CONTRATO DE SUMINISTRO, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
CUADRO-RESUMEN XXX XXXXXX DE CLAÚSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
CONTRATO DE SUMINISTRO, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
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Tramitación ordinaria Tramitación urgente Tramitación anticipada
Expte. nº 16E/12 | |
A.- PODER ADJUDICADOR | |
ADMINISTRACIÓN CONTRATANTE | D I P U T A C I Ó N D E B U R G O S |
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN | JUNTA DE GOBIERNO |
UNIDAD PROMOTORA DEL EXPEDIENTE | CENTROS RESIDENCIALES DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL |
B.- DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO | |
Suministro de productos de limpieza agrupados en cinco lotes, según se desprende de los Pliegos de Prescripciones Técnicas que se adjuntan y se describen a continuación: Lote nº 1.- Productos de celulosa. Lote nº 2.- Bolsas, sacos de plástico y otros productos. Lote nº 3.- Productos químicos para limpieza de cocina. Lote nº 4.- Productos químicos para limpieza de superficies. Lote nº 5.- Productos químicos para lavado de ropa. Estos productos se destinaran a las siguientes Residencias: - Residencia de Ancianos “Fuentes Blancas” xx Xxxxxx. - Residencia de Adultos Asistidos de “Fuentes Blancas” xx Xxxxxx. - Residencia de Personas Mayores “San Xxxxxxx” xx Xxxxxx. - Residencia de Personas Mayores “San Xxxxxxxx” de Oña. - Residencia “Xxx Xxxxxx xxx Xxxxx” xx Xxxxxxx xx Xxxx Necesidades administrativas a satisfacer: Se trata de un contrato necesario para el cumplimiento de los fines institucionales de la Diputación Provincial, por cuanto a través de la convocatoria de este procedimiento, se pretende dotar a los Centros Residenciales, de todos aquellos productos necesarios que garanticen una adecuada limpieza e higiene para el residente, además de optimizar la gestión del gasto en productos de limpieza. Admisibilidad de variantes: SI NO Admisibilidad de mejoras: SI NO |
Nomenclatura CPV | 3 | 3 | 7 | 6 | 0 | 0 | 0 | 0 | 5 | |||
Papel higiénico, pañuelos, toallas y servilletas | ||||||||||||
Nomenclatura CPV | 3 | 9 | 8 | 3 | 0 | 0 | 0 | 0 | 9 | |||
Productos de limpieza | ||||||||||||
Nomenclatura CPV | 3 | 9 | 8 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | |||
Productos de limpieza y pulido | ||||||||||||
C.- PRESUPUESTO DE LICITACION | ||||||||||||
Valor Estimado del contrato (I.V.A. excluido) | I.V.A. | Importe total I.V.A. incluido | ||||||||||
Tipo IVA aplicable: | - Lote nº 1.- 16.940,00 € - Lote nº 2.- 8.560,00 € - Lote nº 3.- 8.560,00 € - Lote nº 4.- 8.560,00 € - Lote nº 5.- .59.960,00 € | |||||||||||
Importe IVA: | ||||||||||||
No resulta posible descomponer el precio que corresponde al valor estimado del suministro y el que se refiere al I.V.A. (Impuesto sobre el Valor Añadido), que deberá soportar la Administración, por estar los bienes incluidos en un mismo lote sujetos a distintos tipos impositivos. No obstante en la oferta económica los licitadores deberán hacer constar por una parte el precio que corresponde a cada producto en el que se entenderán incluidos todos los impuestos, incluso el Impuesto sobre el Valor Añadido, gastos laborales, gastos de personal, desplazamientos y otros cualesquiera que pudieran resultar necesarios para la realización del suministro; y por otra, se indicará el importe que corresponde al Impuesto sobre el Valor añadido aplicable a cada producto. | ||||||||||||
PAGO MEDIANTE ENTREGA DE BIENES: SI NO | ||||||||||||
Aplicaciones Presupuestarias: | 31/230/221.10 Residencia Personas Mayores “San Xxxxxxx” 32/230/221.10 Residencia de Ancianos “Fuentes Blancas” 35/230/221.10 Residencia Adultos Asistidos “Fuentes Blancas” 30/230/221.10 Residencia Personas Mayores “San Xxxxxxxx” de Oña 33/230/221.10 Residencia de Ancianos “San Xxxxxx xxx Xxxxx” | |||||||||||
l) Certificado de retención de crédito ll) Forma de determinación del precio de este contrato lll) Cálculo de la oferta | l) Tramitación anticipada: Se están realizando los trámites precisos para dotar de crédito adecuado y suficiente a las aplicaciones presupuestarias con cargo a las cuales se realizará este gasto. ll) El presupuesto del contrato, se determina por precios a tanto alzado referidos a la totalidad del suministro correspondiente a cada lote, atendiendo a precios xx xxxxxxx. |
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lll) El adjudicatario quedará obligado a entregar una pluralidad de bienes de forma sucesiva y por precio unitario, sin que la cuantía total se defina con exactitud al tiempo de celebrar el contrato, por estar subordinadas las entregas a las necesidades de la Administración. Las obligaciones económicas que se derivan del cumplimiento de este contrato, se atenderán con las facturas correspondientes a los suministros realmente efectuados. El importe total de los lotes no podrá superar el crédito consignado: No está prevista la modificación del contrato. El contrato solo se podrá modificar por razones de interés público en los casos y forma previstos en el título V del libro I, y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 211 | |||||
REVISIÓN DE PRECIOS: SI NO | Fórmula: | Sistema de revisión: | |||
POSIBILIDAD DE LICITAR POR LOTES: SI ……… NO | LOTES • Lote nº 1.- Productos de celulosa. • Lote nº 2.- Bolsas, sacos de plástico y otros productos. • Lote nº 3.- Productos químicos para limpieza de cocina. • Lote nº 4.- Productos químicos para limpieza de superficies. • Lote nº 5.- Productos químicos para lavado de ropa. | ||||
D.- RÉGIMEN DE FINANCIACIÓN | |||||
Administración de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx y León | Diputación Provincial xx Xxxxxx | Otros | |||
% | 100% | % | |||
E.- ANUALIDADES ( En caso de gasto plurianual): | |||||
EJERCICIO | A cargo de la Admón. de la C.A. de Castilla y León | Diputación Provincial xx Xxxxxx | Otros | TOTAL | |
2013 | 102.580 € | 102.580 € | |||
TOTAL | 102.580 € | 102.580 € | |||
F.- PLAZO DE ENTREGA | |||||
G.- PLAZO DE GARANTÍA El plazo de ejecución del contrato será de UN (1) | |||||
AÑO, contado a partir del 1 de enero de 2013. | |||||
Expediente_Duración_Máxima Prórroga: SI NO Plazos Parciales: SI NO | El plazo de garantía a efectos de la devolución de la garantía definitiva depositada por el adjudicatario será de TRES (3) MESES contados a partir de la recepción de conformidad |
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de todo el suministro. No obstante, el citado plazo podrá ser ampliado por el adjudicatario en su documentación, siendo en este supuesto este último el que regirá contractualmente. El plazo de garantía comenzará a contarse desde la recepción formal del suministro. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados se estará al régimen previsto en el artículo 298 del TRLCSP. | |
H.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR: JUSTIFICANTES DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL DEL LICITADOR. | |
En los términos indicados en el Anexo II | |
I.- GARANTÍA PROVISIONAL | J.- GASTOS DE PUBLICIDAD |
SI NO Importe: Dispensada al amparo del art. 103 TRLCSP | SI NO Importe Máximo: 300 € |
K.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y CONTENIDO DE LOS SOBRES | L.- PLAZO DE ADJUDICACIÓN |
- Hasta las 14,00 horas del décimo quinto día natural siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxx. Si dicho día coincidiera en sábado o festivo, el plazo de presentación de las proposiciones se prorrogará hasta el siguiente día hábil (art 159 TRLCSP). El anuncio de la convocatoria de la licitación se publicará también en el perfil del contratante cuya dirección es: xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx - Lugar: Sección de Contratación y Junta de Compras, Diputación Provincial. Paseo del Espolón, núm.34, 09003 Burgos. - Contenido del sobre 1 según Xxxxxx. Contenido de sobres 2 y 3 según anexo lV de esta carátula. | Dos meses desde la apertura de las proposiciones. art.161.2 TRLCSP. |
M.- COMITÉ DE EXPERTOS | |
SI NO | Composición: [mínimo 3 miembros] |
N.- MESA DE CONTRATACIÓN |
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Presidente: - Excmo. Sr. Presidente de la Diputación o Diputado o funcionario en quien delegue Secretario: - Sra. Jefe de la Sección de Contratación y Junta de Compras o funcionario en quién delegue | Vocales: - Sr. Secretario-General de la Corporación o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, o funcionario en quien delegue - El Sr. Interventor o funcionario en quien delegue - Sra. Coordinadora de los Centros Residenciales o funcionario en quien delegue. -Sra. Directora del Área de Sanidad y Bienestar Social o funcionario en quien delegue. |
Ñ.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN | |
ÚNICO CRITERIO DE ADJUDICACIÓN — Precio [De hasta puntos. | VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN [Anexo I de esta carátula] |
O.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO (artículo 118 TRLCSP) | |
I)- Las ofertas se referirán a todos los Centros Residenciales relacionados en el punto B de este cuadro resumen, sin que pueda excluirse de la oferta realizada ninguno de los Centros, ni tampoco ofrecer distintos precios para cada Centro. Las ofertas económicas podrán realizarse para uno, varios o todos los lotes objeto de este procedimiento. A todos los efectos se entenderá que las ofertas presentadas comprenderán cuantos tributos o arbitrios puedan devengarse como consecuencia del contrato, I.V.A. incluido. Cada licitador no podrá presentar más que una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otras, si lo ha hecho individualmente. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las ofertas por él presentadas. No obstante, se establece la posibilidad de formular oferta a uno, varios o a la totalidad de los lotes especificados en el punto B de este cuadro resumen. La oferta se materializará con la lista de precios de los artículos y calidades que propone dentro de cada grupo, según el modelo y formato que se adjunta. Se hará constar la marca de cada artículo ofertado. No podrá suministrarse artículo distinto al ofertado. Aquellos artículos no ofertados u ofertados de forma distinta a la exigida en este Xxxxxx se considerarán como los más desfavorables a la hora de aplicar los criterios objetivos. Los precios se referirán al tipo de medida usual de cada artículo, kilogramo, metro, unidades, etc., y se valorarán en proporción al consumo previsto y de acuerdo a los coeficientes que se especifican en los Pliegos de Prescripciones Técnicas. Deberán entregarse, libres de cargo alguno, las muestras QUE SEAN SOLICITADAS POR LA ADMINISTRACION para los ensayos, análisis o pruebas que se consideren necesarias. |
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En el Lote nº 3, relativo a “productos químicos para la limpieza de la cocina”, los dosificadores automatizados para la adición de detergente líquido y abrillantador en máquinas lavavajillas, correrán a cargo del adjudicatario. Igualmente correrán a su cargo el mantenimiento y buen funcionamiento de los mismos.
II)- Sistema de facturación:
El pago se realizará contra factura, emitida de acuerdo con el Reglamento del I.V.A. que deberá expedir el Empresario adjudicatario, en los primeros diez días siguientes al mes al que correspondan los suministros, comprendiendo la totalidad del suministro entregado durante dicho periodo de tiempo. Esta facturación recogerá exclusivamente los suministros de los artículos adjudicados.
Las facturas deberán llevar el Conforme del Jefe Administrativo del Centro que haya realizado el pedido de suministro.
III)- Obligaciones del contratista:
a) El adjudicatario entregará ficha técnica y de seguridad de todos y cada uno de los productos que componen el Lote adjudicado. Asimismo el contratista está obligado a transportar los productos hasta el lugar de destino y depositarlos en las dependencias indicadas por los Jefes Administrativos de cada una de las Residencias. El contratista comunicará a los Centros todos los datos personales que se solicite de los empleados que vayan a realizar los suministros en el recinto.
Se podrá autorizar o denegar la entrada y permanencia en el recinto de cualquier empleado del contratista, o revocar en cualquier momento la autorización concedida, cuando motivos excepcionales así lo aconsejen.
El adjudicatario del Lote nº 3, relativo a “Productos químicos para limpieza de cocinas”, deberá suministrar dosificadores automatizados para la adición de detergente líquido y abrillantador en máquinas lavavajillas. Igualmente correrá a su cargo el mantenimiento y buen funcionamiento de los mismos.
b) La administración se reserva las comprobaciones, por personal técnico, de los bienes al momento de su recepción, para asegurarse de la calidad de los bienes entregados.
Asimismo, los procedimientos a seguir en el reconocimiento de los bienes a su recepción serán los siguientes: Pesaje y análisis de los productos suministrados.
En caso de disconformidad o discrepancia en los resultados de las comprobaciones efectuadas, el empresario podrá presentar las que estime pertinentes en forma de peritajes, dictámenes o análisis emitidos por Centros u Organismos Oficiales, que servirán como elementos de juicio para la resolución definitiva que dictará el Organo de Contratación.
c) La Diputación se reserva el derecho de realizar, con un máximo de dos pruebas durante el periodo de vigencia del contrato, análisis en el laboratorio que designe para comprobar el cumplimiento de los niveles de calidad exigidos. El coste de estos análisis correrá a cargo de la empresa adjudicataria.
Este análisis consistirá en la realización de las siguientes pruebas:
1. Pruebas para establecer la eficacia frente a las distintas manchas de grasas. Por ejemplo, maquillaje, comida, sebo, aceite vegetal, grasas animales, salsas o pintalabios.
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2. Pruebas para establecer el poder enzimático del detergente frente a manchas proteicas y amiláceas. Por ejemplo, sangre, cacao, leche, hierba o almidón.
3. Pruebas para establecer el poder oxidante del detergente frente a manchas de café, té, vino o fruta.
4. Pruebas xx xxxxxx sucesivo para determinar el desgaste de la ropa y la alteración del color. Esta prueba, consiste en someter un tejido de algodón a 25 lavados y valorar el resultado comparándolo con otro tejido de algodón al que se la ha sometido a 25 lavados sin detergente, de forma que el desgaste debido a la acción mecánica de la lavadora quede compensado.
d) La entrega se entenderá hecha cuando los bienes hayan sido efectivamente recibidos por la Administración, de acuerdo con las condiciones del contrato.
IV)- Protección de Datos
El adjudicatario vendrá obligado a guardar la más estricta confidencialidad sobre el contenido del contrato así como los datos o información a la que pueda tener acceso como consecuencia de la ejecución del mismo, pudiendo únicamente poner en conocimiento de terceros aquellos extremos que la Diputación Provincial autorice por escrito, y a usar dicha información a los exclusivos fines de la ejecución del contrato.
