INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN -ICFES
INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN -ICFES
PROCESO DE SELECCIÓN INVITACIÓN ABIERTA No. IA-006-2019
PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES
OBJETO
“Contratar en la modalidad de Business Process Outsourcing (BPO) la operación del centro de gestión del servicio de los cuatro canales dispuestos para la atención de las consultas, peticiones, quejas, reclamos,
sugerencias y necesidades de los usuarios y de la comunidad educativa”.
MARZO DE 2019
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PREÁMBULO
Teniendo en cuenta que, la Resolución No. 325 xx xxxxx de 2010 crea el Grupo Interno de Trabajo denominado Unidad de Atención al Ciudadano; que según la Resolución 218 xx xxxxx de 2014, en su artículo 2, indica que el objetivo de este grupo es: “la prestación del servicio de información al ciudadano a través de la solución efectiva y oportuna de las quejas, reclamos y peticiones”; y en el artículo 3 establece las funciones, entre estas: realizar las actividades descritas en los procedimientos de correspondencia, peticiones, quejas y reclamos, trámites, gestión del modelo del servicio y evaluación del servicio, cumpliendo los estándares de calidad definidos en los mismos; y gestionar la respuesta a las PQRS a través de los sistemas de información y canales adoptados por el ICFES respetando los criterios institucionales definidos
Por otro lado, es relevante señalar que la Unidad de Atención al Ciudadano recibió, en el último cuatrienio (2014
– 2017), más de cinco millones de PQRS a través de los diferentes canales de atención que se han dispuesto, con el fin de dar el manejo oportuno, pertinente y con calidad, para la entrega de información y soporte a la aplicación de pruebas.
En consecuencia y con el objetivo de garantizar la sostenibilidad del modelo de gestión de servicio ya implementado en la entidad, se requiere contratar a un proveedor de BPO con experiencia en la gestión integral del servicio a través de operaciones multicanal, que pueda demostrar su idoneidad para agregar valor a través de la oferta diferencial de herramientas, y de buenas prácticas para el análisis de información, para la potencialización xxx xxxxxxx humano, y para la reducción de costos y el aumento de la productividad.
Adicionalmente, se contempla la contratación de dicho proveedor ya que, a diferencia de otras entidades del Estado, el Icfes no requiere solamente un proveedor de Contact Center sino un proveedor de servicios de BPO que asuma la gestión del proceso de servicio e información de punta a punta y con los más altos estándares de calidad, por cuanto el Instituto no dispone del personal, de la infraestructura, ni de la tecnología adecuada para tal fin.
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1. INTRODUCCIÓN
El Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación –Icfes pone a disposición de los interesados el proyecto xx xxxxxx de condiciones para la selección del contratista encargado de “Contratar en la modalidad de Business Process Outsourcing (BPO) la operación del centro de gestión del servicio de los cuatro canales dispuestos para la atención de las consultas, peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y necesidades de los usuarios y de la comunidad educativa”
En virtud de lo previsto en el artículo 12 de Acuerdo No. 006 de 2015-Manual de Contratación del Icfes, los estudios y documentos previos que incluyen el análisis del sector, el proyecto y pliego de condiciones, así como cualquiera de sus anexos está a disposición del público en el Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP I
La selección del contratista se realiza a través de Invitación Abierta, conforme a lo previsto en el literal a) del artículo 11 del Acuerdo No. 006 de 2015-Manual de Contratación del Icfes.
Adicionalmente, antes de postularse en el presente proceso, es necesario que lea las siguientes recomendaciones:
Lea cuidadosamente el contenido xxx xxxxxx de condiciones
Verifique que no esté incurso en ninguna causal de inhabilidad e incompatibilidad para contratar.
Xxxxxxxxxx que cumple las condiciones y reúne los requisitos señalados en el pliego de condiciones.
Tenga en cuenta el cronograma establecido para el desarrollo de este proceso.
El proceso se surtirá mediante la plataforma Secop I y la pagina web de la entidad, la presentación tanto de observaciones se realizará a través del correo electrónico previsto para tal efecto y propuesta se debe realizar en físico en el lugar, fecha y hora indicado en el cronograma del presente proceso.
El proyecto xx xxxxxx de condiciones del presente proceso se podrá consultar en el SECOP I xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.; entidad contratante: Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación. Es de aclarar que todo acto dentro del proceso deberá surtirse mediante este aplicativo.
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2. ASPECTOS GENERALES
2.1. INVITACIÓN A LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS
En cumplimiento de lo dispuesto en el literal i) del artículo 3 del Acuerdo No. 006 de 2015-Manual de Contratación del Icfes en concordancia con el artículo 2.2.1.1.1.2.1 del Decreto 1082 de 2015, el Icfes invita a todas las personas y organizaciones interesadas en hacer control social al presente proceso de contratación, en cualquiera de sus fases o etapas, a que presenten las recomendaciones que consideren convenientes, intervengan en las audiencias y a que consulten los documentos del proceso en la plataforma SECOP II.
2.2. COSTOS DERIVADOS DE PARTICIPAR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.
Los costos y gastos en que los interesados incurran con ocasión del análisis de los documentos del proceso, la presentación de observaciones, la preparación y presentación de las ofertas, la presentación de observaciones a las mismas, la asistencia la audiencia pública de asignación de Riesgos y aclaración de pliegos y cualquier otro costo o gasto relacionado con la participación en el presente proceso de contratación, estará a cargo exclusivo de los interesados y proponentes.
Las comunicaciones en el marco del proceso de contratación deben hacerse por escrito, por medio físico o electrónico, y presentarse únicamente a las siguientes direcciones:
Xxxxxxx Xxxxx 00 Xx. 00-00, Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxx 0, xxxx 15, en la ciudad de Bogotá D.C – Oficina de Atención al Ciudadano, de lunes a viernes entre las 8 a.m. y las 4 p.m., dirigido a la Secretaría General del Icfes. Correo electrónico: contratacion@ Xxxxx.xxx.xx
La comunicación deberá contener: a) El número del presente proceso de contratación IC-003-2019; b) Datos del remitente: Nombre, dirección, dirección electrónica y teléfono; c) Identificación de los anexos presentados con la comunicación, los cuales deben estar debidamente foliados.
Las comunicaciones y solicitudes enviadas al Icfes por canales distintos a los mencionados NO serán tomadas en consideración, solo serán tenidas en cuenta para los propósitos del proceso de contratación, cuando sean radicadas a través de los canales antes mencionados.
El Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación debe responder las comunicaciones recibidas por escrito, enviándolas al correo electrónico de cada empresa invitada.
2.1. IDIOMA Y LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
La propuesta, todos los documentos que la integren y la totalidad de la correspondencia remitida dentro de la presente Invitación Abierta, deberán estar redactados en idioma castellano. Los documentos en idioma distinto al castellano deben ser presentados en su lengua original junto con la traducción simple al castellano, salvo en los casos en que la ley exija traducción oficial o que se prevea así en el proyecto xx xxxxxx de condiciones.
Para la firma del contrato, el proponente que resulte adjudicatario debe presentar la traducción oficial al castellano de los documentos presentados en idioma extranjero.
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Los documentos privados otorgados en el exterior no requieren de legalización o apostille, tal como lo establece en la Circular No. 17 del 11 de febrero de 2015, expedida por Colombia Compra Eficiente.
2.2. DEFINICIONES
Los términos definidos son utilizados en singular y en plural de acuerdo como lo requiera el contexto en el cual son utilizados. Los términos no definidos a continuación deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio.
