Definición de Responsable del tratamiento

Responsable del tratamiento significa, en general, la persona física o jurídica, autoridad pública, agencia u otro organismo que, solo o conjuntamente con otros, determina los fines y los medios del tratamiento de los datos personales.
Responsable del tratamiento hace referencia a una entidad que, por sí sola o junto con otras, determina los fines y los medios del Tratamiento de los Datos Personales.
Responsable del tratamiento se refiere a la persona física o jurídica, autoridad pública, agencia u otro organismo que, sola o conjuntamente con otras, determina los fines y medios del Tratamiento de Datos personales. En virtud de la Sección II de este APD, Criteo S.A., como sociedad matriz del Grupo Criteo, y el Cliente actúan como Corresponsables del tratamiento y en virtud de la Sección III de este APD, el Cliente actúa como Responsable del tratamiento. El término “Responsable del tratamiento” se considera “Negocio” en virtud de la Ley de Derechos de Privacidad de California (California Privacy Rights Act, CPRA).

Examples of Responsable del tratamiento in a sentence

  • GIZ informa que, de conformidad con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) y su Reglamento, esta será Responsable del tratamiento de los datos personales de la licitadora o licitador que se obtengan con motivo de la presentación de la propuesta solicitada; por lo que, desde este momento se obliga a tratar los datos personales de conformidad con lo establecido en su Aviso de Privacidad.


More Definitions of Responsable del tratamiento

Responsable del tratamiento significa la parte que determina los medios y fines del tratamiento de los datos personales.
Responsable del tratamiento se refiere a la persona física o jurídica que, sola o junto con otros, determine los fines y medios del Tratamiento de Datos Personales.
Responsable del tratamiento. Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos Contacto de la Aseguradora: Dirección electrónica o email registrada por cada una de las compañías al momento de solicitar el pliego de condiciones.
Responsable del tratamiento. Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y el tratamiento de los datos. Encargado del tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el tratamiento de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento.
Responsable del tratamiento se refiere a la persona física o jurídica, autoridad pública, agencia u otro organismo que, sola o conjuntamente con otras, determina los fines y medios del Tratamiento de Datos personales. En virtud de la Sección II de este APD, Criteo y el Cliente actúan como Corresponsables del tratamiento y en virtud de la Sección III de este APD, el Cliente actúa como Responsable del tratamiento.
Responsable del tratamiento se refiere al Cliente.

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  • Fideicomitente Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), representada por el Consejo de la SUTEL.

  • Contrato Documento suscrito entre la institución y el Adjudicatario elaborado de conformidad con los requerimientos establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas y en la Ley.

  • Fuente Ley Nº 18.620, Artículo Primero, Artículo 97.

  • Cliente Adicional significa la total aceptación por éste de las condiciones aquí establecidas. La designación de un menor de edad, como Adicional, implica el otorgamiento por parte del Titular, de un mandato a favor del menor, para la adquisición de bienes y servicios, por su cuenta y orden (Art. 1323 Código Civil y Comercial). 3. Mediante la tarjeta el/los “Cliente/s” podrá/n efectuar adquisiciones de bienes y/o servicios en los Establecimientos o Comercios Adheridos al Sistema de Tarjetas del país o del exterior. Los comprobantes de compras y/o gastos realizados en el extranjero, cualquiera fuese su país de origen y moneda, y los realizados en nuestro país con obligaciones estipuladas en moneda extranjera, le serán facturados al “Cliente” Titular a su equivalente en dólares estadounidenses y responderá a su pago en dicha moneda, o en pesos al tipo de referencia que fije el Banco Central de la República Argentina para las operaciones en dólares estadounidenses al momento del efectivo pago, declarando el “Cliente” que la operación se encuentra dentro de los márgenes autorizados por el B.C.R.A. para este tipo de operaciones. En el supuesto que no existiera en la República Argentina mercado de cambio, se tendrá en cuenta para el cálculo la relación de cotización entre el peso y el dólar estadounidense en el mercado libre de cambio tipo comprador de la ciudad de Zurich (Suiza) o de Londres (Inglaterra) a opción del “Banco”. En caso de autorización de débito automático, los consumos en moneda extranjera, expresados en dólares estadounidenses conforme lo estipulado en el párrafo anterior, serán debitados de la cuenta del “Cliente” Titular abierta en Pesos al tipo de referencia que fije el Banco Central de la República Argentina para las operaciones en dólares estadounidenses, vigente a la fecha del efectivo débito, salvo que el “Cliente” Titular opte expresamente por efectuar los pagos en dólares estadounidenses comunicándolo mediante notificación fehaciente con no menos de 48 hs. de anticipación a la fecha del vencimiento. 4. La Tarjeta de Crédito tendrá un plazo de vigencia de 1 (un) año. Al vencimiento podrá ser renovada automáticamente por periodos iguales y consecutivos, salvo notificación escrita en contrario por un medio fehaciente por parte del/los “Cliente/s” Titular/es cursada al “Banco” con una antelación mínima de treinta