OBJETO DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del presente contrato es regular las relaciones, derechos y obligaciones de las partes contratantes, a efecto de que el contratista efectúe a la entera satisfacción del Fovial, los servicios que por medio de este contrato le han sido adjudicados para realizar, por el precio estipulado en la Cláusula Tercera del presente contrato: Monto del Contrato y Forma de Pago, cuyo detalle se encuentra en los documentos contractuales del servicio de mantenimiento rutinario en el GRUPO , en sus distintos tramos, desarrollándolo de la manera estipulada en la respectiva Oferta Técnica-Económica del contratista y en las Condiciones Técnicas, consistentes en, pero sin limitarse a lo siguiente: En vías pavimentadas, el proyecto comprende las consecuentes actividades, sin limitarse a ellas: Sello de grietas y sello de fisuras, bacheo superficial, bacheo profundo, carpeta asfáltica, riego de imprimación asfáltica, sello de pavimento, limpieza y chapeo del derecho de vía, limpieza de cunetas y bajadas (sistema de drenaje longitudinal), limpieza de tuberías (sistema de drenaje transversal), mantenimiento de señalización existente, pintura de árboles y cunetas, remoción y desalojo de derrumbes, reconstrucción de hombros, estabilización de hombros con suelo-cemento, construcción de canaleta revestida, señalización vertical, señalización horizontal, marcadores reflectorizados de pavimento(vialetas), suministro de flex beam, reparación de deterioros puntuales en obras de drenaje menor, reparación de deterioros puntuales en estructuras (cabezales y muros), excavación para estructuras, relleno para estructuras, mampostería de piedras para estructuras, señalización y seguridad y actividades no programadas. Por lo anterior, el contratista será responsable de cualquier daño o perjuicio que cause a la propiedad privada, nacional o municipal, en la ejecución de los trabajos por los cuales se le ha contratado, responsabilidad que le podrá ser deducida penal, civil, ambiental o administrativamente, de conformidad con lo dispuesto en los documentos contractuales.
OBJETO DEL CONTRATO. Por medio del presente Contrato, el Profesional Inmobiliario se obliga a realizar, las siguientes actividades, las que en lo sucesivo serán denominadas como los “Servicios”. El Profesional Inmobiliario con base en su experiencia realizará la prestación de los Servicios atendiendo las necesidades y características concretas del Consumidor y de la CASA HABITACIÓN, con el fin de localizar un comprador de la misma. La prestación de los servicios consistirá en lo siguiente: La publicidad consistirá en lo siguiente: El Intercambio consistirá en lo siguiente (en caso de que los Servicios no incluyan intercambio, se deberá manifestar expresamente). El Consumidor autoriza en este instrumento al Profesional Inmobiliario para que reciba en custodia por su cuenta y orden en cheque nominativo a nombre del Consumidor, las cantidades entregadas por concepto de garantía de las ofertas, que se presenten en relación con la CASA HABITACIÓN y que el Profesional Inmobiliario deberá someter a consideración del Consumidor. Dicho documento será entregado al Consumidor por el Profesional Inmobiliario en el momento de su aceptación de la oferta correspondiente y aplicado al precio de compraventa de conformidad con el inciso a) de la Cláusula PRIMERA anterior, en caso de no aceptación de la oferta será devuelto a los oferentes. Los montos establecidos en el presente Contrato no podrán ser modificados salvo que el Consumidor otorgue el consentimiento por escrito. En caso de que una vez firmado el presente Contrato, el Consumidor, en cualquier momento durante la vigencia del mismo desista de vender la CASA HABITACIÓN, se obliga a pagar al Profesional Inmobiliario la pena convencional establecida en la Cláusula DÉCIMA SEGUNDA del presente Contrato.
OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del contrato al que se refiere el presente pliego es la ejecución de los servicios descritos en el apartado 1 del Anexo I al mismo y definido en el pliego de prescripciones técnicas particulares, en el que se especifican los factores de todo orden a tener en cuenta. En el mismo apartado se hace referencia igualmente a las necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato. Tanto el pliego de prescripciones técnicas particulares como el pliego de cláusulas administrativas particulares revisten carácter contractual, por lo que deberán ser firmados, en prueba de conformidad por el adjudicatario, en el mismo acto de formalización del contrato Si el contrato está dividido en lotes, los licitadores podrán optar a un lote, a varios o a todos ellos, salvo que se establezca un número máximo de lotes por licitador, para lo que se estará a lo estipulado en el apartado 1 del Anexo I de este pliego.
