Expediente: 22/19
Expediente: 22/19
PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS QUE HA DE REGIR LA LICITACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE AUTOBUSES URBANOS DE 18 METROS, PARA LA COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U.
1. OBJETO Y ALCANCE DEL CONTRATO
El objeto del contrato lo constituye la contratación del suministro de autobuses urbanos de 18 metros a la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U., a requerimiento de ésta, de conformidad a lo previsto en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Su CPV es 34121000.
El número de unidades a solicitar y suministrar dependerá de las necesidades y definitivas posibilidades de financiación de COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U., por lo que el derecho y la obligación de suministro se generarán a partir del pedido que en cada caso formule la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U., en la forma prevista en la Condición 7ª del presente Pliego.
Orientativamente y con carácter simplemente informativo se estima que a lo largo del 2020 se solicitarán 3 autobuses.
Adicionalmente, se prevé que COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX,
S.A.U. pueda solicitar unidades adicionales, hasta un máximo total de 14 autobuses. (hasta 2023 incluido)
En definitiva, COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U. podrá
solicitar, al amparo del presente contrato, hasta un número total de 17 autobuses de 18 metros, en los términos antedichos.
Los autobuses tendrán al menos la etiqueta ECO de la DGT.
Los autobuses se suministrarán totalmente carrozados, serán de longitud aproximada de 18 metros (concretamente, oscilará entre 17,5 y 18,75 metros) y se destinarán a prestar servicio en las líneas urbanas de la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U.
Se admite la presentación de tantas ofertas como variantes estime oportunas el licitador (hasta un máximo de 3 variantes), en los siguientes términos:
Se podrán presentar tanto ofertas de autobuses completos, como ofertas que diferencien el suministro del autobastidor y de la carrocería.
Los licitadores podrán presentar tantas ofertas como variantes estimen oportunas (hasta un máximo de 3), variantes que podrán versar sobre los siguientes elementos: las medidas exactas del autobús (dentro de los límites previstos) y la construcción (separada o no, de autobastidor y carrocería). Asimismo, podrán presentar tantas ofertas como variantes estimen oportunas en relación a los medios de propulsión, siempre que contengan, al menos, la etiqueta ECO de la DGT.
Adicionalmente, cada oferta con una variante podrá presentar cuantos elementos opcionales estime oportunos en relación a las restantes características técnicas del contrato admitidas en el apartado 3 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
Los vehículos a adquirir cumplirán con las siguientes características:
Tener al menos la etiqueta ECO de la DGT.
Longitud aproximada de 18 metros.
De piso bajo completo sin escalón para acceso a ninguna de las puertas, altura máxima de los estribos de las puertas a la calzada: 0,34 metros.
Tres puertas.
Adaptados al uso de personas de movilidad reducida, con rampa retráctil en puerta central, dotadas con dispositivo de arrodillamiento y elevación sobre el nivel de marcha.
Capacidad mínima para 140 pasajeros y con espacio para 2 xxxxxx xx xxxxxx.
Por las características de diversidad de productos de los diferentes fabricantes, y por las diferencias que puedan existir en el paquete de condiciones económicas, técnicas y financieras, la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL, S.A.U. podrá solicitar a los licitadores tantas aclaraciones como estime convenientes, todas las cuales podrán ser incorporadas a la oferta en forma de anexos y como partes vinculantes de la misma.
2. RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato es de carácter privado, rigiéndose, en cuanto a su preparación y adjudicación, por el presente Pliego de Condiciones Económico-Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas y, en lo no previsto en los mismos, por las disposiciones de la Directiva 2014/25/UE de 26 de febrero de 2014 relativa a la contratación por entidades que operan en los sectores del agua, energía, los transportes y los servicios postales (en adelante, Directiva 2014/25/UE), que tengan efecto directo en el ordenamiento jurídico interno o se encuentren transpuestas, así como, en cuanto no se opongan a éstas, por las normas establecidas al efecto en la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre Procedimientos de Contratación en los
Sectores del Agua, la Energía, los Transportes y los Servicios Postales (en adelante, LSE).
En cuanto a sus efectos y extinción, el contrato se regirá por el presente Pliego de Condiciones Económico-Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas y, en lo no previsto en los mismos, por las normas de derecho privado. No obstante, serán de aplicación al contrato las disposiciones de la Directiva 2014/25/UE que tengan efecto directo en el ordenamiento jurídico interno o se encuentren transpuestas.
Adicionalmente, Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 00 xx xxxxxxx xx 0000 (xx xxxxxxxx, XXXX) , xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, RD 817/2009) o el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, que aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante, RD 1098/2001) serán de aplicación exclusivamente en todo en cuanto este Pliego se remita expresamente a dichos textos normativos.
La presentación de proposición implica, para el licitador, la plena y total aceptación del contenido íntegro del presente Pliego de Condiciones Económico- Administrativas y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
3. ENTIDAD CONTRATANTE Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
La entidad contratante es la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL, S.A.U (en adelante, la CTSS).
El Órgano de Contratación es el Director Gerente de la CTSS o quien ostente facultades suficientes al efecto.
4. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará mediante procedimiento negociado con publicidad.
El procedimiento tendrá por objeto la selección del empresario que oferte la proposición económicamente más ventajosa, tras efectuar la correspondiente negociación con los licitadores participantes.
Dicha negociación versará sobre los aspectos económicos y técnicos indicados en la Condición 16ª del presente Xxxxxx.
Ello no obstante, la oferta final que presenten los empresarios se valorará de acuerdo con los criterios de valoración de las ofertas establecidos en la Condición 17ª del presente Xxxxxx.
5. VARIANTES Y ELEMENTOS OPCIONALES
En los términos de los párrafos onceavo, doceavo y treceavo de la Condición 1ª del presente Xxxxxx, se admite la presentación de tantas ofertas como variantes estime oportunas el licitador (hasta un máximo de 3 variantes), así como, dentro de una misma oferta, los distintos elementos opcionales que se estimen oportunos en relación con las restantes características técnicas del contrato admitidas en el apartado 3 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
6. DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL
Tienen carácter contractual, además del correspondiente contrato que se formalice con ocasión de la adjudicación realizada, el presente Pliego de Condiciones Económico-Administrativas, el Pliego de Prescripciones Técnicas, la oferta final que presente el adjudicatario del contrato, y el concreto pedido relativo a cada autobús a suministrar que remita la CTSS al adjudicatario.
Dichos documentos habrán de ser firmados por el adjudicatario en prueba de conformidad con los mismos, en el acto de formalización del contrato.
7. PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA. PLAZO MÁXIMO DEL CONTRATO
El plazo máximo de entrega de cada autobús será de 8 meses desde la recepción de su pedido.
Los licitadores podrán reducir el plazo máximo de entrega señalado, siendo éste unos de los aspectos objeto de negociación y valoración.
En todo caso, el plazo máximo dentro del cual la CTSS podrá realizar pedidos será de cuatro años desde la formalización del contrato.
El pedido relativo a cada autobús se remitirá por escrito, por fax o correo electrónico, a la dirección postal o de correo electrónico indicada en la proposición del adjudicatario como medio preferente, con el grado de especificación y detalle necesarios.
El lugar de entrega de los autobuses será en el Almacén principal de las instalaciones de la CTSS sitas en C/Xxxxxxxx Xxxxxxx, nº 7 de Donostia/San Xxxxxxxxx.
Los vehículos estarán totalmente operativos a su llegada a la CTSS. El adjudicatario coordinará a los distintos proveedores de la CTSS para que estos por sus medios completen las preinstalaciones (indicadas en el apartado 3 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas) bajo la supervisión de los técnicos del adjudicatario.
8. PRECIO UNITARIO MÁXIMO Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
Los licitadores deberán indicar, en la proposición económica de su oferta (u ofertas, en caso de que presenten variantes), los distintos precios unitarios, por autobús, resultantes, en su caso, de incluir las distintas opciones que oferte. A dichos efectos, la oferta económica detallará a continuación los precios de los diferentes elementos opcionales ofertados, que componen el precio unitario por autobús.
A estos efectos, en todo caso el precio unitario máximo de licitación por autobús es el siguiente:
- 400.000 euros/autobús (IVA no incluido)
No se admitirán ofertas que superen el precio unitario máximo por autobús indicado.
El IVA a soportar por la CTSS se indicará como partida independiente.
Se entenderán comprendidos en el precio unitario ofertado por los licitadores de cualesquiera conceptos inherentes al suministro hasta la recepción de los mismos en su lugar de entrega, incluyendo el precio de los transportes hasta el destino, los medios auxiliares de carga y descarga y, en general todos los gastos de cualquier otra índole que puedan surgir hasta la entrega de los autobuses. Estará incluido el suministro del equipo de diagnosis del vehículo en caso de ser necesario. Asimismo estarán incluidos, todos los gastos relativos al personal empleado para la prestación del suministro (a saber, salarios y Seguridad Social, vacaciones y pagas extraordinarias, sustituciones por baja o enfermedad, seguros de accidentes individuales, etc.), así como todos los tributos (con excepción del IVA); seguros; licencias; autorizaciones; y gastos generales y aquellos indicados en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
A los efectos de lo previsto en los artículos 16 y 17.9 de la LSE, el valor estimado del contrato es de 6.800.000 € EUROS, IVA no incluido.
9. FORMA DE PAGO
El contratista tendrá derecho a percibir el precio por cada autobús suministrado, una vez entregado cada autobús y cuando se levante el acta de recepción provisional de la entrega, de conformidad a los términos previstos en la Condición 30ª del presente Xxxxxx.
El contratista deberá enviar a la CTSS una factura por cada autobús suministrado en los quince días siguientes al levantamiento del acta de recepción provisional referida en el párrafo anterior.
La CTSS abonará el precio de cada autobús suministrado en el plazo de 30 días desde la fecha del acta de recepción provisional correspondiente, siempre que la factura haya sido emitida en el plazo señalado y cuente con el visto bueno de la CTSS.
10. REVISIÓN DE PRECIOS
No cabe la revisión de precios.
11. GARANTÍA DEFINITIVA
El adjudicatario, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 5% del valor del pedido realizado, IVA no incluido, cada vez que se efectúe un pedido.
El plazo para la constitución de la citada garantía será xx xxxx días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que se notifique la realización del pedido. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos.
En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I.
La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos.
La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía de los autobuses de cada pedido y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales.
En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
Si, como consecuencia de una modificación del contrato, se experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación.
En lo no previsto en el presente Pliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicación.
12. CONDICIONES DE APTITUD Y SOLVENCIA
Podrán contratar con la CTSS todas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y no estén incursas en prohibición de contratar según lo dispuesto en la Disposición Adicional Tercera de la
LSE en relación con el artículo 71.1 de la LCSP y acrediten el cumplimiento de los criterios de selección cualitativa que haya determinado la CTSS.
Las empresas licitadoras deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Tendrán capacidad para contratar con la CTSS, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate.
Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito.
Adicionalmente, las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar, mediante informe de la respectiva Misión Diplomática española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades contratantes asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la LSE, en forma sustancialmente análoga.
Podrán contratar con la CTSS las agrupaciones de operadores económicos, que deberán constituirse en unión temporal de empresarios y formalizar la misma en escritura pública, a partir del momento en que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
Los licitadores deberán acreditar estar en posesión de la siguiente capacidad económica y financiera:
- Tener volumen anual de negocios, en el suministro de autobuses urbanos de 18 metros, que, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles (respecto de los cuales esté vencida la obligación de aprobar las cuentas anuales), en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del licitador y de presentación de las ofertas, deberá ser de: 2.400.000 euros
Se requerirá asimismo el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato, como mínimo, los medios humanos y materiales siguientes:
- Un interlocutor único de contacto que realizará las funciones de coordinación, que cuente con suficiente poder ejecutivo para la adopción de las medidas necesarias para una correcta prestación del servicio. La CTSS, de forma
justificada, podrá exigir la sustitución en cualquier momento durante la licitación o la vigencia del contrato del interlocutor adscrito.
- Servicio de asistencia técnica-postventa que constará de al menos los siguientes recursos:
Interlocutor de contacto en castellano con disponibilidad 24 horas y capacidad de decisión.
2 técnicos capacitados y cualificados con conocimiento integral de los vehículos ofertados. Estos técnicos deberán tener formación y experiencia de al menos 3 años en la tecnología concreta de los vehículos ofertados.
La experiencia de los 2 técnicos deberá ser acreditada (por el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa), convenientemente con certificados de cursos/prácticas oficiales impartidas por la marca de los vehículos, expertos reconocidos, fabricante de componentes.
Instalaciones con equipamiento específico para acometer diagnosis y reparaciones sobre el vehículo ofertado, a una distancia no superior a 100 km desde las Cocheras de la CTSS.
Dicho compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial en virtud de lo dispuesto en el artículo 88.3 de la LSE, siendo el incumplimiento de la misma, a voluntad de la CTSS, causa de resolución del contrato. Dicho compromiso deberá ser mantenido por el contratista durante toda la vigencia del contrato, y cualquier variación de los medios adscritos deberá ser aprobada previamente y expresamente por la CTSS.
Para acreditar la solvencia antedicha necesaria para celebrar contrato o el compromiso de adscripción de determinados medios humanos y materiales mínimos, asimismo antedichos, los licitadores que pretendan basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, deberán aportar (según modelo contenido en el Anexo V) escrito otorgado ante Notario, en el que la/s empresa/s implicada/s manifieste/n: que conoce/n en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador; que ostentan la referida solvencia, aportando documento acreditativo de ello (en la forma prevista en la Condición 14ª); y manifieste/n su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la ejecución del/de los contrato/s (con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, debiendo autorizarse expresamente por la Administración su sustitución o modificación). La presentación de dicho escrito tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso por la CTSS, para el supuesto de que el licitador en cuestión resulte adjudicatario.
13. PUBLICIDAD
La presente licitación se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea, en el Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de Gipuzkoa, y en el perfil de contratante de la CTSS. El acceso al perfil de contratante de la CTSS podrá efectuarse a través de la página web de la Plataforma de Contratación Pública de Euskadi (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx).
La adjudicación se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea, en los términos previstos en el artículo 70 de la Directiva 2014/25/UE y en el perfil de contratante.
Los gastos de publicación serán de cuenta de los adjudicatarios, hasta un importe de 2.000€
14. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN Y SELECCIÓN
En la presente licitación serán invitados a presentar proposiciones todos los interesados que hayan presentado su solicitud de participación en cada uno de ellos y acrediten el cumplimiento de los criterios de selección cualitativa exigidos en la Condición 12ª del presente Xxxxxx.
A dichos efectos, se desea constatar que la aprobación del presente Xxxxxx y su convocatoria constituyen una invitación formal para que todo interesado presente su solicitud de participación.
14.1. Presentación de solicitudes de participación
La presentación, primero de solicitudes de participación y, de resultar invitado, posteriormente de su proposición, presupone la aceptación incondicional por el presentador de la totalidad del presente Xxxxxx y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, sin salvedad alguna.
La documentación estará disponible y será accesible por medios electrónicos, en el perfil del contratante de la sociedad, en la dirección web xxx.xxxx.xxx, así como en las oficinas de la CTSS, sitas en C/Xxxxxxxx Xxxxxxx, nº 7 de Donostia-San Xxxxxxxxx (C.P. 20015) desde la fecha de publicación del primero de los anuncios, y hasta el último día señalado para la recepción de solicitudes de participación.
Las solicitudes de participación, junto con la documentación preceptiva, se presentarán en el Registro de la Oficina de Atención al Público de la CTSS en la siguiente dirección postal: “COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A., C/ Xxxxxxxx Xxxxxxx, nº 7, 20015. Donostia-San Xxxxxxxxx” y hasta las 14 horas del 14 de octubre de 2019, un sobre cerrado, con la documentación que luego se indicará, indicando en el mismo la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la solicitud y el carácter con que lo hace, todo ello de forma legible.
En el reverso de dicho sobre figurará asimismo la inscripción: “Solicitud para participar en la contratación, mediante procedimiento negociado, del suministro de autobuses urbanos de 18 metros para la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U.”.
En el caso de que la parte licitadora envíe su solicitud de participación por correo, deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar a la CTSS la remisión de la misma mediante télex, fax (al número siguiente: 943000201) o telegrama en el mismo día. También podrá anunciarse por correo electrónico (a la dirección siguiente: xxxxxxxxx@xxxx.xxx). El envío del anuncio por correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones, y se identifique fidedignamente al remitente y al destinatario. En este supuesto, se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
El contenido de dicho sobre, que deberá estar relacionado en su interior en hoja independiente, deberá constar de los documentos que se indican a continuación.
a) Relación numerada, en hoja independiente, de la documentación aportada en el sobre, así como indicación de los números de teléfono y de fax, y dirección de correo electrónico, y el medio preferente para la recepción de notificaciones, que se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo II. Todo ello de forma legible.
b) Documentos acreditativos de la capacidad de obrar del empresario y, en su caso, de su representación:
- La capacidad de obrar de los empresarios que fuesen personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los Estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
- La capacidad de obrar de los restantes empresarios extranjeros se acreditará mediante informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la LSE, en forma sustancialmente análoga.
- La capacidad de obrar de los empresarios que fuesen personas físicas se acreditará mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad, o equivalente de su Estado respectivo.
- Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia del Documento Nacional de Identidad, así como poder bastante al efecto. Si la empresa fuere persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando así se exija conforme a lo previsto en el artículo 94 del Reglamento del Registro Mercantil.
- Los empresarios que deseen concurrir integrados en una agrupación de operadores económicos, deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyen y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresarios en caso de resultar adjudicatarios, formalizando la misma en escritura pública, a partir del momento en el que se le haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
- Los empresarios que deseen concurrir integrados en una agrupación de operadores económicos quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión que deberán constituir, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
Toda esta documentación se presentará en original, o mediante copia debidamente compulsada o autenticada.
