MODELO-TIPO DE CARÁTULA UNIFICADA PARA LOS CONTRATOS DE OBRAS, SERVICIOS Y SUMINISTROS Expediente nº: E-001/2018 carátula del pliego de cláusulas administrativas particulares
C arátula xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares
MODELO-TIPO DE CARÁTULA UNIFICADA PARA LOS CONTRATOS DE OBRAS, SERVICIOS Y SUMINISTROS
Expediente nº: E-001/2018
carátula xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares
Tipo de contrato: CONTRATO DE SERVICIOS
Procedimiento: ABIERTO
I.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN.
1.- Objeto del contrato.
1.1.- Definición: Servicio de desplazamientos y estancias
1.2.- Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato: Dar cobertura al desarrollo de las labores del personal adscrito al Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias.
1.3.- División por lotes: No.
1.4.- Código CPV (Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007 que modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV)):
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CPV principal |
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Objeto principal |
63510000-7 |
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2.- Documentos que revisten carácter contractual.
Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
3.- Presupuesto de licitación (las ofertas no pueden superar los importes totales señalados).
El presupuesto de licitación asciende a 735.537,19 euros + 154.462,81 euros de IVA, resultando un importe total de 890.000,00 euros.
Distribuidos, en su caso, en las siguientes anualidades:
- Año 2018: 367.768,6 euros + 77.231,41euros de IVA. Total: 445.000,00 euros.
- Año 2019: 367.768,6 euros + 77.231,41euros de IVA. Total: 445.000,00 euros.
Los precios unitarios de licitación son los que se indican en el apartado 6 xxx Xxxxxx de Prescripciones técnicas. Estos precios ostentan carácter de máximos, en consecuencia, las ofertas que los superen serán rechazadas.
Al estar el precio fijado por unidades de ejecución o de tiempo, e importe total indeterminado, debe tenerse en cuenta que el gasto efectivo está condicionado por las necesidades reales de la Administración que, por tanto, no queda obligada a demandar una determinada cuantía de unidades, ni a gastar la totalidad del presupuesto.
4.- PRECIO Y PAGOS.
4.1.- Sistema de determinación del precio:
CONTRATO DE SERVICIOS O SUMINISTROS
Combinación de varias modalidades;
Precios unitarios
Descuentos sobre tarifas oficiales
4.2.- Modalidad de pago del precio:
Los pagos parciales se efectuarán con la siguiente periodicidad: mensual.
El pago se efectuará previa presentación de la factura, acompañada del informe mensual cuyo contenido se especifica en el apartado 5 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas y de su aprobación por la Dirección de Gestión Económica y Recursos Generales.
Las facturas deberán presentarse en la Dirección de Gestión Económica y Recursos Generales y en ellas se deberá especificar para cada uno de los servicios prestados nº orden de pedido, el medio de transporte, las fechas de desplazamiento, días de estancia en cada hotel, así como el nombre y centro de coste o cuenta del usuario en cada uno de los servicios prestados.
En relación a los servicios de alojamiento cuyo precio se determina mediante la aplicación de descuento sobre una tarifa oficial, también se indicará el importe de la tarifa oficial y descuento aplicado.
4.3.- Abonos a cuenta por operaciones preparatorias: No.
4.4.- Revisión de precios: No procede.
4.5.- Cláusula de variación del precio en función del cumplimiento de determinados objetivos de plazos o de rendimiento: No.
5.- VIGENCIA DEL CONTRATO: PLAZO DE EJECUCIÓN O DURACIÓN DEL CONTRATO.
5.1.- Plazo total o fecha límite: 24 meses
5.2.- Fecha de inicio: Comenzará con la Orden de inicio de ejecución emanada por la Administración que no podrá ser anterior a la formalización del documento contractual administrativo correspondiente.
5.3.- Plazos parciales (de comienzo o terminación de las partes de la prestación que se indican a continuación): No se contemplan.
5.4.- Prórroga del contrato: Sí. De acuerdo con los límites establecidos en el punto 8 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
6.- Gastos de publicidad. Importe máximo de los gastos de publicidad que debe satisfacer la adjudicataria conforme al artículo 67.2 del RGLCAP: los gastos de publicación serán a cuenta del adjudicatario, ascendiendo los mismos, aproximadamente, a la cantidad de 1.500,00 euros.
7.- Garantías.
7.1.- Garantía provisional: No.
7.2.- Garantía definitiva: Será del 5% del presupuesto de licitación IVA excluido.
7.3.- Garantía complementaria: No.
7.4.- Está permitido constituir las garantías mediante retención del precio: No.
7.5.- En el supuesto de recepción parcial, la contratista podrá solicitar la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía: No es el caso.
Las garantías se constituirán a favor de: GOBIERNO XXXXX NIF: S-4833001-C
8.- Seguros. La empresa deberá tener los seguros obligatorios. Se le exige, además, a la adjudicataria que acredite que ha contratado algún seguro específico:
La empresa contratista deberá disponer, en materia de cobertura para los usuarios de:
* Un seguro de accidentes en viaje (transporte público y coche de alquiler) de 750.000 euros por fallecimiento o incapacidad permanente.
* Seguro de accidentes 24 horas en el Estado Español o en destino de 300.000 euros por fallecimiento o incapacidad permanente.
* Repatriación del viajero a su lugar de origen cuando éste enferme, sufra un accidente o fallezca..
* Seguro de equipaje (pérdida, robo y daños) de 1.500 euros.
* La empresa contratista tendrá suscrita con una compañía de servicios sanitarios una póliza de seguros para la cobertura sanitaria para cada pasajero y por el periodo de desplazamiento.
* La empresa aseguradora dispondrá de un servicio de 24 horas para atender las incidencias que pudieran producirse.
9.- Información sobre subrogación: No procede.
10.- Lugar de ejecución, entrega o realización de las prestaciones objeto del contrato: Comunidad Autónoma de Euskadi.
11.- Condiciones lingÚísticas de ejecución del contrato.
Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla.
Salvo que xxx xxxxxx de prescripciones técnicas se derive que las características intrínsecas de la prestación objeto del contrato exigen su realización necesaria y exclusivamente en otra u otras lenguas, el uso de ambas lenguas oficiales constituye una condición de ejecución del contrato y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato.
En la ejecución de contrato, han de observarse las concretas condiciones lingüísticas de ejecución establecidas en la correspondiente cláusula xxx xxxxxx.
12.- Otras condiciones especiales de ejecución.
12.1.- De tipo social: la empresa contratista debe cumplir durante la ejecución del contrato las concretas condiciones especiales de ejecución previstas en la cláusula 33 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
12.2.- De tipo medioambiental: No.
12.3.- Otras: No se exige.
13.- CALIFICACIÓN ESPECIAL DE DETERMINADAS INFRACCIONES: No.
14.- Penalidades.
14.1.- Se establecen penalidades adicionales a las previstas en la cláusula 38 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares: No.
15.- Subcontratación.
15.1.- Se admite la subcontratación: No.
15.2.- Se establece la obligación de subcontratar con empresas especializadas: No.
15.3.- Obligación de las licitadoras de indicar la parte que prevén subcontratar No.
15.4.- Obligación de las licitadoras de facilitar el DEUC de cada una de las subcontratistas que prevén subcontratar (con las secciones A y B de la parte II y la parte III debidamente cumplimentadas): No.
16.- Plazos de recepción y de garantía de las prestaciones.
16.1.- Plazos para la recepción (véanse las cláusulas correspondientes de este pliego):
- Total: Un mes.
- Parciales (de aquellas partes susceptibles de ser utilizadas de forma separada o independiente): No se establece.
16.2.- Plazo de Garantía: No se establece.
17.- Causas de resolución del contrato.
17.1.- A efectos de resolución contractual, quedan calificadas como obligación contractual esencial, las siguientes:
El cumplimiento del compromiso de adscripción de medios humanos y materiales.
Las condiciones especiales de ejecución recogidas en las cláusulas 33.1.1 y 33.1.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
Las obligaciones recogidas en el artículo 228 bis del TRLCSP.
Las condiciones especiales de ejecución recogidas en la cláusula 33.6 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 3/2016, de 7 xx xxxxx, para la inclusión de determinadas cláusulas sociales en la contratación pública.
