Contract
BASES QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL TEMPORAL MEDIANTE CONTRATO DE RELEVO DE UN PUESTO DE OFICIAL CONDUCTOR DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS URBANOS NOCTURNO DE LA MANCOMUNIDAD
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Es objeto de estas bases, regular la convocatoria por el sistema de concurso – oposición libre, para la dotación y provisión de 1 plaza de Oficial Conductor del servicio de recogida de residuos urbanos, de carácter laboral, bajo la modalidad de un contrato laboral temporal de relevo al 75% de la jornada anual hasta la jubilación del relevado, titular del puesto de trabajo.
El contrato de relevo se concierta con un trabajador inscrito como desempleado en la oficina de empleo, o que tuviese concertado con la empresa, un contrato de duración determinada, para sustituir al trabajador de la empresa que accede a la jubilación parcial. Se celebrará simultáneamente con el contrato a tiempo parcial que se pacte con este último. La duración del contrato será igual a la del tiempo que falte el trabajador sustituido.
El contrato de relevo se celebrará a tiempo parcial, con una jornada igual al 75%, que se corresponde con la reducción de jornada que se acuerda con el trabajador sustituido mediante contrato de relevo, quien se acogió al acuerdo colectivo para el establecimiento del Plan de Jubilación Parcial, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018.
Esta oferta se hará pública a través de un anuncio en el B.O.G., anuncio en la prensa y página web de la Mancomunidad Comarcal de Debabarrena, y será la propia Entidad quien se encargue de la selección de los aspirantes.
La lista de aspirantes que, no habiendo obtenido la plaza superen, la fase de oposición, podrá ser utilizada para cubrir necesidades de personal en puestos idénticos o similares, respetando en su caso bolsas de empleo vigentes de Mancomunidad.
2.- CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO
Las características del puesto de trabajo, objeto de provisión, son las siguientes:
KOD. CÓD. | LANPOSTUAR EN IZENA DENOMINACIÓ N DEL PUESTO | ZENB T. DOT. | LANP. XXXX TIPO PUEST O | HOR N SIST. SIST. PROV . | ASIMIL. TALDE A GRUP O ASIMIL. | NIVEL ASIMIABL E DE ARCEPAF E | BESTLK. OSAGAR. OTROS COMPLEMENT OS | DEDIKAZ BEREZIAG A-TIKO OSAGARRI A COMPTO. DEDICAC. | H E P L | DATA FECH A | TIT. | ESK. BEREZ . REQ. ESPEC . | OHARRAK OBSERVA C. |
3 HH ZERBITZUA – SERVICIO R.U. | |||||||||||||
0209 | HHko Ofizial gidaria (4) (Eibar Ekialdea II) Oficial conductor R.U. (4) (Eibar Este II) | 1 | N | L.O. C.O. | C2 (D) | 9 | 2 plus Gauekotas. Nekagarrit. Nocturnid. Penosidad 30% C.P.T. 9.72 | 2 | Derrigorrezk o bigarren hezkuntzako graduatu titulua edo baliokidea Titulo de graduado en educación secundaria obligatoria o equivalente | C gida baimen a Carnet C | F |
3.-FUNCIONES DEL PUESTO
Las funciones del puesto de trabajo se detallan en el Anexo I de estas bases.
La jornada de trabajo será la que se establezca anualmente por la Mancomunidad Comarcal de Debabarrena, atendiendo, en todo caso, a la naturaleza y necesidades específicas del puesto.
4.-REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
Para la admisión serán requisitos necesarios:
a) Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, o ser nacional de algún Estado al que, en virtud de la aplicación de los Tratados Internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, ó extranjeros no comunitarios que tengan permiso de trabajo. También podrán participar el cónyuge de los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no esté separado de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre, asimismo, que ambos cónyuges no estén separados de derecho, sean éstos descendientes menores de veintiún (21) años o mayores de dicha edad dependientes
b) Tener cumplidos 18 años de edad a la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias
c) Estar en posesión del Título de graduado en educación secundaria obligatoria o equivalente. En el caso de titulaciones extranjeras, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación
d) Estar en posesión del carnet de conducir C
e) Estar en posesión del CAP
f) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas
g) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de funciones públicas. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Los aspirantes deberán reunir los requisitos exigidos en el antecedente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
5.-PLAZO Y MODO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las instancias se ajustarán al modelo oficial y normalizado, que se anexa a estas bases.
El plazo para la presentación de las mismas será de 10 días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación del anuncio en el B.O.G. Se deberán presentar debidamente cumplimentadas en el Registro General de la Mancomunidad Comarcal de Debabarrena.
Las solicitudes podrán ser también presentadas en las Oficinas de Correos, de acuerdo a lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y se dirigirán al Sr. Presidente de la Mancomunidad Comarcal de Debabarrena, en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas dentro del plazo de presentación. Sólo en este caso, se entenderá que las mismas han tenido entrada en el Registro de la Mancomunidad Comarcal de Debabarrena, en la fecha en que fueron entregadas en la Oficina de Correos. Las instancias solicitando ser admitido en este proceso, se dirigirán al Sr. Presidente de la Mancomunidad Comarcal de Debabarrena, debiendo reunir los siguientes requisitos para no ser rechazadas:
- Los aspirantes deberán hacer constar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base 4ª de la convocatoria, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias.
Además, adjuntarán a la instancia la siguiente documentación:
• Fotocopia del DNI
• Fotocopia del título académico exigido
• Currículum vitae, acompañando justificantes de los méritos que se hayan hecho constar en el mismo (experiencia). Además se adjuntará la vida laboral de la seguridad social.
• Fotocopia del título acreditativo de euskera, perfil lingüístico o equivalente, si dispone del mismo.
• Fotocopia del carnet de conducir C y del CAP
Para la acreditación de la experiencia laboral se deberá presentar certificado expedido por la Empresa o Administración correspondiente, en el que se especificará la duración del contrato y las funciones desarrolladas en el puesto de trabajo. Para acreditar la experiencia en el ámbito privado, además del certificado deberán presentar la vida laboral.
Si en la instancia se hacen constar los servicios prestados y la experiencia laboral en Badesa/Mancomunidad Comarcal de Debabarrena, no será necesaria su acreditación documental, ya que serán valorados conforme a los datos que figuren en los expedientes de cada aspirante.
Los aspirantes deberán hacer constar la lengua oficial de la CC.AA. en la que desean realizar los ejercicios de la oposición.
6. ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES
Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Presidente de la Mancomunidad Comarcal de Debabarrena aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, así como la designación de los miembros titulares del Tribunal Calificador, que se harán públicas en la página web y serán expuestas en el tablón de anuncios de la Mancomunidad Comarcal de Debabarrena, concediéndose un plazo xx xxxx (10) días hábiles, a los efectos de reclamaciones o subsanación de errores.
La lista provisional se entenderá automáticamente elevada a definitiva si no se produjeran reclamaciones. Si las hubiera, serán aceptadas o rechazadas en una nueva resolución por la que se apruebe la lista definitiva y que se hará pública, asimismo, en la forma indicada.
Contra dicha resolución, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso – Administrativo de Donostia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la lista de admitidos y excluidos, sin perjuicio de lo que se pueda interponer cualquier otro Recurso que se estime procedente. Con carácter previo y potestativo se podrá interponer en el plazo de un mes, Recurso de Reposición.
7. TRIBUNAL
7.1. Composición:
Presidente
Técnico de Salud Laboral de la Mancomunidad Comarcal de Debabarrena. Vocales
Jefe de Servicios xx Xxxxxx
Un empleado de la misma categoría o cualificación profesional. Secretario
Funcionario de la Mancomunidad Comarcal de Debabarrena.
La totalidad de sus miembros con derecho a voto deberá poseer una titulación o nivel académico igual o superior al exigido para esta convocatoria.
Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto, con excepción del Secretario del mismo, que carecerá de esta última facultad. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente y del Secretario y la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes indistintamente.
Las decisiones del Tribunal se adoptarán por mayoría de votos de los presentes, resolviendo, en caso de empate, el de quien actúe como Presidente, que lo serán, en caso de ausencia del titular o de su suplente, el vocal de mayor edad.
7.2. Abstención y recusación. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Sr. Presidente, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el Art. 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público. Asimismo, podrán ser objeto de recusación, conforme al Art. 24 de la misma Ley.
7.3. Asesores/as: Se podrá disponer de asesores/as especialistas para la programación o evaluación de las pruebas que se estimen pertinentes, limitándose dichos/as asesores/as a prestar su colaboración en el ámbito de su especialidad.
7.4. Constitución y programación de tareas: El tribunal se constituirá antes de la realización de la primera prueba. En el acto de constitución deberán estar presentes la mayoría de los miembros titulares o suplentes del tribunal, y en dicha sesión se adoptarán las medidas oportunas para una programación, un desarrollo y una evaluación objetiva y eficaz de todas las actividades propias del proceso selectivo.
7.5. Procedimiento de actuación:
a) El procedimiento de actuación del Tribunal Calificador se ajustará, en todo momento, a lo dispuesto en la normativa de Régimen Jurídico y de Procedimiento Administrativo que estuviere vigente.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo, de dos (2) de sus integrantes, sean titulares o suplentes, excluyendo de dicho cómputo a quien actúe como Secretario/a. Los acuerdos serán adoptados por el voto favorable de la mayoría de los miembros presentes del Tribunal, resolviendo en caso de empate el voto de calidad de la presidencia. Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto, excepto quien ocupe la Secretaría, que tendrá voz pero no voto.
b) Podrá, en todo caso, el Tribunal Calificador resolver todas las dudas que pudieran surgir en aplicación de estas normas, e igualmente adoptará las medidas oportunas para toda adaptación necesaria de cara a la realización de las pruebas.
c) El Tribunal en ningún caso podrá declarar seleccionado a un número mayor de aspirantes que el de plazas convocadas. No obstante, a fin de asegurar la provisión de la plaza en caso de que la persona seleccionada renunciara a la firma del contrato definitivo, se podrá requerir del Tribunal una relación complementaria con las personas aspirantes que figuren a continuación de las propuestas.
d) En caso de que ninguna de las personas aspirantes consiga superar todas las pruebas de carácter eliminatorio, la convocatoria será declarada desierta.
8.PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
La convocatoria de los ejercicios se publicará en el tablón de anuncios de la Mancomunidad Comarcal de Debabarrena y en su página web, indicando fecha, hora y lugar de celebración.
El Tribunal calificador podrá en todo momento requerir a las personas aspirantes para que se identifiquen debidamente, a cuyo efecto habrán de concurrir a la realización de cada ejercicio de la oposición provistos/as del DNI o cualquier otro documento oficial, que a juicio del tribunal resulte suficientemente acreditativo de la identidad de la persona aspirante (pasaporte, permiso de conducir).
Como norma general, se establecerá un plazo de tres días hábiles, contados desde la fecha de publicación de la resolución del tribunal, para solicitar la revisión de exámenes realizados o para presentar reclamaciones sobre calificaciones de los mismos.
En la realización de los ejercicios escritos el Tribunal adoptara´ las medidas oportunas para garantizar, siempre que sea posible, el anonimato de los y las aspirantes.
FASE OPOSICIÓN:
—Primer ejercicio: Teórico. De carácter obligatorio y eliminatorio.
Consistirá en un ejercicio en el que se deberán responder a cuestiones relacionadas con los temas que figuran en el Anexo II y/o las relacionadas con las funciones del puesto de Oficial Conductor RSU. Quedará a criterio del Tribunal decidir si las respuestas han de ser de tipo test o no, así como el modo de puntuación.
Esta prueba se valorará con un máximo de 10 puntos. Para seguir adelante en el proceso será obligatorio obtener al menos 5 puntos.
Segundo ejercicio. Práctico: Obligatorio y eliminatorio. Consistirá en ejecutar una o varias pruebas con el vehículo.
Se valorará entre 0 y 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5, en cada prueba, para superar el mismo.
—Tercer ejercicio: Entrevista personal. No eliminatoria. Se valorará con un máximo de 7 puntos
Tras valorar los méritos de los candidatos que han aprobado el primer y segundo ejercicio, el Tribunal realizará una entrevista personal a aquellos candidatos que, cumpliendo los requisitos, se sitúen en los 10 primeros puestos, es decir los 10 aspirantes que mayor puntuación tienen, teniendo en cuenta la suma de los puntos obtenidos en el primer y segundo ejercicio y la puntuación obtenida en los méritos.
El Tribunal formulará diversas preguntas valorando la adecuación de la persona a la plaza ofertada en función de la aptitud y actitud hacia el puesto de trabajo, como se indica a continuación:
Muy adecuado | Bastante adecuado | adecuado | Poco adecuado | Nada adecuado |
De 7 a 5 | De 5 a 4 | De 4 a 3 | De 2 a 1 | De 0 a 1 |
En la entrevista se valorará entre otras las siguientes
Dinamismo, empatía, motivación, responsabilidad, forma de expresarse, condición física, compañerismo.
La convocatoria de cada ejercicio se realizará en llamamiento único. Las personas aspirantes que no comparezcan en el lugar, día y hora establecidos por el Tribunal en la convocatoria para la realización de los ejercicios, quedarán excluidas definitivamente del proceso de selección.
Al finalizar cada ejercicio de carácter eliminatorio, mediante acuerdo del Tribunal, se publicará en el tablón de anuncios la lista de aspirantes que lo hubieran superado.
XXXXXXX.XXXXX PUNTUACIÓN :4 puntos
El Tribunal valorará los siguientes méritos, siempre y cuando, de conformidad con lo establecido en la base quinta, hayan sido alegados en la instancia y acreditados mediante documentos presentados junto con la instancia, teniendo como referencia la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes:
—Experiencia laboral: total puntuación 3 puntos
Se tendrá en cuenta la experiencia acreditada como conductor de camiones en general y conductor de recogida de residuos urbanos en particular.
Experiencia en conducción de camiones: se tendrá en cuenta la experiencia adquirida en los últimos 3 años.
Se puntuará 0,25 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 1 punto.
Experiencia como conductor de recogida de residuos urbanos: Se tendrá en cuenta la experiencia adquirida en los últimos 3 años.
Se puntuará 0,25 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 2 puntos. Ambas puntuaciones son acumulables
Estos méritos se acreditarán mediante certificados expedidos por las empresas en las que se ha trabajado o por la Administración en la que se ha prestado los servicios, acompañados del documento de vida laboral expedido por la Seguridad Social. En dichos certificados deberán especificarse todas las funciones que se han desempeñado. Si en la descripción de las funciones o tares realizadas no se contemplan al menos la mayoría de las funciones correspondientes al puesto, el Tribunal resolverá procedencia de no atribuirle puntuación alguna.
Conocimientos de euskera. total puntuación. 1 punto
- Se acreditará mediante certificados oficiales. PL1 o asimilable: 0.5 puntos
PL2 o asimilable: 1 punto
9. RESULTADOS DE LA SELECCIÓN
Se propondrá como candidato al aspirante que, habiendo acreditado el cumplimiento de los requisitos, hubiera obtenido la puntuación más alta.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en todas las pruebas, más la puntuación de los méritos.
Se elaborará un listado de candidatos por orden de puntuación decreciente, que podrán aspirar, respetando la prelación de la lista, al contrato de relevo hasta la jubilacion del relevado, titular del puesto de trabajo.
Si en opinión del Tribunal entre las personas aspirantes presentadas a la convocatoria no hay ninguna que cumpla los requisitos mínimos para cubrir el puesto de trabajo, puede declarar desierta xx xxxxxxxxxxxx
00. BOLSA DE TRABAJO
Con las personas aspirantes que habiendo superado la fase de oposición que fuese eliminatoria, no hubieran accedido al puesto, se creará una bolsa de trabajo para atender las necesidades de personal en puestos idénticos o similares.
Esta bolsa de trabajo entrará en vigor una vez se apruebe el nombramiento por el órgano competente.
Se elaborará un listado de candidatos por orden de puntuación decreciente, teniendo en cuenta la suma de la puntuación del primer y segundo ejercicio, del tercer ejercicio (sólo los que la hubieran realizado) y la puntuación de los méritos.
El plazo de vigencia de dicha bolsa de trabajo será de un año, a partir de su entrada en vigor, y será prorrogable anualmente, salvo resolución en contra mediante Decreto de Presidencia.
El funcionamiento de la bolsa de trabajo se regirá por la normativa interna para la gestión de las bolsas aprobada en el Consejo de Administración del 25 xx xxxxx de 2.015
11. PROPUESTA DEL TRIBUNAL
Una vez finalizado todo el proceso, el tribunal elevará su propuesta al órgano competente de la Mancomunidad Comarcal de Debabarrena, para en su caso, aprobación.
12. INCIDENCIAS
El Tribunal quedará facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden y perfecto desarrollo de este proceso de selección, en todo lo no previsto en estas Bases.
13. NOMBRAMIENTO
El órgano competente autorizará la contratación de interinidad del aspirante propuesto por el tribunal, pudiendo separarse de la propuesta, siempre que sea de forma motivada.
El aspirante que haya sido propuesto, deberá presentar los documentos originales que acreditan que cumple los requisitos solicitados en las bases para tomar parte en esta convocatoria.
Así mismo, deberá cumplir con los requisitos legales para poder acceder al contrato de relevo. La contratación estará condicionada a la Autorización del INSS a la jubilación parcial y al contrato de relevo.
