Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LA RESTAURACIÓN DE LA PINTURA “RETRATO DE S.M. EL XXX XXXXXXX XIII”, OBRA DE XXXX XXXXX, PERTENECIENTE A LOS FONDOS DEL MUSEO XX XXXXXX XXXXX XX XXXXXX (CARM)
1. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto es la contratación de la restauración de la pintura ”Retrao de S.M. Xxxxxxx XIII”, lienzo del pintor Xxxx Xxxxx realizado en 1929. Pertenece a los Fondos del Museo xx Xxxxxx Xxxxx xx Xxxxxx adscritos a la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
08/06/2017 12:32:36
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) 87446d8e-aa04-7532-851300149249
El técnico apropiado para la restauración de esta obra ha de estar en posesión de la titulación académica requerida, y acreditar la realización de trabajos de similares características en los últimos 5 años. Ha de poseer amplia experiencia en la intervención de pintura al óleo, conocer los materiales que integran este tipo de obras y poseer los últimos conocimientos en cuanto a la metodología y recursos técnicos de limpieza de repintes y barnices, así como una gran habilidad en cuanto a la reintegración cromática diferenciada.. No olvidemos, que nos hallamos ante una obra cuya restauración requiere especiales requisitos, al ser un lienzo adscrito a los parámetros técnicos y estéticos de la pintura española de la primera mitad del siglo XX, vinculado en muchos aspectos con las primeras manifestaciones de las vanguardias artísticas.
2.- DESCRIPCIÓN DE LA OBRA
Título: Retrato de S.M. Xxxxxxx XIII
Técnica: O/L
Autor: Xxxx Xxxxx
Cronología: S, XX (1929)
Medidas: 120x90cm.
Procedencia: Museo xx Xxxxxx Xxxxx xx Xxxxxx CARM
2.1.- ESTADO DE CONSERVACIÓN
Firmante: XXXXX XXXXXXXXX, XXXXXXXXX XXXXXXX
Se trata de una obra cuyo estado de conservación es muy deficiente presentando numerosas pérdidas de policromía y soporte, presentando asimismo varias grietas el lienzo, suciedad y oxidación de barnices.
3.- CRITERIOS DE INTERVENCIÓN
El mundo de la restauración combina arte y conocimientos científicos.
Recuperar las obras de arte conlleva inseparablemente unos procesos de Conservación y/o Restauración.
Entendemos por “conservación”, la realización de una serie de intervenciones que frenan y estabilizan la degradación de la obra.
Entendemos por “restauración”, el proceso que complemente la conservación y cuya finalidad, consiste en devolver la integridad física y estética al conjunto.
Nuestros criterios en cuanto a la conservación y restauración, se basan en los principios de fidelidad, reversibilidad, legibilidad y durabilidad.
Fidelidad o respeto al original: Toda la obra de arte se considera como un testamento artístico, ya terminado por su autor, en el que no cabe la posibilidad de una nueva creación, ni total ni parcial.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) 87446d8e-aa04-7532-851300149249
Reversibilidad: Al realizar la restauración con productos reversibles, siempre es posible su eliminación si en el futuro, criterios distintos a los nuestros, consideran desafortunada nuestra intervención.
Legibilidad: Tiene como objetivo diferenciar claramente el original rescatado, de la intervención de conservación y restauración. Si la intervención es legible, evitamos el peligro de falsificación.
08/06/2017 12:32:36
Durabilidad: La durabilidad es una exigencia de la misma restauración. Toda intervención, por científica que sea, supone siempre la posibilidad de un ligero daño a la integridad de la obra de arte. En los talleres de restauración de la Comunidad Autónoma perseguimos siempre la mayor durabilidad posible a nuestras intervenciones, con el fin de evitar próximos y repetidos tratamientos.
Criterios generales
Mínima intervención, siempre necesaria y justificada.
Prioridad a la consolidación
Respeto total al original, sin agresión física, química o estética
Estudios previos de los materiales originales y de las reconstrucciones.
Pruebas previas, tanto para la consolidación como para la limpieza.
Reintegración reversible y reconocible, tanto de soporte como de color
Materiales a utilizar, siempre que sea posible, tradicionales y de probada eficacia.
Firmante: XXXXX XXXXXXXXX, XXXXXXXXX XXXXXXX
Metodología General
1. Estudio documental y analítico
2. Limpieza mecánica general y puntual, con eliminación de añadidos, que distorsionen la visión del conjunto o que estén alterando el estado de conservación. Polvo, defecaciones, morteros, etc..
3. Estucado y reintegraciones cromáticas
4. Protección final
5. Realización de informe exhaustivo de la restauración, en el que se hará constar materiales, con ficha técnica de cada uno de ellos, y medios utilizados durante el
proceso. Este informe se entregará por duplicado con los esquemas y fotografías en documento escrito y simple en formato informático.
4.- PROPUESTA DE INTERVENCIÓN.
Los procesos y tratamientos descritos anteriormente pueden estar sujetos a modificaciones, dependiendo de la respuesta de la propia obra así como del uso y destino de la misma. La dirección facultativa, podrá durante el proceso de restauración, variar la metodología e incluso los materiales siempre que lo considere beneficioso para la propia obra, sin modificación presupuestaria alguna
1. Limpieza físico química de la pintura
2. Colocación de bandas de tensión o reentelado
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) 87446d8e-aa04-7532-851300149249
3. Tensado de la obra en el bastidor
4. Reconstrucción de la capa de preparación de la pintura
5. Barnizado intermedio
6. Reintegración cromática diferenciada de la pintura
7. Barnizado final
8. Informe final de restauración.
08/06/2017 12:32:36
5.- PRESUPUESTO
El presupuesto para la correcta elaboración del correspondiente trabajo técnico será de 4.235,00 € (neto 3.500 €, más 735 €, correspondientes al 21% de IVA).
Partida Presupuestaria: 19.02.00.458B.672.00”Restauración de Bienes Muebles de entidad propia”
Proyecto de inversión: 11066 “Restauración de Bienes Muebles de Patrimonio Histórico”
Firmante: XXXXX XXXXXXXXX, XXXXXXXXX XXXXXXX
El pago se efectuará a la finalización del servicio contratado y se ajustará al precio de adjudicación. El pago se efectuará mediante la presentación por parte del adjudicatario de la correspondiente factura conformada por el director del contrato acompañada por un certificado emitido por dicho director, acreditativo de que la prestación se ha realizado de conformidad. En dicha factura figurará desglosado el impuesto sobre el valor añadido.
6.- PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución será de dos meses.
El lugar de ejecución será el Centro de Restauración de la Región xx Xxxxxx debido a que se trata de bienes de interés cultural que no deben salir de la custodia de la Administración Regional.
7.- REGLAS ESPECIALES RESPECTO DEL PERSONAL LABORAL DE LA EMPRESA CONTRATISTA.
Determinadas por la Circular 3/2012, de 2 de febrero, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se fijan los criterios para la aplicación de la Disposición Adicional vigésimo sexta, uno, punto 10 de la Ley 6/2011, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad autónoma de la Región xx Xxxxxx, sobre los contratos de servicios:
El adjudicatario deberá organizar y dirigir al equipo de trabajo que designe para la realización de las tareas objeto de este contrato, no dependiendo este equipo, en ningún caso, de ninguna unidad administrativa de la Administración Regional.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) 87446d8e-aa04-7532-851300149249
Al equipo de trabajo de la empresa adjudicataria de la contratación no es aplicable el régimen jurídico de los empleados públicos, en especial los aspectos relativos al cumplimiento y control de horario, vacaciones, permisos y licencias y otros de análoga naturaleza.
El equipo de trabajo que desarrolle las tareas objeto de este contrato no formará parte de los organigramas y directorios de la Administración Regional, ni dispondrá de claves de acceso a recursos propios de los funcionarios, en particular al sistema de control horario.
08/06/2017 12:32:36
El servicio objeto de este contrato afecta a un proyecto concreto con autonomía y sustantividad propia, sin que pueda ser considerado como tarea permanente o habitual.
La especial dificultad técnica de las tareas objeto de este contrato de servicios no permite su desarrollo por personal interno de la Administración Regional.
