Contract
BASES REGULADORAS PARA UN CONTRATO DE RELEVO , AL 75% DE LA JORNADA, MEDIANTE CONCURSO–OPOSICIÓN DEL PUESTO DE OFICIAL CONDUCTOR RSU (LIMPIEZA CONTENEDORES) DEL SERVICIO DE RSU NOCTURNO
Puesto: Oficial conductor R.S.U. (limpieza contenedores), nº205 de la RPT. Contrato laboral temporal de relevo hasta la jubilación total del relevado al 75% de la jornada.
1. OBJETO Y CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO
La presente convocatoria tiene como objeto la tramitación de un procedimiento de selección de personal, para la provision de un contrato laboral temporal de relevo al 75% de la jornada anual, hasta la jubilacion del relevado, titular del puesto de trabajo. La duración estimada del contrato de relevo es de 4 años.
El contrato de relevo se concierta con un trabajador inscrito como desempleado en la oficina de empleo, o que tuviese concertado con la empresa, un contrato de duración determinada, para sustituir al trabajador de la empresa que accede a la jubilación parcial. Se celebrará simultáneamente con el contrato a tiempo parcial que se pacte con este último. La duración del contrato será igual a la del tiempo que falte el trabajador sustituido.
El contrato de relevo se celebrará a tiempo parcial, con una jornada igual al 75%, que se corresponde con la reducción de jornada que se acuerda con el trabajador sustituido mediante contrato de relevo, quien se acogió al acuerdo colectivo para el establecimiento del Plan de Jubilación Parcial, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018.
Esta oferta se hará pública a través de un anuncio en la prensa y/o tablón de anuncios de cada Ayuntamiento y página web xx Xxxxxx, y será la propia Entidad quien se encargue de la selección de las personas aspirantes, en función de la adecuación que muestren al puesto ofertado, conforme a las pruebas y valoración de méritos que regulan estas bases.
Las características del puesto de trabajo, en el que desempeñará sus funciones mediante el contrato de relevo, son las siguientes:
COD. | PUESTO | GRUPO | P.L. | FECHA DE PERCEPTIVIDAD |
0205 | Oficial Conductor RSU (limpieza contenedores) | C2 (D) | 2 |
2. FUNCIONES
Las funciones del puesto de trabajo se detallan en el Anexo I.
La jornada de trabajo será el 75% de la jornada anual que venía siendo realizada por el titular, que establezca anualmente Xxxxxx, atendiendo, en todo caso, a la naturaleza y necesidades específicas del puesto.
3. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
Para la admisión serán requisitos necesarios:
a) Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, o ser nacional de algún Estado al que, en virtud de la aplicación de los Tratados Internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar el cónyuge de los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no esté separado de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre, asimismo, que ambos cónyuges no estén separados de derecho, sean éstos descendientes menores de veintiún (21) años o mayores de dicha edad dependientes
b) Tener cumplidos 18 años de edad a la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias
c) Estar en posesión del título de graduado en educación secundaria obligatoria o equival o haber abonado los derechos para obtenerlo al tiempo de finalización del plazo de presentación de instancias. En el caso de titulaciones extranjeras, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
d) Estar en posesión del carnet de conducir C
e) Estar en posesión del CAP
f) Experiencia en conducción de camiones, mínimo 6 meses en los últimos 3 años
g) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas
h) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de funciones públicas. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Los aspirantes deberán reunir los requisitos exigidos en el antecedente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
4. PLAZO Y MODO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las instancias se ajustarán al modelo oficial y normalizado, que se anexa a estas bases.
El plazo para la presentación de las mismas será de 10 días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación del anuncio en prensa.
Las instancias solicitando ser admitido en este proceso, se dirigirán al Sr. Presidente xx Xxxxxx, debiendo reunir los siguientes requisitos para no ser rechazadas:
- Los aspirantes deberán hacer constar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base 3ª de la convocatoria, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias.
Además, adjuntarán a la instancia la siguiente documentación:
• Fotocopia del DNI
• Fotocopia del título académico exigido
• Currículum vitae, acompañando justificantes de los méritos que se hayan hecho constar en el mismo (experiencia). Además se adjuntará la vida laboral de la seguridad social.
