VARIANTES. 1. Cuando el criterio de adjudicación del contrato sea el de la oferta económicamente más ventajosa, los poderes adjudicadores podrán auto- rizar a los licitadores a presentar variantes.
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Samples: Directiva 2004/18/Ce, Directiva 2004/18/Ce, Directiva 2004/18/Ce
VARIANTES. 1. Cuando el criterio de adjudicación del contrato sea el de la oferta económicamente más ventajosa, los poderes adjudicadores podrán auto- rizar autorizar a los licitadores a presentar variantes.
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Samples: Directiva 2004/18/Ce, Directiva 2004/18/Ce, Directiva Sobre Coordinación De Los Procedimientos De Adjudicación De Contratos Públicos
VARIANTES. 1. Cuando el criterio de adjudicación del contrato sea el de la oferta económicamente más ventajosa, los poderes adjudicadores adjudica- dores podrán auto- rizar autorizar a los licitadores a presentar variantes.
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Samples: Directiva 2004/18/Ce
VARIANTES. 1. Cuando el criterio de adjudicación del contrato sea el de la oferta económicamente más ventajosa, los poderes adjudicadores podrán auto- auto rizar a los licitadores a presentar variantes.
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Samples: Directiva 2004/18/Ce