Deducible aplicable. Esta cobertura opera con la aplicación de un deducible que estará estipulado en la carátula de la póliza para la cobertura de daños materiales. Cuando el automóvil asegurado sea determinado por la Compañía como pérdida total, por Robo Total, bajo los lineamientos de la cláusula 7ª y 8ª de las Condiciones Generales “Obligaciones del Asegurado” y “Bases de Valuación e Indemnización de Daños” respectivamente, y siempre que se hubiese contratado esta cobertura de XXX RENT, la Compañía por conducto de la arrendadora de autos que ella designe en primera instancia proporcionará la presente cobertura, por un periodo no mayor a 20 ó 25 días dependiendo del tipo de vehículo que se arrende y hasta por el monto que ha quedado especificado en la carátula de la póliza, el vehículo será entregado al Asegurado dentro de las 48 horas siguientes a la comunicación que por escrito haga la Compañía, determinando la pérdida total por el Robo Total de la unidad asegurada y siempre que el Asegurado haya iniciado la averiguación previa, entregado el acta así como la acreditación de propiedad del vehículo, ambos documentos en copia certificada. La cobertura a que se refiere el párrafo anterior se limitará a un evento durante la vigencia de la póliza contratada. Por lo que una vez utilizada dicha cobertura no podrá ser reinstalada. Para que la Compañía otorgue esta cobertura, el Asegurado deberá celebrar un contrato de arrendamiento con la arrendadora de autos designada por la Compañía, y cumplir con los siguientes requisitos: ser mayor de 24 años de edad; contar con tarjeta de crédito vigente; contar con licencia de conducir vigente y credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral o pasaporte vigente. El auto arrendado y en sustitución del asegurado podrá ser utilizado únicamente dentro del territorio de la República Mexicana, pudiéndose elegir entre los siguientes: Un vehículo tipo compacto disponible para todos los vehículos asegurados excepto para las flotillas de utilitarios. Como alternativa el asegurado podrá elegir:
Deducible aplicable. Para las coberturas de daños materiales o robo total que resulten afectados, operan con la aplicación de un deducible, mismo que se encuentra estipulado en la carátula de la póliza bajo las mismas reglas y bases estipuladas en las presentes condiciones generales. Para la cobertura de responsabilidad civil, no aplica deducible alguno.
Deducible aplicable. Esta cobertura opera sin la aplicación de un deducible.
Deducible aplicable. Esta cobertura opera con o sin la aplicación de un deducible, según haya optado el Contratante mismo que se estipula en la carátula de la póliza. La Compañía responderá por los daños ocasionados que se encuentren cubiertos por esta cobertura, sin condicionar al pago previo del deducible contratado, sin que ello exente del pago del mismo, al asegurado.
Deducible aplicable. En todo siniestro que afecte esta cobertura se aplicará el deducible contratado mismo que se especifica en la carátula de la póliza. Su monto se calculará de la siguiente manera: El monto especificado en la carátula de la póliza. En caso de que no se especifique dicho monto el deducible se calculará aplicando el porcentaje indicado al límite máximo de responsabilidad del vehículo en la fecha del siniestro.
Deducible aplicable. Esta cobertura se contrata con la aplicación en cada siniestro de un deducible a cargo del Asegurado, de los porcentajes elegidos en las coberturas de daños materiales o robo total y que será el que se especifique en la carátula de la póliza.
Deducible aplicable. En todo siniestro que afecte esta cobertura se aplicará el deducible contratado, mismo que se especifica en la carátula de la póliza. Su monto se obtendrá de la siguiente manera: • El monto especificado en la carátula de la póliza, según se trate de pérdidas totales. En caso de que no se especifique dicho monto, el deducible se calculará aplicando el porcentaje indicado al valor comercial del vehículo en la fecha del siniestro. • No obstante lo anterior, si en la carátula de la póliza, aparece consignada la contratación del no pago de deducible en pérdida total por Daños Materiales y a causa de un accidente por colisión amparado por este contrato, el vehículo asegurado, es determinado pérdida total conforme a las condiciones generales de esta póliza, la Compañía no aplicará el deducible correspondiente. Ésta excepción no aplica para siniestros por incendio.
Deducible aplicable. Esta cobertura opera con o sin la aplicación de un deducible, según haya optado el Contratante mismo que se estipula en la carátula de la póliza.
Deducible aplicable. En todo siniestro que afecte esta cobertura se aplicará invariablemente el deducible contratado, mismo que se especifica en la carátula de la póliza. No se cobrará deducible alguno cuando exista el pago o recuperación de los daños causados al vehículo asegurado, por parte de un tercero responsable. Para los casos donde la responsabilidad del hecho de tránsito tuviera que determinarse por la autoridad competente, el asegurado deberá pagar el deducible contratado en la carátula de la póliza; sin embargo, podrá solicitar la devolución del mismo si el dictamen emitido por el perito de la autoridad competente lo señala como afectado e identifica a un tercero responsable.
Deducible aplicable. En todo siniestro que afecte esta cobertura se aplicará invariablemente el deducible contratado, mismo que se especifica en la carátula de la póliza. Su monto se obtendrá de la siguiente manera: El monto especificado en la carátula de la póliza, según corresponda. En caso de que no se especifique dicho monto, el deducible se calculará aplicando el porcentaje indicado en la carátula de la póliza al límite máximo de responsabilidad del vehículo en la fecha del siniestro. En vehículos xx xxxx a un año de uso y en caso de pérdida parcial y si en carátula de la póliza se estipula “En caso de pérdida parcial, este vehículo se reparará en taller multimarca exclusivamente”, el deducible que aplicará es el que se especifica en párrafos anteriores. Para los vehículos con más de 12 meses de fabricación, la Compañía podrá enviarlos a reparación al taller multimarca que ésta designe, pagando el asegurado el deducible especificado en la carátula de la póliza. Si se elige una agencia automotriz, el asegurado o contratante deberá pagar el equivalente a 1.5 (uno punto cinco) veces el deducible señalado en la carátula de la póliza para la cobertura. Para siniestros que afecten los incisos e) y f) no se cobrará el deducible siempre y cuando los daños rebasen el monto del deducible y para el inciso g) no se cobrará deducible alguno.