Materiales para la Obra Cláusulas de Ejemplo

Materiales para la Obra. Los materiales que se empleen en la obra deberán cumplir con lo establecido en el artículo 144 del Reglamento. Antes de ser empleados en la obra, deberá darse aviso al Inspector Fiscal para que éste, vistos los análisis y pruebas, resuelva y formule por escrito su aceptación o rechazo. Conforme a lo anterior, la empresa contratista deberá obtener por su cuenta los materiales necesarios para ejecutar la obra, los que deberán ser sujetos a aprobación conforme a las exigencias de las Especificaciones. La elección del sitio de los pozos de empréstitos que servirán a la obra es de responsabilidad de la empresa contratista. La información sobre pozos o materiales que se entregan en los documentos del contrato, tendrá el carácter solamente informativo y no constituye compromiso para la Dirección. El pago de los derechos de extracción y los derechos de puerta y de los perjuicios causados para lograr su aprovechamiento, será de exclusiva cuenta de la empresa Contratista. Los pozos de empréstitos deberán ser aprobados por el Inspector Fiscal y, en los documentos que entregue la empresa contratista al momento de solicitar dicha aprobación, deberá quedar expresamente indicado que la explotación de los pozos, cualquiera sea su naturaleza, incluye los accesos para llegar a ellos e involucra todas las obras especiales que resulten necesarias, como así también, la recuperación de la vegetación al finalizar la extracción. La cobertura vegetal que se retire, será acopiada en un lugar elegido para tal efecto, y se utilizará posteriormente para recubrir las superficies expuestas, a satisfacción del Inspector Fiscal. Para los contratos celebrados por la Dirección de Vialidad, la localización, operación y abandono de los empréstitos utilizados, se debe considerar lo dispuesto en la sección 5.210 del Volumen N° 5 del Manual de Carreteras y el numeral 9702303(2) del volumen N°9 del Manual del Carreteras.
Materiales para la Obra. 16.1 Todos los materiales a ser utilizados en la obra deberán ser de la MEJOR CALIDAD y llenarán todos los requisitos exigidos en las Especificaciones Técnicas.- 16.2 En cualquier momento la MUNICIPALIDAD podrá inspeccionar y probar los materiales en fábrica o en el sitio de los trabajos.- 16.3 Los materiales no podrán ser utilizados en la obra hasta que hayan sido aprobados por la MUNICIPALIDAD, y aquellos que ésta rechace por no reunir las condiciones requeridas, deberán ser retirados del sitio de la obra y reemplazados por material adecuado, corriendo los gastos en que se incurriere a este efecto por cuenta del CONTRATISTA.- 16.4 Si el CONTRATISTA no satisface el pedido de la MUNICIPALIDAD de alejar, reemplazar o complementar algún material, dentro de un plazo establecido por ésta, la MUNICIPALIDAD podrá efectuarlo directamente, cargando al CONTRATISTA el costo en que se incurriere.-