CONDICIONES
CONDICIONES
DE USO
SERVICIO PÚBLICO DE VEHÍCULOS DE MOVILIDAD PERSONAL (VMP), BAJO LA MARCA MOXSI:
SERVICIO PUBLICO DE BICICLETAS Y SERVICIO PÚBLICO PATINETES
PROYECTO DE SERVICIO
ARTÍCULO 1. OBJETO.
El objeto de estas condiciones es la regulación de la prestación y de la utilización del Servicio público de Vehículos de Movilidad Personal, que a través de la Marca MOXSI, incluye el préstamo de bicicle- tas y patinetes compartidos, en adelante VMP.
El Servicio consiste en un sistema de transporte público individual, para desplazamientos urbanos, usando bicicletas y/o patinetes facilitados de forma automática a los usuarios, cuya devolución se efectúa en los puntos xx xxxxxxxx, bases o estaciones, de acuerdo con las condiciones de utilización que se describen en estas condiciones.
ARTÍCULO 2. ÁMBITO TERRITORIAL
El ámbito de prestación del Servicio de MOXSI es la Comunidad Autónoma de Canarias, acuerdo a lo que establecen las ordenanzas municipales, la Ley de Tráfico y Reglamento General de Circulación y resto de normativa que sea de aplicación.
ARTÍCULO 3. REQUISITOS DE LOS USUARIOS.
1. Podrán darse de alta como usuarios de VMP, las personas físicas mayores de edad, siguiendo el procedimiento descrito en las presentes condiciones de uso, aceptando expresamente las nor- mas del mismo.
2. El pago se hará a través de cargo en tarjeta bancaria o a través de los medios informáticos que establezca la empresa gestora del Servicio.
3. Las personas jurídicas no podrán darse de alta como usuarios en el Servicio.
4. Queda expresamente prohibido el alta en el Servicio a menores de 14 años.
5. Los mayores de 14 años, podrán hacer uso del Servicio de bicicleta y los mayores de 16 años podrán hacer uso del Servicio de patinetes, siempre que conste la debida autorización, debida- mente cumplimentada y firmada por el padre/madre o tutor del menor, que recogerá la corres- pondiente declaración xx xxxxxxxx de responsabilidad a favor del menor, así como la copia del DNI de ambos.
En dicha autorización se autorizará a cobrar los importes/cargos del Servicio en la tarjeta banca- ria de la que sea titular el padre/madre o tutor del menor. No se tramitará alta como usuario, en este caso, hasta que el SPTI no haya recibido la documentación indicada, debidamente cumpli- mentada y firmada.
6. Los usuarios deberán facilitar necesariamente en su inscripción una dirección de correo electró- nico válida y un número de teléfono móvil activo para las comunicaciones entre el Servicio y el usuario.
7. Con el fin de evitar la duplicidad, queda prohibido que un usuario se dé de alta una segunda vez sí, previamente, no ha cursado la baja correspondiente.
8. Los turistas y usuarios ocasionales podrán hacer uso del Servicio mediante la habilitación de bonos temporales que se regulará mediante las tarifas establecidas por la empresa gestora del Servicio.
ARTÍCULO 4. PROCEDIMIENTO PARA DARSE DE ALTA EN EL SERVICIO
Las personas físicas que, cumpliendo con los requisitos indicados anteriormente, quieran darse de alta en el Servicio, podrán realizarlo de cualquiera de las siguientes formas:
· Online a través de la página web de Servicio.
· A través de la aplicación móvil habilitada al efecto
· En el teléfono de atención al cliente del Servicio.
En todos los casos, será imprescindible que el usuario acepte, expresamente, las presentes condicio- nes de uso del Servicio, declarando el conocimiento de su contenido, además de facilitar sus datos personales y los de una tarjeta de crédito que servirá de garantía y en la que se cargarán los costes derivados del uso del VMP, que se elija.
El usuario que haya cumplido debidamente el proceso de alta en el Servicio, tendrá derecho a hacer uso de las bicicletas, patinetes o ambos, que se encuentren disponibles en el sistema, en las condi- ciones indicadas en el contrato y en la normativa vigente.
El usuario podrá hacer uso del sistema con una aplicación para móviles o a través de la web.