Aquellos licitadores que se encuentren inscritos en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi o en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, podrán presentar copia del certificado vigente de inscripción expedido por el letrado responsable del Registro en sustitución de la documentación requerida en el presente apartado b). El certificado de inscripción deberá acompañarse de una declaración responsable firmada por el licitador en virtud de la cual manifieste que las circunstancias reflejadas en el documento no han variado.
c) Declaración responsable ajustada al modelo del Anexo III de no estar incurso el licitador en ninguna de las prohibiciones de contratar según lo dispuesto en la Disposición Adicional Tercera de la LSE en relación con el artículo 71.1 de la LCSP.
Dicho documento incluirá la declaración expresa responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, debiendo presentarse, en el plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento a tal efecto, la justificación acreditativa de dicho requisito.
Asimismo, el referido documento deberá incluir la declaración de aceptación voluntaria del licitador de dar transparencia institucional a todos los datos derivados
del proceso de licitación, adjudicación y ejecución (para el caso de resultar adjudicatario) hasta su finalización.
d) Las empresas licitadoras deberán acreditar y justificar estar en posesión de la capacidad económica y financiera indicada en la Condición 12ª de este Pliego, que se acreditará de la siguiente manera:
Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Declaración responsable firmada por el licitador indicando el volumen de facturación en el suministro de autobuses urbanos de 18 metros, referido a los tres últimos años y relación de los principales suministros ejecutados, que incluya fechas, el destinatario, público o privado, e importe de los mismos.
La CTSS se reserva el derecho a realizar las labores de comprobación que considere oportunas o de exigir cuanta documentación adicional entienda necesaria con la finalidad de comprobar la veracidad de la información aportada por los licitadores.
e) Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de los medios humanos y materiales señalados en la Condición 12ª del presente Xxxxxx.
La CTSS se reserva el derecho a realizar las labores de comprobación que considere oportunas o de exigir cuanta documentación adicional entienda necesaria con la finalidad de comprobar la veracidad de la información aportada por los licitadores.
f) Solicitud de participación, según el modelo adjuntado como Xxxxx XX al presente Xxxxxx.
g) En su caso, Acta notarial de manifestaciones para el supuesto de que el licitador, para acreditar la solvencia exigida o el compromiso de adscripción de determinados medios humanos y materiales mínimos, pretenda basarse en la solvencia y medios de otras entidades, según modelo contenido en el Anexo V.
h) Las empresas extranjeras deberán presentar declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
Notas:
(i) Nota: la CTSS se reserva el derecho a realizar las labores de comprobación que considere oportunas o de exigir cuanta documentación adicional entienda necesaria con la finalidad de comprobar la veracidad de la información aportada por los licitadores.
(ii) Nota: Las empresas extranjeras presentarán la documentación traducida de forma oficial al castellano o, en su caso, al euskera.
14.2. Apertura de las solicitudes de participación y selección
El Comité de Evaluación de la CTSS calificará la documentación presentada en tiempo y forma y, si observare defectos u omisiones subsanables, concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores subsanen dichos defectos u omisiones.
Subsanados, en su caso, los defectos u omisiones observados en la documentación presentada, y comprobada la personalidad y aptitud de los licitadores, el Comité de Evaluación de la CTSS elevará al Órgano de Contratación propuesta de selección de los licitadores solicitantes a quienes se invitará a presentar oferta, que será notificada, tanto a los no seleccionados como a los seleccionados (a estos últimos con la correspondiente invitación), por el medio preferente que cada uno haya determinado. A dichos efectos, todos los licitadores solicitantes que cumplan con los requisitos de aptitud y solvencia exigidos en la Condición 12ª serán invitados a presentar oferta.
15. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN
Los licitadores invitados presentarán en el Registro de la Oficina de Atención al Público de la CTSS en la dirección postal antes reseñada y en el plazo de veinte
(20) días naturales a contar de la fecha de la invitación, tantos sobres cerrados como variantes de oferta pretendan presentar indicando el número de variantes presentadas, así como la numeración correlativa de las mismas. A su vez, dentro de cada sobre cerrado con una variante de oferta deberá presentar dos sobres cerrados (uno con la propuesta técnica y otro con la proposición económica y plazo de entrega y de garantía), cada uno con la documentación que luego se indicará, indicando en todos ellos la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la solicitud y el carácter con que lo hace y número de variantes presentadas, todo ello de forma legible.
En el anverso de cada sobre figurará asimismo la inscripción: “Proposición para participar en la contratación, mediante procedimiento negociado, del suministro de autobuses urbanos de 18 metros para la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U.”
En el caso de que la parte licitadora envíe su proposición por correo, deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar a la CTSS la remisión de la oferta mediante télex, fax (al número siguiente: 943000201) o telegrama en el mismo día. También podrá anunciarse por correo electrónico (a la dirección siguiente: xxxxxxxxx@xxxx.xxx). El envío del anuncio por correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones, y se identifique fidedignamente al remitente y al destinatario. En este supuesto, se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso. El contenido de cada sobre conteniendo una oferta constará a su vez de los sobres que se indican a continuación, con sus correspondientes documentos:
Sobre nº 1.- “PROPUESTA TÉCNICA”
Los licitadores deberán presentar su propuesta técnica, en sobre independiente y por cada variante que presente. Su contenido deberá estar relacionado en hoja independiente.
En este sobre se incluirá:
La propuesta técnica (en su caso, la correspondiente a cada variante de oferta), que contendrá como mínimo los siguientes aspectos que se indican a continuación:
a) Una descripción técnica pormenorizada de cada tipo y modelo de vehículo ofertado, incluyendo el sistema de propulsión del combustible, la autonomía del vehículo, que no podrá ser inferior a 260 kms/día en condiciones de uso urbano y considerando las características específicas de las líneas de Dbus (orografía, velocidad comercial, etc…) y demás aspectos previstos en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
b) Descripción del sistema de acumulación de energía, si procede, y ciclo de vida del mismo para la condiciones de uso en Dbus, que podrá a disposición del licitador dicha información a su requerimiento.
c) Descripción del diseño ergonómico justificado técnicamente del puesto del conductor.
d) Una descripción técnica de las partidas ofrecidas, incluidas los elementos opcionales.
e) Una descripción del analizador de diagnosis para el taller de Xxxx, si es que fuera necesario, señalándose las características del mismo.
f) Un plan de asistencia técnica y post-venta y de garantía, en los términos previstos en el Pliego de Prescripciones Técnicas, que deberá incluir al menos la siguiente información:
o capacidad de respuesta y compromisos de respuesta.
o servicio oficial de mantenimiento (concesionario): localización, características de las instalaciones y medios materiales y humanos, etc…
Se deberá concretar la formación acreditada del servicio oficial del personal adicional al mínimo adscrito, así como la formación adicional a
la exigida en la Condición 12 del presente Pliego del personal adscrito con carácter mínimo.
o suministros de recambios originales que requiera el mantenimiento o reparación de los autobuses durante la referida vida útil de los mismos. A título orientativo el listado de suministro de recambios deberá incluir los siguientes elementos si procede:
DESCRIPCIÓN RECAMBIOS |
CONJUNTO BATERÍA(S) TRACCIÓN |
FUELLE NEUMÁTICO |
SOPORTE MOTOR |
BATERÍA ARRANQUE |
ALTERNADOR |
TIRANTE SUSPENSIÓN TRASERO SUPERIOR |
COMPRESOR SUSPENSIÓN/FRENO |
SOPORTE CAJA CAMBIOS |
TIRANTE SUSPENSIÓN TRASERO INFERIOR |
MOTOR DE ARRANQUE |
BARRA DIRECCIÓN TRANSVERSAL |
MANDO LUCES |
BARRA DIRECCIÓON IZDA 2ª CORTA |
NODRIZA ANTICONGELANTE |
SONDA LAMBDA |
LUNA CONDUCTOR |
VÁLVULA LIMITADORA RECICLADO GAS ESCAPE |
SENSOR NOX |
AMORTIGUADOR PORTÓN TRASERO |
VÁLVULA FRENO PIE |
LUNA LATERAL |
POTENCIÓMETRO DESGASTE PINZA FRENO TRASERA |
LUNA PUERTA DELANTERA |
VÁLVULA CALEFACCIÓN |
LUNA TRASERA |
PILOTO TRASERO ANTINIEBLA |
BOMBA AGUA |
PILOTO TRASERO INTERMITENTE COMPLETO |
FILTRO PARTÍCULAS (DPF) |
ELECTRÓNICA MOTOR EDC |
MOTOR VENTILADOR MOTOR |
MOTOR GRIFO CALEFACCIÓN |
INYECTOR |
BOMBA DIRECCIÓN |
TRANSMISIÓN |
BOMBA ADBLUE |
VÁLVULA MODULADORA EBS |
TERMOSTATO MOTOR |
BOMBA INYECCIÓN GASOIL ALTA PRESIÓN |
JUNTA TAPA BALANCINES |
CILINDRO ACCIONAMIENTO PUERTA CORREDERA |
BOMBA ACEITE VENTILADOR |
FARO DELANTERO IZQUIERDO/DERECHO |
PARAGOLPES TRASERO |
TURBOCOMPRESOR |
ELECTRÓNICA EBS |
BOMBA RELLENADO ACEITE |
RADIADOR INTERCOOLER |
ELECTRÓNICA ECAS |
VÁLVULA EGR |
o Esta lista es orientativa, puesto que podrá ser variada por requerimientos de las distintas tecnologías, por lo que en el caso de que el vehículo ofertado no necesite de ese recambio original deberá hacerse constar expresamente o señalar el recambio equivalente a la tecnología que se oferta.
