Contract
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA ADJUDI- CACIÓN DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL REFERIDO A LA GES- TIÓN DEL MANTENIMIENTO Y CUIDADO DEL AMBIGÚ-BAR DEL HOGAR DE JUBILADOS DE ETXEBARRI BEHEKOA Y EXPLOTACIÓN DEL MISMO
1. OBJETO DEL CONTRATO
1. El contrato que en base al presente pliego se realice tendrá por objeto la concesión del mantenimiento y cuidado del Hogar de Jubilados Etxebarri-Behekoa y explotación del ambigú del mismo, de conformidad con las condiciones que a continuación se citan:
a) Vigilancia general del Hogar de Jubilados, poniendo en conocimiento del Ayuntamien- to de Etxebarri cualquier anomalía que se observase, tanto en el funcionamiento como en las instalaciones en general, cuidando de mantener cerradas todas las dependencias cuando no se usen. No podrá realizarse ningún tipo de obra sin previo consentimiento del Ayunta- miento.
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b) La conservación de las instalaciones, su mantenimiento en perfecto estado de fun- cionamiento, limpieza e higiene, será, mientras dure el contrato de la siguiente manera:
-Todo lo referido al ambigú-bar será por cuenta del adjudicatario del contrato, tanto la reparación como reposición de aquellos elementos que se deterioren por el mal uso, quien efectuará a sus expensas los trabajos de entretenimiento necesarios cualesquiera que sea su alcance y causa, tanto del local como de todo el equipamiento.
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-Serán de cuenta y cargo del adjudicatario el coste de los útiles y materiales de limpie- za, así como la reposición de los elementos consumibles y la reparación y sustitución de los elementos deteriorados por mal uso.
CIF. X0000000X
c) Limpieza tanto en los salones del hogar, como de servicios, bar y totalidad de las de- pendencias del Hogar de Jubilados. Asimismo se realizará limpieza general y a fondo, una vez al mes, debiendo limpiar las ventanas, puertas, armarios, lámparas, y demás mobiliario y enseres. Las cortinas se deberán limpiar con la periodicidad que sea preciso, al menos dos veces al año. El incumplimiento de estas obligaciones conllevaría la resolución de la adjudi- cación.
d) Podrá el adjudicatario usar gratuitamente la luz, energía eléctrica, gas butano y agua para uso del ambigú-bar. Dicho gasto será costeado por el Ayuntamiento.
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e) Dentro del ambigú-bar podrán expenderse bebidas al público en general, sin que ten- gan que disponer de la condición de Jubilados o Pensionistas de Etxebarri, así como tapas, pinchos, cazuelitas, cafés ect., siempre que se guarde la debida compostura por tratarse de un hogar de jubilados, pudiendo negársele si no la guardaran. Los salones del hogar serán de uso exclusivo de los Jubilados y Pensionistas de Etxebarri, salvo necesidad municipal.
f) Queda prohibido el suministro y consumo de bebidas alcohólicas a menores de edad.
g) El adjudicatario deberá observar dentro de los locales del Hogar una conducta deco- xxxx, no debiendo con su actitud o con la de los usuarios del bar, no miembros del hogar, molestar a los socios o usuarios del hogar de Jubilados. El incumplimiento de esta obligación conlleva la resolución de la adjudicación.
h) Se establece el siguiente horario de apertura y cierre de los Salones del Hogar:
- Verano: desde las 09:00 hasta las 22:00 horas
- Invierno: desde las 09:00 hasta las 21:00 horas
Se podrán introducir cambios en este horario, siempre que se acuerden entre la Junta y el adjudicatario del servicio y en caso de no llegar a un acuerdo, el horario se definiría por el órgano rector.