Todos los documentos públicos otorgados en países no miembros del Convenio de La Haya tendientes a acreditar cualquiera de los requisitos exigidos en el presente pliego de condiciones, deberán presentarse consularizados y legalizados en la forma prevista en el artículo 251 del Código General del Proceso y el artículo 480 del Código de Comercio. En el evento de documentos públicos, expedidos por autoridades de países miembros del Convenio de La Haya de 1961, se requerirá únicamente la Apostilla. En todo caso, deberá atenderse igualmente el contenido de la Resolución No. 3269 del 2016 del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Término | Definición |
Pliego de Condiciones | Es el conjunto de normas que rigen el proceso de selección y el futuro Contrato, en los que se señalan las condiciones objetivas, plazos y procedimientos dentro de los cuales los Proponentes deben formular su Oferta para participar en el Proceso de Contratación del contratista y tener la posibilidad de obtener la calidad de adjudicatario del presente Proceso de Contratación. |
Proponente | Es la persona natural o jurídica o el grupo de personas jurídicas y/o naturales, nacionales o extranjeras, asociadas entre sí mediante las figuras de consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura que presenta una Oferta para participar en el Proceso de Contratación. |
Oferta | Es la propuesta presentada a Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - Icfes por los interesados en ser el contratista del Proceso de Contratación objeto del presente Pliego de Condiciones. |
Primer Orden de Elegibilidad | Es la posición que ocupa el Proponente que, una vez habilitado, obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la evaluación prevista en el presente Pliego de Condiciones. |
Adjudicación | Es la decisión final de Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - Icfes, expedida por medio de un acto administrativo, que determina el adjudicatario del presente Proceso de Contratación. |
Contratista | Es el Proponente que resulte adjudicatario y suscriba el Contrato objeto del presente Proceso de Contratación. |
Contrato | Es el negocio jurídico que se suscribirá entre el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - Icfes y el adjudicatario, por medio del cual se imponen a las partes obligaciones recíprocas y se conceden derechos correlativos que instrumentan la relación contractual que se busca establecer a través del presente proceso de contratación. |
TRM | Tasa de cambio representativa xxx xxxxxxx spot de dólares de los Estados Unidos de América certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia para una fecha determinada publicada en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
Día hábil: | Cualquiera común u ordinario, de lunes a viernes, excluidos los festivos en la República de Colombia. En caso de que el último día de un plazo cualquiera establecido en el Pliego de Condiciones o en el Contrato proyectado fuera no hábil, aquél se correrá al primero hábil siguiente en el calendario, salvo que se exprese con claridad que se trata de actividades que deben llevarse a cabo en días festivos o no hábiles. Cuando se pretenda hacer referencia a día calendario o común, así se consigna expresamente. |
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3. DESCRIPCIÓN DEL CONTRATO
3.1. OBJETO DEL CONTRATO
Contratar en la modalidad de Business Process Outsourcing (BPO) la operación del centro de gestión del servicio de los cuatro canales dispuestos para la atención de las consultas, peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y necesidades de los usuarios y de la comunidad educativa
3.2. CLASIFICACIÓN UNSPSC
El servicio objeto del presente proceso de contratación está codificado en el Clasificador de Bienes y Servicios de Naciones Unidas UNSPSC en el tercer nivel, como se indica en la Tabla 1:
Tabla 1 - Codificación del bien, obra o servicio a contratar en el sistema UNSPSC
SEGMENTOS | FAMILIA | CLASE |
83111507 Servicios Públicos y Servicios Relacionados con el Sector Público | Servicios de Medios de Telecomunicaciones | Comunicaciones Telefónicas Locales y de Larga Distancia. |
83161707 Servicios Públicos y Servicios Relacionados con el Sector Público | Entrega de servicios de tecnología de información | Servicios de telecomunicaciones |
43231501 Difusión de Tecnologías de información y telecomunicaciones | Software | Software funcional especifico de la empresa |
3.3. PRESUPUESTO OFICIAL
El presupuesto oficial para el proceso de contratación a adelantar será hasta por la suma de VEINTITRÉS MIL OCHOCIENTOS OCHO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE PESOS MONEDA CORREIENTE ($ 00.000.000.000) IVA INCLUIDO y demás impuestos, costos
directos e indirectos que conlleve su celebración, ejecución y liquidación. A continuación, se desagrega el presupuesto por vigencia:
VIGENCIA FISCAL | VALOR POR AÑO |
Valor año 2019 | $ 3,218,562,521.00 |
Valor año 2020 | $ 7,760,724,383.00 |
Valor año 2021 | $ 8,407,500,963.00 |
Valor año 2022 | $ 4,421,505,702.00 |
TOTAL GENERAL | $ 23,808,293,569.00 |
El valor a adjudicar será hasta por el valor total del presupuesto oficial. El valor del contrato será ejecutado de acuerdo con los valores ofertados en los ítems por adjudicatario.
El presupuesto oficial corresponde a las siguientes vigencias y se encuentra amparado así:
VIGENCIA AÑO 2019: La suma de TRES MIL DOSCIENTOS DIECIOCHO MILLONES QUINIENTOS
SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS VEINTIÚN PESOS ($ 3.218.562.521) moneda corriente incluido IVA, y
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demás impuestos, costos directos e indirectos que conlleve su celebración, ejecución y liquidación discriminados de la siguiente manera:
Año | Tiempo de Servicio | Valor | CDP |
2019 | 5 meses 12 días | Hasta $ 3.218.562.521 | Certificado de disponibilidad presupuestal No. 2473 del 18 de febrero de 2019 |
VIGENCIA AÑO 2020: La suma de SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA MILLONES SETECIENTOS VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES PESOS ($7,760,724,383) moneda corriente incluido
IVA y demás impuestos, costos directos e indirectos que conlleve su celebración, ejecución y liquidación discriminados de la siguiente manera:
Año | Tiempo de Servicio | Valor | Vigencia Futura |
2020 | 12 meses | Hasta $ 7,760,724,383 | Oficio de aprobación con radicado No.2019-ER-039650 del 8 xx xxxxx de 2019 expedido por el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación Finanzas del MEN |
VIGENCIA AÑO 2021: La suma de OCHO MIL CUATROCIENTOS SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL
NOVECIENTOS SESENTA Y TRES PESOS ($8,407,500,963) moneda corriente incluido IVA y demás impuestos, costos directos e indirectos que conlleve su celebración, ejecución y liquidación, discriminados de la siguiente manera:
Año | Tiempo de Servicio | Valor | Vigencia Futura |
2021 | 12 meses | Hasta $ 8,407,500,963 | Oficio de aprobación con radicado No.2019-ER-039650 del 8 xx xxxxx de 2019 expedido por el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación Finanzas del MEN |
VIGENCIA AÑO 2022: La suma de CUATRO MIL CUATROCIENTOS VEINTIÚN MILLONES QUINIENTOS
CINCO MIL SETECIENTOS DOS PESOS ($4,421,505,702) moneda corriente incluido IVA y demás impuestos, costos directos e indirectos que conlleve su celebración, ejecución y liquidación, discriminados de la siguiente manera:
Año | Tiempo de Servicio | Valor | Vigencia Futura |
2022 | 6 meses | Hasta $ 4,421,505,702 | Oficio de aprobación con radicado No.2019- ER-039650 del 8 xx xxxxx de 2019 expedido por el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación Finanzas del MEN |
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En los casos en que, en un periodo de facturación, la ejecución contractual sea parcial, se pagará el valor proporcional al número de días calendario ejecutado por el equipo de trabajo.
El equipo de trabajo fijo tendrá un costo fijo mensual.
El equipo de trabajo variable tendrá un costo variable mensual, dependiendo de los perfiles aprobados para el servicio y la disponibilidad real de los mismos durante el mes.
Los pagos se realizarán mensualmente, una vez aprobados los informes correspondientes al periodo de facturación, previa evaluación del cumplimiento de los niveles de servicio descritos en el Anexo No. 5 ANEXO TECNICO del periodo inmediatamente anterior de acuerdo con los valores establecidos en la propuesta y proporcional al tiempo y servicios prestados, sujeto a PAC y liquiedez del Icfes.
A continuación, se informan las condiciones de cada uno de los pagos:
El ICFES pagará a EL CONTRATISTA el valor del contrato de acuerdo con los servicios prestados, previa presentación de los siguientes documentos:
• Certificado de Cumplimiento suscrito por el Supervisor del contrato.
