ÁREA DE SUMINISTRO Y SOPORTE ADMINISTRATIVO
ÁREA DE SUMINISTRO Y SOPORTE ADMINISTRATIVO
TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE EN LAS MODALIDADES DE SERVICIO PÚBLICO ESPECIAL Y DE CARGA
MANIZALES, DICIEMBRE DE 2014
TABLA DE CONTENIDO
5
5
5
1.3. REQUISITOS PARA PARTICIPAR
7
1.4. REUNIÓN ACLARATORIA OBLIGATORIA 8
1.5. VALOR DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
9
9
1.6.1. NATURALEZA JURÍDICA ENTIDAD CONTRATANTE 9
1.6.2. PRINCIPIO DE COMPORTAMIENTO RESPONSABLE EN LA CONTRATACIÓN 10
1.6.4. RÉGIMEN LEGAL DE LA SOLICITUD DE OFERTAS Y DEL CONTRATO 11
1.6.5. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES 11
1.7. PROCESO DE LA SOLICITUD DE OFERTAS Y CONTRATACIÓN
12
1.7.1. APERTURA DE LA SOLICITUD DE OFERTAS 12
1.7.2. SOLUCIÓN DE CONSULTAS, MODIFICACIONES Y ACLARACIONES DE LA SOLICITUD DE OFERTAS. 12
1.8. CIERRE DE LA SOLICITUD DE OFERTAS
12
13
1.9.1. REGISTRO Y VERIFICACIÓN 13
1.9.3. VIGENCIA DE LA OFERTA 14
1.9.4. DOCUMENTOS DE LA OFERTA 14
1.9.5. VERIFICACIÓN Y SOLICITUD DE INFORMACIÓN 16
1.9.6. CLARIDAD SOBRE OBLIGACIONES 16
1.9.7. PREPARACIÓN, PRESENTACIÓN Y FOLIADO DE LA OFERTA 16
1.9.9. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA 18
1.9.10. EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL 19
1.9.11. RESPONSABILIDAD POR INTERPRETACIÓN 19
1.10. APERTURA DE LAS OFERTAS Y ANÁLISIS DE LAS OFERTAS
20
1.10.1. ACLARACIÓN DE LAS OFERTAS 20
1.10.2. ADMISIÓN O RECHAZO DE LAS OFERTAS 20
1.10.3. DECLARATORIA DE FALLIDO DE LA SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS 21
1.10.4. CLÁUSULA DE RESERVA 21
1.10.5. EVALUACIÓN Y ACEPTACIÓN DE OFERTAS 22
1.10.5.3. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN 23
1.10.5.4. SELECCIÓN Y ORDEN DE ELEGIBILIDAD 25
1.10.5.5. INCUMPLIMIENTO EN CONTRATOS EJECUTADOS 26
1.10.5.6. INFORME DE EVALUACIÓN A LOS OFERENTES 27
1.10.6. ACEPTACIÓN DE LA OFERTA 27
1.10.6.1.1. NEGOCIACIÓN DIRECTA 27
1.10.6.1.2. AJUSTE ECONÓMICO 27
1.11. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
28
1.11.1. NATURALEZA DEL CONTRATO 28
1.11.2. PLAZO PARA LA FIRMA DEL CONTRATO Y PERFECCIONAMIENTO 28
1.11.4. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO 29
1.11.6. DOMICILIO CONTRACTUAL 29
1.11.10. RETENCIÓN DE PAGOS 31
31
1.13. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA
32
1.14. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN
33
1.15. IMPUESTOS, RETENCIONES Y GASTOS
33
1.16. DEDUCCIONES POR INCUMPLIMIENTO
34
1.17. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO
36
1.18. RESERVA DE LA INFORMACIÓN
37
1.19. REQUISITOS DE LA FACTURA
37
1.20. COMUNICACIONES CON EL CONTRATISTA
37
38
38
1.23. EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL
38
1.24. SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
38
1.25. SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES Y SEGURIDAD SOCIAL
43
44
44
1.28. CONFIDENCIALIDAD 44
44
45
1.31. REVALUACIÓN DE PROVEEDORES
45
45
46
2.1. DEFINICIONES DE LOS VEHÍCULOS
46
2.2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS VEHÍCULOS
46
2.3. DOCUMENTOS DE LOS VEHÍCULOS
46
2.4. TIPOS Y CANTIDADES DE VEHÍCULOS
47
2.5. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
54
56
57
58
58
2.10. MODALIDADES DEL SERVICIO
59
2.11. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS
61
78
4. INCUMPLIMIENTO EN LA EJECUCIÓN DE CONTRATOS
81
82
1. CONDICIONES CONTRACTUALES
Siempre que aparezca en cualquier documento relacionado con estos términos de referencia la palabra CHEC, ésta se interpretará como CENTRAL HIDROELÉCTRICA XX XXXXXX S.A. E.S.P.
1.1. OBJETO
Prestación del servicio de transporte terrestre en las modalidades de servicio público especial y de carga.
1.2. ALCANCE DEL CONTRATO
El servicio que se requiere comprende el transporte terrestre de personas, incluido el traslado de equipos de oficina, materiales, equipos, insumos y herramientas requeridas por las personas autorizadas de CHEC en vehículos tipo: automóviles, camperos, camionetas, microbuses, volqueta y camiones en todos los municipios del departamento xx Xxxxxx, departamento de Risaralda y el Municipio de Armenia y en corregimientos y veredas dentro de las zonas de influencia. En el mapa se observan las zonas de influencia CHEC.
El siguiente cuadro describe las municipalidades que se encuentran ubicadas en la zona de influencia de CHEC
No. | Municipios xx Xxxxxx |
1 | Aguadas |
2 | Xxxxxxx |
0 | Xxxxxxxx |
0 | Xxxxxxxxxx |
0 | Xxxxxxxxx |
6 | Filadelfia |
7 | La Dorada |
8 | La Merced |
9 | Manizales |
10 | Manzanares |
11 | Marmato |
12 | Marquetalia |
13 | Marulanda |
14 | Neira |
15 | Norcasia |
16 | Pácora |
17 | Palestina |
18 | Pensilvania |
19 | Riosucio |
20 | Risaralda |
21 | Salamina |
22 | Xxxxxx |
00 | Xxx Xxxx |
24 | Supía |
25 | Victoria |
26 | Villamaría |
27 | Viterbo |
No. | Municipios de Risaralda |
1 | Apía |
2 | Balboa |
3 | Xxxxx de Umbría |
4 | Dosquebradas |
5 | Guatica |
6 | La Xxxxx |
7 | La Virginia |
8 | Marsella |
9 | Mistrató |
00 | Xxxxxxx |
00 | Xxxxxx Xxxx |
12 | Quinchía |
13 | Santa Xxxx xx Xxxxx |
14 | Santuario |
No. | Municipios de Quindío |
1 | Armenia |
En algunos casos se requerirá vehículos contemplados en las categorías propias de esta solicitud pública de oferta (categoría 1, 2, 3, 4 y 5), u otro tipo de vehículos no contemplados en esta solicitud para transporte de personal, materiales y/o carga a las diferentes ciudades del país y a lugares que estén por fuera de la zona de influencia CHEC; en estos casos la tarifa será concertada con el Interventor del contrato, previa verificación de los precios xxx xxxxxxx.
1.3. REQUISITOS PARA PARTICIPAR
Podrán presentar propuestas las personas jurídicas legalmente constituidas de acuerdo a las disposiciones colombianas y debidamente habilitadas por la autoridad de transporte competente en el servicio de transporte público terrestre, cumpliendo con los lineamientos establecidos en las leyes 336 y 337 de 1996 y todas sus normas y decretos reglamentarios complementarios.
El oferente deberá estar habilitado para prestar el servicio de transporte público terrestre automotor especial, reglamentado de acuerdo con el decreto 174 de 2001 y de carga, de acuerdo al decreto 173 de 2001
El oferente deberá acreditar una experiencia mínima de tres (3) años, en los últimos cinco
(5) años, en la ejecución de contratos de prestación del servicio de transporte terrestre especial y de carga por un valor igual o superior a los ocho mil (8.000) Salarios mínimos legales mensuales vigentes, los cuales deben ser el resultado de la sumatoria de los contratos de prestación del servicio público de transporte terrestre especial y de carga.
La experiencia en la ejecución de contratos de prestación del servicio de transporte terrestre especial en vehículos tipo automóvil, camperos y camionetas (Sencillas o doble cabina) debe representar el 80% o más en la experiencia acreditada y por un valor igual o superior a los 6.400 Salarios Mínimos legales mensuales vigentes.
Los valores de los servicios y/o actividades acreditadas serán evaluados de acuerdo con el salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV) de la fecha de terminación del contrato.
Las renovaciones de los contratos serán evaluados como contratos independientes. Esta experiencia deberá estar registrada en Konfirma.
En caso tal que la experiencia haya sido obtenida en CHEC, será suficiente la manifestación que haga el oferente de dicha situación, discriminando el número de contratos que pretenda hacer valer y el objeto de los mismos.
El oferente debe tener inscripción vigente en el registro de proveedores y contratistas grupo EPM, para lo cual CHEC hará la respectiva verificación. Si el oferente no se encuentra con inscripción vigente, la oferta será rechazada.
El objeto social del oferente debe tener relación directa con la naturaleza de los servicios requeridos en la presente solicitud de ofertas.
En los contratos ejecutados en consorcio o unión temporal, sólo se considerará como experiencia el porcentaje de participación del proponente en el mismo
El oferente deberá contar con el certificado de gestión de calidad vigente basado en la norma ISO 9001 versión 2008, relacionado con actividades de transporte terrestre de personas y carga. Dicho certificado deberá estar vigente durante la ejecución del contrato.
Igualmente, para participar, el interesado debe cancelar la suma establecida en el numeral
1.5. VALOR DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA y haber asistido a la reunión y visita obligatorias.
No se admiten Consorcios o Uniones Temporales, ni propuestas alternativas.
Así mismo, no podrán participar en este proceso de contratación y por tanto, tampoco celebrar contrato con CHEC, bien sea directamente o por interpuesta persona, sus empleados ni los miembros de su Junta Directiva.
1.4. REUNIÓN ACLARATORIA OBLIGATORIA
Se realizará reunión de carácter obligatorio, con el fin de entregar a los posibles oferentes el contexto sobre el cual se ejecutarán las actividades objeto del presente proceso de contratación y las condiciones particulares del contrato previstas en estos términos. Dicha reunión se llevará a cabo el día martes 9 de diciembre de 2014, a las 2:00 p.m., el sitio de reunión será la Sala de Servicios Corporativos, ubicada en el Bloque 5 (Taller de Mecánica), piso 1, Estación Xxxxx, Manizales. La reunión estará a cargo de Xxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx y Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx.
La reunión se iniciará a la hora exacta en el sitio de encuentro y no se aceptarán asistentes tardíos. La constancia de asistencia se realizará con base en la planilla que para tal fin será elaborada al inicio de la reunión, con el fin de verificar el cumplimiento del requisito de participación para la presentación de la oferta. La constancia de asistencia se expedirá únicamente a los posibles oferentes que hayan estado hasta el final de la reunión. La constancia de asistencia deberá ser entregada con la oferta.
El representante legal de las personas jurídicas que no puedan asistir, deberá enviar comunicación escrita delegando a su representante para tal fin. En caso que no sea presentado el documento mediante el cual se autoriza la asistencia a la reunión obligatoria
a persona diferente al representante legal, será subsanable, en el término que CHEC designe, una vez sea presentada la oferta. En todo caso, el delegado debe informar la razón social y el NIT de la persona jurídica que representará en la reunión.
Se recomienda que la persona que asista en representación de cada participante tenga la idoneidad suficiente y necesaria para el manejo de los temas a tratar en la reunión.
Un oferente no podrá representar a otro oferente, del mismo modo, un delegado solo podrá representar a un solo oferente.
Los gastos de transporte, alimentación y cualquier otro en que incurra el oferente para la realización de la reunión, deben ser cubiertos por su cuenta y riesgo.
Los oferentes deben tener presente que en CHEC existe un control previo para autorizar el ingreso de personas a sus instalaciones, por lo tanto, el oferente o su delegado deberá presentarse con suficiente anticipación respecto a la hora límite de la reunión. CHEC no se responsabiliza por demoras o retardos en el ingreso causados por el ejercicio de los controles de acceso mencionados.
La no asistencia a la reunión o a la visita, es causal de rechazo de la oferta.
1.5. VALOR DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
Los términos de referencia tienen un valor no reembolsable de SEISCIENTOS DIECISÉIS MIL PESOS ($616.000) los cuales deberán consignarse a nombre de CHEC S.A. E.S.P., identificada con NIT. 890.800.128-6 en la cuenta corriente número 7055010833-9 de BANCOLOMBIA estipulando el NIT de quien consigna.
Con la copia del recibo de consignación original deberán acercarse al Equipo Cadena de Suministro ubicado en la Estación Xxxxx, Manizales, donde se elaborará el correspondiente recibo de ingreso, el cual debe presentarse con la oferta. Igualmente se puede enviar la consignación vía fax (0000000) a nombre de Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, indicando la siguiente información: Nombre del oferente, NIT y concepto, en cuyo caso se debe adjuntar a la oferta copia de la consignación. Así mismo podrá enviarse al correo electrónico xxxxxx.xxxxxx@xxxx.xxx.xx
El pago permite al oferente la presentación de la oferta.
1.6. INFORMACIÓN GENERAL
1.6.1. NATURALEZA JURÍDICA ENTIDAD CONTRATANTE
La entidad contratante es la CENTRAL HIDROELÉCTRICA XX XXXXXX S.A. E.S.P. sociedad anónima comercial de nacionalidad colombiana, clasificada como Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios Mixta, con autonomía administrativa, patrimonial y presupuestal, sometida al régimen aplicable a las Empresas de Servicios Públicos y a las normas especiales que rigen las Empresas del Sector Eléctrico.
1.6.2. PRINCIPIO DE COMPORTAMIENTO RESPONSABLE EN LA CONTRATACIÓN
Las relaciones de CHEC con sus grupos de interés oferentes y contratistas estarán basadas en el reconocimiento y aplicación de las reglas y principios de la ética y la ley, y por tanto se desarrollarán en un ambiente de respeto y confianza mutuos que genere valor para las partes y para la sociedad en general.
Así mismo y como parte de sus políticas y propósito de sostenibilidad, CHEC promueve relaciones y acciones que contribuyan al cuidado del medio ambiente y a la creación de una sociedad más incluyente y equitativa.
El principio de comportamiento responsable implica para las partes de las relaciones contractuales que se derivan de los procesos abiertos por CHEC, los siguientes compromisos:
Mantener relaciones basadas en el respeto mutuo y el de todos los involucrados con el desarrollo de la relación contractual, incluyendo el respeto por las diferencias.
Fomentar un ambiente de confianza y abstenerse de realizar acciones malintencionadas o que atenten contra el buen nombre y la reputación de CHEC, los competidores en el proceso, el sector y el país.
Mostrarse dispuesto a participar de un diálogo abierto, trasparente y respetuoso de las normas vigentes y aplicables a la relación y a las actividades de cada uno.
Sostenibilidad
Entendiendo la importancia de sumar voluntades en pro de la sostenibilidad, las partes propenderán por:
El cumplimiento de las normas vigentes y aplicables en todos los ámbitos de su actuación.
El respeto de los derechos humanos y, de manera particular, el respeto a la dignidad humana.
La protección y recuperación del medio ambiente.
La actuación responsable frente a la sociedad y los grupos de interés.
El rechazo de las prácticas corruptas y delictivas en general.
El desempeño de acuerdo con las reglas de competencia xxxxx y la lealtad con los demás
1.6.3. TRANSPARENCIA
CHEC, comprometida con los programas que se impulsan para combatir la corrupción en las diferentes esferas de la Administración y en desarrollo de los principios que rigen su contratación, manifiesta su deber de garantizar la absoluta transparencia en los procedimientos que se realicen para la selección objetiva de sus contratistas.
Por lo anterior, ante el conocimiento de cualquier indicio o evidencia que vinculen o puedan vincular a sus empleados en prácticas indebidas para el favorecimiento de quienes aspiren
a la aceptación de sus ofertas, solicitamos, para efectos de las investigaciones correspondientes, se informe al siguiente número telefónico: 00-0000-000000
La información obtenida será manejada con la más alta discreción y se reservará la identidad de quien la suministra.
1.6.4. RÉGIMEN LEGAL DE LA SOLICITUD DE OFERTAS Y DEL CONTRATO
El marco legal de la presente solicitud de ofertas y del contrato que se derive de ésta, será el Derecho Privado, conforme lo establecen las Leyes 142 y 143 de 1994 y Ley 689 de 2001 y por tanto, el Manual de Contratación de CHEC y demás normas y reglamentación interna vigente al momento de aceptar la oferta o suscribir el contrato; el Código de Comercio, las Leyes 222 de 1995 y 155 de 1959 en lo que respecta a conflictos de intereses; para inhabilidades e incompatibilidades las Leyes 142 de 1994 y 617 de 2000 y de manera especial, las causales y soluciones consagradas en la Ley 80 de 1993, artículos 8° y 9° o las normas que las modifiquen o complementen, así como las consagradas en la Ley 1474 de 2011 y las demás normas generales y que en materia de servicios públicos se establezcan.
En todo y cualquier caso, cuando sobrevenga un evento que pueda dar lugar a conflictos de intereses deberá aplicarse la regla según la cual debe privilegiarse el mejor interés de CHEC.
El contratista se obliga a acatar todas las disposiciones legales existentes y vigentes en materia sobre derechos de autor, confidencialidad de la información y Seguridad informática que sean aplicables conforme el objeto y alcance del contrato.
1.6.5. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
El oferente o contratista se compromete a darle aplicación a las prácticas sobre seguridad de la información que se han adoptado al interior de CHEC, por tal razón, con la presentación de la oferta asume todas las obligaciones de orden constitucional, legal y jurisprudencial tendientes a proteger los datos personales a los que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato. Por tanto, deberá adoptar todas las medidas necesarias que le permitan cumplir lo estipulado en la Ley 1581 de 2012 y lo que le resulte exigible de la Ley 1266 de 2008.
El oferente o contratista deberá adoptar todas las medidas de seguridad de tipo lógico, administrativo y físico que sean adecuadas de acuerdo a la naturaleza de la información personal a la que acceda, con el objeto de garantizar que este tipo de información no será usada, comercializada, cedida, transferida y no será sometida a cualquier otro tratamiento contrario a la finalidad expuesta y autorizada por los titulares de la misma.
Si con ocasión de la ejecución del contrato resulta necesario que CHEC haga entrega de información personal, se suscribirá un acta entre las partes en la cual se debe relacionar con detalle la información que se entrega, el uso permitido de esta información y las personas que pueden tener acceso a ella, acta que será parte integral del contrato.
CHEC informa al oferente o contratista que en Colombia configura delito el tratamiento no autorizado de datos personales, según lo dispuesto en la Ley 1273 de 2009.
Es obligación del oferente y/o contratista informar a CHEC cualquier sospecha de perdida, fuga o ataque contra la información personal a la que ha accedido o trata con ocasión del contrato, aviso que deberá dar una vez tenga conocimiento de tales eventualidades.
1.7. PROCESO DE LA SOLICITUD DE OFERTAS Y CONTRATACIÓN
1.7.1. APERTURA DE LA SOLICITUD DE OFERTAS
Los términos de referencia se publicarán en la página web de CHEC xxx.xxxx.xxx.xx desde el día lunes 1 de diciembre de 2014, así podrán presentar sus inquietudes los posibles oferentes como resultado de las visitas a la página web de CHEC.
1.7.2. SOLUCIÓN DE CONSULTAS, MODIFICACIONES Y ACLARACIONES DE LA SOLICITUD DE OFERTAS.
Los términos de referencia podrán consultarse en el Área de Suministro y Soporte Administrativo de CHEC, Estación Xxxxx, Manizales y aclarar todas las inquietudes con Xxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx o Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, en horario de oficina de 7:30 a 12 a.m. y de 1:30 a 6 p.m. al teléfono 8899000 extensiones 1436 y 2425 o a través de los correos electrónicos xxxx.xxxx@xxxx.xxx.xx y xxxxx.xxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx
Los oferentes podrán solicitar aclaraciones por escrito hasta tres (3) días hábiles anteriores a la fecha de cierre de la solicitud de ofertas. Ni las consultas ni las respuestas a éstas, producirán efectos suspensivos sobre el plazo de presentación de las ofertas.
CHEC podrá hacer las aclaraciones o modificaciones que considere necesarias hasta dos
(2) días hábiles antes del cierre de la solicitud de ofertas.
Toda modificación se hará mediante adendas numeradas, las cuales formarán parte integral de la solicitud de oferta. Las adendas se publicarán en la página web de CHEC, en días hábiles y horarios laborales.
1.8. CIERRE DE LA SOLICITUD DE OFERTAS
El cierre de la solicitud de ofertas y la apertura de las ofertas presentadas tendrá lugar en el Equipo Cadena de Suministro de CHEC, Estación Xxxxx, Manizales, el día lunes 15 de diciembre de 2014 a las 10:00 a.m. en el reloj de dicha dependencia. En dicha apertura podrán estar presentes los oferentes o sus delegados.