El horario del ambigú-bar será el que resulte de aplicación con carácter general a este tipo de establecimientos.
i) de los precios de venta.
i.1. Precios de venta para quienes acrediten mediante carnét su condición de miembro de
hogar de jubilado, como jubilado o pensionista. Estos precios serán para el 2012 los fijados en el listado anexo y se incrementará para los años sucesivos conforme a la evolución del IPC estatal del año anterior a la revisión de los precios. Estos precios estarán expuestos en un lugar visible dentro del Hogar y del bar y figurarán con el Visto Bueno de la Junta Direc- tiva, perfectamente distinguible de la lista de precios de venta para el público general.
i.2. Precios de venta para el público en general. Serán de libre fijación por el adjudicatario, sin que supongan competencia desleal a los establecimientos hosteleros de su entorno, de- biendo figurar en lugar visible dentro del bar, de acuerdo con las normas establecidas por los organismos competentes.
j) El Impuesto sobre Bienes Inmuebles del local será de cuenta del Ayuntamiento, pero serán de cuenta del adjudicatario todos los demás gravámenes, tasas y pagos derivados del ejercicio de la actividad de bar, así como los que tengan que abonarse a la Sociedad Gene- ral de Autores y de cualquier otro organismo competente.
k) Si se contrataren empleados se observará estrictamente la normativa laboral vigente, debiendo asegurarlos en la Seguridad Social y cumplir todos los demás compromisos que la Ley impone.
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l) La cocina anexa al salón y el salón del Hogar de Jubilados son de uso exclusivo del co- lectivo de socios, regulado por la Junta Directiva.
m) Todo el menaje del ambigú-bar es propiedad del Ayuntamiento, debiendo el adjudi- catario reponer todas las roturas o pérdidas que se produzcan, y, al finalizar el contrato, devolverlo en su totalidad. Para ello se efectuará inventario inicial y final de lo que se entre- ga y repone entre el Ayuntamiento y el adjudicatario.
CIF. X0000000X
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n) El adjudicatario tendrá derecho a un período vacacional máximo de 30 días naturales durante los meses de julio a septiembre, establecido de común acuerdo entre la Junta del Hogar y el arrendatario. A falta de acuerdo el período vacacional lo establecerá el Ayunta- miento. Dicho período vacacional será notificado al Ayuntamiento con la antelación suficien- te. Además del período vacacional indicado, el arrendatario dispondrá a lo largo del año de los siguientes días festivos: 25 de diciembre, 1 de enero así como Jueves, Viernes, Sábado y Xxxxxxx Xxxxx además del Lunes xx Xxxxxx. Asimismo, podrá disfrutar de una mañana de descanso semanal, de lunes a viernes. Durante estos días permanecerá cerrado el am- bigú-bar, si bien podrán estar abiertas el resto de las dependencias del Hogar, bajo respon- sabilidad directa de algún miembro de la Junta.
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Si el adjudicatario del servicio decidiera no hacer uso total o parcialmente de su período vacacional, días festivos o descanso semanal y procediera a abrir el bar, asumirá la obliga- ción de abrir, cerrar y mantener limpio el Hogar de acuerdo con el horario indicado en el apartado h).
ñ) El adjudicatario no está autorizado a instalar maquinas tragaperras o recreativas en el local, correspondiendo esa facultad única y exclusivamente al Ayuntamiento de Etxebarri, así como los ingresos derivados de ella, sin perjuicio de que sea decisión municipal su utili- zación para la realización de obras de inversión en el local.
o) El adjudicatario tendrá derecho a instalar terraza o velador, de acuerdo con la norma- tiva en vigor sobre la materia, para lo que deberá contar con permiso específico y previo del Ayuntamiento. Será de cuenta del adjudicatario la adquisición, limpieza y mantenimiento del mobiliario de la terraza o velador que instale.
2. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de duración del contrato será de dos años prorrogables y dará comienzo a partir del día siguiente hábil del recibo de la notificación de la adjudicación, siendo susceptible de prórroga anual por mutuo acuerdo manifestada por escrito con una antelación de tres me- ses al vencimiento del contrato, sin que la duración total, incluidas las prórrogas, pueda
exceder de cuatro años.