El acceso del adjudicatario a los datos de carácter personal contenidos en los ficheros titularidad de esta Diputación para la prestación de servicios objeto del presente Pliego, no tendrá la consideración legal de comunicación o cesión de datos a los efectos previstos en la Ley Orgánica 15/1999, de 23 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, sino de acceso por cuenta xx xxxxxxx según lo previsto en el artículo 12 de la citada Ley Orgánica. Tales datos de carácter personal serán propiedad exclusiva de esta Diputación, extendiéndose esta titularidad a cuantas elaboraciones realice el adjudicatario con ocasión del cumplimiento del contrato.
A los efectos anteriores, el adjudicatario tendrá la condición de encargado del tratamiento y se sujetará al deber de confidencialidad y seguridad de los datos personales a los que tenga acceso conforme a lo previsto en la normativa que resulte aplicable, obligándose específicamente a lo siguiente:
a) A utilizar y aplicar los datos personales a los exclusivos fines del cumplimiento del objeto del contrato.
b) A adoptar las medidas de índole técnica y organizativa necesarias establecidas en el artículo 9 de la Ley Orgánica 15/1999 y en las normas reglamentarias que la desarrollen, que garanticen la seguridad de los datos personales y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos objeto de tratamiento y los riesgos a que los mismos estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural. En todo caso se obliga a aplicar las medidas de seguridad del nivel que correspondan en función de los datos a tratar de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 994/1999, de 11 xx xxxxx, por el que se aprueba el reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal.
c) A mantener la más absoluta confidencialidad sobre los datos personales a los que tenga acceso para la prestación de servicios así como sobre los que resulten de su tratamiento cualquiera que sea el soporte en el que se hubieren obtenido.
d) A no comunicar o ceder los datos del fichero a otra persona, ni siquiera para su conservación, debiendo destruir los datos personales a los que haya tenido acceso, así como los resultados derivados de su tratamiento, al igual que cualquier soporte o documentos en los que conste algún dato de carácter personal objeto de tratamiento, salvo que esta Diputación requiera que le sean devueltos.
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e) A guardar secreto profesional de todos los datos de carácter personal que conozca o a los que tenga acceso en ejecución del contrato. Igualmente se obliga a custodiar e impedir el acceso a los datos de carácter personal a cualquier tercero ajeno. Las anteriores obligaciones se extienden a toda persona que
pudiera intervenir en cualquier fase del tratamiento por cuenta del adjudicatario.
f) A comunicar y hacer cumplir a sus empleados las obligaciones establecidas en los apartados anteriores y, en particular, las relativas al deber xx xxxxxxx y medidas de seguridad.
El adjudicatario se compromete y obliga a informar a sus empleados de las advertencias legales indicadas en los párrafos anteriores.
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P. - GARANTÍA DEFINITIVA (5 % del importe de adjudicación del/los lote/s excluido I.V.A.) Y OTRA DOCUMENTACIÓN
GARANTÍA DEFINITIVA: | GARANTÍA COMPLEMENTARIA TRLCSP): | (artº | 95.2 | ||
El licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar en el plazo xx XXXX (10) DIAS HABILES, a contar desde el siguiente a la recepción del requerimiento por parte del Órgano de Contratación y con anterioridad a la firma del contrato, deberá constituir una garantía definitiva por importe del 5% del importe de adjudicación del /los lote/s, excluido el Impuesto sobre el valor añadido (I.V.A.). | Exigida: % No Exigida | ||||
OTRA DOCUMENTACION | |||||
Dentro del plazo indicado anteriormente el licitador que tenga la proposición económicamente más ventajosa deberá presentar, además de la documentación establecida en las cláusulas 20ª y 21ª xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, la siguiente: 1).- Presentación de la solicitud a esta Administración del Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones de naturaleza tributaria con la Diputación Provincial xx Xxxxxx. 2).- Declaración responsable de compromiso de cumplimiento de las cláusulas medioambientales, según Xxxxx XXX que se adjunta en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. 3) Fichas Técnicas y hojas de seguridad de los productos adjudicados donde figuren las especificaciones técnicas de los mismos en cada uno de los Centros Residenciales de la Diputación. | |||||
Q.- SUBCONTRATACIÓN | |||||
Permitida: SI | NO | ||||
Porcentaje máximo autorizado: máximo 60% | |||||
Obligación de indicar en la oferta la parte del contrato que tenga previsto subcontratar: SI NO | |||||
OBLIGACIÓN DE SUBCONTRATACIÓN con empresas especializadas (máximo 50%): SI NO |
R- PROGRAMA DE TRABAJO
SI NO
S- LUGAR DE RECEPCIÓN Y ENTREGA.- Centros Residenciales de la Diputación Provincial |
T- POSIBILIDAD DE CURSAR NOTIFICACIONES TELEMÁTICAS SI NO |
U.- MODIFICACIONES CONTRACTUALES PREVISTAS
Art. 106 TRLCSP
SI (Anexo III)
NO
V- PERFIL DEL CONTRATANTE
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W.- ÍNDICE DE ANEXOS
ANEXO I | VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN |
ANEXO II | JUSTIFICANTES DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL DEL LICITADOR |
ANEXO III | MODIFICACIONES CONTRACTUALES PREVISTAS |
ANEXO IV | CONTENIDO DE LOS SOBRES 2 Y 3 |
ANEXO I
CRITERIOS DE VALORACIÓN CUANTIFICABLES ECONÓMICAMENTE
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN | PONDERACIÓN | |
1 - | CRITERIO: .- PRECIO POR COEFICIENTE DEL CONSUMO Se valorarán las ofertas en función del resultado global obtenido de la siguiente operación: Sumatorio de las diferencias del precio de cada artículo del lote con la media aritmética de los precios ofertados para cada uno de los artículos del lote y el resultado multiplicado por el coeficiente de consumo. H100 = ( X m) X X 000 = Ahorro por cada 100 kg. Suministrados de un mismo lote. X = Precio de cada artículo ofertado. m = Media de los precios ofertados por artículo. C = Coeficiente de consumo de cada artículo. Aplicando este criterio, se le asigna a la oferta más ventajosa 60 puntos y al resto se les deduce un número de puntos igual a la diferencia entre el precio ofertado y la oferta más ventajosa, expresados en porcentaje. | 60 puntos |
TOTAL | 60 |
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CRITERIOS CUYA VALORACIÓN DEPENDA DE UN JUICIO DE VALOR
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN | PONDERACIÓN | |
1 - | CRITERIO: ANTECEDENTES EN RELACION CON LAS ADJUDICACIONES DEL ULTIMO AÑO Sin antecedentes o nueva empresa Pequeñas incidencias Antecedentes negativos Estos antecedentes se valorarán en función de los Informes emitidos por los responsables de cada uno de los Centros. | 20 puntos 10 puntos 0 puntos |
2 - | CRITERIO: GRADO DE ACEPTACION DE LOS ARTICULOS OFERTADOS Muy bueno Bueno Aceptable Regular o mala La valoración se realizará en función en los Informes de los responsables de los Centros. | 10 puntos 7 puntos 3 puntos 0 puntos |
3 - | CRITERIO: SERVICIO Y CAPACIDAD DE LA EMPRESA Este criterio recoge, entre otros conceptos, el cumplimiento del apartado “O.II)” (CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO) del Cuadro- Resumen de este pliego, en el que se establece la obligatoriedad del proveedor adjudicatario de facturar el suministro mensual antes del día 10 del mes siguiente, dado que este incumplimiento produce una rémora en la gestión administrativa. Asimismo será objeto de valoración en este apartado el compromiso expresado por la empresa de presentación, en el plazo que se le otorga al efecto, de las correspondientes fichas técnicas y hojas de seguridad de los productos adjudicados en cada uno de los Centros Residenciales dependientes de la Diputación, donde figuren las especificaciones técnicas de los mismos. | 10 puntos |
- | Opcionalmente, con carácter previo a la adjudicación del Lote nº 5.- “Productos químicos para el lavado de ropa”, se podrá realizar una fase de prueba, de carácter eliminatorio. Esta prueba consiste en someter una tira de tejido EMPA a dos lavados. Para ello la Administración podrá requerir a los licitadores a la presentación de una muestra de producto. Los productos ofertados deberán superar esta prueba xx xxxxxx realizada con arreglo al siguiente procedimiento: 1º. Los proveedores enviaran cuando sean requeridos para ello, una muestra de cada uno de sus productos, suficiente para dos lavados de una tira de tejido EMPA. Igualmente remitirán en esta fase, ficha de prescripciones técnicas de cada uno de ellos, con la dosificación de producto establecida. 2º. La Administración designará los miembros del Tribunal encargado de decidir sobre los resultados. Asimismo, determinará la fecha y el Centro donde se realizará esta |
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prueba. 3º. Las muestras numeradas y sin identificar serán remitidas por la Administración al citado Tribunal. 4º. El Tribunal fijará el programa xx xxxxxx, que será el mismo para todas las pruebas. Se utilizará la dosis de producto que figure en la ficha técnica. 5º. El Tribunal dictaminará un resultado final de las pruebas realizadas, proponiendo al Organo de Contratación la eliminación del Procedimiento, de aquellos productos que no hayan superado la prueba. | ||
TOTAL | 40 |
A efectos de la preferencia en la adjudicación que señala la Disposición Adicional 4ª del T.R.L.C.S.P., para el caso de empate tras la valoración de los criterios anteriores, será propuesto como adjudicatario de modo preferente:
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El que acredite fehacientemente y con documentación oficial, la contratación de un mayor porcentaje de personal con discapacidad, que en todo caso será superior al 2% de la plantilla de la empresa.
ANEXO II
JUSTIFICANTES DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL DEL LICITADOR
1.- La solvencia económica y financiera y técnica o profesional, se acreditará mediante la aportación de los documentos a que se refieren los criterios de selección marcados.
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 75.1 TRLCSP)
a) | Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales |
Criterios de selección: Se deberá presentar ineludiblemente un informe de solvencia económica suscrito por una Entidad Financiera | |
b) | Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda o, para aquellos empresarios no obligados a presentarlas, los libros de contabilidad debidamente legalizados. |
Criterios de selección: | |
c) | Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. |
Criterios de selección: |
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SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL (artículo 76 TRLCSP)
a) | Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. |
Criterios de selección: Se deberá acreditar la realización de suministros durante los tres últimos años por un importe mínimo total de 30.000 €. | |
b) | Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad.. |
Criterios de selección : | |
c) | Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. |
Criterios de selección: |
d) | Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad del sector público contratante. |
Criterios de selección: | |
e) | Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas. |
Criterios de selección: | |
f) | Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. |
Criterios de selección | |
g) | Conocimientos técnicos, eficacia, experiencia o fiabilidad para la ejecución de obras de colocación o instalación, prestación de servicios o ejecución de obras, cuando sea necesarios para el suministro |
Criterios de selección |
2.- Acreditación del cumplimiento de normas de gestión medioambiental y de calidad,
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el licitador deberá aportar los certificados siguientes (art. 80 y 81 TRLCSP):
ANEXO III
MODIFICACIONES CONTRACTUALES PREVISTAS
CIRCUNSTANCIAS (supuesto de hecho objetivo que debe de darse para que se produzca la modificación):
ALCANCE DE LAS MODIFICACIONES PREVISTAS (elementos del contrato a los que afectará):
CONDICIONES DE LA MODIFICACIÓN:
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PORCENTAJE DEL VALOR ESTIMADO (SIN IVA) DEL CONTRATO AL QUE COMO MÁXIMO PUEDAN AFECTAR:
Sobre “2”:
ANEXO IV CONTENIDO DE LOS SOBRES 2 Y 3
Se denomina “DOCUMENTACIÓN CUYA EVALUACIÓN DEPENDA DE UN JUICIO
DE VALOR”. En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido.
Este sobre incluirá los documentos que permitan valorar la oferta de acuerdo con los siguientes criterios de adjudicación que se aplicarán para la adjudicación de este contrato:
Criterio nº 3 indicado en el anexo I del cuadro-resumen de este Pliego: Servicio y Capacidad de la empresa. El licitador, se comprometerá mediante declaración al efecto, a facturar el suministro mensual, antes del día 10 del mes siguiente al que corresponda. Deberá acompañar la ubicación de la sede de la empresa debidamente acreditada, y cuantas otras especificaciones se estimen procedentes. Asimismo dentro de este apartado, será objeto de valoración el compromiso adquirido por el licitador de presentación en el plazo de 10 días hábiles desde la recepción del requerimiento, de las correspondientes fichas técnicas y hojas de seguridad de los productos ofertados donde figuren las especificaciones técnicas de los mismos, en cada uno de los Centros Residenciales de la Diputación, conforme al modelo que se adjunta en este Anexo (Declaración de compromiso)
Dentro de este sobre en los Lotes nº 3, 4 y 5 relativos a “productos químicos para la limpieza de la cocina, de superficies y xx xxxxxx de ropa”, respectivamente, es requisito indispensable para la admisión de la oferta, la presentación de ficha técnica y hoja de seguridad de cada uno de los productos, así como Registros Sanitarios de Industria. Para el estudio de las ofertas, las dosis consideradas son las que figuran en las fichas técnicas.
Asimismo, en dichos Lotes, la empresa adjudicataria se compromete, independientemente de la entrega de fichas técnicas, al asesoramiento técnico para el correcto uso de productos adjudicados.
Sobre “3”:
Se denomina “DOCUMENTACIÓN CUYA EVALUACIÓN SEA AUTOMÁTICA POR
APLICACIÓN DE FÓRMULAS””. En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido.
El contenido de este sobre será el siguiente:
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1) Oferta económica formulada conforme a los modelos que se adjuntan como Anexo X xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas, para cada uno de los lotes. Aquellos artículos no ofertados u ofertados de forma distinta a la exigida en este Xxxxxx se considerarán como los más desfavorables a la hora de aplicar los criterios objetivos.
La oferta económica se presentará debidamente firmada por quien tenga poder suficiente, pudiendo ser rechazada conforme a lo establecido en el art. 84 del Reglamento General de Contratación de las Administraciones Públicas.
En la oferta económica deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor añadido que deba ser repercutido.
Las ofertas se referirán a todos los Centros Residenciales relacionados en la cláusula. 2ª de estos Pliegos, sin que pueda excluirse de la oferta realizada ninguno de los Centros, ni tampoco ofrecer distintos precios para cada Centro.
Las ofertas económicas podrán realizarse para uno, varios o todos los lotes objeto de este procedimiento.
A todos los efectos se entenderá que las ofertas presentadas comprenderán cuantos tributos o arbitrios puedan devengarse como consecuencia del contrato, I.V.A. incluido.
Cada licitador no podrá presentar más que una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otras, si lo ha hecho individualmente. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las ofertas por él presentadas. No obstante, se establece la posibilidad de formular oferta a uno, varios o a la totalidad de los lotes especificados en el punto B de este cuadro resumen.
La oferta se materializará con la lista de precios de los artículos y calidades que propone dentro de cada grupo, según el modelo y formato que se adjunta. Se hará constar la marca de cada artículo ofertado. No podrá suministrarse artículo distinto al ofertado.
