CESIÓN DE DERECHOS Y CRÉDITOS. 2.12.1. Los Pedidos / Contratos y los créditos y/o facturas emergentes de estas relaciones jurídicas no podrán ser cedidos/as, total o parcialmente, ni constituirse prendas sobre ellas, sin la previa y expresa autorización de Prosegur, por escrito de acuerdo a la forma que se establezca. 2.12.2. Prosegur podrá ceder, sin consentimiento previo del Proveedor/Contratista, parte o la totalidad de sus derechos y obligaciones bajo el Pedido / Contrato a favor de cualquier sociedad del Grupo Prosegur o como consecuencia de cualquier operación societaria que comporte una sucesión, total o parcial, de los derechos y obligaciones correspondientes.
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CESIÓN DE DERECHOS Y CRÉDITOS. 2.12.12.13.1. Los Pedidos / Contratos y los créditos y/o facturas emergentes de estas relaciones jurídicas no podrán ser cedidos/as, total o parcialmente, ni constituirse prendas sobre ellas, sin la previa y expresa autorización de Prosegur, por escrito de acuerdo a la forma que se establezca.
2.12.22.13.2. Prosegur podrá ceder, sin consentimiento previo del Proveedor/Contratista, parte o la totalidad de sus derechos y obligaciones bajo el Pedido / Contrato a favor de cualquier sociedad del Grupo Prosegur o como consecuencia de cualquier operación societaria que comporte una sucesión, total o parcial, de los derechos y obligaciones correspondientes.
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