Definición de Selección Abreviada

Selección Abreviada. Es la modalidad de selección objetiva, prevista para aquellos casos en que por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación del bien, obra o servicio, puedan adelantarse procesos simplificados para garantizar la eficiencia de la gestión contractual.
Selección Abreviada. Es la modalidad de selección objetiva, prevista para aquellos casos en que por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación del bien, obra o servicio, puedan adelantarse procesos simplificados para garantizar la eficiencia de la gestión contractual. Subasta Inversa: Certamen presencial o electrónico en el cual cada participante realiza lances sucesivos mediante los cuales reduce su precio en favor de la administración. Dicho certamen concluye cuando existe un menor valor definitivo y represente la mejor relación costo beneficio para la entidad, de acuerdo con lo señalado en el pliego de condiciones.
Selección Abreviada. Se refiere a la modalidad de selección objetiva prevista para aquellos casos en que, por las características del objeto a contratar las circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación del bien, obra o servicio, puedan adelantarse procesos simplificados para garantizar la eficiencia de la gestión contractual, de acuerdo a las causales contenidas en el numeral 2, del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007.  Régimen de inhabilidades e incompatibilidades: Son situaciones de hecho que limitan capacidad y competencia para contratar a un funcionario determinado y a un tercero, restringiéndose su facultad de participar en un proceso de contratación bajo reglas de moralidad administrativa; estas reglas se encuentra consagradas especialmente en el artículo 8º a 10º de la Ley 80 de 1993 y en diferentes disposiciones tales como artículos 127, 180 numeral 4º de la Constitución Política de Colombia de 1991.  Conflicto de interés: el artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 (CPACA) define el conflicto de intereses como: Cuando el interés general propio de la función pública entre en conflicto con el interés particular y directo del servidor público y dicho artículo define los eventos en los cuales se produce un conflicto de intereses.

Examples of Selección Abreviada in a sentence

  • El proponente podrá solicitar por escrito al ITM, el retiro de su propuesta antes de la fecha y hora prevista para el cierre del plazo de la Selección Abreviada, la cual será devuelta en las mismas condiciones en las que se radicó.

  • Toda solicitud de información o aclaración respecto al Pliego de ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, o cualquier correspondencia que se requiera enviar, se deberán entregar en el Archivo de la Entidad para ser radicado y se debe dirigir enunciando que se trata de la Selección Abreviada Mediante Subasta Inversa Presencial del encabezado y describiendo el objeto del presente proceso de Selección.

  • En las modalidades de Licitación Pública, Selección Abreviada y Concurso de Méritos, la entidad deberá tipificar en el proyecto ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de condiciones, los riesgos que puedan presentarse en el desarrollo del contrato, con el fin de estimar cualitativa y cuantitativamente la probabilidad e impacto, y señalará el sujeto contractual que soportará, total o parcialmente, la ocurrencia de la circunstancia prevista en caso de presentarse, a fin de preservar las condiciones iniciales del contrato.

  • De conformidad con la normatividad aplicable, por tratarse de una Selección Abreviada, a través de enajenación Directa en Sobre Sellado, se tendrá como único criterio de evaluación el precio que será evaluado a aquellos oferentes que cumplieron con los requisitos habilitantes.

  • El proceso de Selección Abreviada, a través de oferta en sobre cerrado, finalizará, en la fecha y hora indicada en el numeral 2.1. CRONOGRAMA, y para lo cual se expedirá la correspondiente acta de cierre del proceso.


More Definitions of Selección Abreviada

Selección Abreviada. Aplica cuando el valor de la obra está en el rango de la menor cuantía de la Entidad Estatal y cuando se trata de Servicios para la Defensa y Seguridad Nacional. Contratación directa: Ésta modalidad es de carácter restrictivo, y por lo tanto sólo aplica cuando se trate de urgencia manifiesta o de la contratación del sector defensa y seguridad nacional que requiera reserva.
Selección Abreviada. Es el procedimiento simplificado mediante el cual la UAERMV, formula públicamente a través del SECOP una convocatoria para que los interesados, en igualdad de oportunidades, y con sujeción a los lineamientos establecidos en el pliego de condiciones, presente propuestas, de entre las cuales la UAERMV, siguiendo los criterios preestablecidos en éste, seleccionará la más conveniente. Esta modalidad de selección se adelantará de conformidad con los Procedimientos CON-PR-005 “Selección Abreviada Menor Cuantía” o CON-PR-006 “Selección Abreviada Subasta Inversa”, según sea el caso.
Selección Abreviada. Modalidad de selección objetiva prevista para aquellos casos en que, por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación del bien, obra o servicio, puedan adelantarse procesos simplificados para garantizar la eficiencia de la gestión contractual. Son causales de selección abreviada entre otras, la menor cuantía, la contratación cuyo proceso de licitación pública haya sido declarado desierto y la adquisición o suministro de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización, esta última se puede adelantar mediante subasta Inversa (electrónica o presencial) o a través de instrumentos de compra por catálogo derivados de la celebración de acuerdos marco de precios o de procedimientos de adquisición en bolsas de productos (núm. 2° art. 2° L.1150/07).
Selección Abreviada. Es la modalidad de selección prevista para aquellos casos en que, por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación del bien, obra o servicio, puedan adelantarse procesos simplificados para garantizar la eficiencia de la gestión contractual. Las causales de Selección Abreviada que aplican con mayor recurrencia en esta Entidad son las siguientes: 2.2.3.2.1. La adquisición o suministro de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización: Corresponden a aquellos que poseen las mismas especificaciones técnicas, con independencia de su diseño o de sus características descriptivas, y comparten patrones de desempeño y calidad objetivamente definidos. Para la adquisición de estos bienes y servicios las entidades deberán, siempre que el reglamento así lo señale, hacer uso de procedimientos de subasta inversa o de instrumentos de compra por catálogo derivados de la celebración de acuerdos marco de precios o de procedimientos de adquisición en bolsas de productos. 2.2.3.2.2. La contratación de menor cuantía: Se entiende por menor cuantía los valores que correspondan según el presupuesto anual de las entidad expresado en salarios mínimos legales mensuales, según se certifique por el Área Financiera del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y acorde a la graduación establecida por la Ley 1150 de 2007, así:  Presupuesto anual de la entidad, superior o igual a 1.200.000 S.M.L.M.V, la menor cuantía será hasta 1.000 SMLMV. La mínima cuantía será 100 SMLMV.  Presupuesto anual superior o igual a 850.000 S.M.L.M.V e inferiores a 1.200.000 SMLMV, la menor cuantía será hasta 850 SMLMV. La mínima cuantía será 85 SMLMV. MANUAL DE CONTRATACIÓN Proceso asociado Código Versión Adquisición de Bienes y Servicios M-BS-01 19 18  Presupuesto anual superior o igual a 400.000 S.M.L.M.V e inferior a 850.000 S.M.L.M.V, la menor cuantía será hasta 650 S.M.L.M.V. La mínima cuantía será 65 S.M.L.M.V  Presupuesto anual superior o igual a 120.000 S.M.L.M.V e inferior a 400.000 S.M.L.M.V, la menor cuantía será hasta 450 S.M.L.M.V. La mínima cuantía será 45 S.M.L.M.V.  Presupuesto anual inferior a 120.000 S.M.L.M.V, la menor cuantía será hasta 280 S.M.L.M.V. La mínima cuantía será 28 S.M.L.M.V.
Selección Abreviada es una forma de abordar la decisión por uno u otro contratista, en casos en los que (ya sea por las cualidades del contrato, las particularidades en el proceso, la cantidad o el propósito del bien) sea posible hacer una evaluación objetiva para volverlo un proceso más simple. Para ello, según la Ley 1150 (2007), deben considerarse ciertas causantes: que sea un procedimiento simplificado de selección, por los términos más breves, o que pueda pretermitir alguna actividad y limitar el número de participantes. Igualmente, la Ley 1150, en su Art. 2, Núm. 2, indica las causales de selección abreviada. • Concurso de méritos: proceso establecido para escoger consultores o proyectos, a partir de un sistema de concurso abierto o de una precalificación llevada a cabo con una convocatoria pública. Esta última permite establecer un listado preciso de ofertas, en el que se puedan evaluar diferentes aspectos, según el caso, como la experiencia previa, las habilidades, entre otros elementos. Cabe señalar que, dependiendo de lo manifestado por la reglamentación, las propuestas pueden ser enviadas anónimamente para ser evaluadas (Ley 1150 de 2007, art. 2, num. 3). La regla general es que en concurso de méritos se cumplan casi todas las actividades y las exigencias establecidas para la licitación pública, más otras específicas de este medio de selección fijadas por los reglamentos. • Contratación directa: de acuerdo con la Ley 1150 (2007), una contratación directa se realiza únicamente en las causales establecidas en su Art. 2, Núm. 4, so pena de incurrir en celebración indebida de contratos si se aplica a otros contratos o circunstancias no previstas en la norma citada; sin embargo, a pesar de que el representante legal selecciona al contratista sin acudir a un procedimiento riguroso de selección, sí debe cumplir y respetar los principios de la contratación, por lo que debe escoger al proveedor que tenga la oferta más favorable para la organización pública respectiva.
Selección Abreviada. Es la modalidad de selección prevista para aquellos casos en que, por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación del bien, obra o servicio pueden adelantarse procesos simplificados para garantizar la eficiencia y transparencia de la gestión contractual. i) Adquisición o suministro de bienes y servicios con características técnicas uniformes y de común utilización, sin importar cuantía. ii) Acuerdos Marco de Precios, establecidos en el literal b) del numeral 2 del Artículo 2 de la ley 1150 de 2007 y en el parágrafo 5 del mismo artículo y reglamentado en los artículos 2.2.1.2.1.2.7 al 2.2.1.2.1.2.10 del Decreto 1082 de 2015. Este procedimiento es obligatorio para las Entidades del nivel central de la rama ejecutiva iii) Subasta Inversa, que puede ser electrónica o presencial, se encuentra regulada en el literal b) del numeral 2 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.2.1.2.2 del Decreto 1082 del 2015, la adquisición o suministro de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización por parte de las entidades, que corresponden a aquellos que poseen las mismas especificaciones técnicas, con independencia de su diseño o de sus características descriptivas, y comparten patrones de desempeño y calidad objetivamente definidos. iv) Bolsa de Productos, una Bolsa de productos funciona como una entidad mediadora, que hace posible que vendedores y compradores se junten en un mercado organizado, donde se negocian bienes y servicios. v) Contratación de Menor Cuantía, se entiende por menor cuantía los valores que correspondan según el presupuesto anual de la Entidad, expresado en salarios mínimos legales mensuales, según certificación expedida por la Dirección Administrativa y Financiera y la Dirección de Contratación de la Entidad, de acuerdo a lo establecido por la Ley 1150 de 2007. vi) Selección Abreviada cuando el proceso de licitación pública haya sido declarado desierto, en el evento en que un proceso de Licitación Pública se declare desierto, se podrá iniciar un nuevo proceso para la contratación del mismo objeto contractual, dentro de la cuatro (4) meses siguientes a la declaración de desierta del proceso de Licitación Pública, usando como modalidad de selección la selección abreviada.
Selección Abreviada. De conformidad con lo previsto en el artículo 2º, numeral 2, de la Ley 1150 de 2007, la selección abreviada es la modalidad de selección objetiva prevista para los casos en que, por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación, la cuantía o la destinación del bien, obra o servicio, se pueda adelantar procesos simplificados, en los que se garantice la eficiencia de la gestión contractual.