ARTÍCULO 5. MODALIDADES DE ABONO.
El usuario podrá optar por cualquiera de las modalidades de abono que se detallen en la página web del Servicio. Pudiéndose optar por el abono a bicicleta, abono a patineta o por un abono mixto, en el que se comparta el abono a ambos tipos de VMP.
El usuario estará en activo durante el periodo correspondiente a la modalidad elegida, el cual se ini- ciará a partir del momento de la solicitud. Excepto en los supuestos previstos en estas condiciones, relativos a la aplicación de las medidas previstas en los casos de incumplimientos (sanciones), el usuario estará activo.
Llegado el fin del abono elegido, éste será renovado automáticamente por el mismo plazo, salvo que el usuario comunique su voluntad de ser dado de baja del abono contratado, siempre, con antela- ción a la finalización de la renovación del abono.
ARTÍCULO 6. BAJA DEL SERVICIO.
1. El usuario podrá realizar la baja voluntaria en el Servicio a través de los medios electrónicos ha- bilitados al efecto.
2. El Servicio dará de baja, automáticamente, a aquel usuario que llegado el fin del plazo de la xxxxx- cia de su abono, no haya comunicado, en la forma y término establecidos, su intención de darse de baja y no se haya podido hacer el cobro en tarjeta o método de pago seleccionado, por causas imputables al usuario. En este caso, no se tramitará ningún proceso de incumplimiento, realizán- dose la baja automática, ahora bien, el gestor del Servicio podrá resarcirse de todos los daños sufridos en ese periodo. En este caso y comprobado este último extremo, el gestor del Servicio acordará adoptar las medidas previstas en los supuestos de infracción muy grave, pudiendo cau- sar la baja definitiva del Servicio, y quedando el usuario obligado a abonar a la empresa gestora todos los daños ocasionados en ese período, en relación a su contrato.
3. Los usuarios causarán baja en el Servicio por incumplimiento de las condiciones de uso del Servi- cio establecidas en el régimen sancionador del presente documento.
ARTÍCULO 7. UTILIZACIÓN DEL SERVICIO.
1. El usuario dado de alta tendrá acceso a los VMP, siempre que estén en uso en el Servicio.
2. El procedimiento para retirar los VMP de la estación correspondiente es la que se describe a con- tinuación:
a. El usuario podrá retirar los VMP a través de la aplicación móvil del Servicio.
b. Proceso de retirada de los VMP de sus bases o estaciones:
o En el momento de retirar los VMP de su base, el usuario queda obligado a comprobar el perfecto estado de todos sus elementos y, en concreto, el estado de los frenos, de las luces, el cambio de marcha, la correcta sujeción de todos los elementos móviles de los VMP.
o En el caso de la bicicleta, podrá ajustar el asiento, adecuándolo a su altura, y en caso del patinete, deberá comprobar que tiene el casco.
o Si después de hacer las comprobaciones pertinentes los VMP no funcionan correcta- mente, el usuario tendrá que volver a anclarlos en la base, y hacer todas las compro- baciones que sean necesarias para poder acreditar el VMP han sido devuelto, debida- mente, al Servicio.
c. Una vez retirada de la estación correspondiente el VMP, el usuario con abono vigente, según la modalidad seleccionada, tiene derecho a realizar viajes ilimitados de treinta minutos máximos de duración, en caso de bicicleta, o a la utilización como máximo de cinco alquileres al día, de veinte minutos de duración, con tiempo mínimo de no uso de 15 minutos entre préstamo y
préstamo, en caso de patineta. A los periodos de uso que excedan de este tiempo, se aplicarán las tarifas correspondientes, de acuerdo con los precios que consten en la web y en la app.
d. Durante la utilización del Servicio es aconsejable llevar consigo DNI o documento identificativo personal admisible en derecho.
e. Procesos de cierre y devolución de los distintos tipos de vehículos son los siguientes:
o Bicicletas mecánicas y eléctricas con cierre en la rueda delantera: Las bicicletas solo pueden devolverse en estaciones oficiales para bicicletas, pulsando dos veces el “OK” en el ordenador de la bici y pasando el cierre por la rueda delantera, confirmando que éste ha quedado bien asegurado. El ordenador de la bicicleta mostrará el mensaje de “Devuelta, gracias”. Se aconseja comprobar que desaparece el alquiler de la pantalla principal de en la aplicación móvil.
o Bicicletas eléctricas con cierre en la rueda trasera: Las bicicletas solo pueden devol- verse en estaciones oficiales para bicicletas, anclándola en cualquiera de los soportes libres de la estación y cerrando el candado de la rueda trasera. Se aconseja comprobar que desaparece el alquiler de la pantalla principal de en la aplicación móvil.
En el momento de devolver la bicicleta, el usuario deberá anclarla electrónicamente o bloquearla correctamente en la estación de retorno, o en la más próxima si aque- lla estuviera fuera de servicio, y comprobar, por tanto, que el mensaje de la pantalla existente en la bicicleta le indica la correcta devolución. Debe tener especial cuidado en este aspecto, para evitar que el préstamo siga abierto y, por consiguiente, le siga aumentando la tarifa que se le cargará en la tarjeta de crédito.
o Patinetas: Las patinetas solo pueden devolverse en estaciones oficiales para patinetas, tras guardar correctamente el casco en su compartimento, se deberá situar la pati- neta en los anclajes disponibles y pulsar el botón de devolver en la aplicación móvil, finalizando el proceso, tras pulsar continuar, nos aparecerá el mensaje de “devolución correcta”.
En el momento de devolver el patinete, el usuario deberá estacionarlo, en la esta- ción de retorno, o en el área señalizada horizontalmente (suelo). Debe tener especial cuidado en este aspecto, para evitar que el préstamo siga abierto, puesto que los pa- tinetes incorporan la inteligencia del sistema, tanto cuando se aparcan correctamente como cuando está en uso o abandonado en lugar inapropiado, que entiende finalizado el trayecto solo cuando estén debidamente estacionados en las bases habilitadas, al detectar, los sensores de posicionamiento GPS en el ordenador de a bordo, si alguien intenta terminar su viaje sin haber estacionado en una base autorizada, no permitien- do, en este caso, terminar el viaje y, por consiguiente, le siga aumentando la tarifa y se le sigue cobrando, cargándose, en el medio de pago seleccionado, hasta que aparque en una base autorizada. Asimismo se deberá introducir el casco en el compartimento habilitado para ello, asegurándose del cierre correcto del mismo.
3. El usuario será responsable, en todo caso, de que el VMP quede devuelto al Servicio, de forma adecuada, de acuerdo con el procedimiento especificado.
En cualquiera de los casos, si el vehículo en alquiler no pudiera ser inmovilizado correctamente mediante su sistema particular de anclaje, deberá comunicarse con el teléfono de atención al cliente para que el servicio de logística acuda a hacerse cargo de este.
4. El usuario o tutor, responsable del menor, será el único responsable de los daños personales o materiales causados a terceros (peatones, automóviles o a algún tipo de propiedad pública o privada), por su impericia, imprudencia, culpa, negligencia o por el uso inadecuado del VMP, exo- nerando a la empresa gestora del Servicio de cualquier responsabilidad al respecto.
ARTÍCULO 8. HORARIO Y TARIFAS DEL SERVICIO
Los horarios y tarifas del Servicio serán los que estén en vigor y los que consten publicados en la página web, en cada momento, para cada uno de los VMP.
En todo caso, constará el importe correspondiente al abono del Servicio, las tarifas y el importe de las medidas que puedan adoptarse, de acuerdo con lo que se establece en las presentes condiciones.
El usuario autoriza al gestor del Servicio al cobro, mediante el sistema de pago habilitado, de las ta- rifas que se puedan generar por el uso de los VMP, así como el importe de las medidas que puedan adoptarse, de acuerdo con los precios que se encuentren vigentes en la página web y aplicación móvil y con las estipulaciones que se contemplan en estas condiciones.
El Servicio se mantendrá activo las 06:00 a las 23:00 horas del día durante todo el año. No obstante, el Servicio podrá ser suspendido, total o parcialmente, durante el tiempo que sea necesario, por la celebración de eventos públicos, fiestas, mantenimiento del servicio, inclemencias del tiempo, otros o porque la Administración correspondiente decida su suspensión parcial o definitiva. Si el usuario de VMP tuviera alguna incidencia fuera de los horarios de atención al público, o le es imposible con- tactar con el servicio telefónico de atención al usuario, deberá acercar el vehículo a la estación más cercana y dejarlo, correctamente, en la base.