Aquellos artículos no ofertados u ofertados de forma distinta a la exigida en este Xxxxxx se considerarán como los más desfavorables a la hora de aplicar los criterios objetivos.
Los precios se referirán al tipo de medida usual de cada artículo, kilogramo, metro, unidades, etc., y se valorarán en proporción al consumo previsto y de acuerdo a los coeficientes que se especifican en los Pliegos de Prescripciones Técnicas.
Deberán entregarse, libres de cargo alguno, las muestras QUE SEAN SOLICITADAS POR LA ADMINISTRACION para los ensayos, análisis o pruebas que se consideren necesarias.
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En el Lote nº 3, relativo a “productos químicos para la limpieza de la cocina”, los dosificadores automatizados para la adición de detergente líquido y abrillantador en máquinas lavavajillas, correrán a cargo del adjudicatario. Igualmente correrán a su cargo el mantenimiento y buen funcionamiento de los mismos.
DECLARACIÓN DE COMPROMISO
D. , | con | N.I.F. | número |
………………….., en representación de | (o | en | nombre |
propio)……………………………., con domicilio a efectos de notificaciones en
…………………………..…………. y C.I.F. número ……………
SE COMPROMETE: A presentar, en el plazo xx XXXX (10) DÍAS HÁBILES desde el siguiente a aquel en que hubiere recibido el requerimiento para ello, las correspondientes Fichas Técnicas y hojas de seguridad de los productos ofertados en cada uno de los Centros Residenciales dependientes de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxx, donde figuren las especificaciones técnicas de los mismos.
SE COMPROMETE: A facturar el suministro mensual, antes del día 10 del mes siguiente al que corresponda. Deberá acompañar la ubicación de la sede de la empresa debidamente acreditada, y cuantas otras especificaciones se estimen procedentes.
Burgos, a
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Fdo.
PLIEGO DE CLAÚSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO MEDIANTE
PROCEDIMIENTO ABIERTO [UNO/VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN]
Í N D I C E
I DISPOSICIONES GENERALES
1.-OBJETO
2.-ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
3.-RÉGIMEN JURÍDICO
4.-CAPACIDAD PARA CONTRATAR
5.- ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA DEL CONTRATISTA
6.- PERFIL DEL CONTRATANTE
7.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
8.- EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO
9.- REVISIÓN DE PRECIOS
10.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA DEL SUMINISTRO
II ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
11.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
12.- GARANTÍA PROVISIONAL
13.- PLAZO Y PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
14.-CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
15.- MESA DE CONTRATACIÓN
16.- CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL
17.- APERTURA DE PROPOSICIONES ECONÓMICAS
18.- APERTURA DE LOS CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN, EN SU CASO.
19.- ADJUDICACIÓN
20.- CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
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21.- ACREDITACIÓN DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL
III FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 22.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO IV EJECUCIÓN DEL CONTRATO
23.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
24.- PLAZO
25.- PROGRAMA DE TRABAJO
V EJECUCIÓN DEL SUMINISTRO
26.- CONDICIONES DE INSTALACIÓN Y PRESTACIONES COMPLEMENTARIAS DEL SUMINISTRO
27.- DIRECCIÓN DEL CONTRATO
28.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
29.- GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA
30.- ABONOS AL CONTRATISTA
31.- CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS
32.- CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO PARCIAL DE LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO.
VI SUBCONTRATACIÓN
33.- SUBCONTRATACIÓN
VII MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
34.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO
35-. MANTENIMIENTO
36.- SUSPENSIÓN DEL SUMINISTRO
37.- ENTREGA, INSTALACIÓN Y PUESTA A PUNTO
VIII FINALIZACIÓN DEL CONTRATO
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38.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y RECEPCIÓN DEL SUMINISTRO
39.- RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO
40.- PLAZO DE GARANTÍA
41.- DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
42.- JURISDICCIÓN
43.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
ANEXOS
44.- Anexo I: Proposición Económica. 45.- Anexo II: Declaración de capacidad. 46.- Anexo III: Cláusulas Ambientales.
47.- Anexo IV: Registro de Licitadores.
48.- Anexo V: Declaración de Responsabilidad. 49.- Anexo VI: Declaración de Responsabilidad.
50.- Anexo VII: Modelos de Aval bancario y Seguro de caución. 51.- Anexo VIII: Obligaciones esenciales del contrato.
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52.- Anexo IX: Causas específicas de resolución contractual.
CLAUSULAS
I DISPOSICIONES GENERALES
1. OBJETO DEL CONTRATO
1.1.- El contrato tiene por objeto el suministro al que se refiere el apartado “B” (OBJETO DEL CONTRATO) del Cuadro-Resumen de este pliego.
Dicho objeto corresponde al código CPV de la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV) de la Comisión Europea que se recoge también en el mencionado apartado “B” (OBJETO DEL CONTRATO) del Cuadro-Resumen de este pliego.
Cuando así se establezca en el apartado “C” (PRESUPUESTO DE LICITACIÓN) del Cuadro-Resumen de este pliego existirá la posibilidad de licitar por lotes.
1.2.- Respecto a la admisibilidad de variantes al objeto definido en el presente pliego, se estará a lo previsto en el apartado “B” (OBJETO DEL CONTRATO) del Cuadro-Resumen de este pliego.
1.3.- Las necesidades a satisfacer mediante el contrato son las contenidas en el apartado “B” (OBJETO DEL CONTRATO) del Cuadro-Resumen de este pliego.
2. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
2.1.- Tanto el órgano de contratación como la Unidad Promotora, se recogen en el apartado “A” (PODER ADJUDICADOR) del Cuadro-Resumen de este pliego.
2.2.- El órgano de contratación tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la Jurisdicción competente.
3. RÉGIMEN JURÍDICO
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La contratación a realizar se califica como contrato administrativo de suministro, de conformidad con lo establecido en los artículos 9 y 19 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), quedando sometida a dicha ley, así como al Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP, y al Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, en tanto continúe vigente, o a las normas
reglamentarias que le sustituyan, y a las cláusulas contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares.
4. CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
4.1.- Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del TRLCSP, extremo que se podrá acreditar por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 73 del TRLCSP.
Las empresas deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación de inscripción en uno de los registros profesionales o comerciales que se indican en el anexo I del RGLCAP.
4.2.- Además de los requisitos reseñados, los licitadores deberán acreditar la adecuada solvencia económica y financiera y profesional o técnica, a tenor de la cláusula 5 del presente pliego.
Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar su solvencia técnica, económica y financiera a través de los medios de justificación que se señalan en los artículos 75 y 76 del TRLCSP y que se detallan en el apartado “H” (CAPACIDAD PARA CONTRATAR: JUSTIFICANTES DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA Ó PROFESIONAL DEL LICITADOR) del Cuadro-Resumen de
este pliego, todo ello sin perjuicio de lo establecido en los artículos 58 y 146 del citado TRLCSP.
A los efectos previstos en el párrafo anterior, los documentos que hayan sido expedidos por Estados miembros de la Unión Europea a favor de sus propios empresarios constituirán una presunción de aptitud en los términos reseñados en el artículo 84.1 del TRLCSP.
4.3.- Los que contraten con la Administración, podrán hacerlo por sí, o mediante la representación de personas debidamente acreditadas mediante poder bastante otorgado al efecto. No obstante, los documentos acreditativos de la representación, serán calificados en el seno de la Mesa de Contratación, consignándose expresamente en el acta la manifestación del Letrado respecto a si la documentación aportada es bastante para que el representante ejerza las facultades de licitar en relación con el expediente concreto.
5. ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA DEL CONTRATISTA.
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5.1.- Los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica que se determinan en el Cuadro Resumen del presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
5.2.- Los empresarios no españoles de la Unión Europea, deberán acreditar ante el órgano de contratación la capacidad financiera, económica y técnica, conforme a lo estipulado en la cláusula 4.2 del presente pliego, así como que se encuentran habilitadas para realizar la prestación que constituye el objeto del contrato con arreglo a la legislación del Estado de procedencia, en los términos establecidos en el artículo 58 del TRLCSP.
[Respecto a la clasificación del contratista, tener en cuenta el contenido de la Disposición Adicional Cuarta del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público: «El apartado 1 del artículo 65, en cuanto determina los contratos para cuya celebración es exigible la clasificación previa, entrará en vigor conforme a lo que se establezca en las normas reglamentarias de desarrollo de esta Ley por las que se definan los grupos, subgrupos y categorías en las que se clasificarán esos contratos, continuando vigente, hasta entonces el párrafo primero del apartado 1 del artículo 25 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas»]
6. PERFIL DEL CONTRATANTE
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, esta Diputación cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxx.xx.
7. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
7.1.- El presupuesto de licitación del contrato, es el que se recoge en el apartado “C” (PRESUPUESTO DE LICITACIÓN) del Cuadro-Resumen de este pliego, al que se adicionará el Impuesto sobre el Valor Añadido, reflejado en el apartado “C” (PRESUPUESTO DE LICITACIÓN) del Cuadro-Resumen de este pliego.
7.2.- El importe del presupuesto del contrato que regirán durante la ejecución del suministro, serán los que resulten de la aprobación de la oferta seleccionada.
8. EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO
Existe crédito presupuestario para atender a las obligaciones económicas que se deriven de la contratación con cargo a una determinada aplicación presupuestaria, de acuerdo con lo recogido en el apartado “C” (PRESUPUESTO DE LICITACIÓN) del Cuadro-Resumen de este pliego.
9. REVISIÓN DE PRECIOS
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En lo que corresponde a la revisión de precios, se estará a lo que se señala en el apartado “C” (PRESUPUESTO DE LICITACION) del Cuadro-Resumen de este pliego.
10. PLAZO DE EJECUCIÓN
Los plazos de entrega parciales o totales del suministro serán los que figuran en el apartado “F” (PLAZO DE ENTREGA) del Cuadro-Resumen de este pliego. Todos estos plazos comenzarán a contar a partir de la formalización del contrato o desde la fecha fijada en el documento contractual.
El suministro se entregará en el lugar señalado en el apartado “S” (LUGAR DE RECEPCIÓN Y ENTREGA) del Cuadro-Resumen de este pliego.
El plazo de mantenimiento del suministro, en su caso, será el que figure en el apartado “F” (PLAZO DE ENTREGA) del Cuadro-Resumen de este pliego.
II ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
11. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto con uno o varios criterios de adjudicación al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a lo dispuesto en el apartado “Ñ” (CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN) del Cuadro-Resumen de este pliego.
12. GARANTÍA PROVISIONAL
12.1.- En lo que corresponde a la garantía provisional, se estará a lo que se señala en el apartado “I” (GARANTIA PROVISIONAL) del Cuadro-Resumen de este pliego.
Los órganos de contratación podrán exigir a los licitadores una garantía provisional por importe de hasta el 3% del presupuesto del contrato, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, que responderá del mantenimiento de sus ofertas hasta la adjudicación del contrato.
12.2.- La garantía provisional se depositará:
- De acuerdo con las normas establecidas en el artículo 103 del TRLCSP, se depositará en la Caja de la Corporación-Tesorería (el horario de la caja en de 9,00 h a 14,00 h., excluyendo sábados).
- Ante el órgano de contratación, cuando se trate de certificados de inmovilización de valores anotados, de avales o de certificados de seguro de caución.
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La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los candidatos inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación hasta que
proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su oferta antes de la adjudicación.
El adjudicatario podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva.
13. PLAZO Y PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
13.1.- El plazo para la presentación de proposiciones será el señalado en el apartado “K” (PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES) del Cuadro-Resumen de este pliego, contado a partir del día natural siguiente desde la publicación del anuncio de licitación en el "Boletín Oficial" de la Provincia xx Xxxxxx.
En el supuesto de que el último día del plazo establecido en el párrafo anterior fuese sábado o inhábil, automáticamente dicho plazo quedará prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.
13.2.- La presentación podrá realizarse mediante entregas en las oficinas que se indiquen en el anuncio de licitación, bien personalmente o bien mediante envío por mensajería entregado dentro del plazo señalado.
Las proposiciones podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuando las proposiciones se envíen por Correos, el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío y comunicar en el mismo día al órgano de contratación, por fax, o telegrama, la remisión de la proposición. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición en el caso que fuera recibida fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación.
Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la disposición adicional 16ª del TRLCSP.
No obstante, transcurridos diez días naturales desde la terminación del plazo, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.
13.3.- Los interesados podrán examinar el pliego en el plazo y las oficinas señaladas en el anuncio de licitación.
13.4.- La presentación de las proposiciones supone la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad del contenido del presente pliego, sin salvedad alguna.
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13.5.- La presentación de la proposición se deberá realizar en una sola de las dependencias administrativas de entre las varias que existan para poder llevarla a cabo, rechazándose en caso contrario todas las presentadas por el licitador.
13.6.- Entregada la proposición no podrá ser retirada por el licitador, salvo causas justificadas.
13.7.- Cada licitador podrá presentar sólo una proposición en relación con el objeto del contrato.
14. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
14.1.- Las proposiciones constarán de dos (Sobre 1 y 3) en caso de que se determine un único criterio de adjudicación), o tres sobres (Sobre 1, 2 y 3) en caso de varios criterios de adjudicación), cerrados, identificados en su exterior con indicación de la licitación a la que se concurra y el nombre y apellidos o razón social de la empresa licitadora, números de teléfono y de fax, y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente.
El contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, deberá tener los requisitos que se señalan a continuación:
14.2.- “SOBRE NÚMERO 1”:
Será rotulado con la siguiente inscripción: "SOBRE 1: LICITACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE: “...-----
indicar el suministro descrito en el apartado “B” (OBJETO DEL CONTRATO) del Cuadro- Resumen de este pliego----. “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA”.
Su contenido será el siguiente:
14.2.1) El documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, en la forma siguiente:
14.2.1.1.) Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial que fuera preceptivo.
En todo caso se exigirá la presentación del DNI del firmante de la proposición.
Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se indican en el Anexo I del Reglamento General de la LCAP.
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Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación expedida por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local,
profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato.
Asimismo, deberán aportar informe de la respectiva representación diplomática española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga.
Igualmente, dichas empresas deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
14.2.1.2.) Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar.
Dicho documento será bastanteado de oficio por el Letrado asistente a la Mesa de Contratación en el momento de la calificación de la documentación general aportada.
14.2.1.3.) Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
14.2.2) Certificado de solvencia económica y financiera y profesional o técnica conforme a lo establecido en la cláusula 5ª del presente Pliego.
Para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, será suficiente que acrediten, en su caso, ante el órgano de contratación correspondiente su solvencia económica, financiera y técnica, conforme a los requisitos establecidos en la cláusula 4.2 del presente pliego.
Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, en el caso de que opten por presentar clasificación empresarial suficiente, que todas las empresas que integran la unión han obtenido clasificación como empresa contratista. En tal caso, se acumularán las clasificaciones individuales de sus miembros, a efectos de poder acreditar la clasificación global exigida en el presente pliego.