Las ofertas deben depositarse antes de la hora fijada como cierre en la URNA del Equipo Cadena de Suministro de CHEC, en original y una (1) copia.
CHEC no tendrá en cuenta las ofertas que no se encuentren en la urna a la hora mencionada, ni aquellas que sean enviadas por fax o correo electrónico.
Los oferentes deben tener presente que en CHEC existe un control previo para autorizar el ingreso de personas a sus instalaciones, por lo tanto, el oferente o su delegado deberá presentarse con suficiente anticipación respecto a la hora límite para la entrega de ofertas. CHEC no se responsabiliza por demoras o retardos en la entrega de la oferta causados por el ejercicio de los controles de acceso mencionados.
1.9. CONDICIONES DE LA OFERTA
1.9.1. REGISTRO Y VERIFICACIÓN
Los oferentes deberán tener inscripción vigente en el registro de proveedores y contratistas grupo EPM a la fecha de cierre de la presentación de ofertas. El registro por el que deberán optar los oferentes será el integral. (Subsanable)
Los oferentes no deberán presentar en su oferta la constancia de inscripción en Konfirma, como tampoco los documentos que acreditan el cumplimiento de requisitos que se enuncian a continuación, dado que éstos serán verificados en dicho sistema por parte del trabajador designado por la dependencia responsable de CHEC:
Certificado de Existencia y Representación Legal.
Estados Financieros (Balance General y Estado de Resultados, con las notas respectivas) del último año, con corte a 31 de diciembre de 2013.
Certificados de experiencia de acuerdo con lo descrito en el numeral REQUISITOS PARA PARTICIPAR.
Por lo anterior, estos documentos deberán estar actualizados en el registro integral de proveedores y contratistas grupo EPM a más tardar a la fecha y hora de cierre de presentación de ofertas (Subsanable)
En caso de no estar inscrito o de no tener la información actualizada, el oferente debe tener presente que los documentos exigidos para este registro se deben enviar con suficiente antelación a la fecha de cierre de la solicitud de ofertas, pues la administradora de la base de datos tiene 48 horas en días hábiles, contadas a partir de la radicación de los documentos, para aceptar o rechazar la solicitud.
Ni el envío, ni la radicación de documentos en Konfirma indican que el oferente se encuentre inscrito en el registro de proveedores, pues sólo se cumplirá con el requisito de participación cuando Konfirma le notifique al solicitante que el registro ha sido exitoso.
Los oferentes, una vez registrados en Konfirma, deben permanentemente actualizar la información que allí reposa.
El correo electrónico para iniciar el trámite de inscripción es xxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx, teléfono 0000000, Medellín.
1.9.2. IDIOMA DE LA OFERTA
La oferta, correspondencia y todos los documentos que la integran deberán estar escritos en idioma español.
1.9.3. VIGENCIA DE LA OFERTA
La oferta deberá estar vigente por noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre de la solicitud de ofertas. Si el cierre se llegare a prorrogar, la fecha de cierre, será esta última fecha. La vigencia de la oferta debe ser manifestada en la carta de presentación.
En caso de requerirse, la Empresa podrá solicitar la ampliación de la vigencia de la oferta y de la garantía de seriedad.
1.9.4. DOCUMENTOS DE LA OFERTA
Los oferentes no deberán presentar en su oferta la constancia de inscripción en Konfirma, como tampoco los documentos que acreditan el cumplimiento de requisitos que se enuncian a continuación, dado que éstos serán verificados en dicho sistema por parte del trabajador designado por la dependencia responsable de CHEC:
Certificado de Existencia y Representación Legal.
Estados Financieros (Balance General y Estado de Resultados, con las notas respectivas) del último año, con corte a 31 de diciembre de 2013.
Certificados de experiencia de acuerdo con lo descrito en el numeral REQUISITOS PARA PARTICIPAR.
Los documentos que se solicitan en este numeral deberán presentarse impresos o fotocopiados, según sea el caso. La falta de documentos en el original impedirá que la oferta sea tenida en cuenta para su evaluación, salvo si son subsanables.
El término “subsanable” indica que si el documento ha sido presentado pero posee algún error o inconsistencia, podrá ser corregido; igualmente, si el documento no ha sido presentado, podrá ser solicitado.
El término “subsanable siempre y cuando…”, indica que podrá corregirse el documento, siempre que se cumpla la condición estipulada en el respectivo literal.
El término “no subsanable” indica que no se puede corregir ni aportar el documento con posterioridad a la presentación de la oferta y será causal de rechazo de la oferta.
La corrección o aporte de documentos debe hacerse en el tiempo que CHEC lo establezca, so pena de rechazo de la oferta.
Para facilitar la correcta integración de la oferta por parte del oferente, su estudio y
evaluación por CHEC, el Oferente deberá integrar los documentos de la oferta en el mismo orden en que se relacionan a continuación:
a) Carta de presentación de la oferta, la cual debe ser diligenciada en el formato adjunto. (Subsanable siempre y cuando sea presentada, a excepción de la firma)
b) Si el representante legal requiere de alguna habilitación especial para presentar la oferta y contratar, debe adjuntar la autorización previa de la Junta Directiva o del órgano social competente, en la cual conste que está facultado para presentar la oferta y firmar el contrato hasta por el valor de la oferta. (Subsanable).
c) El original de la garantía de seriedad de la oferta, acompañada del recibo de pago de la prima (recibo de caja), expedido por la entidad aseguradora. (Subsanable siempre y cuando sea presentada).
d) Certificado de antecedentes disciplinarios, el cual podrá descargarse de la página xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx (Subsanable)
e) Certificado de antecedentes fiscales, el cual podrá descargarse de la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx (Subsanable)
f) Xxx y Xxxxx de aportes parafiscales, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 50 la ley 789 de 2002. En el caso de las personas naturales deberán diligenciar el formato adjunto. (Subsanable).
g) Recibo de ingreso expedido por CHEC por concepto de términos de referencia de acuerdo a lo establecido en el numeral 1.4. (Subsanable, siempre y cuando el pago se haya realizado antes de la hora de cierre de la solicitud de ofertas)
h) Constancia de asistencia a la reunión obligatoria (Subsanable, siempre y cuando haya asistido a la visita)
i) Documento de autorización de asistencia a la reunión obligatoria, en caso tal que no se haya sido aportado el día de la reunión (Subsanable).
j) Oferta económica, para lo cual el oferente debe presentar formato adjunto. (No subsanable salvo informalidades o errores aritméticos)
k) Certificado de gestión de calidad vigente basado en la norma ISO 9001 versión 2008, relacionado con actividades de transporte terrestre de personas y carga. Dicho certificado deberá estar vigente durante todo el contrato. (Subsanable)
l) Habilitación del oferente para el servicio de transporte público terrestre automotor especial y de carga. (Subsanable)
m) Relación de incumplimientos en la ejecución de contratos, según formato adjunto. (Subsanable siempre que se evidencie que el oferente no ha sido sancionado acorde con lo requerido, pues en caso de no presentación y comprobarse que si ha tenido multas y/o sanciones, la oferta será rechazada).
En cuanto a requisitos subsanables deberán ser presentados en el término que CHEC le señale al oferente, so pena de rechazo de la oferta.
1.9.5. VERIFICACIÓN Y SOLICITUD DE INFORMACIÓN
CHEC se reserva el derecho de verificar la información aportada por el oferente y en caso de encontrar alguna inconsistencia, la oferta podrá ser eliminada
En todo caso, CHEC se reserva el derecho de sanear las informalidades u omisiones no sustantivas de las ofertas y de pedir aclaraciones o informaciones adicionales sin que ello implique el derecho de los oferentes a modificarlas. Así mismo, será un criterio de interpretación la prevalencia de la verdad sustancial y material, sobre lo simplemente procedimental o documental.
1.9.6. CLARIDAD SOBRE OBLIGACIONES
Cuando se soliciten cuadros, análisis, detalles, especificaciones, el oferente deberá incluirlos en su oferta.
Los formatos establecidos para ser diligenciados no podrán ser modificados y en caso tal de hacerlo se solicitará al oferente correspondiente que consigne la misma información que aportó en su oferta en los formatos que fueron suministrados por CHEC para tal fin, so pena de rechazo de la oferta, con excepción de la oferta económica, la cual no podrá ser modificada toda vez que sólo tiene posibilidad de ser subsanada para errores aritméticos y errores de forma que no afecten el monto de la oferta económica; en cualquier otro caso se generará el rechazo de la oferta.
1.9.7. PREPARACIÓN, PRESENTACIÓN Y FOLIADO DE LA OFERTA
Los oferentes deberán asumir todos los gastos y costos resultantes de la preparación y presentación de la oferta y en ningún caso serán reembolsables, cualquiera que sea el resultado del proceso de contratación.
Los oferentes presentarán la oferta en sobres cerrados, en original y una (1) copia, indicando claramente en cada sobre el tipo de oferta que contiene y marcado:
“OFERTA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE EN LAS MODALIDADES DE SERVICIO PÚBLICO ESPECIAL Y DE CARGA”
Se requiere que las copias posean los mismos documentos que el original.
Si se presenta alguna discrepancia documental, textual y/o de contenido o de número de folios entre el original de la oferta y la copia, prevalecerá el de la oferta original.
El oferente deberá elaborar la oferta de acuerdo con lo establecido en la presente solicitud de ofertas, y debe incluir sus anexos en caso que los hubiese y adjuntar la totalidad de la documentación exigida.
La oferta se presentará cumpliendo además con los siguientes aspectos de forma:
a) Elaborar tabla de contenido y ordenar los documentos conforme se incluye en el numeral 1.9.4. Documentos de la Oferta.
b) Foliar todos los documentos, certificados, tablas y análisis requeridos y presentados, los cuales deberán estar enlistados en la tabla de contenido.
Las ofertas deben depositarse antes de la hora fijada como cierre, en la URNA del Equipo Cadena de Suministro de CHEC.
La presentación de la oferta se considerará como una manifestación expresa por parte del oferente, de que conoce y acata el Manual de Contratación de CHEC y acata las condiciones del presente documento, que ha examinado el mismo en sus condiciones y especificaciones y que acepta que los documentos están completos, son compatibles y adecuados para determinar el objeto y las demás estipulaciones del contrato, y que por lo mismo, ha formulado su oferta en forma seria, cierta, precisa y coherente. En consecuencia, CHEC no será responsable por descuidos o indebida interpretación que del documento de condiciones y demás documentos u otros hechos haga el oferente que puedan incidir en la elaboración de la oferta.
El oferente deberá examinar cuidadosamente todos los documentos que se acompañen e informarse completamente sobre todas las circunstancias que puedan influir, en alguna forma, sobre el contrato a ejecutar y sus costos.
No se aceptarán ofertas enviadas por correo electrónico, telefax o similares.
1.9.8. PRECIO
El oferente presentará su oferta en pesos colombianos.
El oferente deberá ofertar como mínimo un valor hora para los vehículos categoría 2 de
$17.700, en caso de que se oferte un valor inferior a éste, la oferta será descalificada.
El contratista deberá pagar como mínimo, un valor hora para los vehículos categoría 2 de
$15.000 a los propietarios de los mismos, para lo cual el contratista deberá contemplar este valor dentro de la oferta económica para esta categoría.
Los precios del objeto y alcance de esta solicitud de oferta serán fijos y firmes por el término contractual.
Los precios ofrecidos deberán cubrir todos los costos directos e indirectos requeridos para cumplir a cabalidad con el objeto y alcance estipulados en esta solicitud de oferta, incluyendo el costo de las garantías que se estipulan en el contrato, el pago de la totalidad
de impuestos y demás gastos que demande la formalización y ejecución del mismo, dentro de los plazos propuestos.
En caso de existir discrepancias entre el valor unitario y el valor total, CHEC tomará para efectos de evaluación, comparación y aceptación de la oferta, el valor unitario. Igualmente, si existen errores aritméticos o diferencias entre la oferta marcada como original y la copia, prevalecerá la información suministrada en el original.
1.9.9. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
El oferente deberá presentar el original de la póliza de seriedad de la oferta firmada por el oferente, tomada a favor de particulares, expedida por una entidad Bancaria o una compañía de Seguros legalmente establecida en el país, preferiblemente con sucursal en Manizales, así mismo podrá presentar la PÓLIZA PARA GRANDES BENEFICIARIOS CHEC, la cual puede ser solicitada en un punto de la compañía de SEGUROS DEL ESTADO S.A. que se encuentra ubicado en el Edificio 1, piso 1 de CHEC Estación Xxxxx, teléfono 0000000, Ext. 2448.
El oferente deberá presentar el correspondiente recibo de caja en el cual conste el pago de la prima, expedido por la entidad aseguradora a cargo del oferente. No se aceptan constancias de pago o certificados similares, tampoco recibos de intermediarios o corredores de seguros.
El valor asegurado será el equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del valor total de la oferta presentada, incluyendo IVA. La póliza debe ser expedida a favor de la CENTRAL HIDROELÉCTRICA XX XXXXXX S.A. E.S.P., NIT 890.800.128-6.
La vigencia de la garantía será mínimo de 90 días calendario, contados a partir de la fecha de cierre de la solicitud de ofertas.
Mediante este amparo el oferente garantiza a CHEC el cubrimiento de los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento realizado por el oferente y que se materializa, entre otros, en los siguientes casos:
- No suscribir, sin justa causa para ello, el contrato o el convenio, para el cual el oferente Garantizado, presentó la oferta.
- No mantener las condiciones de la oferta, por parte del oferente Garantizado.
- El retiro de la oferta del oferente Garantizado, luego de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas, sin la autorización o aprobación escrita de CHEC.
- La no realización por el oferente Garantizado, de todos los trámites necesarios para suscribir o perfeccionar el contrato o convenio, para el cual se ofertó.
- Cualquier otro evento, que pueda demostrar en forma inequívoca, a CHEC, referente a la falta de seriedad del oferente Garantizado, respecto de la oferta presentada por este último.
En todo caso, la vigencia xxx xxxxxx de seriedad del ofrecimiento, se extenderá desde el momento de presentación de la oferta o propuesta al Asegurado, por el Garantizado, hasta la fecha de expedición de la póliza de seguro de cumplimiento que ampare los riesgos propios del contrato garantizado.
La citada garantía de seriedad debe entregarse firmada por el oferente.
1.9.10. EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL
La existencia y representación legal de los oferentes será verificada a través del Sistema Konfirma, mediante el certificado que para el efecto expida la Cámara de Comercio correspondiente o el ente que haga sus veces.
La duración de las personas jurídicas no será inferior a la del plazo contractual y tres (3) años más.
Si el representante legal que firma la oferta requiere de alguna habilitación especial para presentar la oferta y/o suscribir el contrato, deberá adjuntar la autorización previa de la Junta Directiva o del organismo social competente.
1.9.11. RESPONSABILIDAD POR INTERPRETACIÓN
Las interpretaciones o deducciones que el oferente haga sobre este documento serán de su exclusiva responsabilidad.
1.9.12. OTRAS CONDICIONES
El oferente deberá examinar en detalle la presente solicitud de ofertas, allegar toda la información adicional que considere necesaria; aclarar con CHEC todos los puntos inciertos e informarse de todas las condiciones y circunstancias que puedan afectar en alguna forma la ejecución del contrato y sus plazos.
En todo caso el oferente está obligado a investigar toda la información posible, aparezca o no en la presente solicitud de ofertas y complementarla de acuerdo con el criterio y la experiencia de la firma.
La oferta puede invalidarse por la comprobación de falsedad en la información suministrada; por la no presentación de la cotización conforme a lo especificado o por la omisión en la presentación de los documentos e información requerida.
Por el solo hecho de presentar la oferta, el oferente hace constar expresamente que estudió cuidadosamente las condiciones de ejecución del contrato, el tipo de servicio a ejecutar o bien a suministrar, su naturaleza y calidad; así mismo, el contratista hace constar que conoce todos los requisitos e impuestos exigidos por las leyes colombianas; que conoce cada una de las estipulaciones del documento de condiciones y especificaciones y ha hecho
todos los estudios necesarios para entender completamente el propósito de todas las partes del contrato y su naturaleza. Todos estos factores, favorables o desfavorables, que puedan influir en la ejecución del contrato y todas las demás condiciones que puedan afectar el costo o el plazo para ejecutarlos fueron tenidos en cuenta por el contratista al formular la oferta y su influencia no será alegada por él como causal que justifique reclamación alguna o el incumplimiento del presente contrato.
1.10. APERTURA DE LAS OFERTAS Y ANÁLISIS DE LAS OFERTAS
En la apertura podrán estar presentes los oferentes o sus delegados.
El día de apertura se leerá el nombre de los oferentes y el valor total de la oferta.
La citada información se incluirá en el acta de apertura de ofertas y será conocida por los oferentes en la sesión de apertura.
El estudio pormenorizado de la documentación se llevará a cabo por parte de las personas que designe CHEC para tal efecto.
CHEC realizará la evaluación de las ofertas procurando la selección de la mejor oferta para la Empresa, para lo cual verificará y evaluará los aspectos legales, contractuales, financieros, técnicos y económicos de las ofertas.
1.10.1. ACLARACIÓN DE LAS OFERTAS
En caso de que CHEC lo considere necesario, podrá solicitar a los oferentes en el período de evaluación de las ofertas, aclaraciones, informaciones o certificaciones adicionales y condicionar la evaluación de la oferta a la presentación de dichas aclaraciones, informaciones o certificaciones. Las aclaraciones que solicite CHEC y las que presenten los oferentes, no podrán modificar la oferta o los precios de la misma, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes.
Igualmente, la oferta podrá ser eliminada si las respuestas no llegan dentro del plazo fijado por CHEC.
1.10.2. ADMISIÓN O RECHAZO DE LAS OFERTAS
Una oferta será admisible cuando haya sido presentada oportunamente y esté ajustada a la solicitud de oferta. Se considera ajustada a la solicitud de oferta, la que cumpla con todos y cada uno de los requisitos establecidos en los diferentes ítems de los mismos y además no se encuentre comprendida en uno de los siguientes casos:
a. Cuando el oferente no tenga inscripción vigente en el registro de proveedores y contratistas grupo EPM.
b. Cuando la oferta no cumpla con el objeto de la presente solicitud pública de ofertas.
c. Cuando existan varias ofertas presentadas por el mismo oferente para esta solicitud de ofertas.
d. Cuando la oferta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse o que no cumplan todas las calidades y condiciones de participación indicadas dentro de esta solicitud de ofertas.
e. Cuando la oferta esté incompleta por no incluir alguno de los documentos requeridos en la solicitud de ofertas que permitan la comparación de las ofertas, o cuando contengan defectos no subsanables, o cuando siendo subsanables no fueron presentados dentro del término señalado por CHEC.
f. Cuando definitivamente no se suscriba y se firme la carta de presentación de la oferta por el oferente o el representante legal de la firma, en las condiciones establecidas en la presente solicitud de ofertas o cuando éste no se encuentre debidamente autorizado para presentar la oferta de acuerdo con los estatutos sociales.
g. Cuando el oferente intente indebidamente enterarse de las evaluaciones o influir en el proceso de evaluación de las ofertas o en la decisión sobre la aceptación de oferta.
h. Cuando CHEC al verificar la información presentada, encuentre que no corresponde a la realidad.
i. Cuando el oferente presente precios reajustables.
CHEC considerará inconvenientes las ofertas que no cumplan con las exigencias jurídicas, financieras y técnicas exigidas en la solicitud de ofertas, y por consiguiente se abstendrá de calificarlas según el caso y procederá a su rechazo.
1.10.3. DECLARATORIA DE FALLIDO DE LA SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS
CHEC podrá declarar fallido el proceso de contratación cuando:
a. Del análisis de las ofertas se determine que ninguna de ellas es admisible o favorable de acuerdo con lo establecido por la Empresa.
b. En la fecha y hora de cierre de solicitud de ofertas y apertura no se presente ninguna oferta.
1.10.4. CLÁUSULA DE RESERVA
CHEC se reserva el derecho de aceptar o no alguna oferta o de aceptarla total o parcialmente; así mismo y en cualquier momento, podrá suspender o terminar el presente
proceso de solicitud de ofertas, sin que por ello se genere ningún tipo de responsabilidad o indemnización a favor de los oferentes.
Operará la devolución de los dineros pagados por concepto de los términos de referencia si el proceso termina por razones imputables a CHEC, mas no por la presentación de ofertas que no cumplan con los requisitos o no se ajusten a las necesidades de la Empresa.
Con todo, si se presenta una única oferta o sólo resulta una elegible, CHEC podrá aceptarla al oferente que la presentó, siempre y cuando reúna todos los requisitos establecidos en esta solicitud de ofertas y se ajuste a los intereses de CHEC.
1.10.5. EVALUACIÓN Y ACEPTACIÓN DE OFERTAS
1.10.5.1. DESVIACIONES
Los errores de carácter matemático, aritmético o formal que presenten las ofertas serán corregidos directamente por CHEC y son de forzosa aceptación por el contratista, de la siguiente manera:
a) Si existiesen discrepancias entre un precio unitario y el precio total que se obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario. El precio total será corregido a menos que exista un error evidente en el punto decimal del precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado y se corregirá el precio unitario.
b) Si existiese un error en un precio total como consecuencia de la suma o resta de subtotales, prevalecerán los subtotales y el precio total será corregido.
c) Si existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, salvo que la cantidad expresada en palabras tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerá el monto en cifras con sujeción a los literales (a) y
(b) precedentes.
