OBJETO DEL LLAMADO La presente Licitación Pública de Etapa Única conforme lo normado en los artículos 31 y 40 de la Ley N°2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017) reglamentada por Decreto Nº 168/19 y su modificatorio Xxxxxxx X° 000/00, tiene por objeto la Contratación del Servicio de elaboración de comidas con provisión de alimentos secos y frescos para su preparación, con distribución a sus destinatarios y las actividades que resulten necesarias para su correcta prestación, con destino a los Hogares de Residencia Permanente pertenecientes a la Gerencia Operativa Coordinación de Hogares de Residencia Permanente de la Dirección General de Dependencias y Atención Primaria (DGDAP) de la Secretaria de Integración Social para Personas Mayores del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se deja establecido que no se aseguran mínimos ni máximos a requerir, respondiendo las solicitudes de prestación de los mismos, a necesidades efectivas del servicio, debiendo el adjudicatario, contar con los insumos, mano de obra, equipamiento y disponibilidad a fin de cumplimentarlo dentro del plazo fijado en el presente Pliego, sus Anexos, en el Pliego de Especificaciones Técnicas, sus Anexos y/o en cada Orden de Servicio. En orden de los servicios requeridos para la presente licitación pública, se indica que el Organismo Licitante no garantiza máximos ni mínimos, respectos de los renglones licitados. PLIEG-2019-26168267-GCABA-SECISPM Las cantidades que requierasen para cada renglón, dependerán de las reales necesidades surgidas del servicio, debiendo prever el oferente que deberán cumplimentarse conforme lo requiera el Organismo Licitante. La certificación, facturación y pago se realizará sobre el real servicio prestado y durante el plazo que prevé la presente contratación.
OBJETO DEL SEGURO El presente contrato tiene como objeto otorgar las coberturas y sumas aseguradas establecidas en las presentes condiciones generales, en las condiciones particulares, cláusulas adicionales y especiales a favor del Beneficiario. El Contratante se obliga al pago de la prima convenida. Los importes de las coberturas de este seguro y el monto de la prima están detallados en las condiciones particulares que forman parte integrante de la presente póliza.
Objeto del Acuerdo El presente Acuerdo tiene por objeto instrumentar la presentación telemática de declaracio- nes y autoliquidaciones correspondientes a los impuestos gestionados por la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como la tramitación telemática del pago de las deudas tribu- tarias que de ellas puedan resultar, todo ello en representación de terceras personas, por parte de los profesionales integrantes del Colegio profesional firmante del mismo. La Junta de Extremadura, a través del Consejero competente en materia de hacienda, suscribe el presente Acuerdo de colaboración con el Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos xx Xxxxxx, el cual manifiesta su deseo de participar de la presentación y pago telemático. A partir de su firma, los miembros podrán presentar en el Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos xx Xxxxxx una solicitud de adhesión al convenio suscrito por este para la utili- zación de la Plataforma de presentación y pago telemático de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través del modelo 778 anteriormente citado. El Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos xx Xxxxxx remitirá dicha solicitud a la Consejería competente en materia de hacienda, previa información del contenido del Acuerdo suscrito con la Junta de Extremadura al profesional interesado. La firma de esta solicitud supondrá la aceptación del contenido íntegro del Acuerdo. Una vez autorizados, y sin perjuicio de lo dispuesto en las cláusulas siguientes, los profesio- nales adheridos podrán presentar por vía telemática, en representación de terceras perso- nas, las declaraciones o autoliquidaciones exigidas por la norma tributaria correspondientes a impuestos gestionados por la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de los mode- los aprobados por la Orden de 2 de diciembre de 2010, así como a través de los modelos que posteriormente puedan aprobarse e incorporarse por resolución de la Dirección General competente en materia de hacienda, de conformidad con la Disposición Adicional primera de la citada Orden. De igual modo, quedarán autorizados a pagar, mediante tramitación telemá- tica, las deudas tributarias que en su caso puedan resultar de la presentación de las declara- ciones o autoliquidaciones antes indicadas en representación de los obligados tributarios.
