Riesgo Vital Cláusulas de Ejemplo

Riesgo Vital. Toda condición clínica que implique riesgo de muerte o de secuela funcional grave, que requiera atención de urgencia de manera inmediata e impostergable, y que corresponda a un Evento cubierto por esta Póliza, diagnosticado por un médico y conformado con evidencia clínica, radiológica, histológica y de laboratorio.
Riesgo Vital. Por riesgo vital se entenderá todo suceso imprevisto, involuntario, repentino y fortuito, que pone en peligro la vida y es altamente probable la ocurrencia de muerte si la persona no es atendida inmediatamente en un centro asistencial cercano al lugar del suceso. Este evento debe ser diagnosticado por un médico y confirmado con evidencia clínica, radiológica, histológica y de laboratorio, que sea aceptable por la Compañía de Seguros. En caso de riesgo vital, se cubrirá en Clínica Las Condes aplicando el Cuadro de Beneficios para cobertura en Clínica Las Condes Clínica. En otros establecimientos se cubrirá según los porcentajes y topes fijados en el Cuadro de Beneficios para cobertura en Clínica Las Condes, pero aplicando el porcentaje del 35% señalado anteriormente para aquellos asegurados sin plan de Isapre afiliados a FONASA u otro sistema de salud público. En caso de riesgo vital, se deberá notificar a la compañía a más tardar 30 días después de ocurrido el evento. En casos de riesgo vital se otorgará una cobertura de traslado terrestre y aéreo para la Región Metropolitana y V Región de un 100% sin tope, exceptuando los territorios denominados Chile insular en la V región, dentro de los que se encuentran el Archipiélago ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, las Islas Desventuradas y las islas polinésicas de Isla ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ (o Rapa Nui) y la isla Sala y ▇▇▇▇▇, donde la cobertura de traslado tendrá un tope de UF 50. Para otras regiones la cobertura de traslado tendrá un tope de UF 50.