Los pilares de sujeción con los mecanismos de anclaje eléctrico en el caso de la bicicleta y no eléctri- cos para los patinetes, estarán activos las 24 horas del día, sin menoscabo que por razones operati- vas y de seguridad en el Servicio se pueda modificar en cualquier momento previa información a los usuarios con el tiempo suficiente de antelación.
El usuario tiene derecho a hacer un uso continuado del VMP alquilado, cargándose, en su caso, las cantidades correspondientes en el medio de pago seleccionado al darse de alta en el sistema.
ARTÍCULO 9. UBICACIÓN DE LAS ESTACIONES BASE.
La empresa gestora del Servicio determinará la ubicación de las estaciones o bases, pudiendo modi- ficarlas por razones operativas del servicio.
ARTÍCULO 10. SUPERVISORES DEL SERVICIO.
Los supervisores del Servicio serán personal autorizado o asignado por la empresa gestora al efecto, encargados de dar asistencia a los usuarios, así como de velar por el buen funcionamiento del Ser- vicio.
Estos supervisores gestionarán las bases así como todo el ámbito de actuación del Servicio. Los usuarios podrán dirigir sus consultas a los supervisores, para que puedan ser asesorados y ayudados en todos los procesos necesarios para poder hacer uso del Servicio (retirada de bicicletas o patine- tes, correcto anclaje o entrega...)
ARTÍCULO 11. DERECHOS DE USUARIOS.
Se reconocen expresamente los derechos del usuario que se detallan a continuación, con indepen- dencia de cualquier otro que les pueda corresponder, de acuerdo con la normativa vigente.
1. El usuario que haya cumplido todo el proceso de darse de alta, tendrá derecho a hacer uso de los VMP del sistema, en la forma indicada en las presentes condiciones, en el Reglamento del Servi- cio y en la normativa vigente.
2. El usuario tiene derecho a que los VMP del sistema estén en condiciones para su uso.
3. Solicitar y recibir información del Servicio.
4. Formular sugerencias, reclamaciones y quejas, a través de los medios telemáticos establecidos al efecto y recibir contestación en el plazo máximo de un mes.
5. Ser informado, a través de la web o por cualquier otro medio, de las incidencias del Servicio.
6. Ser informado de las tarifas y de las medidas que puedan adoptarse y, en este último caso, a for- mular las alegaciones que considere pertinentes.
7. En el caso de que, por error, se haya realizado un cobro indebido, el usuario tendrá derecho a que se le devuelvan estas cantidades, en el plazo de un mes, contando a partir de la decisión del Servicio que declare la improcedencia del cobro.
ARTÍCULO 12. OBLIGACIONES DEL USUARIO.
Se establecen como obligaciones específicas del usuario, aparte de las contempladas en lao norma- tiva que fuera aplicable, las que se detallan a continuación:
a) Hacer uso del Servicio y, en especial del VMP, con la máxima diligencia, respetando las normas de circulación en la vía pública y haciéndose responsable del buen uso de la misma, así como de su pérdida.
b) Devolver debidamente el VMP al sistema, mediante su anclaje o estacionamiento, en cualquiera de las estaciones, habilitadas para cada uno de los tipos de VMP, en la forma prevista en el apar- tado 7.d) de las presentes condiciones.
c) No compartir el usuario habilitado. El uso del VMP tiene carácter personal e intransferible, no pudiendo ser cedida a un tercero.
d) Utiliza el VMP únicamente para el transporte del usuario, quedando expresamente prohibido el transporte de otras personas en la misma, acción que se sanciona automáticamente con la reti- rada definitiva de la condición de usuario del sistema de VMP.
e) Utilizar el VMP exclusivamente en el área urbana del término municipal en el que se encuentre.
f) Xxxxxx la guarda y custodia del VMP desde el momento de su retirada de la estación y hasta el correcto retorno de la misma al sistema. La detección por los responsables del Servicio o agentes de la autoridad de un VMP que incumpla esta norma, dará lugar a la baja definitiva del Servicio del usuario responsable del incumplimiento.