Si concurren uniones de empresarios nacionales, extranjeros no comunitarios o extranjeros comunitarios, los dos primeros deberán acreditar su clasificación y los últimos, en defecto de ésta, su solvencia económica, financiera y técnica.
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14.2.3) Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado,
o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 60 del TRLCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
14.2.4) En su caso, una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.
14.2.5) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
La justificación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, será exigida al candidato a licitador, concediéndole un plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento.
Por lo que respecta a la certificación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con esta Diputación Provincial, será expedida por la Tesorería Provincial únicamente al licitador que resulte adjudicatario, según acuerdo adoptado por la Comisión de Gobierno de esta Corporación, de fecha 18 de diciembre de 1998.
Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia, excepto el documento acreditativo de la garantía provisional, en su caso, que habrá de aportarse en original. Asimismo, los licitadores presentarán su documentación en castellano.
Las empresas no adjudicatarias no podrán retirar la documentación general presentada hasta transcurridos los plazos previstos para la interposición de los recursos pertinentes. Transcurrido ese plazo, dispondrán de un plazo máximo de cuatro meses para retirar aquélla, que, en caso contrario, será destruida.
14.2.6) Las empresas podrán solicitar su inscripción en el Registro de Licitadores de conformidad a lo establecido en el Anexo IV del presente Pliego.
En el caso de contratistas inscritos en el Registro de Licitadores la documentación a presentar en el presente caso y en futuras licitaciones es la siguiente:
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a) Declaración responsable, conforme al modelo de declaración de capacidad que se adjunta como XXXXX XX.
b) Declaración, conforme a los modelos de declaración que se adjuntan como ANEXO V de vigencia de documentos, donde se hace constar que los documentos obrantes en el Registro son válidos para licitar al presente contrato y que no han sufrido alteraciones, en su caso, que puedan alterar la capacidad de contratar, o ANEXO VI de modificación de documentos, por la que se relacionan las modificaciones que hayan podido producirse junto con su acreditación documental.
c) En el caso de exigirse, resguardo acreditativo de la garantía provisional.
d) En el caso de exigirse, acreditación de solvencia económico, financiera y técnica o profesional.
e) En el caso de exigirse, Memoria.
f) En el caso de exigirse, las variantes o alternativas.
14.3.- “SOBRE NÚMERO 2”:
Será rotulado con la siguiente inscripción: " SOBRE 2: LICITACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO: DE: “...-----
indicar el suministro descrito en el apartado “B” (OBJETO DEL CONTRATO) del Cuadro- Resumen de este pliego----, “DOCUMENTACIÓN CUYA EVALUACIÓN DEPENDA DE UN JUICIO DE VALOR”.
14.3.1.- Los licitadores incluirán en este sobre aquellos documentos que sean precisos para la valoración de los criterios que dependan de un juicio de valor.
En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido según el modelo anexo al presente pliego.
14.4.- “SOBRE NÚMERO 3”:
Será rotulado con la siguiente inscripción: " SOBRE 3: LICITACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE: “...-----
indicar el suministro descrito en el apartado “B” (OBJETO DEL CONTRATO) del Cuadro- Resumen de este pliego, “DOCUMENTACIÓN CUYA EVALUACIÓN SEA AUTOMÁTICA POR APLICACIÓN DE FÓRMULAS”
14.4.1) Los licitadores incluirán en este sobre su oferta económica, que deberá estar redactada según el modelo anexo al presente pliego, sin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas, y que, de producirse, provocarán que la proposición sea rechazada.
En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del IVA que deberá ser repercutido.
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Cada licitador podrá presentar sólo una proposición económica referida a la totalidad del objeto del contrato.
14.4.2) El empresario que haya licitado en unión temporal con otros empresarios no podrá, a su vez, presentar proposición individualmente, ni figurar en más de una unión temporal participante en la licitación. El incumplimiento de esta prohibición dará lugar a la no admisión de todas las ofertas por él suscritas.
15. MESA DE CONTRATACIÓN
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
La Mesa de contratación estará compuesta por los miembros que se indican en el apartado “N” (MESA DE CONTRATACION) del Cuadro-Resumen de este pliego.
16. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA, SOBRE 1
Concluido el plazo de presentación de proposiciones, el quinto día natural después del último día de presentación de ofertas, la Mesa de contratación se constituirá y procederá a la calificación de la documentación administrativa presentada por los licitadores y si observase defectos materiales en la documentación presentada, lo notificará por fax, telegrama o correo electrónico al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que lo subsane. Ahora bien, si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación.
Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de contratación, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios, requerimiento que deberá ser cumplimentado en el plazo máximo de cinco días naturales y siempre antes de la declaración de admisión de las proposiciones.
[Cuando deban tenerse en cuenta varios criterios de adjudicación el procedimiento continuará como se describe en clausula siguiente. Sin embargo, cuando la adjudicación dependa únicamente de un criterio -que necesariamente será el precio-, el procedimiento continuará en la clausula 18.]
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17.- APERTURA DE DOCUMENTACIÓN CUYA EVALUACIÓN DEPENDA DE UN JUICIO DE VALOR, SOBRE 2, EN SU CASO.
17.1.- La Mesa de contratación, una vez calificada la documentación del sobre 1, y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, realizará en acto público la apertura de las proposiciones de los licitadores admitidos, cuya celebración deberá tener lugar en un plazo no superior a siete días a contar desde la apertura de la documentación administrativa (Sobre 1), en el lugar y hora señalados en el anuncio de licitación, con arreglo al siguiente procedimiento:
17.1.1) En primer lugar, el Presidente dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación administrativa presentada en el sobre 1, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos, y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de subsanación de defectos u omisiones.
17.1.2.) A continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre 2, el primer día hábil siguiente a la finalización del plazo de subsanación de 3 días y a la lectura de las proposiciones formuladas por los licitadores.
17.1.3.) Tras ello, dichas proposiciones se remitirán a los Servicios Técnicos del Servicio Proponente para su valoración con arreglo a los criterios y a la ponderación establecidos en el Pliego.
No obstante, cuando se atribuya a los criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas una ponderación inferior a la correspondiente a los criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, deberá constituirse un comité que cuente con un mínimo de tres miembros, formado por expertos no integrados en el órgano proponente del contrato y con cualificación apropiada, al que corresponderá realizar la evaluación de las ofertas conforme a estos últimos criterios, o encomendar esta evaluación a un organismo técnico especializado, debidamente identificado en los pliegos.
La ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor se dará a conocer en el acto público de apertura del resto de la documentación que integra la proposición (sobre 3).
18.- APERTURA DE DOCUMENTACIÓN CUYA EVALUACIÓN SEA AUTOMÁTICA POR APLICACIÓN DE FÓRMULAS, SOBRE 3
18.1.- La Mesa de contratación, una vez calificada la documentación del sobre 1, y en su caso (varios criterios de adjudicación) del sobre 2, y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, realizará en acto público la apertura de las proposiciones de los licitadores admitidos, en el lugar y hora señalados en el anuncio de licitación, con arreglo al siguiente procedimiento:
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18.1.1) En primer lugar, el Presidente dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la
calificación de la documentación administrativa presentada en el sobre 1, y en su caso (varios criterios de adjudicación) en el sobre 2 y su correspondiente informe técnico, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos, y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de subsanación de defectos u omisiones.
18.1.2) A continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre 3, y a la lectura de las proposiciones formuladas por los licitadores.
18.2.- En caso de valorarse con ÚNICO criterio de adjudicación el PRECIO, concluida la apertura de las proposiciones, el Presidente de la Mesa concretará expresamente la oferta más ventajosa, sobre la que formulará propuesta de adjudicación del contrato e invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado.
A continuación, se dará por concluido el acto público de apertura de proposiciones, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa.
La Mesa de contratación elevará al órgano de contratación propuesta de adjudicación del contrato al licitador que presente la oferta de precio más bajo, previo requerimiento al licitador de la oferta económicamente más ventajosa para que aporte determinada documentación. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación no dicte la resolución de adjudicación. (art. 160.2 TRLCSP).
18.3.- En caso de valorarse con VARIOS criterios de adjudicación, a la vista de la valoración de los criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor, sobre 2, la mesa hace suyo el contenido del informe técnico y a la vista del contenido del sobre 3, el Presidente de la Mesa propondrá la adjudicación del contrato al licitador que en su conjunto (suma puntación sobre 2 y
3) obtenga la mayor puntuación, previo requerimiento de la documentación administrativa exigible en cada caso.
A continuación, se dará por concluido el acto público de apertura de proposiciones, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa.
La Mesa de contratación elevará al órgano de contratación propuesta de adjudicación del contrato al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación no dicte la resolución de adjudicación. (art. 160.2 TRLCSP).
Si se presentasen dos o más proposiciones iguales que resultasen ser las ofertas económicamente más ventajosas, se decidirá la propuesta de adjudicación de éstas mediante la mayor puntuación obtenida por el orden de ponderación o en su caso mediante sorteo cuando el precio sea el único criterio de adjudicación.
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19. ADJUDICACIÓN
19.1.- El órgano de contratación, clasificará las ofertas, y requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva, y de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social en la forma que se establece en las cláusulas 20 y 21.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. (art. 151.2 TRLCSP)
19.2.- El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
La adjudicación deberá acomodarse a la propuesta de la Mesa de contratación, salvo que expresamente se justifiquen los motivos para apartarse de tal propuesta, o que ésta se haya efectuado con infracción del ordenamiento jurídico, en cuyo caso la convocatoria quedará sin efecto, o cuando, de acuerdo con lo previsto en la cláusula 19.4, se presuma fundadamente que la proposición no puede cumplirse como consecuencia de bajas desproporcionadas o temerarias, siendo de aplicación lo establecido en los artículos 85 y 86 del RGLCAP.
19.3.- La adjudicación deberá dictarse en todo caso, siempre que alguna de las proposiciones presentadas reúna los requisitos exigidos en el pliego de cláusulas, no pudiendo en tal caso declararse desierta la licitación.
No obstante, en los términos previstos en el artículo 155 del TRLCSP, la Administración, antes de dictar la adjudicación, podrá renunciar a celebrar el contrato por razones de interés público, o desistir del procedimiento tramitado, cuando éste adolezca de defectos no subsanables, debiendo de indemnizar a los licitadores, en ambos casos, de los gastos que su participación en la licitación les hubiese efectivamente ocasionado.
19.4.- El carácter desproporcionado o anormal de las ofertas se apreciará de acuerdo con los parámetros objetivos que se establecen en los artículos 85 y 86 del RGLCAP.
En tales supuestos, se estará a lo dispuesto en los apartados 3 y 4 del artículo 152 del TRLCSP, dándose audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma. En caso de que el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes técnicos, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas.
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19.5.- La adjudicación deberá notificarse a los licitadores, y, simultáneamente, publicarse en el perfil de contratante de la página Web del órgano de contratación, recogido en el apartado “V” (PERFIL DEL CONTRATANTE) del Cuadro-Resumen de este Pliego.
19.6.- El plazo máximo para efectuar la adjudicación será el previsto en el apartado “L” (PLAZO DE ADJUDICACIÓN) del Cuadro-Resumen de este Pliego, a contar desde la apertura de las proposiciones.
20.- CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
20.1.- El licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar, en el plazo establecido en la cláusula 19.1, la constitución de la garantía definitiva de acuerdo con lo que se señala en el apartado “P” (GARANTIA DEFINITIVA) del Cuadro- Resumen de este pliego.
20.2.- De acuerdo con lo previsto en el artículo 95.2 del TRLCSP, en cuanto a la garantía complementaria se estará a lo dispuesto también en el apartado “P” (GARANTIA DEFINITIVA) del Cuadro-Resumen de este pliego.
20.3.- La garantía podrá constituirse en metálico, en valores de Deuda Pública, mediante aval, y por contrato de seguro de caución, en la forma y condiciones establecidas en los artículos 55 y siguientes del RGLCAP, y las normas de desarrollo que se establezcan de conformidad con el artículo 96 del TRLCSP, debiendo depositarse su importe, o la documentación acreditativa correspondiente, en la Tesorería de la Diputación Provincial xx Xxxxxx. Los avales y los certificados de seguro de caución deberán estar bastanteados por el Servicio Jurídico de la Diputación Provincial xx Xxxxxx.
El aval o contrato de seguro de caución se adaptará rigurosamente al modelo que se adjunta como Anexo del presente Xxxxxx, siendo necesario presentar, en caso de aval, el documento que acredite el poder, si el mismo no obrase en esta Diputación.
Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación su precio, se reajustará la garantía en el plazo de quince días, contados desde la fecha en que se notifique al adjudicatario la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 99 del TRLCSP, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado.
En el plazo de quince días, contados desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución.
21.- ACREDITACIÓN DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL.
21.1.- El licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa, en el plazo establecido en la cláusula 19.1, deberá presentar la siguiente documentación:
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21.1.1)- La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, mediante:
- Último recibo satisfecho del Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe de la actividad objeto del contrato. El alta en el mismo deberá adjuntarse en todo caso cuando en el recibo aportado no conste el epígrafe de la actividad.
- Certificación administrativa positiva expedida por el órgano competente de la Administración del Estado, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con este último.
El licitador que no esté obligado a presentar todas o alguna de las declaraciones o documentos correspondientes a las obligaciones tributarias que se relacionan en el artículo 13 del RGLCAP, habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable.
21.1.2).- La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social se realizará mediante certificación positiva expedida por la autoridad administrativa competente.
No obstante, cuando la empresa no esté obligada a presentar las declaraciones o documentos a que se refieren dichos artículos, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable.
Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias, Así mismo, habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Toda la documentación relacionada en este apartado habrá de referirse a los doce últimos meses.
III FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
22.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
22.1.- La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 151.4 del TRLCSP.
Dicha formalización del contrato se efectuará en documento, al que se unirá, formando parte del contrato, la oferta del adjudicatario y un ejemplar xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y de las prescripciones técnicas.
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Cuando el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, dentro del mismo plazo y con anterioridad a la firma del contrato, deberá aportar escritura pública de constitución como tal. (art. 59 del TRLCSP).
22.2.- El documento en que se formalice el contrato, con el que éste se perfecciona, será en todo caso administrativo, siendo título válido para acceder a cualquier registro público.
No obstante, el contrato se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
22.3.- No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
Si por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación de la garantía que, en su caso, se hubiera constituido.
Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.
22.4.- Respecto a la publicidad de la formalización de los contratos será de aplicación lo previsto en el artículo 154 del TRLCSP.
IV
EJECUCIÓN DEL CONTRATO
23.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
De conformidad con las previsiones establecidas en el artículo 118.1 del TRLCSP, el adjudicatario estará obligado al cumplimiento de las consideraciones que se contienen en las cláusulas ambientales del Anexo III de este Pliego.
El incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución que se enumeran en dichas cláusulas, dará lugar a la imposición de las penalidades previstas en la cláusula 32, y será impuesta, previa audiencia del contratista, mediante resolución motivada en la que se gradúe la gravedad del incumplimiento.