17.2.- Se establecen, así mismo, las siguientes causas de resolución adicionales a las contempladas en la normativa y pliego:
El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de seguridad y salud laboral.
El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de subcontratación.
18.- Cláusulas adicionales relativas a la prestación objeto del contrato: No.
19.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN PROPIAS DEL CONTRATO DE SERVICIOS.
Programa de trabajo. La contratista debe presentar el programa de trabajo previsto en el artículo 198 del rglcap: No.
TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL: Se establecen las medidas especiales a que se refiere la cláusula 34.2 xxx xxxxxx relativa al tratamiento de estos datos: Sí, se exige el deber de sigilo a la adjudicataria respecto de los datos a los que tuviera acceso y la sujeción a los preceptos de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
II.- CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO CONTRACTUAL,
PARTICIPACIÓN Y SELECCIÓN DE EMPRESAS Y OFERTAS.
20.- Órgano de contratación, identificación de otros órganos y de la mesa de contratación y obtención de información y pliegos.
20.1.- Entidad adjudicadora: Gobierno Xxxxx-Departamento de Seguridad
20.2.- Identificación de órganos:
20.2.1.-Órgano de contratación: Consejera del Departamento de Seguridad del Gobierno Xxxxx.
20.2.2.-Órgano destinatario del contrato y gestor de las certificaciones y facturas:
División de Recursos Técnicos y Servicios.
20.2.3.-Responsable del contrato: División de Recursos Técnicos y Servicios.
20.2.4.-Órgano administrativo competente en materia de contabilidad pública: Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas.
20.3.- Dependencia que tramita el expediente: Área de Contratación.
Domicilio: Xxxxxxxx Mendotxe Bidea, 18
Localidad y código postal: Xxxxxxx 00000
20.4.- Número de expediente: E-001/2018
20.5.- Central de Contratación. El órgano que adjudica el contrato actúa para otra entidad No.
20.6.- Mesa de Contratación:
Miembros de la Mesa de Contratación:
Presidencia:
Titular: Suplente(s):
-
Jefe de División o Área gestora
Técnico/a de la División o Área gestora
Vocales del Departamento de Seguridad:
Titulares: Suplentes:
-
Técnico/a de la División o Área gestora
Técnico/a de la División o Área gestora
Licenciado/a en derecho adscrito/a a la Dirección de Gestión Económica y XX.XX.
Licenciado/a en derecho adscrito/a a la Dirección de Gestión Económica y XX.XX.
Representante Oficina de Control Económico:
Titular: Suplente:
-
Interventor/a titular
Interventor/a suplente
Secretario/a:
Titular: Suplente:
-
Licenciado/a en derecho adscrito/a a la Dirección de Gestión Económica y XX.XX.
Licenciado/a en derecho adscrito/a a la Dirección de Gestión Económica y XX.XX.
20.7.- Contacto personal:
Consultas técnicas:
Persona de contacto: Jefe Sección Proyectos, Consultoría y Servicios.
Teléfono: 000000000
Consultas jurídico-administrativas:
Persona de contacto: Área de Contratación.
Correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxx.xxxxxxx.xxx
Teléfono: 000000000
20.8.- Acceso al perfil de contratante, pliegos y documentación complementaria en Internet: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx o xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx
20.9.- Lugar donde se puede obtener información sobre las obligaciones relativas a fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, que serán aplicables durante la ejecución del contrato: Véase la cláusula 4 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas del que forma parte esta carátula.
20.10.-Fecha límite de obtención información adicional sobre los pliegos y documentación complementaria: La solicitud de información adicional a que se refiere el artículo 158 del TRLCSP deberá realizarse con una antelación de 12 días a la fecha fijada para la recepción de ofertas.
21.- Valor estimado del contrato a efectos deL TEXTO REFUNDIDO DE la ley de contratos del sector público (artículo 88 del TRlcsp): 1.765.289,28 €
22.- Contrato sujeto a regulación armonizada: No.
Categoría del servicio: Servicios de transporte complementarios y auxiliares (20).
23.- Contrato cubierto por el acuerdo sobre contratación pública (ACP) (sí/no): Sí.
24.- Consignación presupuestaria:
18.0.1.11.11.0300.3.238.31.22230.001/j
18.0.1.45.01.0000.1.238.31.22240.002/u
24.1.- El gasto está cofinanciado: No.
24.2.- Tramitación anticipada: Sí, la adjudicación del contrato se somete a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo.
25.- Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.
25.1.- Tramitación: Ordinaria.
25.2.- Procedimiento: Abierto.
25.3.- Forma: El precio es el único criterio de valoración de las ofertas.
26.- SISTEMA DE LICITACIÓN y CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA: No se autoriza su utilización.
27.- CONTRATO RESERVADO: No.
28.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS O SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN.
28.1.- Fecha y hora límite de presentación: La indicada en los anuncios oficiales y en el Perfil del Contratante.
28.2.- Documentación a presentar con anterioridad a la fecha límite: Sobre/s A y B, con el contenido que señala el pliego de cláusulas administrativas particulares y los correspondientes puntos de esta carátula.
28.3.- Lugar de presentación:
- Entidad: Mesa de Contratación de la Dirección de Gestión Económica y Recursos Generales.
- Domicilio: Xxxxxxxx Mendotxe Bidea, 18
- Localidad y código postal: Xxxxxxx, 00000.
28.4.- En el caso de que la empresa licitadora o candidata opte por presentar su oferta o solicitud electrónicamente lo deberá hacer a través de la página Web: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx o xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx
28.5.- Medios para anunciar, en su caso, el envío de la oferta por correo postal:
- Fax: 000000000
- Correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxx.xxxxxxx.xxx
28.6.- Plazo durante el cual la licitadora está obligada a mantener su oferta oferta (indicar quince días naturales, dos meses, o el que corresponda conforme al artículo 161.4 del TRLCSP): 2 meses, a contar desde la apertura de la oferta económica, ampliado en quince días hábiles más cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 152.3 del TRLCSP (valores anormales o desproporcionados).
28.7.- Admisión de variantes: No.
28.8.- Apertura pública de las ofertas: Sí.
Lugar de apertura de sobres B:
- Entidad: Dirección de Gestión Económica y Recursos Generales. Área de Contratación.
- Domicilio: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, 00
Localidad: Erandio 48950
La apertura de sobres B se realizará:
- Fecha: La indicada en los anuncios oficiales y en el Perfil de Contratante.
- Hora: La indicada en los anuncios oficiales y en el Perfil de Contratante.
29.- SOBRE A- «DECLARACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS» (Véase la cláusula 13 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares. Las empresas extranjeras tendrán en cuenta lo previsto en el Anexo II xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares)
29.1.- Forma de acreditación: formulario Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) contenido en el Anexo IV xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares junto con la documentación indicada en las cláusulas 13.1 y 13.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
El formulario DEUC será el único documento que la empresa licitadora debe aportar en relación con los requisitos previos de capacidad y solvencia. Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 13.1 y 13.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares, no se admitirá documento distinto a dicho formulario en esta fase del procedimiento. (Ver cláusula 17.1 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares sobre los efectos de la no presentación del DEUC)
Dicho formulario está disponible en el siguiente o siguientes formatos:
Formato electrónico: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxxxxx.
(Ver las instrucciones para la descarga del archivo xml y la cumplimentación del DEUC publicadas en el perfil del contratante en un archivo con extensión zip denominado DEUC que se encuentra junto con el resto de documentación relativa a la presente licitación).
Formato Word: formulario contenido en el Anexo IV xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares
Formato Pdf: formulario pdf denominado “FORMULARIO DEUC”.
Las empresas deberán cumplimentar las partes II, III, IV y VI del formulario. La parte IV se cumplimentará de conformidad con la opción marcada con una X:
Se limitarán a cumplimentar la sección de la parte IV omitiendo cualquier otra sección de la parte IV.
Deberán cumplimentar las secciones A, B, C y D de la parte IV.
Formato electrónico: se deben cumplimentar los apartados de las secciones que figuren en el formulario.
Formato Word: se debe(n) cumplimentar el/los apartado/s….. de la sección B de la parte IV y el/los apartado/s… de la sección C de la parte IV.