g) Comunicar al gestor del Servicio cualquier incidencia que se produzca en relación al servicio du- rante el periodo de uso del VMP.
h) En caso de avería del VMP, el usuario tiene la obligación de anclarla o estacionarla, en la estación más próxima, así como de poner en conocimiento del Servicio la incidencia. En caso de resultar imposible por parte del usuario el traslado del VMP a la estación más cercana, deberá custodiar la misma por un periodo mínimo de treinta minutos, contada desde la comunicación de la inci- dencia, dentro del periodo de prestación del servicio.
i) Entregar el VMP a los supervisores, personal autorizado o asignado por Servicio al efecto o auto- ridades, en el caso de que éstos, en el ejercicio de sus funciones, se lo requieran.
j) Comunicar las modificaciones de datos que se puedan producir en relación a los aportados en su alta en el registro de usuarios, así como el cambio de tarjeta bancaria en el que se hacen los cobros.
k) Hacer uso xxx xxxxxx-bici, zonas 30 o ciclovías 30, en las vías en las que el mismo esté instaurado. No se podrá circular fuera de dichos carriles.
l) En caso de pérdida o robo del VMP, avisar inmediatamente al teléfono de atención al cliente, pre- sentar inmediatamente la correspondiente denuncia ante la Policía y entregar en 24 horas hábiles una copia de la misma a la empresa gestora del Servicio.
m) Todos los usuarios de los VMP se obligan expresamente a cumplir, en la utilización del Servicio, las Ordenanzas Municipales vigentes, cualquier otra que pueda sustituirlas en el futuro así como normativas de rango superior.
ARTÍCULO 13. PROHIBICIONES EXPRESAS.
Se prohíbe expresamente a los usuarios de los VMP, además de las que se establezcan en la norma- tiva aplicable, las conductas que se detallan a continuación:
a) La utilización los VMP en terrenos o zonas inapropiadas que no sean aptas para su circulación.
b) Subir los VMP a cualquier otro medio de transporte público o privado no autorizado.
c) El desmontaje y/o manipulación parcial o total del VMP, de las estaciones del Servicio o de los elementos que los componen.
d) La utilización de los VMP o de las estaciones para fines comerciales y/o lucrativos en favor del usuario o de terceros.
e) La utilización de las marcas o logotipos de los VMP.
f) Realizar todo tipo de grafito, pintada, mancha, garabato, escrito, inscripción o grafismo, con cualquier materia (tinta, pintura, materia orgánica o similar) o rallar la superficie los VMP o es- taciones del Servicio.
g) Utilización xxx xxxxxx bus para circular con los VMP o hacerlo sobre las aceras y zonas peatonales, así como en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos.
h) Circular de noche con el alumbrado del VMP estropeado, ya que se considerará que no ha adop- tado las medidas necesarias para ser visto y evitar ponerse en peligro, al considerarse conducta negligente.
i) Circular sobre una sola rueda, cogerse a otros vehículos en marcha ni utilizar auriculares conec- tados a aparatos receptores o reproductores del sonido.
j) Hacer uso del móvil u otros dispositivos mientras se conduce el VMP.
k) Transportar a otras personas, animales u objetos voluminosos.
l) Abandonar el VMP o ceder el mismo, a terceros no registrados como usuarios del sistema. Se considera abandono dejar el VMP sin estacionarlo, correctamente, electrónicamente o no, en cualquiera de las estaciones existentes para ello en la ciudad. Estos hechos podrán ser conside- rados como sustracción del VMP y conllevará de manera automática la correspondiente denun- cia por sustracción y/o daños del mobiliario público, así como el cargo por robo de bicicleta o patinete, en el medio de pago habilitado a tal efecto.
ARTÍCULO 14. INFRACCIONES.
Serán consideradas infracciones de los usuarios, las conductas que se detallan a continuación:
a) Infracciones leves
· Causar daños a los VMP o estación del Servicio por importe hasta 60 €
· Causar daños al mobiliario urbano por importe hasta 60 €
· Devolución o aparcamiento indebido del VMP, que no suponga riesgo para la integridad y/o seguridad de la bicicleta, patinete, peatones o vehículos.