En última instancia, de conformidad con la cláusula 39 de este Pliego, si la actuación revistiera tal carácter de gravedad que la hiciera constitutiva de incumplimiento esencial de las obligaciones del contrato, daría lugar a la resolución del contrato.
24.- PLAZO
El plazo general de entrega será el que se fija en el apartado “F” (PLAZO DE ENTREGA) del Cuadro-Resumen de este Pliego o el que resulte de la adjudicación del contrato de acuerdo con la oferta presentada por el adjudicatario. El Pliego de Prescripciones Técnicas podrá señalar los plazos parciales de entrega que se consideren convenientes.
25.- PROGRAMA DE TRABAJO [en su caso] [apartado “R” (PROGRAMA DE TRABAJO)
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del Cuadro-Resumen de este Pliego].
25.1.- Si la Administración estima conveniente exigir un programa de trabajo de acuerdo con lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas, éste será presentado por el empresario para su aprobación por la Administración al mismo tiempo que se aprueben los documentos de la solución elegida, fijándose los plazos parciales correspondientes.
25.2.- Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el contratista quedará obligado a la actualización y puesta al día de este Programa, siguiendo las instrucciones que a estos efectos reciba.
V
EJECUCIÓN DEL SUMINISTRO
26.- CONDICIONES DE INSTALACIÓN Y PRESTACIONES COMPLEMENTARIAS DEL SUMINISTRO
26.1.- El adjudicatario vendrá obligado a realizar a su xxxxx todo tipo de operaciones inherentes a las instalaciones requeridas por el suministro, incluyendo los elementos auxiliares necesarios que por su escasa entidad y dificultad de definición previa no figuren expresamente en la composición de aquél, salvo que el Pliego de Prescripciones Técnicas establezca otra cosa.
26.2.- Si así se establece en el Pliego de Prescripciones Técnicas la firma adjudicataria llevará a cabo los cursos de formación u otras prestaciones complementarias que sean necesarios para la adecuada utilización de los bienes suministrados. Todo ello, sin coste alguno para el Órgano de Contratación.
27.- RESPONSABLE SUPERVISOR DEL CONTRATO
27.1.- La Administración, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 52 del TRLCSP y 94 del RGCAP, por medio de sus servicios técnicos, tendrá la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación, elaboración o entrega del producto objeto del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales o bienes que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido.
A este fin, el contratista facilitará la visita y el examen de cualquier proceso o fase de los trabajos propios de la fabricación o elaboración del producto así como los medios necesarios para que puedan desempeñar en las oficinas de aquél las citadas funciones.
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27.2.- El contratista o su delegado acompañarán en sus visitas inspectoras al responsable o a las personas a las que se refiere el párrafo primero, las cuales tendrán libre acceso a todos los lugares donde se esté desarrollando la ejecución del contrato.
27.3.- Durante la ejecución del contrato, el adjudicatario asumirá las responsabilidades inherentes a la ejecución de los trabajos de fabricación o elaboración, conforme a las instrucciones de obligado cumplimiento dadas por escrito por la Administración a través del facultativo designado para la dirección del mismo.
28.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del Contratista las siguientes:
28.1.- Obligaciones laborales, sociales, fiscales y de protección del medio ambiente
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad, de prevención de riesgos laborales y de protección del medio ambiente que les sean de aplicación, así como aquellas que se establezcan en los pliegos que rigen en esta contratación.
El Órgano de contratación podrá señalar en el Pliego de prescripciones técnicas, el organismo u organismos de los que los licitadores puedan obtener la información pertinente relativa a las citadas obligaciones.
28.2.- Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones
El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo por sí mismo y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para el inicio, ejecución y entrega del suministro, solicitando de la Administración los documentos que para ello sean necesarios.
29.- GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA
En cuanto a los gastos de publicidad de la adjudicación a cargo del contratista, se estará a lo que se establece en el apartado “J” (GASTOS DE PUBLICIDAD) del Cuadro- Resumen de este pliego.
El contratista está obligado a satisfacer los gastos que se deriven de los anuncios de licitación y adjudicación obligatorios y los que se deriven de la publicación, en su caso, en dos periódicos de mayor difusión de la provincia, hasta el importe máximo de 300 €, los que se deriven de la formalización del contrato en escritura pública, las indemnizaciones a que den lugar las ocupaciones temporales, los que se requieran para la obtención de autorizaciones, licencias, documentos o cualquier otra información de organismos oficiales o particulares, los correspondientes a pruebas, ensayos, prospecciones ,etc., y en general cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la prestación del suministro.
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30.- ABONOS AL CONTRATISTA
30.1.- El pago del suministro se efectuará una vez sea entregado y recibido de conformidad, previa presentación de facturas o documento equivalente, certificaciones si son entregas parciales y acta de recepción cuando proceda.
A tal efecto, los contratistas deberán remitir la factura en el plazo máximo de 30 días desde la recepción del suministro de conformidad. Si se observase que la factura presentada adolece de algún requisito exigible, se solicitará su subsanación sin que empiece a computarse el plazo indicado en el párrafo siguiente hasta su corrección.
30.2.- En el caso de suministros de tracto sucesivo, las facturas se deberán remitir en el plazo máximo de 10 días desde la realización de la prestación en el periodo de que se trate.
30.3.- Los suministros deberán abonarse en el plazo máximo previsto en el artículo 216 del TRLCSP, con la transitoriedad prevista en su Disposición Transitoria sexta. Si se produjera demora en el pago, el contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro previstos en ese mismo artículo.
30.4.- Si en la financiación de este Contrato participan dos o más Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx y León, o está cofinanciado con otras Entidades u Organismos, al Contratista se le abonará por cada una de las partes comprometidas en la financiación, el contrato ejecutado en la proporción en que participan en el mismo y que se refleja en los apartados “D” (RÉGIMEN DE FINANCIACIÓN) y “E” (ANUALIDADES) del Cuadro-Resumen de este Pliego.
30.- CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS
30.1.- El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva.
30.2.- La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de la Administración.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato.
Si se produjera retraso en el cumplimiento de los plazos por causas no imputables al contratista, la Administración podrá a petición de éste o de oficio, conceder la prórroga por un tiempo igual al tiempo perdido, salvo que el contratista solicite otro menor, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 213.2 del TRLCSP.
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30.3.- Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
La Administración tendrá la misma facultad a que se refiere el apartado anterior respecto al incumplimiento por parte del contratista de los plazos parciales, cuando se hubiese previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares o cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumir razonablemente la imposibilidad de cumplir el plazo total.
30.4.- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de las penalidades que, para tales supuestos, se determinen en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
30.5.- Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato si se hubiese designado, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de las mencionadas certificaciones.
30.6.- La imposición de penalidad no excluye la indemnización a que pueda tener derecho la Administración por los daños y perjuicios ocasionados por el retraso imputable al contratista.
32.- CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO PARCIAL DE LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO
En el caso de que el contratista realizara defectuosamente el objeto del contrato, o para el supuesto de incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato a que se hace mención en la cláusula 23 (sobre cláusulas ambientales previstas en el Anexo III), el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato con incautación de la garantía constituida, o bien imponer una penalización económica proporcional a la gravedad del incumplimiento, en una cuantía que podrá alcanzar el 10 por 100 del presupuesto del contrato. (art. 212.1 del TRLCSP).
VI SUBCONTRATACIÓN
33.- SUBCONTRATACIÓN
Si así está previsto en el apartado “Q” (SUBCONTRATACIÓN) del Cuadro-Resumen de este Pliego, el contratista podrá subcontratar con terceros la ejecución parcial del contrato, siempre que el importe total de las partes subcontratadas no supere el 60 por 100 del importe de adjudicación del contrato.
Para llevar a cabo la subcontratación de la ejecución parcial de prestaciones objeto del contrato principal, se estará a lo dispuesto en el artículo 227 del TRLCSP.
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El Órgano de contratación, si así se indica en el mismo apartado “Q” (SUBCONTRATACIÓN) del Cuadro-Resumen de este Pliego, podrá imponer al contratista la
subcontratación de determinadas partes de la prestación de acuerdo con lo previsto en el artículo 227.7 del TRLCSP.
Asimismo el Órgano de contratación podrá exigir de los licitadores que indiquen en su oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe y el nombre o perfil empresarial de los subcontratista (Artículo 227.2.a del TRLCSP).
La celebración de subcontratos por el contratista estará sometida al cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 227 y 228 del TRLCSP, así como al régimen de prohibiciones para contratar establecido en la ley.
VII MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
34.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO
34.1.- Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones en el mismo por razones de interés público, cuando así se prevea en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares o en los supuestos y con los límites establecidos en el artículo 107 del TRLCSP.
Estas modificaciones serán en todo caso obligatorias para el contratista y deberán ser acordadas por el órgano de contratación, previa tramitación del procedimiento previsto en el artículo 195 y 102 RGLCAP y formalizarse en documento administrativo con arreglo a lo señalado en el artículo 156 TRLCSP, previo reajuste de la garantía definitiva en su caso.
El contratista no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna cuando se produzca supresión o reducción de unidades o clases de bienes, como consecuencia de una modificación acordada según lo previsto en esta cláusula (art. 296 del TRLCSP).
Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el Contratista queda obligado a la actualización del Programa de Trabajo
34.2.- Modificaciones previstas.
El presente contrato podrá modificarse si así se ha previsto en el apartado “U” (MODIFICACIONES CONTRACTUALES PREVISTAS) del Cuadro-Resumen de este Pliego, según lo detallado en el Anexo III del Cuadro-Resumen de este Pliego en las circunstancias, con las condiciones, alcance y los límites allí establecidos, que deberán indicar expresamente el porcentaje del precio de adjudicación del contrato al que como máximo puedan afectar.
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En caso de prever varias causas de modificación las circunstancias, condiciones, alcance, límites y porcentaje deberá quedar referido a cada una de ellas.
En el caso de que las modificaciones previstas conlleven la fijación de nuevos precios, el procedimiento para su determinación será el que se señala en el Anexo III del Cuadro-Resumen de este Pliego.
34.3.- Modificaciones no previstas.
Sólo podrán introducirse modificaciones distintas de las previstas en el Anexo III del Cuadro-Resumen de este Pliego, por razones de interés público cuando se justifique suficientemente la concurrencia de alguno o varios de los supuestos tasados del apartado 1º del artículo 107 del TRLCSP siempre que no se alteren las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación. Sólo se podrán introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria.
A tal efecto, se entenderá que se alteran las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación en los supuestos indicados en el apartado 3º del artículo 107 TRLCSP.
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 211 del TRLCSP, antes de proceder a la modificación del contrato en estos supuestos, deberá darse audiencia al redactor de las especificaciones técnicas, si estas han sido preparadas por un tercero ajeno al órgano de contratación en virtud de un contrato de servicios, para que, en un plazo no inferior a tres días, formule las consideraciones que tenga por conveniente.
35.- MANTENIMIENTO
El adjudicatario realizará el mantenimiento de los bienes objeto del suministro en las condiciones que se recogen en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
En cualquier caso, si el objeto del contrato es la compra de equipos o sistemas para el tratamiento de la información, el mantenimiento incluirá las revisiones preventivas, reparaciones de averías de las máquinas o dispositivos de las mismas, reposición de piezas y sustitución del equipo averiado mediante otro de reserva y actualización o adaptación de programas.
36.- SUSPENSIÓN DEL CONTRATO.
Si la Administración acordara la suspensión del contrato se levantará inexcusablemente, el acta correspondiente con el contenido y a los efectos que se determinan en el artículo 220 del TRLCSP y en el artículo 103 RGCAP.
37.- ENTREGA, INSTALACIÓN Y PUESTA A PUNTO
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37.1.- El adjudicatario queda obligado a efectuar las entregas de los bienes en el lugar señalado en el apartado “S” (LUGAR DE RECEPCIÓN Y ENTREGA) del Cuadro-Resumen de este Pliego, siendo a su xxxxx y riesgo el transporte de los mismos hasta su destino, tanto si la entrega es única como si es fraccionada.
37.2.- El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización a causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiera incurrido en xxxx al recibirlos.
37.3.- En el supuesto de tratarse de materiales o bienes que requieran una posterior instalación, funcionamiento, puesta a punto y mantenimiento, el adjudicatario vendrá obligado a realizar dichas operaciones, aunque los bienes suministrados no sean de su fabricación. Los costes de instalación, funcionamiento, puesta a punto y mantenimiento se encontrarán incluidos en el precio total del suministro.
37.4.- La entrega no se entenderá realizada hasta que se hayan tramitado de conformidad las obras o trabajos accesorios correspondientes, con arreglo a las características establecidas en el pliego de prescripciones técnicas.
VIII FINALIZACIÓN DEL CONTRATO
38.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y RECEPCIÓN DEL SUMINISTRO.
38.1.- La recepción del suministro se realizará conforme a lo dispuesto en los artículos 222, 292, 297 y 298 del TRLCSP. En todo caso, su constatación exigirá por parte de la Administración un acto formal y positivo de recepción o conformidad dentro del mes siguiente a la entrega o en el plazo que se establezca en el Pliego de Prescripciones Técnicas en función de las características del contrato.
38.2.- Así mismo, podrán efectuarse recepciones parciales sobre aquellas partes del contrato susceptibles de ser ofrecidas por partes y utilizadas de forma independiente.
38.3.- El Órgano de Contratación podrá realizar al tiempo de la recepción las comprobaciones de calidad que estime convenientes.
39.- RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO
39.1-. Serán causa de resolución del contrato, además de las establecidas en los artículos 223 y 299 del TRLCSP, las previstas en el Anexo IX del presente pliego. La resolución contractual se tramitará con arreglo al procedimiento detallado en el artículo 109 y siguientes del RGLCAP en el plazo de seis meses contados desde la fecha de incoación del procedimiento de resolución y producirá los efectos señalados en los artículos 225 y 300 del TRLCSP.
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Además el contrato podrá ser resuelto por el órgano de contratación cuando se produzcan incumplimiento del plazo total o de los plazos parciales fijados para la ejecución del suministro que haga presumiblemente razonable la imposibilidad de cumplir el plazo total, siempre que el órgano de contratación no opte por la imposición de las penalidades señaladas en el artículo 212.4 del TRLCSP.
39.2.- Asimismo, serán causas de resolución al amparo del art. 223 f) las señaladas por el órgano de contratación en el Anexo VIII como obligaciones esenciales del contrato.
39.3.- En el supuesto de Uniones Temporales de Empresas, cuando alguna de las integrantes se encuentre comprendida en el supuesto del artículo 223 a) y b) del TRLCSP, la Administración estará facultada para exigir el cumplimiento de las obligaciones contractuales al resto de las empresas que constituyan la unión temporal o acordar la resolución del contrato.
No obstante, cuando las penalidades por incumplimientos alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para podrá proceder a la resolución del mismo o a acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
40. PLAZO DE GARANTÍA
40.1.- El objeto del contrato quedará sujeto al plazo previsto en el apartado “G” (PLAZO DE GARANTÍA) del Cuadro-Resumen de este Pliego.