1.10.5.2. PRESELECCIÓN
El análisis de las ofertas en la etapa de preselección es habilitador y no genera puntaje alguno.
En esta etapa se evaluará el cumplimiento de todos los aspectos contemplados en la presente solicitud de ofertas. Aquellas ofertas que no cumplan con lo establecido serán eliminadas.
La oferta debe superar los análisis que a continuación se describen para permitirse la evaluación económica final.
1.10.5.3. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN
La evaluación de las propuestas se fundamenta en los siguientes aspectos:
Análisis Contractual y legal.
Análisis financiero
Experiencia del oferente y requisitos de participación
Análisis Técnico
CHEC se reserva el derecho de sanear las informalidades u omisiones no sustantivas de las ofertas y de pedir aclaraciones o informaciones adicionales sin que ello implique el derecho del oferente a modificarla. En todo caso será un criterio de interpretación la prevalencia de la verdad sustancial y material, sobre la simplemente procedimental o documental.
a) Análisis contractual y legal:
Este análisis no tiene ponderación alguna, se trata del estudio que realizará el Equipo Cadena de Suministro de CHEC, para determinar si la oferta se ajusta a los requerimientos de los presentes términos y se efectuará sobre los documentos de contenido legal y/o contractual. Las ofertas que no cumplan con los requisitos no subsanables exigidos, serán rechazadas y por tanto, no continuarán el proceso de evaluación.
b) Análisis financiero
Se trata de un análisis habilitador, para continuar el proceso de selección.
En éste se evaluará y calificará la capacidad del oferente para cumplir con el objeto de la presente solicitud de ofertas en caso de resultar favorecido, los que aprueben la solidez financiera, puntaje mayor o igual a 14 puntos, continúan con la evaluación.
El puntaje por solidez financiera del oferente se calculará teniendo en cuenta los estados financieros desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año 2013 que el oferente presente, para lo cual se aplicarán los siguientes cuatro (4) indicadores, cuyos puntajes se distribuyen de acuerdo con su importancia, tal como se muestra en el siguiente cuadro:
Ítem | Nombre del indicador | Fórmula Aplicada | Puntaje si cumple la condición. | Condición |
1 | EBITDA | Ingresos operacionales - Costos de venta efectivos - Gastos de administración efectivos | 8 | No puede ser menor de $630.000.000 |
2 | Capital de Trabajo Neto Operativo | Cuentas por Cobrar del Negocio + Inventarios – Cuentas por Pagar a proveedores de bienes y servicios | 6 | No puede ser menor de $420.000.000. |
3 | Índice de Endeudamiento | Pasivo Total / Activo total | 3 | No puede ser mayor a 0,6 |
4 | Cubrimiento Carga Financiera | EBITDA/Gastos Financieros del Periodo. | 3 | No puede ser menor que 1,5 veces |
Para efectos de calcular el EBITDA
En las ventas o ingresos del periodo, sólo se tendrán en cuenta los ingresos correspondientes a la operación del negocio. No se tendrán en cuenta los otros ingresos que no sean operacionales.
En los costos de venta efectivos se tendrán en cuenta los costos de operación, excluyendo las cuentas no efectivas.
En los gastos de administración efectivos, se tendrán en cuenta los gastos operacionales y se excluirán las cuentas no efectivas.
Para efectos de calcular el Capital de Trabajo Neto Operativo
Se entenderá como cuentas por cobrar del negocio la cartera y los anticipos entregados distintos a impuestos. En las cuentas por cobrar no se consideran para efectos de calcular el capital de trabajo neto operativo, los saldos de deudores varios, los saldos de préstamos a socios, los saldos de préstamos a particulares, los anticipos de impuestos, ni los préstamos otorgados a empleados.
Solo se tendrán en cuenta las cuentas por cobrar del negocio, netas, después de las provisiones de cartera.
En las cuentas por pagar se tendrán en cuenta todas las cuentas del pasivo corriente, menos las obligaciones financieras de corto plazo, y algunas cuentas que pueden aparecer ocasionalmente como dividendos por pagar e intereses por pagar.
En las cuentas por pagar se tendrán en cuenta las cuentas por pagar a socios y si se tienen clasificadas en el largo plazo, serán reclasificadas para efectos de análisis de la solidez, en el corto plazo.
Se realizarán los cálculos para cada uno de los indicadores teniendo en cuenta las fórmulas descritas en el cuadro anterior, cuyos puntajes obtenidos se indican en la tercera columna.
Datos para el cálculo de los indicadores financieros
Los datos para el cálculo de los indicadores financieros se extractan únicamente del balance, estado de resultados y notas oficiales de aclaración de los mismos que estén debidamente suscritos por el representante legal, el contador y el revisor fiscal, si da lugar.
Aquellas ofertas que no cumplan con lo establecido en el análisis financiero serán descartadas.
c) Experiencia del oferente y requisitos de participación:
Se verificará el cabal cumplimiento de la experiencia específica, así como de los demás requisitos de participación, lo cual habilitará al oferente para continuar con el análisis de su oferta.
d) Análisis técnico:
Se verificará el cumplimiento de las especificaciones técnicas mínimas exigidas en el presente documento, mediante la comprobación de ajuste con los requisitos. Así mismo, no serán objeto de evaluación las ofertas que no cumplan con los requerimientos técnicos exigidos.
La oferta que no permita por error u omisión facilitar la comprobación cabal del cumplimiento a los citados requisitos será eliminada.
1.10.5.4. SELECCIÓN Y ORDEN DE ELEGIBILIDAD
Se hará selección y orden de elegibilidad para aquellas ofertas que hayan cumplido con todos los criterios habilitadores.
El oferente deberá ofertar la totalidad de las categorías incluidos en el cuadro de la oferta económica. No se admiten ofertas parciales.
En la oferta económica sólo se admiten correcciones en las operaciones aritméticas para obtener el valor, razón por la cual se hará la selección para los valores debidamente corregidos, incluido IVA.
Se asignará un puntaje máximo de 100 puntos al oferente que, cumpliendo a cabalidad con los requisitos habilitadores, presente la oferta de menor valor económico e inversamente proporcional a las demás ofertas, de acuerdo con la siguiente expresión:
P P1 *100
P
X
Dónde:
P: Puntaje de ponderación
P1: Valor de la oferta evaluable más baja.
Px: Valor de la oferta que se está ponderando.
En caso de empate, CHEC aceptará la oferta al oferente que presente menor número de
penalizaciones, multas y/o sanciones. Si persiste el empate, CHEC optará por el desempate mediante el sistema de balotas, en presencia de los oferentes.
Nota:
El oferente deberá ofertar como mínimo un valor hora para los vehículos categoría 2 de
$17.700, en caso de que se oferte un valor inferior a éste, la oferta será descalificada. El contratista deberá pagar como mínimo, un valor hora para los vehículos categoría 2 de
$15.000 a los propietarios de los mismos, para lo cual el contratista deberá contemplar este valor dentro de la oferta económica para esta categoría.
1.10.5.5. INCUMPLIMIENTO EN CONTRATOS EJECUTADOS
Al proponente que no tenga relacionada ninguna sanción, multa o incumplimiento en los últimos tres (3) años hasta la fecha límite para la presentación de las ofertas, no se le disminuirá el puntaje obtenido y a quienes tengan algún evento de los mencionados, se le disminuirá, por cada uno de ellos, dos (2) puntos en el puntaje obtenido.
El demérito o disminución en el puntaje se aplicará a los casos en los que el proponente haya sido objeto de “multas”.
Por “multa” deben entenderse tanto los eventos explícitamente calificados como tales como los que, bajo cualquier otra denominación, hayan dado lugar a sanciones, penalizaciones, deducciones al contratista o a su obligación de resarcir perjuicios causados a la entidad contratante.
En los casos señalados el demérito se aplicará sólo cuando el acto respectivo se encuentre en firme o ejecutoriado, o haya sido efectivamente aplicado por la entidad pública o privada correspondiente dentro de los tres (3) últimos años contados hasta la fecha límite para la presentación de las ofertas.
El demérito en puntaje que se aplicará al oferente por concepto de cada multa cuando el acto respectivo se encuentre en firme o ejecutoriado, o haya sido efectivamente aplicado será de dos (2) puntos, sin considerar si el contrato se encuentra terminado o en ejecución
En el caso de las multas o incumplimientos en que haya incurrido un contratista durante la ejecución de un contrato con CHEC, se entiende por firme o aplicado el correspondiente acto en la fecha de la comunicación mediante la cual CHEC le informa al contratista que se ratifica la declaratoria de la multa o incumplimiento con base en la causal respectiva, bien sea mediante suscripción de acta o envío de comunicación y siempre que el contratista haya hecho uso del derecho que le otorgan las reglas de contratación aplicables en cada caso, de exponer los argumentos con los cuales pretende justificar el incumplimiento.
Para la aplicación de los deméritos en puntaje que aquí se establecen, no se requiere que las multas o incumplimientos se encuentren registrados o reportados ante las cámaras de comercio correspondientes.
Los oferentes deberán indicar en la oferta, en el formato que se adjunta para tal fin, la información respectiva para verificar dicha situación; la omisión o el ocultar información dará como resultado la no evaluación de la oferta y en caso tal que ya se haya aceptado la oferta, la imposición de una deducción por un valor correspondiente a 15 SMLMV.
La anterior información debe ser consignada en el formato INCUMPLIMIENTO EN LA EJECUCIÓN DE CONTRATOS.
1.10.5.6. INFORME DE EVALUACIÓN A LOS OFERENTES
El informe de evaluación se pondrá a disposición de los oferentes que presentaron ofertas, por un término de tres (3) días hábiles, para que presenten observaciones sobre las mismas en el plazo mencionado.
El informe de evaluación se enviará al correo electrónico de cada uno de los oferentes, así mismo, estará disponible para tales efectos en el Equipo xx Xxxxxx de Suministro, en ningún caso se permitirá la toma de fotocopias, fotografías y similares de documentos; así mismo, en ejercicio de esta facultad, los proponentes no podrán completar, adicionar, mejorar, retirar o modificar las ofertas propias o ajenas. Cualquier actuación encaminada a tal sentido conllevará el rechazo de la oferta del proponente responsable de tal conducta.
Por el hecho de presentación de las ofertas y de acuerdo con lo contenido en la carta de presentación, los oferentes autorizan a CHEC para que durante el lapso de los tres días sus ofertas puedan ser enseñadas a los demás oferentes.
1.10.6. ACEPTACIÓN DE LA OFERTA
CHEC aceptará la propuesta al oferente que obtenga la mayor puntuación, siempre y cuando cumpla con todos los requerimientos descritos en la solicitud de ofertas.
Si es del caso CHEC podrá proceder a una negociación directa o a un ajuste económico.
Si ninguna de las ofertas se ajusta a los intereses económicos de CHEC las ofertas podrán ser rechazadas sin necesidad de dar explicación o contraprestación a los oferentes.
1.10.6.1.1. NEGOCIACIÓN DIRECTA
Se podrá realizar negociación directa cuando existiendo una sola oferta elegible el jefe de la dependencia responsable de la contratación considere que se pueden obtener mejores condiciones comerciales. En este evento no podrá haber cambios sustanciales de las condiciones técnicas.
1.10.6.1.2. AJUSTE ECONÓMICO
Cuando las propuestas recibidas sean económicamente inconvenientes, previos estudios y
análisis pertinentes, el jefe de la dependencia encargada del trámite contractual decidirá si se procede a la etapa de ajuste económico, siempre con arreglo a los principios señalados en el Manual de Contratación de la Empresa.
En este caso, se solicitará a los proponentes que resulten elegibles que presenten una nueva propuesta económica en sobre cerrado, dentro del término que con tal fin se fije, vencido el cual se procederá a su apertura y a la evaluación de las ofertas, considerando los factores de ponderación establecidos.
Durante la etapa de ajuste económico ningún proponente podrá retirar su oferta, ni introducir modificaciones diferentes a las económicas, ni hacerla más desfavorable.
1.11. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
1.11.1. NATURALEZA DEL CONTRATO
El contrato se entenderá como de PRESTACIÓN DE SERVICIOS y por lo tanto, el contratista actuará por su propia cuenta y riesgo, con absoluta autonomía y sus empleados no estarán sometidos a subordinación laboral de CHEC, sus derechos se limitarán, de acuerdo con la naturaleza del contrato, a exigir el cumplimiento de las obligaciones de CHEC y a recibir el pago de la contraprestación pactada.
1.11.2. PLAZO PARA LA FIRMA DEL CONTRATO Y PERFECCIONAMIENTO
Los contratos se perfeccionan en la fecha en que el oferente seleccionado recibe la carta de aceptación de la oferta.
Los contratos sin cuantía, los superiores a 1000 SMMLV o de cuantía estimada superior a dicho monto, se contendrán en un documento suscrito por las partes vinculadas por el nexo contractual.
En el evento de renuencia absoluta para formalizar el contrato o para aportar los documentos necesarios para la iniciación del mismo (ya sea el primero, xxxxxxx x xxxxxxx de los elegibles), el incumplido ocasionará hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
El plazo para suscribir el contrato y allegar los documentos requeridos para la formalización del respectivo contrato será de cinco (5) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación de la aceptación de la oferta.
La siguiente información la debe dirigir al Equipo Cadena de Suministro:
Las garantías requeridas por CHEC, las cuales deben estar debidamente firmadas por el CONTRATISTA con el recibo de pago de la prima correspondiente (recibo de caja).
Para la iniciación del plazo de ejecución del contrato, deberán estar previamente aprobadas
las garantías por parte de CHEC.
1.11.3. INICIACIÓN
El oferente al que se le acepte la oferta, deberá presentar antes de la suscripción del contrato, fotocopia de las tarjetas de operación de los posibles vehículos con los cuales se prestaría el servicio. Además, deberán anexar fotocopia del documento que acredite que los vehículos de carga se encuentran inscritos en el Registro Nacional de Transporte de Carga. Así mismo, debe cumplir con la afiliación de la totalidad del personal al Sistema de Seguridad Social Integral y a CONFAMILIARES y surtir los exámenes médicos de ingreso.
Una vez firmado el contrato y entregados los documentos solicitados por CHEC, se requerirá por escrito o verbalmente al contratista, para que cumpla en un plazo no superior a cinco (5) días calendario posterior al requerimiento con los siguientes requisitos:
Presentación del parque automotor con sus documentos respectivos.
Hojas de vida de todo el personal a contratar.
Surtir los exámenes médicos de ingreso
Posterior al cumplimiento de estos requisitos, se firmará el acta de iniciación de los trabajos por el interventor y el contratista, previa aprobación de CHEC, de las garantías ofrecidas por el contratista.
CHEC no pagará ni se hará responsable por los trabajos que realice el contratista con anterioridad a la fecha de iniciación estipulada en el acta.
1.11.4. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del contrato es de quinientos cuarenta y ocho (548) días calendario, contados a partir de la firma del acta de Inicio.
El contrato se entenderá finalizado cuando se cumpla el plazo o cuando se agote el valor, cualquiera ocurra primero.
1.11.5. RENOVACIÓN
El contrato podrá ser renovado por acuerdo entre las partes. En tal caso, los precios no serán reajustados, pues estos tendrán reajuste por cambio de año
El contrato se incrementará a partir del 1 de enero de cada año con base en el IPC decretado por el Gobierno Nacional del año inmediatamente anterior.
1.11.6. DOMICILIO CONTRACTUAL
Para efectos contractuales se establece como domicilio la ciudad de Manizales.
1.11.7. FONDOS
El valor del contrato será cancelado con recursos propios.
1.11.8. VALOR DEL CONTRATO
El valor del contrato es estimado y su valor real será el que resulte de multiplicar las horas realmente ejecutadas por el valor de la hora correspondiente a cada categoría
1.11.9. FORMA DE PAGO
CHEC cancelará al contratista mediante actas mensuales, donde se liquidarán las actividades recibidas a satisfacción por el interventor a los precios aceptados por hora y multiplicado por el número de horas, dichas actas deberán ser firmadas por las partes.
La factura sólo se podrá generar el día en que sea aprobada el acta parcial respectiva por CHEC. Las actividades por hora que se ejecuten, sólo se cancelarán con la previa aprobación de CHEC.
CHEC hará los pagos al Contratista mediante consignación en una cuenta bancaria que debe figurar a nombre del beneficiario de la orden de pago. Los pagos se efectuarán dentro de los treinta (30) días siguientes al recibo de la factura en Soporte Administrativo (Gestión Documental) de CHEC.
En la factura o título valor se debe indicar la siguiente información, la cual será suministrada por la interventoría:
Número del contrato
Formato Distribución de la Ejecución de Servicios u obra por Municipios, el cual será entregado por el interventor y deberá estar firmado por aquel y el contratista (En caso de que aplique)
Número de la suborden
Número de batch de recepción (En caso de que aplique)
Datos del interventor (nombre y dependencia a la que pertenece)
Para el primer pago el contratista deberá adjuntar copia del RUT actualizado para el año 2013, indicando su actividad económica principal, de conformidad con la Resolución 139 de 2012 expedida por la DIAN. Igualmente, el contratista se compromete a informar a CHEC cualquier modificación de la información registrada en el RUT y a presentar copia del mismo en ese caso.
CHEC deducirá del pago las deducciones y retenciones a que haya lugar de acuerdo con la Ley y las estipulaciones contenidas en este documento.
En ningún caso se concederá anticipo.
1.11.10. RETENCIÓN DE PAGOS
CHEC podrá retener todo o parte de cualquier pago en cuanto sea necesario, para protegerse de pérdidas debidas a la entrega de bienes o servicios defectuosos o incompletos o provenientes de cualquier otro tipo de irregularidades detectadas en los mismos, o para cubrir el valor de los perjuicios que cause el contratista a CHEC por no haber efectuado las correcciones o modificaciones solicitadas por éstas o para cubrir el pago de multas, reclamos, pleitos o acciones legales iniciadas contra la entidad por causas imputables al contratista. Cuando desaparezcan las causas que originaron la retención se efectuará los pagos de los valores retenidos sin que haya lugar a indexación alguna.
1.12. GARANTÍAS DEL CONTRATO
El contratista presentará garantías a favor de particulares que cubran el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato.
Las garantías deben ser expedidas por un Banco o Compañía de Seguros de reconocido prestigio, legalmente establecida en Colombia y preferiblemente con sucursal en Manizales.
El Contratista podrá presentar la PÓLIZA PARA GRANDES BENEFICIARIOS CHEC, la cual puede ser solicitada en un punto de la compañía de SEGUROS DEL ESTADO S.A. que se encuentra ubicado en el Edificio 1, piso 1 de CHEC Estación Xxxxx, teléfono 0000000, Ext. 2448, teniendo las siguientes opciones:
Que las pólizas sean pagadas por CHEC y autorizar a ésta para que del valor de la primera cuenta de cobro o factura que se pague al Contratista, se haga el descuento del valor total de las primas canceladas por la Empresa.
Solicitar las pólizas pagándolas directamente el Contratista.
En la carta de presentación el oferente manifestará la opción escogida y autorizará el descuento en caso tal que haya optado por la primera de ellas.
El contratista deberá presentar el correspondiente recibo de caja en el cual conste el pago de la prima, expedido por la entidad aseguradora a cargo del oferente. No se aceptan constancias de pago o certificados similares, tampoco recibos de intermediarios o corredores de seguros.
A través de la constitución de estas garantías se busca respaldar el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el contratista, en razón de la celebración, ejecución y liquidación del contrato. Estas garantías serán las siguientes:
a. De cumplimiento, por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor estimado del contrato (incluido IVA) y su vigencia será desde el día hábil siguiente al recibo de la
aceptación de oferta por parte del contratista, por el término contractual y sesenta (60) días calendarios adicionales.
b. De salarios y prestaciones sociales, por un valor xxx xxxx (10%) del valor estimado del contrato (incluido IVA) y con una vigencia desde el día hábil siguiente al recibo de la aceptación de oferta por parte del contratista, por el término de ejecución del contrato y tres años más.
c. De responsabilidad civil contractual, extracontractual y daños a terceros, por un valor equivalente al veinticinco (25%) del valor estimado del contrato (incluido IVA) y con vigencia desde el día hábil siguiente al recibo de la aceptación de oferta por parte del contratista, por el término contractual y sesenta (60) días calendario adicionales.
Sin perjuicio de la garantía de responsabilidad civil, el contratista será obligado a responder por los daños que se ocasionen a las personas o bienes de CHEC durante la ejecución del objeto contractual. Para los daños que se causen a propiedades de CHEC o de terceros, el contratista dispondrá de 15 días calendario desde la fecha en que se causen para repararlos, pero si los perjuicios se causan a instalaciones o a edificaciones de terceros o de CHEC, que demanden su inmediata reparación, ésta procederá a efectuar los trabajos necesarios y a descontarle al contratista la totalidad de los costos.
El valor de las primas y demás gastos que demande la constitución, prórrogas y modificaciones de las garantías exigidas, serán por cuenta del Contratista.
