Originales de los siguientes documentos. Referencia bancaria emitidas por una Institución Autorizada por el Sistema Financiero en donde certifique la categoría de cliente “A1 ò A2” y que dicha constancias reflejen un monto igual x xxxx a (US $ 23,800.00) en el caso que el suministrante no tenga operaciones crediticias en el Sistema Financiero, bastara con la constancia sin calificación de categoría, sin embargo en el caso que los ofertantes presentar sus Estados Financieros, reflejen en el Balance General Préstamos a Corto o Largo Plazo deberán presentar referencia Bancaria dicho documento deberá estar fechado dentro de los 30 días calendario previo a la fecha de apertura de ofertas. • Todos los documentos anteriores, pertenecientes a sociedades extranjeras, deberán ser apostillados o autenticados consularmente, si se presentan en original o copia certificada. Los instrumentos públicos o auténticos emanados de un país extranjero, para que hagan fe, deberán presentarse apostillados en caso que el país de origen sea parte del CONVENIO DE LA HAYA SOBRE LA ELIMINACIÓN DE REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS, caso contrario deberán cumplir con todos los documentos solicitados en la presente base de licitación que se extiendan en país extranjero, deberán presentarse certificados por el funcionario competente del país que emane, debidamente apostillado y traducidos al idioma castellano, con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 24 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias. En caso que el país de origen no sean suscriptor del convenio de la Haya, deberá contener el trámite de auténticas por el consulado de El Xxxxxxxx más cercano, posteriormente, deberá autenticarse la firma del Cónsul en el Ministerio de Relaciones Exteriores de El Xxxxxxxx. Deberán cumplir con esta apostilla los documentos privados que contengan certificaciones oficiales o por notarios extranjeros. CONVENIO DE LA HAYA SOBRE ELIMINACIÓN DE REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS.
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Originales de los siguientes documentos. Referencia bancaria emitidas por una Institución Autorizada institución autorizada por el Sistema Financiero Financiero, en donde certifique la categoría de cliente “A1 ò ó A2” y que dicha dichas constancias reflejen un monto igual x xxxx o mayor a (US $ 23,800.00$33,845.42) en el caso que el suministrante no tenga operaciones crediticias en el Sistema Financiero, bastara bastará con la constancia sin calificación de categoría, sin embargo en el caso que los ofertantes presentar en sus Estados Financieros, Financieros reflejen en el Balance General Préstamos préstamos a Corto corto o Largo Plazo largo plazo deberán presentar referencia Bancaria bancaria dicho documento deberá estar fechado dentro de los 30 días calendario previo a la fecha de apertura de ofertas. • Todos los documentos anteriores, pertenecientes a sociedades extranjeras, deberán ser apostillados o autenticados consularmente, si se presentan en original o copia certificada. Los instrumentos públicos o auténticos emanados de un país extranjero, para que hagan fe, deberán presentarse apostillados en caso que el país de origen sea parte del CONVENIO DE LA HAYA SOBRE LA ELIMINACIÓN DE REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS, caso contrario deberán cumplir con todos los documentos solicitados en la presente base de licitación que se extiendan en país extranjero, deberán presentarse certificados por el funcionario competente del país que emane, debidamente apostillado y traducidos al idioma castellano, con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 24 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias. En caso que el país de origen no sean suscriptor del convenio de la Haya, deberá contener el trámite de auténticas por el consulado de El Xxxxxxxx más cercano, posteriormente, deberá autenticarse la firma del Cónsul en el Ministerio de Relaciones Exteriores de El Xxxxxxxx. Deberán cumplir con esta apostilla los documentos privados que contengan certificaciones oficiales o por notarios extranjeros. CONVENIO DE LA HAYA SOBRE ELIMINACIÓN DE REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS.
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Originales de los siguientes documentos. Referencia bancaria emitidas por una Institución Autorizada institución autorizada por el Sistema Financiero en donde certifique la categoría de cliente “A1 ò ó A2” y que dicha constancias reflejen un monto igual x xxxx a (US $ 23,800.00) en el caso que el suministrante no tenga operaciones crediticias en el Sistema Financiero, bastara bastará con la constancia sin calificación de categoría, sin embargo en el caso que los ofertantes presentar en sus Estados Financieros, Financieros reflejen en el Balance General Préstamos Prestamos a Corto o Largo Plazo deberán presentar referencia Bancaria dicho documento deberá estar fechado dentro de los 30 días calendario previo a la fecha de apertura de ofertas. • Todos los documentos anteriores, pertenecientes a sociedades extranjeras, deberán ser apostillados o autenticados consularmente, si se presentan en original o copia certificada. Los instrumentos públicos o auténticos emanados de un país extranjero, para que hagan fe, deberán presentarse apostillados en caso que el país de origen sea parte del CONVENIO DE LA HAYA SOBRE LA ELIMINACIÓN DE REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS, caso contrario deberán cumplir con todos los documentos solicitados en la presente base de licitación que se extiendan en país extranjero, deberán presentarse certificados por el funcionario competente del país que emane, debidamente apostillado y traducidos al idioma castellano, con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 24 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias. En caso que el país de origen no sean suscriptor del convenio de la Haya, deberá contener el trámite de auténticas por el consulado de El Xxxxxxxx más cercano, posteriormente, deberá autenticarse la firma del Cónsul en el Ministerio de Relaciones Exteriores de El Xxxxxxxx. Deberán cumplir con esta apostilla los documentos privados Documentos Privados que contengan certificaciones Certificaciones oficiales o por notarios extranjerosNotarios Extranjeros. CONVENIO DE LA HAYA SOBRE ELIMINACIÓN DE REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS.
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Originales de los siguientes documentos. Referencia bancaria Constancia de líneas de crédito emitidas por una Institución Autorizada institución autorizada por el Sistema Financiero en donde certifique la categoría de cliente “"A1 ò A2” " y que dicha dichas constancias reflejen un monto igual x xxxx o mayor a (US $ 23,800.00) ( $93,153.18), dicho documento deberá estar fechado dentro de los 30 días calendario previo a la fecha de apertura de ofertas, en el caso que el suministrante no tenga operaciones crediticias en el Sistema Financiero, bastara bastará con la constancia sin calificación de categoría, sin embargo en el caso que los ofertantes presentar en sus Estados Financieros, Financieros reflejen en el Balance General Préstamos balance general préstamos a Corto corto o Largo Plazo largo plazo deberán presentar referencia Bancaria bancaria dicho documento deberá estar fechado dentro de los 30 días calendario previo a la fecha de apertura de ofertas. • Todos los documentos anteriores, pertenecientes a sociedades extranjeras, deberán ser apostillados o autenticados consularmente, si se presentan en original o copia certificada. Los instrumentos públicos o auténticos emanados de un país extranjero, para que hagan fe, deberán presentarse apostillados en caso que el país de origen sea parte del CONVENIO DE LA HAYA SOBRE LA ELIMINACIÓN DE REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS, caso contrario deberán cumplir con todos los documentos solicitados en la presente base de licitación que se extiendan en país extranjero, deberán presentarse certificados por el funcionario competente del país que emane, debidamente apostillado y traducidos al idioma castellano, con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 24 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias. En caso que el país de origen no sean suscriptor del convenio de la Haya, deberá contener el trámite de auténticas por el consulado de El Xxxxxxxx más cercano, posteriormente, deberá autenticarse la firma del Cónsul en el Ministerio de Relaciones Exteriores de El Xxxxxxxx. Deberán cumplir con esta apostilla los documentos privados Documentos Privados que contengan certificaciones Certificaciones oficiales o por notarios extranjerosNotarios Extranjeros. CONVENIO DE LA HAYA SOBRE ELIMINACIÓN DE REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS.
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