40.2.- Si durante dicho plazo se acreditase la existencia de vicios o defectos ocultos en los bienes entregados o puestos a disposición del órgano de contratación, éste tendrá derecho a reclamar la subsanación de los mismos de conformidad con lo señalado en el artículo 298 DEL TRLCSP.
41.- DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
41.1.- Cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, y transcurrido el periodo de garantía, en su caso, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de aquélla.
41.2.-Transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato sin que la recepción formal hubiere tenido lugar por causas no imputables al contratista, se procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de las garantías, siempre que no se hayan producido las responsabilidades a que se refiere el artículo 100 del TRLCSP.
42.- JURISDICCIÓN
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Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de ésta, serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos, pudiendo ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los dictó conforme a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien, directamente recurso contencioso administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, con sometimiento expreso a los Tribunales competentes con jurisdicción en la ciudad xx Xxxxxx.
43- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
El adjudicatario está obligado expresamente al cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás legislación concordante al respecto del tratamiento de los datos personales.
El adjudicatario se compromete a tratar dichos datos personales observando los principios exigibles por la legislación en materia de protección de datos, en particular los relativos a la calidad de los datos, seguridad de los mismos y deber xx xxxxxxx, no aplicando o utilizando dichos datos con finalidades distintas a las especificadas.
Burgos, a 13 noviembre de 2012
LA JEFA DE LA SECCIÓN DE CONTRATACIÓN Y JUNTA DE COMPRAS,
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Xxx. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxx
XXXXX X XXXXXXXXXXX XXXXXXXXX
XXXX 0: PRODUCTOS DE CELULOSA
D. ………..……………………………………………………………………………, mayor de edad, con domicilio en C/ ………………………………………
Nº….., Población ……..…….., Teléfono ……………., con D.N.I n º……………. , en nombre propio (o como apoderado legal de)
……………………….……………………………...……………, según escritura de poder otorgada ante el Notario D. …………….., con fecha y
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bajo el número …. de Protocolo, expresa su aceptación xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares y a los Pliegos de Prescripciones Técnicas y se compromete a efectuar el suministro de PRODUCTOS DE CELULOSA a los Centros Residenciales dependientes de la Diputación Provincial, indicados anteriormente, con las siguientes condiciones:
ARTÍCULO | MARCA | MEDIDAS | Peso Rollo | PRECIO/ Rollo (IVA Incluido) | PRECIO/ Rollo (Valor Estimado) sin IVA | I.V.A. | |
Ancho | Largo | ||||||
Papel WC, Tipo Doméstico: - Longitud aproximada. 35 metros. - Anchura aproximada: 9.5 cm. - Nº de capas: 2 - Celulosa de 1ª calidad (pasta o ecológico) | |||||||
Papel WC, Tipo Jumbo: - Longitud aproximada: 200 metros. - Anchura aproximada: 9.5 cm - Nº de capas: 2 - Celulosa de 1ª calidad (pasta o ecológico) | |||||||
Bobina Secamanos, Tipo Mecha: - Anchura aproximada: 23 cm. - Longitud aproximada: 170 metros. - Nº de capas: 2 - Celulosa de 1ª calidad (pasta o ecológico) | |||||||
Bobina Industrial: - Anchura aproximada: 25 cm. - Longitud aproximada: 600 metros - Nº de capas: 2 - Celulosa de 1ª calidad (pasta o ecológico) |
ARTÍCULO | MARCA | MEDIDAS | Peso Rollo | PRECIO/ Rollo (IVA Incluido) | PRECIO/ Rollo (Valor Estimado) sin IVA | I.V.A. | |
Ancho | Largo | ||||||
Dispensador de Toallas de Papel - De más de 200 toallas. - Dispensa de hoja en hoja. | €/Unidad | €/Unidad | €/Unidad | ||||
Toallas para Dispensador - Paquete de: unidades - Superficie aproximada: 30 x 25 cm. - Nº de capas: 2 - Celulosa de 1ª calidad (pasta o ecológico) | Peso paquete | €/paquete | €/paquete | €/paquete | |||
Servilletas de Comedor: Paquetes de 100 unidades: - Superficie aproximada: 33 x 33 cm. - Nº de capas: 2 - Celulosa 1ª calidad. (Pasta virgen 100%) | Peso paquete | €/paquete | €/paquete | €/paquete | |||
Servilletas de Comedor: Paquetes de 100 unidades: - Superficie aproximada: 30 x 30 cm. - Nº de capas: 2 - Celulosa 1ª calidad. (Pasta virgen 100%) | Peso paquete | €/paquete | €/paquete | €/paquete |
ARTÍCULO | MARCA | PESO Salvacama | NÚMERO de Salvacamas por paquete | PRECIO/ Paquete (IVA Incluido) | PRECIO/ Paquete (Valor Estimado) sin I.V.A. | I.V.A. |
Salvacama Desechable 60 x 40 cm. | ||||||
Salvacama Desechable 60 x 60 cm. | ||||||
Salvacama Desechable 60 x 90 cm. | ||||||
Salvacama Desechable. Otras Medidas. ………….. | ||||||
Características: Higiene: Cubierta interna suave que filtra y aísla la humedad manteniendo la piel seca. Seguridad: Superficie absorbente que absorbe y distribuye los líquidos sin producir encharcamiento. Elevada resistencia a la rotura. Hipoalérgico. Protección: Cubierta externa impermeable y antideslizante. |
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Todo ello de acuerdo con los pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas del presente procedimiento cuyo contenido declara conocer plenamente.
Burgos, a
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Fdo:
ANEXO I PROPOSICION ECONOMICA
LOTE NÚMERO 2.- BOLSAS, SACOS DE PLÁSTICO Y OTROS PRODUCTOS
Don ………..……………………………………………………………………………, mayor de edad, con domicilio en C/ ………………………………………
Nº….., Población ……..…….., Teléfono ……………., con D.N.I n º……………. , en nombre propio (o como apoderado legal de)
……………………….……………………………...……………, según escritura de poder otorgada ante el Notario D. …………….., con fecha y
bajo el número …. de Protocolo, expresa su aceptación xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares y a los Pliegos de Prescripciones Técnicas y se compromete a efectuar el suministro de BOLSAS, SACOS DE PLÁSTICO Y OTROS PRODUCTOS a los Centros Residenciales dependientes de la Diputación Provincial, indicados anteriormente, con las siguientes condiciones
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BOLSAS Y SACOS DE PLÁSTICO.
ARTÍCULO | MARCA | Nº de bolsas o sacos por rollo | PRECIO/ rollo (IVA Incluido) | PRECIO/ rollo (Valor Estimado) sin I.V.A. | I.V.A. |
Saco de plástico azul: Medidas:85x105 cm. Galga. 150 | |||||
Saco de plástico negro/gris: Medidas: 85x105 cm. Galga. 150. | |||||
Saco de plástico negro/gris: Medidas: 85 x 105 cm. Galga. 160. | |||||
Saco de plástico negro/gris: Medidas: 85 x 105 cm. Galga. 180. | |||||
Saco de plástico negro/gris: Medidas: 85 x 105 cm. Galga. 200. | |||||
Bolsa de plástico negra/gris: Medidas: 52 x 60 cm. Galga. 90. | |||||
Bolsa de plástico blanca: Medidas: 52 x 60 cm. Galga. 90. |
ARTÍCULO | MARCA | Nº de bolsas por paquete | Peso del paquete | PRECIO/ paquete (IVA Incluido) | PRECIO/ paquete (Valor Estimado) | I.V.A. |
Bolsa de plástico blanca para pic-nic. Asa camiseta Medidas: 40 x 50 cm. Galga: 65 | ||||||
Bolsa de plástico transparente para congelar alimentos Medidas aprox.: 17 x 20 cm. Galga: 300 | ||||||
Bolsa de plástico transparente para congelar alimentos Medidas aprox.: 25 x 30 cm. Galga: 300 |
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OTROS PRODUCTOS DE LIMPIEZA
ARTÍCULO | MARCA | Dimensión | Peso | PRECIO/ Unidad (IVA Incluido) | PRECIO/ Unidad (Valor Estimado) | X.X.X. |
Xxxxxxxx. - Xxxxxx 0 xxxxx - Xxxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxx al ……. % | ||||||
Balleta amarilla multiuso: - Fibra sintética. - Tamaño aproximado: 37 x 40 cm. | ||||||
Balleta de punto gris/azul: - Tamaño aproximado: 38 x 30 cm. | ||||||
Balleta cristales: - Sintética perforada. - Tamaño aproximado: 34 x 40 cm. | ||||||
Balleta de polvo dos caras: - Tamaño aproximado: 37 x 37 cm. | ||||||
Cepillo de barrer de 30 cm. - Xxxxx de nylon. | ||||||
Estropajo xx xxxxx inoxidable: - Peso aproximado: 40 grs. | ||||||
Estropajo xx xxxxx inoxidable: - Peso aproximado: 60 grs. |
ARTÍCULO | MARCA | Dimensión | Peso | PRECIO/ Unidad (IVA Incluido) | PRECIO/ Unidad (Valor Estimado) | I.V.A. |
Fibra verde, rollo: - Anchura aproximada: 15 cm. - Longitud aproximada: 6 m. - Peso rollo aproximado: 525 grs. | ||||||
Fibra verde, almohadilla: - Superficie aproximada: 15 x 20 cm. | ||||||
Fibra blanca para baños, almohadilla: - No ralla ningún tipo de superficies - Superficie aproximada: 15 x 20 cm | ||||||
Film transparente, rollo: - Dimensión aproximada: 300 m. de largo por 45 cm. de ancho. - Peso rollo aproximado: 1.725 grs. | ||||||
Film transparente, rollo: - Dimensión aproximada: 300 m. de largo por 30 cm. de ancho. - Peso aproximado: 1.150 grs. | ||||||
Guante nitrilo, no estéril, ambidextro (usar y tirar): Tallas: Grande, mediana y pequeña. | Precio de 100 guantes | |||||
Guante látex natural, para fregar: - Tallas: Grande, mediana y pequeña. - Color caramelo. | Precio par | |||||
Guante látex, no estéril “tipo cirujano”, ambidestro (usar y tirar). - Tallas grande, mediana y pequeña | Precio de 100 guantes | |||||
Guante de vinilo, no estéril “tipo cirujano”, ambidestro (usar y tirar). - Tallas grande, mediana y pequeña | Precio de 100 guantes | |||||
Guante manipulador plástico (usar y tirar): | Precio de 100 guantes | |||||
Jabón, trozo | ||||||
Lejía no apta para desinfección de agua de bebida. - Envase 2 litros. - Gramos de Cloro Activo grs por litro de producto |
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ARTÍCULO | MARCA | Dimensión | Peso | PRECIO/ Unidad (IVA Incluido) | PRECIO/ Unidad (Valor Estimado) | I.V.A. |
Lejía apta para desinfección de agua de bebida. - Envase 2 litros. - Gramos de Cloro Activo grs por litro de producto. | ||||||
Mango de aluminio, para cepillo y fregona: - Con rosca. - Longitud aproximada: 140 cm. | ||||||
Papel de aluminio, rollo: - Dimensión aproximada: 300 m. de largo por 40 cm. de ancho. - Peso aproximado: 3.500 grs. | ||||||
Papel de aluminio, rollo: - Dimensión aproximada: 300 m. de largo por 30 cm. de ancho. Peso aproximado: 2.200 grs. | ||||||
Recambio de fregona industrial: - Peso aproximado: 240 grs. | ||||||
Recambio de fregona industrial: - Peso aproximado: 350 grs. | ||||||
Recambio de fregona extralarga: - Peso aproximado: 400 grs. | ||||||
Recambio de mopadora seca: - Dimensión aproximada: 45 cm. de largo por 14,5 cm. de ancho. - Algodón 100 %. | ||||||
Recambio de mopadora seca: - Dimensión aproximada: 75 cm. de largo por 14,5 cm. de ancho. - Algodón 100 %. | ||||||
Recogedor con mango: - Boca del recogedor aproximada: 22 cm. |
Todo ello de acuerdo con los pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas del presente procedimiento cuyo contenido declara conocer plenamente.
Burgos,
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Fdo:
ANEXO I PROPOSICION ECONOMICA
LOTE NÚMERO 3.- PRODUCTOS QUÍMICOS PARA LA HIGIENE DE COCINA
Don ………..……………………………………………………………………………, mayor de edad, con domicilio en C/ ………………………………………
Nº….., Población ……..…….., Teléfono ……………., con D.N.I n º……………. en nombre propio (o como apoderado legal de)
……………………….……………………………...……………, según escritura de poder otorgada ante el Notario D. …………….., con fecha y
Código de verificación: PC-2013-00000604 Compruebe la veracidad de este documento en
xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxx
bajo el número …. de Protocolo, expresa su aceptación xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares y a los Pliegos de Prescripciones Técnicas y se compromete a efectuar el suministro de PRODUCTOS QUÍMICOS PARA LA HIGIENE DE COCINAS a los Centros Residenciales dependientes de la Diputación Provincial, indicados anteriormente, con las siguientes condiciones
ARTÍCULO | MARCA | Kg/Envase | €/ kg. Valor estimado sin I.V.A. | €/ envase (IVA incluido) | €/ envase Valor Estimado sin I.V.A. | I.V.A. |
Abrillantador para máquina lavavajillas: - Producto líquido. - Inodoro. - Para aplicar en fase de aclarado en máquina lavavajillas. - Aplicación a todo material susceptible de ser lavado en máquina lavavajillas: Plástico, cristal, cerámica, duralex, acero inoxidable, etc. - Espuma frenada. - Buen efecto de humectación. - Para todo tipo de dureza de aguas. - Bidón 30 kg. - Dosificación de Empleo: - Mínima: grs por litro de agua - Máxima: grs por litro de agua | ||||||
Lavavajillas manual pH neutro. - Inodoro. - Para lavado manual de vajilla, cristalería, batería de cocina, etc. - Elevado poder desengrasante y emulgente. |
- No agresivo en material y piel. - Espuma frenada. - Olor agradable. - Secado rápido. - Para todo tipo de dureza de aguas. - Bidón 6 kg. - Dosificación de Empleo: - Mínima: grs por litro de agua - Máxima: grs por litro de agua | ||||||
Lavavajillas manual altamente concentrado: - Neutro. - Inodoro. - pH neutro. - Acción higienizante. - Para lavado manual de vajilla, cristalería, batería de cocina, etc. - Elevado poder desengrasante y emulgente. - No agresivo en material y piel. - Espuma frenada. - Olor agradable. - Secado rápido. - Para todo tipo de dureza de aguas. - Bidón 6 kg. - Dosificación de Empleo: - Mínima: grs por litro de agua - Máxima: grs por litro de agua | ||||||
Detergente líquido de máquina lavavajillas para aguas duras (> 20ºdF ≈ 200 mg/litro CaCO3) - Diseñado para uso con dosificador automático. - Elevado poder desengrasante y emulgente. - Inodoro. - Espuma frenada. - Secado rápido. - Aplicación a todo material susceptible de ser lavado en máquina lavavajillas: Plástico, cerámica, duralex, porcelana, cristal, acero inoxidable, etc |
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- Elevado poder secuestrante. - Bidón 30 kg. - Dosificación de Empleo: - Mínima: grs por litro de agua - Máxima: grs por litro de agua | ||||||
Detergente líquido de máquina lavavajillas para aguas de dureza medias y bajas - Diseñado para uso con dosificador automático. - Inodoro. - Elevado poder desengrasante y emulgente. - Espuma frenada. - Secado rápido. - Aplicación a todo material susceptible de ser lavado en máquina lavavajillas: Plástico, cerámica, duralex, porcelana, cristal, acero inoxidable, etc - Elevado poder secuestrante - Bidón 30 kg. - Dosificación de Empleo: - Mínima: grs por litro de agua - Máxima: grs por litro de agua | ||||||
Desengrasante enérgico: - Para freidoras, hornos, extractores, etc. - Para aplicar en estado puro con pincel, cepillo o pulverizador. - Inodoro. - Elevada viscosidad. - Bidón 6 kg. | ||||||
Limpiador desinfectante: - Inodoro. - Efecto fungicida y bactericida. - Para limpieza de superficies frías de la cocina: mesas de trabajo, frigorífico, cortadoras, útiles de cocina, paredes, etc.. - Bidón 6 kg. | Nº Registro de plaguicidas no agrícolas o biocidas |
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- Dosificación de Empleo: - Mínima: grs por litro de agua - Máxima: grs por litro de agua | ||||||
Limpiador universal en polvo: - Alto poder desengrasante. - Inodoro. - Para lavado manual de menaje de cocina, utensilios, vajilla, mesas, paredes. - Bidón 30 kg. |
Para la admisión de la oferta es requisito indispensable la presentación de ficha técnica y hoja de seguridad, de cada uno de los productos, así como Registro Sanitario de Industria. Igualmente deberá figurar en la Ficha Técnica la dosificación en aquellos artículos señalados en el modelo de oferta con “Dosificación de Empleo”.
