Indivisibilidad de la prenda Cláusulas de Ejemplo

Indivisibilidad de la prenda. La prenda es indivisible de manera general. Se considera indivisible, porque su efecto tiene esa calidad; es decir, el bien dado en prenda garantiza el cumplimiento íntegro de la obligación debida; la cosa sigue gravada hasta que la totalidad de la obligación sea cumplida, y por eso la prenda es una forma de caución. Esta característica está señalada por el Código Civil Paraguayo en sus Arts. 2300 y 2307. En el supuesto de que se encuentren constituidas varias prendas sobre un mismo bien, la prelación se determinará según la fecha de inscripción de las mismas ante el Registro Público.

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  • VIGENCIA DE LA PROPUESTA La propuesta deberá estar vigente por el término del proceso y dos (2) meses más, contados a partir de la fecha de cierre de la presente invitación abierta.

  • CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO La conformidad de la prestación del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 143 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La conformidad será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARÁ LA CONFORMIDAD]. De existir observaciones, LA ENTIDAD debe comunicar las mismas a EL CONTRATISTA, indicando claramente el sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de cinco (5) ni mayor de veinte (20) días, dependiendo de la complejidad. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD puede resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan, desde el vencimiento del plazo para subsanar. Este procedimiento no resulta aplicable cuando la consultoría manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no otorga la conformidad, según corresponda, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades respectivas.

  • Admisibilidad de variantes Procede: NO

  • DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA El área requirente cuenta con la autorización y disponibilidad presupuestaria correspondiente.

  • GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA El proponente debe constituir a su xxxxx, a favor de LA CONTRALORÍA GENERAL DE SANTIAGO DE CALI, identificada con NIT 800.217.831-9 y presentar con su propuesta, una póliza de seriedad de la oferta, expedida por una compañía de seguros legalmente establecida y autorizada para operar en Colombia, por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del presupuesto oficial asignado, de la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual. La garantía debe estar acompañada del recibo o constancia de pago de la prima, o constancia de que la póliza no expirará por falta de su pago o por revocación unilateral (Art. 25 numeral 19 Ley 80/93). Nota: El objeto de la Garantía deberá indicar: "Garantizar la seriedad de la oferta presentada en el proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía No. 06 de 2014, correspondiente a contratar la adquisición, instalación, configuración y puesta en funcionamiento de equipos de telefonía hibrida para la Contraloría General de Santiago de Cali, igualmente, se extiende a garantizar la suscripción del contrato y la constitución de las pólizas en las condiciones exigidas en este PLIEGO DEFINITIVO DE CONDICIONES”. Esta garantía la hará efectiva LA CONTRALORÍA GENERAL DE SANTIAGO DE CALI, en el caso que el proponente retire su oferta dentro del período de validez de la misma o cuando el proponente favorecido no suscriba el contrato o no constituya las garantías contractuales. La garantía debe ser tomada a nombre del proponente, tal como aparece en el documento que acredita la Existencia y Representación Legal. Cuando la propuesta sea presentada por un Consorcio o Unión Temporal, la garantía debe ser tomada a nombre de todos los integrantes, tal como aparecen en el documento que acredita la existencia y representación legal o el Registro Mercantil de cada uno de ellos, así: "El Consorcio o Unión Temporal (según sea el caso), conformado por " xx. y por." La no presentación de la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta será causal de rechazo de esta última. Una vez firmado y legalizado el contrato, LA CONTRALORÍA GENERAL DE SANTIAGO DE CALI, devolverá la garantía de seriedad de las propuestas, a los proponentes que así lo soliciten.

  • ADMISIBILIDAD DE VARIANTES O MEJORAS ✘ NO SÍ Elementos y condiciones sobre los que se aceptan:

  • CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente: La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad Pública no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza. El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

  • Ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta La Garantía de Seriedad de Propuesta, en caso de haberse solicitado, será ejecutada cuando: El proponente decida retirar su propuesta con posterioridad al plazo límite de presentación de propuestas. Se compruebe falsedad en la información declarada en el Formulario de Presentación de Propuestas (Formulario A-1). Para la formalización de la contratación, mediante Contrato u Orden de Servicio, la documentación presentada por el proponente adjudicado, no respalde lo señalado en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1). El proponente adjudicado no presente para la formalización de la contratación, mediante Contrato u Orden de Servicio uno o más de los documentos señalados en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1), salvo que hubiese justificado oportunamente el retraso por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad. El proponente adjudicado desista, de manera expresa o tácita, de formalizar la contratación, mediante Contrato u Orden de Servicio, en el plazo establecido, salvo por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad.

  • MODALIDAD DE CONTRATACIÓN No aplica la oferta subsecuente de descuento como modalidad de contratación.

  • APLICACIÓN PRESUPUESTARIA El proyecto se financia con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local creado por el Real Decreto-Ley 13/2009, de 26 de octubre.