g) Una descripción del plan de formación de taller: se presentará un plan de formación del personal en el que se imparten cursos teórico-prácticos de adiestramiento, formación y utilización de las diversas tecnologías del vehículo, que sean necesarios a los diversos niveles operacionales, técnicos y de gestión, y pudiendo el licitador ampliarla en función de las características de su vehículo y tomando como referencia que la reparación de cualquier elemento, órgano o sistema sea realizado en los talleres de la CTSS. El plan de formación deberá contener como mínimo los siguientes apartados:
o Mecánica:
- Motor y equipo de inyección
- Cambio de velocidades-transmisión-diferencial
- Sistema de frenado
- Sistema de aire
- Sistema dirección
- Sistema suspensión
o Eléctrica:
- Instalación eléctrica en general
- Generador y sistema de protección-baterías
- Equipo electrónico c/velocidades (si procede)
- Servicios electrónicos
- Equipo diagnosis
o Puertas y Rampas:
- Mantenimiento general, sensibilidad y ajuste.
o Propulsiones y combustibles alternativos
- Gestión y almacenamiento de energías y/o combustibles alternativos
- Normas de seguridad, actuación en caso de accidente (explosión, incendio…) con los sistemas de acumulación de energía.
Para todos los apartados, se facilitarán descripción y normas teórico prácticas de utilización y seguridad de equipos técnicos, herramientas espaciales o utillajes y métodos de trabajo.
h) Una descripción del plan de formación de conductores: se presentará un programa de cursos teórico-prácticos de adiestramiento y utilización de las diversas tecnologías del vehículo para conseguir una conducción racionalizada, segura, económica y confortable de los vehículos, así como la formación con estos cursos de, al menos, dos personas de nuestra organización a un nivel suficiente para que puedan impartir estos cursos entre los demás compañeros.
i) Una descripción del plan de mantenimiento preventivo. A dichos efectos se presentará un plan de mantenimiento integral de los vehículos para un total de 12 años de vida útil estimada de cada autobús y con 60.000 km anuales de recorrido, con descripción del número total de horas y recambios originales que requiera el mantenimiento de los autobuses durante la referida vida útil de los mismos y deberá especificar de una forma precisa los intervalos y operaciones de, al menos, los siguientes elementos, o sus equivalente según el sistema de propulsión del vehículo que se oferte:
- Sustitución de los aceites expresado en kilómetros recorridos en servicio urbano (motor-cambio-grupo).
- Filtros y demás elementos de sustitución periódica, en unidades por cantidad de kilometraje recorrido.
- Protección anticorrosiva de chasis y carrocería así como elementos aislantes.
- Equipo de climatización.
- Puertas y rampas.
- Compresores, motores de arranque, alternadores, radiadores y todos los elementos susceptibles de mantenimiento.
Se valorará la presentación del plan de mantenimiento agrupado en intervenciones preventivas en intervalos de 10.000km, 30.000km y 60.000kms o múltiplos de las mismas.
Será obligatorio precisar los recursos del plan de mantenimiento, cuantificando el número de horas y los materiales o elementos susceptibles de mantenimiento a emplear.
Se detallará el coste estimado de mantenimiento del autobús durante cada año de la vida estimada del mismo, esto es, 12 años y con 60.000 km anuales de recorrido por autobús. Se desglosarán las unidades de mano de obra, así como el detalle de los materiales empleados valorados.
Se detallará asimismo el coste estimado del consumo de combustible del autobús durante la vida estimada del autobús (12 años – 720.000km).
El licitador deberá indicar el número de kilómetros de autonomía del vehículo.
En su caso, en el supuesto de que para la propulsión del vehículo propuesto por el licitador, la CTSS tuviera que consumir otros productos o consumibles adicionales (Urea, consumo eléctrico, etc.), se deberán estimar esos costes adicionales.
j) Inversiones en infraestructuras: En el supuesto de que para la propulsión del vehículo propuesto por el licitador, la CTSS tuviera que realizar adaptación en las actuales instalaciones o dotarse de nuevos equipamientos e instalaciones (depósitos, por ejemplo), el licitador deberá describir detalladamente las inversiones a realizar y estimará esos costes adicionales.
Todos los costes de inversiones en infraestructuras, instalaciones, nuevos equipamientos, instalaciones, depósitos, etc. así como el mantenimiento de estos elementos durante la vida útil de estos vehículos (12 años) correrán a cargo del adjudicatario. Es decir, serán a su cargo tanto la ejecución, como el pago de los mismos. Asimismo serán a su cargo todos los costes relacionados, tales como, obra civil, licencias, seguros, etc.
Asimismo, si por necesidades de la tecnología de propulsión ofertada, fuera necesaria la contratación de personal, este coste de personal será asumido por el adjudicatario.
Emisiones contaminantes: describirá y cuantificará las emisiones contaminantes en ciclo urbano, de cada tecnología de propulsión que oferte. Las ofertas incluirán certificados de los niveles de las emisiones (CO, HC, CO2, PM, NOX y humos) alcanzados realmente por los motores objeto de las ofertas, según los procedimientos de medición establecidos legalmente para la certificación de los motores. Además de los certificados, el licitador deberá indicar claramente los valores de nivel de emisiones expresados en las unidades estándar de la norma Euro para cada uno de las emisiones contaminantes. Estos serán los empleados para la valoración de este apartado.
Sobre nº 2.- "PROPOSICIÓN ECONÓMICA, PLAZO DE ENTREGA Y PLAZO DE GARANTÍA"
Los licitadores deberán presentar (en su caso, en cada variante de oferta) una proposición económica, de plazo de entrega y de plazo de garantía, ajustada al modelo que se adjunta al presente Pliego como Anexo VI, en sobre independiente por cada variante que presente, en la que se detallará lo siguiente:
- El precio unitario en euros (IVA excluido) del autobús urbano completamente carrozado, en sus distintos elementos opcionales. Es decir, los licitadores podrán presentar opciones diferentes en relación con cualesquiera componentes de los vehículos, referidos en el apartado 3 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, que
mejoren la funcionalidad y el confort en la utilización de las mismas, debidamente valoradas.
- Plazo máximo de entrega de cada vehículo desde la recepción de su pedido, que deberá ajustarse a lo previsto en la Condición 7ª del presente Xxxxxx.
- Plazo de garantía técnica de los vehículos suministrados, que deberá ser como mínimo el previsto en la Condición 32ª del presente Pliego.
La CTSS, a la vista de las ofertas correspondientes, se reserva la facultad para eliminar o modificar partidas, o para incluir las consideradas como opcionales tanto de elementos de carrozado como de bastidor.
16. FASE DE NEGOCIACIÓN
Presentadas en tiempo y forma las propuestas de los licitadores invitados, se abrirá la fase de negociación que versará sobre los siguientes aspectos económicos y técnicos:
El precio unitario por autobús y el precio de los elementos opcionales ofertados.
Las características técnicas de los vehículos ofertados, incluidos los elementos opcionales ofertados o exigidos.
El coste estimado de mantenimiento de cada autobús.
El consumo del autobús.
El plazo de garantía de los vehículos.
El plazo de entrega de los vehículos.
Las características del servicio de asistencia técnica y postventa del licitador: capacidad de respuesta, localización del servicio oficial (concesionario), características de las instalaciones y medios materiales y humanos, etc.
El plan de formación de taller.
El plan de formación de conductores.
El plan de mantenimiento preventivo.
Las emisiones contaminantes.
En su caso, el coste por consumo de otros productos o consumibles.
Las características del analizador de diagnosis para el taller de la CTSS, en el caso de que sea necesario.
En su caso, inversiones a realizar en la actuales infraestructuras.
Durante la negociación, el Órgano de Contratación velará para que todos los licitadores reciban idéntico trato. En particular, no facilitará, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados participantes con respecto al resto.
Durante la negociación, la CTSS podrá realizar pruebas con el/los vehículo/s de características similares a los ofertados por los licitadores a fin de ésta pueda verificar que estos reúnen las características técnicas requeridas.
Asimismo, durante la fase de negociación se homogeneizarán las ofertas recibidas, descartando, en su caso, los elementos opcionales que la CTSS estime conveniente.
Terminada la negociación, los licitadores invitados deberán remitir su oferta final, en los mismos términos previstos en la Condición 15ª, para que se proceda a la valoración y selección de la oferta económicamente más ventajosa.
17. CRITERIOS DE VALORACIÓN
Los criterios de valoración, indicados con la ponderación correspondiente, serán los siguientes:
a) Propuesta técnica: Hasta un máximo de 50 puntos.