• Fotocopia del título acreditativo de euskera, perfil lingüístico o asimilable si dispone del mismo
• Fotocopia del carnet de conducir C y del CAP
Para la acreditación de la experiencia laboral se deberá presentar certificado expedido por la Empresa o Administración correspondiente, en el que se especificará la duración del contrato y las funciones desarrolladas en el puesto de trabajo. Para acreditar la experiencia en el ámbito privado, además deberán presentar la vida laboral.
Si en la instancia se hacen constar los servicios prestados y la experiencia laboral en Badesa/Mancomunidad Comarcal de Debabarrena, no será necesaria su acreditación documental, ya que serán valorados conforme a los datos que figuren en los expedientes de cada aspirante.
Los aspirantes deberán hacer constar la lengua oficial de la CC.AA. en la que desean realizar los ejercicios de la oposición.
5. ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES
Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Presidente xx Xxxxxx aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en la página web y será expuesta en el tablón de anuncios xx Xxxxxx, concediéndose un plazo de cinco (5) días hábiles, a los efectos de reclamaciones o subsanación de errores.
La lista provisional se entenderá automáticamente elevada a definitiva si no se produjeran reclamaciones. Si las hubiera, serán aceptadas o rechazadas en una nueva resolución por la que se apruebe la lista definitiva y que se hará pública, asimismo, en la forma indicada
Contra dicha resolución, se podrán formular alegaciones en el plazo de 10 días hábiles siguientes a la publicación.
6. TRIBUNAL
El tribunal para el proceso de selección del candidato para el contrato laboral temporal de relevo del puesto de Oficial Conductor RSU (limpieza contenedores) (puesto nº 205 de la RPT) estará formado por las siguientes personas:
Presidente
Técnico de Salud Laboral de la Mancomunidad Comarcal de Debabarrena. Vocales
Jefe de Servicios xx Xxxxxx
Un empleado de la misma categoría o cualificación profesional. Secretario
Funcionario de la Mancomunidad Comarcal de Debabarrena.
La totalidad de sus miembros con derecho a voto deberá poseer una titulación o nivel académico igual o superior al exigido para esta convocatoria.
Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto, con excepción del Secretario del mismo, que carecerá de esta última facultad. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente y del Secretario y la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes indistintamente.
Las decisiones del Tribunal se adoptarán por mayoría de votos de los presentes, resolviendo, en caso de empate, el de quien actúe como Presidente, que lo serán, en caso de ausencia del titular o de su suplente, el vocal de mayor edad.
6.1. Abstención y recusación. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Sr. Presidente, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el Art. 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, podrán ser objeto de recusación, conforme al Art. 29 de la misma Ley.
6.2. Asesores/as: Se podrá disponer de asesores/as especialistas para la programación o evaluación de las pruebas que se estimen pertinentes, limitándose dichos/as asesores/as a prestar su colaboración en el ámbito de su especialidad.
6.3. Constitución y programación de tareas: El tribunal se constituirá antes de la realización de la primera prueba. En el acto de constitución deberán estar presentes la mayoría de los miembros titulares o suplentes del tribunal, y en dicha sesión se adoptarán las medidas oportunas para una programación, un desarrollo y una evaluación objetiva y eficaz de todas las actividades propias del proceso selectivo.
6.4. Procedimiento de actuación:
a) El procedimiento de actuación del Tribunal Calificador se ajustará, en todo momento, a lo dispuesto en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo, de tres (3) de sus integrantes, sean titulares o suplentes, excluyendo de dicho cómputo a quien actúe como Secretario/a. Los acuerdos serán adoptados por el voto favorable de la mayoría de los miembros presentes del Tribunal, resolviendo en caso de empate el voto de calidad de la presidencia. Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto, excepto quien ocupe la Secretaría, que tendrá voz pero no voto.
b) Podrá, en todo caso, el Tribunal Calificador resolver todas las dudas que pudieran surgir en aplicación de estas normas, e igualmente adoptará las medidas oportunas para toda adaptación necesaria de cara a la realización de las pruebas.
c) El Tribunal en ningún caso podrá declarar seleccionado a un número mayor de aspirantes que el de plazas convocadas. No obstante, a fin de asegurar la provisión de la plaza en caso de que la persona seleccionada renunciara a la firma del contrato definitivo, se podrá requerir del Tribunal una relación complementaria con las personas aspirantes que figuren a continuación de las propuestas.
d) En caso de que ninguna de las personas aspirantes consiga superar todas las pruebas de carácter eliminatorio, la convocatoria será declarada desierta.