- Mínima: ….. grs por litro de agua
- Máxima:….. grs por litro de agua”.
Los productos con efecto plaguicida o biocida, deberán estar registrados de acuerdo con la normativa vigente. Para estos productos se exige fotocopia de resolución de inscripción en el Registro de Plaguicidas no Agrícolas o Biocidas del Ministerio de Sanidad y Consumo.
Todo ello de acuerdo con los pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas del presente procedimiento cuyo contenido declara conocer plenamente.
Burgos,
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Fdo:
ANEXO I PROPOSICION ECONOMICA
LOTE NÚMERO 4.- PRODUCTOS QUÍMICOS PARA LA LIMPIEZA DE SUPERFICIES.
Don ………..……………………………………………………………………………, mayor de edad, con domicilio en C/ ………………………………………
Nº….., Población ……..…….., Teléfono ……………., con D.N.I n º……………. en nombre propio (o como apoderado legal de)
……………………….……………………………...……………, según escritura de poder otorgada ante el Notario D. …………….., con fecha y
bajo el número …. de Protocolo, expresa su aceptación xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares y a los Pliegos de Prescripciones Técnicas y se compromete a efectuar el suministro de PRODUCTOS QUÍMICOS PARA LA LIMPIEZA DE SUPERFICIES a los Centros Residenciales dependientes de la Diputación Provincial, indicados anteriormente, con las siguientes condiciones
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PRODUCTOS PARA LA LIMPIEZA DE SUPERFICIES
ARTÍCULO | MARCA | ENVASE | Kg./ Envase | €/ kg. Valor estimado sin I.V.A. | €/ envase (I.V.A. incluido) | €/ envase Valor Estimado sin I.V.A. | I.V.A. |
Absorbente antipolvo : - Spray para mopas. - Para la limpieza en seco de todo tipo de superficies: cerámica, mármol, terrazo, parquet. - Protector y abrillantador de las superficies tratadas. - Antideslizante. - Aerosol. - Capacidad Envase. (500 a 1000 ml.) | Capacidad: ........... Volumen de producto:..... .......... |
ARTÍCULO | MARCA | LITROS / ENVASE | Kg./ Envase | €/ litro Valor estimado sin I.V.A. | €/ envase (I.V.A. incluido) | €/ envase Valor Estimado sin I.V.A. | I.V.A. |
Ambientador perfumado: - Ambientador atmosférico para locales. - Varios olores. - Ambientador ecológico - No deja residuos en la superficie ni mancha los tejidos. - Para uso manual o con pulverizador. - Envase: 6 litros | |||||||
Pulverizador para ambientador perfumado - Capacidad menor de 1 litro | |||||||
Gel de manos: Higienizante. - Jabón líquido de pH neutro para su utilización en instituciones, hostelería, oficinas, etc. - Para cualquier tipo de dureza de agua. - Nivel de espuma adecuado. Fácilmente eliminable por aclarado. - Mantiene un pH adecuado en manos. - Envase: 6 kg. | |||||||
Gel de manos: Bactericida y Fungicida. - Jabón líquido antimicrobiano. - Indicado para Manipuladores de Alimentos. - Apropiado para todo tipo de establecimientos alimentarios y sanitarios. - No contiene perfume ni colorante - Para cualquier tipo de dureza de agua. - Nivel de espuma adecuado. Fácilmente eliminable por aclarado. - Mantiene un pH adecuado en manos. - El producto debe manifestar poder bactericida con inóculos de cepas como Escherichia coli, Clepsiella pneumoniae, Stafilococos aureus, Streptococos faecalis, Salmonella tifi,.... - Envase: 6 kg |
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ARTÍCULO | MARCA | LITROS / ENVASE | Kg./ Envase | €/ kg Valor estimado sin I.V.A. | €/ envase (I.V.A. incluido) | €/ envase Valor Estimado sin I.V.A. | I.V.A. |
Desinfectante para las manos - Producto líquido base alcohol. - No contiene perfume ni colorante - Recomendado para uso de Manipuladores de Alimentos. | |||||||
Dosificador de pared para Gel de manos. - Capacidad: aprox. 1 litro | |||||||
Limpiacristales. Base: alcohol. - Envase: 1 kg. | |||||||
Limpiacristales. Base amoniacal. - Envase: 1 kg. | |||||||
Limpiador para suciedades difíciles. Decapante - Decapante de ceras viejas. - Alto poder desengrasante. - Para todo tipo de superficies, excepto madera y textil. - Para uso manual o a máquina. - Envase: 6 kg. | |||||||
Limpiador Desinfectante Clorado: Limpiador con lejía. Con las propiedades de la lejía y sin los inconvenientes de la misma. - Para todo tipo de superficies, susceptibles de ser mojadas, resistentes a los productos clorados. - Envase: 6 kg. - Dosificación de Empleo: - Mínima: grs por litro de agua - Máxima: grs por litro de agua |
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ARTÍCULO | MARCA | LITROS / ENVASE | Kg./ Envase | €/ kg Valor estimado sin I.V.A. | €/ envase (I.V.A. incluido) | €/ envase Valor Estimado sin I.V.A. | I.V.A. |
Limpiador general amoniacal: - Para todo tipo de superficies, susceptibles de ser mojadas. Cerámica, mármol, grifería, azulejos, cromados, esmaltados, suelos, etc. - No daña la superficie tratada. - Efecto germicida, con efecto remanente. - Perfumado. - Especial para desinfección de hospitales, asilos, etc. - Envase: 6 kg. - Dosificación de Empleo: - Mínima: grs por litro de agua - Máxima: grs por litro de agua | |||||||
Limpiador general con bioalcohol: - Para todo tipo de superficies, susceptibles de ser mojadas. Cerámica, mármol, grifería, azulejos, cromados, esmaltados, suelos, etc. - No daña la superficie tratada. - Efecto germicida, con efecto remanente. - Perfumado. - Especialmente adecuado para desinfección de hospitales, asilos, etc. - Envase: 6 kg. - Dosificación de Empleo: - Mínima: grs por litro de agua - Máxima: grs por litro de agua | |||||||
Limpiador W.C.: - Para uso exclusivo en tazas de W.C., urinarios,... - Alto efecto desincrustante, desinfectante y desodorizante. - Envase 1 kg. |
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ARTÍCULO | MARCA | LITROS / ENVASE | Kg./ Envase | €/ kg Valor estimado sin I.V.A. | €/ envase (I.V.A. incluido) | €/ envase Valor Estimado sin I.V.A. | I.V.A. |
Limpiador de superficies nobles: - Para superficies xx xxxxxx, cuero, formica, superficies plásticas, etc.. - Perfumado. - Con pistola pulverizadora. - Envase 1 kg.. |
Para la admisión de la oferta es requisito indispensable la presentación de ficha técnica y hoja de seguridad, de cada uno de los productos, así como Registro Sanitario de Industria. Igualmente deberá figurar en la Ficha Técnica la dosificación en aquellos artículos señalados en el modelo de oferta con “Dosificación de Empleo”.
- Mínima: ….. grs por litro de agua
- Máxima:….. grs por litro de agua”.
Los productos con efecto plaguicida o biocida, deberán estar registrados de acuerdo con la normativa vigente. Para estos productos se exige fotocopia de resolución de inscripción en el Registro de Plaguicidas no Agrícolas o Biocidas del Ministerio de Sanidad y Consumo.
Todo ello de acuerdo con los pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas del presente procedimiento cuyo contenido declara conocer plenamente.
Burgos,
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Fdo:
ANEXO I PROPOSICION ECONOMICA
LOTE NÚMERO 5.- PRODUCTOS QUÍMICOS PARA EL LAVADO DE ROPA.
Don ………..……………………………………………………………………………, mayor de edad, con domicilio en C/ ………………………………………
Nº….., Población ……..…….., Teléfono ……………., con D.N.I n º……………. en nombre propio (o como apoderado legal de)
……………………….……………………………...……………, según escritura de poder otorgada ante el Notario D. …………….., con fecha y
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bajo el número …. de Protocolo, expresa su aceptación xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares y a los Pliegos de Prescripciones Técnicas y se compromete a efectuar el suministro de PRODUCTOS QUÍMICOS PARA EL LAVADO DE ROPA a los Centros Residenciales dependientes de la Diputación Provincial, indicados anteriormente, con las siguientes condiciones:
ARTÍCULO | MARCA | Kg./ envase | €/ kg. Valor estimado sin I.V.A. | €/ envase (IVA incluido) | €/ envase Valor Estimado sin I.V.A. | I.V.A. |
Pasta desengrasante humectante: - Producto auxiliar en el proceso xx xxxxxx. - Producto de pretratamiento de manchas difíciles. - Pasta neutra. - Para uso a máquina o a mano. - Alto poder desengrasante y humectante - Apto para todo tipo de tejidos, incluso de color. - Envase de 10 kg Dosificación de Empleo: - Mínima para Suciedad Normal: grs por kg. de ropa - Máxima para Suciedad Alta: grs por kg. de ropa |
ARTÍCULO | MARCA | Kg./ envase | €/ kg. Valor estimado sin I.V.A. | €/ envase (IVA incluido) | €/ envase Valor Estimado sin I.V.A. | I.V.A. |
Detergente especifico para lavado de ropa blanca, con aguas duras (> 20ºdF ≈ 200 mg/litro CaCO3). Envase de 25 kg - Apto para todo tipo de tejidos, excepto prendas muy delicadas (lana y seda). - Para todo tipo de suciedad biológica y grasa. - Espuma controlada. - Apto para todas las temperaturas. - Sin componentes degradantes de la fibra. - Producto de prelavado para aguas duras o como producto único (prelavado y lavado). - Producto en polvo. - Contiene blanqueantes. - Perfumado suave. - Que evite incrustaciones de cal. Dosificación de Empleo: - Mínima para Suciedad Normal: grs por kg. de ropa - Máxima para Suciedad Alta: grs por kg. de ropa | ||||||
Detergente xx xxxxxx de ropa blanca, apto para aguas de dureza media y baja. Envase de 25 kg - Apto para todo tipo de tejidos, excepto prendas muy delicadas (lana y seda). - Para todo tipo de suciedad biológica y grasa. - Espuma controlada. - Apto para todas las temperaturas. - Sin componentes degradantes de la fibra. - Producto en polvo. - Contiene blanqueantes. - Perfumado suave. - Que evite incrustaciones de cal. - Combinable con todo tipo de blanqueantes químicos Dosificación de Empleo: - Mínima para Suciedad Normal: grs por kg. de ropa - Máxima para Suciedad Alta: grs por kg. de ropa |
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ARTÍCULO | MARCA | Kg./ envase | €/ kg. Valor estimado sin I.V.A. | €/ envase (IVA incluido) | €/ envase Valor Estimado sin I.V.A. | I.V.A. |
Detergente especial para ropa de color - Apto para todo tipo de tejidos. - Para todo tipo de suciedad biológica y grasa. - Alto poder desengrasante. - Contiene estabilizantes de color - Producto en polvo. - Perfumado suave. - Que evite incrustaciones de cal - Envase de 25 kg. Dosificación de Empleo: - Mínima para Suciedad Normal: grs por kg. de ropa - Máxima para Suciedad Alta: grs por kg. de ropa | ||||||
Detergente Líquido para ropa blanca y todo tipo de dureza de agua. - Apto para todo tipo de tejidos, excepto prendas muy delicadas (lana y seda,….). - Para todo tipo de suciedad biológica y grasa. - Espuma controlada. - Apto para todas las temperaturas. - Detergente para prelavado y lavado. - Apto para todo tipo de dureza de agua. - Que evite incrustaciones de cal. - Combinable con todo tipo de blanqueante químico. - Producto Líquido. - Envase de 25 kg. Dosificación de Empleo: - Mínima para Suciedad Normal: grs por kg. de ropa - Máxima para Suciedad Alta: grs por kg. de ropa |
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ARTÍCULO | MARCA | Kg./ envase | €/ kg. Valor estimado sin I.V.A. | €/ envase (IVA incluido) | €/ envase Valor Estimado sin I.V.A. | I.V.A. |
Detergente Líquido para ropa de color y todo tipo de dureza de agua. - Apto para todo tipo de tejidos. - Para todo tipo de suciedad biológica y grasa. - Contiene estabilizantes de color - Producto Líquido. - Apto para todo tipo de dureza de agua. - Apto para todas las temperaturas - Que evite incrustaciones de cal - Envase de 25 kg. Dosificación de Empleo: - Mínima para Suciedad Normal: grs por kg. de ropa Máxima para Suciedad Alta: grs por kg. de ropa | ||||||
Blanqueante para ropa blanca, con cloro activo: - Líquido. - Apto para todo tipo de dureza de aguas. - Apto para todo tipo de textiles que permitan el blanqueo con cloro. - Poder desmanchante igual al de la lejía, a la misma dosificación. - Daño inferior al de la lejía comercial. - Para aplicar en fase xx xxxxxx o en fase posterior de blanqueo. - Apto para todo tipo de tejidos - Envase de 30 kg Dosificación de Empleo: - Mínima para Suciedad Normal: grs por kg. de ropa - Máxima para Suciedad Alta: grs por kg. de ropa |
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ARTÍCULO | MARCA | Kg./ envase | €/ kg. Valor estimado sin I.V.A. | €/ envase (IVA incluido) | €/ envase Valor Estimado sin I.V.A. | I.V.A. |
Blanqueante para ropa blanca, con cloro orgánico: - Polvo. - Apto para todo tipo de dureza de aguas. - Apto para todo tipo de textiles que permitan el blanqueo con cloro. - Poder desmanchante igual al de la lejía, a la misma dosificación. - Daño inferior al de la lejía comercial. - Para aplicar en fase xx xxxxxx o en fase posterior de blanqueo. - Apto para todo tipo de tejidos - Envase den 25 kg Dosificación de Empleo: - Mínima para Suciedad Normal: grs por kg. de ropa - Máxima para Suciedad Alta: grs por kg. de ropa | ||||||
Desmanchante activo para usar en proceso xx xxxxxx de ropa de color: - Apto para todo tipo de dureza de agua - Apto para todo tipo de tejidos - Cuida los colores. - Se puede utilizar con cualquier detergente - Para todo tipo de suciedad biológica y grasa. - Producto en polvo. - Perfumado suave. - Protector del color. - Que evite incrustaciones de cal. - Envase de 25 kg Dosificación de Empleo: - Mínima para Suciedad Normal: grs por kg. de ropa - Máxima para Suciedad Alta: grs por kg. de ropa |
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ARTÍCULO | MARCA | Kg./ envase | €/ kg. Valor estimado sin I.V.A. | €/ envase (IVA incluido) | €/ envase Valor Estimado sin I.V.A. | I.V.A. |
Suavizante: - Para uso en último aclarado. - Perfumado suave. - Confiere a la ropa un tacto agradable. - Apto para todo tipo de dureza de aguas. - Producto Líquido. - Apto para todo tipo de tejidos, incluso de color. - Envase de 10 kg Dosificación de Empleo: - Mínima para Suciedad Normal: grs por kg. de ropa - Máxima para Suciedad Alta: grs por kg. de ropa |
Para la admisión de la oferta es requisito indispensable la presentación de ficha técnica y hoja de seguridad, de cada uno de los productos, así como Registro Sanitario de Industria. Igualmente deberá figurar en la Ficha Técnica la dosificación en aquellos artículos señalados en el modelo de oferta con “Dosificación de Empleo”.
