CONTRATO INTERADMINISTRATIVO 4600085937 DE 2020 PARA LA REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE GESTIÓN INTEGRAL DE
CONTRATO INTERADMINISTRATIVO 4600085937 DE 2020 PARA LA REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE GESTIÓN INTEGRAL DE
RESIDUOS SÓLIDOS PGIRS DE MEDELLÍN
ALCALDÍA DE MEDELLÍN – FACULTAD NACIONAL DE SALUD PÚBLICA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA
5. PROGRAMA DE CORTE DE CÉSPED Y PODA DE ÁRBOLES DE VÍAS Y ÁREAS PÚBLICAS
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y CONTROL TERRITORIAL SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS
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OBJETO DEL CONTRATO.
Revisión y actualización del Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos-PGIRS- del municipio de Medellín, que incluye la actualización de una línea base que permita ver con respecto al tiempo, los avances del municipio frente al servicio público de aseo y a la gestión integral de residuos sólidos, desde la separación en la fuente hasta la disposición final, incluyendo los residuos de construcción y demolición del municipio de Medellín. Así mismo, la actualización de las metas y objetivos reflejados en programas y proyectos acordes con las necesidades, problemas y oportunidades identificados, en articulación con el Plan de Ordenamiento Territorial, el PGIRS Regional, el nuevo censo de población, los resultados de la caracterización de residuos, el plan de gobierno y las metas sectoriales 2020-2023 y a las nuevas directrices del Gobierno Nacional.
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Alcaldía de Medellín XXXXXX XXXXXXXX XXXXX
Alcalde de Medellín XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX
Secretario de Gestión y Control Territorial
XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX
Subsecretario de Servicios Públicos
Equipo supervisión
XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXX
Director Técnico Secretaría de Gestión y Control Territorial
XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX
Profesional universitaria
XXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX
Contratista Subsecretaría de Servicios Públicos
XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX
Contratista Subsecretaría de Servicios Públicos
Facultad Nacional de Salud Pública Universidad de Antioquia XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX
Xxxxxx Facultad Nacional de Salud Pública Xxxxxx Xxxx Xxxxx
XXX XXXX XXXXX XXXXXX
Jefe de Extensión Facultad Nacional de Salud Pública Xxxxxx Xxxx Xxxxx
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EQUIPO TÉCNICO DEL PROYECTO UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA
XXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXX
Director técnico
XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX
Directora metodológica
XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX
Coordinadora – Ingeniera ambiental
XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX
Coordinador – Ingeniero ambiental
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX
Coordinadora – Ingeniera sanitaria
XXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX
Ingeniero ambiental
XXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX
Ingeniero ambiental
XXXX XXXXXXX XXXXXXX
Ingeniera ambiental
XXXXXXX XXXXXX XXXXX
Ingeniera ambiental
XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX
Administrador sanitario y ambiental
XXXXXXXXX XXXXX XXXXX
Administradora sanitaria y ambiental
XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX
Administrador sanitario y ambiental
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX
Administrador sanitario y ambiental
XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXXXX
Administradora sanitaria y ambiental
XXXXX DE XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXXX
Ingeniero experto en formulación y evaluación de proyectos
XXXXX XXXXXX XXXX XXX
Administradora sanitaria y ambiental
XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXX
Ingeniero civil
XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX
Ingeniero experto en formulación y evaluación de proyectos
XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXX
Arquitecto
XXXXX XXXXXXX XXXX
XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX Profesional especializado con experiencia en Ingeniero ambiental sistemas de información
XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX
Ingeniera ambiental
XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX
Profesional especializada con experiencia en sistemas de información
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XXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXX
Profesional especializado con experiencia en sistemas de información
XXXXXXXXX XXXXXXXX CAÑOLA
Profesional especializada con experiencia en sistemas de información
XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX
Profesional especializado con experiencia en sistemas de información
XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX
Ingeniero sanitario especializado en gerencia de proyectos
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX
Administrador financiero
XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX
Comunicador social
XXXX XXXXXXXX XXXXX XXXX
Comunicador social
XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX
Profesional social
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX
Profesional social
XXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX XXXXX
Profesional social
XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX
Profesional social
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXX
Profesional social
XXXXXXXX XXXXXX XXXX
Tecnóloga social
XXXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX
Tecnóloga social
XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX
Administradora y financiera
XXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX
Digitadora
XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX
Asesor servicios públicos y en aprovechamiento
XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX
Asesor en ordenamiento territorial
XXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX
Asesor tarifario
XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX
Asesora en aprovechamiento
XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX
Asesora en riesgos
XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX
Asesor en riesgos y profesional en geología
XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXX
Asesor jurídico
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GRUPO COORDINADOR
XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX
Secretaría de Gestión y Control Territorial
XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX
Subsecretaría de Servicios Públicos
XXX XXXXX XXXX XXXXXXXX
Corantioquia
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXX
Área Metropolitana xxx Xxxxx de Aburrá
XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX
Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI)
XXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX
Comisión Regional de Competitividad
XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX
Federación Antioqueña de ONG
XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX
Asociación Colombiana de Universidades (Ascun)
XXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXX
Asociación de Recuperadores Pioneros de Altavista (Arpa)
XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX
Secretaría de Medio Ambiente
XXXXXX XXXXXX XXXX XXXX
Subsecretaría de Gestión Ambiental
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX
Empresas Varias de Medellín S.A. E.S.P.
XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXX
Empresas Varias de Medellín S.A. E.S.P.
XXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX
Enviaseo E.S.P.
XXXXXXX XXXX XXXXXX XXXXXXXX
Asociación de Recicladores de Antioquia (Arreciclar)
XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX
Corporación Nacional para el Ambiente (Cornambiente)
XXXXXXXX XXXXX XXXXX
Cooperativa Multiactiva de Recicladores de Medellín (Recimed)
XXXXX XXXXXXX XXXXX
Corporación de Reciclaje de Nuevo Occidente (Corpoccidente)
XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX
Ciclo Total S.A.S. E.S.P.
XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX
Corporación Cívica Juventudes de Antioquia (Cocjant)
XXXXXX XXXXX XXXX XXXXXX
La Asociación Ambiental de Recuperadores y Prestadores de Servicios de Palmitas (Arrecuperar)
XXXXX XXXXXX XXX XXXXX
Asociación de Empresarios de Material Recuperado (Asemar)
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XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX
Asociación de Ambientalistas San Xxxxxxxxx (Asosac)
XXXXXXXXX XXXXX XXXXX
Asociación Ambiental de Recuperadores y Prestadores de servicio Santa Xxxxx (ARPSE)
XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXX
Corporación Olas (Corolas)
XXX XXXXX XXXXXX XX XXXXXXX
La Cooperativa de Trabajadores Asociados Prestadores de Servicios de Aseo y Reciclaje (COOTRAMAS)
XXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX
Cooperativa Multiactiva Las Violetas (Coomulvi)
XXXXXXX XXXXX XXXX
Recuperambiente
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX
Asoredecol
XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX
Huella Natural E.S.P.
XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX
Corporación para la Recuperación y Aprovechamiento de Residuos (Coraseares)
XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX
Recircular
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XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX
Subsecretaría de Servicios Públicos
GRUPO TÉCNICO
XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX
Secretaría de Cultura Ciudadana
XXXXX XXXXX XXXXXXXX
Secretaría de Inclusión Social
XXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX
Subsecretaría de Servicios Públicos
XXXX XXXXXXXX XXXXXXXXXXX
Secretaría de Medio Ambiente
XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX
Secretaría de Medio Ambiente
XXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX
Secretaría de Medio Ambiente
XXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX
Secretaría de Desarrollo Económico
XXXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXX
Gerencia de Corregimientos
XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX
XXXXX XXXXXXX XXXXX
Secretaría de Movilidad
Secretaría de Salud
XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX
Secretaría de Salud
XXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXX
Secretaría de Infraestructura Física
XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX
Secretaría de Educación
XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXX
Secretaría de Seguridad y Convivencia
XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXX
Empresas Varias de Medellín
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Tabla de contenido
1. CORTE DE CÉSPED Y PODA DE ÁRBOLES DE VÍAS Y ÁREAS PÚBLICAS 1
1.1. REVISIÓN DEL PROGRAMA EN EL CONTEXTO DEL PGIRS 2015 1
1.1.2. Problemática identificada 5
1.1.3. Objetivos y metas en el contexto del PGIRS 2015 7
1.1.4. Programas y proyectos 8
1.3. MARCO NORMATIVO ESPECÍFICO 15
Prestación de la actividad de corte de césped y poda de árboles 21
Catastro de la actividad de corte de césped y poda de árboles 27
Cantidad de residuos generados por la actividad 30
Gestión de los residuos de corte de césped y poda de árboles 32
Frecuencia de la actividad de corte de césped y poda de árboles 34
1.4.2. Parámetros de línea base 43
Caracterización de los actores 45
1.4.3.1.1. Identificación de los actores 46
1.4.3.1.2. Relacionamiento entre actores 55
Entorno social de los actores 60
Participación ciudadana en la GIRS 61
1.4.4. Contexto en el marco de las TIC 62
Herramientas tecnológicas identificadas 62
1.4.4.1.1. El sistema árbol urbano (SAU) 62
1.4.4.1.4. Sistema Único de Información (SUI) 67
Lineamientos para el catastro de árboles ubicados en vía y áreas públicas que deberán ser objeto de poda 74
Lineamientos para el catastro de áreas públicas objeto del corte de césped 75
Lineamientos para el corte de césped 76
Lineamientos para la poda de árboles 79
Obligaciones del Prestador del servicio de aseo 85
Obligaciones del Municipio de Medellín 89
Obligaciones de la autoridad ambiental 91
1.6. FORMULACIÓN DEL PROYECTO 92
1.6.1. Análisis de involucrados 92
1.6.2. Situación problema 95
1.6.3. Árbol de problemas 96
1.6.4. Árbol de objetivos 98
1.6.5. Alternativa seleccionada 100
Título del proyecto 101
Descripción del proyecto 101
1.6.6. Estructura analítica del proyecto 102
1.6.7. Objetivos del proyecto 104
Objetivo general 104
Objetivos específicos 104
1.6.8. Metodología general 105
1.6.8.1.1. Matriz de Marco Lógico 105
Articulación de las líneas prospectivas 112
Productos y actividades 115
1.6.8.3.1. Descripción de productos 115
1.6.8.3.2. Descripción de actividades 118
1.6.8.3.3. Producto 1. 118
“Catastros de individuos arbóreos objeto de poda, en el marco de la prestación del servicio
de aseo actualizados” 118
1.6.8.3.4. Producto 2. 121
“Catastro de áreas objeto de corte de césped, en el marco de la prestación del servicio de
aseo, actualizado” 121
1.6.8.3.5. Producto 3 124
“Reglamentos técnicos para poda de árboles y corte de césped 124
1.6.8.3.6. Producto 4 125
“Residuos de corte de césped y poda de árboles aprovechados” 125
Indicadores 130
Medios de verificación 141
Análisis de riesgos 147
Cronograma 159
REFERENCIAS 164
Índice de tablas
Tabla 1. Comparación de parámetros de línea base para los años 2015 y 2019 1
Tabla 2. Programa de corte de césped y poda de árboles de vías y áreas públicas con corte al 2019 9
Tabla 3. Revisión de actividades establecidas en el PGIRS 2015 para el componente corte de césped y poda de árboles 12
Tabla 4. Condiciones para el corte de césped y poda de árboles 16
Tabla 5. Marco normativo de la actividad de poda de árboles 19
Tabla 6. Marco normativo de la actividad de corte de césped 20
Tabla 7. Beneficio que genera la actividad de corte de césped y poda de árboles 38
Tabla 8. Riesgos asociados a la actividad de corte de césped y poda de árboles 39
Tabla 9. Parámetros de línea base 43
Tabla 10. Mapa de actores del componente corte de césped y poda de árboles. 49
Tabla 11. Identificación de relaciones entre los actores del componente corte de césped y poda de árboles 57
Tabla 12. TIC del Programa de corte de césped y poda de árboles de de vías y áreas públicas 68
Tabla 13. Análisis de involucrados 92
Tabla 14. Alternativa para el componente corte de césped y poda de árboles 100
Tabla 15. Matriz de Marco Lógico 105
Tabla 16. Articulación líneas prospectivas 113
Tabla 17. Actividades y subactividades 127
Tabla 18. Indicadores 131
Tabla 19. Medios de verificación 142
Tabla 20. Riesgos 148
Tabla 21. Cronograma 159
Índice de figuras
Figura 1. Actores que participan en el componente corte de césped y poda de árboles 47
Figura 2. Mapa de Relaciones componente corte de césped y poda de árboles 58
Figura 4. Árbol de problemas del programa corte de césped y poda de árboles de vías y áreas públicas 97
Figura 5. Árbol de objetivos del programa corte de césped y poda de árboles de vías y Áreas públicas 99
Figura 6. Estructura analítica de corte de césped y poda de árboles de vías y áreas públicas 103
Índice de gráficas
Gráfica 1. Cantidad de residuos del corte de césped y poda de árboles generados y aprovechados en el marco de la GIRS en 2019 33
Gráfica 2. Observación de cuadrillas en el barrio donde vive 36
Gráfica 3. Empresa que realiza la actividad de corte de césped y poda de árboles 37
Gráfica 4. Conocimiento de la programación de la actividad de corte de césped y poda de árboles 40
Gráfica 5. Conocimiento de los medios de divulgación para la programación de la actividad 40
Gráfica 6. Presencia de valla informativa durante la actividad de corte de césped y poda de árboles 41
Gráfica 7. ¿Sabe usted dónde llamar para solicitar la poda de árboles en vías y áreas públicas? 41
Gráfica 8. Cobro del corte de césped y poda de árboles en la factura de servicios 42
Gráfica 9. Análisis de involucrados 95
Índice de mapas
Mapa 1. Zonas verdes del municipio de Medellín 25
Mapa 2. Zonas verdes sistema de movilidad del municipio de Medellín 26
Mapa 3.Árboles urbanos del municipio de Medellín 29
Índice de fotografías
Fotografía 1 Actividad corte de césped 22
Fotografía 2. Residuos de corte de césped 30
Fotografía 3. Residuos de poda de árboles 31
Fotografía 4. Aplicación de residuos de poda de árboles como mejoradores de suelos 33
Índice de anexos
Anexo A. Encuesta sobre corte de césped y poda árboles. Se adjunta archivo de Excel. 164
1. CORTE DE CÉSPED Y PODA DE ÁRBOLES DE VÍAS Y ÁREAS PÚBLICAS
1.1. REVISIÓN DEL PROGRAMA EN EL CONTEXTO DEL PGIRS 2015
De acuerdo con la revisión de parámetros del PGIRS 2015, y teniendo en cuenta los aspectos normativos, aumento de la producción per cápita (PPC) y necesidades de articulación con el PGIRS Regional, se presentan los siguientes hallazgos.
