ACUERDO BILATERAL DE CONFIDENCIALIDAD ENTRE
ACUERDO BILATERAL DE CONFIDENCIALIDAD ENTRE
Y
En Santiago de Chile, a de , 000 , xxxxx xx , ( ), XXX Xx , representada por su , señor , cédula de identidad Nº , ambos domiciliados en , comuna y ciudad de Santiago, por una parte y por la otra, ( ), RUT Nº , representada por su , señor , cédula nacional de
identidad Nº ambos domiciliados en ,
individualmente denominados la Parte y conjuntamente las Partes, quienes en este acto celebran un ACUERDO BILATERAL DE CONFIDENCIALIDAD (el Acuerdo) que se regirá por las cláusulas que se indican a continuación:
PRIMERO: Objeto del Acuerdo
Las Partes están evaluando una colaboración mutuamente beneficiosa consistente en
(el Proyecto). En razón de lo anterior, las Partes, intercambiarán Información Confidencial, relevante y de su propiedad durante la vigencia de este Acuerdo. Para estos efectos, Parte Xxxxxxx es quien entrega la información y Parte Receptora quien la recibe.
El presente Acuerdo tiene por objeto resguardar la confidencialidad de la información que la Parte Emisora entrega a la Parte Receptora en el marco del Proyecto.
SEGUNDO: Información Confidencial.
La Información Confidencial incluye el contenido de este Acuerdo, las negociaciones que eventualmente puedan sostener las Partes, todos los antecedentes, el conocimiento técnico, las comunicaciones contenidas en documentos, informes, bases de datos, registros, soportes informáticos y en general, en todo vehículo apto para el almacenamiento, transmisión de datos de manera gráfica, oral, visual, audiovisual, escrita, relacionadas con el Proyecto, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como confidencial.
En este sentido, Información Confidencial incluye, sin carácter limitativo, los siguientes conceptos:
Toda la información que haya sido revelada o sea revelada por le Parte Xxxxxxx, sus asesores o empleados, dependientes o no, ya sea de manera verbal, escrita, gráfica, electrónica o de cualquiera otra forma, así como toda información que la Parte Receptora, sus asesores, empleados, dependientes o no, tomen conocimiento, de cualquiera forma, en relación a la Parte Emisora.
Todo conocimiento, idea, métodos de operación, procesos, conocimientos técnicos, tecnología, datos, fórmulas, bases de datos, especificaciones, secretos comerciales, mejoras, planes y estrategias de marketing, pronósticos y oportunidades de negocios, lista de clientes y sistemas relacionados con la Parte Emisora.
Todo el software, información y propiedad intelectual de terceros que la Parte Emisora está obligada de proteger.
Toda la información relativa a la Parte Emisora, sus filiales o cualquiera de las personas o empresas controladoras de, controladas por, o bajo un control común con la Parte Emisora.
Si la Información Confidencial es divulgada de manera oral o visual, la Parte Emisora deberá confeccionar una minuta escrita, que consigne los tópicos o asuntos tratados y el carácter confidencial de las conversaciones mantenidas. Esta minuta debe ser firmada por las Partes, dentro de un plazo de 10 días corridos contados desde la divulgación, para que la información contenida en ella tenga un carácter de confidencial.
Sin perjuicio de lo anterior, para efectos de este Acuerdo no será considerada Información Confidencial:
Aquella que es de público conocimiento a la fecha de suscripción de este documento o que pasa al dominio público a través de un tercero de buena fe, con derecho a divulgarla.
Aquella que la Parte Receptora acredita conocer antes de la suscripción de este documento.
Aquella que fue desarrollada en forma independiente por la Parte Receptora sin relación con el Proyecto y sin uso de la Información Confidencial.
Aquella que la Parte Receptora se vea obligada a divulgar producto de una ley, regulación, orden gubernamental o resolución judicial. En este caso la Parte Receptora dará aviso previamente a la Parte Emisora, para que ésta pueda hacer valer sus derechos frente a la autoridad que corresponda. Aún en tal caso, la Parte Receptora velará por revelar sólo aquella parte de la Información Confidencial que fuere estrictamente necesaria según el requerimiento, y procurará la mantención de la confidencialidad, tanto antes, durante como después de dicha diligencia.