Se valorarán:
- Las características técnicas del vehículo ofertado. Se valorará que el motor admita mezclas con Biodiesel EN14214, independientemente de la materia prima de origen, desde 0% a 100% (en contenido de Biodiesel EN14214).
- Las características técnicas de las partidas ofrecidas, incluidas las opcionales que no hayan sido descartadas durante la fase de negociación.
- Las características del analizador de diagnosis para el taller de la CTSS, en el caso de que sea necesario.
- Las características del servicio de asistencia técnica y postventa del licitador: capacidad de respuesta, localización del servicio oficial (concesionario), características de las instalaciones y medios materiales y humanos, suministro de recambios, etc…
- El plan de formación de taller.
- El plan de formación de conductores.
- El plan de mantenimiento preventivo.
- Las infraestructuras necesarias
b) Emisiones contaminantes (valoradas según lo dispuesto en la Ley de Economía Sostenible del 5/3/11, cuadro 2 del anexo a la disposición adicional sexta) que deberán ser expresadas en cantidad de emisiones por kilómetro recorrido:
Hasta un máximo de 5 puntos.
- Contaminantes locales NOx, NMHC y Partículas: Hasta un máximo de 3 puntos
Para cada contaminante, obtendrá cero puntos aquella oferta que cumpla la normativa vigente. El resto de ofertas por cada 1% de reducción de cada emisión contaminante (según criterio de ensayos homogeneizado) sobre la normativa vigente de cada una de las emisiones contaminantes, obtendrá 0,05 puntos. La suma de las puntuaciones de cada contaminante dará la puntuación de cada oferta, valorándose sobre 3 la puntuación de la mejor oferta.
- CO2: Hasta un máximo de 2 puntos
La oferta que por cada 1% de diferencia de reducción de CO2 (según criterio de ensayos homogeneizado) sobre la normativa vigente en las emisiones contaminantes de CO2, respecto a la oferta recibida que menos emisiones de CO2 emita, obtendrá 0,02 puntos. La suma de los puntos dará la puntuación de cada oferta, valorándose sobre 2 la puntuación de la mejor oferta.
c) Coste de mantenimiento y consumo del autobús: Hasta un máximo de 15 puntos.
Se valorarán los siguientes conceptos:
- Coste de mantenimiento durante el plazo estimado de vida útil del autobús.
- Consumo del autobús (según criterio homogeneizado para todas las ofertas
/ según lo dispuesto en la Ley de Economía Sostenible del 5/3/11) durante el plazo estimado de vida útil del autobús.
- En su caso, coste por consumo de otros productos o consumibles durante el plazo estimado de vida útil del autobús.
d) Proposición económica, plazo de entrega y plazo de garantía: Hasta un máximo de 30 puntos.
− Precio por autobús Hasta un máximo de 25 puntos.
Una vez homogeneizadas todas las ofertas recibidas, los puntos correspondientes a la oferta económica se valorarán a través de la siguiente fórmula:
P= 25 x (oferta mínima/oferta N)
Dónde:
P= puntuación obtenida por el licitador que se valora
Oferta mínima= importe de la oferta más baja admitida después de la homogeneización
Oferta N= importe de la oferta económica que se valora después de la homogeneizada.
− Plazo de entrega: Hasta un máximo de 2,5 puntos Se valorará de la siguiente manera:
Se otorgará 0,25 puntos por cada mes de adelanto de cada autobús, sin que se supere la puntuación máxima de 2,5 puntos.
− Plazo de garantía: Hasta un máximo de 2,5 puntos Se valorará de la siguiente manera:
Se otorgará 1 punto por cada semestre adicional (o la parte proporcional) a los 3 años de garantía de la Condición 32ª xxx Xxxxxx, sin que se supere la puntuación máxima de 2,5 puntos.
18. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
A la vista de las ofertas presentadas, y realizadas y concluidas, en su caso, las oportunas negociaciones con los licitadores invitados en ellos, su oferta final será estudiada y valorada de conformidad a los criterios de valoración señalados en la Condición 17ª del presente Pliego por un Comité de Evaluación, que elevará al Órgano de Contratación la propuesta de adjudicación.
El Comité de Evaluación para la valoración final de las proposiciones estará integrado por los siguientes miembros: el Jede de contabilidad de la CTSS, el Director Técnico de la CTSS y el Asistente de Dirección de la CTSS.
El Comité de Evaluación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos estime necesarios.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor de la empresa licitadora propuesta frente al Órgano de Contratación. No obstante, cuando éste no adjudique el contrato conforme a la propuesta formulada, deberá motivar su decisión.
Para la elección del licitador seleccionado para la adjudicación, el Órgano de Contratación, como regla general, deberá ajustarse a las propuestas realizada por el Comité de Evaluación. En caso contrario, el Órgano de Contratación deberá motivar su decisión de separarse de la propuesta, procediendo a realizar, en su caso, la clasificación definitiva de las proposiciones.
Seguidamente, el Órgano de Contratación requerirá al licitador que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa para que aporte, en el plazo xx
xxxx días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que reciba dicho requerimiento, la siguiente documentación:
a) Justificante que acredite haber constituido la garantía definitiva prevista en la Condición 11ª del presente Xxxxxx.
b) Justificante acreditativo de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
c) Documentación acreditativa de la efectiva disposición de los medios humanos y materiales comprometidos para la ejecución del contrato.
- Respecto de los medios humanos comprometidos para su adscripción a la ejecución del contrato, el licitador seleccionado deberá aportar la siguiente documentación:
Identificación nominal del total equipo adscrito a la ejecución del contrato, junto con las fichas de curriculum vitae en las que se recojan Titulación académica oficial.
Experiencia en el ámbito los ámbitos de contratación objeto del contrato y especialización.
Asimismo deberá aportarse la documentación acreditativa de la efectiva disposición de dicho medios humanos.
- Respecto a los medios materiales se aportará acreditación suficiente de que se dispone de ellos.
La CTSS se reserva el derecho a realizar las labores de comprobación que considere oportunas o de exigir cuanta documentación adicional entienda necesaria con la finalidad de comprobar la veracidad de la información aportada por los licitadores.
Se hace constar que, de conformidad con lo previsto en la normativa aplicable en materia de protección de datos y atendida la naturaleza de la información comprendida en la aludida documentación referente a los medios humanos, (i) su recopilación y uso supondrán un tratamiento de datos realizado por dicho licitador, como Responsable del Tratamiento; y (ii) su entrega a la entidad contratante en cumplimiento de lo previsto en la presente Cláusula supondrá una comunicación de datos realizada por éste, como cedente.
A estos efectos, el licitador seleccionado deberá cumplir con las obligaciones que para él se deriven de lo dispuesto en la normativa aplicable en materia de protección de datos en relación con el tratamiento y comunicación de datos aludidos en el párrafo anterior. En particular, y sin perjuicio de cualesquiera otras obligaciones que, como Responsable del Tratamiento le corresponda observar, el licitador seleccionado deberá obtener, bajo su exclusiva responsabilidad, el consentimiento informado de los interesados que habilite la antedicha comunicación de datos, extremo éste que deberá acreditar debidamente ante la entidad contratante cuando sea requerido para ello.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El Órgano de Contratación acordará la adjudicación del contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la referida documentación, debidamente subsanada en su caso, y en el plazo máximo de tres meses a contar desde el día de la apertura de las proposiciones.
La adjudicación se acordará por el Órgano de Contratación en resolución motivada, será notificada a los licitadores, mediante el medio preferente indicado por ellos en su propuesta y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato en cuestión.
La CTSS tendrá la facultad de declarar desierto el procedimiento de adjudicación, de forma motivada, siempre que las ofertas recibidas no se adecuen a los criterios establecidos.
19. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El adjudicatario, en un plazo xx xxxx días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación de la adjudicación, deberá presentar la siguiente documentación:
a) Justificante acreditativo del abono de los gastos de los anuncios de licitación.
b) En su caso, copia de la constitución legal como unión temporal de empresas y el
C.I.F. de la misma.
c) Copia del contrato de seguro regulado en la Condición 25ª de este Pliego.
El contrato se formalizará una vez transcurrido el plazo de 15 días hábiles a que se refiere el artículo 104.2 de la LSE, de conformidad a lo previsto en el artículo 83.3 de la misma.
Cuando el adjudicatario solicite la formalización del contrato en escritura pública, los gastos derivados de su otorgamiento serán de su cuenta.
El contrato se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea, en los términos previstos en el artículo 70 de la Directiva 2014/25/UE y en el perfil de contratante de la CTSS.
Cuando, por causas imputables a la empresa contratista, no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la CTSS podrá requerir al siguiente licitador la documentación exigida en la Condición 18ª del presente Xxxxxx, concediéndosele un plazo xx xxxx días hábiles para presentar la misma.
20. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
− El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
− El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente Xxxxxx, al Pliego de Prescripciones Técnicas, la oferta presentada por el contratista, y conforme a las instrucciones que, en interpretación técnica del contrato, diera al contratista la CTSS.
− El contrato se halla sujetos al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes y que resulten de aplicación en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo.