1.1.1. Línea base
En la Tabla 1 se presenta la comparación de parámetros de línea base del PGIRS 2015 y los de la actualización del 2020 que tienen como fecha xx xxxxx diciembre de 2019.
Tabla 1. Comparación de parámetros de línea base para los años 2015 y 2019
Parámetro | Valor 2015 | Valor 2019 | Resultado de revisión |
Catastro de árboles ubicados en vías y áreas públicas urbanas que deben ser objeto de poda, según rangos de altura. Tipo 1: hasta 5 metros Tipo 2: de 5,01 a 15 metros Tipo 3: de 15,01 a 20 metros Tipo 4: mayor de 20 metros | El Municipio de Medellín cuenta hasta el momento con el Plan Maestro de Espacio Público del Área Metropolitana xxx Xxxxx de Aburrá del 2006. De igual manera se cuenta con la Plataforma del SAU - Sistema de Árbol Urbano - de la Secretaría del Medio Ambiente, dicha plataforma contiene información de las siembras que se han realizado desde el año 2009 a la fecha. Para el municipio de Medellín se tienen contabilizados 94.470 | Total: 89.013 árboles [5]. | Se presenta variación del catastro de árboles ubicados en vías y áreas públicas. En la actualidad se está renovando información por rangos de altura y la base de datos geográfica por parte del municipio de Medellín. |
1
Parámetro | Valor 2015 | Valor 2019 | Resultado de revisión |
árboles, clasificados de la siguiente manera: Tipo 1: 66.436 Tipo 2: 23.483 Tipo 3: 1.154 Tipo 4: 3.397 | |||
Catastro de áreas públicas urbanas objeto de corte de césped | 10.240.968 m2 | 10.220.653 m2 | Se presenta variación del catastro de áreas públicas urbanas objeto de corte de césped. Se requiere un proceso de actualización continua por el dinamismo de las áreas verdes de la ciudad. |
Cantidad mensual de residuos generados en las actividades de corte de césped y poda de árboles | 235 ton/mes Se obtiene de un promedio de los volúmenes de recepción de poda leñosa y poda herbácea. | Corte de césped = 97,15 Ton/mes Poda árboles = 130,24 Ton/mes Total = 227 Ton/mes | La variación de la cantidad de los residuos generados puede estar en función de variables climáticas, de las especies xx xxxxx. |
Aprovechamiento de residuos de corte de césped (cc) y poda de árboles (pa) en el último año: | 100 % *91.807 bultos de chip usados en actividades de mantenimiento *3.126 m3 de poda herbácea dispuesta en composteras. | Aprovechamiento poda de árboles 2019 = 100 % Aprovechamiento corte de césped 2019 = 0 % Aprovechamiento total = 57,37 % | Actualmente solo se está aprovechando los residuos de poda de árboles y todos los residuos de corte de césped se están llevando a disposición final. |
Tipo de aprovechamiento de residuos de corte de césped y poda de árboles | • Proceso de compostaje en sustrato de poda leñosa y poda herbácea. • Transformación mecánica de poda leñosa en mulch orgánico. | Poda de árboles: chipeado para ornato, mejoramiento de suelos y compostaje | Se debe implementar el aprovechamiento de los residuos de corte de césped, de acuerdo con los compromisos adquiridos en el PGIRS |
2
Parámetro | Valor 2015 | Valor 2019 | Resultado de revisión |
• Empaque de mulch orgánico usado en el mantenimiento xx xxxxxxxx, conformación de zonas verdes, mantenimiento integral de árboles juveniles, preparación de sustratos, mejorador de suelos. | 2015 por parte de Emvarias S.A. E.S.P. | ||
La Secretaría de Infraestructura Física a través de la Unidad de Paisajismo y Arborización suscribe diferentes contratos con los que realiza aprovechamiento en dos (2) sitios: | |||
Sitio empleado para el aprovechamiento de residuos de corte de césped y poda de árboles | • Chuscalito Km 5 vía Las Palmas. • Jardín Botánico Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx xxxxx 73 N° 51 D-14. En ambos sitios se recibe y transforma el subproducto de poda de árboles para aprovechamiento. Por otro lado, Emvarias S.A. E.S.P. realiza aprovechamiento de la siguiente manera: • Corte de césped: Dispone los residuos vegetales en el corregimiento de San Xxxxxxxxx para su posterior aprovechamiento como alimento y abono. | Los residuos de poda de árboles son chipeados y transportados hasta un sitio de acopio (Reforestadora El Líbano). Posteriormente los residuos son aprovechados como sustrato en el momento de la siembra. | Queda pendiente la implementación del aprovechamiento de los residuos de corte de césped, con lo cual se podrá reportar el sitio específico donde se realiza el aprovechamiento de dichos residuos. |
• Poda de árboles: Se efectúa su aprovechamiento en carboneras. | |||
Desde abril del 2015 Emvarias S.A. E.S.P. no |
3
Parámetro | Valor 2015 | Valor 2019 | Resultado de revisión |
dispone los residuos de corte de césped y poda de árboles en Chuscalito por la baja capacidad del lote. | |||
Sitio empleado para la disposición final de residuos de corte de césped y poda de árboles | No aplica, dado que se aprovecha todo el material derivado de estas actividades, no se llevan al relleno sanitario; sino que una vez transformados los subproductos son usados en jardines y zonas verdes de la ciudad. En el caso de los residuos de corte de césped contaminado con heces humanas y de animales, son dispuestos en el relleno sanitario La Pradera. | Todos los residuos de corte de césped se disponen en el relleno sanitario La Pradera. | Para evitar la disposición final de los residuos de corte de césped, se debe propender por el aprovechamiento de dichos residuos. |
Persona prestadora de la actividad | Emvarias S.A. E.S.P. Vivero Municipal Jardín Botánico | Emvarias S.A. E.S.P. | |
Frecuencia de corte de césped | Cada 30 días | Según Decreto 1077 de 2015, la actividad debe realizarse cuando el césped supere 10 centímetros de altura. | La periodicidad de la realización de la actividad depende de la altura del césped y las condiciones climáticas. |
Frecuencia de poda de árboles | La frecuencia con la que el Prestador realiza esta actividad es de acuerdo con las solicitudes que la comunidad eleva ante la autoridad ambiental y las que son aprobadas por esta. | La frecuencia de la actividad de poda de árboles se realiza de acuerdo con el diagnóstico realizado sobre los individuos arbóreos, derivado del | Se continúa con el mismo procedimiento para la realización de la poda de árboles, por lo cual su frecuencia continúa igual. |
4
Parámetro | Valor 2015 | Valor 2019 | Resultado de revisión |
histórico de todas las intervenciones ejecutadas por Emvarias S.A. E.S.P. en el marco de la prestación del servicio público de aseo desde el año 2016 y las solicitudes que la comunidad realiza en los diferentes canales de atención de Emvarias S.A. E.S.P. Para esta fecha se aprobó el plan de manejo de componente arbóreo por parte AMVA lo cual otorga facultades a EMVARIAS S.A.E.S.P. para realizar estos diagnósticos |
Fuente: Equipo PGIRS (2020)
1.1.2. Problemática identificada
La problemática identificada en el PGIRS del 2015 fue “Estrategias insuficientes para la gestión de zonas verdes objeto xx xxxxx y de los individuos arbóreos ubicados en vías y áreas públicas”. Esta problemática se fundamentó en el diagnóstico, catastro y vinculación insuficiente de las actividades involucradas, desarticulación institucional para el diseño de un sistema único de información, inexistencia de un reglamento técnico para el corte de césped de zonas verdes y poda
5
de árboles, subregistro en el SAU por parte de las entidades involucradas e inexistencia de un estudio e implementación de alternativas viables para el aprovechamiento de estos residuos.
Para el año 2020, mediante el análisis de la problemática existente, la aplicación del método del Marco Lógico (MML) y la participación de diferentes actores de la GIRS, se identificó un problema central relacionado con “Dificultades en la gestión de las áreas objeto de corte de césped, de los individuos arbóreos y de los residuos generados por la actividad”.
El problema central fue analizado por los grupos Técnico y Coordinador, se encontraron las siguientes causas, las cuales fueron plasmadas en el árbol de problemas:
• Mezcla de residuos de corte de césped por arrojo de residuos en zonas verdes, dificultando su aprovechamiento o tratamiento. Aquí es importante precisar que el aprovechamiento de los residuos de corte de césped hace referencia a la posibilidad de transformación mediante compostaje, lombricultivo, pacas digestoras Xxxxx, o cualquier otra metodología que posibilite su aprovechamiento en el marco de la gestión integral, pero por fuera del servicio público de aseo. Esta precisión se hace, pues el aprovechamiento en el marco del servicio de aseo hace referencia exclusiva a residuos reciclables, tal como se aclara en la Política Nacional para la Gestión Integral de Residuos Sólidos (CONPES 3874). También es importante aclarar que la gestión de los residuos de la actividad de corte de césped y poda de árboles puede circunscribirse en la prestación del servicio público de aseo mediante su tratamiento, entendido como la actividad del servicio público de aseo que es alternativa o complementaria a la disposición final, en la cual se propende por la generación de beneficios ambientales, sanitarios
6
o económicos, al procesar los residuos sólidos para modificar sus características físicas, biológicas o químicas para potencializar su uso.
• La segunda causa identificada en el árbol de problemas es el desconocimiento de la comunidad sobre la actividad de corte de césped y poda de árboles, debido a la falta de efectividad de las estrategias de comunicación del Prestador.
• La tercera causa identificada en el árbol de problemas corresponde a la información desactualizada de los catastros de corte de césped y poda de árboles. Lo anterior, dada la limitada articulación institucional para la actualización de los catastros y a la información no sistematizada ni georreferenciada por parte del Municipio de Medellín, quien es el actor encargado de levantar y actualizar dichos catastros, como se establece en el artículo 119 del Decreto 2981 de 2013.
• La cuarta causa definida en el árbol de problemas hace referencia a la falta de aprovechamiento de los residuos de corte de césped, lo que se presenta porque estos están siendo dispuestos en el sitio de disposición final, a pesar de que el artículo 42 del Decreto 2981 de 2013 dice que “En lo posible estos residuos deben destinarse a procesos de aprovechamiento”.
1.1.3. Objetivos y metas en el contexto del PGIRS 2015
En el PGIRS de Medellín 2015 se identificó un objetivo general relacionado con “Establecer estrategias para la gestión de las zonas verdes objeto xx xxxxx y de los individuos arbóreos ubicados en vías y áreas públicas”, fundamentado en el diagnóstico, catastro y vinculación de las entidades involucradas, la articulación institucional para el diseño de un sistema único de información, la
7
existencia de un reglamento técnico para el corte de césped y poda de árboles, el registro en el SAU por parte de las entidades involucradas en la gestión de individuos arbóreos y la definición de un estudio e implementación de alternativas viables para el aprovechamiento de los residuos generados por la actividad.
La actualización del PGIRS en el 2020 estableció el objetivo general relacionado con “Fortalecer la gestión de las áreas objeto de corte de césped, de los individuos arbóreos y de los residuos generados por la actividad”, basándose en la educación a la ciudadanía en el manejo adecuado de residuos, el fomento de la efectividad en las estrategias de comunicación del Prestador del servicio de aseo, el fortalecimiento de la articulación institucional para la actualización de los catastros y el incremento del aprovechamiento de los residuos de corte de césped.
Por otra parte, las metas del PGIRS 2015 se plantean en consonancia con aquellas establecidas por el PGIRS Regional en el Acuerdo 023 de 2018.
1.1.4. Programas y proyectos
El Programa de corte de césped y poda de árboles de vías y áreas públicas, tiene por objetivo
establecer estrategias para la gestión de las zonas verdes objeto xx xxxxx y de los individuos
arbóreos ubicados en vías y áreas públicas, cuenta con la participación del Municipio como garante
de la prestación del servicio, la autoridad ambiental y en su parte operativa es ejecutado por
Emvarias S.A. E.S.P.
A continuación, se presenta el estado de avance de los proyectos propuestos en el PGIRS de Medellín en el año 2015. Para el programa, de manera general, se observa un cumplimiento del 90
8
% en la ejecución y un avance acumulado del 51 % respecto del total de lo proyectado a 12 años. El proyecto fue denominado en 2015 como “Establecimiento de estrategias para la gestión de las zonas verdes objeto xx xxxxx y de los individuos arbóreos ubicados en vías y áreas públicas”, con un presupuesto asignado de $4.716.852.175.
Tabla 2. Programa de corte de césped y poda de árboles de vías y áreas públicas con corte al 2019
Actividades | Cumplimiento 2016-2019 | Avance acumulado | Descripción | Responsables |
6.1.1.1. Realizar una caracterización y levantamiento de las zonas verdes susceptibles xx xxxxx | 100 % | 40 % | Se realizó el catastro de áreas públicas urbanas objeto de corte de césped | Secretaría de Infraestructura Física - Secretaría de Medio Ambiente |
6.1.1.2. Realizar inventario de los individuos arbóreos | 100 % | 40 % | Se tiene el plan maestro de espacios públicos verdes urbanos (Área Metropolitana xxx Xxxxx de Aburrá). Sistema de Árbol urbano (SAU). | |
6.1.2.1. Construir reglamento técnico para la actividad del corte de césped | 100 % | 40 % | Elaborado por Xxxxxxxx S.A. E.S.P. | Secretaría de Infraestructura Física - Secretaría de Medio Ambiente - Prestador del servicio de aseo |
6.1.2.2. Construir un reglamento técnico para la adecuada intervención de poda en los individuos arbóreos. | 100 % | 40 % |
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Actividades | Cumplimiento 2016-2019 | Avance acumulado | Descripción | Responsables |
6.1.2.3. Socializar reglamentos técnicos | 100 % | 40 % | Se realizó socialización en 2016. | Secretaría de Infraestructura Física - Secretaría de Medio Ambiente - Prestador del servicio de aseo |
6.1.3.1. Divulgación del Decreto Municipal 2119 de 2011 que obliga a las entidades que intervienen en la poda de árboles a mantener actualizada la información en el SAU. | 100 % | 33 % | Se han realizado diferentes capacitaciones del SAU | Secretaría de Medio Ambiente |
6.1.3.2. Capacitación a los actores involucrados sobre el ingreso de información en el SAU. | 100 % | 100 % | ||
6.1.4.1. Evaluar estudios técnicos realizados sobre el aprovechamiento de los residuos de corte de césped y poda de árboles. | 100 % | 100 % | No se tiene información de la evaluación de estudios técnicos. Se realizó un documento “Estudio de factibilidad de aprovechamiento de residuos sólidos vegetales provenientes de los servicios públicos de corte de césped y poda de árboles en el municipio de Medellín” por parte | Prestador del Servicio |
6.1.4.2. Estudio de factibilidad para la implementación de sistemas de aprovechamiento. | 50 % | 50 % | ||
6.1.4.3. Implementación de | 50 % | 30 % |
10
Actividades | Cumplimiento 2016-2019 | Avance acumulado | Descripción | Responsables |
sistemas de aprovechamiento. | de Emvarias S.A. E.S.P. en el año 2017. al cual le falta el análisis de los estudios técnicos mejor evaluados. |
Fuente: Equipo PGIRS (2020)
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En el PGIRS de 2015 solo se estableció un proyecto para el componente de corte de césped y poda de árboles de vías y áreas públicas, el cual tenía varias actividades, algunas de ellas fueron ejecutadas parcialmente y otras están pendientes de ejecución. En la Tabla 3 se presentan las actividades y se analiza su correspondencia con el problema actual, así como la decisión tomada respecto de su inclusión en la presente actualización del PGIRS de Medellín.
