Conservación de Archivos. El Fiduciario tendrá la obligación de registrar y conservar en sus archivos, ya sea en forma física o electrónica, por un término de 5 (cinco) años, contados a partir de la extinción del presente Fideicomiso, los documentos en los que consten los actos u operaciones que haya celebrado en cumplimiento de los Fines del Fideicomiso.
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