Common use of APTITUD DE LOS CANDIDATOS PARA CONTRATAR CON LA OEI Clause in Contracts

APTITUD DE LOS CANDIDATOS PARA CONTRATAR CON LA OEI. Para contratar con la OEI los candidatos deberán acreditar que reúnen y cumplen las siguientes condiciones (conformidad administrativa): 1. Plena capacidad jurídica de obrar y habilitación empresarial o profesional (véase apartado 9.1) 2. No estén incursos en ninguna de las situaciones de exclusión aplicables a la participación en los procedimientos de contratación de la OEI (véase apartado 9.2), ni inhabilitados por las autoridades de Estado en contrataciones para la Ley Nacional, Ley Nacional de Contratación del Sector Público. 3. Cumplan con los criterios de selección, es decir, que acrediten su capacidad económica, financiera, técnica y profesional (véase apartado 9.3). La acreditación de la información relativa al punto 1 será obligatoria para los contratos superiores a USD.20,000.00 (dólares), por importes inferiores podrá no exigirse en función de la evaluación de riesgos. Para los puntos 2 y 3, los participantes deberán firmar una declaración responsable junto a su oferta, en la que certifiquen que no se encuentran en ninguna de las situaciones de exclusión y cumplan con los criterios de selección (véase modelo de declaración responsable en anexo VII). No obstante, para los contratos por un importe equivalente o inferior a USD.20,000.00 (dólares), el órgano de contratación podrá no exigir una declaración en función de su evaluación de los riesgos. Tras la notificación de la adjudicación del contrato, los adjudicatarios deberán demostrar que no se encuentran en las situaciones de exclusión, salvo que ya lo hayan hecho previamente. Para los contratos con un valor inferior a USD.50,000.00 (dólares), el órgano de contratación podrá dispensar de la obligación de presentar las pruebas documentales, en función de su evaluación de los riesgos. La declaración responsable podrá ser omitida, si, en su lugar, se solicitara a los candidatos que aporten la documentación que demuestre no estar incurso en ninguna de las situaciones anteriormente expuestas. Los adjudicatarios deberán ser personas naturales o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, además de disponer de una organización con elementos personales o materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Los requisitos mínimos de capacidad (económica, financiera, profesional y técnica) que deba reunir el candidato y la documentación requerida para acreditar los mismos, se especificarán en los pliegos, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Tan sólo el adjudicatario del contrato deberá presentar las pruebas originales. No obstante, la OEI tendrá derecho en todo momento del procedimiento a solicitar también a otras empresas participantes que presenten pruebas a fin de garantizar la correcta ejecución del procedimiento. La aportación de documentación engañosa/fraudulenta conllevará la automática exclusión de la adjudicación, facultando a la OEI para la resolución unilateral del contrato, en caso de haberse llegado a formalizar.

