CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
El Municipio de Aguascalientes, a través de la Secretaría de Administración y por conducto del Comité de Adquisiciones del Municipio de Aguascalientes, con fundamento en los artículos 115 fracciones I y II y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 66 Y 67 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, 110 fracciones II y III del Código Municipal de Aguascalientes; 6, 9 fracciones I y IX, 65 fracción II, 71 fracción II, 102, 114, 115, 116, 149, 154, 155, 156, 164 y 165 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio de Aguascalientes vigente, emite las BASES para la celebración del proceso de contratación a través del procedimiento del CONCURSO POR INVITACIÓN, para lo cual CONVOCA A PERSONAS FÍSICAS Y XXXXXXX
NACIONALES, que no se encuentren en alguno de los supuestos que se establecen en el artículo 76 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio de Aguascalientes, para participar en el CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19 a fin de que libremente y conforme a estas BASES se presenten propuestas solventes con el objetivo de asegurar las mejores condiciones para la “PRESTACIÓN DE SERVICIO COMO ORGANIZADOR DE EVENTOS PARA LLEVAR A CABO LOS TORNEOS DEPORTIVOS DE BEISBOL Y SOFTBALL REQUERIDO POR LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES”, para
lo cual se emiten las siguientes BASES y sus ANEXOS, los cuales se encuentran relacionados con las mismas.
B A S E S
1. DISPOSICIONES GENERALES.
El presente CONCURSO. Se convoca con el objeto de obtener las mejores condiciones de calidad, servicio, precio, pago, tiempo de entrega de BIENES/SERVICIOS; se compone de 1 PARTIDA adjudicable A UN SOLO PROVEEDOR. Los participantes deberán ofertar la totalidad de lo requerido en la misma, no quedando ninguna condición, requisito o características establecidas en las presentes BASES o en las propuestas presentadas por los participantes sujetos a negociación alguna después de haber sido aceptadas por el COMITÉ, además de que la misma no podrá ser suspendida más que en los casos y con las salvedades previstas por el propio Reglamento.
1.1 GLOSARIO DE TÉRMINOS.
Para los efectos del presente CONCURSO POR INVITACIÓN, se deberá entender por:
A. ACTA: Al documento en el cual constan los hechos y asuntos tratados por el Comité.
B. ÁREA, DEPENDENCIA REQUISITANTE O EJECUTOR DEL GASTO: A las Unidades Administrativas a que se refiere el Código Municipal de Aguascalientes, que elabore una
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REQUISICIÓN para la adquisición de algún bien, arrendamiento, servicio o actos tendientes a la ejecución del presupuesto que le fue asignado.
C. BASES: Al presente documento que contiene los lineamientos, reglas y descripción del procedimiento a que se sujetará el presente CONCURSO.
D. BIENES: Se refiere a los objetos descritos en el ANEXO “D”, del presente documento.
E. CÓDIGO: Al Código Municipal de Aguascalientes.
F. OIC: Al Órgano Interno de Control.
G. COMITÉ: Al Comité de Adquisiciones del Municipio Aguascalientes.
H. CONCURSANTE, PROVEEDOR O PARTICIPANTE: LA PERSONA FÍSICA O MORAL, que cuente con capacidad técnica y legal suficiente, para participar de conformidad con lo dispuesto en estas BASES.
I. CONCURSO POR INVITACIÓN: El presente procedimiento de adjudicación a través de
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J. CONTRATO O CONTRATO DE ADHESIÓN: Instrumento jurídico a través del cual que se formalizará la adjudicación y se celebrará, entre el Municipio de Aguascalientes con el PROVEEDOR ADJUDICADO, como resultado del presente CONCURSO.
K. CONVOCANTE: Municipio Aguascalientes; denominación que recibe de conformidad con su Registro Federal de Contribuyentes, a través de la Secretaría de Administración y por conducto del COMITÉ.
L. CORREO ELECTRÓNICO AUTORIZADO: Se designa como correo electrónico autorizado por la Secretaría de Administración del Municipio de Aguascalientes, para mandar y recibir toda clase de comunicados o notificaciones los que se precisan en el numeral 13.
M. DOMICILIO: Para efectos del presente CONCURSO POR INVITACIÓN, se designa como domicilio legal de la CONVOCANTE las oficinas que ocupa la Secretaría de Administración del Municipio de Aguascalientes, ubicadas en el segundo piso del segundo patio del edificio xxx Xxxxxxx Municipal ubicado en la esquina de Plaza Patria y calle Colón sin número, zona Centro de la ciudad de Aguascalientes, C.P. 20000.
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N. SE DESIGNA COMO CORREO ELECTRÓNICO AUTORIZADO DEL CONCURSANTE: El o los que proporcione a la Secretaría de Administración del municipio de Aguascalientes, de conformidad al numeral 18 inciso F de las presentes bases.
X. XXXXX DE ADJUDICACIÓN: A la determinación pronunciada por el COMITÉ donde se especifica al CONCURSANTE que hubiere obtenido FALLO TÉCNICO POSITIVO y presentado la mejor oferta económica en función de los criterios de adjudicación establecidos en las presentes BASES.
P. FALLO TÉCNICO POSITIVO: A la determinación que pronuncie el COMITÉ respecto de los CONCURSANTES que intervengan en un proceso de adjudicación que hayan cumplido con los requisitos de calidad y oportunidad establecidos en las presentes BASES, sus modificaciones, lo determinado en la JUNTA DE ACLARACIONES y sus ANEXOS.
Q. I.V.A: Al Impuesto al Valor Agregado.
R. CONCURSO: El presente procedimiento de adjudicación a través de CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
S. ORDEN DE COMPRA U ORDEN DE PEDIDO: Al documento que contiene los datos del proveedor que conforme al fallo de adjudicación resulté adjudicado y que habrá de surtir los BIENES objeto del CONCURSO, así como las características del producto, precio y tiempo de entrega de los BIENES, objeto del presente procedimiento.
T. PAGO: Importe total a liquidar por la CONVOCANTE al PROVEEDOR, correspondiente a la entrega de los BIENES, y los demás específicamente señalados en el CONTRATO.
X. XXXXXXX: Rubro para la asignación de los BIENES solicitado en el ANEXO “D”, de estas
BASES.
V. PRECIO: Al valor económico en moneda nacional de un BIEN.
W. PRESUPUESTO AUTORIZADO: Al monto de la partida presupuestal o financiera autorizada por la Dirección de Egresos de la Secretaría de Finanzas del Municipio de Aguascalientes, destinada para la adquisición de un BIEN.
X. PROPUESTA ECONÓMICA: Al documento donde el PROVEEDOR da a conocer el costo del BIEN objeto del presente CONCURSO POR INVITACIÓN.
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Y. PROPUESTA TÉCNICA: A todos los documentos, anexos, e información que deberán integrar a la propuesta del PROVEEDOR conforme a las presentes BASES.
Z. PROVEEDOR ADJUDICADO: El CONCURSANTE ganador del presente procedimiento de adjudicación.
AA. REGLAMENTO: Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio de Aguascalientes.
BB. RESPONSABLES DE LA RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS Y
ECONÓMICAS: Presidente y Secretario Ejecutivo del Comité de Adquisiciones del Municipio de Aguascalientes.
CC. REQUISICIÓN: Al documento generado por las Unidades Ejecutora de Gasto como solicitud para la adquisición de BIENES/SERVICIOS a través del sistema electrónico del Municipio.
1.2 NOMBRE DE LA DEPENDENCIA DESTINATARIA DEL BIEN. “SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL DE MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES”.
2. OBJETO DE EL PRESENTE CONCURSO.
El presente CONCURSO., tiene por objeto la adquisición de los BIENES señalados en el ANEXO “D”, de las presentes BASES; con los requerimientos, alcances y especificaciones mínimas que se establecen en el mismo, el que forma parte integral de este documento.
2.1. Para el pago de la adquisición de los BIENES, objeto del presente CONCURSO se efectuará con Fuente de Financiamiento Recurso Propio (1111) y Remanente 2018 (1512).
3. DESCRIPCIÓN ESPECÍFICA, CANTIDAD Y UNIDAD DE MEDIDA DE LOS BIENES OBJETO DE EL PRESENTE CONCURSO.
La descripción completa de los BIENES/SERVICIOS objeto del presente CONCURSO, se especifican en cantidades y requerimientos técnicos MÍNIMOS en el ANEXO “D”, para la PARTIDA que por este conducto se concursan. Para el presente CONCURSO en los casos de que se solicite alguna marca será la señalada en el ANEXO “D”.
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3.1 Las características, especificaciones, condiciones y alcances mínimos y cantidades de los BIENES
/SERVICIOS que se demandan y requieren se especifican en el ANEXO “D”, de estas BASES, en el cual se describen por la PARTIDA que integra el presente CONCURSO. La entrega de los BIENES/SERVICIOS como resultado del CONCURSO, deberá ser de calidad a los propuestos y aceptados en el CONCURSO.
3.2 Los CONCURSANTES deberán incluir en su “PROPUESTA TÉCNICO-ECONÓMICA” la descripción de los BIENES/SERVICIOS. Asimismo, los CONCURSANTES NO deberán incluir información o documentación adicional a la requerida ya que ésta no será objeto de evaluación por parte de la CONVOCANTE.
3.3 Para evaluar la calidad de los BIENES/SERVICIOS, el MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES, por conducto de quien designe, efectuará una revisión técnica de los documentos recibidos, motivo de este CONCURSO, a fin de constatar que reúna las especificaciones, condiciones y características solicitadas, de no ser así, no se aceptarán por parte de la CONVOCANTE.
3.4 La CONVOCANTE a través de las dependencias destinatarias de los BIENES/SERVICIOS podrán reservarse el derecho para aceptar los mismos cuando el PROVEEDOR incumpla alguna de las especificaciones de los BIENES/SERVICIOS ofertado y aceptado.
4. PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES PARA LA ENTREGA DE LOS BIENES.
El PROVEEDOR se compromete a entregar los BIENES/SERVICIOS en los tiempos, lugares y condiciones establecidos en el ANEXO “F” durante la VIGENCIA del CONTRATO emanado del CONCURSO.
5. IMPUESTOS Y DERECHOS.
Los impuestos y derechos que se causen serán pagados tanto por la CONVOCANTE como por el PROVEEDOR ADJUDICADO, en la forma y términos que señalen los ordenamientos fiscales vigentes, tanto Federales, Estatales y Municipales.
6. REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN EL CONCURSO.
Los CONCURSANTES que deseen participar en este CONCURSO, deberán cubrir por lo menos los siguientes requisitos, además de los establecidos en el punto 18 de estas Bases:
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A. Ser persona física o moral debidamente registrada y autorizada en México, que posea plena capacidad jurídica y no se encuentre impedida civil, mercantil, fiscal o administrativamente para ejercer plenamente sus derechos y que esté en posibilidad de ofrecer los BIENES/SERVICIOS descritos en el ANEXO “D” y además que cumplan con todos los requisitos de estas BASES.
B. Encontrarse debidamente registrada en el Padrón de Proveedores del Municipio de Aguascalientes, sin que exista resolución que le haya impuesto suspensión o cancelación del mismo.
C. Adquirir las BASES Y CARTA INVITACION para poder participar en JUNTA DE ACLARACIONES, y demás actos relativos al CONCURSO. Se reitera que quien no las haya adquirido oportunamente no podrá participar en la misma.
D. Entregar en el acto de presentación de “PROPUESTAS TÉCNICAS” Y “ECONÓMICAS”, sus propuestas por escrito, mediante DOS SOBRES CERRADOS, en los términos establecidos en las presentes bases.
