Definición de Alojamiento

Alojamiento. Cualquier Hotel o lugar público autorizado destinado para el alojamiento temporal de personas para la cual el Asegurado realizó una reservación y efectuó un pago comprobable por su estancia.
Alojamiento. Significa cualquier bien, servicio, Beneficios o bien mueble o inmueble designado para el alojamiento independiente, o bien para servicios de consumo, incluyendo de manera enunciativa más no limitativa, cualquier departamento, condominio o unidad cooperativa, cabaña, casa de descanso, habitación de hotel o motel u otra estructura comercial o privada o mejora, ya sea un bien mueble o inmueble e independientemente que se ubique sobre un bien inmueble o mueble. RCI podrá otorgar acceso al Alojamiento en el Programa Collection.
Alojamiento. Espacio en los servidores propiedad de Aquí hay dominios donde se encuentra ubicado Recursos y aplicaciones: Características técnicas y de programación informática facilitadas y soportadas por el alojamiento.

Examples of Alojamiento in a sentence

  • Oracle protegerá Su Contenido tal como se describe en las Políticas de Prestación y Alojamiento de Oracle (que describen las medidas de protección físicas, técnicas, administrativas y de otro tipo aplicadas a Su Contenido presente en los Servicios y describen aspectos de la administración del sistema aplicables a los Servicios) disponibles en xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxx/xxxx-xxxxxxxx/xxxxx.xxxx (u otra política aplicable) e incorporadas en Su orden.

  • No se cederán datos a terceros, salvo obligación legal o a prestadores de servicios (Asesoría Contable, Empresas de Alojamiento Web y Promotores contratados con la empresa).

  • Los PLD transmitidos a UPS mediante UPS Electronic Manifest Service solo pueden ser transmitidos directamente desde Su hardware, que deberá estar ubicado en las instalaciones que Usted tiene en el Territorio Autorizado para UPS Electronic Manifest Service, y no las instalaciones de un tercero, o a través de ellas, con excepción de aquellos terceros que actúen en calidad de ISP o Prestador del Servicio de Alojamiento y solo en tanto lo hagan en ese carácter.

  • Construcción de zonas comunes (Salud, Recepción, Administración, Logística, Almacén y Bodega, Cocina, Comedor, Aulas, Área de Esparcimiento, Alojamiento, Área de Combustible).

  • Dichas acciones podrán incluir entre otras, la restricción a Socios para acceder al Alojamiento Points Partner, restringir el tiempo o cantidad de RCI Points que puedan acumularse, transferirse o adquirirse, así como determinar el valor de RCI Points.

  • El Socio acepta que existen varias limitaciones para el uso de los Desarrollos Afiliados, y del Alojamiento Points Partner (por ejemplo: limitantes en la capacidad de ocupación, limitantes de equipaje, entre otros) y aquellos requisitos relacionados con las Unidades de los Desarrollos Afiliados o el Alojamiento de Points Partner que cuentan con Planes Todo Incluido Opcional u Obligatorio.

  • Cada Socio reconoce que el propietario, arrendador, arrendatario u operador de los Desarrollos Afiliados o Alojamiento de Points Partner son los únicos responsables que sus alojamientos, instalaciones y amenidades puedan ser utilizados por ellos y/o personas con discapacidad.

  • El Administrador del Programa podrá descartar el Período Vacacional e/o Alojamiento Points Partner Depositado para satisfacer las Confirmaciones y otras necesidades que le requieran.

  • Cuando un Socio Intercambie sus RCI® Points para acceder al Alojamiento Points Partner, su Depósito es encomendado al Administrador del Programa, facultándolo a promocionar su uso y obtener de otros Socios e incluso terceros una Confirmación.

  • Dicho Alojamiento Points Partner está sujeto a los términos y condiciones adicionales que en su caso establezca el proveedor final de los servicios; de igual forma, dichos servicios pueden diferir con relación a las facilidades y/o servicios para personas con discapacidad.


