TRIBUNAL SUPERIOR DEL ESTADO DE CALIFORNIA
TRIBUNAL SUPERIOR DEL ESTADO DE CALIFORNIA
CONDADO DE ORANGE
XXXXXX XXXXXXXX, individualmente y en nombre de todos los demás en situación similar,
Demandante,
v.
STATES DRAWER BOX SPECIALTIES, LLC, una
sociedad de responsabilidad limitada de Delaware; y Asociados, inclusive,
Caso nº 30-2021-01197170-CU-OE-CXC
AVISO DE PENDENCIA DE CLASE ACCIÓN Y PROPUESTA DE ACUERDO
Acusados.
Para: Todos los empleados actuales y anteriores no exentos de States Drawer Box Specialties, LLC en California en cualquier momento desde el 23 xx xxxxx de 2017 hasta el 30 xx xxxxx de 2022.
ESTE AVISO SE HA PROPORCIONADO TANTO EN INGLÉS COMO EN ESPAÑOL POR FAVOR, LEA ATENTAMENTE
SUS DERECHOS LEGALES PUEDEN VERSE AFECTADOS TANTO SI ACTÚA COMO SI NO
DEBE ACTUALIZAR AL ADMINISTRADOR DE RECLAMACIONES CON RESPECTO A CUALQUIER CAMBIO DE SU DIRECCIÓN HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2022, SI DESEA ASEGURARSE DE RECIBIR SU PAGO DE LIQUIDACIÓN INDIVIDUAL
¿Por qué debería leer este Aviso?
El Tribunal ha concedido la aprobación preliminar de una propuesta de acuerdo (el "Acuerdo") en el asunto Xxxxxx Xxxxxxxx contra States Drawer Box Specialties, LLC, Caso del Tribunal Superior del Condado de Orange Nº 30-2021-011971170-CU-OE-CXC (la "Demanda" o "Pleito"). Debido a que sus derechos pueden verse afectados por el Acuerdo, es importante que lea cuidadosamente este Aviso.
Usted puede tener derecho a recibir dinero de este Acuerdo. Los registros de States Drawer Box Specialties, LLC ("DBS") muestran que usted fue un empleado no exento que trabajó para DBS entre el 23 xx xxxxx de 2017 y el 00 xx xxxxx xx 0000 (xx "Xxxxxxx de la Clase"). El Tribunal ha ordenado que se le envíe este Aviso porque puede tener derecho a recibir dinero en virtud del Acuerdo y porque el Acuerdo afecta a sus derechos legales.
El propósito de esta Notificación es proporcionarle una breve descripción de la Demanda, informarle de los términos del Acuerdo, describir sus derechos en relación con el Acuerdo y explicarle los pasos que puede dar para participar, objetar o excluirse del Acuerdo. Si no se excluye del Acuerdo y el Tribunal aprueba finalmente el Acuerdo, estará obligado a cumplir los términos del Acuerdo y cualquier sentencia definitiva.
¿De qué trata este caso?
El Demandante Xxxxxx Xxxxxxxx interpuso esta Demanda contra el Demandado States Drawer Box Specialties, LLC ("Demandado") sobre una base de acción de clase en nombre de una clase de todos los empleados actuales y anteriores no exentos del Demandado que trabajaron en el Estado de California durante el período del 23 xx xxxxx de 2017 al 30 xx xxxxx de 2022. El Demandante es conocido como el "Representante de la Clase", y sus abogados, que también representan los intereses de todos los Miembros de la Clase del Acuerdo, son conocidos como los "Abogados de la Clase".
La demanda alega que el Demandado (i) no pagó a los empleados no exentos todos los salarios mínimos y los salarios por horas extras que se les debían debido a las políticas/prácticas xx xxxxxxx mínimo y de horas extras del Demandado; (ii) no proporcionó periodos de comida de acuerdo con la ley de California ni pagó primas por periodos de comida perdidos y/o incumplidos; (iii) no autorizó ni permitió los periodos de descanso de acuerdo con la ley de California ni pagó primas por periodos de descanso perdidos y/o incumplidos, (iv) no emitió declaraciones salariales detalladas, precisas y completas a los empleados no exentos, (v) no pagó todos los salarios finales adeudados a los empleados no exentos que se separaron de su empleo del Demandado, (vi) se involucró en prácticas comerciales ilegales de acuerdo con las secciones 17200, et seq. del Código de Negocios y Profesiones de California.; y (vii) son responsables de las sanciones civiles en virtud de la Ley de Abogados Generales Privados del Código Laboral de 2004 ("PAGA"), secciones 2698, et seq. del Código Laboral. El demandado niega haber hecho nada malo. El Demandado también niega que deba a los Miembros de la Clase del Acuerdo cualquier salario, restitución, penalización, daños y perjuicios u otras cantidades. En consecuencia, el Acuerdo constituye un compromiso de las reclamaciones en disputa y no debe interpretarse como una admisión de responsabilidad por parte del Demandado, por quien se niega expresamente toda responsabilidad.
El Tribunal no se ha pronunciado sobre el fondo de las reclamaciones de la Demandante. Sin embargo, para evitar gastos adicionales, inconvenientes e interferencias con sus operaciones comerciales, el Demandado ha llegado a la conclusión de que es en su mejor interés y en el de los Miembros de la Clase del Acuerdo resolver la Demanda en los términos resumidos en este Aviso. El Demandado proporcionó la información pertinente a los Abogados del Grupo y el Acuerdo se alcanzó tras una mediación.
El Representante del Grupo y el Abogado del Grupo apoyan el Acuerdo. Entre las razones para el apoyo están las defensas a la responsabilidad potencialmente disponibles para el Demandado, el riesgo de denegación de la certificación de la clase, el riesgo inherente de un juicio sobre el fondo, y los retrasos e incertidumbres asociados con el litigio.
Si todavía está empleado por States Drawer Box Specialties, LLC, o sus empresas relacionadas, su decisión sobre la participación en el Acuerdo no afectará a su empleo. La ley de California y la política del Demandado prohíben estrictamente las represalias ilegales. El Demandado no tomará ninguna medida laboral adversa ni tomará represalias o discriminará a ningún Miembro del Grupo del Acuerdo por su decisión de participar o no participar en el Acuerdo.
¿Quiénes son los abogados?
Abogados de la parte demandante/del grupo de | Abogados de States Drawer Box Specialties, LLC: |
demandantes: | |
CURRIER & XXXXXX, APC | |
XXXXXX LAW GROUP, APC | Xxxxxxx X. Xxxxxxx |
Xxxx X. Xxxxxx | |
Xxxxx X. Xxxxxxx | |
0000 Xxxxxx Xxxxx, Xxxxx 000 | |
Xx Xxxxxxx, XX 00000 | X.X. Xxx 000000 |
Tel: (000) 000-0000 | Xxx Xxxxx, Xxxxxxxxxx 00000 |
Fax: (000) 000-0000 | Tel: (000) 000-0000 Fax: (000) 000-0000 |
SANI LAW, APC | |
Xxx Xxxx | |
00000 Xxxxxxx Xxxx., Xxxxx 000 | |
Xxxxxx, XX 00000 | |
Tel: (000) 000-0000 | |
Fax: (000) 000-0000 | |
¿Quién es el administrador de reclamaciones?
Phoenix Class Action Administration Solutions
X.X. Xxx 0000 Xxxxxx, XX 00000
Teléfono: (000)000-0000
Facsímil: (000)000-0000 Correo Electrónico: xxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx
¿Cuáles son las condiciones del acuerdo?
El 19 de septiembre de 2022, el Tribunal certificó preliminarmente una clase, sólo a efectos del acuerdo, de todos los empleados actuales y antiguos no exentos que trabajaron para el Demandado en California durante el Período de la Clase ("Miembros de la Clase del Acuerdo"). Los Miembros de la Clase del Acuerdo que no opten por no participar en el Acuerdo de conformidad con los procedimientos establecidos en este Aviso estarán obligados por el Acuerdo y liberarán sus reclamaciones contra el Demandado como se describe a continuación.
El Demandado ha acordado pagar $350,000.00 (el "Importe Máximo del Acuerdo") para resolver completamente todas las reclamaciones de la Demanda, incluyendo los pagos a los Miembros del Grupo del Acuerdo, los honorarios y gastos de los abogados del Grupo, los costes de administración de las reclamaciones y el Pago de Mejora del Representante del Grupo.
Las partes solicitarán las siguientes deducciones del Monto Máximo del Acuerdo:
Honorarios y gastos de los abogados. Los Abogados de la Clase han estado llevando a cabo la Demanda en nombre de los Miembros de la Clase del Acuerdo sobre la base de honorarios de contingencia (es decir, sin recibir ningún dinero hasta la fecha) y han estado pagando todos los costos y gastos del litigio. El Tribunal determinará la cantidad real concedida a los Abogados del Grupo en
concepto de honorarios de los abogados, que se pagará con el Importe Máximo del Acuerdo. Los miembros del grupo de demandantes no son personalmente responsables de ninguno de los honorarios o gastos de los abogados del grupo de demandantes. Los Abogados de la Clase pedirán hasta un treinta y tres y un tercio por ciento del Monto Máximo del Acuerdo, que actualmente se estima en $116,666.66, como compensación razonable por el trabajo que los Abogados de la Clase realizaron y continuarán realizando en esta Demanda hasta la finalización del Acuerdo. Los Abogados del Grupo también solicitarán el reembolso de hasta
$20,000.00 en concepto de costes verificados incurridos en relación con la Demanda.
Costes de Administración de Reclamaciones. El Tribunal ha aprobado que Phoenix Class Action Administration Solutions actúe como el "Administrador de Reclamaciones", quien le está enviando esta Notificación y realizará muchas otras tareas relacionadas con el Acuerdo. El Tribunal ha aprobado reservar hasta $7,000.00 del Monto Máximo del Acuerdo para pagar los costos de administración de las reclamaciones.
Pago de mejora al Representante del grupo de demandantes. Los Abogados de la Clase solicitarán al Tribunal que otorgue al Representante de la Clase un pago de mejora por la cantidad de $10,000.00 por sus servicios y trabajo extra proporcionado en nombre de los Miembros de la Clase del Acuerdo.
Pago PAGA al Estado de California. Las partes han acordado asignar $20,000.00 para la conciliación de las reclamaciones PAGA en la demanda. Se pagarán $15,000.00 a la Agencia de Desarrollo Laboral y de la Fuerza de Trabajo del Estado de California, lo que representa su parte del 75% de las sanciones civiles. Los $5,000.00 restantes (el "Monto PAGA") se asignarán a los Miembros de la Clase del Acuerdo que fueron empleados por el Demandado en cualquier momento desde el 23 xx xxxxx de 2020 hasta el 00 xx xxxxx xx 0000 (xx "Xxxxxxx PAGA"), sobre la base de la cantidad proporcional de semanas laborales que trabajaron durante el período mencionado. A cada Miembro de la Clase del Acuerdo que fue empleado por el Demandado durante el Período PAGA se le emitirá un cheque por su parte del Monto PAGA, independientemente de que el Miembro de la Clase del Acuerdo presente una Solicitud de Exclusión del Acuerdo oportuna y válida, como se describe a continuación.
Cálculo de los Pagos Individuales del Acuerdo de los Miembros del Grupo. Después de deducir las cantidades aprobadas por el Tribunal mencionadas anteriormente, el saldo del Importe Máximo del Acuerdo formará el Importe Neto del Acuerdo, que se distribuirá a todos los Miembros del Grupo participantes que no presenten una Solicitud de Exclusión del Acuerdo válida y oportuna. El Monto Neto del Acuerdo se estima en aproximadamente $176,333.34, y se dividirá de la siguiente manera:
(i) El diez por ciento (10%) del Importe Neto del Acuerdo se designará como el "Importe de la Declaración de Salarios". Cada Miembro de la Clase del Acuerdo participante que haya sido empleado por el Demandado en cualquier momento desde el 23 xx xxxxx de 2020 hasta el 30 xx xxxxx de 2022, recibirá una porción del Monto de la Declaración de Salarios proporcional al número de semanas de trabajo que haya trabajado durante el período de tiempo mencionado.
(ii) El quince por ciento (15%) del Importe Neto del Acuerdo se designará como el "Importe del Tiempo de Espera". Cada Miembro de la Clase del Acuerdo participante que se separó de su empleo con el Demandado entre el 23 xx xxxxx de 2018 y el 30 xx xxxxx de 2022, recibirá una parte igual y prorrateada del Monto del Tiempo de Espera.
(iii) El resto del Importe Neto del Acuerdo se distribuirá a cada Miembro del Grupo del Acuerdo participante en función de su número proporcional de semanas de trabajo durante el Período de la Clase, multiplicando el Importe Neto del Acuerdo restante por una fracción, cuyo numerador es el total de semanas de trabajo del Miembro del Grupo del Acuerdo durante el Período de la Clase, y cuyo denominador es el total de semanas de trabajo de todos los Miembros del Grupo del Acuerdo durante el Período de la Clase.
Pagos a los Miembros de la Clase del Acuerdo. Si el Tribunal concede la aprobación final del Acuerdo, y después de que el Demandado haya financiado completamente el Monto Máximo del Acuerdo, los Pagos Individuales del Acuerdo se enviarán por correo a todos los Miembros de la Clase del Acuerdo que no hayan presentado un Formulario de Solicitud de Exclusión del Acuerdo válido y oportuno. El Demandado ha acordado pagar el Monto Máximo del Acuerdo dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que el Tribunal otorgue la aprobación final del Acuerdo. No se distribuirá ningún pago individual del Acuerdo hasta después de que el Demandado haya pagado completamente el Monto Máximo del Acuerdo. Cada Miembro de la Clase del Acuerdo que reciba un Pago Individual del Acuerdo debe cobrar ese cheque dentro de los 180 días siguientes a la fecha en que el Administrador de Reclamaciones envíe el cheque por correo. Todos los fondos pagaderos a un Miembro de la Clase del Acuerdo cuyos cheques permanezcan sin cobrar 180 días naturales después de que el Administrador de Reclamaciones los envíe por correo se anularán, y los fondos asociados a dichos cheques anulados, más cualquier interés acumulado que no haya sido distribuido de otro modo, se distribuirán al Contralor del Estado de California para que los conserve de acuerdo con la Ley de Propiedad No Reclamada, Código Civil de California, sección 1500 y siguientes, en beneficio de aquellos Miembros de la Clase del Acuerdo que no cobraron sus cheques hasta el momento en que reclamen su propiedad.
Asignación e impuestos. A efectos fiscales, cada Pago Individual del Acuerdo será tratado de la siguiente manera: una quinta parte como "salario", para lo cual se emitirá un Formulario W-2 del IRS; y cuatro xxxxxxx partes como penalidades e intereses, para lo cual se emitirá un Formulario 1099 del IRS. Los Miembros de la Clase del Acuerdo son responsables del tratamiento adecuado del impuesto sobre la renta de los Pagos Individuales del Acuerdo. El Demandado pagará su parte normal de la empresa en cuanto a los impuestos sobre la nómina de todos los salarios pagados como parte de este Acuerdo, por separado y aparte del Monto Máximo del Acuerdo. El Administrador de Reclamaciones, el Demandado y sus abogados, y los Abogados del Grupo no pueden proporcionar asesoramiento
fiscal. En consecuencia, los miembros del grupo de demandantes deben consultar con sus asesores fiscales sobre las consecuencias fiscales y el tratamiento de los pagos que reciban en virtud del Acuerdo.
Liberación. Si el Tribunal aprueba el Acuerdo, la Clase del Acuerdo, y cada Miembro de la Clase del Acuerdo que no haya presentado una Solicitud de Exclusión del Acuerdo oportuna y válida, liberará y eximirá al Demandado, a sus funcionarios, directores, accionistas, empleados, agentes, directores, herederos, representantes, contadores, auditores, consultores, aseguradores y reaseguradores, y a sus respectivos sucesores y predecesores en interés, subsidiarias, filiales, empresas matrices y abogados (colectivamente las "Partes Exoneradas") de todas y cada una de las reclamaciones, demandas, derechos, responsabilidades y causas de acción federales y estatales en materia de salarios y horas de cualquier naturaleza y descripción, ya sean conocidas o desconocidas, que fueron o podrían haber sido afirmadas sobre la base de las alegaciones de hecho en la Demanda por el Demandante contra el Demandado, incluyendo, sin limitación, todo lo siguiente (a) reclamaciones legales, constitucionales, contractuales o de derecho común por salarios no pagados, horas extras, restitución, intereses, daños liquidados y/o sanciones; (b) reclamaciones por cualquier supuesto pago insuficiente de salarios, incluyendo el no pago de todos los salarios mínimos y horas extras adeudados; (c) reclamaciones por no pagar oportunamente los salarios cuando se deben; (d) reclamaciones por no proporcionar períodos de comida conformes o pagar primas por períodos de comida perdidos y/o no conformes; (e) reclamaciones por no autorizar y permitir periodos de descanso conformes o pagar primas por periodos de descanso perdidos y/o no conformes; (f) reclamaciones por no mantener registros precisos de las horas trabajadas y los salarios devengados de los empleados no exentos; (g) reclamaciones por violaciones de las declaraciones salariales; (h) sanciones por tiempo de espera según la sección 203 del Código Laboral derivadas de las mismas violaciones subyacentes; (i) prácticas comerciales desleales según la sección 17200 y siguientes del Código de Negocios y Profesiones de California., (j) daños liquidados, intereses, honorarios de abogados, costes de litigio, restitución o compensación equitativa (colectivamente, las "Reclamaciones Liberadas"). El período de las Reclamaciones Liberadas se extenderá desde el 23 xx xxxxx de 2017 hasta el 00 xx xxxxx xx 0000 (xx "Xxxxxxx xx xx Xxxxx").
Liberación de PAGA. Independientemente de que los Miembros de la Clase del Acuerdo presenten una Solicitud de Exclusión del Acuerdo oportuna y válida, los Miembros de la Clase del Acuerdo liberarán todas las reclamaciones de sanciones civiles en virtud de la Ley del Fiscal General Privado del Código Laboral de California, Código Laboral, sección 2698 y siguientes ("PAGA") con respecto a las reclamaciones subyacentes de salarios y horas que se alegaron o que podrían haberse alegado en la Demanda y en la carta del Demandante del 23 xx xxxxx de 2021 a la Agencia de Desarrollo Laboral y de la Fuerza de Trabajo (las "Reclamaciones Liberadas de PAGA"). El período de las Reclamaciones Liberadas de PAGA se extenderá desde el 23 xx xxxxx de 2020 hasta el 00 xx xxxxx xx 0000 (xx "Xxxxxxx XXXX").
Condiciones del Acuerdo. El Acuerdo está condicionado a que el Tribunal emita una orden en la Audiencia de Aprobación Definitiva, o después de ella, aprobando definitivamente el Acuerdo como justo, razonable, adecuado y en el mejor interés del Grupo del Acuerdo, y a que se dicte una Sentencia.
¿Cómo puedo reclamar el dinero del Acuerdo?
No hacer nada. Si no hace nada, tendrá derecho a su Pago Individual del Acuerdo basado en el número de semanas de trabajo que haya realizado durante los periodos de tiempo pertinentes, como se indica en la Notificación de Adjudicación del Acuerdo adjunta. También estará obligado por el Acuerdo, incluyendo la liberación de las reclamaciones que se indican en el mismo.
¿Qué otras opciones tengo?
Impugnación de la información contenida en la Notificación de Adjudicación del Acuerdo. Como se ha indicado anteriormente, su Pago Individual de Conciliación se basa en el número de semanas de trabajo que ha realizado durante los periodos de tiempo pertinentes. La información contenida en los registros de la Demandada con respecto a este factor, junto con su Pago de Liquidación Individual estimado, se encuentra en la Notificación de Adjudicación de la Liquidación adjunta. Si no está de acuerdo con lo que figura en su Aviso de Adjudicación del Acuerdo, puede presentar una disputa, junto con cualquier documentación justificativa, de acuerdo con los procedimientos indicados en el Aviso de Adjudicación del Acuerdo. Cualquier disputa, junto con la documentación justificativa, debe tener un matasellos no más tarde del 5 de diciembre de 2022. LA DOCUMENTACIÓN ENVIADA AL ADMINISTRADOR DE RECLAMACIONES NO SERÁ DEVUELTA NI CONSERVADA; NO ENVÍE LOS ORIGINALES.
El Administrador de Reclamaciones tendrá la responsabilidad inicial de resolver todas las disputas que surjan durante el proceso de administración de reclamaciones, incluyendo, sin limitación, las disputas (si las hubiera) relativas al cálculo de los Pagos Individuales del Acuerdo, la asignación de los salarios W-2 y el número de semanas de trabajo. Cuando la información presentada por el Demandado a partir de sus registros difiera de la información presentada por el Miembro del Grupo del Acuerdo, el Administrador de Reclamaciones solicitará una conferencia telefónica entre el Administrador de Reclamaciones, el Abogado del Grupo y el abogado de la defensa para discutir y resolver la disputa. Antes de la conferencia telefónica, el Administrador de Reclamaciones enviará por fax o por correo electrónico copias de toda la información disponible a todos los abogados. Las partes resolverán todas las disputas de forma conjunta, lo que será definitivo y vinculante para cualquier disputa de los Miembros del Grupo y, a partir de entonces, darán instrucciones al Administrador de Reclamaciones sobre cómo proceder en la tramitación de la reclamación disputada. Si las partes no pueden llegar a un acuerdo, las disputas se remitirán al Tribunal para una determinación final en la Audiencia de Aprobación Final.
Excluirse del Acuerdo. Si no desea tomar parte en el Acuerdo o si desea presentar su propia demanda individual contra el Demandado, puede excluirse completando y devolviendo al Administrador de Reclamaciones el Formulario de Solicitud de Exclusión adjunto ("Solicitud de Exclusión") con matasellos no posterior al 5 de diciembre de 2022, con su nombre, dirección, número de teléfono y su firma.
Envíe el Formulario de Solicitud de Exclusión directamente al Administrador de Reclamaciones a X.X. Xxx 0000, Xxxxxx, XX 00000. Cualquier persona que envíe un Formulario de Solicitud de Exclusión a tiempo, dejará de ser, tras su recepción, un Miembro del Grupo del Acuerdo, se le impedirá participar en cualquier parte del Acuerdo y no recibirá ningún beneficio del mismo. No presente a la vez un Formulario de Objeción y un Formulario de Solicitud de Exclusión. Si lo hace, el Formulario de Solicitud de Exclusión prevalecerá y la objeción se considerará discutible, pues ya no se le considerará miembro del Grupo del Acuerdo.
Sin embargo, si usted es un miembro de la Clase que fue empleado por el Demandado en cualquier momento durante el Período PAGA,
(1) se le emitirá un cheque por su parte del Monto PAGA, tal como se define en la página tres más arriba, independientemente de que presente una solicitud válida para ser excluido del Acuerdo; y (2) se considerará que usted ha liberado a las Partes Exoneradas de todas las Reclamaciones Exoneradas PAGA durante el Período PAGA.