7.PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
La convocatoria del primer ejercicio se publicará en el tablón de anuncios xx Xxxxxx y en su página web, indicando fecha, hora y lugar de celebración del examen. Los posteriores serán anunciados, también, por publicación en el tablón de anuncios xx Xxxxxx y su página web.
—Primer ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio.
Una prueba teórico-práctica que consistirá en un ejercicio en el que se deberán responder a cuestiones relacionadas con los temas que figuran en el Anexo II y/o las relacionadas con las funciones del puesto de Oficial Conductor RSU (limpieza contenedores). Quedará a criterio del
Tribunal decidir si las respuestas han de ser de tipo test o no, así como el modo de puntuación. Esta prueba se valorará con un máximo de 10 puntos. Para seguir adelante en el proceso será obligatorio obtener al menos 5 puntos.
—Segundo ejercicio: Una entrevista curricular por el tribunal. De carácter obligatorio y no eliminatorio.
Dirigida al estudio de la adecuación personal del candidato al perfil profesional requerido. Se valorará con un máximo de 10 puntos
La convocatoria de cada ejercicio se realizará en llamamiento único. Las personas aspirantes que no
comparezcan en el lugar, día y hora establecidos por el Tribunal en la convocatoria para la realización de los ejercicios, quedarán excluidas definitivamente del proceso de selección.
Al finalizar cada ejercicio de carácter eliminatorio, mediante acuerdo del Tribunal, se publicará en el tablón de anuncios la lista de aspirantes que lo hubieran superado.
MÉRITOS. EXPERIENCIA XXXXXXX.XXXXX PUNTUACIÓN : 2 puntos
El Tribunal valorará los siguientes méritos, siempre y cuando, de conformidad con lo establecido en la base quinta, hayan sido alegados en la instancia y acreditados mediante documentos presentados junto con la instancia, teniendo como referencia la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes:
—Experiencia laboral: se tendrá en cuenta la experiencia acreditada como conductor de recogida de residuos urbanos, y cómo conductor de camión de lavacontenedores.
- Para el caso de conductor de RSU, se puntuará 0,10 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 1 punto.
- Para el caso de conductor de camión lavacontenedores se puntuará con 0,20 por mes trabajado hasta un máximo de 1 punto.
La puntuación total se calculará sumando las puntuaciones parciales anteriormente descritas.
Estos méritos se acreditarán mediante certificados expedidos por las empresas en las que se ha trabajado o por la Administración en la que se ha prestado los servicios, acompañados del documento de vida laboral expedido por la Seguridad Social. En dichos certificados deberán especificarse todas las funciones que se han desempeñado. Si en la descripción de las funciones o tares realizadas no se contemplan al menos la mayoría de las funciones correspondientes al puesto, el Tribunal resolverá procedencia de no atribuirle puntuación alguna.
CONOCIMIENTOS DE EUSKERA. TOTAL PUNTUACIÓN. 1 punto
- Se acreditará mediante certificados oficiales. PL1 o asimilable: 0.5 puntos
PL2 o asimilable: 1 punto
8. RESULTADOS DE LA SELECCIÓN
Se propondrá como candidato, al aspirante que, habiendo acreditado el cumplimiento de los requisitos, hubiera obtenido la puntuación más alta.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en todas las pruebas, más la puntuación de los méritos, más la puntuación obtenida en los conocimientos de euskera.
Se elaborará un listado de candidatos por orden de puntuación decreciente, que podrán aspirar, respetando la prelación de la lista, al contrato laboral temporal en la modalidad de relevo de este puesto, si el mismo, en su período de vigencia, quedara desierto por la razón que fuese.
Si en opinión del Tribunal entre las personas aspirantes presentadas a la convocatoria no hay ninguna que cumpla los requisitos mínimos para cubrir el puesto de trabajo mediante contrato de relevo, puede declarar desierta la convocatoria.
Asimismo, dicho listado de candidatos podrá ser utilizado como bolsa de empleo, para puestos de trabajo de esta categoría, para supuestos de interinidad o sustitución.
9. INCIDENCIAS
El Tribunal quedará facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden y perfecto desarrollo de este proceso de selección, en todo lo no previsto en estas Bases.
