PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA LICITACION ABIERTA SIMPLIFICADA DEL ARRENDAMIENTO DE LOCAL DE NEGOCIO “HERRIKO TABERNA”, EN EL BARRIO ALDAI, 5 DE FRUIZ
PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA LICITACION ABIERTA SIMPLIFICADA DEL ARRENDAMIENTO DE LOCAL DE NEGOCIO “HERRIKO TABERNA”, EN EL BARRIO XXXXX, 5 DE FRUIZ
1.- OBJETO DEL CONTRATO
Es objeto del presente pliego regular las condiciones bajo las que el Ayuntamiento de Fruiz adjudicará el arrendamiento y explotación del establecimiento de propiedad municipal denominado BAR-RESTAURANTE “HERRIKO TABERNA", sito en la planta baja del Edificio Consistorial de Fruiz (Bº Xxxxx nº 5) con cuantas instalaciones, utensilios, mobiliario y enseres lo componen y se hallan destinados a su explotación, según se detalla en el presente Pliego.
INSTALACIONES OBJETO DEL CONTRATO
A) Local comercial (Taberna) con la siguiente distribución:
• Zona de bar: 41.15 m2
• Xxxx xx xxxxx: 16.58 m2
• Comedor: 53.35 m2
• Paso: 3.24 m2
• Vestíbulo: 1.65 m2
• Aseo unisex: 2.46 m2
• Vestidor empleados:4.13 m2
• Paso 1: 1.48 m2
• Armario: 1.90 m2
• Cocina: 31.89 m2
• Almacén: 17.97 m2
• Total superficie útil: 188.90 m2
B) Bodega aneja comunicada de 49,13 m2 útiles.
INVENTARIO DE BIENES Y ÚTILES A DISPOSICIÓN DEL CONTRATO
(Véase ANEXO I.)
2.- CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL ARRENDAMIENTO Y EXPLOTACIÓN
1.- Las instalaciones y demás medios arrendados deberán destinarse exclusivamente a la explotación de Bar-Restaurante. Queda expresamente excluida toda posibilidad de subarrendamiento o cesión.
El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario.
2.- La prestación del servicio de Bar-Restaurante se dispensará, como mínimo, en el siguiente horario:
A.-) Horario de invierno (1 DE OCTUBRE A 31 XX XXXX)
De lunes a jueves, de 9:00 a 22:00 horas.
Xx xxxxxxx x xxxxxxx, festivos y vísperas de festivos de 9:00 a 24:00 horas.
B.-) Horario xx xxxxxx (1 XX XXXXX A 30 DE SEPTIEMBRE)
De lunes x xxxxxxx, de 9:00 a 24:00 horas.
En todo caso, deberá cumplirse lo contenido en el Decreto del Gobierno Xxxxx 296/1997, de 16 de diciembre, que establece el horario de cierre de los locales de hostelería.
3.- El establecimiento deberá permanecer abierto al público durante todo el año salvo un periodo vacacional de 30 días por año, los cuales no podrán ser disfrutados durante los meses xx xxxx a octubre (ambos inclusive), periodo de Semana Santa, Navidad, ni fiestas patronales. Las vacaciones deberán ser disfrutadas en dos periodos separados de quince días. Asimismo, el adjudicatario podrá asignar un día de descanso semanal que no podrá recaer en viernes, sábado ni domingo.
Sin perjuicio de lo anterior, previo acuerdo entre ambas partes contratantes y atención a circunstancias coyunturales específicas tales como climatologías favorables/adversas, eventos puntuales, etc., podrán modificarse dichos horarios, respetando en cualquier caso lo dispuesto en la normativa sobre los horarios comerciales. Asimismo podrá autorizarse el cierre puntual del establecimiento fuera de los días permitidos, siempre que exista causa de fuerza mayor u análoga relevancia y que resulte debidamente acreditada.
El cierre será independiente del deber del pago del canon de arrendamiento.
4.- Toda la cartelería deberá figurar en bilingüe euskera/castellano.
5.- El adjudicatario deberá hacerse cargo de la limpieza del local y demás instalaciones objeto del contrato, debiendo mantenerlas en condiciones de higiene y salubridad aptas para la actividad que en las mismas se desarrolla. Asimismo, deberá mantener limpia la zona exterior adyacente al local.
6.- El adjudicatario deberá aportar a la explotación todos aquellos medios que sean precisos para la buena ejecución del negocio y, en particular, para dar cumplimiento a los compromisos y mejoras propuestas en la Memoria y demás documentación contractual.
A los efectos anteriores, el adjudicatario podrá complementar las instalaciones, utensilios, mobiliario y enseres existentes, con aquellos otros elementos normales que considere convenientes para el mejor funcionamiento de la actividad, siendo en su caso todos los gastos que por tal motivo se deriven por cuenta y exclusiva cuenta del adjudicatario, el cual podrá retirarlos a la finalización del contrato si ello fuera acorde con la naturaleza de los mismos. A la finalización del contrato no cabrá indemnización alguna al adjudicatario por las mejoras que éste hubiese podido realizar y que no fueran retirables conforme a lo dispuesto en este apartado.
En el caso de que el adjudicatario requiera la realización obras en las instalaciones objeto del Contrato deberá solicitar al Ayuntamiento la correspondiente autorización, sin que quepan aquéllas que afecten o modifiquen la estructura, dimensiones u otros aspectos sustanciales de las mismas, salvo que el Ayuntamiento expresamente las autorice. Los gastos originados por estos trabajos correrán íntegramente por cuenta del adjudicatario, quien no podrá solicitar indemnización alguna por este motivo.
Las reglas señaladas en esta cláusula, junto con las mejoras y demás compromisos que se hubieran recogido en la Memoria del adjudicatario, serán de obligado cumplimiento y se considerarán condiciones esenciales de ejecución, cuyo incumplimiento autorizará al Ayuntamiento a resolver el contrato sin más trámite que la necesaria audiencia al adjudicatario.
La resolución por incumplimiento de estos compromisos dará lugar en todo caso a la incautación de la garantía o fianza establecida y a la indemnización de los daños y perjuicios producidos.
3.- PROCEDIMIENTO DE SELECCION Y ADJUDICACION
La forma de adjudicación del contrato del arrendamiento será el concurso público, en el que cualquier interesado podrá presentar una oferta, de acuerdo con el artículo 107.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
4.- ORGANO DE CONTRATACION
A la vista del importe del arrendamiento y al ser su duración total inferior a cuatro años, el órgano competente para efectuar la presente contratación y tramitar el expediente, de conformidad con la Disposición Adicional 2ª del TRLCSP será la Alcaldía del Ayuntamiento.
