MODELO DE OPERACIÓN Cláusulas de Ejemplo

MODELO DE OPERACIÓN. A continuación, se describen los procesos incluidos dentro del alcance de los servicios de Administración y/o Monitoreo de redes.
MODELO DE OPERACIÓN. El proveedor deberá contar con un conjunto de metodologías y procesos que permitirá brindar respuesta oportuna a los requerimientos solicitados por la CCB. Todos los procedimientos deben estar debidamente documentados y presentados a la CCB. • EL proveedor deberá prestar el servicio acorde al modelo operativo definido en el presente documento y contar con una capacidad operativa para brindar el servicio 7x24x365 con el equipo de trabajo solicitado en el numeral 3.3.3 de la invitación. • Los servicios de gestión realizarán seguimiento 7x24x365 al correcto funcionamiento de las aplicaciones y herramientas ofrecidas por el proveedor en la solución tecnológica. • El proveedor debe definir la matriz de escalamiento en común acuerdo con los responsables de seguridad de la CCB, clasificando el nivel de escalamiento según el tipo y nivel del evento. • El personal del proveedor deberá realizar el escalamiento y las comunicaciones por medio de correo electrónico y/o telefónico con el personal que designe la CCB a fin de comunicar las incidencias presentadas y su acción inmediata. Adicionalmente realizará el seguimiento a los eventos hasta que estos sean cerrados adecuada y oportunamente. • El proponente en conjunto con la CCB definirá el mecanismo de registro de los eventos e incidentes de seguridad que se detecten y su gestión. • Controles de cambios y parametrizaciones: el proveedor deberá realizar los cambios o parametrizaciones solicitadas por la CCB (por ejemplo: ajustes en listas blancas, cambios en reglas, generación de casos de uso, entre otros), de manera correcta y oportuna conforme a lo definido en los acuerdos de servicio.
MODELO DE OPERACIÓN. A continuación, se presenta la estructura del Modelo de operación del CIS:
MODELO DE OPERACIÓN. El proveedor deberá contar con un conjunto de metodologías y procesos que permitirá brindar respuesta oportuna a los riesgos y amenazas que se afrontan día a día en la CCB. Todos los procedimientos deben estar debidamente documentados y presentados a la CCB. • EL proveedor deberá prestar el servicio acorde al modelo operativo definido en el presente documento y contar con una capacidad operativa para brindar el servicio 7x24x365 con el equipo de trabajo solicitado en el numeral 3.3.3 de la invitación y un equipo de Analistas de Seguridad que deberán cumplir con el siguiente perfil y rol: o Rol: encargados del monitoreo, detección de eventos de seguridad y su escalamiento. Deben de ejecutar las actividades requeridas por el Coordinador del SOC para una correcta prestación del servicio. o perfil: Técnico Profesional, Tecnólogo o Profesional, en los siguientes programas académicos enmarcados dentro del Núcleo Básicos del Conocimiento del SNIES: ▪ Ingeniería de Sistemas, Telemática o afines, o ▪ Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines. o Experiencia certificada como Analista de Seguridad en contratos de igual naturaleza al objeto de esta invitación de mínimo tres (3) proyectos ejecutados a partir de enero de 2017. o Certificación en el uso las herramientas propuestas por EL proponente, en la versión más reciente con la que se prestará el servicio. NOTA 1. El proponente deberá suscribir una Carta Compromiso donde se comprometa a garantizar que contará con el equipo de Analistas de Seguridad que dispondrá para la prestación de este servicio cumple con estas condiciones. La CCB cuando lo estime conveniente, podrá solicitar las hojas de vida del equipo de trabajo del rol Analistas de Seguridad que hace parte de la operación, para efectos de verificación, control y auditorias entre otros, del cumplimiento de los requisitos exigidos. NOTA 2. EL proponente deberá definir la cantidad de Analistas de Seguridad requeridos para el cumplimiento de los acuerdos de niveles de servicio. • Los servicios de gestión del SOC realizarán seguimiento 7x24x365 a los ataques originados desde internet al igual que los originados al interior de la CCB. • El proveedor debe definir la matriz de escalamiento en común acuerdo con los responsables de seguridad de la CCB, clasificando el nivel de escalamiento según el tipo y nivel del evento. • El personal del SOC deberá realizar el escalamiento y las comunicaciones por medio de correo electrónico y/o telefónico con el personal q...
MODELO DE OPERACIÓN. A continuación, se describen los procesos incluidos en el producto .

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Habilitación No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.