• Informe mensual donde deberá relacionar las actividades realizadas y las novedades que se hayan presentado durante este periodo.
• Cuenta de cobro o factura.
• Certificación a la fecha expedida por parte del Revisor Fiscal o del Representante Legal, según sea el caso, de conformidad con lo establecido en el parágrafo 1º del artículo 23 de la Ley 1150 de 2007 y Ley 1562 de 2012, en la cual se acredite el cumplimiento del pago de las obligaciones derivadas de los aportes de sus empleados, a los Sistema de Salud, Riesgos Profesionales, Pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y SENA. (Adjuntando las planillas de pago de lo anteriormente mencionado del personal que presta el servicio en la entidad).
Conforme al presupuesto del presente proceso y a la Circular No. 002 de 2019 “Cronograma de Recepción y pago de obligaciones de contratistas y proveedores” expedida por el Icfes, se deberán facturar en las fechas establecidas en la circular en mención, los servicios efectivamente prestados y aprobados por la supervisión del contrato.
Las fechas de pago para las vigencias 2020, 2021 y 2022 estarán sujetas a las Circulares Cronograma de Recepción y pago de obligaciones de contratistas y proveedores que expida el Icfes para dichas vigencias.
El Contratista para los pagos deberá tener en cuenta lo siguiente:
1. Cada pago corresponderá a la real y efectiva prestación del servicio, en consecuencia, aquellos pagos que se efectúen por fracción de mes ejecutada, serán liquidados de manera proporcional. Para ello el cálculo tendrá como referente 30 días y el respectivo valor mensual ofertado por el proponente adjudicatario en su propuesta (de acuerdo a la vigencia a la que corresponda el mes a pagar).
2. Las fechas antes indicadas son una proyección de pagos, no obstante, se encuentran sujetas a la fecha de adjudicación del proceso de selección y al cumplimiento de las condiciones pactadas para cada desembolso.
3. Los valores previstos para cada uno de los pagos se sujetarán al valor total ofertado por el proponente adjudicatario.
3.4. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
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El contrato se suscribe hasta el 30 xx xxxxx de 2022, plazo que se empezará a contar a partir de la suscripción del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de ejecución, a saber: Expedición del Registro Presupuestal y Aprobación de las Garantías.
3.5. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El lugar de ejecución del contrato será la ciudad de Bogotá D.C., que para todos los efectos se entenderá el lugar del domicilio del contrato.
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4. OFERTA
4.1 PRESENTACIÓN
Los proponentes deben presentar sus Ofertas por escrito, con los anexos contenidos en el presente proyecto xx xxxxxx de condiciones, en la fecha establecida en el cronograma al que se refiere el numeral 14 y acompañadas de los demás documentos solicitados, así como de la garantía de seriedad de la oferta a la que se refiere el numeral 5.1.6 del presente proyecto xx xxxxxx de condiciones.
Cualquier alteración o no presentación de los formatos indicados por el Icfes para la presentación de las ofertas, será causal de rechazo.
Los documentos de la oferta se presentarán en dos (2) sobres: El sobre No. 1 contentivo de los documentos que acreditan la capacidad jurídica, financiera y técnica en original y dos (2) copias, y un sobre No. 2 contentivo de la oferta de los factores técnicos ponderables y económico, y de apoyo a la industria nacional, en original y una (1) copia. La documentación de estar debidamente foliada de forma consecutiva y la numeración debe iniciar con el número uno (1), para cada uno de los sobres.
El sobre se debe identificar de la siguiente manera:
INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN – ICFES INVITACIÓN ABIERTA No. IA-006-2019
OBJETO: “Contratar en la modalidad de Business Process Outsourcing (BPO) la operación del centro de gestión
del servicio de los cuatro canales dispuestos para la atención de las consultas, peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y necesidades de los usuarios y de la comunidad educativa”
Sobre No. 01 Documentos Jurídicos, Financieros y Técnicos o
Sobre No. 02 Oferta Económica
Oferente:
NIT o C.C. del oferente: _ Dirección, Ciudad: Telefóno:
Las ofertas estarán vigentes por el término de noventa (90) días calendario, contados desde la fecha de presentación de ofertas establecida en el cronograma.
La presentación de la oferta implica la aceptación por parte del proponente de la distribución de riesgos efectuada en el pliego de condiciones y sus adendas.
El día del vencimiento del término para presentar las ofertas, Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación-Icfes publicará en el SECOP I el acta del cierre.
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4.2 REVISIÓN DE LOS REQUISITOS HABILITANTES
La Entidad revisará el cumplimiento de los requisitos habilitantes de que trata el numeral 5 del presente documento. Los proponentes pueden subsanar la forma como acreditaron los requisitos habilitantes hasta el término de traslado del informe de evaluación previsto para este proceso de selección.
El Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación-Icfes publicará el informe respectivo en la plataforma SECOP I dentro de las fechas establecidas en el cronograma del presente proceso de selección.
4.3 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Los proponentes que hayan acreditado los requisitos habilitantes de que trata el numeral 5 serán evaluadas, de acuerdo con lo establecido en el numeral 6 del presente pliego de condiciones.
El Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación publicará en la plataforma SECOP I el informe respectivo en la oportunidad señalada en el cronograma del presente proyecto xx xxxxxx de condiciones.
4.4 DECLARATORIA DE FALLIDO DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
De conformidad con lo previsto en el artículo 22 del Acuerdo No. 006 de 2015 –Manual de Contratación del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación, la entidad declarará fallido el presente proceso de selección, cuando se presente cualquiera de las siguientes circunstancias:
i. No se reciba ninguna propuesta;
ii. Ninguna de las propuestas resulte admisible o favorable para la entidad o cuando ninguna cumpla con los factores jurídicos, técnicos, financieros y económicos previstos en el pliego de condiciones;
iii. Existan causas o motivos que impidan la selección objetiva;
iv. La ordenadora del gasto del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación y/o su delegado no acoja la recomendación del Comité Evaluador y opte por la declaratoria de desierta del proceso, caso en el cual deberá motivar su decisión; y
v. Se presenten los demás casos contemplados en la Ley.
4.5 CAUSALES DE RECHAZO
Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación adicional a otras causas previstas por la Ley rechazará las ofertas presentadas por los proponentes que: i) Xxxx presentadas después de vencido el plazo establecido para el efecto en el cronograma; ii) Se presenten cualquiera de los siguientes eventos:
1. Cuando el proponente o uno de sus integrantes se encuentre incurso en alguna de las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades señaladas por la Constitución y la Ley. Cuando la inhabilidad o incompatibilidad sobrevenga en un proponente, se entenderá que renuncia a la participación en el proceso de selección y a los derechos surgidos del mismo.
2. Cuando el proponente o uno de sus integrantes se encuentre reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República.
3. Cuando, una vez estudiadas las observaciones y aclaraciones presentadas por los oferentes y vencido el traslado del informe de evaluación, la propuesta NO CUMPLE con alguno de los requisitos habilitantes exigidos.
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4. Cuando se presenten dos o más ofertas por el mismo oferente, o de uno de sus integrantes, bajo el mismo nombre o con nombres diferentes.
5. Cuando los oferentes no suministren la información y documentación solicitada por la entidad hasta el término de traslado del informe de evaluación conforme a lo previsto en el artículo 18 del Acuerdo No. 006 de 2018 –Manual de Contratación.
6. Cuando la propuesta se presente en forma parcial o con condicionamientos para la adjudicación por parte del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación.
7. Cuando existan inconsistencias en la información o documentos que sustenten los requisitos habilitantes y evaluables que no permitan hacer una comparación y evaluación objetiva de las propuestas.
8. Cuando la propuesta no sea presentada en la fecha, lugar y hora establecido en el presente documento.
9. Cuando la entidad considere que el valor ofertado es artificialmente bajo. Se considerará artificialmente bajo el valor que, de acuerdo a los estudios xxx xxxxxxx y las consideraciones de los estudios previos, se determina que el proponente no podrá cubrir de manera efectiva los costos para la ejecución del contrato, y que no fuere justificado por el mismo, previo requerimiento de la entidad.