3. PRECIO DEL CONTRATO
El precio del contrato será de 600 €/año IVA incluido, cantidad que podrá ser mejorada al alza por los licitadores quienes incluirán en sus ofertas el Impuesto sobre el Valor Añadi- do (IVA), debiendo figurar, además, desglosado este concepto. La mejora se hará al alza, consignando una cantidad concreta y determinada igual o por encima del precio de licita- ción.
En el tipo de la licitación señalado, en las propuestas que formulen los licitadores y en la cifra precisa, concreta y determinada por la que se adjudica la licitación, se entenderán siempre incluidos, a todos los efectos, no sólo los precios de la contrata, sino también las cuotas correspondientes a los tributos de toda índole que graven los diversos conceptos, y, en especial, el Impuesto sobre el Valor Añadido.
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4. FORMA DE PAGO
Se abonará un canon mensual equivalente a 1/12 parte del precio del contrato, que será abonado en la Tesorería Municipal, la cual extenderá justificación bastante de cada pago o entrega que se efectúe.
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5. COMPENSACIÓN DE PRESTACIONES
El adjudicatario se compensa de los trabajos de mantenimiento y cuidado del Hogar de Jubilados con los beneficios que obtenga de la explotación del ambigú-bar del mismo; y ello sin perjuicio del canon que debe abonar, según contrato.
6. REVISION DE PRECIOS
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El presente contrato podrá ser objeto de revisión de precios, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 77 a 82 de la Ley de Contratos del Sector Público, a partir del primer año de su formalización y por años sucesivos. La fórmula a aplicar en la revisión será la siguiente: incremento del IPC anual según baremos oficiales del INE.
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7. GARANTÍAS
El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones con- traídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por importe de 500,00 €. El plazo para la constitución de la citada garantía será de 15 días hábiles contados a partir del si- guiente al de la notificación de la adjudicación del contrato, será depositada en la Tesorería Municipal y podrá constituirse en metálico, en forma de retención del precio o bien en cual- quiera de los medios establecidos en el artículo 36.1 de la Ley de Contratos de las Adminis- traciones Públicas.
La devolución de la garantía, tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuer- do con lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públi- cas, una vez vencido el plazo de garantía y cumplidas por el adjudicatario todas sus obliga- ciones contractuales.
8. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación del presente contrato se realizará utilizándose la forma de procedimiento negociado.
Los criterios que han de servir de base para la negociación del contrato, relacionados por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye, son los siguien- tes:
• PRECIO: Hasta un máximo de 20 puntos. Se valorará el alza del canon anual oferta- do un punto por cada 100,00 € de incremento, hasta un máximo de 2.600,00 €. A partir de esa cantidad se valorará siempre 20 puntos como cifra total.
• MEMORIA DE LA GESTION: Hasta un máximo de 70 puntos. A tal efecto se acompa- ñará una "Memoria sobre la gestión", que detalle los medios materiales y personales con los que se cuente para la explotación del servicio, así como la propuesta de in- versiones y de dinamización del local. En su caso, se especificará la propuesta de te- rraza o velador a instalar, con el máximo nivel de detalle.
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• OTROS. Se valorará, hasta un máximo de 10 puntos, a los licitadores que, reuniendo los requisitos generales exigidos, tengan la forma jurídica de entidad de desarrollo local, asociación cultural o club deportivo sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones, cuando su objetivo resulte ser la financiación de sus acti- vidades en el municipio a través de los medios económicos que pudiera obtener de la gestión y explotación del bar-cafetería que se licita.
Para caso de empate se aplicará como baremo de carácter subsidiario aquel postor que hubiese ofertado un canon superior.
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El Ayuntamiento podrá declarar desierto el concurso si ningún licitador presentara propues- ta ajustada a este Pliego o ninguna propuesta satisficiera las pretensiones de la Corporación en orden a la calidad del servicio a prestar.