Recepción del objeto del contrato Dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato se procederá, mediante acto formal, a la recepción de los bienes objeto del suministro. Dicho acto será comunicado cuando resulte preceptivo a la Intervención General, a efectos de su asistencia potestativa al mismo en sus funciones de comprobación de la inversión. Si los bienes se encuentran en buen estado y con arreglo a las prescripciones técnicas, el funcionario designado por la Administración los dará por recibidos, levantándose la correspondiente acta, que deberá ser firmada por los concurrentes a la recepción, comenzando entonces el plazo de garantía. Si los bienes no se hallasen en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que se subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.
OBJETO DEL CONTRATO El objeto del contrato al que se refiere este pliego es la regulación de los términos de la contratación que han de regir para la adjudicación de la prestación del servicio de apoyo, limpieza, mantenimiento y control de las instalaciones del campo de fútbol y pabellón multiusos ubicados en la calle Maestro D. Xxxx Xxxx xxx xxxxx xx Xxx Xxxxx (Ciudad Real), de acuerdo con las condiciones y características establecidas en el pliego de prescripciones técnicas establecidas por la Concejalía de Participación Ciudadana. Las prestaciones objeto de este contrato se identifican mediante los números de referencia de la nomenclatura del Vocabulario común de contratos públicos (CPV en adelante), aprobado por el Reglamento (CE) n.º 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de noviembre de 2002. Código CPV: 45259000-7 - Mantenimiento y reparación de instalaciones. Las necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato y los factores de todo orden a tener en cuenta se han descrito en la memoria justificativa del contrato y en la resolución de inicio del expediente; asimismo, consta en el expediente la insuficiencia de medios por parte de la Administración para poder llevar a cabo el servicio objeto del correspondiente contrato. En sesión ordinaria celebrada el día 17 de enero de 2022, la Junta de Gobierno Local de este Excmo. Ayuntamiento acordó aprobar la propuesta presentada por la Concejala Delegada de Participación Ciudadana (Núm. de Expediente de la Propuesta: AYTOCR2022/903), relativa a la justificación de la necesidad para la contratación de la prestación de los servicios de apoyo, limpieza, mantenimiento y control de las instalaciones del campo de futbol y pabellón multiusos del anejo de las casas. Se justifica la no división en lotes del objeto del contrato, conforme lo establecido en el Art. 99.3 apartado b) por el hecho de que se trata de la adjudicación de un mismo espacio físico municipal, en el que posiblemente la división afectará a la eficiencia en la prestación. El servicio objeto de la presente contratación se desarrollará en las siguientes instalaciones, con el alcance y condiciones que se definen en el pliego de prescripciones técnicas. El ámbito actuación de la prestación del servicio se especifica en apartado 2 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas
DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO La primera ocasión de integrar aspectos sociales en un contrato público se presenta en la fase inmediatamente anterior a la aplicación de las Directivas pertinentes, es decir, en el momento de la elección del objeto del contrato o, simplificando, cuando se plantea la pregunta “¿qué deseo construir o comprar como Administración pública?”. En esta fase, los poderes adjudicadores gozan de una buena oportunidad para tener en cuenta los aspectos sociales y escoger un producto o servicio que se corresponda con sus objetivos sociales. Hasta qué punto lo harán depende en amplia medida de la concienciación y los conocimientos de los poderes adjudicadores. Tal como señala la Comisión en su Comunicación sobre la legislación comunitaria de contratos públicos y las posibilidades de integrar los aspectos medioambientales en la contratación pública, estas posibilidades varían según los diversos tipos de contratos14. Lo mismo sucede con las posibilidades de tener en cuenta los aspectos sociales. Los contratos públicos de obras y servicios, que ofrecen concretamente