Convenio de La Haya sobre la Sustracción de Menores
Convenio de La Haya sobre la Sustracción de Menores
Opciones y procedimientos en materia de representación jurídica en los Estados Unidos
Al formular una reserva al Artículo 26 conforme al Artículo 42, los Estados Unidos no están obligados a asumir ningún costo ni gastos resultantes de la participación de abogados ni de los procesos judiciales en casos relativos al Convenio de La Haya (el “Xxxxxxxx”) xx xxx Xxxxxxx Xxxxxx, excepto en la medida en que estén cubiertos por un programa de ayuda jurídica. En virtud del Artículo 25, los solicitantes en países partes en el Convenio que solicitan ayuda jurídica en los Estados Unidos deberán ser tratados como si fueran nacionales de los Estados Unidos o residentes habituales de este país. Debido a que en los Estados Unidos no se tiene derecho a recibir ayuda jurídica en casos civiles, esto significa que los solicitantes en virtud del Convenio pueden ser considerados para recibir ayuda jurídica, pero no hay garantía de que vayan a recibirla.
El Departamento de Estado, que es la Autoridad Central de los Estados Unidos (la “USCA”), reconoce que el funcionamiento eficaz del Convenio mejora si los solicitantes conforme a dicho Convenio en países partes en el Tratado contratan con prontitud los servicios de un abogado para que les ayude en sus casos en los Estados Unidos. Conforme a la función que el Artículo
7(f) le asigna a las Autoridades Centrales de facilitar la institución de trámites judiciales, la USCA proporciona a los solicitantes que reúnen los requisitos financieros información para ayudarles a hallar representación judicial asequible. Esta representación puede ser pro bono (honorarios gratuitos: el abogado no cobra honorarios) o con cobro de honorarios reducidos. Es nuestra experiencia que la probabilidad de hallar un abogado privado aumenta si el solicitante está dispuesto a contribuir con algo del pago de la representación judicial. La USCA también ayuda a los solicitantes que pueden costearse un abogado privado proporcionándoles, previa solicitud, una lista de abogados con quienes se pueden poner en contacto directamente.
ASISTENCIA JUDICIAL PRO BONO y CON HONORARIOS REDUCIDOS
Un solicitante que solicite representación judicial pro bono u honorarios reducidos debe presentar un formulario de “Solicitud de Asistencia Jurídica” junto con la solicitud del Convenio. Al final de este documento se ofrecen enlaces a los formularios (en inglés y bilingües). Además, la carta de la autoridad central extranjera que acompañe la solicitud del Convenio debe referirse al pedido del solicitante de representación pro bono (honorarios gratuitos) o con honorarios reducidos.
El solicitante debe evaluar personalmente si reúne o no los requisitos para solicitar servicios jurídicos pro bono u honorarios reducidos basándose en las pautas que se proporcionan a continuación (y disponibles en línea aquí), que representan 125% y 200% de las pautas federales de pobreza. Rigen pautas especiales para Hawaii y Alaska. Por lo general, todos los programas de ayuda jurídica en los EE. UU. siguen estas pautas. Estas proporcionan también orientación a abogados privados que están considerando la representación pro bono. También es posible que se requiera información financiera adicional para determinar si se reúnen los requisitos para los servicios jurídicos pro bono u honorarios reducidos.
TOME NOTA: Si el solicitante no actúa con franqueza o comete errores en su autoevaluación financiera, la Autoridad Central de los EE. UU. puede limitar toda asistencia jurídica ulterior al solicitante.
Abogados y honorarios de los abogados
Tras recibir los documentos requeridos, la USCA procura preparar una “lista de abogados” compuesta por abogados privados provenientes de su Red de Abogados del Convenio de La Haya que son todos voluntarios y que ya están de acuerdo en hablar con el solicitante en particular. No se comprometen a aceptar el caso sino a tratar esa posibilidad con el solicitante. Las listas también pueden contener programas de asistencia jurídica, a los que se notifica que un solicitante en particular podría ponerse en contacto con ellos sobre un caso relativo al Convenio de La Haya. No hay garantía de que haya abogados disponibles ni de que un abogado convenga en aceptar el caso.
Se envía al solicitante una lista de abogados por medio de la autoridad central extranjera. Tras el recibo de la lista, el siguiente paso es que el solicitante se ponga en contacto con uno o más de los abogados o programas de ayuda jurídica. Esto debe hacerse en el término de dos semanas. Si hubiere barreras de idioma, la autoridad central extranjera puede ponerse en contacto con la USCA y ésta puede hacer los arreglos para proporcionar servicios de traducción telefónica sin costo alguno para el solicitante o posible abogado.
A esta altura del proceso, la USCA no ha proporcionado información específica del caso a los posibles abogados, quienes se enterarán de los detalles del caso a través del solicitante. Además, los abogados pueden solicitar información financiera adicional (p. ej., declaración de impuesto a la renta) al solicitante para determinar si habrán de ofrecer sus servicios jurídicos pro bono, con honorarios reducidos o con honorarios completos, o no los ofrecerán. Con respecto a los honorarios reducidos, algunos abogados han informado haber aceptado casos relativos al Convenio con tarifas reducidas que van desde US$50 a US$75 por hora para los clientes que reúnen los requisitos, pero por lo general los honorarios reducidos superan esta gama (por ej., de US$100 a US$150). Los programas de asistencia jurídica siguen sus procedimientos normales de toma de datos para determinar si el solicitante reúne los requisitos financieros y cumple con otras pautas del programa. Los solicitantes y los abogados pueden decidir si establecen una relación abogado-cliente, pero no tienen la obligación de hacerlo.
La USCA no participa de ninguna manera en el establecimiento de la relación abogado-cliente, entre otras cosas, las negociaciones de los honorarios del abogado, el cronograma de pago de dichos honorarios ni los términos del acuerdo de pago de honorarios anticipados. Estos asuntos se habrán de negociar estrictamente entre el abogado y el solicitante. Los términos de la representación y
decisiones en cuanto a los objetivos y los medios de la representación son asuntos entre el abogado y el cliente únicamente.
TOME NOTA: Los abogados de los solicitantes en virtud del Convenio no son agentes ni representantes de la USCA ni del Gobierno de los EE. UU. La inclusión de sus nombres en listas de abogados no constituye ningún respaldo ni recomendación del Departamento de Estado de
los EE. UU. Éste no asume responsabilidad alguna por el desempeño de los abogados que figuran en estas listas.
Costas y gastos
Es de esperar que los solicitantes que reciban servicios jurídicos pro bono o con honorarios reducidos paguen las costas del proceso y otros gastos afines (p. e j., cargos de presentación de documentos, notificación del proceso a la otra parte, llamadas telefónicas, gastos de viaje, servicios de taquígrafo, traducciones). Estos pueden ascender a US$1.000 o más, y pueden variar según el caso particular (p.ej., transcripciones del proceso en casos de apelación y testimonio de expertos, que pueden ser gastos adicionales costosos). En un caso dado, el tribunal puede tener la autoridad de dispensar las costas del proceso si así lo pidiere el abogado del solicitante. Además, los honorarios y gastos pueden ser recuperables si el solicitante prevalece en el proceso en virtud del Convenio. Algunos programas de ayuda jurídica pueden solventar parte de las costas y gastos, o todos ellos.
ASISTENCIA JURÍDICA POR HONORARIOS COMPLETOS
La USCA proporcionará al solicitante, previa solicitud, una lista de abogados que trabajen por honorarios completos. El solicitante también deberá ponerse en contacto directamente con estos abogados.
2022 Legal Assistance Requests (2022 Solicitud de Asistencia Jurídica)
• 2022 Income Guidelines (2022 Pautas de Ingresos)
• Hague Convention Attorney Network: Legal Assistance Request, 2022 (English)
• Red de Abogado del Convenio de La Haya: Solicitud de Asistencia Jurídica, 2022