More Definitions of Alojamiento

Alojamiento. $ por (cheque de pago, mes, etc.) Máximo de $35.00 por semana por un cuarto en que habita una persona, $30.00 por semana por un cuarto en que habita dos personas, y $25.00 por semana por un cuarto en que habita tres o más personas. No permitido si Empleador require que Trabajdor Doméstico viva en un lugar específico.
Alojamiento se abonarán los gastos de estancia en hoteles y demás establecimientos de hostelería, debidamente justificados, aportando ticket o factura emitida por el establecimiento donde se efectúe el gasto a nombre del empleado, siempre que no excedan de los siguientes importes: - Directivos: 100,00 euros/día, si se aloja en españa; 174,70 euros/día, si se aloja en el extranjero - Resto de personal: 50,00 euros/día, si se aloja en españa; 87,35 euros/día, si se aloja en el extranjero locomoción: se abonarán los gastos de transporte bajo los siguientes requisitos: - si el empleado utiliza transporte público, el importe justificado. - si el empleado utiliza transporte privado: el peaje debidamente justificado (ticket); el aparcamiento debidamente justificado (ticket); kilometraje: cantidad que resulte de multiplicar el número de kilómetros recorridos por 0,19 euros si el vehículo es de su propiedad. - si el desplazamiento implica un viaje intercontinental en avión, se autoriza los siguientes gastos máximos: 1.800 euros (ida y vuelta). Año 2011: 10,30 euros. 00017149
Alojamiento. Servicio de Alojamiento de origen del o de los Sitios Web de Cliente utilizado por este último en el marco del Servicio. CDN (o «CDN Infrastructure»): Conjunto de ubicaciones en el mundo que redistribuyen localmente el contenido del Alojamiento y guardan en caché, según la configuración realizada por el Cliente, los archivos que no necesitan una actualización permanente. Crédito(s) de Tráfico: Unidad de medida de uso de los Servicios. El Crédito de Tráfico se vende al Cliente, por packs, en el Sitio Web de OVHcloud desde la Interfaz de Gestión. El Crédito de Tráfico se adeudará a medida que se utilicen los Servicios.
Alojamiento la compatibilidad con nuestro script, la tasa de actividad, el rendimiento del sitio web y la calidad del servicio están garantizados por nuestros socios de alojamiento de terceros. Nuestra empresa no es responsable de ningún problema aislado que surja de los servidores de nuestro socio, sus fallas, configuraciones erróneas o el rendimiento.
Alojamiento. La Secretaria de Deporte, Recreación y Cultura requiere para requiere para su delegación en cada una de las sedes ofrecer el servicio de alojamiento considerando un día antes y un día después de cada competencia; este servicio debe ser en cama individual y no más de tres personas por habitación. Cada cama debe contar con colchón, sabana y sobre sábana, almohada y cobijas. El hotel debe ofrecer al huésped TV, Baños, toallas, papel higiénico y jabón personal. El hotel debe ofrecer salones para las instalaciones de la oficina técnica y de consulta médica.

Related to Alojamiento

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Desistimiento Renuncia expresa o tácita por voluntad del proponente adjudicado, de formalizar la contratación, que no es consecuencia de causas de fuerza mayor y/o caso fortuito.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Fideicomitente Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), representada por el Consejo de la SUTEL.

  • Unicamente Circuitos integrados monolíticos amplificadores de potencia de microondas (MMIC) que tengan cualquiera de las características siguientes: a) tasados para operar a frecuencias superiores a 3.2 GHz e inferiores o iguales a 6.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 4W (36 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del15 %; b) tasados para operar a frecuencias superiores a 6.8 GHz e inferiores o iguales a 16 GHz, con una potencia de salida media superior a 1W (30 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del10 %; c) tasados para operar a frecuencias superiores a 16 GHz e inferiores o iguales a 31.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.8W (29 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del 10 %; d) tasados para operar a frecuencias superiores a 31.8 GHz e inferiores o iguales a 37.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.1 nW; e) tasados para operar a frecuencias superiores a 37.5 GHz e inferiores o iguales a 43.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.25W (24 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor de 10 %; o f) tasados para operar a frecuencias superiores a 43.5 GHz, y con una potencia de salida media superior a 0.1 nW. 8543.70.15 Amplificadores de bajo ruido, reconocibles como concebidos exclusivamente para sistemas de recepción de microondas vía satélite. Unicamente: Amplificadores de microondas de estado sólido y conjuntos/módulos que contengan amplificadores de microondas de estado sólido; amplificadores de potencia de microondas que contengan tubos incluidos en el subartículo 3.A.1.b.1. , en los términos comprendidos en el artículo 3.A.1. 8543.70.16 Amplificadores de microondas. Unicamente: Amplificadores de microondas de estado sólido y conjuntos/módulos que contengan amplificadores de microondas de estado sólido; amplificadores de potencia de microondas que contengan tubos incluidos en el subartículo 3.A.1.b.1. , en los términos comprendidos en el artículo 3.A.1.

  • Aseguradora Es la compañía de seguros que toma de su cuenta el riesgo.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • LUGAR Sistema de Información Pública Gubernamental, denominado Compranet. Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, xxxxxx 0000, xxxxxxx Xxxx, xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxx, Ciudad de México, Código Postal 03330

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Cuenta hace referencia a cualquier cuenta de depósito o crédito en el Banco e incluye las cuentas a la vista, a plazo fijo, de ahorros o similares, distintas de las cuentas que constan en un Certificado de Depósito. Si bien se excluyen de la definición de "cuenta", los Certificados de Depósito, ya sean evidenciados por un certificado o asiento en los libros contables, están sujetos a los términos y condiciones de este Contrato.

