Common use of USO DE LA VIVIENDA Clause in Contracts

USO DE LA VIVIENDA. A los efectos de la póliza se entenderá por: - Residencia Habitual: aquella vivienda en la que el Asegurado reside de manera permanente. No perderá esta condición los casos en los que el asegurado resida temporalmente fuera de la misma por motivos de trabajo y/o estudios.

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