TERCERO: OBLIGACIONES DE LA PARTE RECEPTORA.
La Parte Receptora sólo podrá usar la Información Confidencial para el Proyecto y se obliga a mantenerla en reserva, no transformarla o divulgarla a terceros, publiarla, revelarla, hacer comentarios, o, en general, traspasar por cuenta propia o a través de terceros, datos o información relativas a las materias sobre las cuales se ha obligado guardar secreto y mantener reserva en virtud del presente Acuerdo, salvo que la Parte Emisora lo autorice previamente y por escrito, a través de un representante autorizado.
La Parte Receptora adoptará las medidas de cuidado técnico, administrativo y legal necesarias para que sus trabajadores, dependientes e independientes, cumplan con su obligación de confidencialidad. Por lo tanto, antes que estas personas accedan a la Información Confidencial, confirmará si se encuentran vinculados a ella por una obligación de confidencialidad o en su caso, suscribirán un Acuerdo de Confidencialidad con ella, el cual debe proteger la Información Confidencial, al menos, en los mismos términos que los señalados en este documento.
Por lo tanto, la Parte Receptora debe mantener un registro actualizado de las personas que han tenido acceso a la Información Confidencial y enviar una copia a la Parte Emisora, cada vez que ésta lo requiera.
La Parte Receptora debe mantener indemne a la Parte Emisora por los daños originados en el quebrantamiento del deber de confidencialidad, por no haber adoptado todas las medidas de cuidado y protección necesarias referidas en los párrafos precedentes.
CUARTO: RESPONSABILIDAD DE LA PARTE RECEPTORA.
La Parte Receptora responderá del incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Acuerdo hasta de culpa leve.
La responsabilidad de la Parte Receptora comprenderá aquella que se derive tanto de hechos propios, como la responsabilidad por los hechos de sus empleados o dependientes.
QUINTO: DEVOLUCIÓN DE LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL.
La Información Confidencial divulgada por la Parte Emisora bajo los términos de este Acuerdo, le pertenece y debe ser devuelta por la Parte Receptora concluido el trabajo que motivó su divulgación, sin que sea necesaria una petición expresa de la Parte Emisora. Cuando no resulte materialmente posible restituir la información, las Partes acordarán la forma más segura de destruirla.
SEXTO: INDEPENDENCIA DE LAS PARTES.
Este Acuerdo no autoriza a la Parte Receptora para actuar como agente o representante de la Parte Emisora y tampoco genera una obligación de celebrar un Contrato con posterioridad a su vencimiento.
Adicionalmente, ninguna disposición de este Acuerdo puede interpretarse como el otorgamiento expreso o tácito de una licencia o concesión de Derechos de Propiedad Intelectual de la Parte Emisora a la Parte Receptora.
SÉPTIMO: VIGENCIA DE ESTE ACUERDO.
Este Acuerdo rige a partir de la fecha de este documento y dura hasta que la información que se protege sea pública, o hasta que se cumpla el plazo de 2 años, contados desde el de , 201_ cualquiera de estos hechos que ocurra primero.
OCTAVO: COMUNICACIONES.
Cualquier comunicación que bajo este Contrato sea necesaria realizar a alguna de las Partes, ésta deberá ser enviada por escrito a la persona y dirección o correo electrónico que a continuación se indican:
[PARTE EMISORA]
At_ [ ] Dirección: [ ]
Correo electrónico: [ ] [PARTE RECEPTORA]
At_ [ ] Dirección: [ ]
Correo electrónico: [ ]
NOVENO: DOMICILIO Y JURISDICCIÓN.
Las Partes fijan su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
Este Acuerdo se firma en dos (2) ejemplares de igual tenor y valor legal, quedando uno (1) en poder de cada Parte.
La personería de para representar a
, consta de escritura pública otorgada el , ante el Notario Público Titular de la , señor(a)
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La personería de para representar a
, consta de escritura pública otorgada el , ante el Notario Público Titular de la , señor(a)
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Nombre Cargo Empresa |
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P á g i n a 2 | 4