Y las determinadas por el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 5 xx xxxxx de 2013, por el que se aprueban las instrucciones para la gestión de los contratos de servicios y encomiendas de gestión:
1.- Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que reuniendo los requisitos de la titulación y experiencia exigidos en los pliegos (en los casos en que se establezcan requisitos específicos de la titulación y experiencia), formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de la “entidad contratante” del cumplimiento de aquellos requisitos.
Firmante: XXXXX XXXXXXXXX, XXXXXXXXX XXXXXXX
La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio (cuando existan razones que justifiquen esta exigencia), informando en todo momento a la “entidad contratante”.
2.- La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de
permisos, licencias y vacaciones, la sustituciones de los trabajadores en casos de la baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.
3.- La empresa contratista velará especialmente por que los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato.
08/06/2017 12:32:36
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) 87446d8e-aa04-7532-851300149249
4.- La empresa contratista estará obligada a ejecutar el contrato en sus propias dependencias o instalaciones salvo que, excepcionalmente, sea autorizada a prestar sus servicios en las dependencias de los entes, organismos y entidades que forman parte del sector público. En este caso, el personal de la empresa contratista ocupará espacios de trabajo diferenciados del que ocupan los empleados públicos. Corresponde también a la empresa contratista velar por el cumplimiento de esta obligación. En el pliego deberá hacerse constar motivadamente la necesidad de que, para la ejecución del contrato, los servicios se presten en las dependencias de los Departamentos, agencias, entes organismos y entidades que forman parte del sector público.
5.- La empresa contratista deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable (según las características del servicio externalizado pueden establecerse distintos sistemas de organización en este punto), integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a la “entidad contratante”, canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, de un lado, y la “entidad contratante”, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.
b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.
Firmante: XXXXX XXXXXXXXX, XXXXXXXXX XXXXXXX
c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.
d) Organizar al régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa contratista con la “entidad contratante”, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
Informar a la “entidad contratante” acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
8.- DIRECTOR TÉCNICO DE LOS TRABAJOS.- RESPONSABLE ADMINISTRATIVO DEL CONTRATO.
El director técnico de los trabajos será el Director del Centro de Restauración de la Región xx Xxxxxx (CRRM).
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) 87446d8e-aa04-7532-851300149249
En cumplimiento del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 5 xx xxxxx de 2013, por el que se aprueban las instrucciones para la gestión de los contratos de servicios y encomiendas de gestión, se hace constar que EL DIRECTOR GENERAL DE BIENES CULTURALES será el responsable administrativo del contrato, velando en conjunto porque la ejecución del mismo se ajuste estrictamente a lo contratado, asumiendo la responsabilidad a que se refiere la instrucción quinta de dicho Acuerdo.
08/06/2017 12:32:36
EL DIRECTOR DEL CENTRO DE RESTAURACIÓN DE LA REGIÓN XX XXXXXX
(Firmado electrónicamente)
Firmante: XXXXX XXXXXXXXX, XXXXXXXXX XXXXXXX
Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx
ANEXO
VALORACIÓN DE LAS DISTINTAS FASES DEL PROCESO DE RESTAURACIÓN (IVA INCLUIDO)
DESCRIPCIÓN DE LA OBRA
Título: Retrato de S.M. Xxxxxxx XIII
Técnica: O/L
Autor: Xxxx Xxxxx
Cronología: S, XX (1929)
Medidas: 120x90cm.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) 87446d8e-aa04-7532-851300149249
Procedencia: Museo xx Xxxxxx Xxxxx xx Xxxxxx CARM
9. Limpieza físico química de la pintura 500 €
10. Colocación de bandas de tensión o reentelado 1.235 €
08/06/2017 12:32:36
11. Tensado de la obra en el bastidor. 250 €
12. Reconstrucción de la capa de preparación de la pintura. 250 €
13. Barnizado intermedio. 500 €
14. Reintegración cromática diferenciada de la pintura. 1000 €
15. Barnizado final. 400 €
16. Informe final de restauración. 100 € TOTAL: 4.235, 00 €
EL DIRECTOR DEL CENTRO DE RESTAURACIÓN DE LA REGIÓN XX XXXXXX
Firmante: XXXXX XXXXXXXXX, XXXXXXXXX XXXXXXX
(Firmado electrónicamente)
Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx