AVISO DE CONCILIACIÓN DE UNA DEMANDA COLECTIVA Y AUDIENCIA DE APROBACIÓN
EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DEL XXXXXXX XX XXXXXX, ARKANSAS TERCERA DIVISIÓN
XXXXX XXXXXXX, individualmente y
en nombre de un colectivo de personas igualmente situadas DEMANDANTE vs. Caso Nº. CV 2006-182-3
ALLTEL CORPORATION y
ALLTEL COMMUNICATIONS, INC. DEMANDADOS
AVISO DE CONCILIACIÓN DE UNA DEMANDA COLECTIVA Y AUDIENCIA DE APROBACIÓN
Para: Los residentes de Arkansas, excluyendo a los empleados, funcionarios, directores y agentes de Xxxxxx, que han pagado el cargo por cancelación anticipada de Alltel del 15 de febrero de 2001 hasta el 10 de noviembre de 2014.
Haga clic aquí para ver este aviso en español: xxx.XxxxxxXXXXxxxxxxxxx.xxx
Este aviso describe la conciliación de una demanda colectiva que se refiere a la Cuota por Cancelación Anticipada impuesta por Xxxxxx a los clientes de Arkansas que dieron por terminado su servicio de Alltel antes del término de su contrato. El Acuerdo de Estipulación y Conciliación ha sido aprobado preliminarmente por el Tribunal.
TENGA PRESENTE QUE el 5 de enero de 2015, en el Tribunal del Xxxxxxx xx Xxxxxx, el juez Xxxxxxx Xxxxxxxx, Sala de la División 3, 000 Xxxxx Xxxx Xxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxxx, 00000 a las 9:00 a.m., se efectuará una Audiencia de Aprobación Definitiva para determinar si se concede la aprobación definitiva al Acuerdo de estipulación y conciliación, escuchar las objeciones que pueda haber a la conciliación, dictar sentencia sobre la solicitud de concesión de honorarios y costos presentada por los abogados del colectivo en esta demanda y fallar sobre la aplicación de un otorgamiento de incentivo al Representante del Colectivo.
No se pagará ningún reembolso sino hasta después de que la Conciliación sea definitiva.
XXX ESTE AVISO CUIDADOSAMENTE. Es posible que tenga derecho a compartir los ingresos de la Conciliación. Sus derechos a una asignación monetaria pueden verse afectados.
Esto no es una demanda contra usted. A usted no se le está demandando. Éste es un aviso de una conciliación propuesta para una demanda colectiva. En el siguiente aviso, se le está informando acerca de las características de la conciliación propuesta y se le pide que decida si desea participar en esta Conciliación, oponerse a ella o excluirse de ella.
1. ¿Quiénes son las partes en esta demanda colectiva?
Xxxxx Xxxxxxx es el Representante del Colectivo. El Xx. Xxxxxxx interpuso una demanda como demanda colectiva para hacer valer sus propias reclamaciones individuales y para representar a un colectivo de personas que tienen reclamaciones similares. Los acusados son Alltel Corporation y Alltel Communications, LLC (colectivamente denominados “Alltel”). La demanda está pendiente de resolución en el Tribunal de Circuito del Xxxxxxx xx Xxxxxx, Arkansas.
2. ¿Es usted miembro del colectivo?
El Colectivo consta de todos los residentes de Arkansas, excepto los empleados, funcionarios, directores y agentes de Xxxxxx, que pagaron la cuota por cancelación anticipada de Alltel desde el 15 de febrero de 2001 hasta el 10 de noviembre de 2014, aparte de aquellos individuos que ya han solicitado ser excluidos del Colectivo.
3. ¿De qué se trata esta demanda?
El Xx. Xxxxxxx afirma que la Cuota de Cancelación Anticipada de Alltel infringía la Ley de Prácticas Comerciales Engañosas de Arkansas y constituyó un enriquecimiento injusto por parte de Xxxxxx.
Alltel niega estas acusaciones.
Basándose en la información disponible para ambas partes y los riesgos que implica un juicio, el Xx. Xxxxxxx, así como los abogados del colectivo, han concluido que la conciliación propuesta es equitativa, razonable y adecuada, y que sirve a los intereses de los Miembros del Colectivo.
4. ¿Qué tiene que hacer para recibir compensación o beneficios de la conciliación?
Xxxx presentar oportunamente un Formulario de Reclamación completo afirmando todas las siguientes opciones: (1) usted tuvo una cuenta con Xxxxxx y puede proporcionar su número de teléfono celular de Alltel, (2) entre el 15 de febrero de 2001 y el 10 de noviembre de 2014, usted pagó una o más Cuotas por Cancelación Anticipada o Penalizaciones por Desconexión Anticipada (“ETF”) que le cobró Alltel; (3) en el momento en que pagó los ETF, su dirección de facturación estaba en el estado de Arkansas. Para ser oportuno, el Formulario de Reclamación debe presentarse a más tardar el 5 xx xxxx de 2015.