· No comunicar al gestor del Servicio la modificación de sus datos de usuario o de los corres- pondientes a la tarjeta bancaria o medio de pago elegido, dónde se han de hacer los cobros, de tal manera que se dificulte el cobro de las tarifas vigentes.
· Cuando el usuario realice una o varias operaciones de cancelación /o devolución sin que la bicicleta quede correctamente anclada o el patinete esté debidamente estacionado en las ba- ses habilitadas, al detectar el GPS de éste, que sigue sin terminar el viaje, y con motivo de esta acción se cause perjuicio leve al Servicio debido a la utilización continuada del VMP.
· Cualquier incumplimiento previsto en las Ordenanzas Municipales o normativa que sea de aplicación que sea considerada como falta leve.
b) Infracciones graves
· Causar daños al VMP o estación del Servicio por importe superior a 60 € e inferior a 200 €.
· Causar daños al mobiliario urbano por importe superior a 60 € e inferior a 200 €.
· Devolución o aparcamiento indebido del VMP que suponga riesgo para la integridad y/o segu- ridad de la bicicleta o patineta, peatones o vehículos
· La conducción temeraria del VMP, de acuerdo con lo que se establece en las Leyes y Regla- mento de circulación y tráfico.
· Cualquier incumplimiento previsto en las Ordenanzas Municipales o normativa que sea de aplicación que sea considerada como falta grave.
· Comisión de dos infracciones leves en el periodo de seis meses.
c) Infracciones muy graves
· Las prohibiciones expresas detalladas en el artículo 13 de las presentes condiciones.
· Ceder el usuario habilitado a un tercero, siendo el uso del VMP personal e intransferible.
· Circular fuera del ámbito geográfico del término municipal en el que se encuentre.
· Causar daños al VMP o estaciones del Servicio por importe superior a 200 €.
· Causar daños al mobiliario urbano por importe superior a 200 €.
· Causar daños a terceros con el uso del VMP.
· No comunicar al gestor del Servicio las incidencias ocurridas en el transcurso de la utilización del VMP.
· Cuando el usuario realice una o varias operaciones de cancelación /o devolución sin que la bicicleta quede correctamente anclada o el patinete esté debidamente estacionado en las ba- ses habilitadas, al detectar el GPS de éste, que sigue sin terminar el viaje, y con motivo de esta acción se cause perjuicio muy grave al Servicio debido a la utilización continuada de la bicicle- ta o patinete.
· Impago de las penalizaciones correspondientes a las infracciones leves o graves, así como de las tarifas correspondientes para el uso del Servicio.
· Comunicar al gestor del Servicio datos falsos en relación a inscripción como usuario.
· Cualquier incumplimiento de las Ordenanzas Municipales o normativa que sea de aplicación, que sea considerada como falta muy grave.
· Comisión de dos faltas graves en el plazo de seis meses.
ARTÍCULO 15. SANCIONES.
En el caso de que se cometa alguna de las infracciones descritas, se adoptaran las medidas que se detallan a continuación, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas que puedan exigirse, en virtud de la conducta del usuario.
a) Adopción de medidas en el caso de infracciones leves:
· En caso de que el usuario cometa alguna infracción de las tipificadas como leves, se bloqueará su acceso al Servicio por un plazo máximo de un mes, implicando una suspensión temporal de la condición de usuario, lo que conllevará la prohibición de utilizar el sistema.
· Abono, en su caso, del importe de los daños causados.
· Imposición de sanción económica de hasta 750 €
b) Adopción de medidas en el caso de infracciones graves:
· En caso de que el usuario cometa alguna infracción de las tipificadas como grave, se bloqueará su acceso al Servicio por un plazo máximo de seis meses, implicando la suspensión temporal de la condición de usuario, que comportará la prohibición de utilizar el sistema.
· Abono del importe de los daños causados.
· Imposición, en su caso, de sanción económica de hasta 1.550 €
c) Adopción de medidas en el caso de infracciones muy graves:
En caso de que el usuario cometa alguna infracción de las tipificadas como muy graves, el Servicio podrá adoptar las medidas que se detallan a continuación, atendiendo a la cuantía de los daños o perjuicios ocasionados y a otras circunstancias que concurran en la infracción:
· Bloqueo su acceso al Servicio por un plazo máximo de nueve meses o por el tiempo que que- de de abono si este es inferior.