En caso de que el aspirante no acredite en el plazo establecido el cumplimiento de los requisitos exigidos, salvo que concurran razones de fuerza mayor, no podrá ser contratado y todas sus actuaciones quedarán anuladas. En este caso, el órgano competente realizará una propuesta a favor de la persona o personas que se encuentren en los siguientes puestos de la relación de aprobados, conforme al orden de la última calificación.
Periodo de prueba
El aspirante contratado tendrá que superar un período de prueba de una duración de 1 mes.
El periodo de prueba será objeto de evaluación por parte del responsable del servicio de RSU nocturno.
Se valorará:
• Cumplimiento de tareas y obligaciones
• Responsabilidad y adaptación
• Iniciativa, calidad en el trabajo
El resultado de la evaluación se calificará como apto o no apto.
La no superación del período de prueba, la renuncia o el incumplimiento de alguno de los requisitos del puesto, supondrá el desistimiento en el contrato del aspirante y determinará la adjudicación del puesto al siguiente candidato por orden de puntuación en el proceso selectivo.
14. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
A los datos de carácter personal aportados por los candidatos durante el proceso de selección, les será aplicado lo establecido en el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Real Decreto 994/1999, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal, la Ley 2/2004, de 25 de Febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos, así como el resto de la normativa de desarrollo.
Los datos personales aportados durante el proceso de selección formarán parte del fichero automatizado de datos personales denominado “Selección de Personal”, cuyo objeto es la evaluación de la actitud profesional en los procesos electivos. El destinatario de los datos será la Mancomunidad Comarcal de Debabarrena. El responsable de este fichero es la Mancomunidad Comarcal de Debabarrena y los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación se ejercerán ante ella.
Los candidatos deberán dar el consentimiento al tratamiento de los datos personales aportados para gestionar este proceso selectivo, incluida la publicación de dichos datos en Internet.
Los datos aportados durante el proceso selectivo pueden ser objeto de cesión a otras administraciones o entidades, al objeto de atender sus necesidades puntuales de personal.
En el tratamiento de los datos aportados durante el proceso selectivo, se observarán las medidas de seguridad establecidas en el Reglamento de medidas de seguridad.
15. IMPUGNACIONES
La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados mediante recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso – Administrativo de Donostia, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro Recurso que se estime procedente. Con carácter previo y potestativo se podrá interponer en el plazo de un mes, Recurso de Reposición.
ANEXO I
FUNCIONES DEL CONDUCTOR DE CAMIÓN RECOLECTOR DE CARGA LATERAL
Funciones básicas
Ð Conducir un camión de carga lateral y recoger toda la basura que encuentre en su ruta, ésta se encontrará depositada en contenedores de los denominados de carga lateral, que podrán estar en superficie o soterrados, así como en bolsas en el suelo.
Para ello utilizará tanto los mecanismos automáticos como mecánicos con los que cuenta el camión.
Ð Asimismo, cuando sea preciso tanto para contenedores de superficie como para contenedores soterrados reubicará los contenedores en la forma y posición adecuadas para proceder a realizar su captura así como para dejarlos debidamente alineados.
Ð Descargar los bodies o la carga de R.S.U. que llevan en la Estación de Transferencia, instalaciones de tratamiento de basura u otros puntos.
Ð Responsabilizarse del estado del vehículo que utiliza, revisando el estado de éste antes de iniciar las tareas de cada día, conduciéndolo con responsabilidad.
Ð Facilitar a su superior la información estructurada que éste le requiera en todo lo relacionado con la gestión del servicio de recogida de R.S.U.
Tareas a desempeñar
1. Conducir el camión recolector por las rutas previamente prefijadas, descargando en dicho camión el contenido de los contenedores que corresponden a su ruta, tanto de los contenedores de superficie como de los contenedores soterrados, ejecutando el trabajo de forma autónoma.
Efectuará el proceso de captura de contenedores y la descarga de la basura en la tolva desde la cabina utilizando el sistema de carga automático y si éste falla lo hará a pie xx xxxxx accionando los mandos manualmente.
Retirar del suelo las bolsas de basura y cuantos restos de residuos haya junto a los contenedores, para posibilitar la captura de los contenedores de R.S.U.
2. Recoger del suelo las bolsas de basura y cuantos restos haya junto a los contenedores, así como limpiar las áreas de aportación de basura cuando en ella haya restos de ésta, que aparezcan después de que esas áreas hayan sido trabajadas por los equipos de apoyo con los que cuenta el servicio de recogida de carga lateral.