10. Cuando el proponente no presente la oferta económica (hace parte de la oferta económica el ANEXO No. 9 OFERTA ECONÓMICA)
11. Cuando se compruebe que al proponente individual o a un miembro de un proponente plural se le declaró la caducidad administrativa en algún contrato mediante acto administrativo en firme, durante los últimos cinco (5) años anteriores a la presentación de la propuesta de conformidad con el artículo 8 de la Ley 80 de 1993.
12. La no entrega de la garantía de seriedad junto con la propuesta conforme al numeral 1 del artículo 35 del Acuerdo No. 006 de 2015-Manual de Contratación.
13. Las demás contempladas en la Constitución Nacional, en las Leyes y en el presente pliego de condiciones
14. Cuando el proponente en cualquiera de los ítems, sobrepase el valor del presupuesto establecido por vigencia por la entidad o cuando el proponente en cualquiera de los ítems, no cotice o cotice en cero.
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5. REQUISITOS HABILITANTES
Las propuestas que reúnan las condiciones de capacidad jurídica, experiencia del proponente y experiencia y formación del personal requerido, capacidad financiera y capacidad organizacional, que se establecen en el presente numeral, serán susceptibles de evaluación los proponentes.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 6° de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto 19 de 2012, “Todas las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales, se inscribirán en el Registro Único de Proponentes del Registro Único Empresarial de la Cámara de Comercio con jurisdicción en su domicilio principal”. Para el caso de los extranjeros sin domicilio o sucursal en Colombia, los requisitos habilitantes se verificarán directamente por la entidad contratante, de acuerdo con lo establecido en el presente documento.
El Icfes verificará el cumplimiento de los requisitos habilitantes a través del Registro Único de Proponentes de acuerdo con lo contenido en el numeral 2 del artículo 23 del Acuerdo No. 006 de 2015 –Manual de Contratación en concordancia con lo previsto en los artículos 2.2.1.1.1.5.2., 2.2.1.1.1.5.3. y 2.2.1.1.1.6.2 del Decreto 1082 de 2015 y en el “Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación” expedido por Colombia Compra Eficiente.
De conformidad con el numeral 2 del artículo 23 del Acuerdo No. 006 de 2015 –Manual de Contratación en concordancia con el numeral 6.1 del artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, solo en aquellos casos en que por las características del objeto a contratar se requiera la verificación de requisitos del proponente adicionales a los contenidos en el RUP, la entidad estatal puede hacer tal verificación en forma directa.
Atendiendo los lineamientos señalados en el numeral 2 del artículo 23 del Acuerdo No. 006 de 2015 –Manual de Contratación, el Icfes estableció los requisitos habilitantes de la presente invitación abierta teniendo en cuenta: a) el riesgo del proceso de contratación; b) naturaleza y valor máximo del contrato de prestación de servicios objeto de la presente invitación abierta; c) el análisis del sector; y d) el conocimiento de los posibles oferentes desde la perspectiva comercial.
5.1 CAPACIDAD JURÍDICA
Conforme a lo previsto en numeral 2 del artículo 23 del Acuerdo No. 006 de 2015 –Manual de Contratación, la verificación de los documentos para la habilitación jurídica no tiene ponderación alguna. Se trata del estudio que debe realizar el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación para determinar si la propuesta se ajusta a los requerimientos de la Ley y del presente documento, estableciendo si CUMPLE o NO CUMPLE con los requisitos exigidos.
5.1.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
La carta de presentación debe ser firmada por la persona natural, por el representante legal de la persona jurídica, por el representante del consorcio o unión temporal conformado, o por el apoderado quien actuará mediante el poder debidamente conferido para tal efecto de conformidad con los requisitos xx xxx. En la carta de presentación de la propuesta se relacionarán los documentos que se anexan, se señalará la dirección comercial donde recibirá cualquier comunicación, la manifestación de aceptación y cumplimiento de todas las especificaciones y condiciones técnicas y las demás consignadas en el presente pliego de condiciones, sin
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condicionamiento alguno, la indicación del valor de la propuesta, y la manifestación expresa de no encontrarse incurso en prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades para contratar. Todo lo anterior, de conformidad con el ANEXO 1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA.
Quien suscriba la carta de presentación y con ello presente los documentos en nombre del proponente, debe contar con las facultades para ello, así como para suscribir el contrato en caso de adjudicación y para notificarse de cualquier decisión que adopte la entidad.
5.1.2 ACREDITACIÓN DE LA EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL DEL PROPONENTE
A. PERSONAS NATURALES NACIONALES Y EXTRANJERAS
Las personas naturales deberán tener capacidad jurídica para la presentación de la propuesta, la suscripción y ejecución del Contrato, que se somete a la presente Invitación Abierta. Además, debe manifestar que, no se encuentre incursa en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad o prohibiciones para contratar previstas en la Constitución Política de Colombia y en la ley colombiana, en particular en la Ley 80 de 1993 modificada por la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011, el Decreto 1082 de 2015 o en la(s) ley(es) que la(s) modifique(n), remplace(n) o sustituya(n), y sus decretos reglamentarios.
Las personas naturales nacionales, deberán demostrar su existencia y capacidad legal a través de la copia de la cédula de ciudadanía.
En el evento que la persona natural tenga la calidad de comerciante, deberá allegar el registro mercantil expedido por la Cámara de Comercio con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre del presente proceso, donde acredite que la actividad mercantil de la persona natural esté relacionada con el objeto del contrato del presente proceso.
Las propuestas presentadas por personas naturales de origen extranjero que se encuentren dentro del país, deberán estar acompañadas de la autorización correspondiente, expedida de conformidad con las normas de control migratorio vigentes.
Cuando se trate de personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia, sin importar el título a través del cual participen, deberán acreditar que cuentan con un apoderado debidamente constituido, con domicilio en Colombia y ampliamente facultado para la presentación de la propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del proceso de selección, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el contrato, suministrar la información que le sea solicitada, representarlo judicial y extrajudicialmente y adelantar los demás actos necesarios de acuerdo con el presente pliego de condiciones.
Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que participen en propuestas conjuntas y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los miembros de la propuesta conjunta con los requisitos de autenticación, consularización y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución de la Estructura Plural.
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B. PERSONAS JURÍDICAS NACIONALES Y PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS CON DOMICILIO EN COLOMBIA
Las personas jurídicas nacionales o extranjeras con domicilio en Colombia, que presenten propuesta para participar en el presente proceso de selección, deberán acreditar su existencia, capacidad y representación legal mediante el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio de la ciudad donde se encuentre su domicilio o sucursal, con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre del presente proceso.
En dicho documento deberá constar quién ejerce la representación legal y las facultades del mismo, se deberá acreditar que el objeto social de la persona jurídica se encuentra relacionado con objeto del presente proceso y que su duración no sea inferior al término del plazo del contrato y un (1) año más.
El representante legal debe estar facultado para la presentación de la propuesta, la suscripción y ejecución del Contrato, y no podrá estar incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad o prohibiciones para contratar previstas en la Constitución Política de Colombia y en la ley colombiana, en particular en la Ley 80 de 1993 modificada por la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011, el Decreto 1082 de 2015 o en la(s) ley(es) que la(s) modifique(n), remplace(n) o sustituya(n), y sus decretos reglamentarios
Si el representante legal o apoderado no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta, suscribir y ejecutar el Contrato de Prestación de Servicios, deberá adjuntar copia del acta, o extracto de la misma (o documento soporte) donde se le otorguen tales atribuciones. En el caso de proponentes plurales, el representante legal de cada una de las personas jurídicas que lo conformen, deberá contar con la autorización por el valor total de la propuesta y del respectivo Contrato de Presentación de Servicios y no sólo por el monto de su participación), teniendo en cuenta que la responsabilidad de todos sus integrantes es solidaria por el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del Contrato de Prestación de Servicios, de acuerdo con lo dispuesto en los numerales 1º y 2º y el Parágrafo 3º del artículo 7° de la Ley 80 de 1993 y en los artículos 1.568, 1.569 y 1.571 del Código Civil.