OBJETO DEL CONTRATO. El presente contrato tiene por objeto la contratación de las obras referidas en el Cuadro de Características de este Pliego, con sujeción al proyecto técnico integrado por los documentos numerados en el artículo 107 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público, de 30 de octubre (en adelante LCSP) y 125 y 132 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (en adelante RGLCAP), incluido el correspondiente Estudio de seguridad y salud o Estudio básico de seguridad y salud, de acuerdo con lo que establece el artículo 4 del Decreto 1627/97. El conjunto de documentos que componen el proyecto forman parte integrante de este Pliego, y tienen carácter contractual. En caso de contradicción entre este pliego y el pliego de prescripciones técnicas prevalecerá el primero. De conformidad con el artículo 22 de la LCSP las necesidades a satisfacer, la finalidad del contrato y demás elementos afectados por la ejecución del contrato se indican y se justifican en el Cuadro de Características unido al Pliego y en el Proyecto Técnico. La Codificación establecida en el Anexo I de la LCSP (art. 6) y art. 67.2 del RGLCAP se especifica en el Cuadro de Características. El Perfil del contratante, conforme el artículo 42, 138 y Disposición Adicional Segunda de la LCSP, se determina en cuanto a su forma de acceso al público en el Cuadro de Características xxx Xxxxxx. 30 de octubre de Contratos del Sector Público, el Reglamento General de la Ley de Contrato de Administraciones Públicas y demás normativa complementaria en cuanto no se oponga a la citada Ley, supletoriamente se aplicará las restantes normas administrativas y en su defecto las normas de Derecho Privado.
OBJETO DEL CONTRATO. El contrato a que se refiere el presente pliego tiene por objeto la prestación del servicio a que se refiere el anexo 1-A. El presupuesto de licitación es el que figura en el anexo I-A, en el que se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba soportar la Administración. El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo e incluirá, como partida independiente, el Impuesto sobre el Valor Añadido. En el precio del contrato se considerarán incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para la persona adjudicataria como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego, y se abonará con cargo a las anualidades que se señalen en el anexo X-X. Xx xx xxxxx 0-X se indicará igualmente el sistema de determinación del precio, que podrá estar referido a componentes de la prestación, unidades de ejecución o unidades de tiempo, o fijarse en un tanto alzado cuando no sea posible o conveniente su descomposición, o resultar de la aplicación de honorarios por tarifas o de una combinación de varias de estas modalidades. En caso de que el valor estimado del contrato, calculado conforme a las previsiones del artículo 88 del TRLCSP, no coincida con el presupuesto de licitación, se hará constar tal circunstancia en el anexo 1-A, motivándolo adecuadamente, donde igualmente se indicará si el contrato está o no sujeto a regulación armonizada. Si así se establece en el anexo 1-A, el precio del presente contrato podrá ser objeto de revisión, al xxxx x x xx xxxx, x xxxxx efectos se establecerá en el citado anexo la fórmula o índices oficiales aplicables. En el supuesto de que no lo fuesen solo se modificará dicha circunstancia por la prórroga del plazo durante la ejecución del contrato por causa imputable a la Administración o por casos de fuerza mayor, entendiendo por tal los así establecidos en el artículo 23-1 del TRLCSP. En el anexo I-A se establecerá igualmente la posibilidad de incluir cláusulas de variación de precios en función del cumplimiento de determinados objetivos de plazos o de rendimiento, así como penalizaciones por incumplimiento de cláusulas contractuales, de conformidad con lo establecido en el artículo 87.4 del TRLCSP.
OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del contrato es el que se indica en la cláusula 1 de cláusulas específicas del contrato y se define en el pliego de prescripciones técnicas particulares. Cuando el objeto está fraccionado en lotes, el objeto de cada lote se indica en la cláusula 1.2.2 de cláusulas específicas del contrato y se define en el pliego de prescripciones técnicas particulares. El CPV y la categoría de suministros en que se encuadra la prestación se señalan en las cláusulas 1.3 y 1.5 de cláusulas específicas del contrato. Cuando el contrato sea de tracto sucesivo y el número de unidades de prestación que integran su objeto no se defina con exactitud, las unidades de prestación que deberá ejecutar la contratista serán las que demande el poder adjudicador.
OBJETO DEL CONTRATO. 1.1.- El objeto del contrato es la realización del servicio que se indica en la Portada y en el Cuadro de características del contrato del presente Pliego, comprendido en el anexo II del TRLCSP. Cuando la contratación se fraccione en lotes, el objeto de cada lote constituye una unidad funcional susceptible de realización independiente. La ejecución del objeto del contrato debe adecuarse a las condiciones que figuran en el contrato, en este Pliego y en el Pliego de prescripciones técnicas, en su caso, documentos que tienen carácter contractual. Dicho objeto corresponde a los códigos de la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV) de la Comisión Europea y de la nomenclatura de la Clasificación de Productos por Actividades (CPA) que, en su caso, se indican en la Portada de este Pliego.
OBJETO DEL CONTRATO.  xxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx El contrato que en base al presente pliego se realice tendrá por objeto la contratación del mantenimiento y cuidado de las instalaciones incluidas en el Campo de Fútbol Municipal: gradas cubiertas, gradas descubiertas, instalaciones bajo grada (6 vestuarios, oficinas, vestuario árbitros y entrenadores, pasillos, zona de masajista, cuartos de reunión, bar, almacenes, cocina, aseos, cuartos de limpieza), dos campos de fútbol, campo de futbito, zonas de multideporte, accesos y zonas comunes dentro xxx xxxxxxx deportivo; y explotación del ambigú del mismo, de conformidad con las condiciones que a continuación se citan:  944 491 458  El horario mínimo de apertura y cierre de la instalación será, con carácter obligatorio, el siguiente: de lunes a viernes, de 16:00 a 22:00 horas; xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos de 09:00 a 22:00 horas. El horario máximo de cierre de la instalación, será el siguiente: de lunes a jueves hasta las 22:00 horas; xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos hasta las 24:00 horas. En periodos extraordinarios se podría hacer uso de la instalación en otros horarios, siempre de manera coordinada entre la persona adjudicataria y el Área de Cultura y Deportes del Ayuntamiento.  944 267 000  La persona adjudicataria se coordinará con los Clubes de Fútbol de la localidad, preferentemente entre mayo y septiembre de cada año, para el reparto y uso de los campos y vestuarios de tal manera que pueda alquilar las instalaciones al resto de personas usuarias que lo soliciten cuando estén libres.  Xxxxx Xxx 0X 48450 Etxebarri (Bizkaia) CIF. X0000000X  La persona adjudicataria procederá al cobro de las tasas a todas las personas usuarias que hagan uso del campo de fútbol y sus instalaciones según lo previsto en la Ordenanza Fiscal nº 14 apartado 6.2 sobre tasas por prestación de servicios en el campo de fútbol municipal. A tal efecto deberá entregar a la persona usuaria el correspondiente justificante de ingreso consistente en recibo. La persona adjudicataria del contrato responde, así mismo, de las cantidades recaudadas por el anterior concepto hasta su dación de cuentas a la Tesorería Municipal, la cual se realizará con periodicidad mensual, debiendo realizar ingresos a cuenta de la rendición mensual en las cuentas de titularidad municipal de las Entidades Bancarias del municipio. Sobre la forma de proceder a la rendición de cuentas de los ingresos habidos durante el periodo se estará a las indicaciones de la Tesorería e Intervención Muni...
OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del contrato será la realización del servicio de limpieza en los Centros y edificios gestionados o de titularidad de la Fundación Canaria de Juventud IDEO en las provincias de Las Palmas y Tenerife, que más adelante se detallarán. La ejecución del contrato deberá adecuarse a las prescripciones técnicas anexas que tienen carácter contractual. Dicho objeto corresponde al código 747013 de la nomenclatura de la Clasificación Nacional de Productos por Actividades (CPA-2002), así como al Código 90911200-8 de la Nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV) de la Comisión Europea. La contratación se fracciona en los lotes que se detallan a continuación, constituyendo el objeto de cada lote una unidad funcional susceptible de realización independiente. Lote I: Sede Fundación Canaria de Juventud IDEO, Calle Xxxxxxx, 65, 1º, 2º y 3º planta. (Las Xxxxxx xx XX, 00000) Xxxx XX: CIEMI La Montañeta, Xxxxx Xxxx xx Xx Xxxxxxxx, x/x (Xxx Xxxxxx xx Xxxx Xxxxxxx, 00000) Lote III: SORSEM Lanzarote, Xxxxx Xxxx Xxxxx, nº 3, 1 Dcha, Arrecife (Lanzarote 35500) Lote IV: SORSEM Fuerteventura, Xxxxx Xxxxxx xx la Peña, 35, Local Izquierda, Puerto xxx Xxxxxxx (Fuerteventura, 35600) Lote IV: SORSEM La Palma, Xxxxx Xx. Xxxxxx Xxxxx, 42, Santa Xxxx de La Palma (La Palma) El adjudicatario del contrato tendrá la obligación de subrogarse como empleador en las relaciones laborales de los trabajadores cuya relación y condiciones laborales se detallan en documento anexo al presente pliego.
OBJETO DEL CONTRATO. (arts. 22, 86 y 116 TRLCSP, 67 RG )