Contract
CONTRATO DE COMPRA-VENTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL CENTRO DE PRODUCCIÓN SANTA XXXX, S.A. DE C.V., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL CENTRO” REPRESENTADO POR EL ING. XXXX XXXXXXXX XXXXXX EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL Y POR LA OTRA PARTE, LA EMPRESA AI- ASESORES, S.A. DE C.V. POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL EL ING. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX A QUIEN EN LO SUCESIVO DE LE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”. MISMOS QUE SE SUJETAN AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
A N T E C E D E N T E S
PRIMERO.- “EL CENTRO” A TRAVES DE SU COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS; CON FUNDAMENTO EN LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 134 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y 135 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN XXXX POTOSÍ Y LOS ARTÍCULOS 22 FRACCIÓN I, 23, 24, 27, 28, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 37 Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DE LA LEY DE ADQUISICIONES DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSI, PROCEDIÓ A LLEVAR A CABO LA LICITACIÓN PÚBLICA CEPSAR-LP- 10/2019, PARA LA ADQUISICION DE INSUMOS DE CULTIVO 2020 DE ACUERDO A LA DESCRIPCIÓN, CANTIDAD Y PRECIO QUE SE SEÑALA EN EL ANEXO UNO.
SEGUNDO.- CON FECHA 03 DE ENERO DE 2020, TUVO LUGAR EL FALLO ECONOMICO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA CEPSAR-LP-10/2019, POR LO QUE DE ACUERDO A LO SEÑALADO EN LOS ARTICULOS 22 FRACCIÓN I, 34, 35, 37 Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DE LA LEY DE ADQUISICIONES DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSI LE FUE ADJUDICA A “EL PROVEEDOR” SE LE ADJUDICAN LAS PARTIDAS 5, 6, 7, 8, 10, 11, 12, 13, 14, 18, 25, 28 Y 30 PARA LA ADQUISICIÓN DE INSUMOS DE CULTIVO 2020, DE ACUERDO A LA DESCRIPCIÓN, CANTIDAD Y PRECIO QUE SE SEÑALA EN EL ANEXO UNO. MISMOS QUE EN LO SUCESIVO SERÁN REFERIDOS COMO “LOS INSUMOS”, LO ANTERIOR, EN VIRTUD DE QUE “EL PROVEEDOR” OFRECIÓ A “EL CENTRO” LAS MEJORES CONDICIONES EN SU PROPUESTA TECNICA Y ECONOMICA Y EN VIRTUD DE GARANTIZAR A “EL CENTRO” EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RESPECTIVAS.
TERCERO.- “EL CENTRO” REQUIERE ADQUIRÍR “LOS INSUMOS” PARA EL CICLO AGRÍCOLA 2020-2021, CONFORME A LAS CLÁUSULAS Y CONDICIONES ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE CONTRATO, MEDIANTE EL CUAL SE GARANTIZAN LAS MEJORES CONDICIONES EN CUANTO A PRECIO, CALIDAD, OPORTUNIDAD Y FINANCIAMIENTO PARA “EL CENTRO”, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 134 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, 135 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN XXXX POTOSÍ, 22 FRACCIÓN I, 35 Y DEMÁS RELATIVOS DE LA LEY DE ADQUISICIONES DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ.
CON BASE EN LO ANTERIOR MANIFIESTAN LAS PARTES LAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I. DECLARA “EL CENTRO” POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL:
I.1. QUE ES UNA SOCIEDAD MERCANTIL CONSTITUIDA CONFORME A LAS LEYES DE LA REPÚBLICA MEXICANA, LO QUE ACREDITA CON EL PRIMER TESTIMONIO DE LA ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO 42,096 CUARENTA Y DOS MIL NOVENTA Y SEIS, LIBRO 1,402 MIL CUATROCIENTOS DOS, DE FECHA 21 VEINTIUNO XX XXXX DE 2009 DOS MIL NUEVE, BAJO EL PROTOCOLO DEL LICENCIADO XXXXXXXX XXXX XXXXXX, EN EJERCICIO EN EL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ, ADSCRITO A LA NOTARÍA PÚBLICA NÚMERO
15 QUINCE, CUYO PRIMER TESTIMONIO SE ENCUENTRA INSCRITO EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ, BAJO EL FOLIO MERCANTIL ELECTRÓNICO NÚMERO 26,257* 1 VEINTISÉIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ASTERISCO UNO, DE FECHA 21 VEINTIUNO XX XXXX DE 2009 DOS MIL NUEVE.
I.2. QUE SE ENCUENTRA REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU DIRECTOR GENERAL, EL ING. XXXX XXXXXXXX XXXXXX, QUIEN ESTÁ FACULTADO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, SEGÚN SE DESPRENDE DEL INSTRUMENTO NÚMERO 54,025, DEL LIBRO 1,664 DE FECHA 00 XX XXXXXXX XX 0000 XXX XXXXXXXXX XXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXX NOTARIO PÚBLICO EN EJERCICIO EN EL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSI, ADSCRITO A LA NOTARIA PUBLICA NÚMERO 15, EN LA QUE SE CONTIENE EL ACTA DE LA PRIMERA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE FECHA 29 DE ENERO DE 2016, EN LA CUAL FUE NOMBRADO DIRECTOR GENERAL OTORGÁNDOSELE EN ÉSTA, TODAS LAS FACULTADES Y PODERES QUE CONTEMPLA LA CLÁUSULA TRIGÉSIMA QUINTA DE LOS ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD Y QUE DICHAS FACULTADES Y PODERES, NO LE HAN SIDO REVOCADAS NI MODIFICADAS EN FORMA ALGUNA.