Las personas jurídicas sin ánimo de lucro que deban registrarse en las cámaras de comercio, deberán allegar certificado de la cámara de comercio en donde conste tal registro. En caso de no contar con el mismo aportará certificación de la autoridad competente. En el evento en que el representante legal tenga alguna limitación para contratar deberá anexar la autorización del órgano competente (junta de socios, junta directiva, asamblea general) para comprometer a la sociedad en la presentación de propuestas y en la firma del contrato que se derive de este proceso de selección.
Para el caso de proponentes plurales, al menos uno (1) de sus integrantes deberá acreditar que su objeto social está relacionado el objeto del presente proceso, con capacidad jurídica del representante legal para la presentación de la propuesta, la suscripción y ejecución del Contrato, que se somete al presente proceso, siempre que no se encuentre incursa en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad o prohibiciones para contratar previstas en la Constitución Política de Colombia y en la ley colombiana, en particular en la Ley 80 de 1993 modificada por la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011, el Decreto 1082 de 2015 o en la(s) ley(es) que la(s) modifique(n), remplace(n) o sustituya(n), y sus decretos reglamentarios.
C. PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS SIN DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA.
Las personas jurídicas extranjeras que no tengan domicilio o sucursal en Colombia, deben probar su existencia, representación legal y demostrar que el objeto social se encuentra relacionado con el objeto del presente
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proceso y que su duración no sea inferior al término del plazo del contrato y un (1) año más. Para verificar lo anterior, el proponente deberá adjuntar:
(i) Documento expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio.
Dicho documento, deberá ser expedido por lo menos dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre, y en él deberá constar su existencia, su objeto social, la fecha de constitución (que en todo caso deberá ser anterior a la fecha de cierre), su vigencia, el nombre del representante legal de la sociedad o de la persona o personas que tengan la capacidad jurídica para comprometerla y sus facultades señalando expresamente, si fuere el caso, que el representante no tiene limitaciones para presentar la Propuesta.
En el evento en que conforme a la jurisdicción del interesado extranjero no hubiese un documento que contenga la totalidad de la información, presentarán los documentos que sean necesarios para acreditar lo solicitado en el presente literal, expedidos por las respectivas autoridades competentes.
Si en la respectiva jurisdicción no existiese ninguna autoridad o entidad que certifique la información aquí solicitada, el proponente extranjero deberá presentar una declaración juramentada de una persona con capacidad jurídica para vincular y representar a la sociedad en que conste que: a) no existe autoridad u organismo que certifique lo solicitado en el presente numeral; b) la información requerida en el presente numeral; y (c) la capacidad jurídica para vincular y representar a la sociedad de la persona que efectúa la declaración y de las demás personas que puedan representar y vincular a la sociedad, si las hay.
Cuando se trate de personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, sin importar el título a través del cual participen, deberán acreditar que cuentan con un apoderado debidamente constituido, con domicilio en Colombia y ampliamente facultado para la presentación de la propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del proceso de selección, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el contrato, suministrar la información que le sea solicitada, representarlo judicial y extrajudicialmente y adelantar los demás actos necesarios de acuerdo con el presente pliego de condiciones.
Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que participen en propuestas conjuntas y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los miembros de la propuesta conjunta con los requisitos de autenticación, consularización y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución de la Estructura Plural.
En el evento en que el proponente adjudicatario del presente proceso determine que conforme a la naturaleza, habitualidad, duración y estructura a desplegar para la ejecución del contrato le asiste vocación de permanencia en el país, deberá constituir una sucursal en Colombia en un término no mayor a ocho (8) días hábiles contados desde la adjudicación, y demás actos necesarios de acuerdo con el presente pliego. Lo anterior, en los términos de los artículos 469 a 497 del Código de Comercio Colombiano y de los artículos 251 del Código General del Proceso.
(ii) Extracto de los estatutos sociales o certificado de representante legal o funcionario autorizado.
Este documento deberá anexarse para acreditar:
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a) Que su objeto social principal o complementario permite la celebración y ejecución del Contrato; para estos efectos, la autorización se entiende contenida dentro de las autorizaciones generales otorgadas para comprometer a la sociedad.
b) Que su(s) representante(s) legal(es) o de su(s) apoderado(s) especial(es) en Colombia tiene(n) las suficientes facultades para la suscripción del Contrato.
c) Que su duración es por lo menos igual al plazo total estimado del Contrato y un (1) año más.
(iii) Autorización del órgano social competente de la sociedad
Deberá adjuntarse si el(los) representante(s) legal(es) tuviere(n) limitaciones estatutarias para presentar la propuesta o suscribir el contrato en general para efectuar cualquier acto derivado del proceso de selección o de su eventual condición de adjudicatario, o si la duración de la sociedad no fuese suficiente en los términos de estos pliegos, se adjuntará un documento en el que conste que el órgano social competente ha decidido aumentar el plazo de la sociedad en caso de resultar adjudicatario y antes de la suscripción del Contrato o de la constitución de la sociedad si se presenta bajo promesa de sociedad futura.
CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES: Los proponentes plurales (uniones temporales o consorcios) deberán presentar el certificado de existencia y representación legal de las personas jurídicas y/o la fotocopia de la cédula de ciudadanía de las personas naturales que los conforman. En caso de que uno o varios de los integrantes de la forma conjunta sea una persona natural de origen extranjero o una sociedad extranjera con domicilio en Colombia, la propuesta deberá acompañarse de los documentos indicados previamente, según corresponda. Para el caso de proponentes plurales, al menos uno (1) de sus integrantes deberá acreditar que su objeto social esté relacionado con el objeto del presento.
En el evento que el representante legal se encuentre limitado en sus facultades deberá adjuntarse el documento de autorización expresa del órgano competente, en el cual se le faculte para, presentar la propuesta, para celebrar el contrato en caso de ser favorecido con la adjudicación, y, si es el caso, para conformar el Consorcio o Unión Temporal.
REGLAS DE PARTICIPACIÓN DE CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES
Las personas naturales y las personas jurídicas legalmente constituidas podrán presentar ofertas a través de consorcio o unión temporal, para lo cual deberán ajustarse a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley 80 de 1993.
El documento de constitución deberá cumplir mínimo con lo siguiente:
Expresar si la participación es a título de consorcio o unión temporal. Si se trata de unión temporal, sus miembros deberán señalar las reglas básicas de la relación entre ellos y su responsabilidad, los términos y extensión –actividades y porcentaje de su participación en la propuesta y en su ejecución, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo y escrito por parte del Icfes de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Señalar el nombre o razón social, domicilios y representante legal de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal y la participación porcentual de cada integrante.
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Indicar la duración del consorcio o de la unión temporal, la cual deberá ser, como mínimo, igual al plazo contado desde la fecha de cierre del presente proceso hasta la fecha de vencimiento del plazo de ejecución del contrato y un (1) año más.
Hacer la designación de la persona que tendrá la representación convencional del consorcio o de la unión temporal, indicando expresamente sus facultades. El representante designado deberá contar con facultades amplias y suficientes para formular la propuesta y obligar a todos los integrantes del consorcio o unión temporal al momento de suscribir el contrato resultante.
En el evento en que existan limitaciones estatutarias a la capacidad del representante legal de cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal, deberán aportar autorización del órgano social competente facultándolo a presentar propuesta, suscribir y ejecutar el contrato.
El consorcio o unión temporal deberá expresar que ninguno de los integrantes del mismo se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con el Estado.
Los integrantes del consorcio o unión temporal, así como sus representantes legales, deben tener plena capacidad jurídica para la presentación de la propuesta y para la suscripción y ejecución del contrato, en los términos indicados en el presente proyecto pliego de condiciones.