5.- PERFIL DE CONTRATANTE
Sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, los anuncios relativos a este procedimiento de contratación se publicarán en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento de FRUIZ en la página web siguiente: xxx.xxxxx.xxx.
6.- TIPO DE LICITACION
El tipo de licitación o importe del arrendamiento se establece en la cantidad mínima mensual de 350,00 € a los que se sumará la cantidad correspondiente de I.V.A., lo que supone un importe mínimo anual de 4.200,00 euros, I.V.A excluido.
La oferta podrá ser mejorada al alza, por los licitadores. A la renta resultante de la adjudicación se le aplicará el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que corresponda (21%).
7.- GARANTIA PROVISIONAL
Los/as licitadores/as deberán constituir garantía provisional, en cualquiera de las formas permitidas en el artículo 103 de la Ley de Contratos del Sector Público, por importe de trescientos euros (300,00 €) para poder tomar parte en el procedimiento. La garantía se devolverá a los/as licitadores/as no seleccionados/as después de la adjudicación definitiva.
8.- DURACION DEL CONTRATO
El plazo de duración del contrato será de 2 años a contar desde la fecha de formalización del mismo, y admitirá una única prórroga de otros 2 años de duración, de modo tal que la duración total del contrato no podrá ser superior a 4 años. La prórroga deberá ser expresamente acordada por las partes contratantes, sin que quepa la prórroga tácita.
En el caso de que el/la adjudicatario/a o la Administración contratante no desee prorrogar el contrato, lo pondrá en conocimiento de la otra parte implicada con una antelación mínima de dos meses a la fecha de vencimiento del contrato.
9.- CAPACIDAD Y ACREDITACION DE LA APTITUD PARA CONTRATAR
Podrán presentar ofertas, por sí mismas o por medio de representantes, las personas naturales y jurídicas que tengan plena capac idad para ello y siempre que no estén incursas en una prohibición para contratar de las previstas en el artículo 71 del LCSP.
Asimismo, deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica.
1. La capacidad de obrar de los licitadores se acreditará:
a) Las personas físicas, mediante la fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o equivalente para extranjeros.
b) Las personas jurídicas, mediante la fotocopia compulsada del CIF y la escritura o documento de constitución, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda.
2.- La solvencia económica y financiera podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.b) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que co rresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas podrán aportar los libros de contabilidad debidamente legalizados.
10.- PRESENTACION DE LICITACIONES Y DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA
Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento de FRUIZ, Aldai, 5, C.P. 48116 - FRUIZ, de 9:00 a 14:00 horas, dentro del plazo de quince días contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de Bizkaia y Perfil de contratante. En caso de que el último día del plazo fuese xxxxxx, xxxxxxx o festivo, el plazo se ampliará hasta el primer día laborable siguiente.
Cuando las ofertas se envíen por correo, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante correo electrónico en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos o si la comunicación de la remisión es recibida con posterioridad al transcurso del plazo de recepción de proposiciones establecido, la oferta no se rá admitida. En todo cas o, transcurridos diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
Cada licitador no podrá presentar más de una oferta. La presentación de una oferta supone la aceptación incondicionada por el licitador de las cláusulas del presente Pliego.
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en tres sobres cerrados, firmados por el licitador, indicando un domicilio a efectos de notificaciones y una
dirección de correo electrónico. Dichos sobre deberán acompañarse de una instancia, que deberá ser presentada de acuerdo con el modelo recogido en el ANEXO 2.
En cada uno de los sobres se hará constar la denominación del mismo (A, B o C) y la siguiente leyenda: PROPOSICION PARA TOMAR PARTE EN EL CONCURSO PARA EL ARRENDAMIENTO y EXPLOTACION DEL BAR-RESTAURANTE “HERRIKO TABERNA” DE FRUIZ
La denominación de los sobres será la siguiente:
— Sobre «A»: Documentación Administrativa
— Sobre «B»: Criterios que dependen de un juicio de valor
— Sobre «C»: Oferta Económica
No se aceptarán aquellas proposiciones que:
- Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta.
- Aquellas que carezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida.
- Las que varíen sustancialmente el modelo de instancia y proposición que figuran como Anexos 2 y 4 de este pliego.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE «A» DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA
En el mismo se incluirá:
Documentación acreditativa de la personalidad y capacidad, de acuerdo con lo dispuesto en la Cláusula Novena del Presente Pliego. En caso de tratarse de personas jurídicas o personas que actúen en representación de otras, os datos y apoderamiento del representante.
Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público, conforme al modelo que figura como ANEXO 3.
Declaración responsable de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
SOBRE “B”: CRITERIOS QUE DEPENDEN DE UN JUICIO DE VALOR
En este sobre se incluirá la documentación que permita valorar los criterios recogidos en el apartado B) de la Cláusula Undécima de este Pliego, por lo que la misma deberá ajustarse a lo dispuesto en la referida cláusula:
- Memoria relativa al proyecto de explotación del Bar-Restaurante.
- Documentación acreditativa del conocimiento del Euskara y/o solicitud, en su caso, de la realización de la prueba oral para su acreditación.
Los licitadores podrán presentar la documentación exigida en original o copia de la misma, debidamente compulsada bien por la Administración contratante o bien por Notario.
- Experiencia en el sector de la hostelería, acreditada mediante vida laboral de la persona física o jurídica que tome parte en la licitación.
SOBRE “C”: PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Incluirá la proposición económica con arreglo al modelo que se acompaña como ANEXO 4 al presente Pliego, en el cual el licitador concretará el tipo económico de su postura, debiendo tal documento constar debidamente firmado. Deberá indicarse debidamente separado el importe que corresponde a la oferta, y el que corresponde al Impuesto sobre el Valor Añadido.
La proposición económica deberá respetar el tipo de licitación/canon mínimo establecido en la Cláusula Sexta de este Pliego. Si el tipo ofertado fuera inferior a dicho mínimo, la oferta será automáticamente excluida del concurso.
La administración podrá comprobar, tanto antes como después de la adjudicación y en el curso del contrato, la veracidad de contenido de los documentos incluidos en los sobres A, B y C, entendiéndose que la falsedad de los datos y demás circunstancias presentados por el licitador será causa automática de exclusión del concurso o de resolución del contrato (en caso de que este hubiera sido ya perfeccionado), implicando en este último caso la incautación de la fianza o aval depositado y sin perjuicio de la indemnización por daños y perjuicios que proceda.
11.- CRITERIOS DE ADJUDICACION
La adjudicación recaerá en el licitador que, en su conjunto, haga la mejor oferta, teniendo en cuenta los criterios que se establecen en el presente Pliego, sin atender exclusivamente al precio de la misma.
Los criterios para valorar la oferta son:
a) PROPOSICION ECONOMICA
Mejora del importe de la renta anual Hasta 50 puntos.
La valoración de la oferta económica se efectuará proporcionalmente al alza de cada licitador respecto al tipo de licitación, con arreglo a la siguiente: Se otorgan 50 puntos a la oferta más alta y el resto de ofertas, se puntuarán proporcionalmente a aquellas.
b) CRITERIOS QUE DEPENDEN DE UN JUICIO DE VALOR
b.1) PROYECTO GESTION
Hasta 10 puntos.
El mejor proyecto de gestión del servicio, tendrá una puntuación máxima de 10 puntos:
-Características del bar: Se tendrá en cuenta el horario (con un día de descanso laboral y que no coincida en festivo y que deberá cumplir en todo caso con el mínimo establecido en la cláusula primera) el programa de trabajo (bebidas y alimentos ofertados, así como su preparación, el origen local de estos, y la inclusión de una posible tienda en el local).
Máximo 5 puntos.
-Plan de actividades: El proyecto recogerá, si las hubiera, el ca lendario anual con un programa de actividades socio-culturales, con especial referencia a su cantidad, calidad, viabilidad económica y de ejecución. También se valorara la especial dedicación al turismo e información.
Máximo 5 puntos.
Una vez examinadas las ofertas presentadas, la mesa de contratación podrá conc ertar una entrevista con los licitadores para que estos puedan explicar su proyecto ante la mesa de contratación.
b.2) ATENCION NORMALIZADA EN EUSKERA
Conocimiento del Euskera: Hasta 20 puntos.
Este criterio se valorará como apto o no apto. Aquellos licitadores que consigan la calificación de apto recibirán una puntuación de 20 puntos. Aquéllos que obtengan la calificación de no apto obtendrán una puntuación de 0 puntos. A efectos de su valoración, el conocimiento se considerará acreditado por la presentación de cualesquiera títulos oficiales homologados o mediante la acreditación de haber realizado estudios básicos, superiores o cualesquiera otras formaciones regladas en modelo bilingüe o similar. Para la valoración de este criterio deberán acreditar la aptitud tanto el licitador como aquellas personas que vayan a participar en la explotación del negocio, en una proporción de al menos un tercio (1/3) de las personas inicialmente indicadas. A tales efectos, deberá identificarse claramente tales personas, indicando el lugar, puesto, funciones o cargo que ocuparán en el negocio y que deberá ser acorde con la plantilla que se haya determinado en la Memoria, según se establece en el apartado anterior.
En caso de que el licitador o demás personas indicadas no puedan acreditar su conocimiento del Euskara por las vías indicadas y deseen no obstante hacer constar su conocimiento a efectos de su valoración, se someterán a una prueba oral de aptitud por los miembros de la Mesa de Contratación, quienes lo calificarán de apto o no apto. Se considerará apto quien acredite conocer el idioma a nivel cotidiano de conversación. A estos efectos, todos los miembros de la Mesa de Contratación designados serán plenos conocedores del idioma.
b.3) EXPERIENCIA EN HOSTELERIA
Hasta 10 puntos.
Tener experiencia profesional en el sector:
- Hasta 10 (1 punto por cada 6 meses)
b.4) CONOCIMIENTO DEL PUEBLO
Hasta 10 puntos.
Para valorar este punto se realizará un cuestionario en la entrevista personal concertada por la Mesa de contratación con el solicitante.
TABLA RESUMEN PUNTOS CONCURSO
1 | OFERTA ECONOMICA | 50 PTOS |
2 | ATENCION EUSKERA | 20 PTOS |
3 | PROYECTO GESTION | 10 PTOS |
4 | EXPERIENCIA HOSTELERIA | 10 PTOS |
5 | CONOCIMIENTO MUNICIPIO | 10 PTOS |
12.- MESA DE CONTRATACION
Tendrá la siguiente composición:
Presidente: el de la corporación o miembro de la misma en quien delegue.
Vocales:
- Dos concejales
-Secretaria: Técnica de Secretaría-Intervención de la de la corporación.
Los miembros de la mesa de contratación deberán abstenerse de tomar parte en la adjudicación cuando incurran en alguna de las circunstancias previstas en el artículo
23 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo podrán ser recusados por cualquier interesado o interesada cuando concurra alguna de dichas circunstancias.
13.- APERTURA Y VALORACIÓN DE PROPOSICIONES
Finalizado el plazo de presentación de las proposiciones, la Mesa de Contratación se reunirá a efectos de valorar la documentación administrativa presentada por los licitadores (Sobre A). Este acto no será público. Si la Mesa observase alguna deficiencia subsanable requerirá a el/la o los/las licitadores/as correspondientes para que, en el plazo máximo de 5 días hábiles, subsanen las deficiencias o aporten los documentos necesarios, advirtiéndoles de que, transcurrido dicho plazo sin la preceptiva subsanación, quedarán automáticamente excluidos del concurso.
Cumplidos los trámites anteriores, la Mesa aprobará la relación de admitidos y excluidos al concurso y acto seguido procederá a señalar el día y hora en que tendrá lugar la apertura del Sobre B: CRITERIOS QUE DEPENDEN DE UN JUICIO DE VALOR, lo cual se hará público mediante su publicación, con la debida antelación, en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento (xxx.xxxxx.xxx) y se comunicará igualmente a los/las licitadores/as a través del correo electrónico que hayan señalado. Podrá señalarse el orden en que los licitadores procederán a la exposición de su Memoria, acreditación del conocimiento del pueblo y a la evaluación, en su caso, del conocimiento del Euskara a efectos de una mejor organización del tiempo por parte de aquéllos.
Una vez finalizado el acto de apertura del sobre B, la Mesa dará por concluido el mismo y procederá a la valoración y puntuación de las propuestas presentadas, pudiendo solicitar a tal efecto los informes técnicos que considere oportunos.
Los resultados de la valoración de los criterios que dependen de un juicio de valor (Sobre
B) se harán públicos en el mismo acto en que se proceda a la apertura del Sobre C: Oferta Económica, el cual tendrá carácter público. El día y hora en que deba celebrarse dicho acto se anunciará y comunicará en los mismos términos señalados en el párrafo 2º para el Sobre B.
14.- ADJUDICACION DEL CONTRATO
Concluidos los trámites anteriores y a la vista de las puntuaciones obtenidas por cada uno de los licitadores admitidos al concurso, la Mesa elevará la correspondiente propuesta de Adjudicación a la Alcaldía, quien requerirá al licitador propuesto para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. El licitador cuya oferta se entienda retirada por este motivo deberá satisfacer al Ayuntamiento de Fruiz, en concepto de indemnización de daños y perjuicios, un importe equivalente a dos mensualidades del canon o arrendamiento ofertado por él mismo en su proposición.
El órgano de contratación adjudicará el Contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación a que se refieren los párrafos anteriores.
No podrá declararse desierta la licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el Pliego.
La adjudicación se notificará a los/las licitadores/as y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
15.- GARANTIA DEFINITIVA
El/la adjudicatario/a deberá presentar una garantía definitiva por importe de mil quinientos euros (2.500,00 €) que deberá constituirse dentro de los diez días siguientes a aquel en que se le notifique la adjudicación.
La garantía definitiva se exige en garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias, así como de la conservación del equipamiento de propiedad municipal.
En este sentido, no se devolverá la fianza en el caso de que el adjudicatario no cumpla mínimamente una tercera parte del plazo del contrato, excepto casos de fuerza mayor, ni cuando se incumpla el plazo de preaviso de dos meses para comunicar la renuncia al arrendamiento.
16.- FORMALIZACION DEL CONTRATO
El Contrato se formalizará en documento administrativo, en el que se transcribirán los derechos y deberes de ambas partes que han sido enumerados en este Pliego y demás derivados de la oferta presentada por el adjudicatario. Cualquiera de las partes podrá requerir que el Contrato se eleve a escritura pública, corriendo todos los gastos generados por ello a cargo de la parte que haya solicitado dicha elevación, artículo 113.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas y 1280.2 del Código Civil y 2.5 de la Ley Hipotecaria, Texto Refundido según Decreto de 8 de febrero de 1946.
El contrato se perfeccionará con su formalización.
En el caso de falta de formalización del contrato por causas imputables al contratista, el Ayuntamiento podrá acordar la incautación de la garantía definitiva depositada por el adjudicatario, continuándose con las actuaciones necesarias para la adjudicación al licitador que cuya proposición hubiese obtenido la segunda mayor puntuación.
17.- MODIFICACION DEL CONTRATO
El contrato podrá modificarse de acuerdo con la normativa patrimonial y privada que le sea de aplicación, así como por causas de interés público debidamente motivadas, que se ajustarán a lo dispuesto este respecto en el TRLCSP.
18.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
Además de las expresamente previstas en el Presente Pliego, las derivadas de los compromisos asumidos por el adjudicatario a través de su oferta y de las que resulten de la aplicación de la normativa vigente, son obligaciones del adjudicatario las siguientes:
1.- Iniciar la explotación del local en el plazo que se disponga en el Contrato y en los términos previstos en el mismo y demás documentación contractual.
2.- Aportar los elementos y medios técnicos que sean precisos para la buena ejecución de la explotación en los términos contratados y los que necesariamente se deriven de la naturaleza de la actividad. El Ayuntamiento podrá rechazar cualquier elemento que considere inadecuado por no ajustarse a la naturaleza de la actividad o uso a que debe destinarse el local y/o demás instalaciones objeto del contrato.
3.- Disponer del personal necesario para atender la actividad en los términos contratados. Dicho personal dependerá del/la adjudicatario/a exclusivamente y a todos los efectos, por cuanto éste tendrá los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de patrono y deberá cumplir, respecto a dicho personal, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales, así como aquéllas otras que se deriven de la normativa aplicable a la actividad o uso desempeñado. A este respecto, el Ayuntamiento podrás exigir al/la adjudicatario/a durante la ejecución del contrato, la documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones en materia laboral tales como los modelos TC1 y TC2 de la Seguridad Social.
Todas las obligaciones y deudas de cualquier clase, inclusión hecha del personal que pudiere contratar a su servicio con motivo de la explotación del negocio, serán por cuenta y exclusivo cargo del adjudicatario, sin que el Ayuntamiento de Fruiz tenga ninguna responsabilidad sobre las mismas.
4.- Comunicar inmediatamente al Ayuntamiento toda incidencia que hubiera podido acaecer en la explotación de las instalaciones y que afecte o pudiera afectar al cumplimiento de las obligaciones asumidas o se refiera a elementos, muebles o equipamiento puesto a disposición del Contrato por parte del Ayuntamiento. La inmediatez de la comunicación comprenderá los 10 días naturales siguientes al suceso correspondiente.
5.- El/la adjudicatario/a será responsable de la calidad de los servicios prestados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución de la explotación, en la forma establecida en los artículos 190 a 196 de xxx Xxx 9/2017 de la Ley Contratos del Sector Público. Deberá prestar especial atención al cumplimiento de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos de tabaco en bares, restaurantes y locales de ocio. Indemnizar a terceros de los daños que se originen en las instalaciones cuya utilización privativa se concede, o que se produzcan durante la explotación, salvo que se hubieren otorgado por actos realizados en cumplimiento de órdenes forzosas dictadas por el Ayuntamiento de Fruiz.
6.- El/la adjudicatario/a deberá utilizar debidamente, cuidar y, en su caso, reponer el material y los bienes afectos a la contratación que hubieren de revertir al Ayuntamiento. A tales efectos tanto a la formalización como al término o resolución del Contrato se procederá a la comprobación del Inventario anexo. Los bienes o material correspondiente que, en comprobación del inventario, hubiera de reparar y/o reponer el adjudicatario al término del contrato, deberá realizarse en el plazo establecido en el acta de comprobación del inventario o instrucciones dictadas por el Ayuntamiento al efecto. En caso contrario, el Ayuntamiento procederá su reposición con cargo a la garantía o fianza depositada por el adjudicatario. De igual modo se procederá con respecto a las reposiciones o reparaciones necesarias para la ejecución del Contrato en los términos pactados.
Las reposiciones deberán hacerse por idénticos bienes u otros de análoga calidad y características.
7.- Suscribir una póliza que cubra los riesgos inherentes a la actividad desarrollada y, en especial, la responsabilidad civil en que pueda incurrir por los daños causados a terceras
personas y derivados de actos del personal del/la adjudicatario/a, de sus empleados y dependientes permanentes u ocasionales, por un importe mínimo de 50.000 euros. En el plazo máximo de un mes a contar desde la formalización del Contrato el adjudicatario deberá presentar en el Ayuntamiento una copia de la póliza y el recibo de abono de la última prima de la misma.
8.- El/la adjudicatario/a ejecutará los trabajos personalmente, no pudiendo ceder, en todo o en parte, el contrato a otra persona sin la autorización expresa y previa del Ayuntamiento de Fruiz. En el supuesto de que por enfermedad o por otra circunstancia libremente expresada por el/la adjudicatario/a éste no pueda prestar directamente el servicio, el Ayuntamiento podrá autorizar la prestación por tercera persona.
9.- Cumplir cuantas disposiciones administrativas y fiscales rijan de la actividad ejercida en el establecimiento. Corresponde al adjudicatario/a la obtención de todas las autorizaciones y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización de la prestación, así como el abono de todos los tributos (tasas, contribuciones e impuestos) estatales y locales a que diera lugar la licitación y el contrato.
10.- Abonar todos los tributos estatales o locales, a que diera lugar el contrato, así como los que graven el edificio o su explotación y disfrute de la vivienda.
11.- Satisfacer todos los gastos que se originen a consecuencia de la licitación y el contrato, entre otros, y a título meramente enunciativo, los causados por anuncios, constitución de fianzas, formalización del contrato, etc.
12.- Abonar el canon mensual fijado en el Contrato en los términos previstos en el presente Pliego y demás documentación que lo integren.
13.- Colaborar y trabajar en común con las asociaciones del municipio, debiendo vender sus tickets, rifas etc. y encargarse, entre otros, de la preparación de comidas para la celebración de sus actividades.
14.- Mantener las instalaciones y maquinaria en perfecto estado de conservación y funcionamiento, realizando a su xxxxx las reparaciones necesarias y reposiciones necesarias. No obstante, el Ayuntamiento podrá hacerse cargo de aquellas reparaciones que, en atención al grado de deterioro en que estuvieran los bienes al inicio del contrato u otras causas objetivas, el órgano de contratación consideré motivadamente éste deba asumir, previos los trámites oportunos.
15.- Cumplir con la normativa sanitaria sobre establecimientos xx xxxxx y cafeterías y hacerla observar, en todo caso, a los/las manipuladores/as de alimentos.
16.- Al dispensar el servicio deberá respetar, además de las referidas prescripciones técnico-sanitarias, las debidas reglas de buena convivencia y diligencia exigibles, velando por el uso adecuado del establecimiento en todas las circunstancias. En especial deberá velar por la exclusión, dentro de las instalaciones arrendadas, del consumo de cualquier clase de sustancia estupefaciente o análoga naturaleza, así como el consumo de alcohol por menores de edad.
Asimismo, deberá darse cumplimiento a las exigencias derivadas de la normativa de protección de consumidores y usuarios.
17.- Abstenerse de colocar en el exterior del establecimiento cartel o rótulo publicitario sin la previa autorización del Ayuntamiento.
18.- Permitir el acceso al local al personal municipal o a los contratistas municipales, cuando ello fuera necesario para efectuar obras o reparaciones en el inmueble del que forma parte el local u otras actuaciones de análoga naturaleza, así como en el supuesto de inspecciones que los servicios municipales u otros organismos públicos pudieran efectuar a efectos de verificar el cumplimiento de las obligaciones contractuales y legislación vigente.
19.- SEGURO
1.- El adjudicatario vendrá obligado a suscribir una póliza de seguros que cubra, a todo riesgo y durante todo el plazo de vigencia del contrato, tanto el continente como el contenido del local e instalaciones objeto del Contrato. El contenido deberá gozar de una cobertura mínima de 25.000 euros. El continente deberá ser asegurado por la totalidad del valor de reconstrucción del inmueble, según actuariales que tienen a su disposición las compañías aseguradoras.
El adjudicatario figurará como tomador del seguro, siendo el beneficiario del mismo el Ayuntamiento de Fruiz. El adjudicatario asumirá el pago de las primas, pudiendo exigir el Ayuntamiento, en cualquier momento, la justificación de estar al corriente en dicha obligación así como de la vigencia de la Póliza. En todo caso, el recibo de pago de la prima correspondiente y demás documentación del seguro deberá ser aportado por el adjudicatario en el momento de la formalización del contrato, para su incorporación al expediente.
En caso de siniestro, el importe de la indemnización recibida por el Ayuntamiento se hará efectivo al adjudicatario a medida que éste ejecute los necesarios trabajos de reconstrucción del inmueble y/o de reposición de los activos afectados. Asimismo, el Ayuntamiento podrá optar por ejecutar por sí mismo.
Aquellas indemnizaciones que reciba el Ayuntamiento de Fruiz derivadas de su condición de beneficiario del seguro pero que, no obstante, correspondan al lucro cesante o cualesquiera otros conceptos inherentes a la explotación del negocio, corresponderán al adjudicatario.
El adjudicatario responderá personalmente frente al Ayuntamiento, sin perjuicio de que éste, si lo deseare, se subrogue en los derechos que pudieren asistir a aquél frente a la entidad aseguradora y/o terceros.
2.- Adicionalmente, el adjudicatario deberá suscribir la póliza Seguro de Responsabilidad Civil a que se refiere la Cláusula Decimonovena del presente Pliego.
20.- OBRAS Y MEJORAS EN EL LOCAL
El adjudicatario-arrendatario habrá de so licitar al Ayuntamiento de FRUIZ la autorización para la realización de cualquier tipo de obra en el local arrendado, sobre todo aquellas que afecten o modifiquen la estructura, dimensiones o aspec tos del local, siendo necesa ria, a estos efectos, la autorización previa y por escrito del Ayuntamiento de FRUIZ. Las obras o mejoras de cualquier clase que fuesen realizadas por el adjudicatario-arrendatario quedarán integradas en el local y pasarán a ser propiedad del Ayuntamiento de FRUIZ al extinguirse el contrato de arrendamiento sin obligación de abonar indemnización o compensación alguna al arrendatario.