I.3. QUE CUENTA CON REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES NÚMERO CPS-090521-7V6.
I.4. QUE SU DOMICILIO FISCAL ES EL UBICADO EN EL KM. 3, CAMINO SANTA XXXX – SAN XXXXXXX, EJIDO SANTA XXXX, RIOVERDE, S.L.P.
I.5. QUE PARA EFECTOS DE OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES, SEÑALA INDISTINTAMENTE EL DOMICILIO UBICADO EN KM. 3 CAMINO SANTA XXXX – SAN XXXXXXX, EJIDO SANTA XXXX, RIOVERDE, S.L.P. Y/O EL UBICADO EN CARRETERA SAN XXXX POTOSÍ - MATEHUALA KM.8.5 EX HACIENDA SANTA XXX KM.1.5, EDIFICIO G, SOLEDAD DE XXXXXXXX XXXXXXX, S.L.P.
I.6. QUE CUENTA CON RECURSOS DISPONIBLES PARA OBLIGARSE MEDIANTE EL PRESENTE CONTRATO, PROVENIENTES DE INGRESOS PROPIOS.
II. DECLARA “EL PROVEEDOR” A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE LEGAL:
II.1. QUE ES UNA SOCIEDAD MERCANTIL CONSTITUIDA CONFORME A LAS LEYES DE LA REPÚBLICA MEXICANA, LO QUE ACREDITA CON LA ESCRITURA PÚBLICA No. 13,110 TRECE MIL CIENTO DIEZ DE FECHA 26 VEINTISEIS DE NOVIEMBRE DE 2007 DOS MIL SIETE, PASADA ANTE LA FE DE LA C. LIC. XXXXXXXX XXXXX XXXXX, NOTARIO XXXXXXX Xx. 00 XXXXXXX X XXX, XXX XXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXXXXX, INSTRUMENTO INSCRITO EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DE LA MISMA, BAJO LA INSCRIPCIÓN No. 34038-1 TREINTA Y CUATRO MIL TREINTA Y OCHO GUION UNO, DE FECHA 14 CATORCE DE ENERO DE 2008 DOS MIL OCHO, DOCUMENTO QUE SE AGREGA AL PRESENTE COMO ANEXO DOS.
II.2. QUE ACREDITA LA PERSONALIDAD CON QUE SE OSTENTA, CON LA ESCRITURA PÚBLICA REFERIDA EN EL PUNTO ANTERIOR, Y MANIFIESTA QUE A LA FECHA NO LE HAN SIDO LIMITADAS, MODIFICADAS O REVOCADAS LAS FACULTADES QUE LE FUERON CONFERIDAS EN LA ESCRITURA CITADA.
II.3. QUE LE FUE ASIGNADA COMO CLAVE DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (R.F.C.) XX XXXXXX XXX 000000 LD9, COMO LO ACREDITA CON LA CÉDULA DE IDENTIFICACIÓN FISCAL QUE SE AGREGA COMO ANEXO TRES.
II.4. QUE CUENTA CON LA CAPACIDAD PARA LA ENTREGA DE “LOS INSUMOS” DE ACUERDO CON SU PROPUESTA QUE PRESENTÓ AL “CENTRO”, A SATISFACCIÓN DE ÉSTE, Y QUE NI ÉL, NI SU REPRESENTADA SE ENCUENTRAN EN NINGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 20 DE LA LEY DE ADQUISICIONES DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ.
II.5. QUE TIENE ESTABLECIDO SU DOMICILIO EN ACCESO III NÚMERO 14 CATORCE NAVE 6 PARQUE INDUSTRIAL XXXXXX XXXXXX, QUERETARO, QRO., CODIGO POSTAL 76120, MISMO QUE SEÑALA PARA TODOS LOS FINES Y EFECTOS LEGALES DEL CONTRATO, ASÍ COMO PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES.
II.6. QUE CONOCE Y ACEPTA EL CONTENIDO Y REQUISITOS QUE ESTABLECE LA LEY DE ADQUISICIONES DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ Y DEMÁS NORMATIVIDAD ESTATAL APLICABLE, PARA LA ENTREGA DE “LOS INSUMOS”, ASÍ COMO CON LA CAPACIDAD PARA OBLIGARSE EN LOS TÉRMINOS DEL PRESENTE CONTRATO.
EXPUESTO LO ANTERIOR LAS PARTES SUJETAN SU COMPROMISO A LA FORMA Y TÉRMINOS QUE SE ESTABLECEN EN LAS SIGUIENTES:
X X X X X X X X X
XXXXXXX. - XXXXXX:
“EL PROVEEDOR” VENDE Y “EL CENTRO” SE COMPROMETE ADQUIRIR POR LO MENOS EL 40% DE LA TOTALIDAD DE “LOS INSUMOS”, PARA LO CUAL “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A ENTREGAR EN TIEMPO Y FORMA “LOS INSUMOS” CON LAS CARACTERISTICAS, LOS PRECIOS UNITARIOS Y LA DOCUMENTACION REGULATORIA SEÑALADOS EN EL ANEXO UNO.