El documento en el que se exprese la voluntad de presentar la propuesta en consorcio o unión temporal, deberá ir acompañado de los documentos (certificados xx xxxxxx de comercio, actas de junta directiva, poderes, etc.) que acrediten que quienes lo suscribieron tenían la representación y capacidad necesarias para adquirir las obligaciones solidarias derivadas de la propuesta y del contrato resultante. En este sentido, los miembros del consorcio o unión temporal deberán acreditar su existencia y representación legal de acuerdo con lo previsto previamente en el presente documento. La duración de todos los miembros del consorcio o de la unión temporal debe ser superior al término del plazo del contrato y un (1) año más.
La persona natural integrante de un consorcio o unión temporal deberá anexar copia de la cédula de ciudadanía y presentar el certificado mercantil expedido por la Cámara de Comercio, cuando a ello hubiere lugar, si se trata de persona natural extranjera, deberá acreditar su existencia mediante la presentación de la copia de su pasaporte, y si es residente en Colombia, mediante la presentación de copia de la Cédula de Extranjería expedida por la autoridad competente.
Los proponentes deberán presentar diligenciado y firmado el ANEXO 1A. CONFORMACIÓN DE CONSORCIO o el ANEXO 1.B. CONFORMACIÓN UNIÓN TEMPORAL del presente pliego de condiciones, según corresponda.
5.1.3 COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN.
En virtud de lo previsto en el artículo 3 del Acuerdo No. 006 de 2015 – Manual de Contratación, en todas las actuaciones derivadas de los términos de la presente Invitación Abierta, el proponente obrará con la transparencia y la moralidad que la Constitución Política y las leyes consagran, para tal efecto, deberá suscribir el ANEXO 2. COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN.
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5.1.4 CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DEL PAGO DE CONTRIBUCIONES Y APORTES PARAFISCALES:
En virtud de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007 “(…) El proponente y el contratista deberán acreditar que se encuentran al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios xxx Xxxx, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda.”
Conforme a lo anterior, el proponente debe adjuntar con su propuesta, una certificación en la cual acredite el pago de los aportes realizados durante los seis (6) meses anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección, a los Sistemas de Salud, Pensiones, Riesgos Laborales, Cajas de Compensación Familiar, ICBF y SENA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y demás aspectos tributarios establecidos entre otras en la Ley 1607 de 2012.
Dicha certificación debe venir suscrita por el Revisor Fiscal de la sociedad, si el proponente de acuerdo con la Ley lo requiere, o en caso contrario la certificación debe venir suscrita por el Representante Legal de la sociedad proponente.
En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes cuando los mismos sean personas jurídicas constituidas en Colombia, deberán presentar en forma individual dicha certificación expedida por el Revisor Fiscal o por el respectivo Representante Legal, según corresponda.
En el caso de que el proponente sea una persona natural, deberá allegar los recibos o comprobantes de pago del último mes anterior a la fecha de entrega de la propuesta, en la que se acredite el cumplimiento de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje de sus empleados cuando a ello hubiere lugar.
Cuando la certificación de pago de aportes allegada para el presente proceso se encuentre suscrita por el Revisor Fiscal del proponente o de cada uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal, deberá allegar el certificado de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios, vigente, expedido por la Junta Central de Contadores, la fotocopia de la tarjeta profesional del contador público responsable de la suscripción de dicha certificación.
NOTA: En su calidad de proponentes este requisito no es exigible a las personas jurídicas extranjeras sin domicilio y sucursal en Colombia, debido a que con anterioridad a la presentación de la oferta no tendrían negocios en el país que los obliguen a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002. No obstante, en caso de resultar beneficiado con la adjudicación del contrato deberá dar cumplimiento a la normatividad colombiana, por lo cual deberá atender lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
Los proponentes deberán presentar diligenciado y firmado el ANEXO No.3 CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DEL PAGO DE CONTRIBUCIONES Y APORTES PARAFISCALES del presente proyecto
xx xxxxxx de condiciones
5.1.5 PRESENTACIÓN DE PROPUESTA MEDIANTE APODERADO
Si el proponente actúa a través de un representante o apoderado, deberá acreditar mediante documento legalmente expedido, que su representante o apoderado está expresamente facultado para presentar la oferta y firmar el contrato respectivo.
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5.1.6 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
De conformidad con lo previsto en el numeral 1 del artículo 35 del Acuerdo 006 de 2015- Manual de Contratación, el proponente deberá constituir una garantía de seriedad de la oferta ante entidades públicas con régimen especial de contratación con el fin de amparar la entidad de los perjuicios derivados de: i) la no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario, ii) el incumplimiento de no ampliar la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta en caso de prorroga o cualquier otro pacto que implique modificaciones en el plazo para adjudicar o suscribir el contrato, iii) el retiro de la oferta después de vencido el termino fijado para la presentación de las ofertas, y iv) no otorgar la garantía de cumplimiento que ampare a la entidad en los perjuicios derivados del incumplimiento de las obligaciones contractuales, el proponente deberá otorgar cualquiera de las garantías establecidas en el artículo 36 del Acuerdo No. 006 de 2015-Manual de Contratación, como garantía de seriedad de la propuesta (Contrato de seguro contenido en una póliza, Patrimonio Autónomo y Garantía Bancaria) y entregarla junto con la propuesta, cumpliendo con los siguientes requisitos:
BENEFICIARIO: | Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación –ICFES con NIT. 860.024.301-6 |
1. El proponente persona natural, persona Jurídica (Razón Social que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por la Cámara de Comercio o su equivalente, sin utilizar sigla, a no ser que el Certificado de la Cámara de Comercio o su equivalente establezca que la firma podrá identificarse con la sigla). | |
AFIANZADO: | 2. En el caso de consorcios, uniones temporales o promesa de sociedad futura deberá indicarse como afianzado al proponente plural o conjunto y no el nombre de su representante legal o de alguno de sus integrantes. |
3. El /los nombre(s) debe(n) señalarse de la misma forma como figura(n) en el Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por la autoridad competente, y en el cuerpo de la póliza deberá indicarse el nombre o razón social, el documento de identificación o NIT y el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes, para el caso de proponente plural. | |
VIGENCIA: | Noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha de cierre del proceso de selección. |
CUANTÍA: | Por un valor equivalente mínimo al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial del proceso. |
INFORMACIÓN DEL PROCESO | El texto de la garantía deberá indicar textualmente el número, año y objeto del proceso. |
FIRMAS: | Deberá ser suscrita por quien la expide y el tomador. |
En caso de prórroga del plazo del proceso de selección y/o adjudicación del mismo, la garantía de seriedad se deberá ampliar por el término de dicha prórroga. Igualmente, en caso de prórroga del plazo para la suscripción del contrato, la constitución de las garantías, el adjudicatario o contratista, según sea el caso, deberá ampliar la garantía de seriedad por el período de la prórroga, si la vigencia inicial no cubre este nuevo término.
Salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, si el adjudicatario no cumpliere las condiciones y obligaciones establecidas en el Pliego de Condiciones, y en especial la de suscribir oportunamente el contrato, contribuir a la legalización del mismo dentro del término señalado o a mantener lo ofrecido en su propuesta, la garantía de seriedad se hará efectiva a favor del Icfes, pudiendo la entidad, recurrir a las demás acciones civiles y penales que puedan ser instauradas.
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En todo caso, para que la garantía de seriedad sea aprobada por el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación –ICFES deberá cumplir como mínimo con los requisitos determinados en el presente numeral, el Acuerdo No. 006 de 2015-Manual de Contratación y el Decreto 1082 de 2015 para el mecanismo de cobertura del riesgo otorgado por el oferente.
El Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación devolverá, a solicitud de los proponentes no favorecidos en el presente proceso de selección, la garantía de seriedad de la propuesta, una vez se suscriba el respectivo contrato.
