DE LA RESOLUCIÓN. El presente Contrato podrá ser resuelto por cualquiera de las partes, por incumplimiento parcial o total del presente contrato, bastando para ello, una comunicación escrita con un plazo de anticipación de treinta (30) días calendario. La solicitud de resolución del Contrato no liberará a las partes de los compromisos previamente asumidos, ni impedirá la continuación de las actividades que se estuvieran desarrollando.
Appears in 3 contracts
Samples: Contrato De Prestación De Servicios De Certificación Digital, cdn.www.gob.pe, cdn.www.gob.pe
DE LA RESOLUCIÓN. El presente Contrato podrá ser resuelto por cualquiera de las partes, por incumplimiento parcial o total del presente contrato, bastando para ello, una comunicación escrita con un plazo de anticipación de treinta (30) días calendario. La solicitud de resolución del Contrato no liberará a las partes de los compromisos previamente asumidos, ni impedirá la continuación de las actividades que se estuvieran desarrollando, salvo previa comunicación formal del RENIEC.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Prestación De Servicios De Certificación Digital