la oportunidad de imponer un determinado modo de ejecución, son los que mejor permiten a los poderes adjudicadores tener en cuenta intereses de tipo social. En el caso de los contratos públicos de suministros, y al margen de la elección fundamental del objeto de los mismos ("¿qué voy a comprar?"), las posibilidades de tomar en consideración aspectos sociales son más limitadas. Los poderes adjudicadores podrán, por ejemplo, decidir adquirir bienes o servicios destinados a satisfacer las necesidades específicas de una categoría dada de personas, en particular, desfavorecidas o marginadas15. En este contexto, cabe destacar que los contratos de 13 Véanse el considerando 22 de la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de suministro, de servicios y de obras, COM 2000/0275 final (DO C 29 E de 30.1.2001, p. 11-111), que se refiere al artículo 23.3 de la propuesta, y el considerando 32 de la propuesta de Directiva relativa a la coordinación de los procedimientos de adjudicación de contratos en los sectores del agua, de la energía y de los transportes, COM 2000/0276 final (DO C 29 E de 30.1.2001, p. 112-188), que se refiere al párrafo tercero del artículo 33 de la propuesta. 14 Véase el capítulo dedicado a la definición del objeto del contrato en la Comunicación interpretativa de la Comisión sobre la legislación comunitaria de contratos públicos y las posibilidades de integrar los aspectos medioambientales en la contratación pública, COM(2001) 274 final, adoptada por la Comisión el 4.7.2001.
PRESUPUESTO DEL CONTRATO El importe del presupuesto del contrato es el señalado como máximo en el apartado «3» del Cuadro Resumen. Se entenderá que las ofertas de los licitadores comprenden los tributos que le sean de aplicación, a excepción del importe del Impuesto sobre el Valor Añadido, que figurará en partida independiente.
Descripción del objeto del contrato Objeto del contrato: Descripción: Prestación del servicio de recorrido guiado en bicicletas BTT eléctricas por el trazado Accesibilidad xx Xxxxx a la Xxxx de Las Mantegas – Accesibilidad de la Xxxx de Las Mantegas a la Xxxxxx xx Xxxxxx – Pista de la Xxxxxx xx Xxxxxx al Área de Servicios de Buferrera, con recogida en el Área y salida del Parque Nacional en vehículo por la carretera CO-4. El objeto del contrato es la concesión de la prestación del servicio de recorrido guiado con bicicletas BTT eléctricas por el trazado indicado del Parque Nacional de los Picos de Europa, lo que afecta a los MUP nº 96, “Puerto Alto”, de la pertenencia del Ayuntamiento de Onís y nº 92, “Montaña de Covadonga”, de la pertenencia del Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxx mediante procedimiento restringido, ariesgo y xxxxxxx del contratista, sin perjuicio de lo establecido en el art. 290 de laLey 9/2017, de 8 de noviembre, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 y, de conformidad con el compromiso que asumirá el concesionario para cumplir las obligaciones derivadas de la autorización de apertura de la accesibilidad de la Xxxx de Las Mantegas a la Xxxxxx xx Xxxxxx y las muy específicas del tipo de uso al que se refiere el presente Pliego y que se recogen en el Pliego de Cláusulas Técnicas Particulares (Cláusula 4). Necesidad a satisfacer: La concesión tiene por objeto la prestación del servicio de acceso con bicicletas BTT eléctricas por el trazado indicado del Parque Nacional de los Picos de Europa, lo que afecta a los MUP nº 96, “Puerto Alto”, de la pertenencia del Ayuntamiento de Onís y nº 92, “Montaña de Covadonga”, de la pertenencia del Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxx mediante procedimiento negociado sin publicidad, a riesgo y xxxxxxx del contratista, sin perjuicio de lo establecido en el art. 290 de laLey 9/2017, de 8 de noviembre, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 y, de conformidad con el compromiso que asumirá el concesionario para cumplir las obligaciones derivadas de la autorización de apertura de la accesibilidad de la Xxxx de Las Mantegas a la Xxxxxx xx Xxxxxx y las muy específicas del tipo de uso al que se refiere el presente Xxxxxx. Todo ello en orden a que este tipo de uso, regulado y condicionado, se preste con el necesario resguardo de cara a la conservación de los valores naturales y