El adjudicatario-arrendatario estará obligado x xxxx rtar la realización de las obras cuya ejecución no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del contrato. El arrendatario
tendrá derecho a una reducción de la renta en proporción al tiempo que el Herriko Taberna haya permanecido cerrado por causa de las obras.
21.- ENTREGA DE SERVICIOS AL ADJUDICATARIO
Dentro de los diez días siguientes a la constitución de la fianza definitiva, y una vez notificada la adjudicación del contrato se comprobará y firmará por duplicado el Inventario General del mobiliario, maquinaria y enseres existentes en la Herriko Taberna propiedad del Ayuntamiento de FRUIZ.
La entrega del local, con indicación de todas las dependencias que comprenda, se formalizará en documento suscrito por un representante del Ayuntamiento y el adjudicatario. Consignándose en el mismo las circunstancias, condiciones y estado en que se cede el local y sus instalaciones.
22.- SUMINISTROS Y GASTOS DE MANTENIMIENTO.
Serán de cuenta del arrendatario los gastos de limpieza y ornato del local y sus instalaciones, el consumo de agua, electricidad y teléfono, así como los de su implantación y mantenimiento y demás gastos inherentes al mantenimiento y utilización normal del local y demás instalaciones.
23.- PAGO DEL CANON DE ARRENDAMIENTO
El adjudicatario deberá abonar por adelantado el canon mensual fijado en el Contrato, concretamente entre los días primero y quinto de cada mes. Si éste último coincidiera con domingo o día festivo, el plazo se prolongará hasta el siguiente día hábil. El pago se efectuará mediante ingreso en la cuenta corriente que a tal fin facilite el Ayuntamiento, o mediante cargo en la cuenta titularidad del adjudicatario que éste indique, siendo su obligación en este caso el disponer de saldo suficiente para hacer frente a cada pago mensual. La devolución de un cargo bancario generará un recargo automático de dos (2) euros en concepto de tramitación de recibos devueltos.
En caso de devolución de un cargo bancario por ausencia de saldo o falta ingreso en plazo del canon por causa imputable al adjudicatario se estará a las siguientes reglas:
a) El adjudicatario dispondrá de un periodo excepcional de dos días hábiles adicionales para efectuar el pago. A estos efectos no será necesario intimación previa por parte de la Administración, de modo que será responsabilidad del adjudicatario el cerciorarse de la efectiva realización del pago. En caso de que el modo de pago establecido sea el giro de un cargo en cuenta por el Ayuntamiento, no se producirá un nuevo cargo, de modo que el adjudicatario deberá proceder al pago inmediato, dentro de esos dos días adicionales, mediante ingreso en la cuenta que señale el Ayuntamiento en el Contrato o documentación complementaria. A los efectos dispuestos en esta Cláusula, los sábados tendrán la consideración de día hábil, salvo que se trate de día festivo.
El adjudicatario únicamente dispondrá de 2 periodos xx xxxxxx cada año natural; de modo que, si se produjera un 3º pago fuera del plazo inicial señalado (días 1º a 5º de cada mes o siguiente día hábil), el Ayuntamiento podrá proceder a la resolución del contrato sin más trámite que la necesaria audiencia al adjudicatario. Este incumplimiento dará lugar en todo caso a la incautación de la garantía/fianza depositada, así como la indemnización de daños y perjuicios producidos. Alternativamente el Ayuntamiento podrá optar por la imposición de una penalidad equivalente al 5% del canon mensual por cada día de retraso. Cada vez que se produzca un nuevo pago fuera de plazo el Ayuntamiento podrá optar nuevamente entre la penalidad y la resolución del contrato, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo b) siguiente.
b) Si el impago de una mensualidad (aunque sea un único impago) se extendiese más allá del periodo inicial y el extraordinario a que se refiere el párrafo anterior, se entenderá que el/la adjudicatario/a ha incurrido en xxxx y el Ayuntamiento podrá proceder a la resolución del contrato sin más trámite que la necesaria audiencia al adjudicatario. Este incumplimiento dará lugar en todo caso a la incautación de la garantía/fianza depositada, así como la indemnización de daños y perjuicios producidos. Alternativamente el Ayuntamiento podrá optar por la imposición de una penalidad equivalente al 5% del canon mensual por cada día de retraso hasta que tenga lugar el pago efectivo hasta un máximo de 30 días naturales, tras los cuales el Ayuntamiento podrá volver a optar nuevamente por la resolución contractual. Cada vez que se produzca un nuevo pago fuera de plazo el Ayuntamiento podrá optar nuevamente entre la penalidad y la resolución del contrato. El cobro de las penalidades se hará efectivo en primer lugar sobre la fianza/garantía depositada por el adjudicatario, procediéndose posteriormente a la reclamación de las restantes cantidades debidas por los cauces legales procedentes.
En el caso xx xxxx del/la adjudicatario/a, si el Ayuntamiento opta por la resolución contractual, además de la incautación de la garantía, se devengará en todo caso a favor del Ayuntamiento un interés de demora equivalente al interés legal del dinero vigente hasta que se haga efectivo el pago. Dicho interés se aplicará sobre la cuantía de la renta o canon impagado.
24.- ACTUALIZACION DE LA RENTA O CANON
La renta o canon se actualizará año a año en la fecha coincidente con la de formalización del contrato. La actualización se aplicará sobre el canon vigente hasta ese momento (excluido el IVA) en función de la variación sufrida por el IPC de la C.A.V. en dicho periodo anual. A tales efectos se tendrá en cuenta la variación del IPC calculada hasta el último mes cuyos datos estén disponibles en el momento del cálculo de la actualización.
Además de la renta estipulada, el adjudicatario deberá satisfacer mensualmente el Importe sobre el Valor Añadido (I.V.A.), el cual será consignado separadamente en el recibo/factura que se expida por el Ayuntamiento.
En los periodos de cierres vacacionales o cualesquiera otros que se produjeren conforme a lo previsto en este Pliego o en el Contrato, el adjudicatario vendrá igualmente obligado a satisfacer la renta.
