Deducible aplicable Cláusulas de Ejemplo
Deducible aplicable. Para las coberturas de daños materiales o robo total que resulten afectados, operan con la aplicación de un deducible, mismo que se encuentra estipulado en la carátula de la póliza bajo las mismas reglas y bases estipuladas en las presentes condiciones generales. Para la cobertura de responsabilidad civil, no aplica deducible alguno.
Deducible aplicable. Esta cobertura opera sin la aplicación de un deducible.
Deducible aplicable. Esta cobertura opera con la aplicación de un deducible que estará estipulado en la carátula de la póliza para la cobertura de daños materiales.
Deducible aplicable. Esta cobertura se contrata con la aplicación en cada siniestro de un deducible a cargo del Asegurado, de los porcentajes elegidos en las coberturas de daños materiales o robo total y que será el que se especifique en la carátula de la póliza.
Deducible aplicable. Esta cobertura opera con o sin la aplicación de un deducible, según haya optado el Contratante mismo que se estipula en la carátula de la póliza. La Compañía responderá por los daños ocasionados que se encuentren cubiertos por esta cobertura, sin condicionar al pago previo del deducible contratado, sin que ello exente del pago del mismo, al asegurado.
Deducible aplicable. En todo siniestro que afecte esta cobertura se aplicará el deducible contratado, mismo que se especifica en la carátula de la póliza. Su monto se obtendrá de la siguiente manera: El monto especificado en la carátula de la póliza, según se trate de pérdidas totales. En caso de que no se especifique dicho monto, el deducible se calculará aplicando el porcentaje indicado al valor comercial del vehículo en la fecha del siniestro. En siniestros en los que exclusivamente se reclame la rotura, desprendimiento, robo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, película de seguridad, así como los costos de instalación, únicamente quedará a cargo del Contratante el monto que corresponda al 20% del valor de reposición del cristal. El límite máximo de responsabilidad de la Compañía en esta cobertura, se establece en la carátula de la póliza y opera para los diversos riesgos que se amparan en esta cobertura.
Deducible aplicable. En todo siniestro que afecte esta cobertura se aplicará el deducible contratado mismo que se especifica en la carátula de la póliza. Su monto se calculará de la siguiente manera: El monto especificado en la carátula de la póliza. En caso de que no se especifique dicho monto el deducible se calculará aplicando el porcentaje indicado al límite máximo de responsabilidad del vehículo en la fecha del siniestro.
Deducible aplicable. Esta cobertura opera con o sin la aplicación de un deducible, según haya optado el Contratante mismo que se estipula en la carátula de la póliza.
Deducible aplicable. En todo siniestro que afecte esta cobertura se aplicará el deducible contratado, mismo que se especifica en la carátula de la póliza. Su monto se obtendrá de la siguiente manera: • El monto especificado en la carátula de la póliza, según se trate de pérdidas totales. En caso de que no se especifique dicho monto, el deducible se calculará aplicando el porcentaje indicado al valor comercial del vehículo en la fecha del siniestro. • No obstante lo anterior, si en la carátula de la póliza, aparece consignada la contratación del no pago de deducible en pérdida total por Daños Materiales y a causa de un accidente por colisión amparado por este contrato, el vehículo asegurado, es determinado pérdida total conforme a las condiciones generales de esta póliza, la Compañía no aplicará el deducible correspondiente. Ésta excepción no aplica para siniestros por incendio.
Deducible aplicable. En todo siniestro que afecte esta cobertura se aplicará invariablemente el deducible contratado, mismo que se especifica en la carátula de la póliza. No se cobrará deducible alguno cuando exista el pago o recuperación de los daños causados al vehículo asegurado, por parte de un tercero responsable. Para los casos donde la responsabilidad del hecho de tránsito tuviera que determinarse por la autoridad competente, el asegurado deberá pagar el deducible contratado en la carátula de la póliza; sin embargo, podrá solicitar la devolución del mismo si el dictamen emitido por el perito de la autoridad competente lo señala como afectado e identifica a un tercero responsable.