Objeción al Acuerdo. Si no presenta un Formulario de Solicitud de Exclusión, tiene derecho a objetar los términos del Acuerdo. Sin embargo, si el Tribunal rechaza su objeción, seguirá estando obligado por los términos del Acuerdo. Si desea objetar el Acuerdo, o cualquier parte del mismo, tiene dos opciones. En primer lugar, puede completar y devolver por correo el Formulario de Objeción adjunto al Administrador de Reclamaciones. Su Formulario de Objeción debe incluir su nombre, dirección, número de teléfono, cada razón específica en apoyo de su objeción, y cualquier apoyo legal o fáctico para cada objeción junto con cualquier evidencia en apoyo de su objeción. Su formulario de objeción por escrito debe llevar el sello postal del 5 de diciembre de 2022 o antes. En segundo lugar, puede objetar el Acuerdo compareciendo en la Audiencia de Aprobación Final programada para el 27 de enero de 2023, a la 1:30 p.m. en el Departamento CX101 del Tribunal Superior del Condado de Orange, Centro de Justicia Central, 000 Xxxx Xxxxx Xxx Xxxx., Xxxxx Xxx, XX 00000. Usted tiene derecho a comparecer en persona o a través de su propio abogado en esta audiencia. Cualquier abogado que pretenda representar a una persona que se oponga al Acuerdo debe presentar una notificación de comparecencia ante el Tribunal y notificar al abogado de todas las partes el 5 de diciembre de 2022 o antes.
Todas las objeciones escritas u otra correspondencia deben indicar el nombre y el número del caso, que son Xxxxxx Xxxxxxxx x. States Drawer Box Specialties, LLC, Caso del Tribunal Superior del Condado de Orange No. 30-2021-011971170-CU-OE-CXC.
Si usted se opone al Acuerdo, seguirá siendo miembro de la Clase del Acuerdo, y si el Tribunal aprueba el Acuerdo, estará obligado por los términos del Acuerdo de la misma manera que los Miembros de la Clase del Acuerdo que no se oponen.
¿Cuál es el siguiente paso?
El Tribunal celebrará una Audiencia de Aprobación Definitiva sobre la adecuación, razonabilidad y equidad del Acuerdo el 27 de enero de 2023, a las 13:30 horas, en el Departamento CX101 del Tribunal Superior del Condado de Orange, Centro de Justicia Central, 000 Xxxx Xxxxx Xxx Xxxx., Xxxxx Xxx, XX 00000. También se pedirá al Tribunal que se pronuncie sobre la solicitud de los Abogados del Grupo de los honorarios de los abogados y el reembolso de los costes y gastos documentados, así como sobre el Pago de Mejora al Representante del Grupo. No es necesario que asista a la Audiencia de aprobación final, aunque cualquier miembro del grupo de demandantes es bienvenido a asistir a la audiencia.
¿Cómo puedo obtener información adicional?
Este aviso es sólo un resumen de la demanda y del acuerdo. Para obtener más información, se puede acceder gratuitamente a los documentos pertinentes relacionados con el Acuerdo de Conciliación, incluida la notificación de la sentencia definitiva, en el siguiente sitio web: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxx-x-xxxxxx-xxxxxx-xxx/.
También puede ponerse en contacto con los abogados del grupo utilizando la información de contacto indicada anteriormente para obtener más información.
POR FAVOR, NO LLAME NI ESCRIBA AL TRIBUNAL, A STATES DRAWER BOX SPECIALTIES, LLC, NI A SUS ABOGADOS PARA OBTENER INFORMACIÓN SOBRE ESTE ACUERDO O EL PROCESO DE RECLAMACIÓN.
RECORDATORIO DE LOS PLAZOS
La fecha límite para presentar cualquier disputa, un formulario de solicitud de exclusión o un formulario de objeción es el 5 de diciembre de 2022. Estos plazos se aplicarán estrictamente.