EL MONTO TOTAL DEL PRESENTE CONTRATO ES DE: $ 233,570.19 USD (DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS SETENTA DOLARES AMERICANOS 19/100 USD.) CON EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO A TASA DEL 0%. EN LAS PARTIDAS 5, 6, 7, 8, 12, 13, 25 Y 30 Y DEL 16% EN LAS PARTIDAS 10, 11, 14, 18 Y 28.
LOS PRECIOS SEÑALADOS INCLUYEN TODOS LOS CARGOS POR CONCEPTOS XX XXXXX, SEGUROS, GASTOS DE TRANSPORTACIÓN, MANIOBRAS Y DEMÁS GASTOS PUESTOS “LOS INSUMOS”, EN EL ALMACÉN GENERAL DE “EL CENTRO” DE ACUERDO AL ANEXO UNO, POR LO QUE EN LO FUTURO, “EL PROVEEDOR” NO PODRÁ ALEGAR INCREMENTO EN LOS PRECIOS, SALVO QUE CON POSTERIORIDAD A LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, SE PRESENTEN CIRCUNSTANCIAS ECONÓMICAS DE TIPO GENERAL, COMO RESULTADO DE SITUACIONES SUPERVENIENTES AJENAS A LA RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES, QUE PROVOQUEN DIRECTAMENTE UN AUMENTO O REDUCCIÓN EN LOS PRECIOS DE “LOS INSUMOS”, AÚN NO ENTREGADO O AÚN NO PAGADO.
SEGUNDA- FACTURACIÓN:
“LOS INSUMOS” SERÁ FACTURADO BAJO LOS SIGUIENTES DATOS:
A) NOMBRE: “XXXXXX XX XXXXXXXXXX XXXXX XXXX, X.X. XX X.X.”,
X) DOMICILIO FISCAL: XX. 0 XXXXXX XXXXX XXXX – SAN XXXXXXX, EJIDO SANTA XXXX, RIOVERDE, S.L.P.,
C) REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTE: CPS–090521-7V6.
TERCERA.- FORMA DE PAGO:
EL PAGO SE REALIZARÁ EN PESOS MEXICANOS MEDIANTE TRANFERENCIA ELECTRÓNICA A LA CUENTA QUE PARA TAL EFECTO INDIQUE “EL PROVEEDOR” AL TIPO DE CAMBIO DEL DIA INMEDIATO ANTERIOR, SERÁ DENTRO DE LOS 20 DÍAS NATURALES POSTERIORES A CADA ENTREGA DE “LOS INSUMOS” Y CONTADOS A PARTIR DE LA ENTREGA DE LA FACTURA ORIGINAL, EN EL ENTENDIDO DE QUE EN CASO DE SER DÍA INHÁBIL PASARÁ AL DÍA HÁBIL SIGUIENTE.
CUARTA.- LUGAR Y FECHA DE ENTREGA:
LA ENTREGA DE “LOS INSUMOS”, LAS PARTIDAS 5, 6, 7, 8, 10, 11, 12, 13, 14, 18 Y 25, SERA EN EL ALMACEN GENERAL DE LA MATRIZ UBICADO EN KM. 3 CAMINO SANTA XXXX – SAN XXXXXXX, EJIDO SANTA XXXX, RIOVERDE, S.L.P. Y LAS PARTIDAS 28 Y 30 SERÁ EN EL ALMACÉN GENERAL DE LA SUCURSAL XXXXX XX XXXXXX DE “EL CENTRO” UBICADO EN CARRETERA XXXXX XX XXXXXX
– XXXXXXXXX KILOMETRO 8, XXXXX XX XXXXXX, SAN XXXX POTOSÍ, LA ENTREGA DEBERA DE REALIZARSE CONFORME A LAS FECHAS SEÑALADAS EN CALENDARIO CONTENIDO EN EL ANEXO CUATRO. DICHAS ENTREGAS CORRERÁN POR CUENTA DE “EL PROVEEDOR” EL TIPO DE TRANSPORTE QUE SE UTILICE, SERÁ SELECCIONADO POR EL MISMO, RESPONSABILIZÁNDOSE DE QUE “LOS INSUMOS”, OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, SE ENTREGUEN EN BUEN ESTADO, EN EL TIEMPO Y FORMA SEÑALADOS.
EN CASO DE QUE “EL CENTRO” REQUIERA DE MAYOR CANTIDAD DE LA ESTABLECIDA DE “LOS INSUMOS”, PODRÁ, DENTRO DE SU PRESUPUESTO APROBADO Y BAJO SU RESPONSABILIDAD, ACORDAR EL INCREMENTO EN LA CANTIDAD A ADQUIRIR,
CONTRATO CEPSAR-CCV-004/2020
SIEMPRE QUE EL MONTO TOTAL DE LAS MODIFICACIONES NO REBASE, EN CONJUNTO, EL 20% VEINTE POR CIENTO DEL MONTO O CANTIDAD DE LOS CONCEPTOS Y VOLÚMENES ORIGINALES, Y “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A MANTENER LOS MISMOS PRECIOS, HASTA DICHO PORCENTAJE DE EXCEDENTE, PARA EL PRESENTE CASO DEBERÁ CELEBRARSE CONVENIO ADICIONAL ENTRE LAS PARTES, MOTIVANDO Y FUNDAMENTANDO LAS CAUSAS QUE ORIGINARON EL INCREMENTO EN EL MONTO O CANTIDADES.