Cada licitador no podrá presentar más que una sola proposición. La contravención de esta norma dará lugar automáticamente a la desestimación de todas las por él presentadas.
Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente.
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9. CAPACIDAD PARA CONTRATAR
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Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurí- dicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar y no estén incur- sas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en los artículos 43 y si- guientes de la Ley de Contratos del Sector Público.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante po- der bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas.
Además los licitadores deberán tener como finalidad realizar actividades que tengan re- lación directa con el objeto del presente contrato y disponer de una organización dotada de elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del mismo.
10. PROPOSICIONES, DOCUMENTACION Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en las Oficinas Municipales de este Ayuntamiento de 09:00 a 13:00 horas, dentro del plazo de presentación de ofertas.
Las proposiciones se presentarán en el lugar y horario indicados durante el plazo antedi-
cho. Las proposiciones presentadas con posterioridad no serán admitidas aunque conste que se entregaron en Correos antes de la finalización del plazo, salvo que se remita al órgano de Contratación por telex o telegrama, la justificación de la fecha de remisión de la solicitud en el mismo día que se envió por correo.
Los licitadores deberán presentar TRES sobres cerrados (A, B y C), en cada uno de los cuales figurará la inscripción "PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO DE LA GESTIÓN DEL MANTENIMIENTO Y CUIDADO DEL HOGAR DE JUBILADOS ETXEBARRI BEHEKOA Y EXPLOTACIÓN DEL AMBIGÚ-BAR DEL MIS-
MO". En cada sobre se indicará la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, debiendo estar ambos sobres también firmados.
El sobre "A" se subtitulará "CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR" y contendrá los siguientes documentos:
a) Documento Nacional de Identidad si el licitador actúa en nombre propio. En el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, poder bastanteado y legalizado.
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b) Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, siendo sufi- ciente cuando se trate de empresarios no españoles de estados miembros de la Comunidad Europea, acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este requisi- to sea exigido por la legislación del Estado respectivo.
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c) Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de con- tratar enumeradas en la Ley de Contratos del Sector Público.
d) Acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, mediante certificaciones emitidas por las correspondientes institucio- nes, que podrá ser sustituida, si esto no es posible, por una declaración responsable en tal sentido.
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e) Justificantes de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional del licita- dor, por cualquiera de los medios establecidos en la legislación sobre contratos públicos. Asimismo acreditación, en su caso, de disponer de una organización con elementos perso- nales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
f) En el caso de que varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresarios, cada uno de los que la componen deberá acreditar su capacidad de obrar conforme a lo establecido en los puntos anteriores.
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x) Para las empresas extranjeras la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdic- cional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
El sobre "B" se subtitulará "PROYECTO DE EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO" y contendrá una detallada descripción de la propuesta de prestación del servicio, enumerando y porme- norizando los medios materiales y personales que adscribirá al mismo. Los licitadores podrán introducir variantes en sus proposiciones con la finalidad de mejorar el objeto del contrato.
El sobre "C" se subtitulará "PROPOSICION ECONOMICA" y contendrá la Proposición económica ajustada al siguiente modelo:
D. ... con domicilio en ..., CP ..., DNI. nº..., teléfono ... en plena posesión de su ca- pacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de...), con domicilio en ..., CP..., teléfono ..., y DNI o CIF (según se trate de persona física o jurídica) ..., en- terado del procedimiento convocado por el Ayuntamiento de Etxebarri, para la contrata- ción de ..., DECLARO:
1. Que me comprometo a su ejecución por el precio de ... €., más... €., correspon-
dientes al ...% de I.V.A y en el plazo de..., debiendo entenderse comprendidos en el precio todos los conceptos incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cual- quier esfera fiscal al igual que el beneficio industrial del contratista.