La no entrega de la garantía de seriedad junto con la propuesta no será subsanable y será causal de rechazo de la misma.
5.1.7 IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA
El proponente deberá indicar en su oferta su identificación tributaria e información sobre el régimen de impuestos al que pertenece, adjuntando para tal efecto, copia del Registro Único Tributario – RUT.
Las personas naturales y jurídicas directamente, o como integrantes de un consorcio o unión temporal, deberán acreditar este requisito, cuando intervengan como responsables del Impuesto sobre las Ventas (IVA). En caso de resultar adjudicatario, el consorcio o unión temporal deberá aportar el correspondiente Registro Único Tributario (RUT).
Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 368 y siguientes, 555-2 y siguientes del Estatuto Tributario, en concordancia con el artículo 66 de la Ley 488 de 1998, que adicionó el artículo 437 del mismo Estatuto y el Decreto Reglamentario Nº 2460 de 2013.
No tendrán que acreditar este requisito las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia.
5.1.8 BOLETÍN DE RESPONSABLES FISCALES
El Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación verificará si el proponente individual y cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, y sus representantes legales, se encuentran reportados en el último Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República. De encontrarse reportado, se procederá al RECHAZO DE LA OFERTA.
5.1.9 CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y BOLETIN DE RESPONSABLES FISCALES
El Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación verificará si el proponente individual y/o cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, y sus representantes legales, registran sanciones o inhabilidades vigentes en el Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación.
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5.1.10 CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES.
El Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación verificará si el proponente individual y cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, y sus representantes legales, registran antecedentes judiciales reportados en la web xxx.xxxxxxx.xxx.xx.
5.1.11 CONSULTA INFRACCIONES – SISTEMA REGISTRO NACIONAL DE MEDIDAS CORRECTIVAS RNMC
El Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación verificará si el proponente individual y cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, y sus representantes legales, registran infracciones a la Ley 1801 de 2015, de conformidad con la página web que la Policía Nacional dispuso para su verificación, para lo cual debe aportar la cédula de ciudadanía.
5.1.12 REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP).
Todas las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia que pretendan participar en el presente proceso, sea a título Individual o como miembro de un proponente plural, deberán acreditar que están inscritos en el Registro Único de Proponentes – RUP de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 221 del Decreto – Ley 019 de 2012, y el artículo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015.
El Proponente o Miembros del Proponente Plural deberán presentar el Registro Único de Proponentes, expedido por la Cámara de Comercio de la ciudad en la cual se encuentra su domicilio, el cual debe encontrarse en firme a la fecha establecida por la entidad en el pliego o sus adendas como último día de traslado del informe de evaluación del presente proceso de invitación abierta.
El certificado de inscripción en el RUP deberá tener una fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario, anteriores a la fecha de Cierre de la presente Invitación Abierta
Es responsabilidad del Proponente Individual y de cada uno de los miembros del Proponentes Plural que participen en el presente proceso, surtir ante la Cámara de Comercio respectiva los trámites de inscripción o de actualización del RUP tendientes a cumplir con las condiciones exigidas en este documento.
Las personas naturales o jurídicas, extranjeras sin domicilio o sin sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales no requieren estar inscritos en el Registro Único de Proponentes. Sus condiciones, junto con las de los proponentes que de acuerdo con la Ley 1150 de 2007 no requieren inscripción.
5.2 CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL
La capacidad financiera del proponente será objeto de verificación de cumplimiento, como requisito habilitante, cumple – no cumple. Se determina con base en los documentos e indicadores financieros solicitados, teniendo en cuenta la justificación, objeto, presupuesto oficial estimado, forma de pago, duración, análisis del sector económico, así como otros aspectos generales del proceso de selección, según lo señalado en el Decreto 1082 de 2015 y Manual de Requisitos Habilitantes emitido por Colombia Compra Eficiente.
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Todos los proponentes que demuestren interés en participar en el presente proceso de contratación, deberán estar inscritos en el Registro Único de Proponentes – RUP con el fin de que la entidad realice la verificación de los requisitos habilitantes de carácter financiero.
Cuando se trate de consorcios y uniones temporales se especificará claramente en el documento respectivo, el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes, de tal forma que la sumatoria corresponda al 100%.
No se aceptarán inscripciones y/o renovaciones y/o actualizaciones del RUP, en el que se certifique la capacidad financiera con estados financieros intermedios de la vigencia 2019.
Verificación de la Capacidad Financiera
Los indicadores financieros serán verificados a partir de la información sobre su capacidad financiera que obra en el certificado de inscripción, calificación y clasificación en el Registro Único de Proponentes – RUP, actualizado, renovado y en firme, en el que se certifique la capacidad financiera conforme a las cifras financieras del activo corriente, pasivo corriente, activo total, pasivo total, patrimonio, Utilidad operacional y gastos de intereses, a 31 de diciembre de 2018
En el caso de consorcios y/o uniones temporales para la presentación de los documentos que se enuncian como requisitos habilitantes del documento de condiciones, cada uno de los integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal deberán acompañarlos y/o acreditarlos en forma individual, sin perjuicio del documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal.
Para la verificación financiera de los consorcios y/o uniones temporales se obtendrán los índices de cada uno de los integrantes por separado, los cuales serán multiplicados por su porcentaje de participación y sumados para obtener el índice total, así:
IFC = (IFP1 X %P1)+(IFP2 X%P2)+ (IFPn X %Pn)
Donde:
IFC = Indice Financiero del Consorcio o Union Temporal
IFPn = Indice Financiero del proponente n perteneciente al Consorcio o Union Temporal
%Pn = Porcentaje de participación del proponente n en el Consorcio o Unión Temporal
REQUISITOS HABILITANTES FINANCIEROS PARA PERSONAS NATURALES EXTRANJERAS SIN DOMICILIO EN COLOMBIA O JURÍDICAS EXTRANJERAS QUE NO TENGAN ESTABLECIDA SUCURSAL EN COLOMBIA
Para la participación de las Personas Extranjeras con domicilio o sucursal en el país deben estar inscritas en el Registro Único de Proponentes. Aquellas que no tengan domicilio, no se les podrá exigir el requisito de inscripción en el registro único de proponentes, en consecuencia, los citados oferentes deberán aportar los Estados Financieros (Balance General, Estado de Resultados y Notas a los Estados Financieros) a 31 de diciembre de 2018 apostillados o legalizados, debidamente aprobados por el Representante legal y por el Contador Público o Revisor Fiscal según corresponda, así mismo, una certificación del revisor fiscal o contador público, en la cual certifique y especifique las cifras utilizadas para verificar la capacidad financiera.
Las personas extranjeras deberán presentar los Estados Financieros apostillados o legalizados y la certificación firmada por el Representante legal y Revisor Fiscal Y/O Contador Público, acompañada de traducción simple al idioma español, con los valores expresados a la moneda legal colombiana, por ser ésta la unidad de medida
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por disposición legal, a la tasa de cambio de la fecha de cierre de los mismos, avalados con la firma de un contador público con Tarjeta Profesional expedida por la Junta Central de Contadores de Colombia .
El Contador Público y/o Revisor Fiscal que certifiquen los indicadores (Anexo No 4 - Indicadores de la capacidad financiera y organizacional), deben indicar en forma clara el nombre y número de Tarjeta Profesional, y anexar certificado de antecedentes disciplinarios, expedido por la Junta Central de Contadores, este certificado debe estar vigente para la fecha de presentación de la propuesta (no mayor a 3 meses de expedición con anterioridad a la fecha de cierre del proceso) y fotocopias de las tarjetas profesionales.
En todo caso, el proponente extranjero, persona natural o jurídica sin domicilio o sucursal en Colombia, aceptará las condiciones establecidas para el presente proceso y en el evento de resultar favorecido con la adjudicación el contratista deberá someterse a los procedimientos y exigencias contempladas por la ley Colombiana.