− La ejecución del contrato se desarrollará bajo la dirección, inspección y control de la CTSS.
− El contratista será responsable durante la ejecución del contrato de todos los daños y perjuicios, directos o indirectos, que puedan ocasionarse a terceros como consecuencia de los actos, omisiones o negligencia del personal a su cargo, y de cualesquiera derivados de la ejecución del contrato.
Esta responsabilidad se extenderá durante el plazo de garantía del contrato por daños y perjuicios, directos o indirectos, consecuencia de los actos anteriores.
− El contratista no podrá sustituir el personal técnico adscrito a la ejecución del contrato sin la expresa autorización del responsable del contrato.
− La totalidad del personal dependerá exclusivamente de la empresa adjudicataria, ostentando la misma los derechos y deberes inherentes a su condición de empresaria, sin que pueda realizarse reclamación alguna a la CTSS derivada de tales relaciones laborales o restantes obligaciones.
La empresa adjudicataria será la única responsable ante cualquier siniestro o reclamación (judicial o extrajudicial) relacionada con el personal que trabaje en la ejecución de la prestación, propio o de las eventuales subcontrataciones, no asumiendo la CTSS ningún tipo de responsabilidad laboral (incluida la referente a la seguridad, higiene y salud laboral), de Seguridad Social o fiscal que la empresa adjudicataria contraiga directa o indirectamente. Igualmente, la empresa adjudicataria asumirá exclusivamente las responsabilidades que pudieran derivarse de siniestros originados por la ejecución de la prestación.
− La ejecución del contrato objeto de la presente licitación no comprenderá ni conllevará, por su propia naturaleza, tratamiento alguno de datos personales por cuenta de la CTSS por parte de las empresas adjudicatarias.
Siendo así, cualquier tratamiento de datos personales que, durante la vigencia del contrato, cualquiera de las empresas adjudicatarias lleve a cabo en el marco de sus actividades, deberá entenderse realizado por su propia cuenta y decisión, como Responsable de dicho tratamiento, asumiendo en todo caso el cumplimiento de las obligaciones que se deriven para él de lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en cualquier otra norma en materia de protección de datos que resulte aplicable como consecuencia de dicho tratamiento.
21. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Serán obligaciones del contratista, las siguientes:
a) El cumplimiento del contrato con estricta sujeción a lo establecido en su condicionado y en los Pliegos, y a las instrucciones que diere al contratista el responsable del contrato.
b) El cumplimiento del plazo de entrega de los vehículos propuesto en su oferta.
c) El cumplimiento del plazo de garantía técnica propuesto en su oferta.
d) La adscripción al contrato de los medios humanos y materiales comprometidos en su oferta.
e) La constitución de la garantía definitiva, prevista en la Condición 11ª del presente Xxxxxx.
f) El cumplimiento del deber de confidencialidad, con arreglo a la Condición 23ª del presente Xxxxxx.
g) La entrega, como mínimo, de la información técnicas y gráfica que se describe a continuación, tomando como referencia que la reparación de cualquier elemento, órgano o sistema, sea realizada en los talleres de la CTSS:
- Esquema de componentes y circuitos.
- Libros de Taller.
- Libros de instrucciones.
- Despiece del vehículo con número de referencia del fabricante.
Dicha información y documentación quedará en poder de la CTSS y será actualizada periódicamente.
h) Mantener durante toda la vida útil de los vehículos, existencias y suministros para sustituir cuantas piezas y componentes sean necesarios.
i) La realización a su cargo de pruebas de consumo por empresas independientes de así requerirlo la CTSS.
j) Los consumos medios anuales de combustible, excluyendo la temporada de funcionamiento del aire acondicionado, no deberán superar los valores de la siguiente tabla para los vehículos ofertados:
CONSUMO | TOLERANCIA | APLICACIÓN |
Indicado en la oferta para ciclo urbano | 7,00% | Año 1 |
5,00% | Año 2 | |
2,00% | Año 3 en adelante |
En caso de que los consumos registrados anualmente, excluyendo la temporada del aire acondicionado, superen dichos niveles de tolerancia, la CTSS podrá exigir que el adjudicatario ponga todos los medios a su alcance para analizar el problema y buscar soluciones consensuadas. No se considerará que concurren supuestos de sobreconsumo en los casos en que el mismo se deba a factores ajenos al propio vehículo, tales como, conducción, orografía, recorridos, etc.
Lo dispuesto en el párrafo anterior será asimismo de aplicación en relación con los consumos de otros productos.
k) Xxxx una avería o un desgaste anormal de un elemento de manera repetida sobre un 20% o más, revelando un defecto sistemático de fabricación, el adjudicatario deberá reemplazar o reparar a su cargo, comprendidos los gastos de mano de obra, en todos los vehículos objeto del contrato, el elemento o grupo defectuoso, por uno de nuevo diseño previamente aceptado por la CTSS.
l) Las emisiones contaminantes deberán cumplir los valores ofertados por el adjudicatario. Si no fuere así, la CTSS podrá exigir que el adjudicatario ponga todos los medios a su alcance para analizar el problema y buscar soluciones.
m) En el supuesto de que, para la propulsión del vehículo propuesto por el licitador, la CTSS tuviera que realizar adaptación en las actuales instalaciones o dotarse de nuevos equipamientos e instalaciones (depósitos, por ejemplo), todos los costes de inversiones en infraestructuras, instalaciones, nuevos equipamientos, depósitos, etc., así como el mantenimiento de estos elementos durante la vida útil de estos vehículos (12 años), correrán a cargo del adjudicatario. Es decir, serán a su cargo tanto la ejecución como el pago de los mismos, al igual que todos los costes relacionados, tales como obra civil, licencias, seguros, etc.
Asimismo, si por necesidades de la tecnología de propulsión ofertada fuera necesaria la contratación de personal, este coste de personal será asumido también por el adjudicatario durante toda la vida útil del vehículo en cuestión.
n) Satisfacer los gastos de los anuncios.
o) Satisfacer cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, incluidos los fiscales, tasas y gravámenes según las disposiciones vigentes.
p) Obtener las autorizaciones y licencias, seguros, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, que se requiera para la realización del objeto del contrato. En concreto, obtener, y xx xxxxxxx autorizadas, las licencias y derechos sobre cualquier elemento utilizado en el desarrollo de los servicios prestados y que forme parte del resultado de los trabajos contratados.
Las obligaciones previstas en la presente Condición tendrán el carácter de obligaciones contractuales esenciales según lo previsto en el artículo 88 de la LSE, siendo por tanto el incumplimiento de las mismas causas de resolución del contrato, a voluntad de la CTSS.
22. PROPIEDAD INTELECTUAL E/O INDUSTRIAL
Los adjudicatarios deberán asegurar a la entidad contratante el uso pacífico de la totalidad de bienes, equipos u otros activos que suministren y/o instalen para ésta en virtud de la presente contratación, estando obligados a estos efectos a otorgar u obtener xx xxxxxxx autorizadas, a su sola xxxxx, a favor de la entidad contratante y sin coste adicional, cualesquiera licencias y derechos de uso y/o explotación sobre dichos elementos y/o sus componentes (incluido el hardware y software, cuando proceda). Todo ello, en los términos y condiciones necesarios para que la entidad contratante pueda utilizar y explotar dichos equipos y sus componentes en los términos establecidos en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas que rige la presente contratación.
En todo caso, cada adjudicatario será responsable de cualesquiera reclamaciones relativas a la Propiedad Intelectual e/o Industrial que puedan plantear terceros ajenos al contrato en relación a los equipos objeto de esta contratación y a cada uno de sus componentes, y deberá indemnizar a la entidad contratante por todos los daños y perjuicios que ara la misma puedan derivarse de las reclamaciones relativas a dichos conceptos.
23. CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario quedan expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato (de cualquier clase que sea), de la CTSS que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato, especialmente los de carácter personal, no pudiendo realizar tratamiento alguno de estos últimos, por lo que, a título de ejemplo, no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que figura en este Pliego, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación.
La CTSS no podrá divulgar la información facilitada por los licitadores que estos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales.
El contratista y todo el personal que intervenga en la ejecución del contrato estará obligado a guardar sigilo respecto de los datos, información y antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tengan conocimiento con ocasión del mismo y a tratar de forma confidencial y reservada los datos e información por cualquier medio recibida, para que no llegue a conocimiento de terceras personas.
Este deber de confidencialidad se mantendrá indefinidamente.
24. RESPONSABLE DEL CONTRATO
El Órgano de Contratación podrá designar un responsable del contrato al que corresponderá la interlocución con el interlocutor adscrito a la ejecución del contrato, por parte del contratista, y, en general, las funciones de supervisión, comprobación, informe y vigilanciade la ejecución del contrato, adoptar las decisiones e instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, así como dar conformidad a las facturas presentadas por el contratista.
El responsable del contrato podrá, en su ausencia, delegar sus funciones en el personal técnico de la CTSS, para que pueda dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada y ser el interlocutor con el Director Técnico de la CTSS adscrito a la ejecución del contrato
El responsable del contrato podrá ser una persona física o jurídica, vinculada a la CTSS o ajena a ésta.