3. Asimismo si se produjeran caídas accidentales de basura al realizar las maniobras de descarga de basura en el camión, el conductor deberá recoger la basura que haya caído, y proceder a la limpieza de esa área.
4. Manipular para reubicar correctamente, cuando se precise, los contenedores tanto en la calle los de superficie como los contenedores ubicados en los nichos soterrados.
5. Vigilar y dar parte del correcto funcionamiento o no de los nichos donde van alojados los contenedores soterrados, recogiendo en un parte las incidencias que al respecto observe en los sistemas de apertura de tapas y del sistema de elevación de la plataforma correspondientes a los sistemas de contenedores soterrados.
6. Carga y descarga de los bodies en las Estaciones de Transferencia o en otros puntos habilitados a esos efectos, pesando la carga que se ha recogido.
7. Vaciado del contenido de los bodies en vertedero o punto de tratamiento final de basura, así como en las gabarras o compactadores ubicados en las dos estaciones de transferencia. Realizará las maniobras precisas para efectuar la descarga de la basura y el prensado de ésta en las gabarras o en los autocompactadores.
8. Traslado de los camiones cuando proceda, para llevarlos a talleres mecánicos, al taller de la Estación de transferencia de Eibar.
9. Realizar el parte de producción volcando en éste diariamente la información que la entidad requiera para la correcta gestión de la recogida de basura, y la descarga de éste en el medio operativo preciso tanto en las Estaciones de Transferencia como a través de PDA, siguiendo el proceso y operativa del sistema de control a implantar en los camiones para efectuar un control de producción, que recoja el número de contenedores descargados, estado de los pivotes y de las áreas donde están ubicadas las islas, incidencias del vehículo recolector y cuantas incidencias se produzcan en todo lo relativo a la recogida de R.S.U., de voluminosos, de envases, papel, pilas, etc. Durante el tiempo en el que el sistema de control no esté operativo, se recogerán los mismos datos relativos a la prestación del servicio en su conjunto de forma manual.
10. Llevar a cabo todas las operaciones que implique el accionamiento de la maquinaria o instalaciones que sean requeridas para proceder a realizar las tareas de captura, descarga y posicionamiento de contenedores, así como cuantas operaciones requiera el vaciado de los bodies o la carga o descarga de éstos.
11. Limpieza de la cabina, tolva, elevador y junta de la tolva, deposito de lodos entre el chasis del camión y el body. Y limpieza y retirada de elementos extraños, incluidas bolsas de basura, palas, palets, etc. del área donde están ubicados las gabarras o autocompactadores.
12. Vigilancia y cuidado de los vehículos a utilizar.
Supervisión, antes de su utilización, del estado general del vehículo asignado.
De forma que quede garantizado que el vehículo sale a efectuar sus tareas cada noche en las condiciones mecánicas y de seguridad correctas.
Realizando como mínimo las tareas de:
Llenar el depósito de combustible, controlar los niveles de aceite motor, hidráulico, líquido de embrague, de dirección y de refrigeración, purga del circuito de frenado, estado de los neumáticos, sistema de alumbrado, así como de los elementos de captura y descarga de contenedores, dar parte de las deficiencias y subsanar las que procedan.
13. Comunicar con la Policía Municipal, compañeros y superiores las dificultades de todo tipo para el normal desarrollo de la actividad.
14. En situaciones extremas, modificar la ruta preestablecida comunicándolo al superior de la forma más rápida posible.
15. Responsabilidad sobre medios de trabajo utilizados, propiedad de la empresa.
16. En caso de siniestro, golpes, etc., el conductor efectuará un parte de accidentes completo que refleje con claridad lo sucedido, motivos del incidente (croquis, descripción detallada de éste, etc.).
Gestión del accidente ante la autoridad competente.
17. Realizar, así mismo, aquellas otras tareas que se le encomienden, por ser tareas similares o acordes con la cualificación requerida para el puesto.
18. En general, cumplir con las tareas e instrucciones que provengan del superior que estén dirigidas a efectuar con eficiencia y calidad la prestación de forma integral y completa del servicio genérico denominado “de recogida de basura”.
ANEXO II
1. Ayuntamientos y Mancomunidades de Municipios
2. Ordenanzas municipales
3. Mancomunidad Comarcal de Debabarrena
4. Servicios prestados por la Mancomunidad Comarcal de Debabarrena
5. Código de circulación
6. Cuestiones básicas de mecánica o del camión
7. Prevención de Riesgos Laborales