PARA EL CASO DE QUE SE ENCUENTREN DEFICIENCIAS, DETERIOROS O ALGUNA OTRA CIRCUNSTANCIA EN “LOS INSUMOS” QUE, A CONSIDERACIÓN DE “EL CENTRO” REDUZCA LA UTILIDAD DE LOS MISMOS, “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A REALIZAR EL CAMBIO PERTINENTE, ASIMISMO A PAGAR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE PUDIERE LLEGAR A OCASIONAR ALGUNA DE LAS CIRCUNSTANCIAS INDICADAS, PARA ELLO, A LA RECEPCIÓN DE “LOS INSUMOS” SE REVISARÁ QUE SE ENCUENTREN EN PERFECTO ESTADO. NO OBSTANTE QUE EN CASO DE NO CONTAR CON LOS MISMOS, “EL CENTRO” PODRÁ SOLICITARLOS AL SIGUIENTE MEJOR PROVEEDOR, DERIVADO DEL PROCEDIMIENTO INSTAURADO Y HACIÉNDOSE ACREEDOR “EL PROVEEDOR” A LAS PENAS SEÑALADAS EN EL PRESENTE CONTRATO, SIEMPRE Y CUANDO LOS PRECIOS DE ÉSTE ÚLTIMO NO EXCEDAN UN 10% DE LOS PRECIOS CONTRATADOS.
“EL CENTRO” PODRÁ HACER DEVOLUCIONES DE “LOS INSUMOS” DURANTE EL LAPSO QUE AMPARA LA GARANTÍA, CUANDO SE COMPRUEBE QUE NO SON ORIGINALES, QUE PRESENTAN DIFERENCIAS EN SU CALIDAD O PRESENTACION FÍSICA; EN TALES CIRCUNSTANCIAS “EL PROVEEDOR” REPONDRÁ EL 100% DE LOS INSUMOS DEVUELTO, EN CASO CONTRARIO SE LE HARÁ EFECTIVA LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y DEMÁS SANCIONES QUE LE SEAN APLICABLES DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ.
QUINTA.- PENA CONVENCIONAL POR DEMORA EN LA ENTREGA:
EN CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” SE RETRASE EN LA ENTREGA DE “LOS INSUMOS” POR CAUSAS IMPUTABLES A ÉL MISMO, SE LE APLICARÁ UNA PENA CONVENCIONAL DEL 0.5% DEL MONTO TOTAL DEL PEDIDO NO ENTREGADO EN TIEMPO, POR CADA DÍA QUE ESTE SE RETRASE, SANCIÓN QUE PODRÁ SER APLICADA HASTA EL 30% DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO. LO ANTERIOR, NO OBSTANTE QUE EFECTÚE ENTREGAS PARCIALES.
“EL CENTRO”, ADEMÁS DE APLICAR LA PENA CONVENCIONAL A QUE SE HACE REFERENCIA, PODRÁ TAMBIÉN RESCINDIR SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA PARA EL MISMO, EL PRESENTE CONTRATO, DESDE EL PRIMER RETRASO Y ADJUDICAR INMEDIATAMENTE A DIVERSO PROVEEDOR, SIEMPRE Y CUANDO EL PRECIO DE ÉSTE ÚLTIMO NO EXCEDA UN 10% DEL PRECIO AQUÍ CONTRATADO.
SEXTA.- VIGENCIA:
LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO ES DE DOCE MESES A PARTIR DE LA FECHA DE FIRMA DEL MISMO, SALVO LO DISPUESTO EN LA SIGUIENTE CLÁUSULA.
SÉPTIMA- CAUSALES DE RESCISIÓN:
"EL PROVEEDOR" ACEPTA EXPRESAMENTE QUE “EL CENTRO” PODRÁ RESCINDIR EL PRESENTE CONTRATO, EN CUALQUIER TIEMPO Y SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA PARA EL MISMO, Y SIN NECESIDAD DE DECLARACIÓN JUDICIAL, CON EL SOLO REQUISITO DE NOTIFICAR SU DECISIÓN POR ESCRITO A “EL PROVEEDOR”, EN LOS SIGUIENTES CASOS QUE SE CITAN DE MANERA ENUNCIATIVA MAS NO LIMITATIVA:
• SI "EL PROVEEDOR" NO ENTREGA “LOS INSUMOS” OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, CONFORME A LOS PLAZOS, TÉRMINOS, CONDICIONES, DESCRIPCIÓN Y PRESENTACIÓN ESTABLECIDA EN EL MISMO.
• QUE "EL PROVEEDOR" CEDA, TRASPASE O POR CUALQUIER TÍTULO ENAJENE EL PRESENTE CONTRATO EN TODO O EN PARTE.
• POR EL INCUMPLIMIENTO DE “EL PROVEEDOR” A CUALQUIERA DE LAS CLÁUSULAS Y CONDICIONES ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE CONTRATO.
• ASÍ COMO TODAS AQUELLAS QUE EMANEN DE LA NORMATIVIDAD VIGENTE Y QUE RESULTEN APLICABLES AL MISMO.
OCTAVA- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.-
PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE EN ESTE CONTRATO ASUME “EL PROVEEDOR", SE COMPROMETE A OTORGAR A FAVOR DE “EL CENTRO”, PÓLIZA DE FIANZA EXPEDIDA POR INSTITUCIÓN LEGALMENTE CONSTITUIDA, A MÁS TARDAR DENTRO DE UN PLAZO NO MAYOR A 10 DÍAS NATURALES POSTERIORES A LA FIRMA DEL PRESENTE CONTRATO, POR UN IMPORTE CORRESPONDIENTE AL 30% DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO, ES DECIR, POR UN MONTO DE $ 70,071.06 USD (SETENTA MIL SETENTA Y UN DÓLARES AMERICANOS 06/100 USD.); LA PÓLIZA SÓLO SE CANCELARÁ MEDIANTE ESCRITO POR PARTE DE “EL CENTRO” A PETICIÓN DE “EL PROVEEDOR” Y UNA VEZ CUMPLIDOS LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL PRESENTE CONTRATO.
LA PÓLIZA DEBERÁ PRESENTARSE EN EL TÉRMINO SEÑALADO EN EL PÁRRAFO QUE ANTECEDE.
NOVENA.- DE LA CALIDAD Y ORIGINALIDAD:
“EL PROVEEDOR” SE OBLIGA CON ESTE CONTRATO A ENTREGAR “LOS INSUMOS” EN LA CALIDAD Y PRESENTACIONES REQUERIDAS POR “EL CENTRO”, GARANTIZANDO EL CAMBIO TOTAL O PARCIAL EN VIRTUD DE CUALQUIER IMPUREZA Y/O VICIO OCULTO O DIVERSA PRESENTACIÓN FÍSICA, ADEMAS EN CADA ENTREGA INCLUIR LOS DOCUMENTOS SOLICITADOS EN EL ANEXO UNO DE LAS BASES DEL CONCURSO DEL CUAL SE DERIVA EL PRESENTE CONTRATO, POR UN PLAZO DE POR LO MENOS 12 MESES, CONTADOS A PARTIR DE SU RECEPCIÓN, COMPROMETIÉNDOSE A QUE DICHO CAMBIO SEA POR EL(LOS) DE LA CALIDAD, ESPECIFICACIONES Y PRESENTACIONES SOLICITADAS Y OFERTADAS.
ASIMISMO, “EL PROVEEDOR” QUEDA OBLIGADO A RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE “LOS INSUMOS” QUE HA DE ENTREGAR A “EL CENTRO”, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO Y QUE SE ENCUENTRE CONTEMPLADA POR LA NORMATIVIDAD APLICABLE.
DÉCIMA.- CESIÓN DE DERECHOS:
“EL PROVEEDOR” NO PODRÁ CEDER O TRASPASAR EN FORMA TOTAL O PARCIAL, A TERCERAS PERSONAS LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PRESENTE, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO, EN CUYO CASO DEBERÁ CONTAR CON LA AUTORIZACIÓN PREVIA Y POR ESCRITO POR PARTE DE “EL CENTRO”.
DÉCIMA PRIMERA.- CONFIDENCIALIDAD:
LAS PARTES ESTÁN CONFORMES EN QUE LA INFORMACIÓN QUE SE DERIVE DE LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE INSTRUMENTO, TENDRÁ PARA “EL PROVEEDOR” EL CARÁCTER DE CONFIDENCIAL, POR LO QUE SE COMPROMETE A NO PROPORCIONARLA A TERCEROS, INCLUSIVE DESPUÉS DE LA TERMINACIÓN DE ESTE CONTRATO, ASÍ COMO CONTA R CON LOS ELEMENTOS DE SEGURIDAD QUE PROTEJAN LA INFORMACIÓN.
DÉCIMA SEGUNDA.- NEGOCIACIONES:
EL PRESENTE CONTRATO CONSTITUYE EL ACUERDO ENTRE LAS PARTES EN RELACIÓN CON EL OBJETO DEL MISMO Y DEJA SIN EFECTO CUALQUIER OTRA NEGOCIACIÓN O COMUNICACIÓN ENTRE ÉSTAS, YA SEA ORAL O ESCRITA, REALIZADA CON ANTERIORIDAD A LA FECHA DE FIRMA DEL PRESENTE INSTRUMENTO.
DÉCIMA TERCERA.- RESPONSABILIDAD:
NINGUNA DE LAS PARTES SERÁ RESPONSABLE POR FALTA, INCAPACIDAD O DEMORA EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE ESTE CONTRATO, SI DICHA FALTA, INCAPACIDAD O DEMORA SE DEBE A CAUSAS DE FUERZA MAYOR, YA SEA POR GUERRA, HUELGA, INCENDIOS, EXPLOSIÓN, LEY, DECRETO O REGLAMENTO GUBERNAMENTAL O A CUALQUIER OTRA CAUSA O CASO FORTUITO, FUERA DEL CONTROL DE LAS PARTES; CIRCUNSTANCIAS QUE DEBEN SER DEMOSTRABLES.