25. SEGURO
El adjudicatario del contrato deberá presentar, de forma previa a la formalización del mismo, una póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra las indemnizaciones por daños personales y/o materiales derivados de la ejecución del contrato, tanto para terceros como para la CTSS, por una suma asegurada mínima de 600.000 euros, que deberá mantener su vigencia durante todo el tiempo de duración del contrato, incluidas, en su caso, sus prórrogas.
El tomador del seguro será el contratista, quedando asegurado tanto la CTSS como el propio contratista.
El contratista deberá acreditar el pago de la prima de la póliza y deberá presentar ante la CTSS el justificante de estar al corriente de la póliza contratada.
26. PENALIZACIONES
A. POR DEMORA
Cuando la empresa contratista, por causas imputables a la misma, hubiera incurrido en demora en el cumplimiento del plazo de entrega ofertado, la CTSS podrá optar indistintamente, por la resolución del contrato en cuestión, o continuar en su ejecución, devengándose, en este último caso, a partir del decimoquinto día de demora, a favor de la CTSS, adicionalmente a cualesquiera indemnizaciones de daños y perjuicios que procedan, con carácter acumulativo, una cantidad de 120 euros por autobús y día natural de retraso en la entrega del mismo en las instalaciones de la CTSS.
Las penalidades se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista, o sobre la garantía
definitiva, cuando no puedan deducirse de aquéllas, siendo objeto de la correspondiente reclamación, en la cuantía que exceda de la garantía constituida.
Incluso en el supuesto de opción por la continuación en la ejecución del contrato, mientras dure el incumplimiento, en cualquier momento la CTSS podrá optar por la resolución del contrato, sin perjuicio de las indemnizaciones de daños y perjuicios y demás efectos previstos en la presente Condición.
En todo caso, tanto de opción por la resolución como por la continuación del contrato, la CTSS podrá decidir unilateralmente la continuación del suministro durante el tiempo que estime preciso, por medios propios o de terceros, repercutiendo en ambos casos el coste de dicha continuación en el contratista, sin perjuicio de las indemnizaciones de daños y perjuicios y demás efectos previstos en la presente Condición.
B. POR DESVIACIONES EN COSTES DE MANTENIMIENTO
Si durante el periodo de garantía técnica del motor se dieran desviaciones en los costes de mantenimiento señalados en las ofertas de los adjudicatarios, la CTSS podrá exigir al adjudicatario que abone las desviaciones económicas entre el coste de mantenimiento ofertado y el real.
Dicha penalidad tendrá carácter cumulativo a los daños y perjuicios efectivamente causados.
A dichos efectos, cada 12 meses desde la firma del acta de recepción provisional, la CTSS comparará el coste del mantenimiento real con el ofertado por los adjudicatarios. En el supuesto de que se produzcan desviaciones, se comunicará los adjudicatarios la existencia y el importe de la misma.
El abono de la desviación será satisfecho por el adjudicatario a la CTSS, dentro del plazo máximo de 15 días, a partir de la fecha de comunicación de la misma.
C. POR INMOVILIZACIÓN.
Desde la fecha del acta de recepción provisional y hasta que terminen los plazos de garantía técnica, la CTSS notificará a los adjudicatarios, tan pronto el vehículo llegue a la cochera, la inmovilización del mismo, señalando las circunstancias que la han motivado.
Únicamente se permite la inmovilización de un solo vehículo del total de los suministrados por causa de avería en la hora de máxima oferta de un día laborable. Siendo así, a partir de la inmovilización del segundo vehículo se devengará una penalidad diaria de 130 €/por autobús inmovilizado, computándose, a estos efectos, también el primer vehículo inmovilizado.
Las penalizaciones por inmovilización se producirán hasta la fecha de firma del acta de recepción definitiva de los vehículos.
No se computarán a efectos de esta penalidad los días de inmovilización debida a causa de fuerza mayor.
Dicha penalidad tendrá carácter cumulativo a los daños y perjuicios efectivamente causados.
27. CESIÓN DEL CONTRATO
No procederá la cesión de los derechos y obligaciones dimanantes del contrato.
28. SUBCONTRATACIÓN
Únicamente se podrán subcontratar las prestaciones del contrato mediando la previa autorización, expresa y por escrito, de la CTSS y siempre que el subcontratista cumpla los requisitos legales y los exigidos en este Pliego para contratar con la CTSS, no esté incurso en prohibición de contratar, acredite su solvencia económica y financiera y se comprometa a cumplir la obligación de adscripción de medios humanos y materiales prevista en el presente Pliego o, en su caso, la adicional ofertada por el contratista. Todo ello en cuanto se refiera y/o corresponda a la prestación o prestaciones a subcontratar.
Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista, que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución de la prestación frente a la CTSS, con arreglo estricto al Pliego de Condiciones Económico-Administrativas, al Pliego de Prescripciones Técnicas y a los términos del contrato que se firme, incluido el cumplimiento de las obligaciones en materia social o laboral.
29. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
El Órgano de Contratación podrá modificar el contrato en los supuestos previstos en el artículo 205 de la LCSP, que a estos efectos se establece de aplicación.
30. RESPONSABILIDAD
El contratista será responsable de la calidad técnica de los suministros entregados y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la CTSS o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.
Aunque fuera distinto el origen de fabricación de los diversos elementos constituyentes de los vehículos a efectos de la presente operación de compraventa, la CTSS considerará solamente la existencia del licitador que resulte adjudicatario (o
licitadores, en caso de UTE), ante cualquier tipo de reclamaciones ulteriores que pudiera tener que efectuar la CTSS para resarcirse, en su caso, en sus derechos afectados, o por el incumplimiento de parte de cuanto preceptúan las bases de la licitación que, en este sentido, constituyen un todo único e indivisible.
31. RECEPCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se entenderá cumplido totalmente por el contratista cuando este haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la CTSS, la totalidad de la prestación y haya dado por recibidos definitivamente todos los vehículos a suministrar, que tendrá lugar una vez realizados los ajustes y comprobaciones necesarias, así como subsanados los eventuales defectos de cualquier clase que se detecten durante el periodo de garantía técnica y en el plazo de un mes desde la finalización de dicho periodo de garantía.
Ello no obstante tras entregarse cada vehículo o autobús, será revisado por la CTSS asegurando su correcto funcionamiento sin incidencias al menos durante 7 días laborables en servicio. De cumplirse tal premisa se extenderá el correspondiente acta de recepción provisional.
Si los vehículos no se encuentran en estado de ser recibidos y no se adecuan a la prestación contratada, se hará constar así en el acta de recepción y se deberán dar las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad a lo pactado.
Si cualquier componente del autobús o las piezas de repuesto no se hallan en estado de ser recibidas, la CTSS se lo transmitirá inmediatamente al contratista y se le darán las instrucciones precisas para que proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.
Las piezas de repuesto serán de calidad suficientemente contrastada de modo que los elementos mantenidos y, en su caso, reparados sean funcionalmente equivalentes a los atendidos por el personal técnico del contratista.
Si los vehículos adolecieran de vicios o defectos muy graves que determinen la perdida de la funcionalidad propia para la que han sido suministrados, la CTSS rechazará los mismos que serán puestos a disposición del adjudicatario para que proceda a su retirada en un plazo máximo de treinta días a contar desde la notificación del rechazo, quedando exenta de obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
La fecha de firma del acta de recepción provisional será la que determine el comienzo del plazo de garantía técnica y del abono de las unidades suministradas.
32. PLAZO DE GARANTÍA TÉCNICA
El plazo de garantía será de, al menos, 3 años desde la firma del acta de recepción provisional de conformidad.
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los vehículos suministrados, el Órgano de Contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos en los términos expuestos en la Condición anterior.
Terminado el plazo de garantía sin que la CTSS haya detectado fallos, vicios o defectos y los vehículos funcionen a plena satisfacción de la CTSS, se procederá a formalizarse el acta de recepción definitiva.
Esto no obstante, incluso una vez superado el período de garantía de los vehículos, si fueran detectados graves fallos, vicios o defectos de especial trascendencia de los que pudiera derivarse problemas de seguridad en la circulación de los vehículos en servicio, o inmovilizaciones por reformas de envergadura, el adjudicatario asumirá los gastos de reparación en méritos de la responsabilidad que le incumbe, poniendo a disposición de la CTSS las unidades necesarias equivalentes para que se pueda continuar la explotación sin merma del parque de reserva.
En el caso específico de vehículos con sistemas de acumulación de energía, la garantía de los mismos debe abarcar el ciclo de vida asegurado por el fabricante. Este valor es el que se empleará en el cálculo del Coste de Ciclo de Vida. En este caso, la garantía debe incluir:
Materiales.
Mano de obra y desplazamientos, dietas y todos los gastos de personal derivados de una intervención en el vehículo.
Todas las adaptaciones que se precisen por cambios tecnológicos en los sistemas de acumulación de energía (ej: Software, refrigeración, herrajes, sistemas de carga…)
Esta garantía será también aplicable a los sucesivos packs que la CTSS compre al fabricante como recambio original.
El contratista tendrá derecho a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.
33. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO
Si la CTSS acordara la suspensión del contrato o ésta tuviera lugar por aplicación de lo dispuesto en el artículo 208 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, se levantará un Acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél.
34. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causas de resolución del contrato, a voluntad de la entidad contratante:
a) La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento.
b) La demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista.
c) El incumplimiento de la obligación principal del contrato.
d) El incumplimiento de las restantes obligaciones esenciales, siempre que éstas hayan sido calificadas como tales.
e) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no se posible modificar el contrato conforme a lo previsto en el presente Xxxxxx.
f) El impago, durante la ejecución del contrato, de los salarios por parte del contratista a los trabajadores que estuvieran participando en la misma, o el incumplimiento de las condiciones establecidas en los convenios colectivos de aplicación para estos trabajadores, también durante la ejecución del contrato.
g) En general, cualquier incumplimiento de las obligaciones contractuales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1.124 del Código Civil.
En cualquiera de las causas de resolución previstas en esta Condición, dicha resolución operará automáticamente, sin más requisito que la notificación fehaciente que la CTSS realice a los contratistas.
Las responsabilidades económicas que pudieran derivarse de la resolución del contrato por las causas previstas en esta Condición, así como por cualesquiera otras que pudieran resultar legalmente procedentes, se liquidarán una vez resuelto efectivamente el contrato.
En todo caso de resolución, el contratista tendrá en principio derecho a percibir el precio de la totalidad de los suministros y servicios que efectivamente hubiesen prestado hasta la fecha y sean de recibo.
Cuando la resolución del contrato se produzca por cualquier causa imputable al contratista, se devengará a favor de la CTSS, adicionalmente a cualesquiera indemnizaciones de daños y perjuicios que procedan, con carácter cumulativo, la mayor de las siguientes cantidades: el 20% del valor ejecutado, en el momento de la resolución, o la suma de 100.000 euros. Ambas cantidades se deducirán de la garantía definitiva y del precio pendiente de abonar al contratista y, el exceso será objeto de la correspondiente reclamación.
35. JURISDICCIÓN
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas al desarrollo de la presente licitación y, en general, a la fase de preparación y adjudicación del contrato.
En su caso, se interpondrá la reclamación a que se refieren los artículos 101 y siguientes de la LSE (que a estos efectos se establecen de aplicación) en los términos en dichos artículos previstos, ante el registro del órgano competente para resolver la reclamación, esto es, el Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Por su parte, el orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación a los efectos, cumplimiento y extinción del contrato.
En caso de litigio en relación con el contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Donostia-San Xxxxxxxxx.
ANEXO I.
MODELO DE AVAL PARA GARANTÍA DEFINITIVA ([…])
La entidad […] (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), C.I.F. […], con domicilio en […] (a efectos de notificaciones y requerimientos) en la calle/plaza/avenida […], código postal […], localidad […], y en su nombre […] (nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento, AVALA a: […] (nombre y apellidos o razón social del avalado), C.I.F. […], para responder de las obligaciones del pedido de xx unidades del contrato del suministro de autobuses urbanos de 18 metros para COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U., ante la sociedad pública COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U., por importe: […]
euros (en letra y en números).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2. del R.D. 1.098/2001, de 12 de Octubre, que aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y división y con compromiso de pago al primer requerimiento de la sociedad pública COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U.
El presente aval estará en vigor hasta que COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U. autorice su cancelación o devolución.
Lugar y fecha […].
Razón social de la entidad […]. Firma de los apoderados […].
ANEXO II. DESIGNACIÓN DE MEDIO PREFERENTE DE RECEPCIÓN DE LAS NOTIFICACIONES
D./Xx ……………………………, con domicilio en …………………… y D.N.I. nº
……………….., en nombre propio o en representación de ………………, con domicilio en ………………….. y C.I.F. nº ............................................., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, enterado xxx Xxxxxx de Condiciones Económico-Administrativas y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas que han de regir la licitación, por procedimiento negociado con publicidad, para la contratación del suministro de autobuses urbanos de 18 metros y para la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U., mediante la presente, designa como medio preferente para la recepción de cualquier notificación que COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U. , deba realizar con motivo de la presente licitación el siguiente (*):
o Correo electrónico.
o Correo certificado.
(*) Indíquese el medio designado.
En todo caso, a efectos de notificaciones, se indican los siguientes datos:
- Nº de Fax: ………………………………..
- Dirección de correo electrónico: ……………………….
- Dirección postal: ………………………………………..
- Teléfono/s de contacto: ………………………………..
[Nota: Al efecto de dar mayor agilidad a las notificaciones, se recomienda designar el correo electrónico del licitador como medio preferente, medio que será plenamente válido a efectos de notificaciones por ser el medio señalado por el propio licitador. No obstante, se admite la designación de otro medio como preferente. De no efectuarse dicha designación, se procederá a la notificación por correo postal certificado en el domicilio indicado.]
En ........................, a … de de 2019
Fdo:……………………
ANEXO III. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
“D./Xx con
domicilio en......................................................................................................................., D.N.I. nº........................, teléfono....................................................., e-
mail....................................., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en representación
de..........................................................................................................., con domicilio
en......................................................................................................, y C.I.F. nº
........................................, enterado de la licitación de la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U., para la contratación, mediante procedimiento negociado con publicidad, para el suministro de autobuses urbanos de 18 metros para la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U. ,
DECLARA:
PRIMERO: Que no se encuentra incurso en ninguna de las incompatibilidades y prohibiciones para contratar según lo dispuesto en la Disposición Adicional Tercera de la LSE en relación con el artículo 71.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 y demás disposiciones vigentes sobre la materia.
SEGUNDO: Que cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente en materia tributaria y de Seguridad Social.
TERCERO: Que acepta expresamente que la entidad contratante dé transparencia institucional a todos los datos derivados del proceso de licitación, adjudicación y ejecución (en caso de resultar adjudicatario) hasta su finalización.
En ........................, a ... de de 2019
Fdo:……………………
ANEXO IV: MODELO DE SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN ([…])
D./Xx ……………………………, con domicilio en …………………… y D.N.I. nº
……………….., en nombre propio o en representación de ………………, con domicilio en ………………….. y C.I.F. nº ............................................., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar,
DECLARA
PRIMERO: Que conoce el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas que van de regir la contratación, mediante procedimiento negociado, la contratación del suministro de autobuses urbanos de 18 para la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U.
SEGUNDO: Que conoce el contenido y alcance de dichos Pliegos que expresamente asume y acata en su totalidad, sin salvedad alguna.
TERCERO: Que solicita participar […] del procedimiento negociado para la contratación del suministro de autobuses urbanos de 18 metros, para la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U., a cuyo efectos presenta la documentación exigida en el apartado 14.1, de la Condición 14ª xxx Xxxxxx de Condiciones Económico-Administrativas.
En ........................, a ... de de 2019
Fdo:……………………
ANEXO V. MODELO DE ACTA NOTARIAL DE MANIFESTACIONES PARA EL SUPUESTO DE QUE EL LICITADOR, PARA ACREDITAR LA SOLVENCIA EXIGIDA Y/O EL COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE DETERMINADOS MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES MÍNIMOS, PRETENDA BASARSE EN LA SOLVENCIA Y MEDIOS DE OTRAS ENTIDADES
D./Xx …, con D.N.I. …, como representante legal de la empresa …, con C.I.F. …, manifiesta que conoce en todo su alcance las condiciones de la licitación para la contratación de … a la que concurre el licitador ... (nombre de la empresa licitadora), que ostenta la solvencia requerida y manifiesta su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la ejecución del contrato, con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, debiendo autorizarse expresamente por la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U. su sustitución o modificación.
La presentación de este escrito ante la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U. tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso, para el supuesto de que el licitador en cuestión resulte adjudicatario.
En …, a … de … de 2019
ANEXO VI: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA, PLAZO DE ENTREGA Y PLAZO DE GARANTÍA
“D./Xx...........................................................................................................con domicilio
en......................................................................................................................................
....., D.N.I. nº........................, teléfono....................................................., e-mail
........................................., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en
representación de ........................................................., con domicilio en
.............................................................................................................., y C.I.F. nº
........................................, enterado xxx Xxxxxx de Condiciones Económico- Administrativas y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas a regir en la licitación, mediante procedimiento abierto, para la contratación del suministro de autobuses urbanos de 18 metros para la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U.
DECLARA:
1º) Que se compromete a suministrar cada autobús conforme al siguiente precio unitario:
- [….] euros por autobús, IVA no incluido.
Incluye las siguientes opciones ofertadas y/o exigidas en el Pliegos de Prescripciones Técnicas, con sus correspondientes precios:
….
2º) Que se compromete a entregar cada autobús solicitado en el plazo máximo de … desde la recepción del correspondiente pedido (máximo: 8 meses).
3º) Que el plazo de garantía por vehículo se fija en [….].
4º) Que conoce el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas que han de regir la contratación, que expresamente asume y acata en su totalidad.
En........................., a..................de de 2019.
Firma.”