7. LUGARES, FECHAS Y HORARIOS DONDE PODRÁN OBTENER BASES, ESPECIFICACIONES Y COSTOS.
El costo de la BASES es GRATUITO, de conformidad con el articulo 155 penúltimo párrafo del Reglamento.
Por lo que los CONCURSANTES, deberán pasar a recoger su carta de invitación y disco compacto, el cual contiene las BASES y ANEXOS del citado CONCURSO, en la Dirección de Recursos Materiales de la Secretaria de Administración del Municipio de Aguascalientes, ubicadas en la xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx (xxxxx Xxxxxxx), Xx. 000, 0x Xxxx, Xxxx Xxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxxx, el día y hora señalados en el ANEXO “A”.
8. PERSONAS FÍSICAS X XXXXXXX IMPEDIDAS PARA PARTICIPAR.
Están impedidas para participar dentro del procedimiento de contratación, aquellas personas físicas y xxxxxxx que se encuentren en cualquiera de los supuestos establecidos en el artículo 76 del Reglamento, así como aquellas que se encuentren en el supuesto del artículo 56 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes, También se encuentran impedidas cuando no presenten sus propuestas de manera puntual dentro de los tiempos establecidos en el calendario contenido en el ANEXO “A” de estas BASES, que se encuentren en incumplimiento de CONTRATO con cualquier poder del Estado, sus Municipios o de la Federación, o bien no cuente con registro en el Padrón de Proveedores del Municipio de Aguascalientes o el mismo se encuentre cancelado o suspendido.
La existencia de los impedimentos previstos en el párrafo anterior, por parte de alguno de los
LICITANTES, generará el desechamiento de sus propuestas, y será motivo suficiente para que el
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COMITÉ solicite su inhabilitación como PROVEEDOR del Municipio de Aguascalientes, con independencia de las responsabilidades Civiles, Penales o Administrativas que deriven de tal hecho.
La existencia de los impedimentos previstos en el párrafo anterior, por parte de alguno de los CONCURSANTES, generará el desechamiento de sus propuestas, y será motivo suficiente para que el COMITÉ solicite su inhabilitación como PROVEEDOR del Municipio de Aguascalientes, con independencia de las responsabilidades Civiles, Penales o Administrativas que deriven de tal hecho.
9. ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y PODERES QUE DEBEN ACREDITARSE
9.1 Para acreditar la existencia del CONCURSANTE es necesario presentar original o copia certificada y copia simple de la constancia al Padrón de Proveedores del Municipio de Aguascalientes para el ejercicio 2019.
9.2 En el ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES. Podrá intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas, cualquier persona en representación del CONCURSANTE, sin que esté obligado a permanecer durante el desarrollo del aludido acto. No siendo motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue las propuestas, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de oyente.
9.3 En la SUSCRIPCIÓN DE PROPUESTAS. La propuesta deberá ser firmada por aquella persona que tenga las facultades suficientes conforme los documentos, manifestando bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o a nombre de su representada y que sus facultades no le han sido revocadas tanto para presentar la propuesta correspondiente, ratificando la existencia de la empresa y sus facultades; en dicho escrito se deberán establecer los datos siguientes:
a. Del CONCURSANTE: El número del Registro Federal de Contribuyentes: El nombre del CONCURSANTE y de su apoderado o representante Legal; su domicilio (calle y número, colonia, código postal, delegación o municipio, entidad federativa, teléfonos y correo electrónico), el número y fecha de la escritura pública en la que consta el acta constitutiva de la empresa y sus reformas, el nombre, el número y el lugar donde resida el fedatario público ante el cual se dio fe de esos actos jurídicos así como los datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio, además de la relación de accionistas y la descripción del objeto social de la empresa.
b. Del REPRESENTANTE LEGAL DEL LICITANTE. El número y fecha de la escritura pública en la que consta que cuenta con facultades suficientes para suscribir la propuesta, así como el nombre, número y circunscripción territorial xxx xxxxxxx público ante el cual fue otorgada. Dicho documento deberá de ser actualizado de conformidad con los artículos 2467
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del Código Civil del Estado de Aguascalientes: 145, 146 y 154 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
c. Designación de un domicilio legal y convencional en el Municipio de Aguascalientes para oír y recibir notificaciones y requerimientos tanto durante el CONCURSO, como una vez que se le haya adjudicado el CONTRATO.
Para efecto de dar cumplimiento a este punto se deberá llenar el primer formato del “ANEXO C”,
correspondiente al poder y a la acreditación respectiva.
10. MODIFICACIONES A LAS BASES Y SU INCUMPLIMIENTO.
De conformidad con el artículo 178 del Reglamento, ninguna de las condiciones contenidas en las BASES del CONCURSO, así como las propuestas presentadas por los PROVEEDORES, podrán ser negociadas, después de haber sido aceptadas por el COMITÉ. El incumplir cualquiera de los puntos de estas BASES, ANEXOS y sus requisitos descalificara al CONCURSANTE.
Por otro lado, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 158 del Reglamento se permitirá al COMITÉ la modificación de plazos u otros aspectos establecidos en la Convocatoria o en las BASES del CONCURSO, cuando menos con dos días naturales de anticipación a la fecha señalada en la Convocatoria para la celebración del ACTO DE INSCRIPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS TÉCNICAS y nunca posterior a la JUNTA DE ACLARACIONES, tal y como lo establece el citado artículo, al señalar que:
“El Comité, siempre que ello no tenga por objeto limitar el número de participantes, podrá modificar los plazos u otros aspectos establecidos en la convocatoria o en las bases de la licitación, cuando menos con dos días naturales de anticipación a la fecha señalada en la convocatoria para la celebración del acto de inscripción y nunca posterior a la junta de aclaraciones, siempre que:
I. Tratándose de la convocatoria y las bases, las modificaciones se hagan del conocimiento de todos, a través de los medios electrónicos de comunicación de la Secretaría;
II. Las modificaciones no consistan en la variación sustancial o sustitución de los bienes muebles, arrendamientos o prestación de servicios originalmente solicitados; y
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III. Se adicionen distintos bienes arrendamientos o prestación de servicios a los originalmente solicitados, los participantes ya inscritos no tendrán obligación de hacer proposiciones con relación a la o a las nuevas partidas adicionadas.”
No obstante lo anterior, la CONVOCANTE podrá reprogramar las fechas en que habrán de celebrarse los diversos acto del procedimiento cuando por falta de quórum legal o alguna otra circunstancia sea necesario establecer una nueva fecha en la cual se lleve a cabo el acto de que se trate. La excepción de referencia no aplica para la recepción de propuestas.
11. PERSONAL AUTORIZADO PARA COORDINAR LAS ACTIVIDADES Y ACTOS QUE SE DESPRENDEN DE LAS DIVERSAS ETAPAS DEL CONCURSO.
El personal autorizado para recibir oferta, garantías, poderes y demás análogas, esto es, las personas encargadas de organizar y coordinar todas las actividades y actos del presente CONCURSO, son:
PRESIDENTA DEL COMITÉ. SECRETARIA EJECUTIVA DEL COMITÉ.
Las personas aludidas podrán actuar conjunta o separadamente.
12. LUGAR EN DONDE SE LLEVARÁN A CABO LAS ACTIVIDADES Y ACTOS DEL CONCURSO.
El desahogo de las diversas actividades y actos, que comprende el presente CONCURSO, se llevarán a cabo en la Sala de Licitaciones y Concursos de la Dirección de Recursos Materiales de la Secretaría de Administración del Municipio de Aguascalientes, ubicada en la xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, xxxxxx 000, xxxxxx xxxx, Xxxx Xxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxxx, Xxxxxx del mismo nombre, INICIÁNDOSE PUNTUALMENTE en las fechas y horas señaladas en las presentes BASES y en el ANEXO “A”.
13. FECHA, HORA Y LUGAR DE LA JUNTA DE ACLARACIONES.
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 157, 158, 159, 160, 161, 162 y del 170 al 178 del Reglamento, la JUNTA DE ACLARACIONES se celebrará en el lugar designado conforme a la base número doce de este documento el día y hora, señalados para ello en el ANEXO “A” de estas BASES.
La asistencia de los CONCURSANTES a dicha reunión no es obligatoria; sin embargo, la inasistencia a la misma implica la aceptación total de los acuerdos que ahí se tomen. La JUNTA DE ACLARACIONES se entenderá como válida para todos los efectos legales conducentes y los acuerdos que ahí se tomen serán vinculantes para los participantes.
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Asimismo, a fin de agilizar las respuestas a las preguntas o dudas que surgieran de los CONCURSANTES respecto al contenido de las BASES o sus ANEXOS, los CONCURSANTES deberán presentar en el DÍA y HORARIO señalados en el ANEXO “A” de estas BASES, las preguntas por escrito en papel membretado, en Disco Compacto o memoria USB en FORMATO WORD, anexando copia simple de la CARTA DE INVITACIÓN de las presentes BASES, a nombre del concursante en la Dirección de Recursos Materiales de la Secretaría de Administración del Municipio de Aguascalientes, ubicada en el domicilio de la CONVOCANTE, o a los correos autorizados xxxxx.xxxx@xxx.xxx.xx con la misma antelación al inicio de este acto, para lo cual deberá verificar y obtener el acuse de recibo de dicho correo; los CONCURSANTES que decidan mandar sus preguntas vía electrónica, deberán enviar adicionalmente el archivo escaneado que contenga la invitación del concurso.
En la JUNTA DE ACLARACIONES, la CONVOCANTE dará lectura a todas y cada una de las dudas o preguntas planteadas por los CONCURSANTES y entregará una copia simple de las respuestas dadas a dichas preguntas a los CONCURSANTES que estén presentes durante la celebración del acto.
En caso de no estar presentes en la JUNTA DE ACLARACIONES, el CONCURSANTE podrá verificar cualquier duda en el acta, la cual estará publicada en la página del Municipio de Aguascalientes.
Cabe hacer mención que durante el desarrollo de la JUNTA DE ACLARACIONES, los CONCURSANTES
podrán formular preguntas verbalmente, únicamente de las aclaraciones y respuestas dadas por la CONVOCANTE.
Al término de la JUNTA DE ACLARACIONES se elaborará el acta correspondiente, la cual será firmada por las
PROVEEDORES, los miembros del COMITÉ e invitados que xxxxx asistido y que así quisieran hacerlo.
Se entregará una copia del acta que se derive de cada uno de los eventos a los CONCURSANTES presentes, quedando a disposición de los que no hayan asistido para su consulta, en las oficinas de la Dirección de Recursos Materiales de la Secretaría de Administración del Municipio de Aguascalientes, en el domicilio de la CONVOCANTE, sin menoscabo de que puedan acudir a recoger copia del acta correspondiente por su propia iniciativa.
La omisión de las firmas de los CONCURSANTES, NO INVALIDARA el contenido y efectos de las actas emitidas por el COMITÉ.
En caso de que en la JUNTA DE ACLARACIONES hubiere modificaciones en las BASES y ANEXOS o especificaciones, los CONCURSANTES deberán efectuar dichas modificaciones en los documentos respectivos que presenten en sus “PROPUESTAS TÉCNICA Y ECONÓMICA” con las que participen, ya que de lo contrario se considera como incumplimiento siendo motivo de desechamiento.
Cualquier modificación derivada de la JUNTA DE ACLARACIONES, será considerada como parte integrante de las propias BASES y ANEXOS. Se considerará una variación substancial de los BIENES cuando representen cambios mayores al 30% (TREINTA POR CIENTO) de la descripción original de los BIENES en el mismo porcentaje xx XXXXXXX; de conformidad al artículo 158 del reglamento
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rebasando este límite, el OIC cancelará el procedimiento de adquisición correspondiente con fundamento en lo previsto por el tercer párrafo del artículo 161 del Reglamento.
