Medidas de flexibilización Cláusulas de Ejemplo
Medidas de flexibilización. 13.1 El Ayuntamiento en virtud del artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, podrá adoptar las medidas de flexibilización que considere adecuadas con el fin de dar la viabilidad máxima a las actuaciones objeto de subvención o ayuda que se han visto afectadas por el contexto generado por la COVID-19 o por las medidas tomadas para combatirla.
13.2 De conformidad con el artículo 54 del Real decreto ley 11/2020 y el artículo 5 del Decreto ley 8/2020 y demás normativa de aplicación, los órganos concedentes pueden adoptar alguna o todas las medidas siguientes:
a) Ampliación de plazos para la ejecución de la actividad o proyecto objeto de subvención o ayuda, así como ampliación del plazo de justificación y comprobación de esta ejecución.
b) Modificación y nueva formulación de proyectos.
c) Otros que ayuden al cumplimiento de la finalidad y del objeto del proyecto. Las medidas de flexibilización previstas en el punto 11.2 también pueden adoptarse a instancia de las personas solicitantes o beneficiarias de las subvenciones o ayudas. La aprobación debe realizarse por el órgano competente, mediante resolución motivada.
13.3 En el caso de subvenciones, que una vez modificadas, no se haya cumplido el objeto y la finalidad como consecuencia de la COVID-19 o de las medidas tomadas para combatirla, el Ayuntamiento, en función de las circunstancias de cada expediente, puede aplicar las siguientes medidas:
a) Considerar gastos elegibles los gastos realizados por las personas beneficiarias para la puesta en marcha de las actividades destinadas directamente al objeto de la subvención, aunque no se haya alcanzado, total o parcialmente, el objeto y finalidad de la subvención o ayuda, siempre que dichos gastos estuvieran previstos como gasto subvencionable y formaran parte del presupuesto del proyecto modificado. Estos gastos se tendrán que acreditar de acuerdo a lo que prevé la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. En ningún caso se compensarán gastos por encima de la cantidad explicitada en el presupuesto, multiplicada por el porcentaje de financiación previsto en el convenio.
b) Establecer otras actuaciones para evitar perjuicios a los beneficiarios derivados del cumplimiento de sus obligaciones para con el procedimiento subvencional, y para favorecer el desarrollo de las actividades subvencionadas.