DÉCIMA CUARTA.- NOTIFICACIONES:
TODA NOTIFICACIÓN O AVISO QUE DEBAN DARSE LAS PARTES EN VIRTUD DE ESTE CONTRATO, SERÁN REALIZADAS POR ESCRITO Y PRESENTADAS EN LOS DOMICILIOS ASENTADOS DE CADA UNA DE ELLAS, DENTRO DEL CAPÍTULO DE DECLARACIONES DE ESTE INSTRUMENTO, Y SURTIRÁN SUS EFECTOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SEAN NOTIFICADOS, EN LA INTELIGENCIA DE QUE LA PARTE QUE RECIBA LA NOTIFICACIÓN, DEBERÁ DAR CONSTANCIA DE RECIBIDO EN UNA COPIA DE DICHO ESCRITO PARA LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CONFORME A LO DISPUESTO EN LA LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO Y MUNICIPIOS DE SAN XXXX POTOSÍ, SALVO PACTO EN CONTRARIO QUE CONSTE POR ESCRITO.
TODO CAMBIO DE DOMICILIO DE LAS PARTES, DEBERÁ COMUNICARSE A LA OTRA, DE LO CONTRARIO LAS NOTIFICACIONES SE ENTENDERÁN EN EL DOMICILIO REGISTRADO PARA TAL EFECTO.
DÉCIMA QUINTA.- INTERPRETACIÓN:
PARA TODO LO RELATIVO A LA INTERPRETACIÓN, EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO, LAS PARTES SE SOMETEN AL FUERO DE LOS TRIBUNALES COMPETENTES DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ, CON RENUNCIA EXPRESA DE CUALQUIER OTRO, POR EL DOMICILIO PRESENTE O FUTURO QUE PUDIERA CORRESPONDERLES.
L E Í D O, QUE FUE EL PRESENTE, ENTERADAS LAS PARTES DEL CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS QUE LO INTEGRAN Y AL NO EXISTIR DOLO, MALA FE, LESIÓN O CUALQUIER OTRO VICIO QUE PUDIERA TRAER CONSIGO LA NULIDAD TOTAL O PARCIAL, LO RATIFICAN EN TODAS Y CADA UNA DE SUS PARTES Y LO FIRMAN DE CONFORMIDAD AL MÁRGEN Y AL CALCE POR CUADRUPLICADO EN LA CIUDAD DE SAN XXXX POTOSÍ, S.L.P., A LOS 08 DÍAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO 2020.
“ XX XXXXXX”
XXX. XXXX X XXXXXXX XXXXXX
DIRECTOR GENERALY REPRESENTANTE LEGAL DEL
CENTRO DE PRODUCCIÓN SANTA XXXX, S . A. DE C.V.
“ EL PROVEEDOR”
ING. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX
REPRESENTANTE LEGAL DE AI-ASESORES, S.A. DE C.V.
TESTIGO:
C. P. XXXXX XXXXXXX XXXXXX
DIRECTOR ADMINISTRATIVO DEL
CENTRO DE PRODUCCIÓN SANTA XXXX, S . A. DE C.V.
TESTIGO:
C. P. XXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX
GERENTE DE COMPRAS DEL CENTRO DE PRODUCCIÓN SANTA XXXX, S . A. DE C.V.
ÁREA JURÍDICA:
L IC. XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX
ASESOR JURÍDICO DEL
CENT RO DE PRODUCCIÓN SANTA XXXX, S. A. DE C.V.