La CONVOCANTE podrá celebrar las JUNTAS DE ACLARACIONES que considere necesarias, atendiendo las características de los BIENES objeto del CONCURSO, en las que solamente podrán formular aclaraciones las personas que hayan adquirido las BASES correspondientes, en caso contrario se les permitirá su asistencia sin poder formular preguntas al concluir la JUNTA DE ACLARACIONES, y en caso de estimarse necesario, podrá señalarse la fecha y hora para la celebración de una segunda o ulteriores juntas.
Los cuestionamientos formulados por los interesados y las respuestas de la CONVOCANTE derivadas de las JUNTAS DE ACLARACIONES constarán en acta que al efecto se levante.
14. FORMA EN QUE SE LLEVARÁ EL ACTO DE INSCRIPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS TÉCNICAS.
Los CONCURSANTES entregarán al personal señalado en el PUNTO 11 de estas BASES, en la fecha y hora señaladas en la Convocatoria y en el ANEXO “A” de las mismas para el ACTO DE INSCRIPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS; su “PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA”, la primera
incluyendo la GARANTÍA a que hace referencia el punto 27 de las presentes BASES, cada una de ellas, por separado en sobre cerrado en forma inviolable; después se procederá a la inscripción de los PROVEEDORES, la cual quedará asentada en actas. Acto seguido, se procederá a la apertura, análisis y evaluación de las “PROPUESTAS TÉCNICAS” EXCLUSIVAMENTE. Las cuáles serán rubricadas por lo menos por un CONCURSANTE y dos integrantes del COMITÉ. Para el caso que no existiera quórum legal para llevar a cabo el acto quedará asentado los nombres de los CONCURSANTES que entregaron sus propuestas técnicas y económicas en tiempo y forma, para que en acto posterior el COMITÉ las declare formalmente inscritas y se proceda a su apertura.
Se revisarán los documentos presentados por los CONCURSANTES y se desecharán las propuestas que hubieren omitido alguno de los requisitos exigidos, lo cual deberá quedar asentado en actas y firmadas por los CONCURSANTES, que quisieren hacerlo, de la cual recibirán copia.
EL ACTO DE INSCRIPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS TÉCNICAS se llevará a cabo en
dos etapas:
A) PRIMERA ETAPA. ACTO DE INSCRIPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS TÉCNICAS
Que consiste en la ENTREGA DE LOS DOS SOBRES CERRADOS que contengan las
“PROPUESTAS TÉCNICA Y ECONÓMICA” de cada uno de los CONCURSANTES, incluyendo en
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el primero la GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA a que se refieren las presentes BASES, procediendo a la inscripción de los concursantes y a la apertura de sus PROPUESTAS TÉCNICAS. Para este caso no se permitirá él envió de propuestas mediante servicio postal o mensajería o por medios remotos de comunicación electrónica. Este ACTO DE INSCRIPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS TÉCNICAS, iniciara el DÍA y HORA designado en el ANEXO “A”, el que se realizará en el lugar señalado para llevar a cabo todos los actos del presente CONCURSO, quedando estrictamente prohibida la participación a los CONCURSANTES que lleguen después de la hora señalada.
A la hora señalada en el ANEXO “A”, para que se lleve a cabo el ACTO DE INSCRIPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS TÉCNICAS se iniciará formalmente con ese proceso. Después de firmar la Lista de Asistencia y acreditar sus respectivas representaciones para este acto, se hará constar que en punto de la HORA señalada en el ANEXO “A” se dará cuenta de la recepción de las “PROPUESTAS TÉCNICAS Y “ECONÓMICAS” presentadas por los CONCURSANTES, se
procederá a firmar los sobres de las propuestas económicas de cada uno de los CONCURSANTES, por los participantes de este acto, los miembros del COMITÉ presentes y demás invitados presentes, procediéndose EXCLUSIVAMENTE a la apertura del sobre señalado como "PROPUESTA TÉCNICA", para efecto de que se verifique que las propuestas presentadas por los CONCURSANTES cumplen de forma CUANTITATIVA con los requisitos solicitados en estas BASES así como las modificaciones hechas en la JUNTA DE ACLARACIONES y desde luego la GARANTÍA referida en el PUNTO 27 de las BASES.
En caso de que algún CONCURSANTE sea DESCALIFICADO, el acta correspondiente deberá contener la justificación en función de estas BASES; y en caso de que la apertura de las “PROPUESTAS ECONÓMICAS” no se realice en la misma fecha, los sobres que las contengan serán firmados por los CONCURSANTES y por los miembros del COMITÉ y demás invitados presentes, y quedarán en custodia de la SECRETARIA EJECUTIVA, quien informará la fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo la SEGUNDA ETAPA.
EL COMITÉ, levantará el acta correspondiente a esta etapa del ACTO DE INSCRIPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS TÉCNICAS, en la que se hará constar aquellas que sean aceptadas para su análisis por haber cumplido CUANTITATIVAMENTE con el número de requisitos solicitados, así como de las desechadas, detallando la causal de dicho desechamiento.
Para el o los CONCURSANTES que hayan sido descalificados en la etapa del ACTO DE INSCRIPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS TÉCNICAS, se les deberán entregar todos los documentos originales que integraban su PROPUESTA TÉCNICA, no así los demás documentos ni el sobre que contenga su PROPUESTA ECONÓMICA debiendo quedar éste en custodia de la SECRETARIA EJECUTIVA y obrara en el expediente del presente CONCURSO.
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Posteriormente, el COMITÉ se reunirá para analizar CUALITATIVAMENTE el contenido de los documentos que integran la “PROPUESTA TÉCNICA” de cada uno de los CONCURSANTES, para verificar que éstos cumplan con todos y cada uno de los requisitos exigidos en las BASES, ANEXOS Y MODIFICACIONES derivadas de la o las JUNTAS DE ACLARACIONES, tomando en cuenta el dictamen previsto en el artículo 191 del Reglamento.
Los sobres que contienen las “PROPUESTAS ECONÓMICAS” quedarán en custodia de la SECRETARIA EJECUTIVA, hasta la celebración de la SEGUNDA ETAPA, previa firma de los CONCURSANTES presentes, si los hubiere y quisieran hacerlo, y de por lo menos dos servidores públicos que conforman el COMITÉ.
B) SEGUNDA ETAPA. NOTIFICACIÓN DEL FALLO TÉCNICO Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS ECONÓMICAS.
Consiste en dar a conocer a los CONCURSANTES el FALLO TÉCNICO y después se procederá a efectuar la apertura de las “PROPUESTAS ECONÓMICAS”, la cual se llevará a cabo el DÍA y HORA señalado en el ANEXO “A” para la celebración de este acto, procediendo el COMITÉ ÚNICAMENTE a la APERTURA DE LAS “PROPUESTAS ECONÓMICAS” de los CONCURSANTES, cuyas
“PROPUESTAS TÉCNICAS” NO HUBIESEN SIDO DESECHADAS en la primera etapa y hayan obtenido FALLO TÉCNICO POSITIVO, debiendo el COMITÉ levantar el acta correspondiente a esta etapa del CONCURSO, en donde se señale el resultado del FALLO TÉCNICO; las “PROPUESTAS ECONÓMICAS” que hayan sido aceptadas para su análisis por cumplir con todos los requisitos solicitados en las presentes BASES, SUS ANEXOS Y LAS MODIFICACIONES surgidas de la JUNTA DE ACLARACIONES, sus importes, así como, las que hubieren sido desechadas y las causas que lo motivaron. Las “PROPUESTAS ECONÓMICAS”, deberán de ser firmadas por lo menos por un PROVEEDOR, y adicionalmente la SECRETARIA EJECUTIVA y algún otro representante del COMITÉ.
EL COMITÉ señalará fecha, lugar y hora en que se emitirá y dará a conocer el FALLO DE ADJUDICACIÓN del CONCURSO, el que deberá quedar comprendido dentro de los 10 (DIEZ DÍAS NATURALES) a la apertura de la propuesta económica de conformidad con el artículo 205 del Reglamento.
EL COMITÉ levantará el acta del “ACTO DE APERTURA DE PROPUESTAS ECONÓMICAS”, en
la que se hará constar las propuestas aceptadas, sus importes, así como las que hubieren sido desechadas y las causas que lo motivaron; el acta será firmada por los integrantes del COMITÉ y los participantes presentes, si alguno de los participantes no firmará el acta, ello no invalidará el acto.
EL COMITÉ se reunirá para analizar y evaluar la información contenida en las propuestas, para finalmente seleccionar al PROVEEDOR que habrá de proveer los BIENES /SERVICIOS.
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En acto público se dará a conocer el FALLO DE ADJUDICACIÓN del CONCURSO, al que libremente podrán asistir los PROVEEDORES que hubieren participado en las etapas de presentación y apertura de propuestas. Se publicará el FALLO DE ADJUDICACIÓN del CONCURSO a través de medios electrónicos.
En todos los eventos se levantarán actas que serán firmadas por los Participantes presentes, a excepción del ACTA DE FALLO TÉCNICO, la cual solo será firmada por los servidores públicos que intervinieron en dicho acto y se les entregará copia de la misma.
15. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS.
Para el presente CONCURSO, no se admiten propuestas enviadas por vía mensajería, correo o medios electrónicos remotos de comunicación.
Las propuestas, escritos y demás documentos que forman parte de las Propuestas deberán ir dirigidos al
COMITÉ DE ADQUISICIONES DEL MUNICIPIO AGUASCALIENTES.
La entrega de proposiciones se hará en DOS SOBRES CERRADOS, uno que contendrá la “PROPUESTA TÉCNICA” que deberá incluir también la GARANTÍA a que se refiere el punto 27 de las presentes BASES y el otro la “PROPUESTA ECONÓMICA”. Toda la información que contengan las propuestas deberá estar sin tachaduras o enmendaduras, mecanografiada o elaboradas a través de cualquier mecanismo cibernético o computarizado, de conformidad con el artículo 179 del Reglamento.
Todos los documentos deberán estar rubricados en cada una de sus hojas, y contar con firma autógrafa por la persona facultada para ello, al final de cada documentos o anexos que integren su PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA”, dicha firma deberá coincidir con la de la identificación presentada. Los documentos que carezcan de firma en alguna de las hojas, serán DESECHADOS.
Para intervenir en el ACTO DE INSCRIPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS TÉCNICAS,
bastará que en caso de que no se presente en el acto el CONCURSANTE o su representante legal, quien concurra presente el poder que ya se ha aludido.
No será motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue las propuestas, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de oyente.
16. IDIOMA DE LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS.
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
De conformidad con el artículo 179 del Reglamento; las propuestas deberán ser presentadas en IDIOMA ESPAÑOL EXCLUSIVAMENTE. Los anexos técnicos y folletos podrán presentarse en el idioma del país de origen de la adquisición, acompañados de una traducción simple al español.
17. DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS.
Los CONCURSANTES solo deberán presentar la documentación que le sea solicitada o requerida por la
CONVOCANTE
18. REQUISITOS QUE INTEGRAN LA PROPUESTA TÉCNICA.
Con fundamento en lo establecido en los artículos 154 y 179 del Reglamento, todos los documentos generados por el PROVEEDOR, deberán presentarse en idioma español, en papel membretado y firmados por su representante legal además de presentar los requisitos señalados a continuación:
A. IDENTIFICACIÓN OFICIAL CON FOTOGRAFÍA de la persona física o del representante legal de la persona moral. En original o copia certificada y copia simple para su cotejo, (cartilla del servicio militar nacional, pasaporte, cédula profesional, o credencial de elector vigentes), con la finalidad de cotejar las firmas de quien suscribe las propuestas.
B. Original y copia simple para su cotejo de la CARTA DE INVITACION a las BASES
correspondientes al CONCURSO.
C. Original o copia certificada y copia simple para su cotejo de la CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN AL PADRÓN DE PROVEEDORES del Municipio de Aguascalientes, para el ejercicio 2019.
D. Escrito en el que manifiesten BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que cuentan con facultades suficientes para comprometerse por sí, por su representada o su poderdante (según corresponda), el cual deberá contener su clave del registro federal de contribuyentes, nombre y domicilio legal y fiscal;
En caso de PERSONAS XXXXXXX, además de cumplir con el párrafo anterior deberán describir el objeto social de la empresa, número y fecha de las escrituras públicas en las que conste el acta constitutiva, y en su caso sus reformas o modificaciones, señalando nombre, número y circunscripción territorial xxx xxxxxxx o fedatario público que las protocolizó, así como fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio y relación del nombre de los socios actuales. Asimismo deberá anexar copia simple del Acta Constitutiva para su cotejo.
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
X. XXXXXXXXXX DE SITUACIÓN FISCAL emitida dentro de los 15 días hábiles previos a la inscripción, ya que se verificará que su giro y/o actividad económica coincidan con la reportada ante el Fisco Federal y corresponda con los bienes ofertados en el presente CONCURSO.
F. Escrito en papel membretado firmado por el CONCURSANTE o el representante legal de la empresa, en el que se especifique el correo autorizado, números de teléfonos, como medios para aceptar oír y recibir notificaciones con motivo de apercibimientos, sanciones por retraso en incumplimiento en las entregas, penalizaciones, devoluciones y lo correlativo a cualquier notificación con motivo de esta contratación, se debe igualmente señalar un domicilio en la zona conurbada del Municipio de Aguascalientes para el acto de oír y recibir notificaciones.
G. ANEXO “A”, Calendario de Actividades, firmado por el CONCURSANTE, el no presentarlo en su propuesta técnica, no acarrea el desechamiento de su propuesta.
H. ANEXO “B”, Documentación Técnica requerida, firmado por el CONCURSANTE, el no presentarlo en su propuesta técnica, no acarrea el desechamiento de su propuesta.
I. ANEXO “C”, completamente lleno y firmado por el CONCURSANTE en cada una de las hojas, con los datos solicitados por la CONVOCANTE de conformidad con las presentes BASES.
J. ANEXO “D” completamente lleno y firmado por el CONCURSANTE en cada una de las hojas.
K. ANEXO “E”, completamente lleno y firmado por el CONCURSANTE en cada una de las hojas, con los requisitos solicitados por la CONVOCANTE de las presentes BASES (anexar los documentos y copias en caso de ser requeridos en dicho anexo).
L. ANEXO “F”, completamente lleno y firmado por el CONCURSANTE.
M. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA con los datos solicitados por la
CONVOCANTE.
N. Escrito en que manifiesta BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que está al corriente con todas sus obligaciones fiscales.
O. OPINIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES emitida en sentido POSITIVO por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), a través del sitio oficial de internet xxx.xxx.xxx.xx, la cual deberá ser emitida dentro del plazo máximo de 3 días hábiles previos al acto de inscripción y apertura de propuestas técnicas.
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
P. Escrito en que manifiesta BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que toda la documentación e información que proporciono al Comité con motivo del CONCURSO, es verdadera.
Q. Escrito en que manifiesta BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, describiendo la
GARANTÍA DE LOS BIENES/SERVICIOS que oferta.
R. MEMORIA USB o DISCO COMPACTO que contenga todos los documentos y escritos a que se refiere el PUNTO 18 de las BASES en formato PDF, con la salvedad de los Anexos D y F, los cuales deberán ser en formato Word o Excel, según corresponda.
La falta de alguno de los requisitos numerados en este será motivo suficiente para que la propuesta sea
DESECHADA, a excepción de los que se señalan expresamente en los incisos G) y H).
La CONVOCANTE, se reserva el derecho de confirmar la veracidad de la información proporcionada, en caso de haberse declarado falsamente se desechará su propuesta, independientemente de que sea sujeto de la aplicación xx xxxxx por declarar falsamente.
19. INSTRUCCIONES DE LLENADO Y ENTREGA DE LA PROPUESTA TÉCNICA.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 182, 184, 185 fracción I, y 186 del Reglamento, la “PROPUESTA TÉCNICA” deberá presentarse en SOBRE CERRADO, en forma inviolable, rotulado con los siguientes datos:
PROPUESTA TÉCNICA: CONCURSO POR INVITACIÓN NÚMERO GMA-006-C-19; nombre,
razón o denominación social; domicilio, teléfonos, correo electrónico y nombre del representante legal, asimismo deberá incluirse en dicha propuesta todos los documentos solicitados en el PUNTO 18 de estas BASES.
La propuesta técnica deberá elaborarse en hoja membretada, en idioma español, en el que se señale las características de los BIENES/SERVICIOS ofertados; en esta propuesta NO SE DEBERÁ SEÑALAR NINGÚN COSTO, ni tampoco se deberán incluir facturas o datos referenciales que determinen costos de los BIENES ofertados, EXCEPTO la GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA señalada en PUNTO 27 de estas BASES. Dicha GARANTÍA se dará por presentada en caso de serlo y será resguardada por la SECRETARIA EJECUTIVA sin permitirse ser visualizada por los CONCURSANTES.
Dicha GARANTÍA al momento de verificar CUANTITATIVAMENTE el contenido de la propuesta técnica se dará por entregada y separada por la Presidenta o Secretaria Ejecutiva del Comité para su resguardo, pasando a firma el resto de la propuesta a algún PROVEEDOR distinto al que la presenta.
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
Todos y cada uno de los documentos deberán estar rubricados en cada una de sus hojas, y contar con firma autógrafa por la persona facultada para ello, al final de cada uno de los documento o anexos que integren su PROPUESTA TÉCNICA, dicha firma deberá coincidir con la de la identificación presentada.(Excepto documentos originales).
Preferentemente la propuesta debe presentarse en el orden que se indica, foliada, con índice, separadores,
NO SIENDO MOTIVO DE DESECHAMIENTO el incumplir con lo estipulado en el presente párrafo.
En la elaboración de las propuestas y el llenado de los ANEXOS se deberá tener siempre en cuenta cumplir con todos los requisitos solicitados por la CONVOCANTE debiendo llenar todos los espacios de los ANEXOS, salvo que no aplique algún supuesto de acuerdo a la situación concreta de cada CONCURSANTE, en cuyo caso el espacio relativo se llenará con la frase “NO APLICA”. En esos mismos términos debe incluir la GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA que se ha aludido y se determina en estas mismas BASES.
20. MOMENTOS EN QUE PUEDEN DESECHARSE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS Y ECONÓMICAS.
El desechamiento de las propuestas se puede dar en dos momentos del procedimiento de adjudicación:
A. Si el COMITÉ al momento de abrir los sobres de las “PROPUESTAS TÉCNICAS” observa que el CONCURSANTE en su propuesta NO CUMPLE EN FORMA CUANTITATIVA con alguno de los requisitos solicitados en las presentes BASES, y en sus ANEXOS.
B. Cuando el COMITÉ revise las “PROPUESTAS TÉCNICAS” de cada uno de los CONCURSANTES y observe que la propuesta del CONCURSANTE NO CUMPLE EN FORMA CUALITATIVA con alguno de los requisitos solicitados en las presentes BASES y en sus ANEXOS.
21. CAUSAS DE DESECHAMIENTO DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS Y ECONÓMICAS.
Con fundamento en lo establecido por los artículos154 fracción V, 183,194, 196, 198, 202 del Reglamento, el COMITÉ descalificará a los participantes que incurran en cualquiera de los supuestos de los siguientes puntos:
1. El incumplimiento de alguno de los requisitos o especificaciones establecidos en las presentes BASES y en sus ANEXOS de conformidad con lo dispuesto por el artículo 196 fracción I del Reglamento;
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
2. El incumplimiento de alguna de las modificaciones realizadas en la JUNTA DE ACLARACIONES, de conformidad con el artículo 196 fracción III del Reglamento;
3. Que el CONCURSANTE se encuentre en alguno de los supuestos del artículo 76 del Reglamento, si no se dedica al ramo requerido y por ende pretenda subcontratar o que se encuentre en algún incumplimiento de CONTRATO con cualquier Dependencia o Entidad Gubernamental de los tres niveles de Gobierno;
4. Que presente más de una “PROPUESTA TÉCNICA”;
5. Que la “PROPUESTA TÉCNICA” contenga tachaduras o enmendaduras;
6. La falta de firma en alguno de los documentos que integren la “PROPUESTA TÉCNICA”;
7. En el caso en que sea requerida la presentación de CATÁLOGOS, FOLLETOS, FICHAS TÉCNICAS O ALGÚN OTRO DOCUMENTO, y no sean presentadas;
8. Cuando omita señalar la norma o normas con las que cumplan los BIENES, ofertados en el
ANEXO respectivo, solo sí son requeridas;
9. Cuando las características de los BIENES/SERVICIOS ofertados en el anexo “D” y las MUESTRAS FÍSICAS (en caso de haberlas), o las de los CATÁLOGOS, FOLLETOS O FICHAS TÉCNICAS, no coincidan entre sí.
10. Cuando los BIENES/SERVICIOS ofertados no cumplan con la calidad requerida.
11. Cuando los BIENES/SERVICIOS ofertado no cumpla con las condiciones o tiempo de entrega solicitado por la CONVOCANTE;
12. Cuando se solicite “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” y esta leyenda sea omitida en el documento correspondiente;
13. Que dentro del desarrollo del presente procedimiento de adjudicación se demuestre que ésta impedida para participar en el CONCURSO;
14. Cuando se presenten DOCUMENTOS, CATÁLOGOS, FOLLETOS o FICHAS TÉCNICAS alterados y/o modificados en su contenido;
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
15. En caso de que se requiera MUESTRAS FÍSICAS, cuando el CONCURSANTE las entregue sin la etiqueta original del fabricante, o cuando las MUESTRAS FÍSICAS no la entregue como las solicita la CONVOCANTE.
16. Cuando se demuestre que no tiene la capacidad técnica suficiente de conformidad con lo solicitado en las presentes BASES y sus ANEXOS;
17. No presente sus propuestas en la forma requerida de acuerdo con lo establecido en estas
BASES;
18. Por incurrir en falsedad de la información presentada en cualquiera de las propuestas ya sea en forma parcial o total;
19. No entregar la fianza requerida para la GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA en los términos solicitados;
20. Que el CONCURSANTE presente más de una “PROPUESTA TÉCNICA O ECONÓMICA”;
21. Si condiciona su “PROPUESTA ECONÓMICA” o sí contiene tachaduras o enmendaduras;
22. Si su “PROPUESTA ECONÓMICA” rebasa el techo presupuestal;
23. Cuando su propuesta resulte insolvente;
24. Cuando el CONCURSANTE no sostenga sus ofertas;
25. Si la “PROPUESTA ECONÓMICA” no ampara el total de los artículos solicitados en cada PARTIDA;
26. Si se presenta la “PROPUESTA ECONÓMICA” sin la firma autógrafa del
CONCURSANTE o del representante legal de la empresa;
27. Si el CONCURSANTE no se apega al financiamiento solicitado por la CONVOCANTE;
28. La comprobación de que el participante haya elevado los precios del BIEN/SERVICIOS materia del procedimiento de adjudicación con el fin tener una ventaja sobre los demás participantes;
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
29. Cuando la “PROPUESTA ECONÓMICA” presentada por el participante a juicio del COMITÉ se encuentre por encima o por debajo de los precios xx xxxxxxx estudiados por la Secretaría de Administración, supuesto de la fracción III artículo 202.
30. Será causa de descalificación el acuerdo entre los PROVEEDORES para elevar precios de los BIENES de conformidad con lo dispuesto por el artículo 196 fracción IV del Reglamento;
31. Cuando la “PROPUESTA TÉCNICA” presentada por el participante no se describa detalladamente las características de los BIENES/SERVICIOS que pretenda ofertar;
32. Cuando las PARTIDAS ofertadas en la “PROPUESTA TÉCNICA” no coincidan con las
PARTIDAS cotizadas en la “PROPUESTA ECONÓMICA”.
33. Las que se deriven del Reglamento.
22. CONDICIONES Y REQUISITOS DE LA PROPUESTA ECONÓMICA.
Los CONCURSANTES deben presentar en este punto, el ANEXO “G”, con los datos solicitados por la
CONVOCANTE de conformidad con dichos documentos.
Las instrucciones para el llenado y entrega de la “PROPUESTA ECONÓMICA” son los siguientes:
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 184 y 185 del Reglamento, la “PROPUESTA ECONÓMICA” deberá presentarse en sobre cerrado, en forma inviolable, rotulado con los siguientes datos:
PROPUESTA ECONÓMICA: CONCURSO POR INVITACIÓN NÚMERO GMA-006-C-19;
nombre, razón o denominación social; domicilio, teléfono, correo electrónico y nombre del representante legal, así mismo deberá incluirse en dicha propuesta todos los documentos solicitados en estas BASES.
La “PROPUESTA ECONÓMICA”, deberá presentarse en hoja membretada, sin tachaduras ni enmendaduras, en idioma español.
Deberá contener la cotización de los BIENES/SERVICIOS ofertados, conforme al ANEXO “G”, que forma parte de las presentes BASES. Las cotizaciones deberán elaborarse a 2 (dos) decimales.
Se deben cotizar la PARTIDA, llenando el espacio relativo al siguiente concepto:
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
A) PRECIO UNITARIO;
B) TOTAL POR PARTIDA ANTES DE I.V.A
C) % I.V.A
D) I.V.A. POR PARTIDA
E) TOTAL POR PARTIDA CON I.V.A.
F) GRAN TOTAL.
Preferentemente la propuesta debe señalarse en el orden que se indica, foliada, con índice y separadores, no siendo motivo de desechamiento si se incumple con los requisitos establecidos en este párrafo.
En la elaboración de la propuesta y el llenado de los ANEXOS se deberá tener siempre en cuenta cumplir con todos los requisitos solicitados por la CONVOCANTE debiendo llenar todos los espacios de los ANEXOS, salvo que no aplique algún supuesto de acuerdo a la situación concreta de cada CONCURSANTE, en cuyo caso el espacio relativo se llenara con la frase “NO APLICA”.
23. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS.
De conformidad con el artículo 203 del Reglamento, la CONVOCANTE determina que para la evaluación de las propuestas, en ningún caso se utilizarán mecanismos de puntos o porcentajes, ésta se regirá bajo los preceptos de “CUMPLE” o “NO CUMPLE”.
A. Los criterios que se aplicarán para evaluar la capacidad legal, administrativa, técnica y financiera, la calidad y la oportunidad de cada CONCURSANTE serán mediante el análisis comparativo del ANEXO “C”, “D”, “E” Y “F”.
B. Para la evaluación técnica se verificará que se cumpla con los requisitos señalados en las presentes
BASES.
C. Los criterios que se aplicarán para evaluar el financiamiento y el precio de cada CONCURSANTE
serán mediante el análisis comparativo del ANEXO “G”.
Para la evaluación económica se verificará que se cumpla con los requisitos señalados en estas BASES. Para la evaluación económica se compararán entre sí, en forma equivalente todas las condiciones que se ofrezcan, tales como: Precios y financiamiento.
La CONVOCANTE elaborará tabla comparativa, relativa a las “PROPUESTAS ECONÓMICAS”
como referencia para la elaboración del dictamen técnico y el FALLO DE ADJUDICACIÓN.
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
La CONVOCANTE podrá verificar en cualquier momento, la información proporcionada por las empresas participantes, mediante visita a sus instalaciones, y visitas o contacto telefónico o electrónico a sus clientes y PROVEEDORES.
24. CRITERIOS PARA EVALUAR UNA PROPUESTA TÉCNICA.
De conformidad con los artículos 191, 192, 193 y 194 del Reglamento, el COMITÉ determinará que una “PROPUESTA TÉCNICA” cumple en forma cuantitativa cuando se cumpla con toda la documentación, información y requisitos solicitados en las BASES, y sus ANEXOS. La CONVOCANTE a través del COMITÉ, tomará como criterios para evaluar las “PROPUESTAS TÉCNICAS” los siguientes:
A) Verificará que las “PROPUESTAS TÉCNICAS” presentadas por los CONCURSANTES sean concretas y no dejen datos de la descripción abiertos o que den lugar a situaciones ambiguas, además de que cumpla CUANTITATIVA y CUALITATIVAMENTE.
B) Comprobará que el BIEN/SERVICIOS ofertado por los CONCURSANTES cumplan con las especificaciones, condiciones, características, alcance y requisitos establecidos en las BASES y sus ANEXOS.
C) Se considerará la calidad, tiempo de entrega y condiciones de lo ofertado por los
CONCURSANTES.
D) Verificará que los CONCURSANTES hagan los cambios en los ANEXOS que conforman las BASES, que llegaran a surgir en la JUNTA DE ACLARACIONES, si afectan las partidas en que participa.
E) La CONVOCANTE analizará las características, complejidad y magnitud o cantidad de los
BIENES/SERVICIOS ofertados por cada participante;
F) Tiempo de entrega y condiciones para la aceptación de la oferta; en base a lo manifestado por cada
CONCURSANTE en el ANEXO “F”.
G) Analizará el dictamen de la evaluación de las “PROPUESTAS TÉCNICAS” que el ÁREA REQUISITANTE entregue al COMITÉ, firmado por el requisitante, responsable administrativo y titular de la dependencia; y
H) Que se anexe la GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA en los términos solicitados.
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
I) Analizar las MUESTRAS FÍSICAS en caso de que hayan sido requeridas, tomando en consideración los criterios establecidos en las BASES y sus ANEXOS.
J) Evaluar los bienes o adicionales sin costo alguno para la CONVOCANTE.
Como resultado del análisis anterior, se emitirá un FALLO TÉCNICO que servirá como fundamento para el FALLO DE ADJUDICACIÓN del CONCURSO; en el FALLO TÉCNICO se harán constar las propuestas admitidas y se hará mención de las que hayan sido desechadas y las causas que lo motivaron. Los CONCURSANTES cuyas propuestas técnicas cumplan con lo estipulado en los puntos anteriores, obtendrán FALLO TÉCNICO POSITIVO y pasarán a la SEGUNDA ETAPA del ACTO DE INSCRIPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS TÉCNICAS, correspondiente a la APERTURA DE “PROPUESTAS ECONÓMICAS”.
25. CRITERIOS PARA EVALUAR UNA PROPUESTA ECONÓMICA
La CONVOCANTE a través del COMITÉ, tomará como criterios para evaluar las “PROPUESTAS ECONÓMICAS” los siguientes:
A) Que la “PROPUESTA ECONÓMICA” CUMPLA CON TODOS LOS REQUISITOS
previstos en estas BASES, para su presentación ante el COMITÉ;
B) Que el ANEXO “G”, se entregue completamente lleno en las partidas que participa;
C) Que el precio de los BIENES/SERVICIOS ofertados por el CONCURSANTE, no resulte menor al costo de administración y operación del mismo;
D) Analizar que el CONCURSANTE se apegue al financiamiento solicitado por la
CONVOCANTE, en su caso;
E) Analizar que la “PROPUESTA ECONÓMICA” presentada por el CONCURSANTE no sea superior a los PRECIOS xxx xxxxxxx;
F) Analizar que el cálculo e integración de los PRECIOS sean acordes con las condiciones de costos vigentes en la zona o región económica en que se ubica el Municipio;
G) El costo beneficio de los BIENES/SERVICIOS ofertados, en función del precio, calidad, garantías, y otros valores agregados;
H) Analizar cual proveedor es el que ofrece el precio de cotización más bajo en calidad y características del bien requerido.
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
26. FORMA EN QUE SE VERIFICARÁ EL CONCURSO.
El Acto de Inscripción, Apertura de Propuestas y Xxxxxx, serán coordinados por el PRESIDENTE Y SECRETARIO EJECUTIVO DEL COMITÉ. EL CONCURSO se desarrollará de acuerdo al siguiente orden:
a) Se recibirán los sobres preferentemente cerrados rotulados, sellados y firmados por cada
CONCURSANTE, los cuales contendrán sus “PROPUESTAS TÉCNICA Y ECONÓMICA”.
b) Se procederá a la inscripción de los CONCURSANTES a participar.
c) Se declarará cerrada la inscripción, por lo que a partir de ese momento no se recibirán más propuestas, ni tampoco podrán ser retiradas las inscritas.
d) Se hará la declaración oficial de la APERTURA.
e) Se procederá a la APERTURA de los sobres que contengan las “PROPUESTAS TÉCNICAS”, verificando que las mismas contengan los documentos solicitados únicamente en forma cuantitativa. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 182, 185, 186, 189, 190 y191 del Reglamento.
e.1. Para constancia, por lo menos un CONCURSANTE presente rubricará las hojas de las “PROPUESTAS TÉCNICAS” presentadas por los PROVEEDORES, y dos servidores públicos miembros del COMITÉ, las que a su libre albedrío seleccionen. Las propuestas técnicas y económicas mismas que junto con los demás documentos recibidos quedarán en poder del SECRETARIO EJECUTIVO para que en acto posterior, el COMITÉ proceda a su análisis y emita el fallo técnico correspondiente.
e.2. Se levantará acta en la que se asentaran los documentos presentados por cada
PROVEEDOR, dicha acta será rubricada y firmada por los asistentes a dicho acto.
e.3. En caso de que algún FALLO TECNICO PROVEEDOR no reúna la totalidad de los requisitos, será desechada su propuesta y se dará a conocer a los asistentes en qué consistió la irregularidad. El COMITÉ escudriñará cada “PROPUESTA TÉCNICA” haciendo el análisis CUALITATIVO de las mismas y emitirá el fallo técnico en la fecha establecida. Dichos actos quedarán asentados en el acta correspondiente.
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
e.4. En caso de que algún CONCURSANTE sea DESCALIFICADO, el acta correspondiente deberá contener la justificación en función de las BASES del CONCURSO.
e.5. Aquellos que hubieren reunido satisfactoriamente todos los requisitos solicitados, tendrán derecho a participar en el ACTO DE APERTURA DE LAS PROPUESTAS ECONÓMICAS.
f) Una vez emitido el FALLO TÉCNICO, se procederá al ACTO DE APERTURA DE LAS PROPUESTAS ECONÓMICAS de los participantes cuyas “PROPUESTAS TÉCNICAS” no hubieren sido desechadas, las cuales serán rubricadas en todas sus hojas, por uno de los PROVEEDORES presentes, por el SECRETARIO EJECUTIVO y por algún otro miembro el COMITÉ.
Se levantará el acta correspondiente en la que se harán constar las “PROPUESTAS ECONÓMICAS” recibidas con sus importes respectivos, y en su caso, se anotarán también las que hubiesen sido desechadas por no satisfacer los requisitos estipulados en estas BASES, indicando el motivo de su descalificación.
Se dará lectura en voz alta de la información contenida en cada una de las Propuestas Económicas relacionadas con las condiciones de la adquisición, mismas que se transcribirán en una tabla comparativa de cotizaciones, de manera abierta y en presencia de los PROVEEDORES presentes, haciendo constar una reseña cronológica de los acontecimientos, el análisis de las proposiciones admitidas y se hará mención de las proposiciones desechadas, fundando y motivando dicha resolución. Lo anterior con fundamento en lo previsto por el artículo 200 del Reglamento.
En caso de que algún Participante no presente su “PROPUESTA ECONÓMICA” según lo establecido en las BASES, será DESCALIFICADO.
El COMITÉ señalara fecha, y hora, en que se emitirá y dará a conocer el FALLO DE ADJUDICACIÓN del CONCURSO, misma que quedara comprendida dentro de los 10 (DIEZ DÍAS NATURALES) a partir de la apertura de la propuesta económica de conformidad con el artículo 197 del Reglamento.
g) El COMITÉ evaluará los aspectos técnicos, financieros, de calidad, del bien y oportunidad de las propuestas económicas de cada participante, emitiendo el FALLO DE ADJUDICACIÓN conforme a los siguiente:
g.1. La PARTIDA se adjudicara al PROVEEDOR que reúna las mejores condiciones económicas en función de los criterios establecidos en las bases, así como a las de
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
financiamiento, del bien, tiempo de entrega, calidad y oportunidad que garanticen satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
g.2. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes y por lo tanto satisfacen la totalidad de los requisitos de las BASES, la PARTIDA se adjudicará al PROVEEDOR que presente la “PROPUESTA ECONÓMICA” más baja.
g.3. El SECRETARIO EJECUTIVO del COMITÉ dará a conocer mediante Acto Público, el FALLO DE ADJUDICACIÓN dentro de la fecha establecida para tal fin, poniéndose dicho documento a disposición de los PROVEEDORES que no hayan asistido en el domicilio de la CONVOCANTE, para efectos de su notificación, de conformidad con lo que se establece en el artículo 197 del Reglamento.
En los CONCURSOS, los requisitos y condiciones que contengan las BASES, deberán ser los mismos para todos los participantes.
En el ejercicio de sus atribuciones, el OIC podrá intervenir en cualquier acto que contravenga las disposiciones que rigen las materias objeto de este Reglamento. Si el COMITÉ determina la cancelación del proceso de adjudicación, la dependencia o entidad reembolsará a los participantes los gastos no recuperables en que hayan incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la operación correspondiente.
27. TIPOS DE GARANTÍAS Y SUS IMPLICACIONES.
Los CONCURSANTES deberán GARANTIZAR LA SERIEDAD DE SUS PROPUESTAS, con una
GARANTÍA que se constituirá mediante un cheque certificado o una fianza expedida por una Institución de Fianzas Autorizada por un monto del 5%(CINCO POR CIENTO) del total de la “PROPUESTA ECONÓMICA” IVA incluido, la cual deberá ser incluida en original en el SOBRE CERRADO que contenga su “PROPUESTA TÉCNICA:
En caso de presentar una fianza esta deberá cumplir con los siguientes requisitos:
1. Deberá expedirse a favor del MUNICIPIO AGUASCALIENTES;
2. El NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN del CONCURSO en el que participa;
3. El señalamiento de la DENOMINACIÓN o NOMBRE DEL PROVEEDOR o FIADOR;
4. La indicación del IMPORTE TOTAL garantizado con NÚMERO y LETRA;
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
5. La indicación de que la fianza podrá ser reclamada por la Secretaría de Finanzas Públicas del Municipio de Aguascalientes, en caso de que el CONCURSANTE no sostenga como solvente su propuesta en cualquier etapa del procedimiento de concurso, bastando para su cobro la presentación del acta respectiva que emita el Comité de Adquisiciones del Municipio Aguascalientes, en la que el CONCURSANTE haya manifestado no sostener su propuesta técnica o económica, o cuando el PROVEEDOR no sostenga su propuesta cuando le haya sido adjudicado un CONTRATO y éste no haya sido formalizado por causas imputables a él mismo;
6. La indicación de que de resultar adjudicado el CONCURSANTE, la VIGENCIA de la fianza quedará ABIERTA hasta la firma del CONTRATO respectivo.
7. El CONCURSANTE deberá poner en su póliza de fianza, la siguiente prevención:
“La Institución de Fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, para la efectividad de la presente GARANTÍA, de igual manera se sujetará al procedimiento previsto en el artículo 283 para el pago de intereses e indemnización por xxxx en caso de que la Institución de Fianzas incumpla con sus obligaciones.”
La SECRETARIA EJECUTIVA conservará en custodia las GARANTÍAS DE SERIEDAD DE LAS PROPUESTAS y se devolverán a los CONCURSANTES al momento de darse a conocer el FALLO DE LA ADJUDICACIÓN del CONCURSO, con la excepción de quien le fuere adjudicado el CONTRATO, la que le será devuelta una vez que lo firme y entregue la GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, CALIDAD DE LOS BIENES Y VICIOS OCULTOS
estipulada en el mismo, dentro de los 10 (DÍEZ) DÍAS NATURALES contados a partir de la notificación del FALLO DE ADJUDICACIÓN de conformidad con el tercer párrafo del artículo 164 del Reglamento.
La GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA se hará efectiva conforme al artículo 165 del Reglamento, cuando el PROVEEDOR ADJUDICADO no formalice dicha adjudicación dentro del término que para el efecto señala el artículo 219 del mismo ordenamiento legal, siendo éste de 10 (DÍEZ) DÍAS HÁBILES contados a partir de la fecha en que se hubiere emitido el FALLO DE ADJUDICACIÓN.
LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, CALIDAD DE LOS BIENES Y VICIOS
OCULTOS equivalente al 10% (DÍEZ POR CIENTO) del monto total del contrato sin incluir I.V.A en moneda nacional mediante fianza otorgada por Institución de Fianzas autorizada o a través de Cheque Certificado, a favor del MUNICIPIO AGUASCALIENTES, debiendo precisar en caso de la fianza el número de concurso, esta GARANTÍA será constituida únicamente por el PROVEEDOR ADJUDICADO, dentro del término de 10 (DÍEZ) DÍAS NATURALES contados a partir de la
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
notificación del FALLO DE ADJUDICACIÓN conforme a lo previsto por el artículo 164, debiendo cumplir con los siguientes requisitos:
I. Deberá expedirse a favor del MUNICIPIO AGUASCALIENTES.
II. El señalamiento de la DENOMINACIÓN, RAZÓN SOCIAL o NOMBRE DEL PROVEEDOR
III. La indicación del IMPORTE TOTAL garantizado con NÚMERO y LETRA.
IV. La indicación correspondiente al número de concurso, así como, la especificación de que garantiza el cumplimiento de las obligaciones del contrato que derive del CONCURSO.
V. “EL PROVEEDOR” deberá poner de manera textual dentro de la fianza las prevenciones que a continuación se señalan:
“La fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el presente contrato”.
“La fianza podrá ser reclamada por la Secretaría de Finanzas Públicas del Municipio de Aguascalientes, en caso de que “EL PROVEEDOR” no cumpla con alguna de las estipulaciones contenidas en el contrato adjudicado”.
“La vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de sus obligaciones previsto en el contrato”.
“Esta fianza estará vigente durante la substanciación de los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón de plazo de ejecución del contrato principal o fuente de obligaciones, o cualquier otra circunstancia. Asimismo, esta fianza permanecerá en vigor en los casos en que el Municipio de Aguascalientes a través de la Secretaría de Administración, se otorguen prorrogas o esperas al fiado para el cumplimiento de sus obligaciones”.
“La Institución de Fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 279 y 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso de cobro de intereses que prevé el artículo 283 para el pago de intereses e indemnización por xxxx en caso de que la Institución de Fianzas incumpla con sus obligaciones.”
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
“Para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la Secretaría de Administración del Municipio de Aguascalientes”.
En caso de modificaciones al CONTRATO por las cuales se incremente el monto del mismo, se deberá entregar la modificación respectiva de la GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, CALIDAD DE LOS BIENES Y VICIOS OCULTOS, por dicho incremento, lo cual deberá estipularse en el convenio modificatorio respectivo.
Esta GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, CALIDAD DE LOS BIEN Y VICIOS
OCULTOS, deberá entregarse en la DIRECCIÓN JURÍDICA DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES, dentro de los 10 (DÍEZ) DÍAS
NATURALES contados a partir de la notificación del FALLO DE ADJUDICACIÓN de conformidad con el tercer párrafo del artículo 164 del Reglamento.
La devolución de la GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, CALIDAD DE LOS
BIENES Y VICIOS OCULTOS se efectuará cumplidas las obligaciones garantizadas por las fianzas y una vez transcurrido el periodo de garantía a entera satisfacción del Municipio, previa solicitud por escrito del interesado; al efecto, se extenderá Oficio de Cumplimiento de CONTRATO y a su vez liberación de la Fianza.
La CONVOCANTE hará efectiva la GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, CALIDAD DE LOS BIENES Y VICIOS OCULTOS, cuando:
a) Cuando el PROVEEDOR ADJUDICADO incumpla en alguna de las condiciones y especificaciones establecidas en estas BASES y ANEXOS;
b) Cuando se presente incumplimiento por parte del PROVEEDOR ADJUDICADO a alguna de las obligaciones a su cargo, se actualice alguna causa de rescisión que se establezcan en el respectivo CONTRATO de adjudicación o por incumplimiento de las obligaciones establecidas en estas BASES, en el CONTRATO o en el Reglamento;
c) Cuando el PROVEEDOR ADJUDICADO que provea los BIENES adjudicados con características que no correspondan a las solicitadas y aceptadas;
d) Cuando los BIENES requeridos se entreguen en tiempo y forma a entera satisfacción del área requisitante; o
e) Cuando los BIENES solicitados no se entreguen en tiempo y forma.
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
GARANTÍA DEL ANTICIPO CUANDO APLIQUE, deberá otorgarse por el 100% (CIEN POR CIENTO) del monto del ANTICIPO, mediante fianza emitida por Institución de Fianzas autorizada o a través de cheque certificado, a favor del MUNICIPIO AGUASCALIENTES, debiendo precisar en el caso de la fianza, el número de concurso, y el concepto que se ésta garantizando, esta GARANTÍA será constituida únicamente por el PROVEEDOR ADJUDICADO, dentro del término de los 10 (DÍEZ) DÍAS NATURALES contados a partir de la notificación del FALLO DE ADJUDICACIÓN de conformidad con el tercer párrafo del artículo 164 del Reglamento debiendo cumplir con los siguientes requisitos:
I. Deberá expedirse a favor del MUNICIPIO AGUASCALIENTES.
II. El señalamiento de la DENOMINACIÓN, RAZÓN SOCIAL o NOMBRE DEL PROVEEDOR
III. La indicación del IMPORTE TOTAL garantizado con NÚMERO y LETRA.
IV. La indicación correspondiente al número de concurso, fecha del fallo de adjudicación así como, la especificación de las obligaciones garantizadas.
V. “EL PROVEEDOR” deberá poner de manera textual dentro de la fianza las prevenciones que a continuación se señalan:
“La fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones derivadas del CONCURSO”.
“La fianza podrá ser reclamada por la Secretaría de Finanzas Públicas del Municipio de Aguascalientes, en caso de que “EL PROVEEDOR” no cumpla con alguna de las obligaciones derivadas del CONCURSO”.
“La vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de sus obligaciones previsto en el contrato”.
“Esta fianza estará vigente durante la substanciación de los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón de plazo de ejecución del contrato principal o fuente de obligaciones, o cualquier otra circunstancia. Así mismo, esta fianza permanecerá en vigor en los casos en que el Municipio de Aguascalientes a través de la Secretaría de Administración, se otorguen prorrogas o esperas al fiado para el cumplimiento de sus obligaciones”.
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
“La Institución de Fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 279 y 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso de cobro de intereses que prevé el artículo 283 para el pago de intereses e indemnización por xxxx en caso de que la Institución de Fianzas incumpla con sus obligaciones.”
“Para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la Secretaría de Administración del Municipio de Aguascalientes”.
28. FALLO DE ADJUDICACIÓN.
Posteriormente a las etapas anteriores del CONCURSO, el COMITÉ se reunirá para efecto de ANALIZAR Y EVALUAR la información contenida en las “PROPUESTAS ECONÓMICAS”. El resultado de dicho análisis servirá como fundamento para emitir el FALLO ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
El FALLO DE ADJUDICACIÓN DE CONTRATO se dará a conocer en el ACTO DE APERTURA DE “PROPUESTAS ECONÓMICAS”, de acuerdo con el ANEXO “A” o en la fecha que se señale en este acto a la que libremente podrán asistir los CONCURSANTES que hubieran participado en el ACTO DE INSCRIPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS TÉCNICAS, sin menoscabo de que puedan acudir directamente a las oficinas de la Dirección de Recursos Materiales, de la Secretaría de Administración del Municipio de Aguascalientes, en el domicilio de la CONVOCANTE, para recoger la copia del FALLO DE ADJUDICACIÓN del CONTRATO.
El FALLO DE ADJUDICACIÓN puede diferirse para una nueva fecha cuando así lo considere conveniente el COMITÉ, debiendo en ese caso señalar fecha, y hora en que se dará a conocer el FALLO DE ADJUDICACIÓN del CONCURSO, el que deberá quedar comprendido dentro de los 10 (DIEZ) DÍAS NATURALES contados a partir del plazo establecido originalmente.
La adjudicación del CONTRATO se deberá formalizar conforme lo establecido en los PUNTOS 34, 35, Y 36 de estas BASES.
29. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
Una vez hecha la evaluación de las propuestas, la o las PARTIDAS se adjudicarán al CONCURSANTE que, de entre los PARTICIPANTES, reúna las condiciones legales, administrativas, financieras, técnicas (la calidad, garantías, tiempo de entrega) y económicas (el precio y el financiamiento) requeridas por la CONVOCANTE y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
En igualdad de condiciones (que cumplan con lo mínimo solicitado) de los CONCURSANTES, se procederá a adjudicar a aquel PROVEEDOR que tenga su domicilio fiscal en Aguascalientes, siempre y cuando el porcentaje se encuentre dentro del 5% (CINCO POR CIENTO) respecto de la propuesta económica más baja.
El COMITÉ evaluará las propuestas considerando los requisitos legales, administrativos técnicos y económicos de las presentes BASES, así como la calidad de los BIENES que oferte, e informará a los participantes sobre los motivos y fundamentos de su decisión en los términos de los artículos 200 y 201 del Reglamento, considerando:
a. La presentación de todos los documentos legales, técnicos y económicos de conformidad con lo solicitado en las presentes BASES.
b. Comparar el monto de las ofertas y todos los conceptos que incidan en el precio de la adquisición. Si en la oferta económica existen errores aritméticos, se considerará el determinado por la CONVOCANTE, tomando como parámetro cierto el precio unitario. Si el participante no acepta la corrección de la propuesta, se considerará no elegible.
c. Para la determinación de quién sea el CONCURSANTE ADJUDICADO, será con base en el resultado el dictamen (cuadros comparativos) elaborado para tal efecto por la dependencia requisitante.
d. La adjudicación se llevará a cabo en base a la propuesta que representa para la CONVOCANTE el mayor beneficio, basándose en el precio neto de los BIENES, lo anterior después de haber obtenido el FALLO TÉCNICO POSITIVO por parte de la CONVOCANTE donde deberá cumplir con todos los requisitos técnicos solicitados por la misma.
e. El CONTRATO se adjudicará al participante que de entre los CONCURSANTES cumpla con el tiempo de entrega requerido en el ANEXO “F”, las condiciones legales, técnicas, y económicas requeridas por la CONVOCANTE, garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas y oferte el precio neto más bajo y se encuentre dentro del presupuesto del que disponga la CONVOCANTE para la compra de los BIENES solicitados.
f. Si derivado de la evaluación económica se obtuviera en un empate en precio, el CONTRATO se adjudicará conforme a lo siguiente:
f.1. Al participante que brinde sin costo adicional valores agregados para la CONVOCANTE siempre y cuando éste haya sido especificado en la “PROPUESTA TÉCNICA Y/O ECONÓMICA”.
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
f.2. En caso de que persista el empate se procederá, a efectuar un sorteo manual por insaculación que celebre la CONVOCANTE y que consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna de la que el PRESIDENTE DEL COMITÉ extraerá el boleto del CONCURSANTE ganador, el cual se realizará en el propio acto de FALLO DE ADJUDICACIÓN.
El participante elegible NO DEBE ENCONTRARSE en alguno de los supuestos previstos en el artículo 76 del Reglamento.
30. DESCALIFICACIÓN
Serán causas de descalificación de los CONCURSANTES:
1. El incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en las BASES o en sus ANEXOS;
2. El incumplimiento de las especificaciones establecidos en las BASES o en cualquiera de sus
ANEXOS;
3. El incumplimiento de alguna de las modificaciones realizadas en la JUNTA DE ACLARACIONES en las partidas en que participa.
4. La comprobación de que algún PROVEEDOR ha acordado con otro u otros, elevar los precios de los BIENES del procedimiento de adjudicación o cualquier otro acuerdo que tenga como fin tener una ventaja sobre los demás PROVEEDORES.
5. Por incurrir en falsedad de información presentada en cualquiera de las propuestas, ya sea en forma total o parcial;
6. Por incurrir en xxxx en el cumplimiento de compromisos celebrados con la CONVOCANTE;
7. Que el participante adopte conductas por sí mismo o a través de interpósita persona para que los servidores públicos de la CONVOCANTE induzcan o alteren las evaluaciones de propuestas, fallos u otros aspectos que otorguen ventajas en relación con los demás participantes.
8. Que el participante esté en incumplimiento de compromisos contractuales celebrados con la
CONVOCANTE.
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
9. Que el participante antes o durante el procedimiento de adjudicación esté en quiebra, suspensión de pagos o sujeto a concurso mercantil de acreedores en materia mercantil;
10. Que dentro del desarrollo del presente procedimiento de adjudicación sea inhabilitado por resolución de la Secretaría de Administración o del COMITÉ;
11. Cuando incurran en cualquier violación a las disposiciones del Reglamento o de cualquier otro ordenamiento legal o normativo vinculado con este procedimiento.
12. El no inscribir sus propuestas de acuerdo al tiempo señalado en el ANEXO “A” o el desechamiento de cualquier propuesta.
13. Presentar más de una “PROPUESTA TÉCNICA O ECONÓMICA”.
14. La comprobación que los participantes han incurrido en cualquiera de los supuestos señalados por el artículo 76 del Reglamento.
15. Cuando la “PROPUESTA ECONÓMICA” presentada por el participante a juicio del COMITÉ se encuentre por encima o por debajo de los precios xx xxxxxxx estudiados por la Secretaría de Administración.
16. Que la “PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA” presentada contenga tachaduras o enmendaduras.
17. Que el participante condicione su “PROPUESTA ECONÓMICA”.
18. Cuando la propuesta técnica presentada por el participante no describa detalladamente las características de los BIENES que pretenda ofertar.
19. Cuando las PARTIDAS ofertadas en la “PROPUESTA TÉCNICA” no coincidan con la
PARTIDA cotizada en la “PROPUESTA ECONÓMICA”.
31. DECLARACIÓN DEL CONCURSO O PARTIDA DECLARADA DESIERTA.
El CONCURSO o PARTIDA, se declararán desiertas por el COMITÉ, cuando se actualicen los supuestos establecidos por el artículo 215 del Reglamento, así como en los casos siguientes:
a) Cuando no se hubiera invitado por lo menos a tres proveedores distintos.
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
b) Si no se registra cuando menos un CONCURSANTE al ACTO DE INSCRIPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS TÉCNICAS;
c) Cuando no exista al menos un CONCURSANTE que resulte aprobado para participar en el ACTO DE APERTURA DE PROPUESTAS ECONÓMICAS.
d) Que no sean recibidas ofertas para la PARTIDAS;
e) Cuando todas las “PROPUESTAS ECONÓMICAS” abiertas durante la SEGUNDA ETAPA, sean mayores a los recursos presupuestales autorizados para esta adquisición.
f) Cuando no exista al menos un CONCURSANTE que después de la APERTURA DE “PROPUESTAS TÉCNICAS” resulte aprobado en el resto de los actos del presente CONCURSO.
g) Cuando la totalidad de las “PROPUESTAS ECONÓMICAS” rebasen en su conjunto o por
PARTIDA el techo presupuestal del que dispone la CONVOCANTE.
h) Cuando a juicio del COMITÉ, los precios que los CONCURSANTES oferten no fueran aceptables por encontrarse muy por debajo o muy por encima de los precios xxx xxxxxxx, previa investigación.
En el caso de que se declare desierto el CONCURSO, alguna o algunas PARTIDAS, el COMITÉ con fundamento en el artículo 216 y 217 del Reglamento; podrá adquirir los BIENES mediante el procedimiento de COMPRA DIRECTA, a través del sistema de adquisiciones “SIMA SIAGFIN”.
Cuando se concursen BIENES similares para varias dependencias y el presupuesto autorizado rebase en su conjunto o por PARTIDA el techo presupuestal, la CONVOCANTE adjudicara a través del presente procedimiento aquellas PARTIDAS para las cuales si exista techo presupuestal y para el resto de las PARTIDAS la adquisición se realizará de conformidad con el procedimiento de COMPRA DIRECTA, a través del sistema de adquisiciones “SIMA SIAGFIN”.
32. CANCELACIÓN DEL CONCURSO.
El OIC, de conformidad con lo establecido en el tercer párrafo del artículo 161 del Reglamento, cancelará el CONCURSO, cuando las modificaciones a la Convocatoria o a las BASES representen cambios mayores al 30% (TREINTA POR CIENTO) de la descripción original de los BIENES en el mismo porcentaje de PARTIDAS.
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
Asimismo, de conformidad con el artículo 7 fracción IV del Reglamento, el COMITÉ podrá cancelar el procedimiento de adjudicación en los supuestos previstos en dicha fracción, así como en las hipótesis establecidas en el artículo 209 del Reglamento
33. SUSPENSIÓN DEL CONCURSO.
El CONCURSO POR INVITACIÓN podrá ser suspendido por el COMITÉ de manera unilateral y temporalmente cuando se presuma que existe al menos un arreglo para elevar los precios de los BIENES objeto del CONCURSO o cuando se presuma la existencia de otra irregularidad de naturaleza similar que obstaculice el desarrollo del procedimiento, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 207 del Reglamento.
34. CONTRATO.
La persona física o el representante legal de la persona moral que resulte adjudicada, deberá presentarse en el domicilio de la DIRECCIÓN JURÍDICA DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DEL
MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES sito en planta xxxx xxx Xxxxxxx Municipal ubicadas en Plaza Patria y calle Colón sin número, zona Centro de la ciudad de Aguascalientes, dentro de los 10 (DÍEZ) DÍAS HÁBILES siguientes a la emisión del FALLO DE ADJUDICACIÓN en un horario de 08:00 a 15:00 HORAS a efecto de que el PROVEEDOR ADJUDICADO firme el CONTRATO, ello de conformidad con lo dispuesto por el artículo 219 del Reglamento.
El representante de la persona moral que firme el CONTRATO, deberá previamente haber acreditado con Poder Notarial que cuenta con facultades suficientes y presentar una identificación oficial vigente con fotografía.
