CARÁTULA DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LOS CONTRATOS DE SERVICIOS POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (CONCURSO).
CARÁTULA XXX XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LOS CONTRATOS DE SERVICIOS POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (CONCURSO).
I ELEMENTOS DEL CONTRATO
1.NÚMERO DE EXPEDIENTE.
121405000002
2.ÁREA MUNICIPAL PROMOTORA DEL EXPEDIENTE.
Fiestas
3.ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.
Concejal Delegado de Contratación 4.OBJETO DEL CONTRATO.
CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA:
NO
CONTRATO SUSCEPTIBLE DE RECURSO ESPECIAL:
NO
Es objeto del presente contrato el servicio consistente en la ejecución del programa Bailables en la Casilla.
Número de referencia en la CPV: 92000000-1 Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos
Necesidades administrativas a satisfacer: ocio y esparcimiento de la ciudadanía
Sin perjuicio de las obligaciones adicionales asumidas por el adjudicatario al formular su proposición, revestirán carácter contractual los siguientes documentos: carátula, pliego de cláusulas administrativas y pliego de prescripciones técnicas.
5.VARIANTES O ALTERNATIVAS.
No se admiten.
6. EXISTENCIA DE LOTES.
NO
7.PLAZO DURACIÓN DEL CONTRATO.
- Plazo de duración del contrato: dos años
- Plazo de ejecución (entrega de la prestación): 100 domingos
- Plazo de duración de la prórroga, en su caso: no procede
8.VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO.
A los efectos de publicidad y procedimiento de adjudicación aplicable, el valor estimado del contrato incluido el importe para las eventuales prórrogas asciende a:
Valor estimado de los servicios incluida la prórroga (IVA EXCLUIDO) | 120.000,00 euros | ||
9. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN DEL CONTRATO. • Presupuesto estimado máximo de gasto del contrato: Esta cantidad constituye el presupuesto máximo de gasto para la realización de las prestaciones objeto del contrato. Tipo de licitación sobre el que versarán las ofertas a la baja: En todo caso , esta cifra constituye la cantidad máxima sobre la que versarán las ofertas, suponiendo la exclusión automática de aquellas ofertas que superen dicha cantidad. 10.ANUALIDADES PRESUPUESTARIAS DEL CONTRATO Y CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA. Las anualidades presupuestarias del contrato y la Aplicación Presupuestaria del Gasto (APG) del contrato son: Año 2012 APG 23000 45162 2270400 42.480,00 euros. Año 2013 APG 23000 45162 2270400 70.800,00 euros. Año 2014 APG 23000 45162 2270400 28.320,00 euros. 11.SISTEMA DE DETERMINACIÓN DEL PRECIO. . A tanto alzado. 12.TRAMITACIÓN. . Ordinaria . II. LICITACIÓN 13. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. Abierto y adjudicación en base a varios criterios. 14.PUBLICIDAD DE LA LICITACIÓN. • PERFIL DE CONTRATANTE: xxx.xxxxxx.xxx / perfil de contratante. Contrato de la Administración / Contratos del Ayto. xx Xxxxxx / Consulta de licitaciones. • Publicación en Boletines Oficiales: - Boletín Oficial de Bizkaia : SI |
Presupuesto máximo de gasto | 120.000,00 euros |
X.XX. | 21.600,00 euros% |
TOTAL | 141.600,00 euros |
Tipo de licitación | 120.000,00 euros |
I.V.A. | 21.600,00 euros |
TOTAL | 141.600,00 euros |
- DOUE, BOE,: NO 15.PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES. • Hasta las trece horas del decimoquinto día natural contado a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de la licitación en el Boletín Oficial de Bizkaia. ( 16. LUGAR DE OBTENCIÓN DE LOS PLIEGOS Y DEMÁS DOCUMENTACIÓN. ▪ Reprografía Xxxx Xxxxxxx. Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx x/ Xxxxxxxxx Xxxxx, 00 – Xxxxxx 00000 Teléfono: 00.000.00.00 Fax: 00.000.00.00. ▪ Perfil de contratante: xxx.xxxxxx.xxx / Perfil de contratante / Contratos de la Administración Pública. 17.LUGAR DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS E INFORMACIÓN. ▪ En las oficinas de la Dirección de Contratación del Ayuntamiento xx Xxxxxx, sitas en Plaza de Venezuela nº 2, 5ª planta. 00000 Xxxxxx. Tfno. 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. ▪ Posibilidad de anunciar, a través del correo electrónico, el envío de la oferta por correo postal: sí, mediante la remisión de la comunicación a esta dirección: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxxxxx.xxx INFORMACIÓN. ▪ Consultas técnicas : Area de Fiestas tfno 944203151 ▪ Consultas administrativas : Direccion de Contratación : tfno 94 4204594 - 4610 18.FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN. Sobre A: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA. Sobre B:DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS NO CUANTIFICABLES POR FÓRMULA. Sobre C:DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FÓRMULA. Todos los sobres deberán estar inexcusablemente, identificados con los siguientes datos: | |||||
SOBRE: DOCUMENTACIÓN Objeto del contrato: Nº Expte.: Denominación social: Razón social (dirección): Nombre del apoderado: Fax: Teléfono de contacto: | C.I.F. D.N.I. | ||||
Datos segun documento anexo 0 a efectos de notificaciones: Persona de contacto : |
Dirección de correo electrónico: | ||||
19.CLASIFICACIÓN EMPRESARIAL (SOBRE A). • No se exige. 20.HABILITACIÓN EMPRESARIAL EXIGIDA (SOBRE A) No se exige. 21.CRITERIOS DE SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL (SOBRE A). - SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA: • Requisitos mínimos de solvencia exigido: Los participantes en la licitación deberán haber alcanzado una cifra de negocios en cada uno de los dos últimos ejercicios cerrados., que sea al menos igual o superior a la anualidad media del contrato . • Se acreditará mediante la siguiente documentación: Declaración (según modelo que figura como anexo en este pliego), sobre el volumen de negocios global , referido a los dos últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario. Si como consecuencia de la fecha de creación de la empresa, no se pudiese acreditar una cifra de negocios durante la totalidad de los periodos exigidos, se acreditará la cifra anual solicitada a partir del ejercicio siguiente a la fecha de inicio de las actividades del empresario. - SOLVENCIA TÉCNICA Y/O PROFESIONAL: • Requisitos mínimos de solvencia exigido: - Experiencia en la realización de trabajos o servicios similares al objeto del contrato. • Se acreditará mediante la siguiente documentación: Una relación (según modelo que figura como anexo a este pliego)de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un sujeto privado mediante un certificado expedido por éste o, falta de este último certificado , mediante una declaración del empresario. - CLASIFICACIÓN EMPRESARIAL QUE PUEDE SUSTITUIR A LA SOLVENCIA EXIGIDA: • No procede. 22.PROPOSICIÓN DE LOS LICITADORES: DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR. SOBRE B: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS NO CUANTIFICABLES POR FÓRMULA. La oferta que formulen los licitadores se presentará de la siguiente forma y deberá contener la siguiente documentación con el siguiente orden y epígrafes. Los licitadores presentarán esta oferta en soporte papel y soporte informático( CD o DVD) |
1.- Programación musical ofertada, en la que se detallará : Calendario de actuaciones
Curriculum de las orquestas y grupos, así como de sus integrantes
Plan de actuaciones ofertadas (aspectos musicales y de entretenimiento) 2- Servicio ofertado, en el que se detallarán los siguientes aspectos:
Descripción detallada del servicio ofertado
Curriculum del personal que va a participar en la ejecución del contrato (salvo intérpretes)
Identificación y descripción de los equipos de iluminación y sonido Anteproyecto de instalación de los equipos de luz y sonido
Protocolo de actuación (tanto en la Plaza como en el interior del Pabellón) 3.- Mejoras: descripción detallada de las mejoras ofertadas por la empresa.
SOBRE C: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FÓRMULA.
Deberá contener la siguiente documentación :
1.- Oferta económica según modelo del Anexo I de este Pliego.
( La presentación de oferta que varien el modelo establecido en los Anexos de este Pliego, podrá ser causa de exclusión de la licitación.)
23.GARANTÍA PROVISIONAL
No se exige.
III. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE OFERTAS
24. CRITERIOS NO CUANTIFICABLES POR FÓRMULAS.
1.- Calidad de la programación musical ofertada (orquestas) hasta 30 puntos,
valorándose la calidad e idoneidad del calendario y del plan de actuaciones propuesto, así como la de las orquestas y sus miembros, distribuidos de la siguiente manera:
- calidad e idoneidad del calendario (plan de actuaciones) y de las orquestas y grupos propuestos hasta 25 puntos
- media del número de componentes de las orquestas teniendo en cuenta su frecuencia en la programación hasta 5 puntos
2.-Calidad del servicio ofertado, idoneidad de los planes de trabajo, protocolos, y relación con agentes y servicios externos implicados en la detección y resolución de incidencias (Plaza y Pabellón) …………………………………………. hasta 12 puntos
3.- Mejoras del servicio hasta 6 puntos
Se valorarán todas aquellas mejoras que aportadas por la empresa licitadora,
y sin suponer coste adicional para el Ayuntamiento, supongan una mejor prestación del servicio o redunden en el cumplimiento de sus fines. Se valorarán especialmente aquellas mejoras que:
− consistan en la inclusión entre el personal de la empresa de un regidor o regidora, persona que esté presente durante las labores de instalación, las actuaciones y el desmontaje, responsable de controlar que el servicio contratado se realiza correctamente, de que se cumplen las medidas de seguridad, de recibir las quejas y sugerencias hasta. 2 puntos
- una mayor difusión del programa entre las personas usuarias a las que va destinado, con colaboraciones o campañas de publicidad en radio, prensa hasta 2 puntos
- Acciones que promuevan la participación y la animación durante las actuaciones hasta 2 puntos
25. CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FÓRMULAS.
1. Precio hasta 52 puntos
Se otorgará la máxima puntuación a la oferta más económica y la puntuación del resto de oferta se desprende de la fórmula de multiplicar el resultado del cociente entre la oferta económica más baja y la oferta del licitador que se valora, por el número total de puntos aplicables al criterio. Esto es,
Ob x Z
Ol
donde Ob es la oferta económica más baja y Ol es la oferta del licitador que se valora, siendo Z el número tope de puntos a aplicar en el presente criterio.
26.UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN QUE DEBE OBTENERSE EN LOS CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS.
Si se establece: Conforme al artículo 150.4 de la TRLCSP, para ser admitidos a la valoración global, se exigirá que en los criterios no cuantificable mediante fórmulas, los licitadores alcancen un umbral mínimo de puntuación, de forma que no sean tenidas en cuenta por la Mesa de Contratación las ofertas cuya puntuación no alcance lo siguiente: 25 puntos
27.OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS.
Se establece. A los efectos previstos en el artículo 152 del Texto Refundido de la Ley de contratos del Sector Público, se consideran ofertas con valores anormales o desproporcionados aquellas en que el precio ofertado sea inferior en más de un 10% a la media aritmética de las ofertas presentadas.
IV. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
28.GARANTÍA DEFINITIVA
5% del importe de adjudicación, o del presupuesto base de licitación (si la cuantía se determina en base a precios unitarios) excluido el I.V.A.
V. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
29.RESPONSABLE DEL CONTRATO.
La Dirección del Área o persona en quien delegue
30. PAGO DEL PRECIO. Periodicidad del pago: bimensual
Forma de pago: se realizará previa presentación de facturas que requerirá la conformidad de la Administración y mediante transferencia bancaria.
31.REVISIÓN DE PRECIOS.
• No procede.
32.OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES
Compromiso de adscripción al contrato del personal técnico adecuado y con formación suficiente que garantice la correcta instalación y funcionamiento de los equipos de iluminación y sonido, así como la correcta ejecución de las labores de montaje, desmontaje y transporte.´
Cumplimiento de características de la prestación que se hayan tenido en cuenta para la valoración de la oferta.
33.PENALIDADES CONTRACTUALES.
1.- Ejecución defectuosa y demora.
Ejecución defectuosa.- Para el caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos o de las condiciones especiales de ejecución del contrato que se hubiesen establecido conforme a los artículos
53.2 y 102.1 de la LCSP, el Área de Fiestas podrá imponer las penalidades abajo señaladas.
Demora.- Para el caso de demora en el cumplimiento han de distinguirse dos supuestos:
a) Para el caso de que el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto del cumplimiento del plazo total o de los plazos parciales cuando la demora en el cumplimiento de los mismos haga presumir racionalmente la imposibilidad de cumplimiento del plazo total, el Área de Fiestas. podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades diarias y en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, a no ser se hayan establecido penalidades distintas en el pliego.
Las penalidades se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido cuando no puedan deducirse del pago.
b) Si la demora fuese producida por motivos no imputables al contratista y éste ofreciera cumplir sus compromisos dándole prórroga del tiempo que se le había señalado, se
concederá por el Área de Fiestas un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor.
El incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato dará lugar a la imposición, previa audiencia a la empresa adjudicataria, de penalidades de carácter económico que se harán efectivas mediante su deducción automática a las certificaciones correspondientes.