Tabla 3. Revisión de actividades establecidas en el PGIRS 2015 para el componente corte de césped y poda de árboles
Problema 2015: Estrategias insuficientes para la gestión de las zonas verdes objeto xx xxxxx y de los individuos arbóreos ubicados en vías y áreas públicas | ||
Proyecto 2015: Establecer estrategias para la gestión de las zonas verdes objeto xx xxxxx y de los individuos arbóreos ubicados en vías y áreas públicas. | ||
Problema central 2020: Dificultades en la gestión de las áreas objeto de corte de césped, de los individuos arbóreos y de los residuos generados por la actividad. | ||
Actividad | Continua | Análisis |
Realizar una caracterización y levantamiento de las zonas verdes susceptibles xx xxxxx | Si | La actividad tiene correspondencia con el problema actual. Se tenía planeado un diagnóstico en 2019 y dos actualizaciones, una en 2023 y otra en 2027. Se debe continuar con su ejecución. |
Realizar inventario de los individuos arbóreos | Si | La actividad tiene correspondencia con el problema actual. Se tenía planeado un diagnóstico en 2019 y dos actualizaciones, una en 2023 y otra en 2027. Se debe continuar con su ejecución. |
Establecer los alcances de las dependencias involucradas en la gestión de los residuos de corte de césped y poda de árboles. | Si | La actividad tiene correspondencia con el problema actual. El alcance de las dependencias en el corte de césped y poda de árboles de vías y áreas públicas, en el marco del servicio público de aseo se incluyeron en los lineamientos. |
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Problema 2015: Estrategias insuficientes para la gestión de las zonas verdes objeto xx xxxxx y de los individuos arbóreos ubicados en vías y áreas públicas | ||
Proyecto 2015: Establecer estrategias para la gestión de las zonas verdes objeto xx xxxxx y de los individuos arbóreos ubicados en vías y áreas públicas. | ||
Problema central 2020: Dificultades en la gestión de las áreas objeto de corte de césped, de los individuos arbóreos y de los residuos generados por la actividad. | ||
Actividad | Continua | Análisis |
Construir un reglamento técnico para la actividad del corte de césped | Si | Se construyó el reglamento, pero en el PGIRS 2015 se contemplaron 2 actualizaciones, una en 2023 y otra en 2027. Se debe continuar con su ejecución, articulado a los catastros. |
Construcción de un reglamento técnico para la adecuada intervención de poda en los individuos arbóreos. | Si | Se construyó el reglamento, pero en el PGIRS 2015 se contemplaron 2 actualizaciones, una en 2023 y otra en 2027. Se debe continuar con su ejecución, articulado a los catastros. |
Socializar el reglamento técnico a las entidades involucradas en la actividad. | Si | Se socializó el reglamento técnico. En el PGIRS 2015 se consideró la socialización de las actualizaciones, se debe continuar con la ejecución de esta actividad. |
Divulgación del Decreto Municipal 2119 de 2011 que obliga a las entidades que intervienen en la poda de árboles a mantener actualizada la información en el SAU. | Si | Se ha ejecutado el 33 % de esta actividad, teniendo en cuenta la importancia del Decreto se debe continuar con la socialización de este o de la norma que lo modifique, derogue o sustituya. |
Capacitación a los actores involucrados sobre el ingreso de información en el SAU | No | No se incluye porque se ejecutó al 100 % |
Evaluar estudios técnicos realizados sobre el aprovechamiento de los residuos de corte de césped y poda de árboles. | Si | La actividad tiene correspondencia con el problema actual, teniendo en cuenta que los residuos de poda de árboles se están aprovechando en un 100 %, se debe hacer un análisis de alternativas de eficiencia para el aprovechamiento de los residuos de corte de césped. |
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Problema 2015: Estrategias insuficientes para la gestión de las zonas verdes objeto xx xxxxx y de los individuos arbóreos ubicados en vías y áreas públicas | ||
Proyecto 2015: Establecer estrategias para la gestión de las zonas verdes objeto xx xxxxx y de los individuos arbóreos ubicados en vías y áreas públicas. | ||
Problema central 2020: Dificultades en la gestión de las áreas objeto de corte de césped, de los individuos arbóreos y de los residuos generados por la actividad. | ||
Actividad | Continua | Análisis |
Estudio de factibilidad para la implementación de sistemas de aprovechamiento. (Esta actividad se debe realizar luego de la evaluación de estudios) | Si | La actividad tiene correspondencia con el problema actual. Se debe realizar una actualización enfocada a los residuos de corte de césped, teniendo en cuenta las cantidades de residuos generadas actualmente y el análisis de alternativas. |
Implementación de sistemas de aprovechamiento. | Si | La actividad tiene correspondencia con el problema actual. Se tenía planeado un aprovechamiento del 60 % de los residuos a 2019 y del 100 % de los residuos a 2023. Se debe continuar con su ejecución. |
Fuente: Equipo PGIRS (2020)
1.2. GENERALIDADES
El corte de césped y poda de árboles están definidos en el Decreto 1077 de 2015 como las actividades del servicio público de aseo que consiste en cortar el pasto, las ramas de los árboles y el follaje, en áreas verdes públicas sin restricción de acceso, mediante el uso de equipos manuales o mecánicos. Comprende la recolección y transporte del material obtenido hasta los sitios de aprovechamiento prioritariamente o de disposición final. Estos servicios se encuentran considerados en el costo de limpieza urbana por suscriptor (CLUS) en los artículos 15, 16 y 17 de la Resolución 720 del 2015 de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento básico.
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En el Decreto 1077 de 2015 se establece que estas actividades deben realizarse en las áreas verdes públicas de los municipios, tales como: separadores viales ubicados en vías de tránsito automotor o peatonal, glorietas, rotondas, orejas o asimilables, parques públicos sin restricción de acceso definidos en las normas de ordenamiento territorial, que se encuentren dentro del perímetro urbano. Se excluye de esta actividad el corte de césped y los árboles de los antejardines frente a los inmuebles los cuales serán responsabilidad de los propietarios de estos, se excluyen además las actividades xx xxxxxx y embellecimiento.
1.3. MARCO NORMATIVO ESPECÍFICO
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Tabla 4. Condiciones para el corte de césped y poda de árboles
Observación | Corte de césped | Poda de árboles |
Lugar de la actividad | Áreas verdes públicas de los municipios, tales como: separadores viales ubicados en vías de tránsito automotor o peatonal, glorietas, rotondas, orejas o asimilables, parques públicos sin restricción de acceso definidos en las normas de ordenamiento territorial, que se encuentren dentro del perímetro urbano. | |
Condiciones para la intervención | De acuerdo catastro de áreas públicas objeto xx xxxxx, cuando la altura del césped supere los diez (10) centímetros. En todo caso la altura mínima del césped una vez cortado no debe ser inferior a dos (2) centímetros. | Árboles incluidos en el catastro |
Normas de seguridad | Instalación de valla informativa, demarcación para aislar la zona de tránsito vehicular y peatonal, uso xx xxxxxx de protección, realización de la actividad por personal capacitado. |
Fuente: Decreto 1077 (2015)
En la Resolución 0754 de 2014 el corte de césped y poda de árboles en vías y áreas públicas se establece como uno de los programas y proyectos para la implementación del PGIRS. Estas actividades son reguladas por la Resolución CRA 720 de 2015 respecto del cálculo de la tarifa y por la Resolución CRA 751 de 2016 en relación con la fecha máxima en la cual comenzarán a aplicarse las tarifas resultantes de la metodología contenida en la misma.
La Resolución CRA 720 de 2015 establece el Costo de Limpieza Urbana por Suscriptor (CLUS) como la suma del costo mensual de poda de árboles, de corte de césped, xx xxxxxx de áreas públicas, limpieza de playas y de instalación de cestas dentro del perímetro urbano.
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Según el artículo 16 de la Resolución CRA 720, el Costo máximo de Poda de Árboles será al precio techo de cada prestador en su APS; el cual deberá reportar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico y a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. El prestador de la actividad reportará los soportes de la estimación de los costos de poda a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico y a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
Las frecuencias de poda de árboles deberán ser consignadas por la persona prestadora en el Programa para la Prestación del Servicio de Aseo de acuerdo con el PGIRS y según lo previsto en el Decreto 1077 de 2015 o aquel que lo modifique, adicione o sustituya.
Los residuos resultantes de la actividad de poda de árboles deben ser dispuestos de acuerdo con lo establecido en el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS) y en el Decreto 1077 de 2015 o aquel que lo modifique, adicione o sustituya.
La persona prestadora reportará al SUI el inventario de árboles en su APS, acorde con el programa de prestación del servicio y el PGIRS. El inventario de árboles será realizado por el municipio y/o distrito y reportado en el PGIRS.
La Comisión de Regulación de Agua y Saneamiento Básico (CRA), podrá revisar el costo y determinar un valor máximo si a ello hubiere lugar, de conformidad con lo establecido en el artículo 126 de la Ley 142 de 1994.
El costo de corte de césped de zonas verdes pertenecientes a áreas públicas será, como máximo, el valor que se establece en el artículo 17 de la Resolución CRA 720 o aquel que lo modifique o sustituya.
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Con relación al componente arbóreo, las solicitudes de intervención al arbolado urbano deben ser aprobadas por la autoridad ambiental, según lo establecido en el artículo 58 del Decreto 1791 de 1996 compilado en Decreto 1076 de 2015“Cuando se requiera talar, trasplantar o reubicar árboles aislados localizados en centros urbanos, para la realización, remodelación o ampliación de obras públicas o privadas de infraestructura, construcciones, instalaciones y similares, se solicitará autorización ante la corporación respectiva, ante las autoridades ambientales de los grandes centros urbanos o ante las autoridades municipales, según el caso, las cuales tramitarán la solicitud, previa visita realizada por un funcionario competente, quien verificará la necesidad de tala o reubicación aducida por el interesado, para lo cual emitirá concepto técnico”.
Otra consideración importante en la intervención arbórea, son los árboles y palmas, patrimonio natural y cultural del municipio de Medellín, el manejo y protección de estos se determina en el Decreto municipal 0598 de 2019. Para la intervención de estos árboles se deberá contar con un diagnóstico técnico de la Unidad de Estructura Ecológica de la Secretaría de Medio Ambiente, sobre el estado de estos que sustenten dicha intervención y ser aprobado por el Comité de Silvicultura Urbana y Paisajismo.
A continuación, se resume el marco normativo reglamentario de las actividades de corte de césped y poda de árboles de vías y área públicas (Tabla 5 y Tabla 6).
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Tabla 5. Marco normativo de la actividad de poda de árboles
Marco regulatorio | Generalidad |
Decreto 2119 de 2011 | Se reestructura el Comité de Silvicultura Urbana y Paisajismo para el municipio de Medellín. Obligación de SAU (Sistema del Árbol Urbano). |
Decreto 2981 de 2013 | Se reglamenta la prestación del servicio público de aseo. |
Decreto 1077 de 2015 | Se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio. |
Resolución CRA 720 de 2015 | Establecimiento del régimen tarifario de la prestación del servicio público de aseo. |
Resolución Área Metropolitana xxx Xxxxx de Aburrá 915 de 2017 | Se reglamenta la intervención de especies no maderables en la jurisdicción del Área Metropolitana xxx Xxxxx de Aburrá, en su calidad de autoridad ambiental. |
Decreto 0598 de 2019 | Define la protección de árboles y palmas como patrimonio natural y cultural del municipio de Medellín |
Resolución Área Metropolitana xxx Xxxxx de Aburrá 46 de 2019 y Resolución Área Metropolitana xxx Xxxxx de Aburrá 916 de 2019 | Por el cual se adopta el Plan de Manejo del Componente Arbóreo para Emvarias S.A. E.S.P. y se aclaran nuevamente las funciones del Área Metropolitana xxx Xxxxx de Aburrá en el marco de la protección del arbolado urbano desde sus competencias como autoridad ambiental. |
Resolución Área Metropolitana xxx Xxxxx de Aburrá 915 de 2017 | Se reglamenta la intervención de especies no maderables en la jurisdicción del Área Metropolitana xxx Xxxxx de Aburrá, en su calidad de autoridad ambiental. |
Fuente: Emvarias S.A. E.S.P. (2020)
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Tabla 6. Marco normativo de la actividad de corte de césped
Xxxxx regulatorio | Generalidad |
Decreto 2981 de 2013 | Se reglamenta la prestación del servicio público de aseo. |
Resolución 754 de 2014 | Se adopta la metodología para la formulación, implementación, evaluación, seguimiento, control y actualización de los Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS). |
Decreto 2059 de 2015 | Por el cual se adopta la actualización del Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos - PGIRS - del Municipio de Medellín |
Decreto 1077 de 2015 | Se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio. |
Resolución CRA 720 de 2015 | Establecimiento del régimen tarifario de la prestación del Servicio Público de Aseo. |
Fuente: Emvarias S.A. E.S.P.(2020)
1.4. SITUACIÓN ACTUAL
1.4.1. Contexto técnico
Las actividades de corte de césped y poda de árboles deben realizarse en las áreas verdes públicas de los municipios, tales como: separadores viales ubicados en vías de tránsito automotor o peatonal, glorietas, rotondas, orejas o asimilables, parques públicos sin restricción de acceso definidos en las normas de ordenamiento territorial, que se encuentren dentro del perímetro urbano. Las consideraciones y excepciones para la realización de estas actividades fueron definidas en el Decreto 2981 de 2013 compilado en el Decreto 1077 de 2015, Decreto reglamentario del sector Vivienda, Ciudad y Territorio.
Es responsabilidad de los municipios establecer las áreas públicas que serán objeto de corte de
césped y los especímenes arbóreos a los cuales se realizarán la poda. Estas áreas se definen a través
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del plan de ordenamiento territorial (POT) del municipio. Además de la identificación de estas áreas, se deben realizar estimaciones y cálculos de la cantidad de estas en las que se realizará el corte de césped, número de árboles por tamaño a los cuales se les realizará la poda y la cantidad de residuos generados producto de estas actividades. Esta información debe estar fundamentada en documentación relacionada contenida en el PGIRS del municipio, generada por las secretarías de Planeación e Infraestructura, catastro de zonas verdes, catastro de árboles, y demás estudios realizados por la autoridad ambiental, universidades, entidades públicas y privadas, entre otros. Tener estos inventarios, además de regular la actividad, permite realizar el cálculo de la tarifa según la Resolución CRA 751 de 2016.
A continuación, se realiza una descripción de los parámetros relacionados con el corte de césped y poda de árboles en áreas públicas de los que trata la Resolución 0754 de 2014.
Prestación de la actividad de corte de césped y poda de árboles
La programación del corte de césped se realiza quincenalmente, con base en los lotes aprobados por el Municipio de Medellín (Secretaría de Infraestructura Física).
Las frecuencias de los lotes dependen de la especie de la grama, velocidad de crecimiento y
condiciones climáticas como la lluvia.
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La programación del servicio es realizada por el equipo de planeación de emvarias, quincenalmente, garantizando que el césped cumpla con la altura mínima de los 10 cm, para que Emvarias S.A. E.S.P. pueda realizar la ejecución. La programación final, es publicada semanalmente en la página Web del Prestador. Durante la ejecución se verifica la presencia de fauna xxxxxxxxx, se delimita el área a intervenir, se realiza la divulgación con valla informativa, se realiza la limpieza previa, el bordeo, plateo y al terminar la actividad se recolectan los residuos (máximo ocho (8) horas después de la operación) y se transportan hasta los sitios de aprovechamiento o disposición final (Emvarias S.A. E.S.P., 2019, 2020).
Fotografía 1 Actividad corte de césped
Fuente: Equipo PGIRS (2020)
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En consideración de la aprobación del plan de manejo del componente arbóreo, por parte de la autoridad ambiental, emvarias puede realizar la identificación de los árboles objeto de poda inicia con una visita de diagnóstico de los individuos con posible necesidad de poda, derivado del histórico de todas las intervenciones ejecutadas por Emvarias S.A. E.S.P. en el marco de la prestación del servicio público de aseo desde el año 2016, las cuales no pueden ser menores a un año y se deben tener en cuenta los requerimientos de la autoridad ambiental. Los diagnósticos son realizados por un tecnólogo forestal o afín. En los diagnósticos técnicos también se incluyen las solicitudes de poda de árboles provenientes de los diferentes canales de atención de Emvarias S.A. E.S.P.: Línea Amiga, redes sociales, correo electrónico, derecho de petición, entre otros, siguiendo un parámetro directamente asociado a la capacidad técnica, turno del usuario y eficiencia de la operación por sector. Las visitas previas programadas por Emvarias S.A. E.S.P., se realizan con dos meses de anticipación antes de la programación. Como resultado del diagnóstico se genera una ficha por árbol. Los diagnósticos técnicos están clasificados en tres grupos de riesgo: Grupo A: Riesgo Alto-Inminente, Grupo B: Riesgo Alto-Medio y Grupo C: Riesgo Medio-Bajo, para priorizar la atención. Durante la intervención se utilizan moto sierras mecánicas que funcionan con gasolina con espadas entre veinte (20) y veintiséis (26) pulgadas para el corte. Una vez cortado, el volumen de los residuos se reduce mecánicamente empleando trituradoras y chippers los cuales funcionan con gasolina o diésel. Las labores de poda de árboles deben realizarse bajo los lineamientos técnicos establecidos en la “Guía para el manejo del arbolado urbano en el Xxxxx de Aburrá”, realizada por el Área Metropolitana xxx Xxxxx de Aburrá (Área Metropolitana xxx Xxxxx de Aburrá) (Emvarias S.A. E.S.P., 2019). Es de anotar que, en la programación, también se tiene
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en cuenta los diagnósticos generados por la autoridad ambiental a través de radicados de aprobación ya que no es competencia de emvarias ejercer labores de vigilancia, control y seguimiento sobre el componente arbóreo, competencia que recae sobre la autoridad ambiental ya que el PMSA aprobado para emvarias es un documento que sólo autoriza el diagnóstico y programación de intervenciones de poda de árboles en el marco de las competencias vigentes. Las actividades realizadas en cada árbol dependen de la altura de este, como se muestra a continuación:
• Entre 2 y 5 m: en estos arbustos se realiza un plateo con un radio de 0.3 metros y se les realiza la poda sobre las ramas con protuberancias y tallos. La actividad se ejecuta manualmente con tijeras y mecánicamente con motosierra.
• Entre 5 y 20 m: en estos árboles solo se realiza la poda y mantenimiento sobre las ramas con protuberancias y tallos de su follaje. La actividad se ejecuta mecánicamente con moto sierras y técnicas forestales para evitar la caída libre de las podas
• Mayor de 20 m: en estos árboles se realizan labores para la conservación y preservación de acuerdo con el plan de manejo ambiental para esta actividad y de su aspecto paisajístico. La actividad se ejecuta mecánicamente con motosierras y técnicas forestales únicamente cuando se origine un riesgo potencial de afectación del sector público o privado.
Los residuos sólidos generados son recolectados antes de las ocho (8) horas subsiguientes a la poda (Emvarias S.A. E.S.P., 2019).
En el Mapa 1 se presentan las zonas verdes totales y en el Mapa 2 las zonas verdes públicas del sistema de movilidad en el municipio de Medellín, respectivamente.
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Mapa 1. Zonas verdes del municipio de Medellín
Fuente: Equipo PGIRS 2020 con datos del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de Medellín
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Mapa 2. Zonas verdes sistema de movilidad del municipio de Medellín
Fuente: Equipo PGIRS 2020 con datos de Plan de Ordenamiento Territorial POT) de Medellín
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Catastro de la actividad de corte de césped y poda de árboles
Según lo establecido en el artículo 16 de la Resolución CRA 720 de 2015, los árboles a intervenir (unidades) y las áreas verdes objeto xx xxxxx, corresponderán a las definidas por el municipio y reportadas en el PGIRS. La persona prestadora reportará al SUI el inventario de árboles en su APS, acorde con el programa de prestación del servicio y el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS).
Como atributos de los árboles además de su ubicación espacial se deberá tener presente la altura como lo establece la Resolución 0754 de 2014.
El catastro de áreas públicas urbanas objeto de corte de césped tienen un área de 10.220.653 m2. De acuerdo con la normatividad, las intervenciones a los individuos arbóreos en el municipio de Medellín deben ser ingresadas en el Sistema de Árbol Urbano (SAU), el cual es un aplicativo compartido entre el Área Metropolitana xxx Xxxxx de Aburrá y la Secretaría del Medio Ambiente de Medellín, que integra a todos los actores que intervienen el arbolado urbano. Según lo anterior, en el SAU se reportan las intervenciones a los árboles juveniles, árboles patrimoniales, árboles intervenidos en el marco del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE) y árboles objeto de poda en el marco del servicio público de aseo, entre otros (Mapa 3).
En el SAU también se encuentra la ficha técnica del árbol y las intervenciones realizadas en este componente. El Decreto municipal 2119 de 2011 en su artículo 7 establece que todos los actores involucrados en la intervención de los especímenes arbóreos del municipio deben ingresar la información en este portal.
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El catastro de individuos arbóreos objeto de poda incluye 89.013 árboles, dentro del marco del servicio público de aseo. La información fue suministrada como dato global, pero se desconoce los rangos de altura requeridos por la línea base de la Resolución 0764 de 2014.
Actualmente el Municipio de Medellín se encuentra actualizando dicho catastro y su respectiva georreferenciación.
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Mapa 3.Árboles urbanos del municipio de Medellín
Fuente: Equipo PGIRS 2020 con datos de Área Metropolitana xxx Xxxxx de Aburrá & Alcaldía de Medellín
(2020)
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Cantidad de residuos generados por la actividad
Los residuos de corte de césped están compuestos en su mayoría por hojas xx xxxxx que contienen pocos segmentos lignificados y grandes cantidades de agua (Fotografía 2) Aunque previo al corte con guadaña se realiza la limpieza del sitio, quedan unos residuos de difícil separación que se mezclan con los residuos de corte de césped y dificultan su aprovechamiento. En el año 2019 se generó en Medellín un promedio de 97,15 toneladas mensuales de residuos de corte de césped, que pueden variar dependiendo de las condiciones climáticas, según información suministrada por Emvarias S.A. E.S.P. para la línea base.
Fotografía 2. Residuos de corte de césped
Fuente: Emvarias S.A. E.S.P. (2020)
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Los residuos de poda de árboles están compuestos por ramas y hojas de árboles, arbustos, palmas y guaduales. Este tipo de residuos contienen mayor porcentaje de lignina y en algunas ocasiones presentan grandes porcentajes xx xxxxxx (Fotografía 3). En el año 2019 se generaron en promedio 130,24 toneladas mensuales de residuos por parte de la actividad de poda de árboles en la ciudad. Las cantidades de residuos pueden variar dependiendo del tipo de árbol intervenido, altura, especie, crecimiento biológico, entre otros factores (información suministrada por Emvarias S.A. E.S.P., para la línea base del PGIRS).
Fotografía 3. Residuos de poda de árboles
Fuente: Emvarias S.A. E.S.P. (2020)
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Gestión de los residuos de corte de césped y poda de árboles
Los residuos generados durante el corte de césped para el año 2019 fueron dispuestos en el relleno sanitario La Pradera (información suministrada por Emvarias S.A. E.S.P para la línea base del PGIRS). En 2020 una parte de los residuos de corte de césped fueron aprovechados mediante compostaje por la empresa BIOCICLO S.A.S. (Xxxxxxxx S.A. E.S.P., 2020).
Los residuos vegetales generados durante la poda de árboles pueden presentar condiciones fitosanitarias que los hacen inviables para procesos productivos que requieren madera en condiciones óptimas, además la madera generada es irregular por lo que no es adecuada para un proceso productivo que requiera uniformidad en la materia prima. Por lo anterior, los residuos generados son aprovechados en un 100 % mediante la técnica del “pique y aplique”, el cual reduce el tamaño de los residuos con una máquina picadora (chipeadora) para luego ser aplicados en los árboles o jardines. Los residuos son aprovechados como sustrato para retención de humedad, evitar el crecimiento de plantas arvenses, acondicionador del suelo urbano, aporte nutricional, control de temperatura, elemento paisajístico, alimento para la fauna y otros beneficios (Gráfica 1, Fotografía 4) (Emvarias S.A. E.S.P., 2020).
32
130 130
97
0
Gráfica 1. Cantidad de residuos del corte de césped y poda de árboles generados y aprovechados en el marco de la GIRS en 2019
140
120
Toneladas/mes
100
80
60
40
20
0
Corte de césped Poda de árboles
Residuos generados Residuos aprovechados
Fuente: Información suministrada por Emvarias S.A. E.S.P (2020).
Fotografía 4. Aplicación de residuos de poda de árboles como mejoradores de suelos
Fuente: Emvarias S.A. E.S.P. (2020)
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Frecuencia de la actividad de corte de césped y poda de árboles
Las frecuencias de las actividades de corte de césped y poda de árboles según la CRA 720 de 2015, deberán ser ejecutadas por la persona prestadora en el programa para la prestación del servicio público de aseo de acuerdo con el PGIRS. La frecuencia de esta actividad depende de la especie de grama, velocidad de crecimiento y condiciones climáticas (Emvarias S.A. E.S.P., 2020). De acuerdo con el Decreto 1077 de 2015, la actividad debe ser realizada una vez la grama supere los 10 cm de altura, teniendo en cuenta que la altura mínima una vez cortado no debe ser menor a dos
(2) centímetros.
Por su parte, la frecuencia de la actividad de poda de árboles se realiza de acuerdo al diagnóstico realizado sobre los individuos arbóreos, derivado del histórico de todas las intervenciones ejecutadas por Emvarias S.A. E.S.P. en el marco de la prestación del servicio público de aseo desde el año 2016, además de las solicitudes que la comunidad y las entidades adscritas al Municipio realizan y las aprobaciones de la autoridad ambiental (Área Metropolitana xxx Xxxxx de Aburrá); de acuerdo con el protocolo de la Resolución 0046 del 2019, que aprueba el Plan de Manejo del Componente Arbóreo (PMCA) por parte del Prestador del servicio público de aseo. Los canales de comunicación para las solicitudes son: Línea Amiga, redes sociales, correo electrónico, derecho de petición, entre otros. Las intervenciones de poda de árboles no podrán realizarse más de una vez al año, excepto en casos de extremo y evidente riesgo; esto en línea con la Resolución Área Metropolitana xxx Xxxxx de Aburrá 915 de 2017 (Emvarias S.A. E.S.P., 2019).
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Verificación en campo
Con el objetivo de conocer sobre la percepción de los ciudadanos respecto a la actividad de corte de césped y poda de árboles que se realiza en áreas verdes públicas de la ciudad, se realizó un sondeo de opinión mediante la aplicación de una encuesta a 108 personas del municipio de Medellín (ver Anexo A. Encuesta sobre corte de césped y poda de árboles). La muestra se obtuvo para una confianza del 95 % y un error del 9,5 %. Es importante mencionar que las personas que participaron en la encuesta poseen diversos perfiles ocupacionales, dentro de ellos: estudiantes, amas de casa, docentes, ingenieros, administradores, entre otros.
Por otra parte, es importante contextualizar que el Prestador no es el único que realiza intervención sobre los árboles presentes en el municipio de Medellín, pues se tiene también otras actividades por fuera del servicio público de aseo relacionadas con siembra, fertilización, podas bajo normativa RETIE, entre otras.
A continuación, se presenta un análisis descriptivo de los resultados obtenidos con la encuesta en el marco de la prestación del servicio público de aseo.
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Gráfica 2. Observación de cuadrillas en el barrio donde vive
Fuente: Equipo PGIRS (2020)
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Gráfica 3. Empresa que realiza la actividad de corte de césped y poda de árboles
Fuente: Equipo PGIRS (2020)
En cuanto a la percepción sobre los beneficios que genera la actividad de corte de césped y poda de árboles, el mayor porcentaje de personas considera que es una actividad que permite el embellecimiento y disfrute de las zonas verdes de la ciudad (38 %); igualmente es alto el porcentaje de las personas que determinaron que los beneficios están relacionados con evitar daños a la infraestructura de servicios públicos (18 %), así como la disminución del riesgo de accidentes (17
%) (Tabla 7).
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Tabla 7. Beneficio que genera la actividad de corte de césped y poda de árboles
Aspecto | Porcentaje |
Disfrute de las zonas verdes públicas | 16 % |
Disminuye los riesgos de accidentes. | 17 % |
Favorece la movilidad y acceso a lugares de destino | 9 % |
Embellecimiento de zonas verdes | 38 % |
Evita daños en líneas de energía y comunicación | 18 % |
Otro | 3 % |
Fuente: Equipo PGIRS (2020).
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Tabla 8. Riesgos asociados a la actividad de corte de césped y poda de árboles
Aspecto | Porcentaje |
Riesgos para transeúntes y animales de compañía | 33 % |
Riesgos para los vehículos | 1 % |
Daño a los bienes de las personas por impacto de objetos que salen despedidos durante la actividad | 18 % |
Obstrucción a la movilidad de las personas | 13 % |
Obstrucción a la movilidad vehicular | 4 % |
Manejo inadecuado de equipos y herramientas | 7 % |
No hay ningún riesgo asociado a la actividad | 19 % |
Otro | 5 % |
Fuente: Equipo PGIRS (2020)
A pesar de que el 81 % de los encuestados consideran que el desarrollo del corte de césped y poda de árboles generan algunos riesgos, es importante señalar que siete de cada diez personas afirmaron que, esta actividad se realiza de forma segura y adecuada.
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Gráfica 4. Conocimiento de la programación de la actividad de corte de césped y poda de árboles
4,70%
95,30%
SI NO
Fuente: Equipo PGIRS (2020)
Gráfica 5. Conocimiento de los medios de divulgación para la programación de la actividad
1,90%
98,10%
SI NO
Fuente: Equipo PGIRS (2020)
40
Gráfica 6. Presencia de valla informativa durante la actividad de corte de césped y poda de árboles
19,60
%
80,40
%
SI NO
Fuente: Equipo PGIRS (2020).
Gráfica 7. ¿Sabe usted dónde llamar para solicitar la poda de árboles en vías y áreas públicas?
13,10%
86,90%
SI NO
Fuente: Equipo PGIRS (2020)
41
Gráfica 8. Cobro del corte de césped y poda de árboles en la factura de servicios
39,30%
60,70%
SI NO
Fuente: Equipo PGIRS (2020)
Las respuestas del instrumento aplicado permitieron observar un desconocimiento de la comunidad sobre la actividad de la siguiente manera:
• El 81,30 % de los encuestados no reconoce el nombre de la empresa que realiza la actividad de corte de césped y poda de árboles en el marco del servicio de aseo.
• El 95,30 % de los encuestados no tiene conocimiento sobre la programación de la actividad.
• El 98,10 % de las personas encuestadas desconoce los medios empleados por el Prestador del servicio, para divulgar la programación (horarios y frecuencias) de la actividad de corte de césped y poda de árboles.
• El 86,90 % de los encuestados no sabe a dónde llamar para solicitar la poda de un árbol.
42
• El 60,70 % de los encuestados no sabe que la actividad de corte de césped y poda de árboles se cobra en la factura de servicios por concepto del servicio público de aseo.
Los resultados del sondeo muestran que nueve de cada diez personas manifestaron tener desconocimiento sobre las programaciones y los medios de divulgación de información del Prestador, lo que puede indicar la existencia de problemas en los canales de comunicación y en los procesos de gestión social en lo concerniente con la actividad del corte de césped y poda de árboles.
1.4.2. Parámetros de línea base
En la Tabla 9 se presenta un listado establecido en la Resolución 754 de 2014, con la consolidación de parámetros de línea base del programa de corte de césped y poda de árboles, la información presentada tiene como fecha xx xxxxx diciembre de 2019.
Tabla 9. Parámetros de línea base
Parámetro | Unidades | Resultado |
Catastro de árboles ubicados en vías y áreas públicas urbanas que deben ser objeto de poda, según rangos de altura: Tipo 1: Hasta 5 m Tipo 2: 5,01 a 15 m Tipo 3: 15,01 a 20 m Tipo 4: > 20 m | Número por tipo. | Total: 89.013 árboles [1]. No se tiene información discriminada por alturas. |
Catastro de áreas públicas urbanas objeto de corte de césped | m2 | Área de 10.220.653 m2 [1]. |
43
Parámetro | Unidades | Resultado |
Cantidad mensual de residuos generados en las actividades de corte de césped y poda de árboles | Ton/mes | Corte de césped = 97,15 Ton/mes Poda árboles = 130,24 Ton/mes Total = 227 Ton/mes [1]. |
Aprovechamiento de residuos de corte de césped y poda de árboles en el último año: | % | Aprovechamiento poda de árboles 2019 = 100 % Aprovechamiento corte de césped 2019 = 0 % [1]. Aprovechamiento total = 57,37 % |
Tipo de aprovechamiento de residuos de corte de césped y poda de árboles | Compostaje, lombricultura, etc. | Poda de árboles: chipeado para ornato, mejoramiento de suelos y compostaje [2]. |
Sitio empleado para el aprovechamiento de residuos de corte de césped y poda de árboles | Nombre y ubicación | Reforestadora El Líbano, Andes Antioquia, para el año 2019 [2]. |
Sitio empleado para la disposición final de residuos de corte de césped y poda de árboles | Nombre y ubicación | En el año 2019 los residuos de corte de césped se llevaron al relleno sanitario La Pradera [1]. |
Prestación de la actividad | Persona prestadora del servicio | Empresas Varias de Medellín S.A E.S.P. |
Frecuencia de corte de césped | veces/semana | Según Decreto 1077 de 2015, la actividad debe realizarse cuando el césped supere 10 centímetros de altura. La periodicidad depende de la altura del césped y las condiciones climáticas) [2]. |
Frecuencia de poda de árboles | veces/semana | La frecuencia de la actividad de poda de árboles se realiza de acuerdo al diagnóstico realizado sobre los individuos arbóreos, derivado del histórico de todas las intervenciones ejecutadas por Emvarias S.A. E.S.P. en el marco de la prestación del servicio público de aseo desde el año 2016, además de las solicitudes que la comunidad y las entidades adscritas al Municipio realizan y las aprobaciones de la autoridad ambiental (Área Metropolitana xxx Xxxxx de Aburrá); de acuerdo con el protocolo de la |
44
Parámetro | Unidades | Resultado |
Resolución 0046 del 2019, que aprueba el Plan de Manejo del Componente Arbóreo (PMCA) por parte del prestador del servicio público de aseo. [2]. |
Dónde: [1] Información suministrada por Emvarias S.A. E.S.P para la línea base del PGIRS. [2] Emvarias S.A. E.S.P. (2020).
1.4.3. Contexto social
En el contexto social del componente de corte de césped y poda de árboles se presenta la caracterización de los actores que se encuentran involucrados en su implementación, lo cual implica su identificación en torno al rol y responsabilidades que asumen respecto a la gestión integral de los residuos sólidos (GIRS) y el análisis de las interacciones que se dan entre estos actores. Igualmente, se hace la descripción del entorno social de implementación del componente, la identificación de los procesos, programas y proyectos que buscan hacer partícipe a la ciudadanía en la GIRS, y la descripción de los problemas de naturaleza social que se presentan y que generan gestión inadecuada de residuos sólidos.
Caracterización de los actores
Caracterizar los actores que intervienen en la implementación del componente corte de césped y poda de árboles en vías y áreas públicas, se considera el punto xx xxxxxxx para realizar el análisis del contexto social. A continuación, se presentan dos aspectos claves que soportarán este análisis: el primero corresponde a la identificación de los actores que por su relevancia técnica, institucional y social se encuentran involucrados en el programa y el segundo a la descripción de la red de
relaciones que se presenta en el marco de la implementación. Identificar los actores involucrados
45
y cómo se relacionan, permite realizar una lectura de los aspectos que intervienen en la interacción, y vislumbrar aquellos factores que deben ser adaptados y/o incorporados en aras al fortalecimiento de sus relaciones.
1.4.3.1.1. Identificación de los actores
46
Figura 1. Actores que participan en el componente corte de césped y poda de árboles
Fuente: Equipo PGIRS (2020)
47
Para el análisis sobre el rol de los actores involucrados en la implementación del componente corte de césped y poda de árboles y la Gestión Integral de los Residuos Sólidos (GIRS), se parte de establecer cuál es el lugar y la actitud que deben asumir los individuos y las organizaciones en el marco de la participación en procesos sociales de desarrollo; por lo tanto, se trata de identificar la función que desempeñan en la GIRS y su importancia en la implementación del componente.
48
Tabla 10. Mapa de actores del componente corte de césped y poda de árboles.
Actor | Tipo de actor | Función | Rol normativo | Rol social | Responsabilidades a partir de la normativa | Responsabilidades sociales |
Ente territorial | Secretaría de Medio Ambiente | Institucional | "Definir e implementar políticas ambientales, así como la planeación, diseño, coordinación, ejecución y evaluación de estrategias relacionadas con la conservación, recuperación y protección de los recursos naturales renovables y su sostenibilidad ambiental (...)" (Decreto 0883 de 2015) | Seguimiento y control a los prestadores del servicio público de aseo que llevan a cabo las labores de corte de césped y poda de árboles, velando por que en su desarrollo no se generen afectaciones sobre el medio ambiente; esto implica la administración del Sistema de Árbol Urbano – SAU y la capacitación a los actores involucrados sobre el ingreso de información en dicho sistema. | Determinar la política, ordenamiento, manejo y gestión de los recursos naturales y del medio ambiente. Procurar el manejo adecuado de los recursos naturales para la preservación y restauración del equilibrio ecológico, y la protección del medio ambiente de la ciudad. Elaborar manual de silvicultura urbana en conjunto con el Jardín Botánico Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx y divulgarlo (Decreto 2119 de 2011). | Elaborar de manera conjunta con la autoridad ambiental, los planes, programas y proyectos necesarios para la conservación de los recursos naturales renovables y el mejoramiento de las condiciones ambientales. Participar activamente en la formulación del PGIRS y la realización de actividades de seguimiento. |
Ente territorial | Secretaría de Infraestructura Física | Institucional | "Formular, ejecutar y evaluar las políticas de infraestructura física de uso público, así como realizar la gestión del diseño, construcción, el mejoramiento, el mantenimiento y la conservación de la | Articularse con otras dependencias del Municipio y otras instituciones públicas y privadas, buscando la preservación el medio ambiente natural y un desarrollo sostenible en la ciudad de Medellín. | Realizar caracterización y levantamiento de las zonas verdes susceptibles de corte de césped en el marco del servicio público de aseo, suministrando ese catastro al Prestador del servicio. Construcción de un reglamento técnico para el | Garantizar mediante la caracterización y levantamiento de las zonas verdes susceptibles xx xxxxx, la realización del inventario de los individuos arbóreos. |
49
Actor | Tipo de actor | Función | Rol normativo | Rol social | Responsabilidades a partir de la normativa | Responsabilidades sociales |
infraestructura física de uso público que demande el progreso del municipio de Medellín, propendiendo por la protección del ambiente y el desarrollo sostenible (Decreto 0883 de 2015). | desarrollo de las actividades de corte de césped y poda de árboles Establecimiento de los alcances de otras dependencias de la municipalidad involucradas en la gestión de los residuos de corte de césped y poda de árboles. (Decreto 1077 de 2015). | |||||
Autoridad Ambiental | Área Metropolitana xxx Xxxxx de Aburrá | Regulación y control | .co/) | Liderar el desarrollo sostenible xxx Xxxxx de Aburrá, promoviendo la articulación de entidades públicas, privadas y la ciudadanía en pro del cuidado y preservación del ambiente, además intervenir como autoridad ambiental controlando y regulando aquellas actividades que pueden generar afectaciones al medio ambiente. | Programar y coordinar el desarrollo armónico, integrado y sustentable de los municipios que la conforman; Autoridad ambiental con responsabilidad en el cuidado, protección, gestión, vigilancia y el control ambiental y gestión del riesgo. (Ordenanza Departamental N.º 34 de noviembre 27 de 1980) | Participar de forma activa en la formulación y ejecución de los proyectos contemplados en el PGIRS. Controlar las podas excesivas de los árboles, para evitar el deterioro de los individuos arbóreos Realizar control y vigilancia a la actividad de poda realizada por el Prestador del servicio público de aseo. |
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Actor | Tipo de actor | Función | Rol normativo | Rol social | Responsabilidades a partir de la normativa | Responsabilidades sociales |
Persona prestadora del servicio público de aseo | Empresas públicas prestadoras | Prestación del servicio público | Encargada de una o varias actividades de la prestación del servicio público de aseo (Decreto 2981 de 2013). De acuerdo con la Ley 142 de 1994, la Ley 689 de 2001 y demás normativa reglamentaria, el servicio público de aseo se define como "El servicio de recolección municipal de residuos principalmente sólidos. También se aplicará esta Ley a las actividades complementarias de transporte, tratamiento, aprovechamiento y disposición final de tales residuos". Por lo anterior, resulta importante aclarar que se cuenta con dos tipos de prestadores del servicio público de aseo en función del tipo de residuos que gestionan, pues unas trabajan con residuos aprovechables (reciclables) y otras con no aprovechables". | Prestar un servicio de aseo de calidad, ajustado a la normatividad y los lineamientos técnicos y ambientalmente responsables. | Asegurar que el servicio se preste en forma continua y eficiente y sin abuso de la posición dominante que la entidad pueda tener frente al usuario o a terceros. Facilitar a los usuarios de menores ingresos, el acceso a los subsidios que otorguen las autoridades, entre otros. (Artículo 11, Ley 142 de 1994). Realizar las labores de corte de césped y poda de árboles de forma tal que no se produzcan accidentes con las personas, bienes privados o públicos, durante el ejercicio de la labor. | Capacitar a los operarios para la adecuada realización del trabajo. Disponer los elementos técnicos para llevar a cabo un servicio de calidad. Asegurar el aprovechamiento de residuos sólidos vegetales provenientes de la actividad. (Emvarias S.A. E.S.P., 2020). |
51
Actor | Tipo de actor | Función | Rol normativo | Rol social | Responsabilidades a partir de la normativa | Responsabilidades sociales |
Gestor | Gestores de residuos orgánicos aprovechables | Aprovechamiento de residuos orgánicos | Personas naturales o jurídicas que tienen por objeto la recolección y aprovechamiento de residuos orgánicos. Estos actores fomentan el aprovechamiento de residuos orgánicos en el contexto de la GIRS, pero por fuera del marco de la prestación del servicio público de aseo. | Aportar en la disminución de los residuos orgánicos que se disponen en los rellenos sanitarios y brindar alternativas de aprovechamiento de residuos orgánicos en el marco de la GIRS. | Cumplir con lo definido por el POT respecto de usos del suelo. Certificaciones ICA en caso de fabricación de fertilizantes. Cumplimiento como empresa con la normativa ambiental. | Ofrecer las alternativas técnicas y económicas más favorables desde criterios ambientales y sociales, para la gestión adecuada de residuos orgánicos. |
Ciudadano usuario del servicio | Suscriptores no residenciales | Generador de residuos | "...Persona natural o jurídica que produce residuos sólidos derivados de la actividad comercial, industrial y los oficiales que se benefician con la prestación del servicio público de aseo (...). Hacen parte de los usuarios no residenciales "...los suscriptores y/o usuarios (...) que generan y presentan para la recolección residuos sólidos en volumen igual o superior a un metro cúbico | Gestionar de forma adecuada los residuos generados por la actividad de jardinería que realizan en sus instalaciones, favoreciendo el aprovechamiento de estos residuos orgánicos, reduciendo así la cantidad de estos, que son dispuestos en el relleno sanitario. | Gestionar los residuos generados en el marco de la Política Nacional Para la Gestión Integral de Residuos Sólidos, el Decreto 2981 de 2013 y demás normativa aplicable a la gestión integral de residuos sólidos. En el marco de la normativa nacional, los residuos xx xxxxx y poda deben ser gestionados adecuadamente. | Realizar el corte de césped y la poda de árboles en sus antejardines y jardines internos. Gestionar de forma adecuada los residuos generados en actividades de corte de césped y poda de árboles |
52
Actor | Tipo de actor | Función | Rol normativo | Rol social | Responsabilidades a partir de la normativa | Responsabilidades sociales |
mensual". (Decreto 2981 de 2013) | ||||||
Ciudadano usuario del servicio | Suscriptores multiusuarios | Generador de residuos | Todos aquellos suscriptores agrupados en unidades inmobiliarias, centros habitacionales, entre otros, que están bajo el régimen de propiedad horizontal vigente o concentrados en centros comerciales o similares, que se caracterizan porque presentan en forma conjunta sus residuos sólidos al prestador del servicio de aseo (Decreto 2981 de 2013) | Gestionar de forma adecuada los residuos generados por la actividad de jardinería que realizan en sus instalaciones, favoreciendo el aprovechamiento de estos residuos orgánicos, reduciendo así la cantidad de estos que son dispuestos en el relleno sanitario. | Gestionar los residuos generados en el marco de la Política Nacional Para la Gestión Integral de Residuos Sólidos, el Decreto 2981 de 2013 y demás normativa aplicable a la gestión integral de residuos sólidos. En el marco de la normativa nacional, los residuos xx xxxxx deben ser gestionados adecuadamente. | Realizar el corte de césped y la poda de árboles en sus antejardines y jardines internos. Gestionar de forma adecuada los residuos generados en actividades de corte de césped y poda de árboles. |
Ciudadano usuario del servicio | No suscriptor | Generador de residuos | No se identifica un rol normativo para este actor. | Apropiarse y generar un sentido de pertenencia con las zonas que son susceptibles de la actividad, vigilando que durante su desarrollo no se generen afectaciones y malas prácticas silviculturales | Los residuos de corte de césped y poda de árboles ubicados en vías y áreas públicas serán considerados ordinarios para efectos tarifarios (Decreto 2981 de 2013). Los ciudadanos aportan a la ejecución de la actividad mediante el pago de la factura de servicios públicos | Solicitar del servicio a través de diferentes medios, como la “… Línea Amiga del Aseo, medios virtuales y ferias de servicios…” (PGIRS, 2015). Preservar las zonas verdes evitando la disposición inadecuada de residuos. |
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Actor | Tipo de actor | Función | Rol normativo | Rol social | Responsabilidades a partir de la normativa | Responsabilidades sociales |
(Resolución CRA 720 de 2015, artículo 15). |
Fuente: Equipo PGIRS (2020)
54
1.4.3.1.2. Relacionamiento entre actores
Para analizar el vínculo existente entre los actores identificados, el punto xx xxxxxxx es comprender que su relacionamiento presenta flujos y contraflujos que les permiten el intercambio de información, asistencia técnica, recursos, cooperación, etc.; en este sentido, el análisis del relacionamiento se llevó a cabo considerando las siguientes variables:
• Naturaleza de la Relación
Se analizará bajo los parámetros de:
o Simétrica; se define en las relaciones donde los actores mantienen su situación de igualdad.
o Asimétrica; aplica para las relaciones que están marcadas por una relación de poder, en la
que un actor se encuentra sobre los otros por contar con mayores recursos técnicos, operativos, logísticos, económicos; lo cual determina que sea una relación vertical.
o Cooperación; identifica las relaciones donde se suman esfuerzo entre los actores para
alcanzar un objetivo común, del cual todos obtienen un beneficio.
o Competencia: describe las relaciones donde los actores tienen una actividad u objetivo
común, pero no aúnan esfuerzos por lograrlos.
• Intensidad de la Relación
Esta variable define si la relación es fuerte o débil.
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• Objeto de la Relación
Esta variable considera el rol y las responsabilidades de cada actor, lo que permite establecer si el relacionamiento está dado por:
o Cooperación (técnica y/o financiera) para ejecutar el componente
o Articulación operativa para ejecutar el componente
o Intercambio de información necesaria para implementar el componente
o Orientación y/o regulación respecto a la implementación del componente
o Existencia de un vínculo, pero no hay claridad en el objeto de la relación
De acuerdo con lo anterior, la descripción de las relaciones entre los actores identificados considerará el lugar que ocupe cada uno en la red de relaciones, el vínculo existente con otros actores, y las características de este vínculo. En la Tabla 11, se presenta la sintesis de la red de relaciones del componente corte de césped y poda de árboles, en la que se identifica cada actor, con quién se relaciona, cuál es la naturaleza de la relación y qué intensidad la caracteriza. En la Figura 2 se presentan las relaciones entre los actores.
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Tabla 11. Identificación de relaciones entre los actores del componente corte de césped y poda de árboles
Tipo de actor | Naturaleza de la relación | Con quién se relaciona | Intensidad de la relación |
Secretaría de Medio Ambiente | Cooperación | Secretaría de Infraestructura Física | Fuerte |
Secretaría de Medio Ambiente | Cooperación | Área Metropolitana xxx Xxxxx de Aburrá | Fuerte |
Secretaría de Medio Ambiente | Cooperación | Empresas públicas prestadoras | Fuerte |
Secretaría de Medio Ambiente | Cooperación | Gestores de residuos orgánicos aprovechables | Fuerte |
Área Metropolitana xxx Xxxxx de Aburrá | Cooperación | Secretaría de Medio Ambiente | Fuerte |
Secretaría de Infraestructura Física | Cooperación | Secretaría de Medio Ambiente | Fuerte |
Empresas públicas prestadoras | Cooperación | Secretaría de Medio Ambiente | Fuerte |
Empresas públicas prestadoras | Cooperación | Gestores de residuos orgánicos aprovechables | Fuerte |
Empresas públicas prestadoras | Cooperación | Suscriptores y no suscriptores | Débil |
Gestores de residuos orgánicos aprovechables | Cooperación | Empresas públicas prestadoras | Fuerte |
Gestores de residuos orgánicos aprovechables | Cooperación | Secretaría de Medio Ambiente | Fuerte |
Gestores de residuos orgánicos aprovechables | Cooperación | Suscriptores y no suscriptores | Débil |
Suscriptores y no suscriptores | Cooperación | Secretaría de Medio Ambiente | Débil |
Suscriptores y no suscriptores | Cooperación | Empresas públicas prestadoras | Débil |
Suscriptores no residenciales | N/I | N/I | N/I |
Suscriptores multiusuarios | N/I | N/I | N/I |
Fuente: Equipo PGIRS (2020)
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Figura 2. Mapa de Relaciones componente corte de césped y poda de árboles
Fuente: Equipo PGIRS (2020)
De acuerdo con lo que se observa en la Figura 2, se evidencia que los principales actores en esta red son la Secretaría de Medio Ambiente, las empresas prestadoras del servicio de aseo, y los gestores de residuos orgánicos aprovechables; su relevancia en la red de relaciones es coherente
58
con el rol y las responsabilidades de dichos actores en función de la implementación del componente. A continuación, se define el objeto de las relaciones entre los actores identificados.
• Se destaca que, la relación de la Secretaría de Medio Ambiente con las empresas públicas prestadoras está centrada en la orientación y/o regulación respecto a la implementación del componente; además, de buscar que se garantice la prestación del servicio, siguiendo los parámetros técnicos, ambientalmente responsables, y ajustados a la normatividad vigente.
• La relación entre la Secretaría de Medio Ambiente, la Secretaría de Infraestructura Física y el Área Metropolitana xxx Xxxxx de Aburrá tiene por objeto la articulación operativa y el intercambio de información necesaria para implementar el componente; lo cual implica, la construcción articulada de parámetros y orientaciones técnicas para la adecuada implementación de las acciones que este implica.
• Entre la empresa Prestadora del servicio de aseo y los gestores de residuos orgánicos aprovechables existe una relación de cooperación orientada al aprovechamiento de los residuos generados por la actividad de corte de césped y poda de árboles.
• La persona prestadora del servicio público debe propender por el fortalecimiento de la relación con la comunidad en la ejecución de la actividad de corte de césped y poda de árboles de vías y áreas públicas, como parte de la gestión social que debe llevarse a cabo para la adecuada implementación del componente.
59
• Se debe fortalecer la relación entre los gestores de residuos orgánicos aprovechables y los usuarios generadores de residuos de jardinería, como los multiusuarios y usuarios no residenciales, para reducir los residuos sólidos que se llevan a disposición final y para favorecer iniciativas de aprovechamiento de residuos.
Entorno social de los actores
El componente corte de césped y poda de árboles, implica el mantenimiento de “aquellas áreas verdes públicas del municipio tales como: separadores viales o peatonales, glorietas, rotondas, orejas o similares y parques públicos sin restricciones de acceso” (Alcaldía de Medellín, 2015), en algunas de las cuales, se encuentran constantemente residuos sólidos arrojados por la comunidad, que genera dificultades para el aprovechamiento del material producido principalmente por la actividad de corte de césped, tal como la manifiesta Emvarias S.A. E.S.P., en la “Actualización del esquema de aprovechamiento de residuos sólidos vegetales provenientes de los servicios públicos de corte de césped y poda de árboles en el Municipio de Medellín”, donde refiere que:
“Los residuos que se recogen están mezclados con otro tipo de residuos sólidos, entendiendo la naturaleza y operación de aseo que se desarrolla en la ciudad. Para ello se hace limpieza previa antes xxx xxxxx con guadaña, pero diversos materiales estarán asociados al pasto…” (Emvarias S.A. E.S.P., 2020).
Respecto a la actividad de poda de árboles, es importante fortalecer el relacionamiento con la comunidad, para lograr que los usuarios reconozcan cuál es la empresa que presta el servicio, se
60
conozca la programación, se identifiquen claramente los medios de difusión empleados por el Prestador del servicio público de aseo y se reconozca el canal de atención de esta Entidad para recibir solicitudes de poda de árboles. En este sentido, la implementación de estrategias asertivas permitirá trascender las acciones informativas y establecer un relacionamiento cercano entre el Prestador del servicio de aseo y la comunidad.
Finalmente, se ha establecido un entorno de articulación entre la Alcaldía y el Prestador del servicio público de aseo, para el desarrollo de la actividad de corte de césped y poda de árboles de vías y áreas públicas.
Participación ciudadana en la GIRS
En diferentes comunas y barrios de la ciudad se han llevado a cabo jornadas de información ambiental, desarrolladas por el Municipio de Medellín y el Prestador del servicio público de aseo, en las cuales se brindó información ambiental a usuarios residenciales y no residenciales sobre el manejo adecuado de los residuos sólidos. Sin embargo, no es posible establecer si durante estas jornadas se trabajaron temas específicos sobre la gestión integral de residuos procedentes del mantenimiento privado de sus antejardines y jardines interiores, así como tampoco se conoce sobre el desarrollo de temas específicos con la comunidad sobre la ejecución de la actividad de corte de césped y poda de árboles de vías y áreas públicas. No obstante, se debe reiterar que, la institucionalidad, las empresas prestadoras del servicio de aseo y los gestores de residuos orgánicos
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aprovechables, deben generar estrategias educativas dirigidas a la comunidad y enfocadas en el aprovechamiento de los residuos y la GIRS.
Problemática identificada
Se reitera la necesidad de actualización de los catastros relacionados al corte de césped y poda de árboles de vías y áreas públicas, el compromiso establecido desde el PGIRS de Medellín 2015 para el aprovechamiento de los residuos generados por la actividad y la oportunidad de vincular la ciudadanía desde procesos de gestión social que permitan transcender las acciones informativas hacia acciones de sensibilización y educación.
1.4.4. Contexto en el marco de las TIC Herramientas tecnológicas identificadas
1.4.4.1.1. El sistema árbol urbano (SAU)
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Figura 3. Plataforma SAU
Fuente: Área Metropolitana xxx Xxxxx de Aburrá & Alcaldía de Medellín (2020)
El SAU cuenta con cinco perfiles de ingreso o tipos de usuario:
• Perfil de Ciudadano: corresponde al público general o ciudadanos que desean conocer información general de los individuos ingresados o disponibles en el sistema. Este perfil permite la consulta para conocer la hoja de vida de cada individuo, registros fotográficos y establecer solicitudes sobre árboles, direccionadas a la autoridad ambiental (Área Metropolitana xxx Xxxxx de Aburrá) y generar reportes de árboles e impresiones de mapas en formatos PDF.
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• Perfil de Contratista: hace referencia a los profesionales contratados para desarrollar los proyectos, este perfil le permite ingresar cada intervención generada en campo sobre los árboles urbanos, editar información y realizar correcciones.
• Perfil de Interventor: perfil diseñado para profesionales encargados de la interventoría de los proyectos, el cual les permite verificar uno a uno todas las intervenciones que realiza un contratista, aprobar o desaprobar la información, dando las observaciones pertinentes, exportarla a formato de Excel y generar reportes de árboles y del contrato en formato PDF. Cuando las intervenciones han sido aprobadas en la casilla estado de la intervención del aplicativo, aparecen como: visto bueno por el interventor y el símbolo en el mapa cambia a color amarillo.
• Perfil de Funcionario: este perfil está a cargo de la Secretaría de Medio Ambiente de Medellín, y permite verificar uno a uno los árboles e intervenciones aprobadas por el interventor, aprobar o desaprobar la información, dando las observaciones pertinentes, exportar en formato Excel toda la información ingresada por el contratista y revisada por el interventor y generar reportes de árboles y del contrato en formato PDF. Cuando las intervenciones han sido aprobadas en la casilla “estado de la intervención” del aplicativo aparecen como: visto bueno Municipio y el símbolo en el mapa cambia a color verde.
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• Perfil de Administrador: este perfil está a cargo de la Secretaría de Medio Ambiente de Medellín, y permite crear, modificar y eliminar usuarios y perfiles, asignar permisos a los usuarios o perfiles de acceso a las funcionalidades de consulta de herramientas y servicios, actualizar información de rol, perfil, nombre, editar información de árboles, eliminar individuos, expedir el certificado SAU.
Es el portal geográfico del Municipio de Medellín. En relación al programa de corte de césped y poda de árboles se encuentra:
• Información arbórea: sistema SAU
• Distritos: Delimitación de los diferentes distritos priorizados para los análisis paisajísticos y urbanísticos.
• Zonas verdes: Almacena la delimitación del inventario de zonas verdes al interior del polígono prioritario partiendo de la ortofotografía de 2016, producto del "Proyecto Piloto para la Conectividad Ecológica de los Corredores Verdes Urbanos del Municipio de Medellín. Fase I"
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El Sistema de Gestión Ambiental Municipal SIGAM es un esquema organizacional para el adecuado funcionamiento de la administración municipal, por medio de la ordenación, bajo una mirada sistémica, de los elementos y componentes de la organización municipal y de la gestión pública. Entre los comités temáticos del SIGAM se encuentra el comité de silvicultura urbana y paisajismo.
El Subsistema de Información Ambiental de Medellín SIAMED, es uno de los instrumentos administrativos y operativos del SIGAM de Medellín. La estructura del SIAMED garantizará la generación, producción, normalización, transmisión, análisis y uso de adecuado de la información ambiental pública y privada del Municipio de Medellín, en forma oportuna y veraz, para apoyar el proceso de toma de decisiones en los distintos niveles políticos y administrativos, así como el de mantener informada a la sociedad.
Todas aquellas dependencias municipales, entes descentralizados y entes de control que adelantan acciones encaminadas a la gestión ambiental o que inciden en ella y que capturan, almacenan, producen y administran información ambiental relevante, deberán suministrar la información producto de su hacer misional, estudios e investigaciones relacionadas con las actividades estadísticas, técnicas, jurídicas y financieras de contenido ambiental y otras aplicables, para mantener actualizado el SIAMED. Las etapas de diseño, implementación, seguimiento y
66
mantenimiento del SIAMED, estarán a cargo de la Secretaría de Medio Ambiente del Municipio de Medellín.
Cabe destacar que la plataforma SAU es la que más se ha integrado al subsistema SIAMED con relación a los indicadores:
• Plan Ambiental de Medellín
• Plan Indicativo.
• Plan Indicativo Aporte
• Indicador Árboles Medellín (desagregado por comunas)
1.4.4.1.4. Sistema Único de Información (SUI)
El Sistema Único de Información (SUI) es el sistema oficial del sector de servicios públicos domiciliarios de Colombia que recoge, almacena, procesa y publica información reportada por parte de las entidades territoriales y empresas prestadoras. Tiene como objetivo, estandarizar requerimientos de información y aportar datos que permita a las entidades del Gobierno evaluar la prestación de los servicios públicos.
Entre la información reportada al SUI por los prestadores, se encuentran las variables para el cálculo de los costos de limpieza urbana por suscriptor (CLUS) del servicio de aseo establecidos en la Resolución CRA 720 de 2015. El formato para subir la información se encuentra en la Resolución N° SSPD 20174000237705 del 05 de diciembre de 2017. Las variables asociadas al servicio de corte de césped y poda de árboles son: costo de poda de árboles, costo xx xxxxx de
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césped y metros cuadrados totales de césped cortado por el Prestador. En la Tabla 12 se muestran las herramientas tecnológicas identificadas.
Tabla 12. TIC del Programa de corte de césped y poda de árboles de de vías y áreas públicas
Herramienta tecnológica | Dirección |
SAU | |
GEOMEDELLÍN | |
SIGAM | |
SUI |
Fuente: Equipo PGIRS (2020)
El prestador del servicio Emvarias S.A. E.S.P., tiene un sistema de información en el cual se registran las actividades de poda de árboles en las vías y áreas públicas. Por tipo de árbol, altura del árbol, localidades y comunas, cantidad de árboles a podar en el año, frecuencia programada al año.
Diagnóstico de las TIC
En la plataforma del SAU se reportan todas las intervenciones realizadas a los árboles del municipio de Medellín, entre los actores que realizan el reporte se encuentra Emvarias S.A. E.S.P. empresa que realiza el corte de césped y poda de árboles en vías y áreas públicas. Esta Entidad realiza el reporte de las variables asociadas a este servicio al SUI. En la página del SIGAM, al
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igual que en GEOMEDELLÍN se encuentra un enlace al SAU. En GEOMEDELLÍN, Alcaldía de Medellín Open Data se puede descargar la información arbórea del municipio de Medellín contenida en el SAU.
Problemática identificada
La plataforma del SAU tiene una interfaz amigable para el usuario, se describe el contenido y se puede observar de manera interactiva la distribución de los árboles en el Área Metropolitana xxx Xxxxx de Aburrá, se presenta información de interés para la comunidad como la especie, estado del árbol, intervenciones, empresa encargada de la intervención, entre otros. Sin embargo, no se presenta información de los residuos asociados a las intervenciones, ni el manejo de estos. Por otro lado, en el SUI reportan información las empresas prestadoras del servicio público, pero estos no son los únicos que realizan poda de árboles, por lo que hay una cantidad importante de residuos generados que podría ser cuantificada si se incluye esta información al SAU.
La plataforma del SUI es poco amigable para el usuario, no es clara la ruta para acceder a la información y no se observa un enlace en el que se pueda presentar consolidada; para acceder a la información de interés se deben descargar cada uno de los reportes.
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1.5. DESCRIPCIÓN PROGRAMA
1.5.1. Lineamientos
Definiciones
Las definiciones presentadas a continuación, se tomaron del Decreto 2981 de 2013 (compiladas en el Decreto 1077 de 2015) y la Resolución de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) 720 de 2015.
• Área de prestación de servicio: Corresponde a la zona geográfica del municipio o distrito debidamente delimitada donde la persona prestadora ofrece y presta el servicio de aseo. Esta deberá consignarse en el Contrato de Condiciones Uniformes.
• Área pública: Es aquella destinada al uso, recreo o tránsito público, como parques, plazas, plazoletas y playas salvo aquellas con restricciones de acceso.
• Corte de césped: Es la actividad del servicio público de aseo que consiste en cortar el pasto
ubicado en áreas verdes públicas sin restricción de acceso, mediante el uso de equipos
manuales o mecánicos que incluye el bordeo y plateo. Comprende la recolección y transporte
del material obtenido hasta los sitios de aprovechamiento prioritariamente o de disposición
final.
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• Frecuencia del servicio: Es el número de veces en un periodo definido que se presta el servicio público de aseo en sus actividades de barrido, limpieza, recolección y transporte, corte de césped y poda de árboles.
• Generador o productor: Persona que produce y presenta sus residuos sólidos a la persona prestadora del servicio público de aseo para su recolección y por tanto es usuario del servicio público de aseo.
• Gestión integral de residuos sólidos: Es el conjunto de actividades encaminadas a reducir la generación de residuos, a realizar el aprovechamiento teniendo en cuenta sus características, volumen, procedencia, costos, tratamiento con fines de valorización energética, posibilidades de aprovechamiento y comercialización. También incluye el tratamiento y disposición final de los residuos no aprovechables.
• Macrorruta: Es la división geográfica de una ciudad, zona o área de prestación del servicio para la distribución de los recursos y equipos a fin de optimizar la actividad de recolección
de residuos, barrido y limpieza de vías y áreas públicas y/o corte de césped y poda de
árboles ubicados en las vías y áreas públicas.
• Microrruta: Es la descripción detallada a nivel de las calles y manzanas del trayecto de un
vehículo o cuadrilla, para la prestación del servicio público de recolección de residuos; de
barrido y limpieza de vías y áreas públicas; y/o corte de césped y poda de árboles ubicados
en las vías y áreas públicas, dentro de una frecuencia predeterminada.
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• Persona prestadora del servicio público de aseo: Es aquella encargada de una o varias actividades de la prestación del servicio público de aseo, en los términos del artículo 15 de la Ley 142 de 1994 y demás que la modifiquen o complementen.
• Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS): Es el instrumento de planeación municipal o regional que contiene un conjunto ordenado de objetivos, metas, programas, proyectos, actividades y recursos definidos por uno o más entes territoriales para el manejo de los residuos sólidos, basado en la política de gestión integral de los mismos, el cual se ejecutará durante un período determinado, basándose en un diagnóstico inicial, en su proyección hacia el futuro y en un plan financiero viable que permita garantizar el mejoramiento continuo del manejo de residuos y la prestación del servicio de aseo a nivel municipal o regional, evaluado a través de la medición de resultados. Corresponde a la entidad territorial la formulación, implementación, evaluación, seguimiento y control y
actualización del PGIRS.
• Poda de árboles: Es la actividad del servicio público de aseo que consiste en el corte de ramas de los árboles, ubicado en áreas públicas sin restricciones de acceso, mediante el uso de equipos manuales o mecánicos. Se incluye la recolección y transporte del material
obtenido hasta las estaciones de clasificación y aprovechamiento o disposición final.
• Presentación de los residuos sólidos: Es la actividad del usuario de colocar los residuos
sólidos debidamente almacenados, para la recolección por parte de la persona prestadora
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del servicio público de aseo. La presentación debe hacerse, en el lugar e infraestructura prevista para ello, bien sea en el área pública correspondiente o en el sitio de presentación conjunta en el caso de multiusuarios y grandes productores.
• Recolección y transporte de residuos aprovechables: Son las actividades que realiza la persona prestadora del servicio público de aseo consistente en recoger y transportar los residuos aprovechables hasta las estaciones de clasificación y aprovechamiento.
• Residuo sólido: Es cualquier objeto, material, sustancia o elemento principalmente sólido resultante del consumo o uso de un bien en actividades domésticas, industriales, comerciales, institucionales o de servicios, que el generador presenta para su recolección por parte de la persona prestadora del servicio público de aseo. Igualmente, se considera como residuo sólido, aquel proveniente del barrido y limpieza de áreas y vías públicas, corte de césped y poda de árboles.
• Los residuos provenientes de las actividades de barrido y limpieza de vías y áreas públicas, corte de césped y poda de árboles ubicados en vías y áreas públicas serán considerados como residuos ordinarios para efectos tarifarios.
• Residuo sólido aprovechable: Es cualquier material, objeto, sustancia o elemento sólido que no tiene valor de uso para quien lo genere, pero que es susceptible de aprovechamiento para su reincorporación a un proceso productivo.
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Lineamientos para el catastro de árboles ubicados en vía y áreas públicas que
deberán ser objeto de poda
• El Municipio de Medellín debe tener el catastro de árboles ubicados en vía y áreas públicas objeto de poda, actualizado a través del SAU. La competencia para actualizarlo es de la Secretaría de Medio Ambiente del Municipio de Medellín.
• Se deben incluir en el catastro todos los árboles ubicados en vía y áreas públicas tales como: separadores viales ubicados en vías de tránsito automotor o peatonal, glorietas, rotondas, orejas o asimilables, parques públicos sin restricción de acceso definidos en las normas de ordenamiento territorial, que se encuentren dentro del perímetro urbano.
• No se incluyen en el catastro los árboles ubicados en: zonas de seguridad definidas por el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE), zonas de manejo y preservación ambiental de quebradas, xxxx y canales, espacios públicos con restricción de acceso, espacios
verdes donde se adelanten obras de infraestructura física, zona verde protegida por la Resolución Área Metropolitana xxx Xxxxx de Aburrá 915 de 2017 (caña brava y otras especies),
árboles patrimoniales.
• Dado que el catastro de individuos arbóreos es dinámico y cambiante, pues se presentan siembras, árboles volcados y muertos, entre otras situaciones, se recomienda el fomento de la
comunicación entre el ente territorial y el Prestador del servicio, para lo cual el Municipio
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podrá emitir actos administrativos o también oficios, donde se enuncien los cambios del catastro de individuos arbóreos, con la especificidad de los nuevos árboles incorporados o aquellos retirados de dicho catastro. Es importante la articulación interinstitucional, para evitar desactualización del catastro de individuos arbóreos o la generación de quejas por árboles desatendidos.
Lineamientos para el catastro de áreas públicas objeto del corte de césped
• Todas las áreas objeto de corte de césped en el marco de la prestación del servicio público de aseo deben estar incluidas en el catastro. La competencia para actualizarlo es de la Secretaría de Infraestructura Física del Municipio de Medellín.
• Se debe incluir en el catastro las áreas verdes públicas del municipio, tales como: separadores
viales ubicados en vías de tránsito automotor o peatonal, glorietas, rotondas, orejas o asimilables, parques públicos sin restricción de acceso definidos en las normas de ordenamiento territorial, que se encuentren dentro del perímetro urbano. Se excluyen los
antejardines frente a los inmuebles el cual será responsabilidad de los propietarios de éstos.
• Dado que el catastro de áreas públicas objeto de corte de césped es cambiante por las dinámicas de crecimiento del municipio, se recomienda el fomento de la comunicación entre el ente
territorial y el Prestador del servicio, para lo cual el primero podrá emitir actos administrativos
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o también oficios, donde se enuncien los cambios del catastro, con la especificidad de las áreas nuevas que se le incorporan o retiran. Es importante la articulación interinstitucional, para evitar desactualización del catastro de áreas verdes públicas o la generación de quejas por áreas desatendidas.
Lineamientos para el corte de césped
• El desarrollo de las tareas de corte de césped se hará de forma programada, teniendo en cuenta que el área se debe intervenir cuando la altura del césped supere los diez (10) centímetros. En todo caso la altura mínima del césped una vez cortado no debe ser inferior a dos (2) centímetros.
• Esta actividad de corte de césped deberá realizarse en horario diurno para zonas residenciales.
Se exceptúan de esta obligación aquellas zonas que no puedan atenderse en horario diurno, por
las dificultades generadas por el tránsito peatonal o vehicular y cualquier otra zona que por sus características particulares no permita la realización de la actividad en el horario mencionado.
• Normas de seguridad para el operario en la actividad de corte de césped. En la ejecución de esta actividad la persona prestadora deberá brindar las medidas de seguridad para preservar la integridad física del operario durante la realización de la labor de corte de césped de acuerdo con las normas de seguridad industrial.
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• La persona prestadora del servicio público de aseo deberá capacitar a operarios sobre las especificaciones y condiciones técnicas de la actividad y las normas de seguridad industrial que deben aplicarse.
• La remuneración tarifaria del corte de césped estará de acuerdo con lo definido por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico y se calculará en función de los metros cuadrados de áreas verdes objeto xx xxxxx que se definan en el catastro de zonas verdes objeto de corte de césped, teniendo en cuenta las frecuencias de las intervenciones mensuales ya que el crecimiento de la grama depende de condiciones externas como el clima y la especie.
• Se debe utilizar el equipo adecuado para la labor, que esté en buenas condiciones, como guadañas, guadañadora o equipo especializado. En ninguna circunstancia se hará con peinilla, rula o machete, por los riesgos que puede ocasionar el uso de estos implementos y por la baja calidad final del trabajo. Durante el uso de la guadaña es necesario tener precaución de no generar heridas en la base de los árboles porque conlleva a anillarlos y puede originar
enfermedades en los individuos arbóreos. El prestador de la actividad deberá capacitar al personal que realiza este trabajo, garantizando las condiciones técnicas adecuadas, el cumplimiento de normas de seguridad y salud en el trabajo, además de prevenir daños en los árboles durante la realización de la actividad.
• La programación del corte de césped debe realizarse quincenalmente, con base en los lotes aprobados por el Municipio de Medellín (Secretaría de Infraestructura Física). Las frecuencias
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de realización dependerán de la especie de la grama, velocidad de crecimiento y las condiciones climáticas.
• Durante la ejecución del corte de césped se debe garantizar que en las zonas a intervenir no hay presencia de ninguna especie de fauna xxxxxxxxx, en caso de que se encuentre esta situación, debe ser informada a la supervisión para hacer los trámites respectivos de visita y apoyo de profesional experto en el tema para el ahuyentamiento, aislamiento o traslado de la especie.
• Durante la ejecución se debe delimitar el área a intervenir, realizar divulgación con valla informativa, limpieza previa, bordeo, plateo y al terminar la actividad se deben recolectar los residuos y ser transportados hasta los sitios de aprovechamiento o disposición final.
• La recolección y transporte de los residuos sólidos originados por la actividad de corte de césped en áreas públicas, deberá realizarse por la persona prestadora del servicio público de aseo.
• La programación final será publicada semanalmente en la página Web de Emvarias S.A. E.S.P.
• Con el objeto de garantizar la actividad de corte de césped ante situaciones como restricciones temporales por adecuaciones municipales que restringen el acceso a los espacios, parques en construcción, cambio de cobertura entre césped y jardinería, área publicas restringidas por terceros y áreas reportadas con quejas y solicitudes del servicio que llegan directamente al Prestador y no al Municipio, se deberá fomentar la comunicación y articulación entre estos, para lo cual el primero podrá emitir actos administrativos o también oficios, donde se enuncie
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el lote o micro ruta que se debe suspender temporalmente. Es importante la articulación interinstitucional, para evitar desactualización del catastro de zonas verdes o la generación de quejas por la altura de la grama no atendida en el marco del servicio público de aseo.
Lineamientos para la poda de árboles
• Todas las intervenciones de poda deben ser ingresadas a la plataforma SAU, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Municipal 2119 de 2011, mientras esté vigente o según la norma que sustituya, modifique o derogue.
• La frecuencia de la actividad de poda de árboles se realiza de acuerdo con el diagnóstico realizado sobre los individuos arbóreos, derivado del histórico de todas las intervenciones ejecutadas por el Prestador de la actividad, y de las solicitudes que la comunidad realiza en los diferentes canales de atención dispuestos por dicha Entidad.
Información: Se informará a la comunidad en general sobre la prestación del servicio, sus características, la normativa que lo rige, el alcance y la manera de solicitarlo, como en el caso de la poda de árboles. Esto se realizará a través de diferentes medios, como líneas telefónicas, medios virtuales y ferias de servicios. Adicionalmente, el Prestador del servicio deberá orientar y brindar información a los usuarios, para aclarar dudas sobre la actividad de corte de césped y poda de árboles.
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• Diagnóstico: En el marco de la aprobación del plan de manejo del componente arboreo por parte de la autoridad ambiental, el diagnóstico contempla la visita a los individuos arbóreos con posible necesidad de poda, para evaluar sus condiciones, a partir del histórico de todas
las intervenciones realizadas y se debe tener clara la necesidad de intervención, incluyendo los requerimientos de la autoridad ambiental y las solicitudes de poda de árboles de la comunidad. La persona encargada de realizar los diagnósticos técnicos debe ser tecnólogo forestal o de una disciplina afín.
• Ejecución: La poda de árboles debe ejecutarse con las fichas técnicas aprobadas y en virtud de una planeación que permita dar eficiencia al recurso y calidad en el servicio. Se debe utilizar el equipo adecuado para la actividad, que esté en buenas condiciones y que garantice un buen trato a cada individuo intervenido, de acuerdo con lo definido por la ficha técnica aprobada. Bajo ningún motivo podrá realizarse poda tipo “topping” o eliminar más del 30 % del volumen de la copa (excepto en casos de emergencia).
• Se debe realizar verificación de presencia de fauna xxxxxxxxx. Esta es la primera labor que se debe realizar para garantizar que el árbol no tenga presencia de ninguna especie de fauna xxxxxxxxx, en caso de tenerlo se debe informar a la supervisión para hacer los trámites respectivos de visita y apoyo de profesional experto en el tema para el ahuyentamiento, aislamiento o traslado de la especie.
• Se debe delimitar el área a intervenir, realizar la divulgación a través de valla informativa, limpieza previa, plateo y recolección de residuos.
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• El Prestador de este servicio deberá recoger los residuos generados a más tardar ocho (8) horas después de haberse ejecutado la actividad. Los residuos generados deberán ser aprovechados mediante la alternativa seleccionada por la entidad responsable de prestar el servicio.
• A continuación, se presentan las recomendaciones de intervención según los rangos de altura de los individuos arbóreos a los que se realizará la poda:
o Entre 2 y 5 m. Estos arbustos requerirán de plateo con un radio de 0.3 metros y se les realizará la poda sobre las ramas con protuberancias y tallos de su follaje que pueden afectar e inferir con la normal movilización y con su aspecto paisajístico. La actividad se
ejecutará manualmente con tijeras y mecánicamente con motosierra igualmente se requerirá de escaleras que cumplan con las normas de seguridad industrial, se evitará dejar heridas en los individuos arbóreos que les pueda ocasionar posteriores enfermedades.
o Entre 5 y 10 m. Estos árboles no requerirán de plateo, las labores a realizar serán las de poda y mantenimiento sobre las ramas con protuberancias y tallos de su follaje que pueden
afectar e inferir con la normal prestación de servicios públicos aéreos como líneas telefónicas, energización y otros símiles y de su aspecto paisajístico. La actividad se ejecutará mecánicamente con moto sierras y técnicas forestales para evitar la caída libre de las podas. Igualmente se requerirá de escaleras que cumplan con las normas de seguridad industrial, se evitará dejar heridas que puedan ocasionar posteriores enfermedades a los individuos arbóreos.
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o Entre 10 y 15 m. Estos árboles no requerirán de plateo, las labores a realizar serán las de poda y mantenimiento sobre las ramas con protuberancias y tallos de su follaje que pueden afectar e interferir con la seguridad pública, de acuerdo con el plan de manejo ambiental para esta actividad y de su aspecto paisajístico. La actividad se ejecutará mecánicamente
con moto sierras y técnicas forestales para evitar la caída libre de las podas, igualmente se requerirá de un carro canasta que cumpla con las normas de seguridad industrial, se evitará dejar heridas en los árboles que les pueda ocasionar posteriores enfermedades.
o Entre 15 y 20 m. Estos árboles no requerirán de plateo, las labores a realizar serán las de poda y mantenimiento sobre las ramas con protuberancias y tallos de su follaje que pueden afectar e interferir con la seguridad pública, de acuerdo con el plan de manejo ambiental para esta actividad y de su aspecto paisajístico. La actividad se ejecutará mecánicamente
con moto sierras y técnicas forestales para evitar la caída libre de las podas, igualmente se requerirá de un carro canasta que cumplan con las normas de seguridad industrial, se evitará
dejar heridas que les pueda ocasionar posteriores enfermedades.
o Mayor de 20 m. Estos árboles requerirán de labores para su conservación, y preservación, de acuerdo con el plan de manejo ambiental para esta actividad y de su aspecto paisajístico. La actividad se ejecutará mecánicamente con motosierras y técnicas forestales únicamente cuando se origine un riesgo potencial de afectación del sector público o privado. Igualmente
se requerirá de un carro canasta que cumpla con las normas de seguridad industrial, se evitará dejar heridas que les pueda ocasionar posteriores enfermedades.
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o En vías con alto flujo de tráfico vehicular y peatonal se requiere que esta actividad se divida en dos tareas: la primera, xx xxxxx de podas y concentración en puntos específicos del material sólido y la segunda, de recolección y transporte de los residuos donde no afecte el tráfico vial y peatonal.
• La evaluación de cada una de las actividades desarrolladas se realizará a través de indicadores de gestión, los cuales pueden ser desarrollados con el sistema de gestión del Prestador del servicio. No obstante, una de las herramientas fundamentales de interacción con los usuarios es la cantidad de peticiones, quejas, recursos y solicitudes recibidas con respecto a este componente, con la finalidad de retroalimentar y establecer acciones de mejora.
• La remuneración tarifaria de la poda de árboles estará de acuerdo con lo definido por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico.
• Se deben implementar los procedimientos que se describen a continuación, con la finalidad de
evitar afectaciones por derrames accidentales de combustible durante el corte de césped y la poda de árboles, así como la generación de residuos peligrosos provenientes de las actividades de mantenimiento rutinario y preventivo de la maquinaria y del almacenamiento y aprovisionamiento de combustible: Procedimiento para el aprovisionamiento de combustible en la zona, procedimiento para el manejo de residuos peligrosos generados en la zona, capacitación al personal para el manejo de sustancias químicas y atención de derrames, soportes para los bidones diseñados para evitar el volteo de los mismos, mecanismos de
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transvase que disminuyen la probabilidad de goteos y derrames, procedimiento operativo normalizado para atención de derrames en zona, material oleofílico para la atención de derrames y disposición de residuos peligrosos con gestores autorizados para la gestión de estos.
• La ejecución de las actividades de poda de árboles genera molestias en la comunidad y perturba la tranquilidad, trastornando levemente la ejecución de sus actividades. Sin embargo, se tomarán todas las medidas necesarias para que los impactos se minimicen y se pueda brindar a la comunidad el mantenimiento del arbolado. Se reforzarán permanentemente las relaciones con ésta, mediante la divulgación de las actividades con el fin de que los habitantes del territorio reconozcan las acciones del Prestador del servicio.
• Ocasionalmente se pueden producir daños a la propiedad de los habitantes por objetos que las impactan o afectan. Esta responsabilidad será asumida directamente por el Prestador del servicio.
• Se buscará evitar afectación de cuerpos de agua que se encuentren cerca de las áreas donde se
realicen las operaciones de poda de árboles, alteración del entorno por disposición de desechos en sitios no adecuados, obstaculización de vías públicas en donde se desarrolle la actividad de poda de árboles, lesiones a transeúntes y entre los operarios que ejecutan la actividad, mediante la observancia de lo relacionado con seguridad industrial.
• En la actividad de poda de árboles se podrán utilizar moto sierras mecánicas a gasolina con espadas entre veinte (20) y veintiséis (26) pulgadas para su corte y para optimizar y mejorar los rendimientos en la actividad de cargue por concepto de volumen de residuos orgánicos
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vegetales se propone utilizar equipos mecánicos como shipper o trituradoras de podas obteniendo rendimientos de disminución de volumen hasta una quinta parte de su volumen inicial. Estos equipos mecánicos alimentados por gasolina o diésel deben ser transportados a los sitios de acopio de material para ser triturados y almacenados directamente al vehículo destinado para esta actividad.
• Los operarios de estos equipos contarán con los accesorios y elementos de seguridad necesarios tales como: botas con puntera metálica, guantes de seguridad industrial, peto largo de carnaza, careta de protección, tapabocas, monogafas, protección auditiva, conjunto impermeable, chaleco reflectivo, conos reflectivos y uniforme distintivo.
• El personal del Prestador del servicio, incluyendo operarios y supervisores, así como compañías o personas externas especializadas deben contar con certificado en las competencias laborales para las actividades de poda de árboles. Esta certificación es expedida por el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA). Título de la Norma Sectorial de Competencia Laboral
(NSCL): Podar árboles según criterios técnicos y normativa. Además del certificado mencionado, se debe contar con la capacitación sobre seguridad y salud en el trabajo; elementos de protección personal; accidentes e incidentes laborales; señalización y seguridad vial, así como certificado de trabajos en altura.
Obligaciones del Prestador del servicio de aseo
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• La actividad de poda de árboles comprende el corte de ramas, follajes, recolección, presentación y transporte para disposición final o aprovechamiento siguiendo los lineamientos que determine la autoridad competente. Esta actividad se realizará sobre los árboles ubicados en separadores viales ubicados en vías de tránsito automotor, vías peatonales, glorietas, rotondas, orejas o asimilables, parques públicos sin restricción de acceso, definidos en las normas de ordenamiento territorial.
• A continuación se enuncian las restricciones actuales de la actividad de poda de árboles: a) Los árboles ubicados en antejardines frente a los inmuebles, b) Los árboles ubicados en las zonas de seguridad definidas por el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE), c) Las zonas de manejo y preservación ambiental de quebradas, xxxx y canales, d) Espacios públicos con restricción de acceso, e) Espacios verdes donde se adelanten obras de infraestructura física,
f) Zona verde protegida por la Resolución Área Metropolitana xxx Xxxxx de Aburrá 915 de 2017 (caña brava y otras especies), g) Árboles patrimoniales, h) No se ejecutan talas a menos que exista un contrato interadministrativo con el Municipio. Las talas no son parte de la prestación del servicio público de aseo, i) No se recogen árboles volcados, j) No se puede superar el 25
% del volumen de la copa del árbol, ni dejarlo en situaciones de descompensación, k) No se podan árboles juveniles menores a 1,8 metros de altura, l) No se realiza poda de árboles en cerros tutelares) No se ejecutan poda de árboles en espacio público rural.
• La actividad de corte de césped debe realizarse en las áreas verdes públicas, tales como: separadores viales ubicados en vías de tránsito automotor o peatonal, glorietas, rotondas, orejas
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