2. Que conozco el Pliego de Prescripciones Técnicas, el Pliego de Cláusulas Adminis- trativas Particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
3. Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligacio- nes exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
(fecha y firma)
11. CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS Y APERTURA DE PROPOSICIONES
Vencido el plazo de presentación de proposiciones, se procederá a la calificación de la documentación recibida en tiempo y forma (sobre "A"), concediendo, si observase defectos materiales en la misma, un plazo de tres días hábiles para que el licitador subsane el error.
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Las ofertas técnicas y económicas presentadas (sobre "B" y “C”) serán abiertas con pos- terioridad a la calificación de los Sobres A, salvo en el caso de envío por correo en que se estará a lo dispuesto en el Reglamento General de Contratación del Estado.
Posteriormente y previos los informes técnicos oportunos se elevará la propuesta de ad- judicación del contrato al Órgano de Contratación que haya de efectuar la misma.
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12. ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN
La adjudicación se realizará en el plazo máximo de tres meses a contar desde el día si- guiente al de la apertura de las proposiciones. El contrato se perfeccionará mediante la ad- judicación realizada por el Órgano de Contratación.
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La adjudicación será notificada al adjudicatario, el cual, en el plazo de quince días hábi- les contados desde el siguiente al de la notificación, deberá realizar las siguientes actuacio- nes:
a) Constituir la garantía definitiva y complementaria, si se exigieren.
b) Pagar los anuncios de esta licitación en los boletines oficiales y, si los hubiere, en la prensa diaria.
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c) En el caso de que con la proposición no hubiese acreditado hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, deberá aportar los do- cumentos que acrediten el cumplimiento de tales obligaciones.
d) Aportar los documentos que acrediten hallarse al corriente en el pago de los tributos municipales propios de este Ayuntamiento que procedan.
e) Comparecer, finalmente, en el Ayuntamiento para formalizar el contrato en documen- to administrativo.
En el caso de falta de formalización del contrato por causas imputables al contratista, el Ayuntamiento puede acordar la resolución del mismo, previa audiencia del interesado, con indemnización de daños y perjuicios.
13. EJECUCION DEL CONTRATO
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego y, en su caso, a las especificaciones técnicas unidas al expediente, de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diese al contratista el Ayuntamiento.
14. OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en ma- teria laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando el Ayun- tamiento exonerado de responsabilidad por este incumplimiento.
15. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCION DEL CONTRATO
El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como conse- cuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dis- puesto en el art.198 de la Ley de Contratos del Sector Público, estando obligado a contratar y acreditar la formalización de la póliza de seguros al efecto.
16. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
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El Ayuntamiento podrá modificar el contrato, por razones de interés público, debido a necesidades nuevas o causas imprevistas, no teniendo derecho el contratista a indemniza- ción alguna, sin perjuicio de lo que se establece en el artículo 282 de la Ley de Contratos del Sector Público.
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17. PENALIDADES AL CONTRATISTA POR INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE EJECU- CION DEL CONTRATO
Si el contratista por causas imputables al mismo hubiese incurrido en demora respecto del cumplimiento del plazo de ejecución del contrato, el Ayuntamiento podrá optar indistin- tamente por la resolución del mismo con pérdida de la garantía o por la imposición de las penalidades previstas en el artículo 95 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públi- cas.
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18. CAUSAS DE RESOLUCION DEL CONTRATO
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Constituyen causa de resolución de este contrato administrativo especial las referidas en el artículo 284 de la Ley de Contratos del Sector Público. Además de éstas, serán causas específicas de resolución el incumplimiento de cualquiera de las condiciones recogidas en la cláusula 1 de este pliego.
19. PRERROGATIVAS DEL AYUNTAMIENTO
Corresponden al Ayuntamiento las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requi- sitos y efectos establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Los acuerdos dictados al efecto pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente eje- cutivos.
20. JURISDICCIÓN COMPETENTE
Contra los acuerdos que pongan fin a la vía administrativa procederá el recurso conten- cioso-administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de dicha Jurisdicción.
Asimismo, las cuestiones litigiosas que se deriven del contrato se entenderán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa, no obstante lo cual, las partes pueden acordar el sometimiento de sus litigios a arbitraje, conforme a lo establecido en la legislación xxxxx-
te.
21. OTRAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
a) Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la prestación del servicio, así como los producidos por incumplimiento de obli- gaciones.
b) Formalizar el contrato.
c) Prestar el Servicio del modo dispuesto en el Pliego de Condiciones u ordenado poste- riormente por el Ayuntamiento, no pudiendo ceder, en todo o en parte, el contrato a otra persona, sin autorización expresa de la Corporación.
d) Notificar, en el plazo de quince días, las incapacidades o incompatibilidades que hubieran podido sobrevenir.
f) Pagar todos los gastos que se originen a consecuencia de la licitación y del contrato. Entre otros, a título enunciativo, los causados por anuncios en los Boletines Oficiales, prensa y radio, constitución de fianza y formalización del contrato de Escritura Pública con sus co- pias.
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g) Abonar todos los Tributos (tasas, contribuciones e impuestos) estatales y locales, a que dieren lugar la licitación y el Contrato.
22. RÉGIMEN JURÍDICO
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El contrato que en base a este pliego se realice, tendrá carácter administrativo especial, según el artículo 19.1 letra b de la Ley de Contratos del Sector Público, con la específica definición de contrato administrativo especial; y en todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto en:
- Ley 30/2.007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
CIF. X0000000X
- La Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el Real De- creto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, en cuanto no se oponga a lo estableci- do en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
- Supletoriamente regirán las restantes normas del derecho administrativo y en su de- fecto las del derecho privado.
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Etxebarri, a 4 de noviembre de 2011 EL ALCALDE – XXXXX XXXXX
Xxxxx Xxxxxx plaza 1 48450 Etxebarri
CIF. X0000000X
944 267 000
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ANEXO. LISTA DE PRECIOS PARA SOCIOS-AS
VINOS | |
vino, xxxxx, xxxxx pequeña | 0,45 |
cosechero, Xxxxx, xxxxxxx | 0,90 |
Goya, Málaga, mistela | 1,30 |
crianza | 1,30 |
botella vino corriente | 2,50 |
APERITIVOS | |
xxxxxxxxx | 1,50 |
vermú | 2,10 |
finito | 1,30 |
Kas, Cola, similares | 1,70 |
tónica, lima | 1,80 |
zumos | 1,70 |
cerveza | 1,70 |
zurito | 0.95 |
cañón (vaso sidrero) | 2,00 |
Heineken, San Xxxxxx | 1,70 |
CHAMPÁN | |
copa | 2,50 |
vaso | 3,00 |
botella | 15,00 |
COMBINADOS | |
MG, Xxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxx, Negrita, JB, Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx, L43, Xxxxxx, Xxx- xxxxxx, Cacique, Xxxxxxx, Xxxxxxxxx | 4,00 |
Calisay, Bombay, Bacardi, Pampero, Abso- lute, Brugal | 4,50 |
Bombay Shapire, Habana, Selecto, Xxxx Xxxxxxx, Cardhu | 6,00 |
CAFÉS | |
con leche y descafeinado | 1,25 |
cortado, sólo | 1,15 |
café en vaso y colacao | 1,35 |
vaso de leche | 1,15 |
infusiones | 1,15 |
Agua | 0,90 |
COPAS | COPA | TXUPITO |
sin alcohol | 2,00 | 1,30 |
patxaran, coñac, ponche | 2,00 | 1,30 |
JB, Xxxxxxx, Ballantines, Xxxxxx, Pampero, Xxxxxxxx- co, Xxxxxx y Xxxxxx | 3,50 | 2,50 |
Chivas, Cardhu, Pampero Aniversario, Xxxx Xxxxxxx | 6,00 | 4,00 |