Para la adquisición de los BIENES conforme a lo dispuesto en el artículo 229 y 230 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio de Aguascalientes, se aplicará la elaboración y formalización del contrato en la modalidad de “CONTRATO DE ADHESIÓN”.
35. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
A efecto de formalizar el CONTRATO, éste deberá ser suscrito por parte del PROVEEDOR ADJUDICADO o por su representante legal debidamente facultado para tal efecto.
Derivado del fallo de adjudicación, el PROVEEDOR ADJUDICADO contrae la obligación con el MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES para el cumplimiento y entrega de los BIENES; independientemente de la liberación de orden de compra y la formalización del contrato a través de su suscripción.
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
36. FIRMA DEL CONTRATO.
Con fundamento en los artículos 219 y 221 del Reglamento, el CONTRATO siempre y cuando el monto de la contratación sea igual o superior a lo establecido en la fracción I del artículo 71 del Reglamento, salvo aquellos que en razón de los BIENES, adquiridos merezcan un tratamiento especial para tal efecto; se firmará dentro de los 10 (DIEZ) DÍAS HÁBILES siguientes al de la emisión del FALLO DE ADJUDICACIÓN.
En caso de que el PROVEEDOR no se presente a formalizar el CONTRATO de adjudicación dentro del término señalado en el párrafo anterior, será sancionado en los términos de lo dispuesto por el artículo 277 del Reglamento. Si el CONCURSANTE a quien se le hubiere adjudicado el CONTRATO, por causas imputables a él, no formaliza el mismo en la fecha señalada en el primer párrafo del presente punto de las BASES, se estará a lo previsto en los artículos 219 y 230 del Reglamento, perdiendo a favor del erario público la GARANTÍA por concepto de seriedad de la propuesta que hubiera otorgado, pudiendo el COMITÉ adjudicar el CONTRATO al participante que haya presentado la segunda proposición solvente más baja, y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, siempre que la diferencia en precio con respecto a la postura que inicialmente hubiere resultado ganadora, en todo caso, no sea superior al 10% (DIEZ POR CIENTO).
El PROVEEDOR ADJUDICADO deberá entregar en la DIRECCIÓN JURÍDICA DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES, la GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, CALIDAD DE LOS BIENES Y VICIOS
OCULTOS, así como la GARANTÍA DE ANTICIPO en los casos en que aplique, conforme a lo establecido en el PUNTO 27 de las presentes BASES.
37. LIBERACIÓN DE ORDEN DE COMPRA.
SE LIBERARÁ LA ORDEN DE COMPRA INDEPENDIENTEMENTE DE LA
FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO, Sin embargo será requisito indispensable entregar la fianza y formalizar el mismo para que la CONVOCANTE pueda realizar el pago.
38. CANTIDADES ADICIONALES Y NEGOCIACIONES.
El COMITÉ se abstendrá de hacer modificaciones no contempladas en las BASES y ANEXOS que se refieran a precios, anticipos, pagos progresivos, especificaciones en contravención a lo establecido por el artículo 162 del Reglamento y, en general, cualquier cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas a un PROVEEDOR comparadas con las establecidas originalmente en estas BASES.
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
Ninguna de las condiciones contenidas en las BASES, así como en las propuestas presentadas por los participantes, podrán ser negociadas, después de haber sido aceptadas por el COMITÉ.
39. AMPLIACIÓN AL CONTRATO.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 235 del Reglamento, la SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN podrá acordar el incremento en la cantidad del BIEN solicitado mediante modificación a sus CONTRATOS vigentes dentro de los SEIS MESES posteriores a su firma, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en su conjunto, el 50% (CINCUENTA POR CIENTO) de los volúmenes establecidos originalmente en los mismos y el precio de los BIENES sea igual o menor al pactado originalmente o bien podrá autorizar un 20% (VEINTE POR CIENTO) si se solicita a partir del SEXTO MES y hasta el DOCEAVO MES posteriores a su firma.
Tratándose de CONTRATOS en los que se incluyan dos o más PARTIDAS, el porcentaje a que hace referencia el párrafo anterior, se aplicará para cada una de ellas.
Las fechas de entrega de las cantidades adicionales solicitadas deberán ser acordadas entre el PROVEEDOR y la CONVOCANTE, a través del Secretario de Administración del Municipio de Aguascalientes.
Se deberá entregar la modificación respectiva de la GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, CALIDAD DE LOS BIENES Y VICIOS OCULTOS por el incremento de que se trate.
40. CESIÓN DE DERECHOS.
Los derechos y obligaciones que se deriven de los CONTRATOS una vez adjudicados, no podrán cederse en forma parcial o total, en favor de cualquier otra persona física o moral, salvo los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar expresamente con el consentimiento de la Secretaría de Administración del Municipio de Aguascalientes, de conformidad con lo establecido en el artículo 231 del Reglamento.
41. RESCISIÓN.
Firmado el CONTRATO correspondiente, la CONVOCANTE en cualquier momento de manera unilateral podrá rescindir administrativamente el mismo, en caso de que el PROVEEDOR no cumpla con las obligaciones derivadas del CONTRATO correspondiente, de la legislación aplicable y de las presentes BASES; de conformidad con lo establecido en el artículo 239 del Reglamento, aplicando las sanciones que correspondan, conforme a las presentes BASES, al CONTRATO que se rescinde y a la legislación aplicable.
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
42. TERMINACIÓN ANTICIPADA.
De conformidad con el artículo 239 del Reglamento, la CONVOCANTE podrá dar por terminado anticipadamente el CONTRATO cuando concurran razones de interés general, o cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los BIENES originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al Municipio, o se determine la nulidad de los actos que dieron origen al CONTRATO, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por el Órgano Interno de Control.
43. PENAS CONVENCIONALES.
De conformidad con el artículo 240 del Reglamento, la CONVOCANTE aplicará una pena convencional por cada día de atraso en la entrega de los BIENES, por el equivalente al 5%, sobre el valor total de la operación, sin incluir el I.V.A., en cada uno de los supuestos siguientes:
a) Cuando el PROVEEDOR ADJUDICADO no entregue los BIENES, o no realice a tiempo, el pago de las indemnizaciones, solicitudes o trámites necesarios que le hayan sido requeridos en los plazos señalados en las presentes bases y sus anexos;
b) Cuando el PROVEEDOR ADJUDICADO no regularice la entrega de los BIENES dentro del plazo de 10 días naturales, en caso de que el mismo NO haya sido aceptado por la dependencia.
La pena convencional por atraso se calculará por cada día de incumplimiento, de acuerdo con el porcentaje de penalización establecido, aplicado al valor total de la operación. La suma de las penas convencionales no deberá exceder el importe total de la garantía de cumplimiento del CONTRATO de adjudicación.
La CONVOCANTE descontará las cantidades que resulten de aplicar la pena convencional, sobre los pagos que deba cubrir al propio PROVEEDOR. O bien, en caso de que no existan pagos pendientes que cubrir al PROVEEDOR, de conformidad con el artículo 240 del Reglamento, las penas correspondientes se constituirán como créditos fiscales a favor de la CONVOCANTE.
No se aceptará la estipulación xx xxxxx convencionales, ni intereses moratorios a cargo de la
CONVOCANTE.
Cuando el incumplimiento no derive del plazo pactado de la entrega de los BIENES, si no por otras causas establecidas en el CONTRATO, la CONVOCANTE podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento el procedimiento de rescisión del CONTRATO.
Asimismo, en el caso de que el PROVEEDOR ADJUDICADO no compareciere a la firma de
CONTRATO, dentro de los 10 (DIEZ) DÍAS HÁBILES siguientes al FALLO DE ADJUDICACIÓN,
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
la CONVOCANTE tendrá por cancelada dicha adjudicación y procederá, a la adjudicación en orden de prelación al CONCURSANTE que haya presentado la segunda propuesta solvente más baja siempre y cuando no rebase el 10% (DIEZ PORCIENTO) en relación con la postura del PROVEEDOR ADJUDICADO originalmente, la anterior adjudicación se hará de conformidad en lo asentado en el acta y las constancias que integren del expediente respectivo, en caso de que este último no acepte la adjudicación se podrá adjudicar de entre los demás CONCURSANTES siempre y cuando no rebase el porcentaje antes mencionado.
Cuando ninguna de las propuestas ofertadas por los CONCURSANTES a quienes pueda adjudicárseles por haber concurrido al procedimiento de adjudicación, no sostengan su propuesta, el COMITÉ podrá ordenar la contratación por COMPRA DIRECTA a través del sistema “XXXX XXXXXXX”.
44. CONTROVERSIAS.
Las controversias que se susciten con motivo de la aplicación e interpretación de las presentes BASES y ANEXOS o de los actos derivados de las mismas, se someterán a la Jurisdicción y Competencia de los Tribunales Locales con sede en esta ciudad de Aguascalientes, con apego a las disposiciones legales aplicables.
45. SITUACIONES NO PREVISTAS EN ESTAS BASES.
Cualquier situación no prevista en las presentes BASES, será resuelta por el COMITÉ.
46. LEGISLACIÓN APLICABLE.
En los casos no previstos en las presentes BASES se estará a lo dispuesto por el Reglamento, el Código Municipal de Aguascalientes, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes, Ley del Procedimiento Administrativo, el Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes y el Código Civil vigente en el Estado.
47. CONDICIONES DE PRECIO, PAGO Y ANTICIPO.
El precio o costo de la adquisición de los BIENES objeto de este CONCURSO deberá ser “FIJO”, no debiendo variar éste, una vez presentadas las “PROPUESTAS ECONÓMICAS”, durante el desarrollo del procedimiento de CONCURSO, ni durante la VIGENCIA que establezca el documento contractual, mediante el que se haya formalizado la propia adquisición.
Para el presente CONCURSO la CONVOCANTE no otorgará NINGÚN ANTICIPO.
CONCURSO POR INVITACIÓN GMA-006-C-19.
Los precios se deberán cotizar en moneda nacional en el ANEXO “G” debiendo cotizar la PARTIDA en la que participe cada CONCURSANTE.
Los pagos que procedan de la entrega de los BIENES O PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, se realizara de manera parcial mensual de acuerdo a la entrega realizada, en moneda nacional, dentro de los 30 (TREINTA) DÍAS NATURALES posteriores a la entrega y aceptación de la factura debidamente llena, en la cual conste el sello, fecha y firma de recepción de los BIENES que en la misma se describen, acompañando del VALE DE ENTRADA generado por el área requirente al momento de recibir los BIENES. La CONVOCANTE únicamente pagará al PROVEEDOR que resulte adjudicado, el importe cotizado en el ANEXO “G”, y el correspondiente al Impuesto al Valor Agregado. Los gastos relativos a transporte, seguros, derechos, entre otros, serán por cuenta y riesgo del PROVEEDOR.
De haber sido devuelto para su corrección la factura respectiva, la fecha de pago se recorrerá en el término señalado en el párrafo anterior, contado a partir de la fecha en la que se presente en definitiva el documento corregido.
Antes de elaborar y entregar sus facturas, los CONCURSANTES adjudicados, deberán de ponerse en contacto con el personal correspondiente del Departamento de Compras de la Secretaría de Administración, para confirmar el llenado y la entrega de las mismas.
48. FACULTADES DEL COMITÉ.
Se entienden conferidas a favor del COMITÉ todas las facultades previstas en el Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio de Aguascalientes en vigor.
49. OBLIGACIONES DEL ÁREA REQUISITANTE.
El Municipio de Aguascalientes adquiere la obligación de cumplir las presentes BASES y ANEXOS en todos sus términos y respetar los principios establecidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio de Aguascalientes, el Código Municipal y las demás disposiciones administrativas.