar parte del activo del Fondo, el cual será administrado libremente por la Administradora e invertido conforme al Reglamento Interno del Fondo y a las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables a los fondos mutuos y sus futuras modificaciones. La sociedad deberá inscribir mi participación en el Registro de Partícipes que para el efecto lleva, dejando constancia de la cantidad de cuotas de que soy titular.
ii) Que producto de la liquidación de las inversiones, eventualmente el valor de las cuotas de los fondos mutuos IM TRUST LIQUIDEZ, puede aumentar o disminuir como producto de las fluctuaciones propias xxx xxxxxxx.
iii) Los repartos de beneficios a los Partícipes se realizarán mediante la reinversión de los beneficios en cuotas del Fondo, según el valor de la cuota a la fecha del pago de los mismos.
SEXTO: ACEPTACIÓN.
Habiendo recibido la cantidad de dinero y en la forma indicada precedentemente, la Administradora acepta la participación del solicitante en el Fondo y procede a su inscripción en el Registro de Partícipes y declara que cumplirá con todas las normas legales y reglamentarias relativas a los Partícipes y que ejecutará los mandatos que por este instrumento le confieren.
Si la cantidad de dinero antes indicada incluye cheques, la aceptación se producirá cuando el valor de estos documentos sean percibidos por la Administradora, de parte del Banco librado, para lo cual deberá presentarlos a cobro tan pronto como la hora de su recepción lo permita.
SÉPTIMO: DOMICILIO.
Para todos los efectos legales derivados del presente contrato, las partes fijan domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana.
OCTAVO: EJEMPLARES.
El presente contrato se firma en dos ejemplares de igual fecha y tenor quedando uno de ellos en poder de cada una de las partes contratantes.
___ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ Firma persona autorizada por la Administradora. | ___ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ Firma Partícipe. |
ANEXO
AUTORIZACIÓN DE INVERS IÓN PERIÓDICA
Solicito a usted considerar mi aporte por suscripción en forma _____ (indicar
periodicidad), por la cantidad de __ _ _ _ _ , para ser invertida en cuotas del Fondo Mutuo
__ , de acuerdo a los términos señalados en el Reglamento Interno del Fondo.
Para efectos de lo anterior, autorizo el descuento por planilla de mis remuneraciones, o el cargo en cuenta corriente, o el cargo en cuenta vista, de la cantidad mencionada anteriormente, los días ___ de cada mes o en la periodicidad correspondiente o el día hábil bancario siguiente, si aquél es Xxxxxx, Xxxxxxx o festivo, en la modalidad que se indica más adelante. La presente autorización de inversión periódica caducará el __/__/ (dd/mm/aa). (En caso de no establecer fecha de término, se entenderá que es indefinido).
La forma de enterar mi aporte será a través de:
1) ___ __ Cargo en mi cuenta corriente N°_______ _ _ _ __ _ _ que mantengo en el Banco
___ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ . Al efecto, autorizo al Banco recién singularizado, para debitar en la cuenta corriente señalada o línea de crédito asociada a dicha cuenta corriente, los aportes periódicos solicitados.
2) ___ __ Cargo en mi cuenta vista N°____ _ _ _ _ _ _ _ _ que mantengo en el Banco
___ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ __. Al efecto, autorizo por el presente instrumento al Banco recién singularizado, para debitar en la cuenta vista señalada, los aportes periódicos solicitados.
3) ___ __ Descuento por planilla de mis remuneraciones, a través de mi empleador
___ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ , R.U.T._____ _ _ _ _ , al que autorizo por el presente instrumento a efectuar el descuento correspondiente.
El aporte se entenderá efectuado en la fecha en que la Administradora reciba efectivamente los fondos, fecha en la cual deberá inscribir mi participación en el Registro de Partícipes del Fondo, indicando el número de cuotas de que soy titular.
Las siguientes serán causales de término de esta modalidad de aporte:
1) Descuentos por planilla.
Este plan de inversión se mantendrá vigente:
a) El Partícipe deja de prestar servicios al empleador;
b) El Partícipe revoca el mandato otorgado al empleador para descontar una determinada suma de su sueldo, mediante aviso dado por escrito al empleador y con copia del mis mo enviado a la Administradora; o
c) Hasta la fecha de vigencia indicada en este Anexo.
En caso que por cualquier motivo no se practicara el descuento por planilla, la in versión no será efectuada, sin responsabilidad para la Administradora, ni generando obligación alguna para el Partícipe. En caso que dichos aportes constituyan Planes de Ahorro Previsional Vo luntario, se estará a lo dispuesto en la Norma de General N°226 de la Superintendencia de Valores y Seguros o la que la modifique o reemplace.
2) Cargo en Cuenta Corriente.
Este plan de inversión se mantendrá vigente:
a) Hasta que el titular de la cuenta corriente cierre dicha cuenta;
b) Hasta que el Partícipe revoque el mandato conferido al Banco, mediante aviso dado por escrito a su banco y con copia del mismo enviado a la Administradora; o
c) Hasta la fecha de vigencia indicada en este Anexo.
Si el Partícipe no mantuviere fondos disponibles en su Cuenta Corriente al momento del cargo, la inversión no será efectuada, sin responsabilidad para la Administradora y sin obligación alguna para el Partícipe. En caso que dichos aportes constituyan Planes de Ahorro Previsional Voluntario, se estará a lo dispuesto en la Norma de Carácter General Nº226 de la Superintendencia de Va xxxxx y Seguros o la que la modifique o reemplace.
3) Cargo en Cuenta Vista Bancaria.
Este plan de inversión se mantendrá vigente:
a) Hasta que el titular de la cuenta vista bancaria cierre dicha cuenta;
b) Hasta que el Partícipe revoque el mandato conferido al Banco, mediante aviso dado por escrito a su banco y con copia del mismo enviado a la Administradora; o
c) Hasta la fecha de vigencia indicada en este Anexo.
Si el Partícipe no mantuviere fondos disponibles en su cuenta vista bancaria al momento del cargo, la inversión no será efectuada, sin responsabilidad para la Administradora y sin obligación alguna para el Partícipe. En caso que dichos aportes constituyan Planes de Ahorro Previsio nal Voluntario, se estará a lo dispuesto en la Norma de Carácter Genera l Nº226 de la Superintendencia de Valores y Seguros o la que la modifique o reemplace.
___ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ Firma persona autorizada por la Administradora. | ___ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ Firma Partícipe. |