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APTITUD DE LOS CANDIDATOS PARA CONTRATAR CON LA OEI. Para contratar con la OEI los candidatos deberán acreditar que reúnen y cumplen las siguientes condiciones (conformidad administrativa): 1. Plena capacidad jurídica de obrar y habilitación empresarial o profesional (véase apartado 9.1) 2. No estén incursos en ninguna de las situaciones de exclusión aplicables a la participación en los procedimientos de contratación de la OEI (véase apartado 9.2), ni inhabilitados por las autoridades de Estado en contrataciones para la Ley Nacional, Ley Nacional de Contratación del Sector Público. 3. Cumplan con los criterios de selección, es decir, que acrediten su capacidad económica, financiera, técnica y profesional (véase apartado 9.3). La acreditación de la información relativa al punto 1 será obligatoria para los contratos superiores a USD.20,000.00 (dólares)20.000 euros, por importes inferiores podrá no exigirse en función de la evaluación de riesgos. Para los puntos 2 y 3, los participantes deberán firmar una declaración responsable junto a su oferta, en la que certifiquen que no se encuentran en ninguna de las situaciones de exclusión y cumplan con los criterios de selección (véase modelo de declaración responsable en anexo VII). No obstante, para los contratos por un importe equivalente o inferior a USD.20,000.00 (dólares)20.000 euros, el órgano de contratación podrá no exigir una declaración en función de su evaluación de los riesgos. Tras la notificación de la adjudicación del contrato, los adjudicatarios deberán demostrar que no se encuentran en las situaciones de exclusión, salvo que ya lo hayan hecho previamente. Para los contratos con un valor inferior a USD.50,000.00 (dólares)50.000 euros, el órgano de contratación podrá dispensar de la obligación de presentar las pruebas documentales, en función de su evaluación de los riesgos. La declaración responsable podrá ser omitida, si, en su lugar, se solicitara a los candidatos que aporten la documentación que demuestre no estar incurso en ninguna de las situaciones anteriormente expuestas. Los adjudicatarios deberán ser personas naturales físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, además de disponer de una organización con elementos personales o materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Los requisitos mínimos de capacidad (económica, financiera, profesional y técnica) que deba reunir el candidato y la documentación requerida para acreditar los mismos, se especificarán en los pliegos, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Tan sólo el adjudicatario del contrato deberá presentar las pruebas originales. No obstante, la OEI tendrá derecho en todo momento del procedimiento a solicitar también a otras empresas participantes que presenten pruebas a fin de garantizar la correcta ejecución del procedimiento. La aportación de documentación engañosa/fraudulenta conllevará la automática exclusión de la adjudicación, facultando a la OEI para la resolución unilateral del contrato, en caso de haberse llegado a formalizar.

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APTITUD DE LOS CANDIDATOS PARA CONTRATAR CON LA OEI. Para contratar con la OEI los candidatos deberán acreditar que reúnen y cumplen las siguientes condiciones (conformidad administrativa): 1. Plena capacidad jurídica de obrar y habilitación empresarial o profesional (véase apartado 9.1) 2. No estén incursos en ninguna de las situaciones de exclusión aplicables a la participación en los procedimientos de contratación de la OEI (véase apartado 9.2), ni inhabilitados por las autoridades de Estado en contrataciones para la Ley Nacional, Ley Nacional de Contratación del Sector Público. 3. Cumplan con los criterios de selección, es decir, que acrediten su capacidad económica, financiera, técnica y profesional (véase apartado 9.3). La acreditación de la información relativa al punto 1 será obligatoria para los contratos superiores a USD.20,000.00 (dólares)60.000 Soles, por importes inferiores podrá no exigirse en función de la evaluación de riesgos. Para los puntos 2 y 3, los participantes deberán firmar una declaración responsable junto a su oferta, en la que certifiquen que no se encuentran en ninguna de las situaciones de exclusión y cumplan con los criterios de selección (véase modelo de declaración responsable en anexo VIIVI). No obstante, para los contratos por un importe equivalente o inferior a USD.20,000.00 (dólares)60.000 Soles, el órgano de contratación podrá no exigir una declaración en función de su evaluación de los riesgos. Tras la notificación de la adjudicación del contrato, los adjudicatarios deberán demostrar que no se encuentran en las situaciones de exclusión, salvo que ya lo hayan hecho previamente. Para los contratos con un valor inferior a USD.50,000.00 (dólares)120.000 Soles, el órgano de contratación podrá dispensar de la obligación de presentar las pruebas documentales, en función de su evaluación de los riesgos. La declaración responsable podrá ser omitida, si, en su lugar, se solicitara a los candidatos que aporten la documentación que demuestre no estar incurso en ninguna de las situaciones anteriormente expuestas. Los adjudicatarios deberán ser personas naturales físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, además de disponer de una organización con elementos personales o materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Los requisitos mínimos de capacidad (económica, financiera, profesional y técnica) que deba reunir el candidato y la documentación requerida para acreditar los mismos, se especificarán en los pliegos, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Tan sólo el adjudicatario del contrato deberá presentar las pruebas originales. No obstante, la OEI tendrá derecho en todo momento del procedimiento a solicitar también a otras empresas participantes que presenten pruebas a fin de garantizar la correcta ejecución del procedimiento. La aportación de documentación engañosa/fraudulenta conllevará la automática exclusión de la adjudicación, facultando a la OEI para la resolución unilateral del contrato, en caso de haberse llegado a formalizar.

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