Verificación e inspección reglamentaria de la INSTALACIÓN. En virtud del artículo 13 del Reglamento de Eficiencia Energética en las Instalaciones de Alumbrado Exterior (REEIAE), periódicamente se comprobará el cumplimiento de las disposiciones y requisitos de eficiencia energética mediante verificaciones e inspecciones que serán realizadas, respectivamente, por instaladores autorizados de acuerdo al Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 xx xxxxxx, y por organismos de control, autorizados para este campo reglamentario según lo dispuesto en el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y Seguridad Industrial. El calendario será el que se indica a continuación: ✓ Verificación inicial, previa a su puesta en servicio: todas las instalaciones. ✓ Inspección inicial, previa a su puesta en servicio: las instalaciones de más de 5 kW de potencia instalada. ✓ Verificaciones cada cinco años: las instalaciones de hasta 5 kW de potencia instalada. ✓ Inspecciones cada cinco años: las instalaciones de más de 5 kW de potencia instalada. La ESE llevará a cabo, por su cuenta, la realización de todas las verificaciones e inspecciones reglamentarias, y deberá conservar los certificados de inspección o de verificación durante el tiempo que dure este contrato, entregándoselos al Ayuntamiento de Soto del Real a la finalización del contrato. Igualmente remitirá una copia de dichos certificados al Ayuntamiento de Soto del Real en el momento en que se obtenga alguno de estos certificados.
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Samples: Contrato De Colaboración
Verificación e inspección reglamentaria de la INSTALACIÓN. En virtud del artículo 13 del Reglamento de Eficiencia Energética en las Instalaciones de Alumbrado Exterior (REEIAE), periódicamente se comprobará el cumplimiento de las disposiciones y requisitos de eficiencia energética mediante verificaciones e inspecciones que serán realizadas, respectivamente, por instaladores autorizados de acuerdo al Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 xx xxxxxx, y por organismos de control, autorizados para este campo reglamentario según lo dispuesto en el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y Seguridad Industrial. El calendario será el que se indica a continuación: ✓ ▪ Verificación inicial, previa a su puesta en servicio: todas las instalaciones. ✓ ▪ Inspección inicial, previa a su puesta en servicio: las instalaciones de más de 5 kW de potencia instalada. ✓ ▪ Verificaciones cada cinco años: las instalaciones de hasta 5 kW de potencia instalada. ✓ ▪ Inspecciones cada cinco años: las instalaciones de más de 5 kW de potencia instalada. La ESE llevará a cabo, por su cuenta, la realización de todas las verificaciones e inspecciones reglamentarias, y deberá conservar los certificados de inspección o de verificación durante el tiempo que dure este contrato, entregándoselos al Ayuntamiento de Soto del Real AYUNTAMIENTO a la finalización del contrato. Igualmente remitirá una copia de dichos certificados al Ayuntamiento de Soto del Real AYUNTAMIENTO en el momento en que se obtenga alguno de estos certificados.
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Samples: Mixto De Suministros Y Servicios
Verificación e inspección reglamentaria de la INSTALACIÓN. En virtud del artículo 13 del Reglamento de la normativa de aplicación de Eficiencia Energética en las Instalaciones de Alumbrado Exterior (REEIAE)Exterior, periódicamente se comprobará el cumplimiento de las disposiciones y requisitos de eficiencia energética mediante verificaciones e inspecciones que serán realizadas, respectivamente, por instaladores autorizados de acuerdo al Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 xx xxxxxx, y por organismos de control, autorizados para este campo reglamentario según lo dispuesto en el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y Seguridad Industrial. El calendario será el que se indica a continuación: ✓ Verificación inicial, previa a su puesta en servicio: todas las instalaciones. ✓ Inspección inicial, previa a su puesta en servicio: las instalaciones de más de 5 kW de potencia instalada. ✓ Verificaciones cada cinco años: las instalaciones de hasta 5 kW de potencia instalada. ✓ Inspecciones cada cinco años: las instalaciones de más de 5 kW de potencia instalada. La ESE llevará a cabo, por su cuenta, la realización de todas las verificaciones e inspecciones reglamentarias, y deberá conservar los certificados de inspección o de verificación durante el tiempo que dure este contrato, entregándoselos al Ayuntamiento de Soto del Ciudad Real a la finalización del contrato. Igualmente remitirá una copia de dichos certificados al Ayuntamiento de Soto del Ciudad Real en el momento en que se obtenga alguno de estos certificados.
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Samples: Programa Funcional
Verificación e inspección reglamentaria de la INSTALACIÓN. En virtud del artículo 13 del Reglamento de Eficiencia Energética en las Instalaciones de Alumbrado Exterior (REEIAE), periódicamente se comprobará el cumplimiento de las disposiciones y requisitos de eficiencia energética mediante verificaciones e inspecciones que serán realizadas, respectivamente, por instaladores autorizados de acuerdo al Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 xx xxxxxx, y por organismos de control, autorizados para este campo reglamentario según lo dispuesto en el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y Seguridad Industrial. El calendario será el que se indica a continuación: ✓ - Verificación inicial, previa a su puesta en servicio: todas las instalaciones. ✓ - Inspección inicial, previa a su puesta en servicio: las instalaciones de más de 5 kW de potencia instalada. ✓ - Verificaciones cada cinco años: las instalaciones de hasta 5 kW de potencia instalada. ✓ - Inspecciones cada cinco años: las instalaciones de más de 5 kW de potencia instalada. La ESE llevará a cabo, por su cuenta, la realización de todas las verificaciones e inspecciones reglamentarias, y deberá conservar los certificados de inspección o de verificación durante el tiempo que dure este contrato, entregándoselos al Ayuntamiento de Soto del Real a la finalización del contrato. Igualmente remitirá una copia de dichos certificados al Ayuntamiento de Soto del Real en el momento en que se obtenga alguno de estos certificados.
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Samples: Mixto De Suministro Y Servicios