- Mínima para Suciedad Normal grs por kg. de ropa
- Máxima para Suciedad Alta: grs por kg. de ropa
Todo ello de acuerdo con los pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas del presente procedimiento cuyo contenido declara conocer plenamente.
Burgos,
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Fdo:
ANEXO II DECLARACIÓN DE CAPACIDAD
D. ....................................………................, mayor de edad, de profesión ,
vecino de ………………............................, en nombre propio o en representación de
..........................................., en relación con la contratación del servicio de
…………………………………… DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD que dicha empresa no se halla incursa (o no hallarse incurso) en prohibición para contratar, conforme al artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, encontrándose al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, sin perjuicio de comprometerse a presentar los correspondientes Certificados actualizados, en el caso de resultar propuesta para la adjudicación del contrato, salvo que dichos documentos consten, a petición propia, en el Registro de Licitadores.
Asimismo, se autoriza expresamente a que por la Administración Tributaria y por la de la Seguridad Social, respectivamente competentes, se ceda a la Diputación Provincial xx Xxxxxx la información que acredite fehacientemente que la empresa cumple las obligaciones indicadas.
Burgos, a
EL LICITADOR
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Fdo.:
ANEXO III
CLÁUSULAS AMBIENTALES
Por el presente documento , la empresa ………………………………………, con CIF…………………………………………………….como servicio subcontratado por la Diputación Provincial xx Xxxxxx , se compromete a :
Responder de cualquier incidente medioambiental por él causado, liberando a la Diputación Provincial xx Xxxxxx a cualquier responsabilidad sobre el mismo. La Diputación se reserva el derecho a repercutir sobre el adjudicatario las acciones y gastos que se originen por el incumplimiento de sus obligaciones de carácter ambiental.
Para evitar tales incidentes, el contratista adoptará con carácter general las medidas preventivas oportunas que dictan las buenas prácticas de gestión, en especial las relativas a evitar vertidos líquidos indeseados, emisiones contaminantes a la atmósfera y el abandono de cualquier tipo de residuos, con extrema atención en la correcta gestión de los clasificados como Peligrosos.
El contratista adoptará las mediadas oportunas para el estricto cumplimiento de la legislación medioambiental vigente que sea de aplicación al trabajo realizado, para lo que dará formación e instrucciones específicas en materia de buenas prácticas medioambientales a su persona que vaya a prestar servicio en el centro.
La Diputación Provincial xx Xxxxxx podrá recabar del Proveedor/contratista demostración de la formación o instrucciones específicas recibidas por el personal para el correcto desarrollo del trabajo.
Sin ánimo de exhaustividad, a continuación se relacionan algunas de las prácticas a las que el Contratista se compromete para la consecución de una buena gestión medioambiental:
La utilización de productos y materiales respetuosos con el medio ambiente.
La minimización de consumos de materias primas y recursos naturales utilizados durante la actividad regulada en el contrato, prestando especial atención a los consumos de agua y energía
Limpieza y retirada final de envases, embalajes, basuras y todo tipo de residuos generados en la zona de trabajo. El contrista así mismo se hará cargo de sus residuos y envases de residuos, tramitándose a través de gestor autorizado.
Almacenamiento y manejo adecuado de productos químicos y mercancías o residuos peligrosos.
Prevención de fugas, derrames y contaminación del suelo, arquetas o cauces, con prohibición de la realización de cualquier vertido incontrolado.
Uso de contenedores y bidones cerrados, señalizados y en buen estado.
Segregación de los residuos generados, teniendo especial atención con los peligrosos.
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Restauración de entorno ambiental alterado.
El contratista se compromete a suministrar información inmediata a la Diputación Provincial xx Xxxxxx sobre cualquier incidente medioambiental que se produzca en el curso de los trabajos que se le confía. La Diputación podrá recabar con posterioridad un informe escrito referente al hecho y sus causas.
El contratista queda obligado al cumplimiento estricto de las directrices que establezca el Centro dentro del sistema de Gestión Ambiental
Ante un incumplimiento de estas Condiciones, la Diputación podrá proceder a la paralización del trabajo, corriendo las pérdidas consiguientes a cargo del Contratista, imponer las penalidades previstas en el pliego de cláusulas administrativas particulares, o declarar resuelto el contrato.
Las presentes cláusulas se incorporan al contrato administrativo que se suscribe con esta misma fecha
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(Fecha y Firma)
ANEXO IV
REGISTRO DE LICITADORES
Respecto de la documentación general citada en la cláusula 14.2, en lo que se refiere
a:
a) Poderes y Escrituras Sociales.
b) Clasificación empresarial.
c) Impuesto de Actividades Económicas.
d) Certificados de Hacienda y Seguridad Social a presentar por el empresario propuesto para la adjudicación.
Se hace constar que dicha documentación pasará a formar parte de un Registro de Licitadores a fin de que el contratista inscrito en el mismo se encuentre exento de su presentación en futuras licitaciones a las que concurra. A tal fin, podrá suscribir con carácter voluntario el Modelo de Solicitud que se adjunta como Anexo al presente pliego.
En consecuencia, para los licitadores que hayan suscrito la solicitud voluntaria y que, por tanto, han sido inscritos en el Registro, les bastará para tomar parte en futuras licitaciones que convoque esta Diputación Provincial, una declaración responsable conforme Modelo de Declaración que se adjunta como Anexo, de que la documentación obrante en dicho Registro no ha sufrido alteraciones que puedan modificar su capacidad para contratar (objeto social de la empresa, vigencia del poder, de la clasificación empresarial, el alta o el último recibo en el I.A.E., de las certificaciones de Hacienda y Seguridad Social).
Junto a dicha declaración, que incluye la declaración de capacidad, se deberá aportar, en todo caso, el documento acreditativo de la garantía provisional, la solvencia económica, financiera y técnica o profesional en los contratos en que sea exigible, la documentación relativa a la experiencia del licitador, variantes o alternativas que se propongan, y demás circunstancias análogas que puedan ser exigidas en cada convocatoria.
Los licitadores inscritos tendrán la obligación de comunicar y acreditar ente el Registro de Licitadores cualquier modificación que se produzca en los datos que consten en el mismo. Si dicha modificación no es comunicada en el momento en que se produzca, en la declaración responsable que se suscriba con motivo de una licitación deberá hacerse constar las modificaciones, acompañando la correspondiente documentación acreditativa.
Cualquier inexactitud o falsedad que se detecte en la declaración responsable anteriormente citada, podrá ser motivo de rechazo de la oferta presentada.
La inscripción en el Registro tendrá carácter facultativo y su duración será indefinida, sin perjuicio de la pérdida de vigencia o modificaciones de los datos registrados. Por tanto, a los efectos de incorporación, se considerará permanentemente abierto en el tiempo, estando sujeto a constante actualización.
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El hecho de no figurar inscrito en el mismo no limitará los derechos de los contratistas en las convocatorias que formule la Diputación, debiéndose aportar en este caso, la totalidad
de la documentación exigida en el correspondiente pliego de cláusulas administrativas particulares.
Los datos del Registro tratados informáticamente, se adaptarán a la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal 15/1999, de 13 de diciembre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal.
Burgos, a
EL LICITADOR
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Fdo.:
“SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE LICITADORES”
A cumplimentar sólo en el caso de que se solicite la inscripción en el Registro de Licitadores o de solicitar que se registre por primera vez documentación.
D……., con N.I.F. número….., en nombre propio/en representación de la firma………, con domicilio a efectos de notificaciones en ….., calle…… y C.I.F. número …, SOLICITA su inscripción en el Registro de Licitadores, a cuyo efecto PIDE que se incorpore a dicho Registro la documentación que a continuación se relaciona y se incorpora, siendo válida para licitar al presente contrato (marcar con una x):
- Escrituras Sociales ( )
- Poderes ( )
- D.N.I. del firmante de la proposición ( )
- Clasificación por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa ( )
- Certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria ( )
- Certificado de la Tesorería general de la Seguridad Social ( )
- Recibo del Impuesto de Actividades Económicas ( )
Burgos, a
EL LICITADOR
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Fdo.:
ANEXO V
A cumplimentar sólo en el caso de que haya sido suscrita la Solicitud de Inscripción en el Registro de Licitadores y no se haya producido alteraciones en la documentación obrante en el mismo:
Asimismo, DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD, que la documentación complementaria descrita en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares e incorporada al Registro de Licitadores de la Diputación Provincial xx Xxxxxx, es válida para licitar al presente contrato, no habiendo sufrido alteraciones que puedan ser causa de prohibición para contratar con la Administración.
Burgos, a
EL LICITADOR
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Fdo.:
ANEXO VI
A cumplimentar sólo en el caso de haberse producido alteraciones en la documentación obrante en el Registro de Licitadores, no comunicadas previamente a la Diputación Provincial:
Asimismo, DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD, que la documentación complementaria descrita en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, obra en el Registro de Licitadores de la Diputación Provincial xx Xxxxxx, una vez incorporadas a dicho Registro las modificaciones que a continuación se relacionan, cuya acreditación documental se incorpora a la presente documentación, siendo válida para licitar al presente contrato.
* .....................................................................................................................
* .....................................................................................................................
* ................................................................................................................................
Burgos, a
EL LICITADOR
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Fdo.:
MODELO DE AVAL BANCARIO
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)…………………………………………… NIF ………….., con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en ……………………………., en la calle/plaza/avenida …………… C.P. …….., localidad ……….. y en su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados) , con poderes suficientes para
obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento.
A V A L A
a: (nombre y apellidos o razón social del avalado) ,
NIF. ………., en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y disposiciones concordantes, para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado),
………………..……………………………………………………., ante la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxx, por importe de: (en letra) ………………..………. (en cifra)
………………………………
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Diputación xx Xxxxxx, con sujeción a los términos previstos en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en sus normas de desarrollo, en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos, y en los términos y condiciones establecidos en las normas de Régimen Local.
Este aval estará en vigor hasta que la Diputación autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria, y para su realización se seguirá, en su caso, la vía administrativa de apremio de conformidad con lo establecido en el Reglamento General de Recaudación.
…………………… (lugar y fecha)
…………………… (razón social de la entidad)
…………………… (firma de los Apoderados)
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VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA DIPUTACIÓN XX XXXXXX
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PROVINCIA: FECHA: NÚMERO O CÓDIGO:
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
Certificado número …………………………….…. (1) ………………………….………. (en adelante asegurador), con domicilio en ……………..…, calle ……………. y C.I.F. ………., debidamente representado por don (2) …………………………., con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento.
A S E G U R A
A (3) …………………………………, NIF/CIF en concepto de tomador
del seguro, ante (4) ………………………… en adelante asegurado, hasta el importe de (5)
………………………………euros, en los términos y condiciones establecidos en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato (6) ……………..…………….. en concepto de garantía (7) para
responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se pudieran derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo
57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni esté liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Diputación Provincial xx Xxxxxx, en los términos establecidos en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y normas de desarrollo, así como en los términos y condiciones establecidos en las normas de Régimen Local.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que (4) o quien en su
nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, legislación complementaria y de Régimen Local, siguiéndose para su realización, en su caso, la vía administrativa de apremio de conformidad con lo establecido en el Reglamento General de Recaudación.
En ………………, a …. de ……………. de ..….
Firma: Asegurador
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ------
VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA DIPUTACIÓN XX XXXXXX
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
PROVINCIA: FECHA: NÚMERO O CÓDIGO:
----------------------------------------------------------------------------------------------------- ------------------------------
INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DEL MODELO
(1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.
(2) Nombre y apellidos del Apoderado o Apoderados.
(3) Nombre de la persona asegurada.
(4) La Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxx.
(5) Importe en letras por el que se constituye el seguro
(6) Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase, etc.) el contrato en virtud del cual se presta su caución.
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(7) Expresar la modalidad de seguro de que se trata, provisional, definitiva, etc
ANEXO VIII
OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO
Se consideran obligaciones esenciales del contrato:
Compromiso de adscripción de medio (artículo 64.2 TRLCSP)
Obligación esencial:
Condiciones especiales de ejecución del contrato (artículo 118.1 TRLCSP)
Obligación esencial:
Criterios de valoración de las ofertas (artículo 150.6 TRLCSP)
Obligación esencial:
(Otras)
Burgos, a
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Fdo.: -
ANEXO IX
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