Formato Pdf: se debe(n) cumplimentar el/los apartado/s….. de la sección B de la parte IV marcados en rojo y el/los apartado/s… de la sección C marcados en rojo de la parte IV.
29.2.- Requisitos de solvencia económica y financiera y técnica o profesional:
29.2.1.- Obligación de acreditar solvencia: Si, de conformidad con la cláusula 29.2.3 de esta carátula.
29.2.2.- Clasificación: Sí. Grupo U, subgrupo 4, categoría 3 o categoría C.
29.2.3.- Solvencia: Las empresas que no acrediten dicha clasificación de contratistas de servicios deberán disponer de la siguiente solvencia/Las empresas deberán disponer de la siguiente solvencia, salvo que opten por sustituirla por la clasificación indicada en la cláusula 29.2.2:
Económica y financiera:
- Requisito/s: Las empresas licitadoras deberán acreditar un volumen anual de negocios, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, al menos de 551.653,00 euros.
Técnica o profesional:
Requisito/s: Las empresas licitadoras deberán acreditar haber realizado trabajos del mismo tipo o naturaleza al correspondiente al objeto del contrato, efectuados en el curso de los últimos 5 años, siendo el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior a 445.000,00 euros.
29.3.- En el caso de que, como medio de acreditar la solvencia, se exija una declaración indicando la maquinaria y equipamientos técnicos de que se dispondrá para la ejecución del trabajo, se adjuntará a la declaración la documentación acreditativa de la adecuación de dichos medios a la normativa de seguridad que les sea de aplicación. Entre otros, el Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas y el Real Decreto 1215/1997 sobre utilización de equipos de trabajo.
29.4.-Habilitación empresarial o profesional exigible en el momento de presentar oferta: Las exigidas por la normativa que regula la realización de la actividad o prestación contractual.
29.5.-Registros oficiales de licitadores o empresas contratistas cuyos certificados son admitidos:
Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Administración del Estado.
Otros: certificado comunitario de clasificación o documento similar que acredite la inscripción en listas oficiales de empresarios autorizados para contratar establecida por un Estado miembro de la Unión Europea siempre que sea accesible de modo gratuito para la Mesa de contratación.
La indicación de alguno de estos certificados en la sección A de la parte II del formulario DEUC conlleva la autorización de la incorporación de oficio de dicho certificado por parte de la Administración en cualquier momento del procedimiento de adjudicación del contrato.
29.6.- Las personas jurídicas deben aportar los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación: No.
29.7.- La empresa licitadora se debe comprometer a adscribir a la ejecución del contrato determinados medios materiales y humanos: No.
30.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.
30.1.- El precio es el único criterio de valoración de las ofertas: Si.
El cálculo de puntuaciones se efectuará con arreglo a las siguientes ponderaciones y fórmulas:
Precios por alojamiento (adenda I de Anexo IX PCAP):
XXXXX XXXXX Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx
XXXXXXX XXXXX XXXXX XX XXXXXX 0
XXXXXXX HOTEL ERCILLA 2
BIZKAIA GRAN HOTEL DURANGO 2
BIZKAIA GRAN HOTEL DOMINE 2
ARABA GRAN HOTEL LAKUA 2
ARABA SILKEN CIUDAD DE VITORIA 2
GIPUZKOA XXXXXXXX XXXXXXX 0
XXXXXXXX HOTEL URDANIBIA PARK 2
GIPUZKOA HOTEL XXXXXXXX HONDARRIBIA 2
MADRID GRAN HOTEL XXXXX XXXXX 0
XXXXXX HOTEL NH MADRID VENTAS 6
MADRID HOTEL ELEGANCE GETAFE 6
MADRID GRAN HOTEL VERSALLES 5
MADRID TRYP XXXXXX XXXXXX 0
XXXXXX HOTEL AVANT TORREJON 4
MADRID SERCOTEL AB XXXXX 0
XXXXXX HOTEL CATALONIA XXXXX XXXXX 0
XXXXXX HOTEL ABBA XXXXXX 0
XXXXXX HOTEL XX XXXXX 0
ZARAGOZA HOTEL DIAGONAL PLAZA 2
- Ponderación: 65 puntos
- Formula: La puntuación de cada oferta será la que resulte de la suma de las puntuaciones parciales obtenidas mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntuación parcial = _PLx – PO __ * PP
PLx – PMBO
Siendo:
• PLx = Precio licitación
• PO = Precio ofertado por el licitador
• PMBO = Precio más bajo ofertado
• PP = Ponderación parcial asignada a cada precio unitario
Descuentos sobre tarifa oficial por alojamiento (adenda II de Anexo IX PCAP):
RESTO HOTELES NACIONALES |
% DESCUENTO |
Ponderación Parcial |
***** |
% |
6 |
****** |
% |
6 |
******* y resto de opciones * y ** |
% |
2 |
HOTELES INTERNACIONALES |
% DESCUENTO |
Ponderación Parcial |
|
% |
6 |
- Ponderación: 20 puntos
- Formula: La puntuación de cada oferta será la que resulte de la suma de las puntuaciones parciales obtenidas mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntuación parcial = DO __ * PP
DOMA
Siendo:
• DO = Descuento ofertado por el licitador
• DOMA= Descuento más alto ofertado
• PP = Ponderación parcial asignada a cada descuento
Precios por servicios de gestión (adenda III de Anexo IX PCAP):
-
SERVICIO
Ponderación Parcial
GESTIÓN BILLETE
AVION NACIONAL
3
GESTION BILLETE
AVION EUROPEO
2
GESTION BILLETE
AVION, RESTO DEL MUNDO
1
ALQUILER VEHÍCULO
NACIONAL
1
ALQUILER VEHÍCULO
INTERNACIONAL
1
GETION BILLETE DE
TREN Y DE AUTOBUS
1
ANULACIONES-REEMBOLSOS-REEMISIONES
-
SERVICIO
Ponderación Parcial
GESTIÓN BILLETE
AVION NACIONAL
1
GESTION BILLETE
AVION EUROPEO
1
GESTION BILLETE
AVION, RESTO DEL MUNDO
1
ALQUILER VEHÍCULO
NACIONAL
1
ALQUILER VEHÍCULO
INTERNACIONAL
1
GETION BILLETE DE
TREN Y DE AUTOBUS
1
- Ponderación: 15 puntos
- Formula: La puntuación de cada oferta será la que resulte de la suma de las puntuaciones parciales obtenidas mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntuación parcial = _PLx – PO __ * PP
PLx – PMBO
Siendo:
• PMx = Precio licitación
• PO = Precio ofertado por el licitador
• PMBO = Precio más bajo ofertado
• PP = Ponderación parcial asignada a cada precio unitario
30.2.- Existe una pluralidad de criterios de valoración de las ofertas: No.
31.- OTROS SOBRES- DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTAR LA LICITADORA AL OBJETO DE EVALUAR LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS (Véanse las cláusulas correspondientes xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares).
- SOBRE B «OFERTA ECONÓMICA Y CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS».
En este sobre debe/n presentarse el/los siguiente/s documento/s:
Oferta económica con arreglo al modelo que figura en el Anexo IX xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares. Aquellas ofertas que no incluyan TODOS los precios y descuentos serán rechazadas.
31.2.- A fin de proceder a la valoración técnica deberán entregarse muestras: No.
32.- ÓRGANO ESPECIALIZADO QUE EVALUARÁ LAS OFERTAS CONFORME A LOS CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR: No.
33.- VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS
33.1.- En cuanto al precio: Si, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 152 del TRLCSP y a los artículos 85 y 86 del RGLCAP en todo lo que no se oponga al TRLCSP.
Se consideran valores anormales o desproporcionados en relación al precio los siguientes:
• En relación a los precios unitarios: las ofertas ponderadas inferiores en más del 10% a la media aritmética de todas las ofertas ponderadas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más del 10%, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En el caso de que empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial presenten distintas ofertas para concurrir individualmente a la adjudicación del contrato, se tomará únicamente, para aplicar el régimen de apreciación de valores anormales o desproporcionados la oferta ponderada más baja.
El cálculo de la oferta ponderada se efectuará del siguiente modo: suma del producto de cada precio unitario por la ponderación parcial atribuida a cada precio.