25.- PRERROGATIVAS DEL AYUNTAMIENTO
Sin perjuicio de lo dispuesto en el presente Pliego y en el Derecho patrimonial y privado aplicable, el Ayuntamiento ostentará las prerrogativas de interpretar el contrato, aclarar las duda que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público y acordar su resolución y determinar los efectos de ésta. A este respecto será de aplicación lo dispuesto en TRLCSP para
los contratos administrativos, salvo en lo que se refiere al informe preceptivo del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de las Comunidades Autónomas.
26.- CAUSAS DE RESOLUCION
Darán lugar a la resolución del contrato, además de las causas expresamente previstas en el articulado del presente Pliego y aquéllas otras previstas en legislación aplicable, las siguientes:
a) El transcurso del plazo de duración del contrato, ejercida o no la prórroga.
b) El mutuo acuerdo entre el Ayuntamiento y el adjudicatario.
c) Fallecimiento o incapacitación del adjudicatario, cuando fuera persona física o disolución,
cuando fuera persona jurídica. Ambos casos se regirán por lo dispuesto en el TRLCSP para los supuestos de fallecimiento y sucesión del contratista en los supuestos de fusión, escisión, cesión de ramas de actividad o cesión global de activos y pasivos.
d) La aparición sobrevenida de cualquier de las causas que conllevan la prohibición de contratar
con las Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 60 y concordantes del TRLCSP. Esta causa se regirá por lo dispuesto en dicha normativa.
e) La desaparición del objeto del contrato.
f) El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones recogidas en el presente Pliego y demás
documentación contractual y, en particular, de las condiciones esenciales de ejecución a que se refiere la Cláusula Séptima.
Cuando el contrato se resuelva por causa imputable al adjudicatario/a, le será incautada la garantía y además deberá indemnizar al Ayuntamiento los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
Por su parte, el/la adjudicatario/a estará facultado para instar la resolución del contrato de acuerdo con lo dispuesto en el Código Civil y demás normativa específica aplicable.
ANEXO I
INVENTARIO DE BIENES Y UTILES A DISPOSICION DEL CONTRATO
1. BARRA (PLANO Nº1)
- Bajo mostrador todo xx xxxxx inoxidable con balda (8)
- Fregadera de 400x350x180 (3)
- Suplemento por soldadura-unidad (5)
- 2 Botelleros para mono bloc todo xx xxxxx inoxidable de 1500 mm (2)
- Monobloc de 1500 (7)
- Faldón de fregadera de 500x250 mm (6)
- Máquina de hielo, Mod. Orión 30W (1)
- Lavavasos. Xxxxx XXXXX. Contiene cesta cuadrada de 35x35. Capacidad 1.000 piezas/hora (4)
- Molinillo de café. Futurmat Faema.
- Cafetera. Faema. Mod. CEE-86
- Caja registradora Olivetti ECR 770
2. COCINA (PLANO Nº2)
Entrada/Derecha:
- Mesa de 700 con peto de 100mm. y patas de 40x40 con balda (7)
- 2 fregaderas de 550x500x300 (2)
- Bajos mostrados en acero inoxidable 18/8 (8)
- Suplemento: por soldadura-unidad
- Cajón suelto en inoxidable con rodamiento (3)
- Puerta con cierre y bisagras cámara y poliuretano (4)
- Sobre frentes para fregaderas de 1000x300 en acero inoxidable (5)
- Xxxxx xxxx en acero inoxidable 18/8 (Ancho max. 600) (6)
- Costados para incorporar a muebles (unidad)
- Lavabo de pie con grifo y pedales de agua fría y caliente 500x500x850 mm (1)
- Lavavajillas Silanos. Mod. E-50. Cesta 500x500mm.
- Triturador DX-250 Danamix.
- 40 platos 30cm Maitre; 40 platos xxxxxx 27 Maitre; 40 platos hondos 23 Maitre; 40 platos postre.
- Olla recta C/T alum 21,2L 30cm
- Olla recta C/T alum 21,2L 38cm
- Olla recta C/T alum 24cm
- Cazo recto 28cm
- Cazo bombeado alum 24cm
- Cazo bombeado alum 28cm
- Cacerola alum C/T 30cm
- Cacerola alum C/T 34cm
- Cacerola alum C/T 38cm
- Cacerola alum C/T 45cm
- 2 rustidera alum 50x35cm
- Rustidera alum 60x40cm
- Cacillo inox 12cm
- Cacillo inox 10 cm
- Colador chino inox 20cm
- Pasapurés chef
- 4 bandeja oval 50cm
- 4 bandeja oval 40cm
- 8 bandeja oval 35cm
- Sartén chef 40cm
- Sartén chef 32cm
- Sartén chef 36cm
- Sartén chef 28cm
- Espátula pastel
- 4 molde rectan. 25cm
- Olla a presión chef 15cm
- 8 sopera pie S/T 22cm
- 2 sopera pie S/T 28cm
- 2 espumadera inox 10cm
- Espumadera inox 14cm
- Espumadera inox 12cm
- 3 cazuela barro 14cm
- 3 cazuela barro 18cm
- 3 champanera negra Galicia
- 6 salsera Xxxxxxx 0,15
- 2 cuchara moka inoz hotel
- 16 cuchara café inox hotel
- 16 cuchara postre inox hotel
- 16 tenedor postre inox postre
- 16 cuchara mesa inox hotel
- 33 cuchillo chuletero hotel
- 6 cazo sopa inox hotel
- 16 tenedor mesa inox hotel
- Microondas 20L S/G T-H
- Cesta universal 40x40
Entrada/Izquierda:
- Mesa de 500 con peto de 100 mm. y patas de 40x40 con balda (9)
- Frigoríficos bajos terminados de 2000 mm. (10)
- Encimera xxxx con peto en acero inoxidable 18/8 (Ancho max. 600) (11)
- Xxxxx xxxx en acero inoxidable 18/8 (Ancho max. 600) (12)
- 4 Cajones sueltos en inoxidable con rodamiento (max. 400) (13)
- Cortadora: Mod. / D.F.B.: n9 800021
- 2 Extintores. Tipo P-6, 18,5 Kg/cm2
- Mosquiteros. Mod. Electrobilsa - 2 unidades (1 unidad pequeña en la despensa y 1 unidad grande en la cocina)
- Asador modelo burduntzi y campana extracción de humos
{medidas exteriores de 2500x1500x650} (tolva salida de humos de 350 mm.)
Central
- Campana extractora de humos en acero inoxidable (16) Medidas: 1500x900x690mm (incluye motor, tubería, protección eléctrica).