· Baja indefinida del Servicio. La suspensión de la condición de usuario en los casos indicados no implicará la interrupción del plazo de vigencia del abono.
· Baja definitiva de la condición de usuario, que comportará la prohibición de utilizar el sistema. El gestor del Servicio, atendiendo a las alegaciones presentadas, podrá dar de baja automática a un usuario, adoptando las medidas contempladas en estas condiciones, una vez tramitado el correspondiente proceso de incumplimiento. El Servicio dará un plazo xx xxxx días al usuario para que alegue lo que considere oportuno. Transcurrido este plazo y de acuerdo con el con- tenido de las alegaciones, el Servicio decidirá motivadamente si se cursa o no la baja automá- tica.
· El gestor del Servicio podrá además de adoptar las medidas sancionadoras indicadas, plantear
las acciones de reclamación de daños que considere pertinentes en la correspondiente juris- dicción.
· Abono, en su caso, del importe de los daños causados.
· Imposición de sanción económica de hasta 3.000,00 €
En caso de estar penalizado un usuario de VMP, la solicitud de baja no implicará la eliminación de la penalización. La penalización que implique la baja del Servicio no dará lugar a la devolución de la parte proporcional de la cuota mensual.
ARTÍCULO 16. PROCESO DE INCUMPLIMIENTO. PREVALENCIA DE INFRACCIONES Y SANCIONES.
En caso de que el gestor del Servicio detecte una incidencia por los medios informáticos corres- pondientes o bien como consecuencia de la actuación de los supervisores o de la actuación de las autoridades, se detecte el incumplimiento de las obligaciones de las condiciones de uso, o bien de las ordenanzas o normativa que son de aplicación, se acordará iniciar un Proceso de incumplimiento.
Se informará al usuario de la tramitación del mismo, concediéndole un plazo xx xxxx días para que pueda formular les alegaciones que considere oportunas.
El gestor del Servicio resolverá, teniendo en cuenta las alegaciones presentadas, en su caso, adop- tando las medidas que correspondan, decidirá motivadamente si se cursa o no la baja automática. Esta resolución se notificará al usuario.
En caso de que el proceso de incumplimiento se inicie a través de la denuncia de una autoridad, si en el procedimiento penal, civil o administrativo precedente se ha dictado resolución firme, el gestor del Servicio adoptará directamente la medida prevista para el incumplimiento, dado que ha quedado acreditado el hecho.
En caso de que en el procedimiento penal, civil o administrativo precedente la resolución que se haya dictado sea provisional y no tenga el carácter firme, el gestor del Servicio mantendrá en sus- penso la tramitación del proceso de incumplimiento hasta que le sea notificada la resolución defini- tiva. En todo caso, podrá aplicar como medida cautelar, el bloqueo del usuario.
Las sanciones impuestas por las infracciones tipificadas en estas condiciones son independientes de aquellas que correspondan cuando los actos puedan estar incursos en responsabilidad con arreglo a otros ordenamientos sectoriales. Cuando los actos objeto del procedimiento sancionador admi- nistrativo tengan relevancia penal, se dejará en suspensión el procedimiento administrativo hasta la resolución del procedimiento judicial.
ARTÍCULO 17. TRATAMIENTO CONFIDENCIAL DE DATOS.
De acuerdo con lo dispuesto en la vigente Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, el usuario consiente la cesión de sus datos de carácter personal para su tratamiento en las condiciones y limitaciones del Servicio, que formarán parte de un fichero del que será responsable el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
El usuario, como titular de los datos, podrá ejercer sus derechos de acceso a sus datos personales, solicitar rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar la supresión, cuando entre otros motivos los datos ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos o el interesado retire el consentimiento.
La empresa gestora del Servicio no utilizará los datos incorporados a los archivos generados en el sistema más allá del propio uso derivado de la prestación del servicio y por obligación legal.
La empresa gestora del Servicio tratará los datos cedidos por los usuarios de acuerdo con lo que es- tablece la regulación vigente en materia de protección de datos y a lo previsto en el documento de “Política de privacidad vehículos de movilidad personal”, que se encuentra en la página web.