Seguimiento Y Control De La Ejecución Cláusulas de Ejemplo
Seguimiento Y Control De La Ejecución. 17.1. Seguimiento y control del contrato: Corresponden a la Jefatura de la Policía Local de Jumilla las funciones de supervisar la correcta ejecución del contrato, velar por la calidad en la prestación del servicio y transmitir al contratista las órdenes e instrucciones necesarias para ello. A tal fin, se podrán realizar inspecciones y reuniones de preparación, coordinación o seguimiento, sin perjuicio de las restantes actuaciones que se estimen necesarias. Para el adecuado ejercicio de estas funciones, el contratista estará obligado a facilitar al supervisor del contrato la información que éste solicite en relación con los servicios prestados en ejecución del contrato, así como cuantos otros datos, informes o estadillos se requieran. No podrán existir por parte de la empresa adjudicataria condiciones que limiten el acceso de los responsables municipales a la información que se estime necesaria para poder llegar a conclusiones respecto a la técnica, procedimientos y resultados de los trabajos ejecutados, con la finalidad de valorar la calidad de aquéllos.
Seguimiento Y Control De La Ejecución. 16.1. Seguimiento y control del contrato: Corresponden al Capataz de Servicios las funciones de supervisar la correcta ejecución del contrato y velar por la adecuación de los bienes suministrados a las especificaciones exigidas. Para el adecuado ejercicio de estas funciones, el contratista estará obligado a facilitar al supervisor del contrato la información que éste solicite en relación con los bienes objeto de suministro, así como cuantos otros datos, informes o estadillos se requieran. No podrán existir por parte de la empresa adjudicataria condiciones que limiten el acceso del responsable municipal a esta información.
Seguimiento Y Control De La Ejecución. 16.1. Responsable del contrato: Corresponden a los técnicos del Servicio de Personal y Recursos Humanos del Excmo. Ayuntamiento de Jumilla las funciones de supervisar la correcta ejecución del contrato, velar por la calidad en la prestación del servicio y transmitir al contratista las órdenes e instrucciones necesarias para ello. A tal fin, se podrán realizar inspecciones y reuniones de preparación o seguimiento, sin perjuicio de las restantes actuaciones que se estimen necesarias. Para el adecuado ejercicio de estas funciones, el contratista estará obligado a facilitar al responsable del contrato la información que éste solicite en relación con los servicios prestados en ejecución del contrato, así como cuantos otros datos, informes o estadillos se requieran.
Seguimiento Y Control De La Ejecución. El licitador deberá proponer un modelo de gestión de la relación que facilite un procedimiento de seguimiento y control de los Proyectos que se vayan a llevar a cabo, y en este contexto, permita exponer, revisar y consensuar los aspectos más relevantes en la ejecución de cada Proyecto. La metodología utilizada para el seguimiento y control de la ejecución de cada proyecto debe tener en cuenta una adecuada gestión de riesgos. Los riesgos de un proyecto son eventos o condiciones inciertas que en el momento de ocurrir pueden ocasionar un impacto negativo en alguno de los objetivos principales del proyecto: alcance, tiempo, costo o calidad. Un riesgo puede estar relacionado con una o más causas, lo cual a su vez puede generar uno o más impactos en el desarrollo del proyecto. Es importante que toda la organización alrededor del proyecto actúe de manera activa, anticipada y consistente frente al proceso de gestión de riesgos.
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