ANEXO UNO DESCRIPCION, CANTIDAD Y PRECIO
DE “LOS INSUMOS”
PARTIDA | DESCRIPCION | UNIDAD | CANTIDAD | AI ASESORES S.A. DE C.V. | |
PRECIO UNITARIO USD | TOTAL USD | ||||
5 | REDUSOL CUBETA CON 20 KG. DOCUMENTACION REGULATORIA: HOJA DE SEGURIDAD HOJA DE ESPECIFICACIONES FICHA TECNICA | LTS | 4,500 | $ 3.1000 | $ 13,950.00 |
6 | PLASTICO BLANCO Y NEGRO ACOLCHADO FABRICADO EN POLIETILENO CON UN LADO COLOR BLANCO Y EL OTRO LADO NEGRO; CON UN GROSOR DE 200 GALGAS Y 50 MICRAS CON FILTRO UV GARANTIZADO PARA UN AÑO. DOCUMENTACION REGULATORIA: HOJA DE SEGURIDAD HOJA DE ESPECIFICACIONES FICHA TECNICA SE REQUIERE MUESTR | XXX | 00 | $ 105.8200 | $ 3,174.60 |
7 | VERMICULITE 10 KGS. PRESENTACION: SACO DE 10-12 KGS GRANULOMETRIA MEDIANA DOCUMENTACION REGULATORIA: HOJA DE DATOS DE SEGURIDAD HOJA DE ESPECIFICACIONES CERTIFICADO DE CALIDAD FICHA TECNICA SE REQUIERE MUESTRA | XXX | 000 | $ 17.5400 | $ 7,893.00 |
8 | PLUG DE XXXX XX XXXX DOCUMENTACION REGULATORIA: HOJA DE SEGURIDAD HOJA DE ESPECIFICACIONES Y CERTIFICADO DE CALIDAD FICHA TECNICA SE REQUIERE MUESTRA | PZA | 1,200,000 | $ 0.0138 | $ 16,560.00 |
10 | CHAROLA DE UNICEL DE 40X60 CM DE DIMENCION; CON 200 CAVIDADES, PARTE SUPERIOR CUADRADA Y VOLUMEN CONICO. DOCUMENTACION REGULATORIA: HOJA DE SEGURIDAD HOJA DE ESPECIFICACIONES Y CERTIFICADO DE CALIDAD FICHA TECNICA | PZA | 2500 | $ 1.9800 | $ 4,950.00 |
11 | CLIP DE SILICONA DE 1.6 MM. PARA INJERTAR PLANTULA. DOCUMENTACION REGULATORIA: HOJA DE SEGURIDAD HOJA DE ESPECIFICACIONES Y CERTIFICADO DE CALIDAD FICHA TECNIC | PZA | 2250000 | $ 0.0102 | $ 22,950.00 |
12 | CHAROLA DE UNICEL PARA SIEMBRA DE 240 CAVIDADES. CAVIDAD CILINDRICA, INCLUYE PLUG DE XXXX XX XXXX DOCUMENTACION REGULATORIA: HOJA DE SEGURIDAD HOJA DE ESPECIFICACIONES Y CERTIFICADO DE CALIDAD FICHA TECNICA | PZA | 10000 | $ 5.7400 | $ 57,400.00 |
13 | KEKKILA BULTO DE 48 KG NOMBRE COMERCIAL: KEKKILA PRESENTACION: SACO DE 48 KG DOCUMENTACION REGULATORIA: HOJA DE SEGURIDAD HOJA DE ESPECIFICACIONES Y CERTIFICADO DE CALIDAD FICHA TECNICA | XXX | 000 | $ 22.3100 | $ 3,346.50 |
14 | CLIP DE SILICONA DE 1.2 MM PARA INJERTAR PLANTULA DOCUMENTACION REGULATORIA: HOJA DE SEGURIDAD HOJA DE ESPECIFICACIONES Y CERTIFICADO DE CALIDAD FICHA TECNICA SE REQUIERE MUESTRA | PZA | 500000 | $ 0.0097 | $ 4,850.00 |
00 | XXXXXXX XX XXXXXX X XXXXX XX 00 XX. XX XXXXX SE REQUIERE MUESTRA | PZA | 400000 | $ 0.0155 | $ 6,200.00 |
25 | PLASTICO BLANCO Y NEGRO ACOLCHADO ESPECIFICACIONES: FABRICADO EN POLIETILENO CON UN LADO COLOR BLANCO Y EL OTRO LADO COLOR NEGRO; CON UN GROSOR DE 200 GALGAS Y 50 MICRAS CON FILTRO UV GARANTIZADO PARA UN AÑO. DOCUMENTACION REGULATORIA: HOJA DE SEGURIDAD HOJA DE ESPECIFICACIONES FICHA TECNICA SE REQUIERE MUESTRA. | XXX | 000 | $ 105.8200 | $ 65,608.40 |
28 | CO2 HOSE 65MM X 008 60CM SPACING 4 HOLES DOCUMENTACIÓN REGULATORIA: Hoja de Especificaciones Certificado de Calidad | MTS | 25000 | $ 0.0460 | $ 1,150.00 |
30 | PLÁSTICO BLANCO/NEGRO ACOLCHADO CALIBRE 200 O CON UN GROSOR DE 50 MICRAS EN ROLLO DE 5 MTS DE ANCHO X 162 MTS DE LARGO, CON FILTRO UV, GARANTIZADO PA DOCUMENTACIÓN REGULATORIA: Hoja de Especificaciones Certificado de Calidad | XXX | 000 | $ 110.5300 | $ 19,121.69 |
IMPORTE | $ 227,154.19 | ||||
IVA | $ 6,416.00 | ||||
TOTAL | $ 233,570.19 |
“ XX XXXXXX” XXX. XXXX X XXXXXXX XXXXXX DIRECTOR GENERALY REPRESENTANTE LEGAL DEL CENTRO DE PROD UCCIÓN SANTA XXXX, S . A. DE C.V. | “ EL PROVEEDOR” ING. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX REPRESENTANTE LEGAL DE AI-ASESORES, S.A. DE C.V. |