etno-culturales del Parque Nacional en la zona en cuestión. Se motiva esta concesión en aras a realizar de un modo ordenado el aprovechamiento citado y al carecer este Parque Nacional de los medios materiales y personales que permitan prestar el servicio. Finalidad del tratamiento de los datos que vayan a ser cedidos El adjudicatario se deberá someter a la legislación nacional y comunitaria en materia de protección de datos. La empresa adjudicataria debe presentar antes de la formalización del contrato una declaración en la que ponga de manifiesto dónde van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van aprestar los servicios asociados a los mismos. La empresa adjudicataria debe comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la vida del contrato, de la información facilitada en la declaración a que se refiere la obligación anterior. La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que puedan tener conocimiento por razón de la prestación del contrato, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo. El adjudicatario deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que en materia de protección de datos estén obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas para la prestación del contrato, en especial las derivadas del deber xx xxxxxxx, respondiendo la empresa adjudicataria personalmente de las infracciones legales en que por incumplimiento de sus empleados se pudiera incurrir. El adjudicatario quedará obligado al cumplimiento de todas las obligaciones que, en materia de seguridad y protección de datos, establece la Ley Orgánica 3/2018,de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el Real Decreto-ley 14/2019, de 31 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones así como a la normativa de la Unión Europea en materia de protección de datos. A efectos de lo establecido en el artículo 211.f) de la LCSP se considerará causa de resolución del contrato el incumplimiento de alguna de las obligaciones citadas en esta cláusula. El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de concesión de servicios, de acuerdo con el artículo 15 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
OBJETO DEL CONVENIO Es objeto del presente Xxxxxxxx establecer la colaboración, en régimen de encomienda de gestión, entre la Dirección General del Catastro, a través de la Gerencia ………….. del Catastro de …………….. (en adelante Xxxxxxxx) y el Colegio Oficial de Administradores de Fincas de……………………….. (en adelante Colegio). Este Convenio prevé compromisos con relación a las actuaciones de asistencia a los ciudadanos en la confección y presentación de declaraciones catastrales, con utilización del asistente de declaraciones y el asistente gráfico, en su caso, así como para la obtención del Informe de Validación Gráfica. Por otra parte, se contemplan la asistencia a los ciudadanos en la comparecencia electrónica para ser notificados, así como el compromiso de establecimiento de un Punto de Información Catastral en la sede colegial o, en su caso, en las Delegaciones Provinciales que formen parte de la demarcación colegial. Recoge este Convenio, asimismo, el envío de información sobre la corrección de las descripciones catastrales de los bienes inmuebles cuya necesidad puedan apreciar los colegiados en sus intervenciones profesionales de mediación en las operaciones inmobiliarias, así como para la comunicación de las discrepancias que se observen en la cartografía catastral. Se prevé, asimismo, en este marco de colaboración, la entrega de información sobre las peritaciones y tasaciones realizadas por los colegiados así como sobre los precios de oferta en las transacciones inmobiliarias de compraventa y de alquiler en que intervengan. Es su objeto, además, el apoyo colegial en el cumplimiento de la obligación de consignar la referencia catastral de los bienes inmuebles en los contratos xx xxxxx y de alquiler.
IDENTIFICACIÓN DEL CRÉDITO PRESUPUESTARIO PARA CUBRIR EL COMPROMISO DERIVADO DEL CONTRATO El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente Contrato está previsto conforme al siguiente detalle: Año T.P. Programa Sub Programa Proyecto Objeto de Gasto F.F. O.F. Departamento Monto Esta contratación está incluida en el Plan Anual de Contrataciones (PAC) con el ID Nº