5. ¿Qué compensación o beneficios proporcionará la conciliación?
La Conciliación, si el Tribunal la aprueba en forma definitiva, dispone que los Miembros del Colectivo de la Conciliación que presenten una Reclamación Aprobada recibirán un pago de $70 por cada línea por la que se pagó un ETF.
NOTA: No habrá beneficios disponibles sino hasta después de que la aprobación de la Conciliación por parte del Tribunal sea definitiva.
Si usted es un miembro del colectivo que recibe este aviso, y no presenta una reclamación, no tendrá derecho a recibir ningún beneficio por las reclamaciones que son objeto de esta Demanda, pero no estará obligado por la Conciliación.
6. ¿Cuánto dinero se pagará a los abogados y quién lo pagará?
Los abogados de los demandantes y del colectivo presentarán a la aprobación del Tribunal una solicitud de honorarios de abogados y gastos que deberá pagar Alltel, por una cantidad que no supere $1,969,946.00.
El Tribunal determinará el monto de cualesquiera honorarios y gastos otorgados a los abogados del colectivo, que no se descontarán de los pagos efectuados al colectivo. Cada Reclamación Aprobada recibirá $70 por cada línea por la que se pagó un ETF.
7. ¿La persona que emprendió esta demanda en nombre del colectivo recibirá algo además de los beneficios que se proporcionan a los otros miembros del colectivo?
Sí. El Xx. Xxxxxxx pedirá al Tribunal que le otorgue hasta $5,000 como asignación de incentivo por el esfuerzo y tiempo que ha invertido en este litigio. El Tribunal determinará el monto de cualquier asignación de incentivo de este tipo, que será pagado por Alltel y no se descontará de los pagos efectuados al colectivo.
8. ¿Cuáles son sus opciones?
Si es Miembro del Colectivo, tendrá las opciones siguientes:
• presentar una Reclamación si cumple con los criterios establecidos en el párrafo 4 anterior.
• no hacer nada, renunciando así a la posibilidad de recibir cualquier reparación en virtud de la Conciliación.
• permanecer en el Colectivo de la Conciliación y presentar una Objeción oportuna si no está de acuerdo con cualquier parte de la Conciliación o la solicitud de honorarios o gastos de los abogados o la asignación de incentivo.
• excluirse del Colectivo de la Conciliación, lo que significa que no participará en ninguno de los beneficios financieros de la Conciliación, no estará obligado por los descargos que se hagan o el fallo que se dicte en relación con la Conciliación y no se le permitirá presentar objeciones a ninguna parte de la Conciliación.
Las siguientes secciones explican las consecuencias que tiene elegir cada opción.
8a. ¿Qué sucede si presenta una Reclamación?
Si es Miembro del Colectivo y rellena y presenta oportunamente un Formulario de Reclamación, y si dicho formulario es aprobado, usted recibirá la reparación descrita anteriormente una vez que la Conciliación sea definitiva. Para ser oportuno, el Formulario de Reclamación debe presentarse a más tardar el 5 xx xxxx de 2015.
A menos que envíe una Solicitud de Exclusión (en cuyo caso no recibirá ninguno de los beneficios de la Conciliación, ver la sección 9d abajo), tendrá prohibido presentar una demanda contra Alltel basada en o relacionada con la ETF de Alltel.
El Formulario de Reclamación proporciona indicaciones sobre cómo debe rellenarse.
En el Formulario de Reclamación, se le pedirá, entre otras cosas, que certifique, hasta donde sabe y cree, que (1) tuvo una cuenta con Xxxxxx, (2) entre el 15 de febrero de 2001 y el 10 de noviembre de 2014, pagó uno o más ETF que le cobró Alltel, y (3) al momento en que pagó el ETF, su dirección de facturación estaba en el estado de Arkansas.
8b. ¿Qué sucede si no presenta una Reclamación?
En virtud de los términos de la Conciliación, si no presenta un Formulario de Reclamación, no recibirá ningún reembolso. Si el Tribunal aprueba la Conciliación, y si usted no presenta una Reclamación, de todas formas estará obligado por la Conciliación, a menos que presente una Solicitud de Exclusión.
8c. ¿Cómo presento una objeción?
