CONTRATO DE DONACIÓN
DON/RT/AGA/DRCS/DEBM/551/16/05
CONTRATO DE DONACIÓN
CONTRATO DE DONACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL DENOMINADO SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL DONANTE” O “SAE” INDISTINTAMENTE, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL MTRO.XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE DELEGADO REGIONALCENTRO SUR;Y POR LA OTRA, EL GOBIERNO MUNICIPAL XX XXXXXXXXX, NUEVO LEÓN,A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL DONATARIO”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE MUNICIPAL XX XXXXXXXXX, Y EL LIC. XXXX XXXXXX XXXXX SINDICO SEGUNDO PROPIETARIO; QUIENES ESTÁN FACULTADOS PARA QUE EN REPRESENTACIÓN DE ESE MUNICIPIO COMPAREZCA A LA SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE INSTRUMENTO, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
1.- DECLARA “XX XXXXXXX”, XXX XXXXXXXX DE SU REPRESENTANTE:
1.1.- Que es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, creado mediante Decreto por el que se expide la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público (en lo sucesivo LFAEBSP), publicado en el Diario Oficial de la Federación (en lo sucesivo DOF) el 19 de diciembre de 2002, y que tiene por objeto la administración y destino de los bienes que se señalan en el artículo 1 de la propia LFAEBSP.
1.2.- Que el C. Mtro. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, en su calidad de Delegado Regional Centro Sur, es Representante Legal y acredita su personalidad con fundamento en el artículo 55 fracciones II, VI y XVII del Estatuto Orgánico del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, publicado en el DOF el 19 de octubre de 2011.
1.3.- Que los bienes muebles materia del presente contrato le fueron transferidos al SAE por la Administración General de Aduanas del Servicio de Administración Tributaria, de conformidad con lo establecido en los artículos 1 y 3 de la LFAEBSP así como 12, 13 y 14 de su Reglamento.
1.4.- Que los bienes materia del presente contrato se encuentran contemplados en los artículos 56, 57 fracciones I y VI y 57 bis del Reglamento de la LFAEBSP.
1.5.- Que de acuerdo con eloficio númeroPMG/OE/IMPLANI/1119/2016, de fecha 14 de marzode 2016, presentado por “EL DONATARIO”, se verificó que la solicitud cumple con los requisitos de procedencia establecidos por el Comité de Donaciones del SAE (en lo sucesivo el Comité) en los
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Servicio de Administración y Enajenación de Bienes
Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxx. Xxxxxxxxx Xxx, 00000, Xxxxxx Xxxxxxx. Xxxxxx, X.X. T (00)0000 0000 xxx.xxx.xxx.xx
Lineamientos del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes para la Donación de Bienes (en lo sucesivo Lineamientos), y de igual forma se identificó que la naturaleza de los bienes solicitados es compatible con el objeto para el que serán empleados.
1.6.- Que el Comité mediante los Acuerdos CD/237/36/11, CD/275/42/13 y CD/349/51/15, autorizó la donación de bienes a título gratuito para la prevención y atención de desastres naturales.
1.7.- Que mediante oficio DG/DCB/086/2016 -DCCR/075/2016de fecha 19 de abrilde 2016, suscrito por los funcionarios designados, se informó a “EL DONATARIO” que fue autorizada la donación a título gratuito respecto de los bienes solicitados, hasta por 6,000 kilogramos, correspondiendo parte de la entrega a la Delegación Regional Centro Sur.
1.8.- Que para los efectos del presente contrato señala como su domicilio legal el ubicado en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, Distrito Federal.
2.- DECLARA “EL DONATARIO”, POR CONDUCTO DE SUS REPRESENTANTES:
2.1.- Que es un municipio autónomo en su régimen interior y con libre administración de su Hacienda, de orden público, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, constituyente de la unidad básica de la división territorial del Estado de Nuevo León, sin más límites que los señalados expresamente en las leyes; con base a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León y demás legislación aplicable.
2.2.- Que Lic. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx en su carácter de Presidente Municipal, la Lic. Xxxx Xxxxxx Xxxxx en su carácter de Síndico Segundo y el Lic. Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx, en su carácter de Secretario del Ayuntamiento, cuentan con las facultades suficientes para representar legalmente al Ayuntamiento del Municipio de Guadalupe, Nuevo León, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 118, 119, 120, 121, 130 inciso a) de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; artículos 1, 2, 4, 6, 15, 17 fracciones I y III, 33 fracción I subincisos b) y d), 34 fracciones I y III, 35 inciso A numerales I, V y XIII, inciso B numeral III, 37 fracción I subinciso g), fracción III subinciso h), 86, 89, 90, 91, 92 fracción I, 96, 97 y 98 fracción XIII, de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León; 1, 2, 3, 7, 9 fracción I; 13 fracción I; 14 fracciones XXII, XXVII y XXXVII; 17 fracciones V, VI, XIV, XXIV y XXX y demás relativos y aplicables de Reglamento de Gobierno Municipal del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx Nuevo León; para que a nombre y representación de ese Ayuntamiento, suscriban el presente contrato y acudan a recibir los bienes donados.
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2.3.- Que no se encuentra impedido para participar por conducto de su representante en el presente acto conforme a los supuestos contemplados en el artículo 32 de la LFAEBSP.
2.4.- Que mediante el oficio númeroPMG/OE/IMPLANI/1119/2016, de fecha 00 xx xxxxx xx 0000,xxxxxxxx la solicitud de donación materia del presente contrato.
2.5 Que para los efectos del presente Contrato, señala como domicilio legal el ubicado enHidalgo y Xxxxxxxxxx X/X, Xxxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxx Xxxx.
Expuesto lo anterior, las partes se obligan en los siguientes términos:
CLÁUSULAS
PRIMERA.-OBJETO DEL CONTRATO.- “El DONANTE” transmite de manera pura y a título gratuito a “EL DONATARIO”, la propiedad y posesión de los bienes que le fueron transferidos por la Administración General de Aduanas del Servicio de Administración Tributaria, los cuales se entregan como nousados, en la calidad y estado en que se encuentran, así como en la cantidad y unidad que la presente cláusula se cita, incluido en su caso el empaque, siendo los siguientes:
Num. | Descripción | Cantidad | Unidad |
1 | CALZADO | 865.00 (Ochocientos sesenta y cinco) | Kilogramos |
2 | CHALECOS DE POLIESTER PARA HOMBRE | 335.00 (Trescientos treinta y cinco) | Kilogramos |
Se adjunta al presente contrato formando parte integrante del mismo, el recibo de entrega- recepción que detalla los bienes donados, señalados en esta cláusula.
SEGUNDA.- PROCEDIMIENTO DE ENTREGA.- “EL DONATARIO” manifiesta su conformidad con el procedimiento para la entrega de los bienes, es decir, con la suscripción del presente instrumento y posteriormente la entrega de los bienes, aceptando que el contrato surtirá todos sus efectos legales al quedar suscritos los recibos de entrega de los bienes objeto del mismo, con lo cual se acreditará que “EL DONATARIO” recibió dichos bienes a su entera satisfacción.
TERCERA.- USO O DISTRIBUCIÓN DE LOS BIENES.-“EL DONATARIO” manifiesta que los
bienes recibidos en donación serán destinados para cubrir exclusivamente las necesidades de la población afectada, según:
Declaratoria de Emergencia Extraordinaria por la presencia de helada severa provocada por el frente frío No. 34 y la interacción con la octava tormenta invernal, ocurrida del 25 al 28 de enero del 2016 en los Municipios de Agualeguas, Anáhuac, Xxxxxxx, Xxxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxx, Gral. Xxxxxx, Xxxxxxxx, Aramberri, Xxxxxx, Los Xxxxxxxx, Los Xxxxxxx, Xxxx, Monterrey, San Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx, San Xxxxxxx de los Xxxxx, Hidalgo, Montemorelos, China, Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxx, Villaldama, Gral. Zaragoza, Sabinas Hidalgo y Galeana del Estado de Nuevo León, emitida por la Secretaría de Gobernación y publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de febrero de 2016.
Se deberá considerar la distribución de los bienes en el menor tiempo posible, reiterando que al efecto se debe atender la normativa aplicable, evitando situaciones que puedan ser tipificadas como delito.
En caso de que “EL DONATARIO” utilice o dé a los bienes muebles materia del presente contrato un destino distinto al señalado en el primer párrafo de esta cláusula, se obliga a asumir los daños patrimoniales a que haya lugar; además, se le cancelarán las solicitudes de donación que éste tenga registradas en el Sistema de Donaciones, no se le permitirá el registro de nuevas solicitudes en un plazo de tres años a partir de la última fecha de entrega de los bienes donados y quedará excluido de recibir donaciones en el período que establezca el Comité de Donaciones.
CUARTA.-RESPONSABILIDAD DEL DONATARIO. “EL DONATARIO” libera de cualquier
responsabilidad a “EL DONANTE” por los defectos y/o vicios ocultos que pudieran tener los bienes donadosa partir de la entrega física de los mismos y suscripción de los recibos citados en la CLAUSULA SEGUNDA del presente instrumento; y “EL DONATARIO” asume las obligaciones, derechos y responsabilidades civiles derivados del uso o destino de los bienes atendiendo asu naturaleza.
QUINTA.- GASTOS.- En este acto “EL DONATARIO” se obliga a sufragar los gastos para recibir y trasladar los bienes del lugar donde se encuentren hasta su destino final, así como los gastos y permisos asociados.
SEXTA.- INFORME DE USO.- “EL DONATARIO” se obliga a entregar a “EL DONANTE” en un plazo no mayor de 60 días naturales a partir de la fecha de suscripción del presente contrato, un informe detallado respecto del uso o distribución de los bienes recibidos en donación, acompañado de la documentación soporte que lo acredite.
Asimismo, “EL DONATARIO” acepta que en caso de incumplimiento en tiempo y forma en la entrega del informe aludido, la penalización consistirá en cancelar las solicitudes de donación que tenga registradas en el Sistema de Donaciones y que no se le permitirá el registro de nuevas solicitudes en un plazo de tres años a partir de la última fecha de entrega de bienes donados.
SÉPTIMA.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.- Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para todo aquello que no esté estipulado o previsto en el mismo, las partes se someten expresamente a la normativa del SAE en materia de donaciones, al Código Civil Federal y a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales en la Ciudad de México, renunciando a la jurisdicción que pudiera corresponderles por razón de domicilio actual o futuro o por cualquier otra causa.
El presente Contrato de Donación se suscribe en tres tantos, el día 11 xx xxxx de 2016.
POR EL DONANTE POR EL DONATARIO
MTRO. XXXXXXX X. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX REGIONAL CENTRO SUR
C. XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX
PRESIDENTE MUNICIPAL XX XXXXXXXXX, NUEVO LEÓN
LIC. XXXX XXXXXX XXXXX SÍNDICO SEGUNDO DEL AYUNTAMIENTO
XX XXXXXXXXX, NUEVO LEÓN
TESTIGOS
C. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX ADMINISTRADOR DE BIENESDE LA
DELEGACIÓN REGIONAL CENTRO SUR
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXX
- - - Última hoja del Contrato de Donación número DON/RT/AGA/DRCS/DEBM/551/16/05, que se suscribe el día 11 xx xxxx de 2016.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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