• En relación a los descuentos sobre tarifa oficial: las ofertas de descuento ponderadas superiores en más del 10% a la media aritmética de todas las ofertas de descuento ponderadas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas de descuento que sean inferiores a dicha media en más del 10%, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En el caso de que empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial presenten distintas ofertas para concurrir individualmente a la adjudicación del contrato, se tomará únicamente, para aplicar el régimen de apreciación de valores anormales o desproporcionados la oferta ponderada más alta.
El cálculo de la oferta de descuento ponderada se efectuará del siguiente modo: suma del producto de cada % de descuento por la ponderación parcial atribuida a % de descuento.
33.2.- En cuanto a otros criterios de adjudicación: No.
34.- SUBASTA ELECTRÓNICA. Para la adjudicación se celebrará una subasta electrónica con arreglo a los siguientes elementos: No.
35.- PREFERENCIAS DE ADJUDICACIÓN. En la adjudicación se aplicarán las preferencias de adjudicación contempladas en el pliego.
36.- PLAZO PARA ACORDAR LA ADJUDICACIÓN. Se establece un plazo distinto al general indicado en el pliego: No.
37.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LA LICITADORA CUYA OFERTA HA RESULTADO LA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA. (Véase las cláusulas 24 y 25 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares. Las empresas extranjeras tendrán en cuenta lo previsto en el Anexo II xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares)
37.1.- Documentación al objeto de acreditar los requisitos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional: Sí, los siguientes:
Documentos y/o certificados para acreditar los requisitos exigidos en la cláusula 29.2.3, salvo en el caso de que se haya sustituido la solvencia por la clasificación: Sí son los siguientes:
Solvencia económica y financiera:
Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios, de conformidad con el artículo 75 del TRLCSP.
Solvencia técnica o profesional:
Una relación de los principales servicios realizados en los últimos cinco años, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente, de conformidad con el artículo 78 del TRLCSP.
38.- RENUNCIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO POR LA ADMINISTRACIÓN. Se rige por lo previsto en el artículo 155 del TRLCSP.
39.- Cláusulas adicionales relativas AL PROCEDIMIENTO:
39.1.- Habilitación empresarial o profesional exigible a la empresa adjudicataria para ejecutar el contrato, distinta a la habilitación empresarial o profesional exigible, en su caso, en el momento de presentar oferta: No.
39.2.- Otra documentación a presentar con carácter previo a la formalización (ver cláusula 27.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares): No.
39.3.- Salvo que se realicen por vía electrónica (de conformidad con lo dispuesto en el Anexo xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares relativo a las “Instrucciones para la utilización del sistema de licitación y notificación y comunicación electrónicas”), las solicitudes de aclaraciones, los requerimientos para subsanar defectos u omisiones, los requerimientos de presentación de documentos previstos en el pliego de cláusulas administrativas o su carátula y otros actos de trámite no incluidos en el art. 40.2 b) TRLCSP o en el primer párrafo del art. 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas se comunicaran a los interesados a través de correo electrónico.
40.- CARACTERÍSTICAS PROPIAS DEL PROCEDIMIENTO: No.
III.- OTRAS ESPECIFICACIONES.
41.- OTRAS ESPECIFICACIONES ADICIONALES A LAS INDICADAS EN ESTA CARÁTULA Y EN EL PLIEGO: No.
42.- CUADRO DE SEGUIMIENTO DE LA INCORPORACIÓN DE ASPECTOS SOCIALES Y MEDIOMABIENTALES EN EL PROCEDIMIENTO Y EN EL CONTRATO.
En dicho cuadro se señalará con un SI la casilla correspondiente a la incorporación de los aspectos referidos.
Criterios |
Inserción laboral |
Igualdad de mujeres y hombres |
Prevención de riesgos laborales |
Condiciones laborales |
Ambientales |
Objeto del contrato |
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Criterios de solvencia técnica y profesional |
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Especificaciones técnicas |
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Criterios de valoración de las ofertas |
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Condiciones especiales de ejecución |
SI |
SI |
SI |
SI |
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*Nota: Los campos de esta carátula, o la parte de ellos que no se encuentren rellenados no son aplicables al contrato, salvo que de las cláusulas xxx xxxxxx o de la normativa aplicable se deduzca lo contrario.
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