Los incumplimientos, atendiendo a su gravedad, trascendencia para el servicio y eventuales perjuicios causados tanto a la Administración como a terceras personas, se clasifican en muy graves, graves y leves.
Se sancionará a la empresa adjudicataria en caso de incumplimiento de alguna o varias de las condiciones del contrato o de las mejoras ofertadas:
➢ Incumplimientos muy graves:
Interrupción de las prestaciones contratadas, salvo causa de fuerza mayor o causa justificada así admitida por la Administración municipal.
La cesión total o parcial del contrato sin la previa autorización municipal.
El incumplimiento grave y/o reiterado de las obligaciones exigibles a la empresa adjudicataria. Toda actuación que suponga discriminación por razón de raza, sexo, religión, lengua u opinión.
El retraso en la ejecución de los trabajos, cuando en aplicación de las penalidades previstas en esta cláusula, se superen las cuantías previstas para las infracciones graves.
La comisión de tres faltas graves.
➢ Incumplimientos graves:
El incumplimiento, por acción u omisión, de las obligaciones derivadas del contrato o de las instrucciones u órdenes dictadas por la Dirección Técnica del Contrato que por su trascendencia o cuantía del perjuicio causado no merezcan la consideración de falta muy grave.
El retraso en la ejecución de los trabajos objeto del contrato. La comisión de dos faltas leves.
➢ Incumplimientos leves:
La negligencia o descuido inexcusable en el incumplimiento de las obligaciones exigibles a la empresa adjudicataria.
Penalidades: La comisión de infracciones por parte de la empresa adjudicataria podrá conllevar la imposición de penalidades por los siguientes importes:
Faltas muy graves: entre 3.001 € y 12.000 €. Faltas graves: entre 1.001 € y 3.000 €.
Faltas leves: apercibimiento o penalidades por importe hasta 1.000 €.
Cuando la empresa adjudicataria hubiese incurrido en incumplimientos graves o muy graves, la Administración podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades arriba expuestas.
Las penalidades no excluyen la obligación de la empresa adjudicataria de responder de los daños y perjuicios que se produzcan a tercera personas, al Área de Fiestas, al Ayuntamiento o al personal de éstos, como consecuencia de la prestación del servicio, siendo de su cargo el pago de las indemnizaciones que por ella se deriven.
2) Por incumplir los criterios de valoración (art.134.6): hasta un 10% del presupuesto del contrato.
3) Por incumplimiento de las condiciones para proceder a la subcontratación previstas en el art. 227.2 de la TRLCSP o del límite máximo especial que pueda establecerse para la subcontratación en la Carátula de este pliego: hasta un 50% del importe del subcontrato.
34.MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
• El contrato podrá ser modificado cuando concurran algunas de las circunstancias y con los límites previstos en el art. 107 del TRLCSP.
35.PLAZO DE RECEPCION Y PLAZO DE GARANTÍA DEL CONTRATO.
Plazo de recepción : un mes
Plazo de garantía : Dado que los servicios que se contratan agotan sus prestaciones con el final de la ejecución del contrato, no se considera necesario establecer ningún plazo de garantía.
36. CAUSAS ESPECÍFICAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Son causas específicas de resolución las siguientes :
• El incumplimiento o cumplimento defectuoso reiterado de la prestación objeto del contrato y de los términos contenidos en su oferta.
• El incumplimento de obligaciones contractuales esenciales .
37.SUBCONTRATACIÓN.
• No se establece límites especiales.
• En caso de subcontratación los licitadores deban indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, e identificando el nombre o el perfil empresarial del subcontratista y adjuntar documento de compromiso firmado por ambas partes.
• En todo caso , los subcontratos deberán ajustarse a lo indicado en la oferta y deben comunicarse anticipadamente a su celebración y por escrito a la Administración.
38.GASTOS DE PUBLICIDAD.
• No hay.
39.CONDICIONES LINGUISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar en la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas.
Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su
incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato.
40.OTRAS ESPECIFICACIONES.
Plazo límite de solicitud de información adicional sobre los pliegos : los licitadores podrán solicitar información adicional sobre los pliegos o documentación complementaria , hasta diez días antes de la fecha límite para la presentación de ofertas .
En Bilbao a 27 xx xxxxx de 2012
LA JEFA DE LA SECCIÓN, LA DIRECTORA DE CONTRATACIÓN,
Fdo: Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx. Fdo: Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx.