Definición de VALIDEZ TEMPORAL

VALIDEZ TEMPORAL. En las Pólizas Temporales la duración será la especificada en las Condiciones Particulares.
VALIDEZ TEMPORAL. La duración temporal de la cobertura del seguro será la especificada en las Condiciones Particulares.
VALIDEZ TEMPORAL. ANTES DE VIAJAR VERIFIQUE EN SU VOUCHER LAS FECHAS DE VIGENCIA DEL PRODUCTO MAPFRE ASISTENCIA ADQUIRIDO POR USTED: Los servicios asistenciales a ser brindados por su Operador de Asistencia tendrán validez única y exclusivamente durante la vigencia indicado en el voucher MAPFRE ASISTENCIA. La vigencia se iniciará a partir de las 00:00hrs (cero horas y cero minutos) de la fecha indicada como inicio del período de validez del servicio en el voucher de MAPFRE ASISTENCIA y se extenderá por los días efectivamente abonados a la tarifa establecida por MAPFRE ASISTENCIA para el producto adquirido en la fecha de la emisión del mismo hasta las 23:59hrs (veintitrés horas y cincuenta y nueve minutos) de la fecha de fin de vigencia indicada en el voucher MAPFRE ASISTENCIA. La validez temporal de los servicios MAPFRE ASISTENCIA indicada anteriormente estará limitada en todos los casos en forma complementaria a: 1. la cantidad máxima de días consecutivos por viaje establecidos en el voucher MAPFRE ASISTENCIA, y/o 2. a los días de vigencia indicados en su voucher MAPFRE ASISTENCIA, y/o 3. al período máximo de estadía turística autorizado por las autoridades migratorias del país de destino del Titular, independientemente de la cantidad de países que visite durante la vigencia del voucher. NOTA: Estas limitaciones serán aplicables aun cuando el voucher MAPFRE ASISTENCIA haya sido contratada y emitida por un lapso mayor.

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VALIDEZ TEMPORAL. En la modalidad TEMPORAL, el periodo de permanencia del Asegurado fuera de su residencia habitual no deberá exceder de 10 días por viaje o desplazamiento. En la modalidad ANUAL no quedan garantizadas estancias superiores a 90 días consecutivos.
VALIDEZ TEMPORAL. En las Pólizas Temporales la duración será la especificada en las Condiciones Particulares. Si el Asegurado tuviera su residencia habitual fuera de España y viajara a país distinto de España la duración del viaje asegurado no podrá exceder en ningún caso de 120 días consecutivos.
VALIDEZ TEMPORAL. En la modalidad TEMPORAL, el periodo de permanencia del Asegurado fuera de su residencia habitual no deberá exceder de 1 día por viaje o desplazamiento. ACTIVIDADES CUBIERTAS en calidad de aficionado: esquí alpino sobre pista, esquí de fondo en circuitos habituales, conocidos y señalizados, esquí artístico, salto de esquí, monoesquí o snowboard, siempre que la práctica se realice dentro ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de una Estación de esquí. Queda excluida la práctica profesional de los deportes citados o en pistas o zonas cerradas de la Estación de esquí. Existirá cobertura exclusivamente dentro ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de la estación de esquí, y únicamente en el caso de lesiones producidas durante la práctica del esquí.