Definición de Turno de tarde

Turno de tarde. De 15.00 a 23.15. Turno de Noche: De 23.00 a 07.15.
Turno de tarde. Dos horas y media antes del comienzo de su jornada ordinaria, según los horarios del centro.
Turno de tarde. Entrada de 14.00 a 16.00.

Examples of Turno de tarde in a sentence

  • Turno de tarde: no podrá comenzar antes de las 15:00 horas, ni terminar después de las 24:00 horas.

  • Turno de tarde, 2 horas antes del inicio y hasta 2 horas después.

  • Turno de tarde: 2 personas de 15 a 22 horas, todos los días de la semana.

  • Martes, miércoles, jueves y viernes De 07:30 a 13:30 horas Sábados De 07:30 a 11:30 horas Turno de tarde (lavado, engrase, mecánico tarde).

  • En fabricación, almacén, calidad y mantenimiento los turnos serán: Turno de mañana 06.00 a 14.00 horas Turno de tarde 14.00 a 22.00 horas Turno de noche 22.00 a 06.00 horas El turno en oficinas será de 08:00 a 16:30 existiendo horario flexible con posibilidad de entrada hasta las 09:00 horas y salida proporcional hasta las 17:30 horas.


More Definitions of Turno de tarde

Turno de tarde. Entrada de 13.30 a 14.00 y salida de 20.00 a 21.00 horas. Con Página 20 de 24 昀氀exibilidad de entrada y salida en 30’. El descanso de 30´será de 20.30 a 21.00 horas. La salida nunca puede ser antes de las 20.00 horas. Se establece un turno para el Jefe de Grupo de Biblioteca de 7.30 a 10 y de 16.00 a 20.30 Lunes, Miércoles y Viernes y Martes y Jueves e 7.30 a 14.30 horas. Jornada J6. JORNADA AMPLIADA, HORARIO DE TARDE Y SÁBADOS Este calendario es aplicable al puesto de Portero. Deberá garantizar la apertura y cierre de la Casa Consistorial durante mañana, tarde y sábados, completando el resto hasta CVE: BOP-SE-2023-177055 1.504 horas anuales.
Turno de tarde. ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇.
Turno de tarde. De 14.30 a 22.30 horas. Turno de noche: De 22.30 a 06.30 horas.
Turno de tarde.  Obligatorio, de 15.30 a 20.00 horas.  Flexible, de 14.15 a 15.30 y 20.00 horas en adelante.
Turno de tarde. El comprendido entre las 14,00 h y las 22,00 h, aproximadamente. Se establecen a continuación aclaraciones e información complementaria en relación con los días y franjas horarias en los que se prestarán las horas efectivas de trabajo exigibles:
Turno de tarde de 14:00 a 22:00 horas. Turno de Noche: de 22:00 a 06:00 horas. La Dirección se reserva la facultad de modificar los horarios vigentes de los turnos, señalados en este apartado, previa comunicación y consentimiento de los representantes de los trabajadores. La distribución del cuadrante de turnos será la descrita en el Anexo IV, donde se encuentran marcados con la letra “V” los días de vacaciones correspondientes al personal de turnos para el año 2017. En los años sucesivos se desarrollará una distribución análoga.
Turno de tarde. El comprendido entre las 14,00 h y las 22,00 h, aproximadamente.