ANEXO CUATRO
CALENDARIO DE ENTREGA DE “LOS INSUMOS”
PARTIDA | DESCRIPCION | UNIDAD | CANTIDAD | FECHA DE ENTREGA |
5 | REDUSOL CUBETA CON 20 KG. DOCUMENTACION REGULATORIA: HOJA DE SEGURIDAD HOJA DE ESPECIFICACIONES FICHA TECNICA | LTS | 4,500 | 20-ene-20 |
6 | PLASTICO BLANCO Y NEGRO ACOLCHADO FABRICADO EN POLIETILENO CON UN LADO COLOR BLANCO Y EL OTRO LADO NEGRO; CON UN GROSOR DE 200 GALGAS Y 50 MICRAS CON FILTRO UV GARANTIZADO PARA UN AÑO. DOCUMENTACION REGULATORIA: HOJA DE SEGURIDAD HOJA DE ESPECIFICACIONES FICHA TECNICA SE REQUIERE MUESTR | XXX | 00 | 00-xxx-00 |
0 | VERMICULITE 10 KGS. PRESENTACION: SACO DE 10-12 KGS GRANULOMETRIA MEDIANA DOCUMENTACION REGULATORIA: HOJA DE DATOS DE SEGURIDAD HOJA DE ESPECIFICACIONES CERTIFICADO DE CALIDAD FICHA TECNICA SE REQUIERE MUESTRA | XXX | 000 | 00-xxx-00, 00-xxx-00, 00-xxx-00 x 00-xxx-00 |
8 | PLUG DE XXXX XX XXXX DOCUMENTACION REGULATORIA: HOJA DE SEGURIDAD HOJA DE ESPECIFICACIONES Y CERTIFICADO DE CALIDAD FICHA TECNICA SE REQUIERE MUESTRA | PZA | 1,200,000 | 20-ene-20 |
10 | CHAROLA DE UNICEL DE 40X60 CM DE DIMENCION; CON 200 CAVIDADES, PARTE SUPERIOR CUADRADA Y VOLUMEN CONICO. DOCUMENTACION REGULATORIA: HOJA DE SEGURIDAD HOJA DE ESPECIFICACIONES Y CERTIFICADO DE CALIDAD FICHA TECNICA | PZA | 2500 | 20-ene-20 y 15-mar-20 |
11 | CLIP DE SILICONA DE 1.6 MM. PARA INJERTAR PLANTULA. DOCUMENTACION REGULATORIA: HOJA DE SEGURIDAD HOJA DE ESPECIFICACIONES Y CERTIFICADO DE CALIDAD FICHA TECNIC | PZA | 2250000 | 20-ene-20 y 15-abr-20 |
12 | CHAROLA DE UNICEL PARA SIEMBRA DE 240 CAVIDADES. CAVIDAD CILINDRICA, INCLUYE PLUG DE XXXX XX XXXX DOCUMENTACION REGULATORIA: HOJA DE SEGURIDAD HOJA DE ESPECIFICACIONES Y CERTIFICADO DE CALIDAD FICHA TECNICA | PZA | 10000 | 20-ene-20 y 15-mar-20 |
13 | KEKKILA BULTO DE 48 KG NOMBRE COMERCIAL: KEKKILA PRESENTACION: SACO DE 48 KG DOCUMENTACION REGULATORIA: HOJA DE SEGURIDAD HOJA DE ESPECIFICACIONES Y CERTIFICADO DE CALIDAD FICHA TECNICA | PZA | 150 | 20-ene-20 y 15-mar-20 |
14 | CLIP DE SILICONA DE 1.2 MM PARA INJERTAR PLANTULA DOCUMENTACION REGULATORIA: HOJA DE SEGURIDAD HOJA DE ESPECIFICACIONES Y CERTIFICADO DE CALIDAD FICHA TECNICA SE REQUIERE MUESTRA | PZA | 500000 | 20-ene-20 y 15-abr-20 |
18 | XXXXXXX XX XXXXXX O BAMBU DE 40 CM. DE LARGO SE REQUIERE MUESTRA | PZA | 400000 | 20-ene-20 |
25 | PLASTICO BLANCO Y NEGRO ACOLCHADO ESPECIFICACIONES: FABRICADO EN POLIETILENO CON UN LADO COLOR BLANCO Y EL OTRO LADO COLOR NEGRO; CON UN GROSOR DE 200 GALGAS Y 50 MICRAS CON FILTRO UV GARANTIZADO PARA UN AÑO. DOCUMENTACION REGULATORIA: HOJA DE SEGURIDAD HOJA DE ESPECIFICACIONES FICHA TECNICA SE REQUIERE MUESTRA. | PZA | 620 | 15-jun-20 |
28 | CO2 HOSE 65MM X 008 60CM SPACING 4 HOLES DOCUMENTACIÓN REGULATORIA: Hoja de Especificaciones Certificado de Calidad | MTS | 25000 | 15-may-20 |
30 | PLÁSTICO BLANCO/NEGRO ACOLCHADO CALIBRE 200 O CON UN GROSOR DE 50 MICRAS EN ROLLO DE 5 MTS DE ANCHO X 162 MTS DE LARGO, CON FILTRO UV, GARANTIZADO PA DOCUMENTACIÓN REGULATORIA: Hoja de Especificaciones Certificado de Calidad | PZA | 173 | 09-mar-20 |
“ XX XXXXXX” XXX. XXXX X XXXXXXX XXXXXX DIRECTOR GENERALY REPRESENTANTE LEGAL DEL CENTRO DE PROD UCCIÓN SANTA XXXX, S . A. DE C.V. | “ EL PROVEEDOR” ING. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX REPRESENTANTE LEGAL DE AI-ASESORES, S.A. DE C.V. |