  • Suplente Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Asesora Jurídica de MCP) • Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx (Economista) Suplente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (Economista) • Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx (Xxxx xx Xxxxxxx) Suplente: Xxxxxxx Xxxx Xxxxx (Técnico de Compras) El responsable del contrato será el Jefe de Recogida de Residuos, al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Fuente Ley Nº 18.620, Artículo Primero, Artículo 76.

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • Bienes significa todos los productos, materia prima, maquinaria y equipo, y otros materiales que el Proveedor deba proporcionar al Comprador en virtud del Contrato.

  • Acuerdo Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado CompraNet (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011).

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Objeto Es objeto de la concesión que el Concesionario se encargue de las siguientes obligaciones: a) construcción de las Obras Nuevas que corresponden a la Tercera Etapa del proyecto Chavimochic; b) operación y mantenimiento de las Obras Nuevas y de las Obras Existentes; y c) prestación del servicio de suministro de agua a los usuarios del proyecto. Tales obligaciones se ejecutarán conforme a los lineamientos contenidos en los presentes Términos de Referencia, considerando para tal efecto la delimitación de dos Fases de realización paralela, cuya descripción se detalla a continuación: Diseño y construcción de las Obras Nuevas de la Primera Fase conformadas por la Presa Palo Redondo y sus obras auxiliares, y del primer tramo del Canal Madre Tramo Moche-Chicama-Urricape. Las inversiones en las obras de la Primera Fase se financian íntegramente con el Cofinanciamiento del Estado. En el Periodo de Operación, comprende las actividades de operación y mantenimiento de las indicadas Obras Nuevas de la Primera Fase. Diseño y construcción de las Obras Nuevas de la Segunda Fase conformadas por: i) la Tercera línea xx xxxxx del Río Virú; ii) el tramo principal de las obras de la prolongación del Canal Madre Tramo Moche-Chicama-Urricape; iii) el sistema de conducción lateral para el sector Urricape por debajo del Canal Madre; iv) la remodelación integral del sistema xx xxxxx del Canal Madre tramo Chao-Virú-Moche; y v) la instalación del sistema de control, medición y automatización con cobertura integral para toda la infraestructura hidráulica mayor del Proyecto Chavimochic. Las inversiones en las obras de la Segunda Fase serán financiadas íntegramente con el aporte del Concesionario. Actividades de operación y mantenimiento de las indicadas Obras Nuevas de la Segunda Fase; Operación y mantenimiento de las Obras Mayores de Infraestructura Hidráulica, construidas como parte de la Primera y Segunda Etapa del proyecto; con excepción del sistema de conducción secundaria, conformado por los canales laterales del Proyecto, actualmente operados por las respectivas juntas de usuarios. Prestación del servicio de suministro de agua xx xxxxx desde el Canal Madre a los diferentes tipos de usuarios agrícolas del Proyecto, según se detalla en los presentes Términos de Referencia. Prestación del servicio de suministro de agua de uso poblacional a la planta de tratamiento de agua potable de propiedad del Proyecto Especial Chavimochic, para el abastecimiento de la ciudad xx Xxxxxxxx. Entrega de agua en bloque al Proyecto Especial Chavimochic para su distribución a través xx xxxxx comunes a las Juntas de Usuarios de los xxxxxx xx Xxxx, Virú, Moche y Chicama, de acuerdo con el volumen anual, puntos y régimen de entrega determinados por el Proyecto Especial Chavimochic en coordinación con la Autoridad Nacional del Agua, salvo la atención directa, a través xx xxxxx específicas, a usuarios individuales de estos xxxxxx desde el Canal Madre, en cuyos casos el Concesionario y tales usuarios suscribirán los contratos de servicio respectivos. Prestación del servicio de suministro de agua para fines de generación hidroeléctrica a las centrales hidroeléctricas: de Virú (en actual operación), de Cola del embalse Palo Redondo, y de Pie xx Xxxxx (cuando inicien su operación), considerando que este servicio, en todos los casos, estará subordinado al régimen de despacho de agua para fines poblacionales y xx xxxxx. El régimen de despacho de agua que se defina para cumplir con los compromisos aludidos considerará el siguiente orden de prelación: a) Cobertura de la demanda poblacional; b) Cobertura de la demanda de uso agrícola, c) Cobertura de las demandas de uso hidroeléctrico.

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Objetivos OBJETIVO GENERAL