Puede permanecer en el Colectivo de la Conciliación y presentar una objeción si no está de acuerdo con cualquier parte de la Conciliación o la solicitud de honorarios o gastos de los abogados o el pago de una asignación de incentivo. Debe presentar su objeción por escrito y presentarla ante el Tribunal a más tardar el 19 de diciembre de 2014. Al mismo tiempo, debe enviar su objeción por correo a los abogados de los demandantes:
Xxxxx X. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx LLP 0000 Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxx, XX 00000 | y | Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxx & Xxxxxx, P.A. 000 Xxxxxxxxxx Xxxxxx XX Xxx 000 Xxxxxxxxxxx, XX 00000 |
y a los abogados de Alltel:
Xxxx X. Xxxxxx
Xxxxxxxxxxx, Grooms & Xxxx, PLLC 000 Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxx 0000
Xxxxxx Xxxx, XX 00000
En cualquier objeción de esta índole debe incluirse una declaración de las bases de su objeción y cualquier evidencia que la apoye, una declaración bajo pena de perjurio indicando que usted es Miembro del Colectivo de la Conciliación según se describe en la sección 2 anterior y su nombre completo, dirección actual y número de teléfono inalámbrico de Alltel. Si no presenta y entrega correcta y oportunamente un objeción a más tardar en la fecha requerida, se hará caso omiso de cualquier objeción que tenga a la conciliación y se le impedirá hacer cualquier objeción (ya sea mediante apelación o de otra manera) a la Conciliación. Si decide presentar una objeción, se le podría solicitar que estuviera disponible para hacer una declaración jurada en un plazo razonable antes de la Audiencia de Aprobación Definitiva.
8d. ¿Cómo me excluyo del colectivo?
Puede excluirse del Colectivo de la Conciliación, lo que significa que no participará en ningún aspecto de la Conciliación, y podrá emprender sus propias reclamaciones, de haberlas, a su propio cargo contra Xxxxxx o las Partes Liberadas. Para excluirse, debe presentar su solicitud de exclusión por escrito a:
Rosenow v. Administrador de la Conciliación de Alltel x/x Xxxxxxx & Xx. XXX
X.X. Xxx 0000 Xxxxxxxx XX 00000-0000
Su petición debe estar firmada, incluir su nombre, dirección y número de teléfono, e indicar claramente que desea excluirse del colectivo. Su solicitud debe tener matasellos no posterior al 19 de diciembre de 2014.
9. ¿Cuándo celebrará el Tribunal la Audiencia de Aprobación Definitiva?
El Tribunal llevará a cabo una audiencia pública para determinar si debe aprobar la Conciliación propuesta y determinar los montos de los honorarios y gastos a ser otorgados a los abogados de los demandantes y al colectivo, y el pago de la asignación de incentivo, el 5 de enero de 2015. El Tribunal puede posponer la fecha. De estar disponible, el aviso de cualquier aplazamiento será publicado en xxx.XxxxxxXXXXxxxxxxxxx.xxx. Aunque la audiencia estará abierta al público, no se le permitirá hablar en ella a menos que haya presentado una objeción oportuna a la Conciliación, los honorarios y gastos de abogados o la asignación de incentivo del modo descrito en la sección 8.c arriba.
10. ¿Dónde puede obtener información adicional?
Este aviso ofrece sólo un resumen de los asuntos referentes a la demanda. Los documentos, el Acuerdo de Estipulación y Conciliación, y las órdenes de la Demanda proporcionan mayor detalle y pueden aclarar los asuntos que sólo se describen en términos generales o resumidos en el presente aviso. Se pueden revisar copias del Acuerdo de Estipulación y Conciliación, otros documentos, órdenes judiciales y demás información relacionada con la demanda en xxx.XxxxxxXXXXxxxxxxxxx.xxx. Los términos en mayúsculas utilizados en este aviso tienen los significados que se les asignaron en el Acuerdo de Estipulación y Conciliación. En caso de conflicto entre el Acuerdo de Estipulación y Conciliación y este aviso, prevalecerá el Acuerdo de Estipulación y Conciliación.
También puede examinar el Acuerdo de Estipulación y Conciliación, las órdenes judiciales y los demás documentos presentados en la Demanda en la Oficina de la Secretaría del Tribunal de Circuito del Condado Saline, 000 Xxxxx Xxxx Xxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxxx, durante horas de oficina ordinarias. También puede buscar la asesoría y orientación de su propio abogado, a su propio cargo, si lo desea.
Si desea comunicarse con los abogados del colectivo u obtener información de ellos, puede hacerlo por carta o por teléfono en las direcciones siguientes. Debe dirigir cualquier pregunta de este tipo referida a una Reclamación u otros asuntos descritos en este aviso al Abogado del Colectivo:
Xxxxx X. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx LLP 0000 Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxx, XX 00000 (501) 907-2555
y
Xxxx Xxxxxx
Xxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxx & Xxxxxx, P.A. 000 Xxxxxxxxxx Xxxxxx
XX Xxx 000
Xxxxxxxxxxx, XX 00000
(000) 000-0000
No se comunique con el Tribunal, los Abogados de Alltel o con ningún representante de Alltel o Verizon Wireless para obtener información.
Fechado: 10 de noviembre de 2014
Por orden del Tribunal de Circuito del Xxxxxxx xx Xxxxxx, Arkansas
Juez Xxxxxxx Xxxxxxxx, Juez de Circuito