10. PROPUESTA DEL TRIBUNAL
Una vez finalizado todo el proceso, el Tribunal elevará su propuesta al órgano competente xx Xxxxxx, para en su caso, aprobación.
11. NOMBRAMIENTO
El órgano competente autorizará la contratación de relevo del aspirante propuesto por el tribunal, pudiendo separarse de la propuesta, siempre que sea de forma motivada.
La persona aspirante que haya sido propuesta, deberá presentar los documentos originales que acreditan que cumple los requisitos solicitados en las bases para tomar parte en esta convocatoria, así como suscribir el contrato para comenzar a desempeñar su trabajo.
En caso de que la aspirante no acredite en el plazo establecido el cumplimiento de los requisitos exigidos, salvo que concurran razones de fuerza mayor, no podrá ser contratada y todas sus actuaciones quedarán anuladas. En este caso, el órgano competente realizará una propuesta a favor de la persona o personas que se encuentren en los siguientes puestos de la relación de aprobados, conforme al orden de la última calificación
Periodo de prueba
El aspirante contratado tendrá que superar un período de prueba de una duración de 1 mes.
El periodo de prueba será objeto de evaluación por parte del responsable nocturno del servicio de residuos sólidos urbanos.
Se valorará:
• Cumplimiento de tareas y obligaciones
• Responsabilidad y adaptación
• Iniciativa, calidad en el trabajo
El resultado de la evaluación se calificará como apto o no apto.
La no superación del período de prueba, la renuncia o el incumplimiento de alguno de los requisitos del puesto, supondrá el desistimiento del contrato.
12. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
A los datos de carácter personal aportados por los candidatos durante el proceso de selección, les será aplicado lo establecido en el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Real Decreto 994/1999, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal, la Ley 2/2004, de 25 de Febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos, así como el resto de la normativa de desarrollo.
Los datos personales aportados durante el proceso de selección formarán parte del fichero automatizado de datos personales denominado “Selección de Personal”, cuyo objeto es la evaluación de la actitud profesional en los procesos electivos. El destinatario de los datos será Xxxxxx. El responsable de este fichero es Xxxxxx y los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación se ejercerán ante ella.
Los candidatos deberán dar el consentimiento al tratamiento de los datos personales aportados para gestionar este proceso selectivo, incluida la publicación de dichos datos en Internet.
Los datos aportados durante el proceso selectivo pueden ser objeto de cesión a otras administraciones o entidades, al objeto de atender sus necesidades puntuales de personal.
En el tratamiento de los datos aportados durante el proceso selectivo, se observarán las medidas de seguridad establecidas en el Reglamento de medidas de seguridad.
13. IMPUGNACIONES
La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos se deriven de la misma y de las actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados ante la jurisdicción social competente
En Eibar, a 19 de enero de 2016.
ANEXO I
FUNCIONES DEL CONDUCTOR DE VEHÍCULO LAVACONTENEDORES
Funciones básicas
Ð Conducir un camión lavacontenedores y limpiar los contenedores que se encuentran en la ruta prefijada, tanto los de superficie como los soterrados. Utilizando los mecanismos automáticos o mecánicos.
Ð Cuando sea preciso manipulará los contenedores, reubicándolos adecuadamente, tanto para hacer posible su captura como para reubicarlos en la posición correcta.
Ð Responsabilizarse del estado del vehículo que utiliza, revisando el estado de éste antes de iniciar las tareas de cada día, conduciéndolo con responsabilidad.
Ð Facilitar a su superior la información estructurada que éste le requiera en todo lo relacionado con la gestión del servicio de recogida de R.S.U.
Tareas a desempeñar
1. Conducir el camión lavacontenedores a través de una ruta prefijada, fijada la ruta de cada día, el conductor es autónomo en la ejecución del programa de trabajo.
2. Recoger del suelo las bolsas de basura que haya junto a los contenedores, así como limpiar las áreas de aportación de basura cuando en ella haya restos de ésta.
3. Acercarse a cada contenedor en una primera fase de aproximación, realizando las maniobras oportunas que conduzcan guiados por las cámaras de TV a detenerse junto al contenedor objeto de limpieza y maniobrando con el stick, asirlo, levantarlo e introducirlo en la xxxxxx xx xxxxxx, proceder a su limpieza para finalmente reubicarlo en su posición inicial.
4. En caso de avería del sistema electrónico, hacer las operaciones manualmente o mecánicamente desde el exterior.
5. Manipular para reubicar correctamente, cuando se precise, los contenedores tanto en la calle los de superficie como los contenedores ubicados en los nichos soterrados.
6. Vigilar y dar parte del correcto funcionamiento o no de los nichos donde van alojados los contenedores soterrados, recogiendo en un parte las incidencias que al respecto observe en los sistemas de apertura de tapas y del sistema de elevación de la plataforma correspondientes a los sistemas de contenedores soterrados.
7. Retirar la basura y objetos que caigan dentro de la xxxxxx xx xxxxxx que puedan dificultar la entrada o dañar el contenedor.
8. Vigilancia y cuidado de los vehículos a utilizar.
Supervisión, antes de su utilización, del estado general del vehículo asignado.
De forma que quede garantizado que el vehículo sale a efectuar sus tareas cada noche en las condiciones mecánicas y de seguridad correctas.
Realizando como mínimo las tareas de:
Llenar el depósito de combustible, controlar los niveles de aceite motor, hidráulico, líquido de embrague, de dirección y de refrigeración, purga del circuito de frenado, estado de los neumáticos, sistema de alumbrado, así como de los elementos de captura y descarga de contenedores, dar parte de las deficiencias y subsanar las que procedan.
9. Cargar con detergente y gestionar el lavado de los distintos tanques del camión lavacontenedores.
10. Realizar el parte de producción volcando en éste diariamente la información que la entidad requiera para la correcta gestión de la recogida de basura, y la descarga de éste en el medio operativo preciso tanto en las Estaciones de Transferencia como a través de PDA, siguiendo el proceso y operativa del sistema de control a implantar en los camiones para efectuar un control de producción, que recoja el número de contenedores limpiados, estado de los pivotes y de las áreas donde están ubicadas las islas, incidencias del vehículo y cuantas incidencias se produzcan en todo lo relativo a la recogida de R.S.U., de voluminosos, de envases, papel, pilas, etc. Durante el tiempo en el que el sistema de control no esté operativo, se recogerán los mismos datos relativos a la prestación del servicio en su conjunto de forma manual.
11. Cargar de agua el tanque del camión, tomando el agua de las bocas xx xxxxx o de los hidrantes que se le indiquen, midiendo el volumen cargado en cada operación de carga.
12. Traslado de los camiones cuando proceda, para llevarlos a talleres mecánicos, al taller de la Estación de Transferencia de Eibar, para pasar inspecciones técnicas de vehículos, etc.
13. Bajarse del camión para realizar a mano las tareas de carga en el elevador de contenedores menores, los de 1.000 litros u otros, y realizar a pie de máquina las operaciones precisas cuando el sistema automático no funciona.
14. Limpieza interna de la cabina, de la tolva y el elevador.
15. Limpieza y retirada de elementos extraños, incluidas bolsas de basura, palets, etc. del área donde están ubicados los contenedores.
16. Comunicar con la Policía Municipal, compañeros y superiores las dificultades de todo tipo para el normal desarrollo de la actividad.
17. En caso de siniestro, golpes, el conductor efectuará un parte de accidentes completo que refleje con claridad lo sucedido, motivos del incidente (croquis, descripción detallada de éste, etc.).
Gestión del accidente ante la autoridad competente.
18. En situaciones extremas, modificar la ruta preestablecida comunicándolo al superior de la forma más rápida posible.
19. Responsabilidad sobre medios de trabajo utilizados, propiedad de la empresa.
20. Realizar, así mismo, aquellas otras tareas que se le encomienden, por ser tareas similares o acordes con la cualificación requerida para el puesto.
21. En general, cumplir con las tareas e instrucciones que provengan del superior que estén dirigidas a efectuar con eficiencia y calidad la prestación de forma integral y completa del servicio genérico denominado “de recogida de basura”.
ANEXO II
1. Ayuntamientos y Mancomunidades de Municipios
2. Ordenanzas municipales
3. Mancomunidad Comarcal de Debabarrena
4. Servicios prestados por la Mancomunidad Comarcal de Debabarrena
5. Código de circulación
6. Cuestiones básicas de mecánica o del camión
7. Prevención de Riesgos Laborales