En caso xx xxxx o incumplimiento del contratista de las obligaciones que aquí se establecen, CHEC pagará las primas y demás erogaciones y descontará su valor de las cuentas que deba pagarle o de las retenciones que se le deban devolver de acuerdo con el contrato.
Si el contratista se niega a constituir las prórrogas de las garantías y seguros aquí estipulados, CHEC dará por terminado el contrato en el estado en que se encuentre, sin que por este hecho deba reconocer o pagar indemnización alguna.
Las garantías que aquí se mencionan deberán recibir aprobación expresa de CHEC, para lo cual efectuará examen de la solicitud, valores, condiciones generales y particulares con sujeción a la póliza o certificado matriz e idoneidad del garante, con el fin de obtener la más adecuada protección y garantizar el cabal cumplimiento del contrato.
1.13. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA
En caso de configurarse incumplimiento total contractual, CHEC hará efectiva la cláusula penal pecuniaria equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato y se considerará como pago parcial de los perjuicios causados a CHEC, suma que será deducida de cualquier pago debido al contratista de este u otros contratos; también podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento o proceder judicialmente.
1.14. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN
El contratista no podrá ceder el contrato en todo o en parte, ni subcontratar su cumplimiento o ejecución, sin previa y expresa autorización por escrito del Representante Legal de CHEC.
Esta autorización deberá solicitarse por escrito, con la indicación del cesionario o subcontratista y la antelación necesaria para que no se produzcan retrasos en caso de que no se acepte.
1.15. IMPUESTOS, RETENCIONES Y GASTOS
El Contratista deberá pagar por su cuenta todos los gastos legales, tributos, impuestos, tasas, derechos y contribuciones en que incurra por concepto del trabajo contratado, en cumplimiento de las normas aplicables que existan sobre el particular y que hayan sido decretados por las autoridades, incluidos los tributos y gravámenes de otros países; por lo tanto al preparar su oferta deberá tenerlos en cuenta.
CHEC deducirá del valor del contrato todos los impuestos o retenciones en la fuente del orden internacional, nacional, departamental o municipal a que haya lugar (renta, impuesto sobre las ventas IVA, industria y comercio, y contribución de obra pública), en el momento de hacer los pagos o abonos en cuenta, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
Cuando con posterioridad a la fecha de entrega de las propuestas el IVA o el impuesto al consumo tenga alguna modificación por aumento, disminución o eliminación, será tenido en cuenta por CHEC para hacer los ajustes que sean del caso y reconocerle al contratista los mayores costos.
El contratista deberá discriminar en su oferta el IVA, en caso de generarse. Si no se genera, manifestará el motivo por el cual no se genera. En caso que el IVA se genere y no se discrimine, se entenderá incluido en su oferta; si el oferente favorecido considera tal circunstancia como no viable, su oferta será rechazada.
La modificación por aumento, disminución, eliminación o creación de otro tipo de tributos no será tenida en cuenta por CHEC para hacer ajustes al contrato o documento constitutivo de obligaciones, los cuales correrán a cargo de quien correspondan de acuerdo con lo que para el efecto establezca la ley.
Los gastos legales en los cuales se incurra para permitir la iniciación y ejecución del contrato serán por cuenta del Contratista.
El contratista se compromete a informar a CHEC cualquier modificación de la información registrada en el RUT y a presentar copia del mismo en ese caso.
Entre otros, se causan los siguientes tributos y se aplican las siguientes retenciones:
RETENCIÓN EN LA FUENTE XX XXXXX
Se aplicará a las tarifas y sobre las bases determinadas en el Estatuto Tributario Nacional y otras normas sobre la materia, de acuerdo con las prestaciones que sean objeto de pago o abono en cuenta.
IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS IVA
El impuesto sobre las ventas IVA se causa por la prestación de servicios y la venta de bienes en el territorio nacional a la tarifa general, según las normas establecidas en el Estatuto Tributario Nacional y otras normas sobre la materia. Los contratos de obra pública que celebre CHEC están excluidos del impuesto sobre las ventas.
RETENCIÓN DEL IVA
Las normas tributarias nacionales establecen la retención en la fuente del impuesto sobre las ventas IVA a la tarifa vigente al momento de expedición de la factura.
IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
CHEC efectuará retención en la fuente de Impuesto de Industria y Comercio siempre y cuando el municipio donde se ejecute el objeto contractual tenga establecida esta obligación de retener, la cual será a cargo del Contratista a las tarifas y sobre las bases determinadas en el respectivo Acuerdo Municipal que ordene dicha retención.
En materia de impuestos no se aceptarán salvedades de naturaleza alguna.
CONTRIBUCIÓN DE OBRA PÚBLICA
En los contratos de obra pública se retendrá sobre el valor de todo pago, incluido el anticipo, el porcentaje vigente al momento del respectivo pago o anticipo. Los contratos de obra pública que celebre CHEC están excluidos del impuesto sobre las ventas.
1.16. DEDUCCIONES POR INCUMPLIMIENTO
En caso de que el Contratista incumpliere las obligaciones estipuladas en la oferta, en el contrato o en los documentos que formen parte integral del mismo, CHEC aplicará las siguientes deducciones y su valor será descontado de cualquier saldo que exista a su favor de éste u otros contratos, y en ningún caso su aplicación será entendida como liberatoria o atenuante de cualesquiera de las obligaciones adquiridas en virtud del contrato.
XXXX entiende que por el hecho de haber presentado la oferta, el oferente favorecido con la aceptación, al celebrar el contrato, está conforme y acepta la estipulación de deducciones por incumplimientos, como un mecanismo de solución directa de las controversias que puedan surgir por el incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista.
En el evento en que el contratista incurra en una de las causales de deducción pactadas en el contrato, CHEC le comunicará sobre la configuración de la causal en que incurrió y sobre la consecuente deducción del monto respectivo, de cualquier suma que se le adeude, de acuerdo con lo pactado contractualmente. En la mencionada comunicación se le concederá
al contratista un término de cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la comunicación, para que exponga o justifique las razones de su incumplimiento. Si el contratista no manifiesta dentro de dicho término las razones que justifiquen su incumplimiento, o si las presenta y del análisis efectuado por CHEC no se encuentra justificado el incumplimiento correspondiente, el valor de la deducción se tomará directamente de cualquier suma que se adeude al contratista, si la hay, y en caso contrario o en caso de no lograrse el pago voluntario por parte del contratista, se cobrará por la vía judicial.
Para el caso de las deducciones que tienen valores que dependen del tiempo que permanece el contratista incumpliendo sus obligaciones contractuales, se fija como tope máximo el 15% del valor total del contrato.
Las causales de deducciones por incumplimiento son las siguientes:
a) Por demora en la presentación de los documentos para la formalización del contrato.
En caso de que el Contratista no entregue oportunamente los documentos necesarios para la formalización del contrato, tales como las garantías exigidas por CHEC y los demás que sean necesarios para este propósito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la presentación del contrato para su firma; CHEC aplicará una deducción xxx xxxx punto cinco por ciento (0.5%) del valor estimado del contrato por cada día calendario de retardo. Si el contrato definitivamente no se formaliza, CHEC hará efectiva la garantía de seriedad y podrá aceptar la oferta al oferente que haya ocupado el segundo puesto en el orden de elegibilidad, a quien se le aplicará el mismo tratamiento.
b) Por retardo o incumplimiento
En caso xx xxxx o incumplimiento por parte del contratista de las obligaciones establecidas en este contrato, éste autoriza a CHEC para que sin necesidad de requerimiento judicial previo, del saldo a su favor le descuente un cero punto quince por ciento (0.15%) del valor estimado del contrato, por cada día calendario que transcurra y subsista en el incumplimiento o en la xxxx. Por el pago de la suma a que se refiere esta estipulación, no se entenderá extinguida la obligación contratada por el contratista en razón del contrato, ni se le eximirá de la indemnización por los perjuicios causados a CHEC.
c) Por suspensión injustificada del contrato
Si cumplido el plazo fijado para iniciar la ejecución del contrato el contratista no ha dado inicio al mismo, CHEC aplicará una deducción xxx xxxx punto quince por ciento (0.15%) del valor del contrato, por cada día que demore en iniciar o reiniciar la orden, valor que le será descontado de cualquier suma que se le adeude.
d) Por omitir información sobre multas, deducciones y sanciones
Los oferentes deberán indicar en la oferta, en el formato que se adjunta para tal fin, la información respectiva para verificar dicha situación; la omisión o el ocultar información dará como resultado la no evaluación de la oferta y en caso tal que ya se haya aceptado la oferta,
la imposición de una deducción por un valor correspondiente a 15 SMLMV.
e) Por subcontratar o celebrar convenios sin autorización
El Contratista podrá ser apremiado con una deducción por equivalente a un (1) SMLMV cuando, sin previa autorización de CHEC, subcontrate con los propietarios de los vehículos o celebre convenios de colaboración con otra empresa transportadora para prestar los servicios objeto del contrato. Además, si ello ocurre CHEC le ordenará al contratista suspender de inmediato las actividades ejecutadas por sus subcontratistas, y el contratista deberá tener en cuenta que este hecho no lo exime del cumplimiento de las obligaciones adquiridas en virtud del contrato.
f) Por no pagar los salarios y prestaciones sociales del personal empleado en la ejecución del contrato
El contratista podrá ser apremiado con una deducción equivalente al 0.10% del valor estimado del contrato, por el no pago dentro de los términos y en los porcentajes establecidos por la ley de los salarios y prestaciones sociales; por cada día calendario de retraso en el pago.
g) Por no pagar a los propietarios de los vehículos o a los conductores quincenalmente.
El Contratista podrá ser apremiado con una deducción equivalente al 0.005 % del valor estimado del contrato, por el no pago dentro de los términos y en los porcentajes establecidos por la ley; por cada día calendario de retraso en el pago.
1.17. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO
De conformidad con la ley el contratista, quedará exento de toda responsabilidad por dilación u omisión en el cumplimiento de las obligaciones contractuales, cuando dichos eventos ocurran por causa constitutiva de fuerza mayor, debidamente comprobada.
Para efectos del contrato, solamente se considerarán como causas constitutivas de fuerza mayor o caso fortuito las que se califiquen como tales de acuerdo con la legislación colombiana.
En el caso de presentarse la fuerza mayor o caso fortuito aceptado por CHEC y que no interfiera en la prestación del servicio, se modificará el plazo de ejecución del contrato pero no habrá indemnización alguna por parte de CHEC al contratista.
Los inconvenientes de fuerza mayor deberán informarse a CHEC por el medio más rápido posible, dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes al momento en que hayan comenzado. Dentro de los diez (10) días siguientes, suministrarán a CHEC todos los detalles del hecho constitutivo de fuerza mayor y la documentación certificada que CHEC pueda requerir.
Es responsabilidad del interventor el cabal conocimiento de tales hechos, pues debe estar permanentemente al tanto de las actividades que se ejecutan y de los problemas que puedan surgir durante su desarrollo.
1.18. RESERVA DE LA INFORMACIÓN
La información que suministra CHEC o que conozca el Contratista en virtud de la ejecución contractual es considerada de carácter reservada, por lo tanto sólo podrá destinarse para los fines atinentes a la ejecución del contrato.
Cualquier filtración de información reservada de CHEC imputada al contratista será causal de terminación anticipada del contrato con las consecuencias que esta figura le acarrea.
1.19. REQUISITOS DE LA FACTURA
Quien tenga la obligación de expedir factura de venta deberá cumplir con todos los requisitos xx Xxx y la omisión de alguno de ellos generará como consecuencia su rechazo.
Las facturas expedidas por los responsables del IVA del Régimen Común, además de los requisitos señalados, deberán contener la discriminación del IVA en todos los casos, sin excepción alguna.
El contratista podrá optar por emitir factura como título valor o simple factura, en original y dos copias. En ambos casos los documentos deberán ser presentados en Soporte Administrativo (Gestión Documental) de CHEC.
CHEC, al momento de recibir la factura verificará si la misma cumple con los requisitos de título valor o de simple factura. Si la factura presentada no es título valor, su original será radicado en las oficinas de Soporte Administrativo (Gestión Documental). Si la factura es título valor, en el original y las dos copias se pondrá un sello de “recibido” que indicará fecha, hora y firma de quien recibió; el original y una copia de la factura se devolverán al contratista y la otra copia reposará en las instalaciones de CHEC. El documento de aceptación de la factura como título valor se enviará al contratista o proveedor dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de recepción de la factura.
En la factura o título valor se debe indicar el número de la aceptación de oferta o contrato que CHEC haya asignado.
1.20. COMUNICACIONES CON EL CONTRATISTA
La totalidad de comunicaciones entre CHEC y el Contratista, en ambas vías, será efectuada en forma escrita o por correo electrónico. No se autorizan órdenes verbales procedentes del interventor, ni peticiones, requerimientos, conceptos o explicaciones de tal índole por parte del Contratista.
1.21. COMPENSACIÓN
Por el hecho de presentar la oferta, el oferente y/o contratista (persona natural, jurídica, consorcio o unión temporal), autoriza a CHEC para que compense cualquier valor que el Contratista adeude en virtud de la ejecución del contrato que se suscriba , o de la aceptación de oferta que se envíe como consecuencia de la presente solicitud de oferta o en cualquier otro contrato o aceptación de oferta que tenga con CHEC, con las sumas de dinero que existan a favor del Contratista por cualquier concepto, así haya obrado como miembro de consorcio o unión temporal, todo lo cual no obsta para que CHEC pueda reclamar los valores que el Contratista quede adeudando una vez realizada la compensación.
1.22. INTERVENTORÍA
CHEC ejercerá la supervisión por medio de un Interventor, quien deberá vigilar el correcto cumplimiento de las condiciones y especificaciones del contrato.
CHEC tiene derecho a dar recomendaciones al Contratista directamente o por conducto de su Interventor para obtener determinados resultados, pero en la ejecución de dichas instrucciones el Contratista tendrá la totalidad del control, dirección y supervisión sobre su personal, sus elementos de trabajo y sobre los procedimientos que se utilicen para obtener tales resultados.
1.23. EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL
Queda claramente establecido que no habrá relación laboral alguna entre CHEC y el contratista o el personal que éste utilice para la ejecución del contrato.
1.24. SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
El contratista deberá cumplir con la normatividad vigente relacionada con la atención a los aspectos de Seguridad y Salud en el Trabajo, además de las obligaciones relacionadas con el pago de aportes de salud, pensión, riesgos laborales, aportes parafiscales y prestaciones sociales.
El contratista deberá contar con un Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo el cual será evaluado y aprobado por el proceso de Seguridad y Salud en el Trabajo CHEC, una vez se haya adjudicado el contrato y como prerrequisito para el inicio de actividades. Cuando por alguna circunstancia se presentare alguna ambigüedad, duda o contradicción con referencia a las disposiciones citadas, se deberá consultar por escrito el criterio de CHEC, el cual primará.
Durante el desarrollo del contrato, el contratista debe cumplir con las disposiciones vigentes en el país en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, las cuales deben conocer y aplicar.
El plan de Seguridad y Salud en el Trabajo deberá contener como mínimo:
A. Requisitos legales: deberá cumplirse con TODAS las normas nacionales en materia laboral, de Seguridad y Salud en el Trabajo, considerándose principalmente las siguientes:
TITULO | NORMA |
Por la cual se dictan medidas que buscan preservar, conservar y mantener la salud de los individuos en sus ocupaciones. | Ley 9 de 1979 Tít. III, Tit VII. Congreso de Colombia |
Por la cual se establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo. | Resolución 2400 de 1979.Ministerio de Trabajo y Seguridad Social |
Por el cual se determinan las bases para la organización y administración de la Salud Ocupacional en el país. | Decreto N° 614 de 1984. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. |
Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los Comités Paritarios de Salud Ocupacional en los lugares de trabajo. COPASO. | Resolución 2013 de 1986 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. |
Por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores. | Resolución 1016 de 1989 y sus actualizaciones. Ministerio de la Protección Social |
Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones | Ley 100 de 1993, decretos y resoluciones reglamentarias. |
Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales. | Decreto Ley N° 1295 de 1994, y sus actualizaciones. |
Por el cual se reglamenta el Servicio Público de Transporte Automotor Especial | Decreto 174 de 2001. Ministerio de Transporte |
Por el cual se reglamenta el Servicio Público de Transporte Automotor Mixto. | Decreto 175 de 2001. Ministerio de Transporte |
Regula todas las actividades que puedan generar factores de riesgo por el consumo de alimentos | Decreto 3075 de 1997 Ministerio de Salud |
Organización, administración y prestaciones del SGRP | Ley 776 de 2002. |
Ley de Acoso Laboral, por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros. | Ley 1010 de 2006. Ministerio de la Protección Social |
Por la cual se regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales. | Resolución 2346 de 2007, Ministro de la Protección Social |
Por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo. | Resolución 1401 de 2007 Ministerio de la Protección Social |
Por la cual se adoptan medidas en relación con el consumo de cigarrillo o de tabaco. | Resolución 1956 de 2008. Ministerio de la Protección Social |
Establece la obligatoriedad del registro del COPASO ante el Ministerio de la Protección Social | Resolución 1457 de 2008. Ministerio de la Protección Social |
Por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional. | Resolución 2646 de 2008. Ministerio de la Protección Social |
Por la cual se adopta el Reglamento de Salud Ocupacional en los Procesos de Generación, Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica en las empresas del sector eléctrico (cuando aplique). | Resolución Número 1348. de 2009, Ministerio de la Protección Social |
Por la cual se regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas | Resolución 1918 de 2009. Ministerio de la Protección Social |
Ley de Seguridad Vial | Ley 1503 de 2011. Ministerio de Transporte |
Creación de comité de convivencia laboral. | Resolución 652 de 2012. Ministerio de la Protección Social |
Por la cual se modifica el sistema de riesgos laborales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional. | Ley 1562 de 2012. Ministerio de la Protección social. |
Reglamento de seguridad para protección contra caídas en trabajo en alturas (cuando aplique) | Resolución 1409 de 2012. Ministerio de la Protección Social |
Por el cual se reglamentan los artículos 33,4,5,6,7,9,10,12,13,18 y 19 de la ley 1503 de 2011 | Decreto 2851 de 2013. Ministerio de Transporte |
Por la el cual se reglamenta el pago de incapacidades laborales a cargo del empleador | Decreto 2941 de 2013. Ministerio de Trabajo |
B. Comité Paritario de la Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST).
El oferente deberá dar cumplimiento a los requerimientos de la normatividad vigente, la resolución 2013 de 1986 resuelve que todas las empresas e instituciones públicas o
privadas que tengan a su servicio 10 o más trabajadores, están obligadas a conformar un Comité Paritario de la Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST). El artículo 35 del Decreto 1295 de 1994 establece para empresas de menos de 10 trabajadores, la obligación de nombrar un Vigía Ocupacional.
C. Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo del contratista. (SG-SST)
El oferente contratista deberá presentar su Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo del contratista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, este debe incluir el cronograma de actividades de gestión; adicionalmente deberá contar y entregar al interventor el informe de indicadores de ausentismo de forma mensual en el formato establecido por CHEC.
El contratista deberá contar con un profesional en Seguridad y Salud en el Trabajo con experiencia y dedicación del 100%, 192 horas al mes durante el desarrollo del contrato (contratos que involucren riesgos críticos y aquellos que los que disponga el proceso de Seguridad y Salud en el Trabajo CHEC), quien hará acompañamiento y gestionará el plan de seguridad y salud en el trabajo. Para el caso en que el contrato no involucre riesgos críticos, deberá contar con una disponibilidad de mínimo 96 horas, equivale a medio tiempo mensual.
El contratista deberá garantizar que sus empleados, subcontratistas y personas bajo su dirección (proveedores, asesores y visitantes), cumplan con las normas de seguridad establecidas en las instalaciones de CHEC y suspender el personal a su cargo que no cumpla con las mismas.
En todo caso el contratista deberá cumplir con las disposiciones y recomendaciones de su asesor en Seguridad y Salud en el Trabajo y del proceso de Seguridad y Salud en el Trabajo de CHEC. En caso de que se incumplan con las recomendaciones generadas desde Seguridad y Salud en el Trabajo a través de la interventoría del contrato, se aplicarán las sanciones o multas a que haya lugar.
D. Programa de Capacitación e Inducción en Seguridad y Salud en el Trabajo
El oferente contratista deberá presentar su programa de capacitación en Seguridad y Salud en el Trabajo, aplicado a la obra o servicio con base en la Identificación de peligros y evaluación de riesgos, mecanismos de control identificación de aspectos e impactos ambientales e impacto social. Antes de iniciar el contrato el personal del mismo deberá recibir una Inducción en Seguridad y Salud en el Trabajo, la cual debe ser aprobada por CHEC.
E. Exámenes médicos al personal
El contratista deberá realizar los exámenes médicos ocupacionales xx xxx y exámenes especiales de acuerdo a su actividad económica, cuando aplique, a los trabajadores adscritos al contrato. El contratista deberá tener disponibles los conceptos de aptitud del examen médico para la interventoría de CHEC, los cuales serán verificados antes de iniciar las actividades, éstos pueden estar en forma física o en medio digital.
F. Matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos para el contrato a ejecutar.
El oferente/contratista deberá presentar a CHEC la matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos asociados al contrato. Para lo cual deberá considerar como mínimo los siguientes aspectos:
- Inventario de actividades y tareas.
- Identificación de peligros en cada actividad.
- Evaluación del riesgo asociado al peligro.
- Personal expuesto
- Valoración del riesgo
- Control existente
- Calificación del riesgo - control existente
- Tratamiento - controles futuros
- Implementación y seguimiento a las medidas de prevención y control para cada riesgo conforme lo establecido por la legislación nacional vigente, incluyendo las aplicables para el sector eléctrico.
G. Plan de emergencia.
El oferente que resulte seleccionado, antes de iniciar el contrato, deberá tener diseñado y difundido el plan de emergencias, el cual debe estar alineado con el plan de emergencias de CHEC. La interventoría de CHEC solicitará las evidencias del cumplimiento de éste requisito.
H. Descripción del equipo de protección personal, ropa y herramientas de trabajo.
El contratista deberá poner a disposición del personal a su cargo todos los elementos de protección personal, requeridos para cumplir con las tareas de acuerdo a los riesgos identificados; deberá inspeccionar y mantener inventario suficiente para reemplazos en caso de daño o pérdida. Todos estos costos deberán presupuestarse dentro de los gastos de administración del contrato.
El oferente, deberá tener en cuenta su oferta la cantidad y las características de los equipos de protección personal y ropa de trabajo resultante de la matriz de peligros y evaluación de riesgos, para cada actividad que se desarrolle en el contrato.
Está terminantemente prohibido el uso de herramientas artesanales (hechizas o confeccionadas artesanalmente) o que no cumplan normas técnicas de calidad colombiana o reconocidas internacionalmente, así mismo no podrá hacer uso de herramientas en mal estado.
Cuando por alguna circunstancia se presentare alguna ambigüedad, duda o contradicción con referencia a las disposiciones citadas, se deberá consultar por escrito el criterio de CHEC, el cual primará.
1.25. SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES Y SEGURIDAD SOCIAL
El Contratista se compromete a cumplir las disposiciones laborales durante la ejecución de los trabajos, se obliga a tener el personal que mantiene para este servicio debidamente contratado, estar x xxx y salvo en el pago de salarios correspondientes y al día en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de Seguridad Social Integral. El Contratista se obliga a pagar a sus empleados el salario y las prestaciones sociales ofrecidas e igualmente está obligado a efectuar todos los pagos por concepto de aportes a la seguridad social (EPS, ARL, pensiones), subsidio familiar, subsidio de transporte, etc. El Contratista suministrará fotocopias de los comprobantes de pago a la Seguridad Social (EPS, ARL, pensiones), Caja de Compensación, necesarias para tramitar la cuenta de cobro o factura. En consecuencia, el Contratista se obliga a dar completa y puntual observancia a todas las obligaciones de carácter administrativo, fiscal o laboral que le sean exigidos para la formalización del contrato y en desarrollo del mismo.
El incumplimiento por parte del Contratista de estas obligaciones da la facultad a CHEC de no tramitar las cuentas de cobro o factura, hasta el momento que presente la xxxxxxxxxx xx xxx y salvo con sus trabajadores por tales conceptos, expedida por la autoridad competente.
El oferente debe tener en cuenta que la ley 1607 de 2012 creó un tributo con destinación específica denominado impuesto xx xxxxx para la equidad – CREE a cargo de las sociedades y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios, en beneficio de los trabajadores, la generación de empleo, y la inversión social, gravamen atribuible a la utilidad reportada en desarrollo del contrato. Pese a que las personas naturales no ostentan la calidad de sujetos pasivos del referido impuesto, el artículo 25 de la citada ley exoneró a las personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto xx xxxxx complementarios y las personas naturales empleadoras que contraten dos (2) personas o más de los aportes parafiscales con destino al SENA e ICBF a partir del 1 xx xxxx de 2013, sobre los trabajadores que individualmente considerados devenguen hasta diez (10) salarios mínimos legales mensuales, por tanto, las personas naturales y jurídicas no deberán incluir dichos conceptos como costos de personal al momento de preparar las ofertas.
El oferente debe tener en cuenta que el Gobierno Nacional reglamentó los aportes obligatorios del empleador al sistema de seguridad social en salud a partir del 1º de enero de 2014, de los trabajadores que devenguen individualmente considerados, hasta 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes con sujeción a los artículos 21 y siguientes de la ley 1607 de 2012. Por lo que el oferente no deberá contemplar estos costos en la propuesta.
Los empleadores de trabajadores que devenguen individualmente considerados más xx xxxx (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes seguirán obligados a realizar los aportes parafiscales y las cotizaciones de que tratan los artículos 202 y 204 de la Ley 100 de 1993 y los pertinentes de la Ley 1122 de 2007, el artículo 7 de la Ley 21 de 1982, los artículos 2 y 3 de la Ley 27 de 1974 y el artículo 1 de la Ley 89 de 1988 y de acuerdo con los requisitos y condiciones establecidos en las normas aplicables en concordancia con los parágrafos 1 y 2 del artículo 25 de la ley 1607 de 2012.
1.26. CONTRATOS DE TRABAJO
El oferente seleccionado debe suministrar al interventor del Contrato y antes de su suscripción, los contratos de trabajo suscritos con todos y cada uno de los empleados y conductores que se relacionen y sean requeridos para las diferentes actividades objeto del presente contrato. Igualmente deben proporcionar los soportes de afiliación al sistema general de salud y riesgos profesionales y los exámenes médicos de ingreso, los cuales serán revisados por el profesional que designe la Empresa contratante.
Los citados contratos deben estar vigentes mientras el trabajador esté laborando. Los contratos estarán vigentes incluso desde el período de capacitación de los trabajadores para las actividades que se pretendan desarrollar.
Al retirar algún empleado y al finalizar los contratos deben tramitar exámenes de egreso para todos los empleados contratados.
1.27. INDEMNIDAD
El Contratista mantendrá indemne a CHEC contra todo reclamo, demanda, acción legal y costos que puedan causarse o surgir por daños o lesiones a su personal, así como reclamaciones laborales de cualquier índole relacionadas con el objeto de este contrato. En caso de que se entable un reclamo, demanda o acción legal contra CHEC por este concepto, el Contratista será notificado lo más pronto posible por la Empresa para que por su cuenta adopte las medidas previstas por la ley, para mantener indemne a ésta. En caso de que CHEC sea condenada judicialmente por este concepto, podrá repetir contra el Contratista por las sumas pagadas por tal concepto y cobrar además cualquier perjuicio adicional que le sea causado.
1.28. CONFIDENCIALIDAD
El Contratista se obliga a guardar absoluta reserva de la información confidencial de CHEC de la que tengan conocimiento y que les sea suministrada para la ejecución del objeto contractual.
1.29. POLÍTICA AMBIENTAL
Dentro de la ejecución de las obras y/o actividades propias y derivadas del objeto del contrato, el Contratista deberá asegurar tanto el cumplimiento de los lineamientos establecidos por la política ambiental de CHEC como la normatividad ambiental vigente, que le aplique a las actividades que se deriven del contrato.
En todo caso el contratista deberá acatar fielmente las disposiciones que desde el Equipo de trabajo de Gestión Ambiental de CHEC se dicten, para lo cual el contratista y el Equipo de trabajo de Gestión Ambiental coordinaran todos los aspectos.
1.30. CONTROL DE REGISTROS
En caso de que aplique, el contratista deberá garantizar que los registros generados durante la ejecución del contrato sigan los parámetros establecidos en el procedimiento “Control de Registros” establecido en CHEC. Para ello recibirá las indicaciones por parte del interventor, garantizando que los registros permanezcan “legibles, fácilmente identificables y recuperables”, según lo establecido en la NTC ISO 9001:2008 literal 4.2.4 Control de Registros.
1.31. REVALUACIÓN DE PROVEEDORES
Una vez termina la ejecución del contrato, el interventor a cargo aplicará el formato de Revaluación de Proveedores, a través del cual se evaluará el desempeño del contratista de acuerdo con los siguientes criterios: Condiciones comerciales (cumplimiento en tiempos y cantidades), calidad del producto y servicio, criterios aplicados solo para los contratos de suministro de bienes. Para contratos de prestación de servicios, obra y otros diferentes a bienes se tienen los siguientes criterios: Calidad, oportunidad, comunicación clara y oportuna, asesoría de quejas y reclamos, y asesoría y conocimiento técnico. Dichos criterios podrán ser objeto de análisis y ajuste cuando CHEC lo considere pertinente, teniendo en cuenta la dinámica de su sistema de gestión de calidad.
Los resultados de dicha revaluación serán comunicados al contratista.
1.32. TERMINACIÓN
El contrato podrá darse por terminado por mutuo acuerdo entre las partes, o en forma unilateral por cualquiera de las partes por incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.
2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
2.1. DEFINICIONES DE LOS VEHÍCULOS
Automóvil: Vehículo automotor destinado al transporte de no más de cuatro (4) pasajeros
Campero: Vehículo automotor con tracción en todas sus ruedas; con capacidad hasta de cuatro (4) pasajeros
Camioneta Doble Cabina: Vehículo automotor con capacidad hasta de cuatro (4) pasajeros, destinado al transporte de pasajeros y/o equipos, materiales y herramientas.
Camioneta de estacas: Vehículo automotor destinado al transporte de materiales, carga y mercancías
Microbús: Vehículo destinado al transporte de personas, mínimo de 14 pasajeros
Volqueta: Vehículo para trabajo pesado, destinado al transporte de material de construcción, obras civiles y residuos sólidos diferente a mercancía peligrosa.
Camiones de 5 y 10 toneladas: Vehículos destinados al transporte de materiales, carga y mercancías.
2.2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS VEHÍCULOS
Los vehículos deben ser como mínimo modelo 2010.
Los vehículos tipo campero, las camionetas doble cabina y las camionetas de estacas deben tener cinturones de seguridad tres puntos y central abdominal de acuerdo con la ley 769 de 2002, en algunos casos para las actividades de CHEC, se requerirán vehículos dotados xx xxxxxxxx porta escaleras y carpa alta o baja, para lo cual el contratista está en la obligación de adecuar dichos vehículos.
Los vehículos deben estar en excelente estado técnico mecánico y cumplir con todas las exigencias del Ministerio de Transporte.
2.3. DOCUMENTOS DE LOS VEHÍCULOS
El contratista debe garantizar en todo momento que los vehículos asignados al contrato cumplan con la documentación requerida por las autoridades de transporte competente:
- Matrícula del vehículo
- Tarjeta de Operación
- Seguro SOAT
- Revisión Técnico Mecánica vigente
- Póliza RC Contractual y extracontractual.
- Extracto de Contrato (para vehículos de transporte público especial)
- Manifiesto de Carga (para vehículos de transporte público de carga)
Al iniciar el contrato y cada vez que se reporte un vehículo nuevo para trabajar en el contrato, el contratista debe presentar la documentación en paquetes individuales identificados por cada vehículo y que cumplan con los requisitos establecidos por el Ministerio de Transporte.
El contratista debe adjuntar listado de parque automotor por empresa de acuerdo con informe emitido por el Ministerio de Transporte para conciliar que los vehículos que se asignen al contrato estén relacionados en el informe. Cada vez que ingrese un nuevo vehículo, debe adjuntar el listado con las novedades
El contratista entregará en archivo Excel, información de cada vehículo que contenga Número de Placa del vehículo, nombre del propietario, nombre del conductor, modelo del vehículo, Fecha vencimiento revisión técnico mecánica, Fecha vencimiento SOAT, Fecha vencimiento licencia de conducción.
2.4. TIPOS Y CANTIDADES DE VEHÍCULOS Tipos de Vehículos:
Los servicios objeto de la contratación se prestarán de acuerdo con las siguientes categorías:
CATEGORIA | TIPOS DE VEHICULOS |
1 | Automóviles en general |
2 | Camperos, Camionetas doble cabina y camionetas de estacas de mínimo 1600 c.c. |
3 | Microbús con capacidad mínima de 14 pasajeros |
4 | Volquetas con capacidad mínima de 6 metros cúbicos. |
5 | Camiones (Turbo 350, con capacidad de carga de 5 hasta 10 toneladas) |
Cantidad estimada de vehículos requeridos
Tipo de vehículo | Cantidad | Categoría |
Automóviles en general. | 4 | 1 |
Camperos, Camionetas doble cabina y camionetas de estacas de mínimo 1600 c.c. | 57 | 2 |
Microbús con capacidad mínima de 14 pasajeros | 6 | 3 |
Volquetas con capacidad mínima de 6 metros cúbicos. | 1 | 4 |
Camiones (Turbo 350, con capacidad de carga de 5 hasta 10 toneladas) | 5 | 5 |
Total Vehículos | 73 |
Notas:
Se requiere un promedio estimado de 73 vehículos diariamente.
De la cantidad de vehículos estimados y requeridos para la categoría 2, mínimo el 10% debe corresponder a camionetas de estacas 4X4 y el 7% a camperos 4x4 o 4X2
Dentro de los vehículos estimados en la categoría 2 se requiere como mínimo que 9 de ellos sean doble cabina cabinados en la parte trasera
DENTRO DE LOS VEHÍCULOS ESTIMADOS EN LA CATEGORIA 2 EL CONTRATISTA DEBERÁ CONTAR CON 25 CAMIONETAS DOBLE CABINAS 4X4 DE SU PROPIEDAD.
De la cantidad de los vehículos solicitados para la categoría 2, se requiere que al menos uno esté adecuado bajo las siguientes condiciones:
ESPECIFICACIONES TECNICAS CAMIONETA DOBLE CABINA REDES SUBTERRANEAS
EL vehículo requerido para el transporte de personal, equipos y material para el mantenimiento de las redes subterráneas del sistema CHEC debe ser doble cabina con un sistema de transmisión con doble. Se coloca como ejemplo camioneta KIA 2100, Hyundai HD65 u otra similar, vehículo que reuniría las características técnicas requeridas para un buen transporte de elementos, equipos, herramientas y personas del área de redes subterráneas.
Se requiere doble cabina porque permite movilizar nuestro personal sin tener que desplazarse en la parte trasera del volcó.
A continuación se presentan los detalles y adaptaciones que deberá tener el vehículo con los respectivos compartimientos.
Características:
Carrocería de servicio con faldones laterales y porta escaleras en la parte superior
Medidas Generales: Xxxxxx: Ver figura No. 1
Largo: Carrocería viene con un Largo 1,93 mts que se alargaría con lámina a 2,20 mts Ancho: Carrocería viene con un Largo 1,72 mts que se alargaría con lámina a 1,80 mts Alto: Doble Cabina pasjeros: 1,25 mts
Remolque: 1,80 mts
Figura No. 1
Compartimientos Detalle Lateral:
3 compartimiento a cada lado de la carrocería fabricados en lámina galvanizada
Cada compartimiento con dimensiones de 73 cms de largo x 45 cms de profundidad x 1,25 mts de altura (Ver figura 2).
Cada compartimiento cuenta con dos entrepaños de 40 cms de altura
Cada compartimiento con puerta con apertura hacia afuera.
Cerraduras en acero inoxidable con llave para todos los compartimientos
Iluminación interior de 12 voltios en cada compartimiento, controlado con un switche
Figura No. 2.
Compartimientos Detalle Parte Trasera:
La parte central entre los dos compartimientos laterales queda un espacio de almacenamiento de 90 cms de ancho x 2,20 mts de profundidad por 1,80 mts de altura.
Este compartimiento central tendrá una puerta que deberá conservar los 90 cms de ancho por los 1,80 mts de altura. (ver figura 3)
Cerradura en acero inoxidable con llave
Iluminación interior de 12 voltios
Figura No. 3
Compartimiento Porta Escalera
Este compartimiento sirve para almacenar elementos de gran longitud como escaleras y pértigas.
Posee dos compartimientos, pero el compartimiento del lado izquierdo vista la camioneta desde la parte delantera tendrá una ventana (orificio) para que sobresalga la parte superior de la escalera. (ver figura No. 4)
Las dimensiones de esta ventana serán de 55 cms de alto x 40 cms de ancho.
Figura No. 4
EJEMPLO DE REGISTRO FOTOGRAFICO DEL VEHICULO PARA REDES SUBTERRANEAS
COMPARTIMIENTOS LATERALES
DOBLE CABINA Y COMPATIMIENTOS
COMPATIMIENTO PARTE TRASERA
VISTA FRONTAL – VENTAN PORTAESCALERA
A pesar de estimarse dicha cantidad de vehículos, esto no obliga a CHEC a tener una ocupación permanente de los mismos o que se pueda requerir más vehículos de los indicados anteriormente. El oferente tendrá presente en su oferta que existe una desviación de más o menos el 15% en el uso de los vehículos.
El contratista deberá disponer en forma permanente de los vehículos requeridos por CHEC.
La capacidad de los vehículos deberá estar adecuada de acuerdo con las definiciones del Ministerio de Transporte, por tipo de vehículo y las necesidades definidas por CHEC.
Los vehículos que presten el servicio deben tener un distintivo que identifique al Contratista y acredite que prestan los servicios para CHEC, el cual consiste en una placa distintiva que deben portar en el vidrio parabrisas de cada vehículo y en las puertas delanteras, donde se detalle el número del Contrato con CHEC, todo lo anterior, de acuerdo con las instrucciones que para el efecto suministre el interventor, teniendo en cuenta que los gastos en los que se incurra serán asumidos por el contratista.
Se debe registrar la información en formato “FORMATO DE LIQUIDACIÓN DIARIA DE VEHICULOS ALQUILADOS” el cual es soporte fundamental para control del servicio prestado y la posterior facturación.
El mal estado de los vehículos, las faltas temporales en la prestación del servicio por fallas técnicas, los daños que se ocasionen, las pérdidas o hurtos que ellos puedan sufrir, así se hayan dado durante la ejecución del contrato, no serán causales que eximan al contratista del cumplimiento de las obligaciones adquiridas en el contrato.
2.5. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Para todos los efectos legales el Contratista asume la completa responsabilidad de los accidentes a él imputables que puedan producirse durante el desarrollo del contrato, comprendiendo esta responsabilidad todo accidente que pueda sufrir cualquier persona que al servicio del Contratista tome parte en la ejecución del trabajo, cualquiera que sea el servicio que se realice.
Cualquier daño originado en el desarrollo de las actividades y que afecten a terceros, será de exclusiva responsabilidad del Contratista, quien debe responder ante las posibles multas o sanciones que se puedan originar.
Los vehículos usados para el desarrollo del trabajo objeto de esta Contratación deben identificarse con tres avisos. Uno en acrílico ubicado en la parte delantera del vehículo y los otros dos ubicados en las puertas laterales del mismo de acuerdo al manual de imagen física para contratistas de CHEC, el cual se siniestrara a la firma del contrato. Este requerimiento podrá ser ajustado en cualquier momento por acuerdo entre las partes.
Dentro de los cinco (5) días hábiles anteriores a la iniciación de las labores objeto de esta contratación el contratista y su personal deberán cumplir con una etapa de inducción o capacitación sobre la liquidación y manejo de los servicios prestados.
Velar porque los conductores posean la documentación actualizada y en regla, tal como la licencia de conducción, Cedula de ciudadanía, Seguridad Social, Tarjeta de Operación, Extracto de Contratos y los que exija la ley. La fotocopia de éstos documentos deben ser presentados a la Interventoría del contrato, antes de la suscripción del mismo.
Nota: la licencia de conducción deber ser mínimo de cuarta categoría; para el servicio de transporte terrestre de carga debe poseer su equivalente de acuerdo con la Resolución 1500 de 2005 del Ministerio de Transporte.
Velar porque el conductor cumpla con las siguientes condiciones:
- No registrar antecedentes judiciales.
- Tener buenas relaciones interpersonales.
- Portar el uniforme durante la prestación del servicio (Camisa institucional).
- Estar debidamente identificados con el carné de la Empresa Contratista.
- Portar el medio de comunicación bidireccional (medio de comunicación móvil tipo celular).
CHEC está en libertad de solicitar cambio de conductor cuando lo considere conveniente. En todo caso los conductores no tendrán ninguna relación laboral con CHEC.
El contratista dispondrá de una oficina en la ciudad de Manizales, para desarrollar las labores que resultan de la ejecución de este contrato y contar con el personal idóneo para desarrollar las actividades propias del contrato.
El contratista se compromete a cumplir con las obligaciones legales para el transporte y manejo de mercancías peligrosas.
El servicio de transporte realizado dentro de una semana en particular, se liquidará a la semana siguiente por parte de Interventor y contratista y se pagara al propietario y/o conductor de manera quincenal.
Entregar a CHEC las relaciones de pagos y PAZ Y SALVOS de los propietarios. En el momento en que el conductor o propietario se desvincule, el contratista le debe expedir el respectivo paz y salvo dentro de los quince días calendario siguientes a su desvinculación.
Exigir pagos de salarios, prestaciones sociales, seguridad social integral y aportes parafiscales por parte de los propietarios a conductores dentro de lo establecido por la ley, para lo cual aportará mensualmente al interventor una (1) copia nítida de los pagos.
Controlar y verificar que los vehículos y/o conductores cumplan con las exigencias establecidas en estos términos de referencia y las normas vigentes que regulan el sector transporte.
Exigir al conductor que entregue el formato de liquidación de vehículos alquilados de CHEC debidamente diligenciado.
El contratista debe tener para la ejecución del contrato, conductores que conozcan las rutas a los diferentes municipios de las zonas de influencia CHEC.
El contratista velará porque todos sus trabajadores tomen las medidas necesarias para prevenir cualquier tipo de accidentes.
El contratista presentará con la documentación de los vehículos, los siguientes documentos de los conductores:
- Hoja de vida Conductor
- Fotocopia de cédula de ciudadanía.
- Libreta militar.
- Licencia de conducción.
- Contrato de trabajo.
- Exámenes médicos.
- Pagos de seguridad social integral y parafiscal.
Todo el personal operativo y administrativo que preste el servicio en virtud de la ejecución del contrato debe estar afiliado al sistema de seguridad social integral un día antes de empezar a trabajar (E.P.S., A.R.L. y A.F.P.)
El contratista deberá correr con todos los gastos referentes a la carnetización de los empleados destinados al desarrollo de las labores propias del contrato.
2.6. CONDUCTORES
Los conductores de los vehículos serán contratados directamente por el oferente que resulte seleccionado, y es de su responsabilidad el pago de los salarios, prestaciones, aportes parafiscales, aportes a pensión y salud, dotaciones, indemnizaciones etc. En general, el contratista debe garantizar el cumplimiento del régimen laboral de todos sus funcionarios, dándole cabal aplicación a la normativa sobre la materia, en especial a la Constitución Política, los tratados internacionales de la OIT y el Código Sustantivo del Trabajo y demás normatividad complementaria que aplique.
CHEC se reserva el derecho de solicitar al contratista el remplazo de cualquiera de los conductores que presten el servicio.
Los oferentes deben certificar y garantizar experiencia de los conductores en el manejo de vehículos y su excelente atención con los usuarios del servicio y con los clientes de CHEC.
El Contratista proveerá al conductor de su respectivo uniforme de dotación, el cual será de uso obligatorio. Las características de estos uniformes serán definidas por el Contratista. Los conductores deberán además portar el carnet de identificación laminado, con sus nombres y apellidos impresos y fotografía del titular.
El conductor deberá responder por cumplir con la normatividad vigente para conducción de vehículos
Los conductores deben mantener en perfecto estado de aseo y mantenimiento el vehículo
Los conductores deben hacer diligenciar planillas acorde con las instrucciones suministradas
Los conductores deben tener la licencia de conducción vigente y de la categoría requerida para el vehículo que deberá conducir para el transporte tanto del personal como carga.
2.7. COORDINADOR
El contratista ofrecerá y mantendrá un profesional en áreas administrativas, como Coordinador de transporte que estará en continua comunicación con el Interventor del contrato, para realizar la programación de los vehículos que CHEC necesite, así como la atención de las demás operaciones propias de la ejecución del contrato.
Esta coordinación estará disponible las 24 horas de lunes x xxxxxxx.
El Coordinador de este contrato debe permanecer en la sede que deberá tener el contratista en la ciudad de Manizales, ya que es de dedicación exclusiva a este contrato.
Serán responsabilidades del coordinador las siguientes:
Coordinar y asegurar, la prestación del servicio de acuerdo a los términos de referencia y a la normatividad vigente
Responder por el cumplimiento de los servicios solicitados
Responder por los reclamos y entregar acciones correctivas para que éstas no se vuelvan a presentar
Velar por la actualización de los documentos de los vehículos
Velar por el correcto estado de los vehículos
Asegurar el correcto diligenciamiento de planillas
Garantizar porque los reemplazos y programación de los vehículos se cumplan
Asegurar y velar por el oportuno pago de los propietarios y conductores de acuerdo a las actividades realizadas y a los términos establecidos.
Suministrar la información necesaria para ayudar al interventor sobre las mejoras que se puedan realizar en el servicio.
Velar por la veracidad de la información consignada en las planillas y en el sistema de información
Gestionar y atender requerimientos relacionados con la interventoría del contrato.
Coordinar los conductores y propietarios para que se cumplan los servicios solicitados
Conciliar los servicios prestados con la interventoría, de acuerdo con la periodicidad estipulada en estos términos de referencia
EDUCACIÓN
Administrador de Empresas, Ingeniero Industrial o profesional en áreas afines.
EXPERIENCIA
Dos (2) años de experiencia en manejo de personal, coordinación de equipos. Preferiblemente con conocimientos en transporte terrestre.
2.8. ASISTENTE ADMINISTRATIVO
El contratista deberá contar con un asistente administrativo, quien tendrá la responsabilidad de soportar las actividades de asignación de vehículos, recibo de planillas, verificación de documentos de los vehículos, emisión de extractos de contratos, y ayudar con las labores adicionales asignadas por el Coordinador.
EDUCACIÓN
Tecnólogo en áreas administrativas o afines.
EXPERIENCIA
Dos (2) años de experiencia en trabajos administrativos.
2.9. CONTROLES
El contratista debe contar con un aplicativo vía web para efectuar la liquidación de los servicios prestados, donde se pueda ingresar la información contemplada en las planillas de liquidación. En esta planilla se debe relacionar como mínimo el número de la solicitud, la cantidad de horas del servicio de acuerdo con lo estipulado en estos términos de referencia y el valor de las mismas. La interventoría podrá solicitar en cualquier momento información adicional que contribuya a la gestión o control de la operación del contrato, igualmente podrá solicitar esta información en medio magnético o cualquier otro medio como soporte a los pagos o gestión del contrato. La aplicación debe estar disponible 99.9% del tiempo las 24 horas de día los 365 días del año.
El contratista deberá presentar a CHEC los informes y estadísticas en los periodos definidos, con respecto a los servicios prestados y los sistemas solicitados en estos términos de referencia.
Además, el contratista debe reportar al interventor y antes del servicio; los datos de vehículos y conductores asignados, en el aplicativo CHEC que se tiene para tal fin, de tal manera que se permita la respectiva verificación del parque automotor autorizado para laborar en el contrato.
Para el servicio se deberán diligenciar planillas por cada servicio utilizado de manera diaria. Las planillas tienen como fin garantizar que cada servicio atendido sea avalado por el usuario de éste y a su vez sea soporte para el cálculo del tiempo que causa los pagos.
Las planillas tendrán como mínimo la siguiente información: Fecha del servicio, hora de inicio y hora de terminación del servicio, origen y destino, tipo de labor a desarrollar, nombre y firma del usuario, kilometraje inicial, kilometraje final, número de solicitud, tipo de servicio.
GPS: El contratista debe proveer de GPS todos los vehículos a utilizar en este contrato, que incluya el servicio de monitoreo permanente y el servicio de mantenimiento preventivo anual durante la ejecución del presente contrato, que pueda ser monitoreado por CHEC vía Web. Durante la ejecución del contrato, CHEC debe tener acceso permanente vía web para el control de los recorridos de los vehículos solicitados tiempo completo.
2.10. MODALIDADES DEL SERVICIO:
Para efectos de la prestación del servicio que se quiere contratar, a continuación se definen las modalidades de servicio de los vehículos.
“Vehículo fijo”, “Vehículo ocasional”, “Vehículo por evento/Hora”.
Vehículo Alquilado Fijo (aplica para vehículos especiales y de carga): Esta modalidad se presenta para aquellas áreas o procesos que por razón del servicio a prestar y las actividades técnicas, operativas o administrativas a cargo de sus trabajadores, requieran de un vehículo de carácter permanente para sus desplazamientos, cumpliendo como mínimo la jornada normal de trabajo y CHEC garantizará 10 horas diarias en esta modalidad (lunes a viernes) adicionalmente serán canceladas las horas causadas el fin de semana. Un vehículo que presta el servicio en esta modalidad podrá desplazarse en toda el área de influencia de CHEC y la tarifa se cancelará al valor de la hora pactada según la categoría del vehículo por las 10 horas diarias.
Se debe tener en cuenta que el servicio se podrá solicitar para ser prestado en horario desde las 00 horas hasta las 24 horas de lunes x xxxxxxx, sin que ello implique variación en la tarifa hora.
En el caso de no requerirse un vehículo fijo, será informado a través del interventor del contrato con la debida anticipación, para que el contratista haga uso y planeación del mismo, con el ánimo de que no sea causado el servicio fijo en el lapso no utilizado.
Vehículo Alquilado Ocasional (aplica para vehículos especiales y de carga) Esta modalidad se presenta para aquellas áreas o procesos que por razón del servicio que prestan y las actividades técnicas, operativas o administrativas a cargo de sus trabajadores, requieran de un vehículo de carácter temporal para sus desplazamientos y se pagaran las horas reales utilizadas a excepción de los siguientes casos:
Cuando el servicio prestado no supere las 2 horas de trabajo, CHEC garantizará el pago mínimo de 2 horas.
Cuando la distancia recorrida sea mayor o igual a 100 kilómetros y menor a 150 kilómetros por trayecto prestado, CHEC reconocerá 10 horas a la tarifa pactada según categoría.
Cuando la distancia recorrida esté entre 151 kilómetros y 200 kilómetros por trayecto prestado, CHEC reconocerá 12,5 horas a la tarifa pactada según categoría.
Cuando la distancia recorrida sea mayor o igual a los 201 kilómetros por trayecto prestado, CHEC reconocerá 15 horas a la tarifa pactada según categoría.
Cuando CHEC requiera de un vehículo para prestar servicios un fin de semana por motivo de emergencia o eventualidades, el Contratista tendrá 1 vehículo a disposición de CHEC para tal fin. En caso de no utilizar este vehículo, CHEC reconocerá 2 horas por cada 12 horas disponible. En caso de utilizar el vehículo se reconocerán las 2 horas por cada 12 horas, más las horas reales de prestación del servicio.
Para los servicios prestados Manizales – Pereira – Manizales y Manizales – Dosquebradas – Manizales, se reconocerá mínimo 10 horas por cada recorrido completo.
Para el caso del servicio prestado Manizales – Armenia – Manizales se reconocerá mínimo 15 horas por cada recorrido.
Para el caso de Vehículos de Carga, se pagará un Stand By cuando el cargue se haga el viernes y su descargue se haga el lunes por valor de 5 horas diarias.
Cuando un vehículo se regrese vacío el mismo día, siempre y cuando exceda los 100 km de recorrido en un solo trayecto (de acuerdo a las tablas de recorrido), se pagará el 50% de las horas acordadas en estos términos de referencia.
Cuando un vehículo sea solicitado por más de 2 días a un lugar de destino se pagará el recorrido de ida y de regreso normalmente, pero solo se pagará 5 horas diarias por los días que permanezca sin utilización. Si el vehículo es utilizado se pagarán las horas realmente causadas si exceden las 5 horas.
Para el caso de correrías, no importa la categoría, los servicios se pagarán de acuerdo con cotización, previamente autorizada por el Interventor del contrato
Para el caso de la Ruta de Alta Suiza se pagarán 3 horas por recorrido ida y regreso
Para el cálculo de la compensación y equivalencia en horas, se anexa tabla de kilómetros desde Manizales hacia cada uno de los municipios de las zonas de influencia CHEC, que representa la mayor demanda de utilización del servicio. La demanda por fuera del Eje Xxxxxxxx representa el 2% de los servicios prestados en el contrato.
Los Servicios de transporte serán solicitados por CHEC a través del Equipo de Soporte Administrativo, en las diferentes modalidades y será la base para la liquidación de las cuentas por la prestación del servicio. (Ver anexo 1 Cuadro de Kilómetros)
2.11. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS
El contratista deberá cumplir con el Decreto 1609 de 2002 del Ministerio de Transporte, por el cual se reglamenta el manejo y transporte terrestre automotor de mercancías peligrosas por carretera.
Entre las exigencias definidos dentro del decreto se encuentra:
Cumplir con todos los requerimientos establecidos en el Código Nacional de Tránsito Terrestre.
- Tarjeta de Registro Nacional de Transporte de Carga.
- Licencia de Tránsito.
- Póliza de Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito.
- Revisión técnico – mecánica vigente
Tener el certificado del curso básico obligatorio de capacitación para los conductores de vehículos que transporten mercancías peligrosas y/o su acompañante.
Marcación de los vehículos indicando las señalizaciones exigidas en el Decreto 1609 de 2002, cumpliendo con las Normas técnicas asociadas (UN, NFPA, entre otras). Rótulos de identificación de acuerdo con lo estipulado en la Norma Técnica Colombiana 1692 segunda actualización – Anexo N° 1– para cada clase de material peligroso. La marcación de los vehículos deberá estar visible en la parte delantera y trasera y en los laterales.
Deberá contar con la hoja de seguridad, en la cual se describa los riesgos de un material peligroso y suministrar la información sobre cómo se puede manipular, usar y almacenar el material con seguridad, que se elabora de acuerdo con lo estipulado en la Norma Técnica Colombiana NTC 4435. CHEC entregará la lista de mercancías peligrosas a transportar una vez sea seleccionado el Contratista y deberá contar con las hojas de seguridad de dichas mercancías.
Cada vehículo autorizado para el transporte de mercancías peligrosas deberá presentar un Plan de Contingencia, el cual incluye el programa de tipo predictivo, preventivo y reactivo con una estructura estratégica, operativa e informática desarrollado por parte del Contratista para el control de una emergencia que se produzca durante el manejo, transporte y almacenamiento de mercancías peligrosas, con el propósito de mitigar las consecuencias y reducir los riesgos de empeoramiento de la situación y acciones inapropiadas, así como para regresar a la normalidad con el mínimo de consecuencias negativas para la población y el medio ambiente, teniendo en cuenta lo estipulado en la Tarjeta de Emergencia NTC 4532 y los lineamientos establecidos en el Plan Nacional de Contingencias.
Cada vehículo autorizado para el transporte de mercancías peligrosas deberá presentar el Plan de Emergencia, el cual presenta la organización de los medios humanos y materiales disponibles para garantizar la intervención inmediata ante la existencia de una emergencia que involucren mercancías peligrosas y garantizar una atención adecuada bajo procedimientos establecidos. Este plan de emergencia será de acuerdo con lo establecido por la Ley. Este plan debe ser divulgado a los conductores que transportan las mercancías peligrosas.
Los vehículos autorizados deberán contar con los elementos básicos para atención de emergencias tales como:
Elementos básicos para atención de emergencias: Ropa protectora, gafas, guantes, botas, delantal, respirador, linterna, herramientas.
Equipos para recolección y limpieza: Cordones o barreras absorbentes, pala plástica antichispa, bolsas gruesas, material absorbente, escobilla, material reparación de fugas.
Dos extintores reglamentarios cargados y vigentes: Portar mínimo dos (2) extintores tipo multipropósito de acuerdo con el tipo y cantidad de mercancía peligrosa transportada, uno en la cabina y los demás cerca de la carga, en sitio de fácil acceso y que se pueda disponer de él rápidamente en caso de emergencia.
Contar con sistemas de comunicación sea radio o celular para entrada y salida de llamadas.
Linterna, botiquín de primeros auxilios, mecanismos de señalización en vía pública (cinta amarilla, conos) y los demás equipos y dotaciones especiales de acuerdo con lo estipulado en la Tarjeta de Emergencia (Norma Técnica Colombiana NTC 4532.
Tener el sistema eléctrico con dispositivos que minimicen los riesgos de chispas o explosiones.
Contar con un dispositivo sonoro o pito, que se active en el momento en el cual el vehículo se encuentre en movimiento de reversa.
El conductor del vehículo deberá velar por que sea verificado su vehículo antes de salir con la carga por parte de CHEC y gestionar la firma del destinatario de la verificación del vehículo.
Adicionalmente el contratista deberá entregar:
Listado de vehículos (camiones y/o camionetas) que cumplen con los requerimientos para el transporte de mercancías peligrosas.
Características de peso del vehículo y capacidad de carga.
Información de autorización y capacitación de los conductores para los vehículos autorizados.
Constancia que el conductor o su acompañante leyó y entendió las hojas de seguridad a transportar.
El siguiente cuadro describe el número de vehículos utilizados frecuentemente en las diferentes zonas de influencia CHEC
o
VEHICULOS FIJOS
Zona | Sede Municipi | Categoria 1 | Categoria 2 | Categoria 3 | Categoria 4 | Categoria 5 | Total |
Centro | Manizales | 0 | 18 | 2 | 0 | 0 | 20 |
Centro | Chinchina | 0 | 9 | 3 | 0 | 0 | 12 |
Xxxxxxx | Xx Xxxxxx | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Xxxxxxx | Xxxxxxxx | 0 | 2 | 0 | 0 | 0 | 2 |
Xxxxxxxxxxxx | Xxxxxxx | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Xxxxxxxxxxxx | Xxxxxxxxxxxx | 0 | 1 | 0 | 0 | 0 | 1 |
Noroccidente | Salamina | 0 | 1 | 0 | 0 | 0 | 1 |
Totales | 0 | 34 | 5 | 0 | 0 | 39 |
VEHICULOS OCASIONALES
Zona | Columna1 | Categoria 1 | Categoria 2 | Categoria 3 | Categoria 4 | Categoria 5 | Total |
Centro | Manizales | 4 | 18 | 2 | 1 | 5 | 30 |
Centro | Chinchina | 0 | 4 | 0 | 0 | 0 | 4 |
Xxxxxxx | Xx Xxxxxx | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Xxxxxxx | Xxxxxxxx | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Xxxxxxxxxxxx | Xxxxxxx | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Xxxxxxxxxxxx | Xxxxxxxxxxxx | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Noroccidente | Salamina | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Totales | 4 | 22 | 2 | 1 | 5 | 34 |
TOTAL VEHICULOS
Zona | Columna1 | Categoria 1 | Categoria 2 | Categoria 3 | Categoria 4 | Categoria 5 | Total |
Centro | Manizales | 4 | 36 | 4 | 1 | 5 | 50 |
Centro | Chinchina | 0 | 13 | 3 | 0 | 0 | 16 |
Xxxxxxx | Xx Xxxxxx | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Xxxxxxx | Xxxxxxxx | 0 | 2 | 0 | 0 | 0 | 2 |
Xxxxxxxxxxxx | Xxxxxxx | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Xxxxxxxxxxxx | Xxxxxxxxxxxx | 0 | 1 | 0 | 0 | 0 | 1 |
Noroccidente | Salamina | 0 | 1 | 0 | 0 | 0 | 1 |
Totales | 0 | 56 | 7 | 1 | 5 | 73 |
Estas son estimadas y cancelara lo realmente causado
NOTAS:
Cuando se solicita un vehículo de una categoría determinada para cumplir un servicio y envían uno de mayor categoría, se cancelará a la tarifa del vehículo solicitado y en ningún momento se debe pagar a la tarifa del vehículo enviado.
Cuando un vehículo en cumplimiento de un recorrido, no lo culmina por motivos diferentes como daños mecánicos, detención de las autoridades viales etc, la empresa contratista debe colocar de inmediato otro vehículo a disposición para culminar el trabajo y la tarifa se
cancela al vehículo solicitado inicialmente. En caso de no disponer de un nuevo vehículo y el usuario se transporta por sus propios medios, la tarifa en ningún momento se cancelará por incumplimiento de la tarea asignada.
CUADRO KILOMETROS
DISTANCIAS POR CARRETERA ENTRE LOS MUNICIPIOS DE ZONA DE INFLUENCIA DE CHEC
Origen | Destino | Kmts |
Manizales( Caldas ) | Belalcazar( Caldas ) | 98.00 |
Belalcazar( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 98.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Pueblo Rico( Risaralda ) | 98.00 |
Pueblo Rico( Risaralda ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 98.00 |
Aguadas( Caldas ) | Xxxxxxxx( Xxxxxx ) | 95.00 |
Manizales( Caldas ) | Marmato( Caldas ) | 95.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Risaralda( Caldas ) | 95.00 |
Aranzazu( Caldas ) | Aguadas( Caldas ) | 95.00 |
Risaralda( Caldas ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 95.00 |
Marmato( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 95.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Filadelfia( Caldas ) | 95.00 |
Filadelfia( Caldas ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 95.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Guatica( Risaralda ) | 94.00 |
Guatica( Risaralda ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 94.00 |
Pereira( Risaralda ) | Pueblo Rico( Risaralda ) | 93.00 |
Pueblo Rico( Risaralda ) | Pereira( Risaralda ) | 93.00 |
Aguadas( Caldas ) | La Merced( Caldas ) | 92.00 |
La Merced( Caldas ) | Aguadas( Caldas ) | 92.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Mistrato( Risaralda ) | 91.00 |
Mistrato( Risaralda ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 91.00 |
La Dorada( Caldas ) | Fresno( Tolima ) | 90.00 |
La Virginia( Risaralda ) | Quinchia( Risaralda ) | 90.00 |
Manizales( Caldas ) | Riosucio( Caldas ) | 90.00 |
Quinchia( Risaralda ) | La Virginia( Risaralda ) | 90.00 |
Riosucio( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 90.00 |
Manizales( Caldas ) | Fresno( Tolima ) | 90.00 |
Fresno( Tolima ) | Manizales( Caldas ) | 90.00 |
Fresno( Tolima ) | La Dorada( Caldas ) | 90.00 |
Manizales( Caldas ) | Villamaria( Caldas ) | 9.00 |
Victoria( Caldas ) | Victoria( Caldas ) | 9.00 |
Villamaria( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 9.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Risaralda( Xxxxxx ) | 89.00 |
Risaralda( Xxxxxx ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 89.00 |
Montebonito( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 89.00 |
Manizales( Caldas ) | Montebonito( Caldas ) | 89.00 |
Aguadas( Xxxxxx ) | Xxxxxxxx( Xxxxxx ) | 88.00 |
Aranzazu( Caldas ) | Aguadas( Caldas ) | 88.00 |
Pereira( Risaralda ) | Mistrato( Risaralda ) | 87.00 |
Mistrato( Xxxxxxxxx ) | Xxxxxxx( Risaralda ) | 87.00 |
Manizales( Caldas ) | La Merced( Caldas ) | 86.00 |
Manizales( Caldas ) | La Virginia( Risaralda ) | 86.00 |
La Virginia( Risaralda ) | Manizales( Caldas ) | 86.00 |
La Merced( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 86.00 |
Aguadas( Xxxxxx ) | Aranzazu( Caldas ) | 84.00 |
Aranzazu( Caldas ) | Aguadas( Caldas ) | 84.00 |
Aguadas( Caldas ) | Marmato( Caldas ) | 83.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Risaralda( Caldas ) | 83.00 |
Marmato( Caldas ) | Aguadas( Caldas ) | 83.00 |
La Virginia( Risaralda ) | Riosucio( Caldas ) | 83.00 |
Riosucio( Caldas ) | La Virginia( Risaralda ) | 83.00 |
Risaralda( Xxxxxx ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 83.00 |
Manizales( Caldas ) | Marsella( Risaralda ) | 82.00 |
Marsella( Risaralda ) | Manizales( Caldas ) | 82.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | San Xxxx( Caldas ) | 81.00 |
Guatica( Risaralda ) | Manizales( Caldas ) | 81.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Anserma( Caldas ) | 81.00 |
Anserma( Caldas ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 81.00 |
San Xxxx( Caldas ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 81.00 |
Manizales( Caldas ) | Guatica( Risaralda ) | 81.00 |
La Virginia( Risaralda ) | Pueblo Rico( Risaralda ) | 80.00 |
La Virginia( Risaralda ) | Pueblo Rico( Risaralda ) | 80.00 |
La Virginia( Risaralda ) | Quinchia( Risaralda ) | 80.00 |
Risaralda( Xxxxxx ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 80.00 |
Pueblo Rico( Risaralda ) | La Virginia( Risaralda ) | 80.00 |
Pueblo Rico( Risaralda ) | La Virginia( Risaralda ) | 80.00 |
Quinchia( Risaralda ) | La Virginia( Risaralda ) | 80.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Risaralda( Caldas ) | 80.00 |
La Dorada( Caldas ) | Samana( Caldas ) | 79.00 |
La Virginia( Risaralda ) | Quinchia( Risaralda ) | 79.00 |
Samana( Caldas ) | La Dorada( Caldas ) | 79.00 |
Quinchia( Risaralda ) | La Virginia( Risaralda ) | 79.00 |
Pensilvania( Caldas ) | Victoria( Caldas ) | 79.00 |
Victoria( Caldas ) | Pensilvania( Caldas ) | 79.00 |
La Dorada( Caldas ) | Xxxxxxxxx( Caldas ) | 78.00 |
Florencia( Caldas ) | La Dorada( Caldas ) | 78.00 |
Manzanares( Caldas ) | Samana( Caldas ) | 78.00 |
Samana( Caldas ) | Manzanares( Caldas ) | 78.00 |
Pacora( Caldas ) | Riosucio( Caldas ) | 78.00 |
Riosucio( Caldas ) | Pacora( Caldas ) | 78.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Risaralda( Caldas ) | 76.30 |
Filadelfia( Caldas ) | Aguadas( Caldas ) | 76.00 |
Manizales( Caldas ) | Supia( Caldas ) | 76.00 |
Marquetalia( Caldas ) | La Dorada( Caldas ) | 76.00 |
Supia( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 76.00 |
Risaralda( Caldas ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 76.00 |
Aguadas( Caldas ) | Filadelfia( Caldas ) | 76.00 |
Manizales( Caldas ) | Salamina( Caldas ) | 75.00 |
Salamina( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 75.00 |
Manizales( Caldas ) | Riosucio( Caldas ) | 74.00 |
Riosucio( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 74.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Santuario( Risaralda ) | 74.00 |
Santuario( Risaralda ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 74.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Xxxxx de Umbria( Risaralda ) | 74.00 |
Xxxxx de Umbria( Risaralda ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 74.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | San Xxxx( Caldas ) | 73.00 |
San Xxxx( Xxxxxx ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 73.00 |
San Xxxx( Caldas ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 73.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | San Xxxx( Caldas ) | 73.00 |
Aguadas( Caldas ) | Salamina( Caldas ) | 72.00 |
La Dorada( Caldas ) | Marquetalia( Caldas ) | 72.00 |
Salamina( Caldas ) | Aguadas( Caldas ) | 72.00 |
Manizales( Caldas ) | Viterbo( Caldas ) | 71.00 |
Viterbo( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 71.00 |
Pereira( Risaralda ) | Xxxxx de Umbria( Risaralda ) | 70.00 |
Xxxxx de Umbria( Risaralda ) | Pereira( Risaralda ) | 70.00 |
Salamina( Caldas ) | Riosucio( Caldas ) | 70.00 |
Riosucio( Caldas ) | Salamina( Caldas ) | 70.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Apia( Risaralda ) | 70.00 |
Apia( Risaralda ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 70.00 |
Guatica( Risaralda ) | Riosucio( Caldas ) | 69.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | La Xxxxx( Risaralda ) | 69.00 |
La Xxxxx( Risaralda ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 69.00 |
Riosucio( Caldas ) | Guatica( Risaralda ) | 69.00 |
Manizales( Caldas ) | Belalcazar( Caldas ) | 68.00 |
Manizales( Caldas ) | Anserma( Caldas ) | 68.00 |
Belalcazar( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 68.00 |
Anserma( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 68.00 |
La Dorada( Caldas ) | Berlin( Caldas ) | 67.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | San Xxxx( Caldas ) | 67.00 |
San Xxxx( Caldas ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 67.00 |
Berlin( Caldas ) | La Dorada( Caldas ) | 67.00 |
Riosucio( Caldas ) | Salamina( Caldas ) | 67.00 |
Salamina( Caldas ) | Riosucio( Caldas ) | 67.00 |
Riosucio( Caldas ) | Aranzazu( Caldas ) | 67.00 |
Aranzazu( Caldas ) | Riosucio( Caldas ) | 67.00 |
Aguadas( Caldas ) | Salamina( Caldas ) | 66.00 |
La Virginia( Risaralda ) | Mistrato( Risaralda ) | 65.10 |
Mistrato( Risaralda ) | La Virginia( Risaralda ) | 65.00 |
La Dorada( Caldas ) | Marquetalia( Caldas ) | 64.00 |
Pereira( Risaralda ) | Santuario( Risaralda ) | 64.00 |
Marquetalia( Caldas ) | La Dorada( Caldas ) | 64.00 |
Santuario( Risaralda ) | Pereira( Risaralda ) | 64.00 |
Manizales( Caldas ) | Filadelfia( Caldas ) | 63.00 |
Filadelfia( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 63.00 |
Filadelfia( Caldas ) | Xxxxxxxxx( Xxxxxx ) | 00.00 |
Xxxxxxxxx( Xxxxxx ) | Xxx Xxxx( Xxxxxx ) | 62.00 |
San Xxxx( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 62.00 |
Supia( Xxxxxx ) | Xxxxxx( Xxxxxx ) | 62.00 |
Arauca( Arauca ) | Supia( Caldas ) | 62.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Viterbo( Caldas ) | 61.00 |
Viterbo( Caldas ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 61.00 |
Manzanares( Caldas ) | Victoria( Caldas ) | 60.00 |
Victoria( Caldas ) | Manzanares( Caldas ) | 60.00 |
Chinchina( Caldas ) | Palestina( Caldas ) | 6.00 |
Palestina( Caldas ) | Chinchina( Caldas ) | 6.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Balboa( Risaralda ) | 57.00 |
Balboa( Risaralda ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 57.00 |
Mistrato( Risaralda ) | Anserma( Caldas ) | 57.00 |
Anserma( Caldas ) | Mistrato( Risaralda ) | 57.00 |
Belalcazar( Caldas ) | Xxxxx de Umbria( Risaralda ) | 57.00 |
Xxxxx de Umbria( Risaralda ) | Belalcazar( Caldas ) | 57.00 |
Arauca( Arauca ) | Neira( Caldas ) | 56.00 |
Aguadas( Caldas ) | La Merced( Caldas ) | 56.00 |
Neira( Caldas ) | Arauca( Caldas ) | 56.00 |
La Merced( Caldas ) | Aguadas( Caldas ) | 56.00 |
Apia( Risaralda ) | La Xxxxx( Risaralda ) | 56.00 |
La Xxxxx( Risaralda ) | Apia( Risaralda ) | 56.00 |
La Virginia( Risaralda ) | Risaralda( Xxxxxx ) | 56.00 |
Risaralda( Caldas ) | La Virginia( Risaralda ) | 56.00 |
Arauca( Arauca ) | Neira( Caldas ) | 55.00 |
La Dorada( Caldas ) | Norcasia( Caldas ) | 55.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Belalcazar( Caldas ) | 55.00 |
Manizales( Caldas ) | Risaralda( Caldas ) | 55.00 |
Neira( Caldas ) | Arauca( Xxxxxx ) | 55.00 |
Belalcazar( Caldas ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 55.00 |
Norcasia( Caldas ) | La Dorada( Caldas ) | 55.00 |
Risaralda( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 55.00 |
La Dorada( Caldas ) | Mariquita( Tolima ) | 55.00 |
Mariquita( Tolima ) | La Dorada( Caldas ) | 55.00 |
La Virginia( Risaralda ) | Anserma( Caldas ) | 54.00 |
Anserma( Caldas ) | La Virginia( Risaralda ) | 54.00 |
Quinchia( Risaralda ) | San Xxxx( Caldas ) | 54.00 |
San Xxxx( Caldas ) | Quinchia( Risaralda ) | 54.00 |
Pereira( Risaralda ) | Balboa( Risaralda ) | 53.00 |
Xxxxxx( Risaralda ) | Pereira( Risaralda ) | 53.00 |
Viterbo( Xxxxxx ) | Xxxxxxx( Risaralda ) | 53.00 |
Pereira( Risaralda ) | Viterbo( Caldas ) | 53.00 |
Manizales( Caldas ) | Irra( Risaralda ) | 52.00 |
Manizales( Caldas ) | Xxxxxxxx( Xxxxxx ) | 52.00 |
Irra( Risaralda ) | Manizales( Caldas ) | 52.00 |
Xxxxxxxx( Xxxxxx ) | Manizales( Caldas ) | 52.00 |
Pereira( Xxxxxxxxx ) | Xxxxxxxxxx( Caldas ) | 52.00 |
Belalcazar( Caldas ) | Pereira( Risaralda ) | 52.00 |
Manizales( Caldas ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 51.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Manizales( Caldas ) | 51.00 |
Pereira( Risaralda ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 5.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Pereira( Risaralda ) | 5.00 |
La Virginia( Risaralda ) | Xxxxx de Umbria( Risaralda ) | 49.00 |
Filadelfia( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 49.00 |
Xxxxx de Umbria( Risaralda ) | La Virginia( Risaralda ) | 49.00 |
Salamina( Caldas ) | Aguadas( Caldas ) | 49.00 |
Aguadas( Caldas ) | Salamina( Caldas ) | 49.00 |
Manizales( Caldas ) | Filadelfia( Caldas ) | 49.00 |
Arauca( Arauca ) | Villamaria( Caldas ) | 48.00 |
Manizales( Caldas ) | Marsella( Risaralda ) | 48.00 |
Villamaria( Caldas ) | Arauca( Caldas ) | 48.00 |
Marsella( Risaralda ) | Manizales( Caldas ) | 48.00 |
Riosucio( Caldas ) | Filadelfia( Caldas ) | 48.00 |
Filadelfia( Caldas ) | Riosucio( Caldas ) | 48.00 |
Riosucio( Caldas ) | Marmato( Caldas ) | 47.00 |
Marmato( Caldas ) | Riosucio( Caldas ) | 47.00 |
Pensilvania( Caldas ) | Samana( Caldas ) | 46.00 |
Samana( Caldas ) | Pensilvania( Caldas ) | 46.00 |
Victoria( Caldas ) | La Dorada( Caldas ) | 46.00 |
Xxxxx de Umbria( Risaralda ) | Riosucio( Caldas ) | 46.00 |
Riosucio( Caldas ) | Xxxxx de Umbria( Risaralda ) | 46.00 |
La Dorada( Caldas ) | Victoria( Caldas ) | 46.00 |
Pensilvania( Caldas ) | Xxxxxxxx( Caldas ) | 45.00 |
Pensilvania( Caldas ) | Xxxxxxxx( Caldas ) | 45.00 |
Xxxxxxxx( Caldas ) | Pensilvania( Caldas ) | 45.00 |
Manizales( Caldas ) | Samaria( Caldas ) | 44.00 |
Samaria( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 44.00 |
Xxxxxxxxx( Xxxxxx ) | Xxxxxx( Caldas ) | 43.50 |
Arauca( Xxxxxx ) | Manizales( Caldas ) | 43.00 |
Pueblo Rico( Risaralda ) | Santuario( Risaralda ) | 43.00 |
Santuario( Risaralda ) | Pueblo Rico( Risaralda ) | 43.00 |
Xxxxxxxxxx( Xxxxxx ) | Marulanda( Caldas ) | 41.00 |
Marulanda( Caldas ) | Manzanares( Caldas ) | 41.00 |
Pereira( Risaralda ) | Armenia( Quindio ) | 40.00 |
Armenia( Xxxxxxx ) | Xxxxxxx( Risaralda ) | 40.00 |
Salamina( Caldas ) | Filadelfia( Caldas ) | 40.00 |
Filadelfia( Caldas ) | Salamina( Caldas ) | 40.00 |
Manzanares( Caldas ) | Pensilvania( Caldas ) | 4.00 |
Pensilvania( Caldas ) | Manzanares( Caldas ) | 4.00 |
Arauca( Arauca ) | Manizales( Caldas ) | 38.00 |
Arauca( Arauca ) | Manizales( Caldas ) | 38.00 |
Xxxxxxxxx( Xxxxxx ) | Xxxxxx( Xxxxxx ) | 38.00 |
Pensilvania( Caldas ) | Pensilvania( Caldas ) | 38.00 |
Xxxxxxxxx( Xxxxxx ) | Xxxxxx( Caldas ) | 38.00 |
Xxxxxxxxx( Xxxxxx ) | Xxxxxx( Xxxxxx ) | 38.00 |
Arauca( Xxxxxx ) | Manizales( Caldas ) | 38.00 |
La Virginia( Risaralda ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 38.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | La Virginia( Risaralda ) | 38.00 |
Manizales( Caldas ) | Santa Xxxx( Risaralda ) | 37.00 |
Fresno( Tolima ) | Mariquita( Tolima ) | 37.00 |
Mariquita( Tolima ) | Fresno( Tolima ) | 37.00 |
Santa Xxxx( Risaralda ) | Manizales( Caldas ) | 37.00 |
Victoria( Caldas ) | Samana( Caldas ) | 37.00 |
Samana( Caldas ) | Victoria( Caldas ) | 37.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Marsella( Risaralda ) | 36.00 |
Marsella( Risaralda ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 36.00 |
La Merced( Caldas ) | Filadelfia( Caldas ) | 36.00 |
Filadelfia( Caldas ) | La Merced( Caldas ) | 36.00 |
Salamina( Caldas ) | Samaria( Caldas ) | 36.00 |
Samaria( Caldas ) | Salamina( Caldas ) | 36.00 |
Anserma( Caldas ) | Riosucio( Caldas ) | 35.00 |
La Virginia( Risaralda ) | Apia( Risaralda ) | 35.00 |
Riosucio( Caldas ) | Anserma( Caldas ) | 35.00 |
Apia( Risaralda ) | La Virginia( Risaralda ) | 35.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | La Virginia( Risaralda ) | 35.00 |
La Virginia( Risaralda ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 35.00 |
Dosquebradas( Xxxxxxxxx ) | Xxxxxxx( Xxxxx xxx Xxxxx ) | 35.00 |
Cartago( Xxxxx del Cauca ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 35.00 |
Salamina( Caldas ) | Pacora( Caldas ) | 34.00 |
La Virginia( Risaralda ) | La Xxxxx( Risaralda ) | 34.00 |
Pacora( Caldas ) | Salamina( Caldas ) | 34.00 |
Honda( Tolima ) | La Dorada( Caldas ) | 34.00 |
La Xxxxx( Risaralda ) | La Virginia( Risaralda ) | 34.00 |
Salamina( Caldas ) | Pacora( Caldas ) | 34.00 |
Pacora( Caldas ) | Xxxxxxxx( Xxxxxx ) | 00.00 |
Xx Xxxxxx( Xxxxxx ) | Honda( Tolima ) | 34.00 |
Pueblo Rico( Risaralda ) | Santa Xxxxxxx( Risaralda ) | 34.00 |
Santa Xxxxxxx( Risaralda ) | Pueblo Rico( Risaralda ) | 34.00 |
Supia( Caldas ) | Marmato( Caldas ) | 33.00 |
Marmato( Caldas ) | Supia( Caldas ) | 33.00 |
La Virginia( Risaralda ) | Apia( Risaralda ) | 32.40 |
La Virginia( Risaralda ) | Santuario( Risaralda ) | 32.00 |
Santuario( Risaralda ) | La Virginia( Risaralda ) | 32.00 |
Apia( Risaralda ) | La Virginia( Risaralda ) | 32.00 |
La Virginia( Risaralda ) | San Xxxx( Caldas ) | 32.00 |
San Xxxx( Caldas ) | La Virginia( Risaralda ) | 32.00 |
Manizales( Caldas ) | Xxxxxxxx( Caldas ) | 313.00 |
Xxxxxxxx( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 313.00 |
Xxxxxxxx( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 313.00 |
Manizales( Caldas ) | Xxxxxxxx( Caldas ) | 313.00 |
Neira( Caldas ) | Xxxxxxxx( Xxxxxx ) | 00.00 |
Xxxxxxx( Xxxxxxxxx ) | Marsella( Risaralda ) | 31.00 |
Aranzazu( Caldas ) | Neira( Caldas ) | 31.00 |
Marsella( Xxxxxxxxx ) | Xxxxxxx( Risaralda ) | 31.00 |
Supia( Caldas ) | La Merced( Caldas ) | 31.00 |
La Merced( Caldas ) | Supia( Caldas ) | 31.00 |
Manizales( Caldas ) | Puerto Venus( Antioquia ) | 309.00 |
Puerto Venus( Antioquia ) | Manizales( Caldas ) | 309.00 |
Arauca( Arauca ) | Chinchina( Caldas ) | 30.00 |
Arauca( Arauca ) | Chinchina( Caldas ) | 30.00 |
Pereira( Risaralda ) | La Virginia( Risaralda ) | 30.00 |
La Dorada( Caldas ) | Isaza( Caldas ) | 30.00 |
Manzanares( Caldas ) | Pensilvania( Caldas ) | 30.00 |
Norcasia( Caldas ) | Xxxxxxxxx( Caldas ) | 30.00 |
Isaza( Caldas ) | La Dorada( Caldas ) | 30.00 |
Pensilvania( Caldas ) | Manzanares( Caldas ) | 30.00 |
Florencia( Caldas ) | Norcasia( Caldas ) | 30.00 |
La Virginia( Xxxxxxxxx ) | Xxxxxxx( Risaralda ) | 30.00 |
Victoria( Caldas ) | Marquetalia( Caldas ) | 29.00 |
Manzanares( Caldas ) | Marquetalia( Caldas ) | 29.00 |
Marquetalia( Caldas ) | Victoria( Caldas ) | 29.00 |
Fresno( Tolima ) | Manzanares( Caldas ) | 29.00 |
Marquetalia( Caldas ) | Manzanares( Caldas ) | 29.00 |
Valledupar( Cesar ) | Marquetalia( Caldas ) | 29.00 |
Manzanares( Caldas ) | Fresno( Tolima ) | 29.00 |
Honda( Tolima ) | Mariquita( Tolima ) | 28.00 |
Apia( Risaralda ) | Pueblo Rico( Risaralda ) | 28.00 |
Pueblo Rico( Risaralda ) | Apia( Risaralda ) | 28.00 |
Mariquita( Tolima ) | Honda( Tolima ) | 28.00 |
Apia( Risaralda ) | Viterbo( Caldas ) | 28.00 |
Viterbo( Caldas ) | Apia( Risaralda ) | 28.00 |
Salamina( Caldas ) | San Xxxxx( Caldas ) | 28.00 |
San Xxxxx( Caldas ) | Salamina( Caldas ) | 28.00 |
Manizales( Caldas ) | Palestina( Caldas ) | 27.00 |
Palestina( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 27.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Chinchina( Caldas ) | 26.00 |
Chinchina( Caldas ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 26.00 |
Salamina( Caldas ) | La Merced( Caldas ) | 26.00 |
La Merced( Caldas ) | Salamina( Caldas ) | 26.00 |
Manizales( Caldas ) | Xxxxxxxxx( Caldas ) | 253.00 |
Florencia( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 253.00 |
Manizales( Caldas ) | San Xxxxx( Caldas ) | 251.00 |
San Xxxxx( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 251.00 |
Isaza( Caldas ) | Norcasia( Caldas ) | 25.00 |
San Xxxxxx( Caldas ) | Samana( Caldas ) | 25.00 |
Norcasia( Caldas ) | Isaza( Caldas ) | 25.00 |
Samana( Caldas ) | San Xxxxxx( Caldas ) | 25.00 |
Guatica( Risaralda ) | Riosucio( Caldas ) | 25.00 |
Riosucio( Caldas ) | Guatica( Risaralda ) | 25.00 |
La Virginia( Risaralda ) | Viterbo( Caldas ) | 25.00 |
La Dorada( Caldas ) | Medellin( Antioquia ) | 248.00 |
Medellin( Antioquia ) | La Dorada( Caldas ) | 248.00 |
Manizales( Caldas ) | Berlin( Caldas ) | 242.00 |
Berlin( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 242.00 |
La Virginia( Risaralda ) | Viterbo( Caldas ) | 24.00 |
La Merced( Caldas ) | Salamina( Caldas ) | 24.00 |
Victoria( Caldas ) | Samana( Caldas ) | 24.00 |
Pensilvania( Caldas ) | Marquetalia( Caldas ) | 24.00 |
Victoria( Caldas ) | Victoria( Caldas ) | 24.00 |
Supia( Caldas ) | Marmato( Caldas ) | 24.00 |
Marmato( Caldas ) | Supia( Caldas ) | 24.00 |
Marquetalia( Caldas ) | Pensilvania( Caldas ) | 24.00 |
Samaria( Caldas ) | Victoria( Caldas ) | 24.00 |
Salamina( Caldas ) | La Merced( Caldas ) | 24.00 |
La Dorada( Caldas ) | Salamina( Caldas ) | 24.00 |
Salamina( Caldas ) | Aranzazu( Caldas ) | 24.00 |
Aranzazu( Caldas ) | Salamina( Caldas ) | 24.00 |
Viterbo( Caldas ) | La Virginia( Risaralda ) | 24.00 |
Quinchia( Risaralda ) | Anserma( Caldas ) | 24.00 |
La Virginia( Risaralda ) | Balboa( Risaralda ) | 23.00 |
Balboa( Risaralda ) | La Virginia( Risaralda ) | 23.00 |
Manizales( Caldas ) | Chinchina( Caldas ) | 22.00 |
La Dorada( Caldas ) | Victoria( Caldas ) | 22.00 |
Chinchina( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 22.00 |
Belalcazar( Caldas ) | Viterbo( Caldas ) | 22.00 |
Viterbo( Caldas ) | Belalcazar( Caldas ) | 22.00 |
Riosucio( Caldas ) | Quinchia( Risaralda ) | 22.00 |
Quinchia( Risaralda ) | Riosucio( Caldas ) | 22.00 |
Victoria( Caldas ) | La Dorada( Caldas ) | 22.00 |
Marquetalia( Caldas ) | Victoria( Caldas ) | 21.00 |
Manizales( Caldas ) | Neira( Caldas ) | 21.00 |
Victoria( Caldas ) | Marquetalia( Caldas ) | 21.00 |
Neira( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 21.00 |
Manizales( Caldas ) | Palestina( Caldas ) | 21.00 |
Palestina( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 21.00 |
Manizales( Caldas ) | Norcasia( Caldas ) | 206.00 |
Norcasia( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 206.00 |
Marquetalia( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 205.00 |
Pensilvania( Caldas ) | San Xxxxxx( Caldas ) | 20.00 |
Pensilvania( Caldas ) | San Xxxxxx( Caldas ) | 20.00 |
San Xxxxxx( Caldas ) | Pensilvania( Caldas ) | 20.00 |
San Xxxxxx( Caldas ) | Pensilvania( Caldas ) | 20.00 |
Aguadas( Caldas ) | Arma( Caldas ) | 20.00 |
Arma( Caldas ) | Aguadas( Caldas ) | 20.00 |
La Virginia( Risaralda ) | Belalcazar( Caldas ) | 20.00 |
Belalcazar( Caldas ) | La Virginia( Risaralda ) | 20.00 |
La Dorada( Caldas ) | Xxxxxxxx( Caldas ) | 196.00 |
Xxxxxxxx( Caldas ) | La Dorada( Caldas ) | 196.00 |
Berlin( Caldas ) | Florencia( Caldas ) | 19.00 |
Xxxxxxxxx( Caldas ) | Berlin( Caldas ) | 19.00 |
Mistrato( Risaralda ) | Xxxxx de Umbria( Risaralda ) | 19.00 |
Xxxxx de Umbria( Risaralda ) | Mistrato( Risaralda ) | 19.00 |
Xxxxxxxx( Caldas ) | Samaria( Caldas ) | 19.00 |
Samaria( Caldas ) | Xxxxxxxx( Xxxxxx ) | 19.00 |
Aranzazu( Caldas ) | Filadelfia( Xxxxxx ) | 19.00 |
Filadelfia( Caldas ) | Aranzazu( Caldas ) | 19.00 |
Manizales( Caldas ) | Samana( Caldas ) | 189.00 |
Samana( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 189.00 |
San Xxxx( Caldas ) | Aguadas( Caldas ) | 189.00 |
Aguadas( Caldas ) | San Xxxx( Caldas ) | 189.00 |
Xxxxxxxx( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 182.00 |
Manizales( Caldas ) | Xxxxxxxx( Caldas ) | 182.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Aguadas( Caldas ) | 180.00 |
Aguadas( Caldas ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 180.00 |
Arauca( Arauca ) | Palestina( Caldas ) | 18.00 |
Palestina( Xxxxxx ) | Xxxxxx( Xxxxxx ) | 18.00 |
Viterbo( Caldas ) | San Xxxx( Xxxxxx ) | 00.00 |
Xxx Xxxx( Xxxxxx ) | Viterbo( Caldas ) | 18.00 |
Quinchia( Risaralda ) | Guatica( Risaralda ) | 18.00 |
Guatica( Risaralda ) | Quinchia( Risaralda ) | 18.00 |
Manizales( Caldas ) | La Dorada( Caldas ) | 175.00 |
La Dorada( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 175.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Aguadas( Xxxxxx ) | 174.00 |
Aguadas( Caldas ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 174.00 |
Xxxxx de Umbria( Risaralda ) | Mistrato( Risaralda ) | 17.00 |
Mistrato( Risaralda ) | Xxxxx de Umbria( Risaralda ) | 17.00 |
Manizales( Caldas ) | Victoria( Caldas ) | 169.00 |
Victoria( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 169.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Arma( Caldas ) | 160.00 |
Arma( Caldas ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 160.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Pacora( Caldas ) | 157.00 |
Pacora( Caldas ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 157.00 |
Marquetalia( Caldas ) | La Dorada( Caldas ) | 154.00 |
La Dorada( Caldas ) | Pensilvania( Caldas ) | 151.00 |
Pensilvania( Caldas ) | La Dorada( Caldas ) | 151.00 |
La Dorada( Caldas ) | Marquetalia( Caldas ) | 150.00 |
Marquetalia( Caldas ) | La Dorada( Caldas ) | 150.00 |
Pacora( Caldas ) | Aguadas( Caldas ) | 15.00 |
Pacora( Caldas ) | Aguadas( Caldas ) | 15.00 |
Aguadas( Caldas ) | Pacora( Caldas ) | 15.00 |
Santuario( Risaralda ) | Apia( Risaralda ) | 15.00 |
Apia( Risaralda ) | Santuario( Risaralda ) | 15.00 |
Manizales( Caldas ) | Pueblo Rico( Risaralda ) | 145.00 |
Pueblo Rico( Risaralda ) | Manizales( Caldas ) | 145.00 |
Manizales( Caldas ) | Arma( Caldas ) | 144.00 |
Arma( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 144.00 |
Manizales( Caldas ) | Pensilvania( Caldas ) | 143.00 |
Pensilvania( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 143.00 |
Pensilvania( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 143.00 |
Manizales( Caldas ) | Marquetalia( Caldas ) | 142.00 |
Manizales( Caldas ) | Mistrato( Risaralda ) | 142.00 |
Marquetalia( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 142.00 |
Mistrato( Risaralda ) | Manizales( Caldas ) | 142.00 |
Victoria( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 140.00 |
Guatica( Risaralda ) | Manizales( Caldas ) | 140.00 |
Riosucio( Caldas ) | Pacora( Caldas ) | 140.00 |
Pacora( Caldas ) | Riosucio( Caldas ) | 140.00 |
Manizales( Caldas ) | Guatica( Risaralda ) | 140.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Pacora( Caldas ) | 140.00 |
Pacora( Caldas ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 140.00 |
Riosucio( Caldas ) | Supia( Caldas ) | 14.00 |
Berlin( Caldas ) | San Xxxxx( Caldas ) | 14.00 |
Pereira( Risaralda ) | Santa Xxxx( Risaralda ) | 14.00 |
Supia( Caldas ) | Riosucio( Caldas ) | 14.00 |
San Xxxxx( Caldas ) | Berlin( Caldas ) | 14.00 |
Santa Xxxx( Risaralda ) | Pereira( Risaralda ) | 14.00 |
Manizales( Caldas ) | La Xxxxx( Risaralda ) | 136.00 |
La Xxxxx( Risaralda ) | Manizales( Caldas ) | 136.00 |
Manizales( Caldas ) | Xxxxxxxxx( Caldas ) | 133.00 |
Marulanda( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 133.00 |
Manizales( Caldas ) | Marulanda( Caldas ) | 131.00 |
Marulanda( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 131.00 |
Risaralda( Caldas ) | Anserma( Caldas ) | 13.00 |
Risaralda( Caldas ) | Belalcazar( Caldas ) | 13.00 |
Anserma( Caldas ) | Risaralda( Caldas ) | 13.00 |
Belalcazar( Caldas ) | Risaralda( Caldas ) | 13.00 |
Guatica( Risaralda ) | Anserma( Caldas ) | 13.00 |
Anserma( Caldas ) | Guatica( Risaralda ) | 13.00 |
Manizales( Caldas ) | Anserma( Caldas ) | 129.00 |
Anserma( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 129.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Xxxxx Xxxxxxx( Xxxxxxxxx ) | 000.00 |
Xxxxx Xxxxxxx( Xxxxxxxxx ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 129.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Supia( Caldas ) | 129.00 |
Supia( Caldas ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 129.00 |
Manizales( Caldas ) | Aguadas( Caldas ) | 126.00 |
La Dorada( Caldas ) | Manzanares( Caldas ) | 126.00 |
Aguadas( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 126.00 |
Manzanares( Caldas ) | La Dorada( Caldas ) | 126.00 |
Manizales( Caldas ) | Balboa( Risaralda ) | 125.00 |
Manizales( Caldas ) | Xxxxx de Umbria( Risaralda ) | 125.00 |
Balboa( Risaralda ) | Manizales( Caldas ) | 125.00 |
Xxxxx de Umbria( Risaralda ) | Manizales( Caldas ) | 125.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Salamina( Caldas ) | 125.00 |
Salamina( Caldas ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 125.00 |
Manizales( Caldas ) | Bolivia( Xxxxxx ) | 123.00 |
Manizales( Caldas ) | Santuario( Risaralda ) | 123.00 |
Bolivia( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 123.00 |
Santuario( Risaralda ) | Manizales( Caldas ) | 123.00 |
Manizales( Caldas ) | Apia( Risaralda ) | 120.00 |
Apia( Risaralda ) | Manizales( Caldas ) | 120.00 |
San Xxxx( Caldas ) | Belalcazar( Caldas ) | 12.00 |
Belalcazar( Caldas ) | San Xxxx( Caldas ) | 12.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Riosucio( Caldas ) | 115.00 |
Riosucio( Caldas ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 115.00 |
Manizales( Caldas ) | Manzanares( Caldas ) | 113.00 |
Manzanares( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 113.00 |
Riosucio( Caldas ) | Aguadas( Caldas ) | 111.00 |
Riosucio( Caldas ) | Aguadas( Caldas ) | 111.00 |
Aguadas( Caldas ) | Riosucio( Caldas ) | 111.00 |
Pereira( Risaralda ) | Quinchia( Risaralda ) | 110.00 |
Quinchia( Xxxxxxxxx ) | Xxxxxxx( Risaralda ) | 110.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Marmato( Caldas ) | 110.00 |
Marmato( Caldas ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 110.00 |
Norcasia( Caldas ) | Berlin( Caldas ) | 11.00 |
Victoria( Caldas ) | Honda( Tolima ) | 11.00 |
Balboa( Risaralda ) | Santuario( Risaralda ) | 11.00 |
Santuario( Risaralda ) | Balboa( Risaralda ) | 11.00 |
Berlin( Caldas ) | Norcasia( Caldas ) | 11.00 |
Honda( Tolima ) | Victoria( Caldas ) | 11.00 |
Manizales( Caldas ) | Pacora( Caldas ) | 109.00 |
Pacora( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 109.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Filadelfia( Caldas ) | 109.00 |
Filadelfia( Caldas ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 109.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Quinchia( Risaralda ) | 107.00 |
Quinchia( Risaralda ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 107.00 |
Filadelfia( Caldas ) | Aguadas( Xxxxxx ) | 106.00 |
Filadelfia( Caldas ) | Aguadas( Caldas ) | 106.00 |
Aguadas( Caldas ) | Filadelfia( Caldas ) | 106.00 |
Aguadas( Caldas ) | Filadelfia( Caldas ) | 106.00 |
Manizales( Caldas ) | Riosucio( Caldas ) | 105.00 |
Riosucio( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 105.00 |
Pensilvania( Caldas ) | Samana( Caldas ) | 104.00 |
Manizales( Caldas ) | Viterbo( Caldas ) | 104.00 |
Viterbo( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 104.00 |
Samana( Caldas ) | Pensilvania( Caldas ) | 104.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | La Merced( Caldas ) | 104.00 |
La Merced( Caldas ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 104.00 |
Aguadas( Caldas ) | La Merced( Caldas ) | 101.00 |
Aguadas( Caldas ) | Supia( Caldas ) | 101.00 |
Manizales( Caldas ) | San Xxxxx( Caldas ) | 101.00 |
La Merced( Caldas ) | Aguadas( Caldas ) | 101.00 |
Supia( Caldas ) | Aguadas( Caldas ) | 101.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Risaralda( Caldas ) | 101.00 |
San Xxxxx( Caldas ) | Manizales( Caldas ) | 101.00 |
Risaralda( Xxxxxx ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 101.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Supia( Caldas ) | 101.00 |
Supia( Caldas ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 101.00 |
Manizales( Caldas ) | Quinchia( Risaralda ) | 100.00 |
Quinchia( Risaralda ) | Manizales( Caldas ) | 100.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Aranzazu( Caldas ) | 100.00 |
Aranzazu( Caldas ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 100.00 |
Xxxxxxxx( Caldas ) | Puerto Venus( Antioquia ) | 10.00 |
Dosquebradas( Risaralda ) | Santa Xxxx( Risaralda ) | 10.00 |
Santa Xxxx( Risaralda ) | Dosquebradas( Risaralda ) | 10.00 |
Puerto Venus( Antioquia ) | Xxxxxxxx( Caldas ) | 10.00 |
3. CARTA DE PRESENTACIÓN
Ciudad y fecha
Doctor
XXXX XXXXX GRANADA GIRALDO
CENTRAL HIDROELÉCTRICA XX XXXXXX S.A. E.S.P. CHEC
Gerente General Oficina
ASUNTO: Oferta Técnico - Económica
El (Los) suscrito (s), obrando en nombre propio (en caso de ser persona natural) u obrando en nombre y representación legal de (en caso de ser persona jurídica): , presenta su oferta en la cual ofrece (n), Prestación del servicio de transporte terrestre en las modalidades de servicio público especial y de carga.
Lo propuesto tiene un valor de: ($ ), de acuerdo con el contenido de la solicitud de ofertas. La oferta estará vigente por 90 días, de acuerdo a lo solicitado en términos de referencia.
EL SUSCRITO MANIFIESTA QUE:
1. Tiene la facultad legal para firmar la oferta.
2. Esta oferta y el contrato que llegare a celebrarse en caso de aceptación de la oferta compromete totalmente a la firma que legalmente representa. De la misma manera, en caso de aceptación de oferta, el contrato será firmado por , portador de la cédula de ciudadanía No. , en calidad de .
3. Ha estudiado cuidadosamente las bases de la solicitud pública de ofertas, incluidos sus adendas y la información sobre preguntas y respuestas y asume la responsabilidad por ignorancia o errónea interpretación de los mismos.
4. Ha tomado cuidadosa nota de las características de los servicios a prestar y de las condiciones que puedan afectar su ejecución.
5. Ha revisado detenidamente la oferta adjunta y declara no contener ningún error u omisión.
6. Conozco las condiciones generales, información general de la solicitud de oferta, del contrato, el cuadro de la oferta, las especificaciones técnicas generales y particulares y acepto todos los requisitos contenidos en ellos.
7. Soy el único interesado en la oferta que presento, que ninguna otra persona tiene interés en esta oferta o en el contrato que se celebre y que no tengo conexión alguna con otra persona o Entidad oferente en esta misma solicitud de oferta.
8. Para la determinación de los precios unitarios y/ó globales, tuve en cuenta todos los gastos e impuestos legales vigentes necesarios para el suministro e instalación de los insumos, e igualmente para la ejecución de los servicios a que se refiere dicho precio.
9. Acepto incondicionalmente y me acojo en su totalidad al contenido del cuadro de la oferta suministrado por la entidad como único documento de referencia para la elaboración y calificación de la mía.
10. Manifiesto que me encuentro al día en mis obligaciones legales tributarias.
11. Sobre mí no cursa ningún tipo de demandas o procesos civiles por embargos a favor de terceros de cualquier índole, que afecten de manera grave la ejecución del contrato.
12. Bajo la gravedad de juramento, declaro que no me encuentro incurso en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad o en situaciones de conflicto de intereses que impidan mi participación en la presente solicitud pública de ofertas y me comprometo a ceder el contrato en caso que sobrevengan.
13. Autorizo a CHEC S.A. E.S.P. para que durante el período en el cual se ponga a consideración de los oferentes los informes de evaluación, la oferta pueda ser enseñada a los demás oferentes que lo soliciten, con excepción de aquellos documentos que se consideren reservados.¹
Adjunto igualmente como parte de esta oferta, los siguientes documentos:
(Relacione aquí los documentos que presenta, iniciando con aquellos que obliga su presentación y adjúntelos a hoja seguida.)
Marcar con una equis la opción escogida para el pago de pólizas
Que las pólizas sean pagadas por CHEC S.A. E.S.P. y descontadas del primer pago.
Pagaré las pólizas directamente.
Atentamente,
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL OFERENTE
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL OFERENTE CC
El oferente señala como dirección para recibir comunicación relacionada con esta oferta, la siguiente:
Nombre del oferente: |
NIT: |
Nombre de Representante legal |
Cédula de Ciudadanía: |
Dirección: |
Teléfono: |
Correo electrónico: |
Fax: |
Ciudad: |
1 El oferente deberá indicar cual de la información consignada en la oferta tiene carácter de reservada y en cuales normas sustenta dicha reserva, señalando expresamente la norma específica que le otorga ese carácter. En el evento en que no se señale las normas específicas que le otorgan ese carácter o la señale pero no concuerde con el documento del cual quiere estipular la reserva, se entiende que la misma no existe y que la Empresa se encuentra autorizada para suministrar la información cuando sea solicitada por otro oferente.
4. INCUMPLIMIENTO EN LA EJECUCIÓN DE CONTRATOS
Este formulario corresponde a la información sobre los contratos ejecutados y en ejecución por parte del proponente en los cuales haya sido multado, de acuerdo con lo descrito en el numeral 1.10.5.5. de estos términos de referencia.
No. CONTRATO | OBJETO | ENTIDAD CONTRATANTE | VALOR DEDUCCIÓN | FECHA DE LA IMPOSICIÓN DE LA MULTA | CANTIDAD DE MULTAS POR CONTRATO |
En caso tal que el oferente no haya sido multado debe diligenciar los campos que se estipulan a continuación, toda vez que en caso de no presentarse este formato y comprobarse que el oferente ha tenido multas y/o sanciones, la oferta será rechazada.
Yo , obrando en nombre propio o en nombre y representación de , manifiesto bajo la gravedad de juramento que no he sido penalizado durante el lapso estipulado en estos términos de referencia.
FIRMA
5. OFERTA ECONÓMICA
Tipo | No. Categoría | Horas Estimadas | Valor Hora | Valor total |
Automóvil | 1 | 5.710 | ||
Campero - Doble Cabina - Estacas | 2 | 282.281 | ||
Microbuses | 3 | 52.000 | ||
Volqueta | 4 | 3.333 | ||
Xxxxxx xx 0 x 00 xxxxxxxxx | 5 | 4.278 | ||
TOTAL |