- Cocina Repagas Mod. M/94 (17). Compuesta de cuatro fuegos y un horno. Medidas exteriores de 900x900x850.
- Xxx-Topo Repagas Mod. FG-45 (18) Medidas exteriores de 450x900x850.
- Freidora Repagas Mod. GM-30 (19) Capacidad 20 litros. Medidas exteriores
de 400x700x850.
- 3 Estantes marca Sistema Erecta (21). Dimensiones: 1520x450. Construidas en acero cromado y lacado. Con soportes para pared, con dos niveles.
Exterior
- 10 bombonas de propano.
Despensa
- 3 Estantes marca Sistema Erecta. Dimensiones: 1520x450. Contruidos en acero cromado y lacado. Con soportes para cada pared, con dos niveles.
- Armario refrigerador. 4 puertas. Mod. DFB: nº 800019
Comedor
- 14 (+1 rota) Mesas comedor
- 64 (+2 rotas) sillas comedor
- Armario comedor
- 5 (+ 1 roto) taburetes
- 20 manteles antimanchas LYS 1,40x0,40
ANEXO II - INSTANCIA
D./Xx.……………………………………………………………………………………………
……………………………………………………… con domicilio en
………………………………………………………………………………………………. CP……………… D.N.I. nº …………………………………… tfno.:
……………………………………… en plena posesión de su capacidad de obrar, en nombre propio (o en representación de)
…………………………………………………………………………………………………..
……………………. con domicilio en
………………..……………………………………………………………………………….
C.P. ……………………….. Tfno.. …………………….. y D.N.I. o C.I.F. (según se trate de persona física o jurídica) nº ………………………………………………………………
DECLARO:
Que ha tenido conocimiento de la convocatoria para la adjudicación, mediante concurso, del contrato de arrendamiento y explotación del local municipal denominado BAR-RESTAURANTE HERRIKO TABERNA, sito en la planta baja del edificio consistorial de Fruiz.
Que conozco plenamente el Pliego de condiciones jurídico-económicas y demás documentación que ha de regir el Contrato, cuyo contenido expresamente asumo y acato en su totalidad.
Que me comprometo a realizar las prestaciones del contrato antes mencionado con estricta sujeción al Pliego de condiciones y demás normativa aplicable.
Que, a efectos de las comunicaciones a que se refiere el Pliego de condiciones jurídico-económicas, facilito el siguiente correo electrónico:
…………………………………………………..
Lugar, fecha y firma.
ANEXO III
DECLARACION RESPONSABLE SOBRE PROHIBICIONES PARA CONTRATAR (EN NOMBRE PROPIO)
D/Xx………………………….………., con DNI nº………………………,en nombre propio, y domicilio a efecto de notificaciones en………………………………………………………., a efectos de contratar con el Ayuntamiento de Fruiz,
DECLARO, bajo mi responsabilidad:
1º.- Que dispongo de capacidad de obrar y jurídica, de la habilitación profesional, clasificación y/o solvencia exigida en el cuadro de características particulares, para participar en la licitación del contrato de arrendamiento y explotación del local municipal denominado BAR-RESTAURANTE HERRIKO TABERNA, sito en la planta baja del edificio consistorial de Fruiz.
2º.- Que no estoy incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración establecidas en el artículo 71 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.
3º.- Que estoy al corriente en mis obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
4º.- Que el correo electrónico para recibir todas las comunicaciones relacionadas con el presente expediente es ………………………………………
Lo que declaro a los efectos de lo previsto en el art. 140 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, comprometiéndome a presentar la justificación acreditativa de tales requisitos en el plazo que sea requerido por la unidad de tramitación, en el caso de que vaya a resultar adjudicatario del contrato arriba citado, indicando que poseo todos estos requisitos en el momento de presentación de la presente declaración responsable.
En , a de de 201 Fdo: ………………………………………
ANEXO III
DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE PROHIBICIONES PARA CONTRATAR (EN REPRESENTACION)
Don/Doña.………………………………………………………………………………………
……………… con D.N.I.nº ..……………………………, en nombre y representación de
…………………………………….……………………………………..,en su condición de [apoderados, administradores únicos etc. Deberá aportarse copia del poder o nombramiento del que derive su representación]
……………………………………………………………………………………………………
……………..…. con domicilio a estos efectos en
………………………………………………………………. DECLARO RESPONSABLEMENTE:
1º.- Que la persona o entidad a la que represento dispone de capacidad de obrar y jurídica, de la habilitación profesional, clasificación y/o solvencia exigida en el cuadro de características particulares, para participar en la licitación del contrato de arrendamiento y explotación del local municipal denominado BAR-RESTAURANTE HERRIKO TABERNA, sito en la planta baja del edificio consistorial de Fruiz.
2º.- Que la persona o entidad a la que represento no está incursa en ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración establecidas en el artículo 71 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.
3º.- Que la persona o entidad a la que represento está al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
4º.- Que el correo electrónico para recibir todas las comunicaciones relacionadas con el presente expediente es ………………………………………
Lo que declaro a los efectos de lo previsto en el art. 140 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, comprometiéndome a presentar la justificación acreditativa de tales requisitos en el plazo que sea requerido por la unidad de tramitación, en el caso de que la persona o entidad a la que represento vaya a resultar adjudicatario del contrato arriba citado, indicando que poseo todos estos requisitos en el momento de presentación de la presente declaración responsable.
En , a de de 201 Fdo: ………………………………………
ANEXO IV
PROPOSICION ECONOMICA
D./Dña.……………………………………………………………………….…………………
………, provisto/a de D.N.I. nº ……….…………… con domicilio a efectos de notificaciones en…………………………………………………………………….…………
manifiesta que, concurriendo al concurso para la adjudicación del arrendamiento y explotación del local municipal denominado BAR-RESTAURANTE HERRIKO TABERNA, sito en la planta baja del edificio consistorial de Fruiz, por la presente cifra su oferta económica, a efectos de su valoración, en la cantidad de
………………..……… euros mensuales (IVA no incluido). Cantidad ofrecida (en letra)
…………………………………………………………………………………………………… El importe correspondiente al 21% del I.V.A. asciende a …………………… euros mensuales, por lo que la suma total por mes (oferta+iva) asciende a un total de…………………….. euros mensuales.
Lugar, fecha y firma del licitador.