Cuando el proponente no cumpla con alguno de los índices en la verificación financiera, o cuando no pueda realizarse la evaluación por falta de documentación o falta de idoneidad en los documentos será considerado como NO HABILITADO, por lo tanto deberá subsanar para continuar en la convocatoria.
Con el cumplimiento de lo exigido anteriormente, se calculan los indicadores financieros y se verifican las condiciones aquí señaladas, según corresponda al objeto del Proceso, de acuerdo con el presupuesto oficial del proceso, la forma de pago, duración y análisis del sector económico, así como la revisión de la base de datos del Portal de Información Empresarial- Reportes bajo NIIF de la Superintendencia de Sociedades correspondiente a la vigencia más actual publicada (2017); para lo cual se filtró el listado por el sector de “Actividades de consultoría informática y actividades de administración de instalaciones informáticas” así como la revisión de procesos similares en SECOP:
INDICADOR | FÓRMULA | MARGEN SOLICITADO | CRITERIOS |
LIQUIDEZ (IL) | Activo corriente / Pasivo corriente | Mayor o igual a 1.0 | La compañía debe generar recursos (efectivo) para atender sus obligaciones el cual debe ser mayor o Igual a uno punto cero. |
NIVEL DE ENDEUDAMIENTO (NE) | Pasivo total / Activo total | Menor o igual a 70% | Por cada peso que la compañía tiene en activos puede deber, menor o igual al 70%. El cual establece la participación de los acreedores en la compañía. |
RAZON COBERTURA DE INTERESES | Utilidad Operacional / Gastos de Intereses | Mayor o igual a 1.2 | Indica la capacidad de una empresa para cubrir sus cargos por intereses. |
CAPITAL DE TRABAJO | Activo Corriente- Pasivo COrriente | Mayor o igual a 20% del presupuesto oficial | Indica la capacidad de una compañía para llevar a cabo sus actividades con normalidad en el corto plazo. |
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NOTA ACLARATORIA: Puede presentarse la situación en la que un oferente no presente gastos por intereses. En cuyo caso, el valor de gastos por intereses es cero (0). Si el cálculo de la Razón Cobertura de Intereses es igual a Utilidad Operacional sobre Gastos de intereses, el indicador Razón Cobertura de Intereses arrojaría como resultado “indeterminado”, ya que todo valor dividido en cero (0) es indeterminado. Dado este caso, el proponente queda habilitado en cuanto a este indicador.
ÍNDICES DE CAPACIDAD ORGANIZACIONAL | |||
RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO | Utilidad Operacional sobre Patrimonio | Mayor o igual a 0.05 | Muestra la rentabilidad de la inversión de los socios o accionistas. Este índice nos da idea de la capacidad de una empresa para generar utilidades con el uso del capital invertido en ella y el dinero que ha generado. |
RENTABILIDAD DEL ACTIVO | Utilidad Operacional sobre Activo Total | Mayor o igual a 0.03 | Muestra la capacidad del activo en la generación de utilidades. Muestra el porcentaje de rentabilidad que tiene la empresa respecto a los activos que posee. Es decir, el porcentaje de los activos que utiliza la empresa en la generación de utilidades. |
5.3 CAPACIDAD TÉCNICA
5.3.1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
En el Anexo Técnico se encuentran contenidas las especificaciones técnicas mínimas y condiciones generales, así como las características técnicas, requisitos mínimos obligatorios y descripciones de ítems más relevantes con su valor promedio que arrojo el resultado del estudio xx xxxxxxx, los cuales son de obligatorio cumplimiento por el proponente con ocasión de la ejecución del contrato.
Sea del caso tener en cuenta que en la carta de presentación de la oferta el proponente declara que conoce, entiende y acepta los requerimientos técnicos mínimos exigidos por el Icfes para el presente proceso de selección y se compromete a cumplir en la ejecución del contrato.
El ANEXO No. 5 –ANEXO TÉCNICO se encuentra disponible en la plataforma de Secop ii
5.3.2. EXPERIENCIA MINIMA REQUERIDA DEL PROPONENTE
Para verificar este requisito, la entidad tendrá en cuenta el Registro Único de Proponentes (RUP). El proponente como persona natural o jurídica, consorcio o unión temporal, deberá acreditar experiencia diligenciando el anexo de experiencia y relacionando hasta seis (6) contratos, que deberán reunir las siguientes condiciones:
i) Que los contratos en su objeto u obligaciones estén relacionados con la Gestión del Servicio en Atención Telefónica, Atención Electrónica, Atención de comunicaciones escritas, Atención presencial y campañas de salida
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ii) Que se encuentren debidamente registrados en el RUP y clasificados en alguno de los siguientes códigos UNSPSC:
Tabla 1 - Codificación del bien, obra o servicio a contratar en el sistema UNSPSC
SEGMENTOS | FAMILIA | CLASE |
83111507 Servicios Públicos y Servicios Relacionados con el Sector Público | Servicios de Medios de Telecomunicaciones | Comunicaciones Telefónicas Locales y de Larga Distancia. |
83161707 Servicios Públicos y Servicios Relacionados con el Sector Público | Entrega de servicios de tecnología de información | Servicios de telecomunicaciones |
43231501 Difusión de Tecnologías de información y telecomunicaciones | Software | Software funcional especifico de la empresa |
iii) Que hayan sido suscritos, ejecutados y liquidados en su totalidad en los últimos diez (10) años contados a partir de la fecha del cierre del presente proceso.
iv) Que la sumatoria del valor de los contratos que acreditan la experiencia sea igual o superior al 50% del presupuesto del presente proceso.
v) Que al menos dos (2) de los de los contratos certificados acrediten experiencia en el manejo de operaciones relacionadas con el sector educación pública o privada.
Condiciones generales para la acreditación de la experiencia:
a. La experiencia será verificada por el Icfes de acuerdo con la información que se encuentra certificada en el Registro Único de Proponentes-RUP, para lo cual el proponente deberá aportar el certificado vigente y en firme, de inscripción y clasificación expedido por la Cámara de Comercio.
b. Los contratos ejecutados que el proponente acredite como experiencia, deben identificarse y señalarse claramente en el RUP, con resaltador o cualquier tipo de marca que permita su visualización rápidamente, así como también deberán estar relacionados en el ANEXO No. 6 FORMATO EXPERIENCIA HABILITANTE PROPONENTE
c. Teniendo en cuenta que el RUP ofrece la clasificación hasta el tercer nivel de bienes, obras y servicios, y considerando las características del objeto a contratar dentro del presente proceso, se hace necesario verificar que la experiencia reportada sea directamente relacionada con contratos que cumplan con las condiciones de la experiencia habilitante requerida. Por lo anterior, el proponente deberá además presentar las certificaciones de los contratos que están reportados en el RUP, en los cuales se pueda verificar que su objeto y alcance tenga relación igual o similar con el objeto señalado o cualquier otro documento emitido por la entidad contratante en el que conste la información requerida, únicamente como complemento de la certificación.
d. Si el proponente acredita más de cuatro (6) contratos, solo se tendrán en cuenta los cuatro (6) contratos de mayor valor
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e. Si el proponente presenta certificaciones de contratos que no estén reportados como experiencia en el RUP, no serán tenidas en cuenta.
f. En caso que el proponente o miembro del proponente plural acredite experiencia de contratos en los que participó como integrante de un consorcio o unión temporal, se tendrá en cuenta esta experiencia en cuanto al valor, en proporción al porcentaje de su participación en el consorcio o unión temporal que ejecutó el contrato.
g. Las experiencias presentadas pueden ser concomitantes entre ellas siempre que se trate de objetos, proyectos y contratos claramente diferentes y sin relación alguna.
h. Para efectos de la acreditación de experiencia, no se aceptarán subcontratos en la prestación de servicios relacionados con el objeto del presente proceso de selección.
i. La información de los contratos con los cuales se pretende acreditar la experiencia habilitante se verificará a través del RUP y a través de las certificaciones de experiencia que incluyan la información no contenida en el RUP
j. Cada una de las experiencias registradas debe hacer referencia al desarrollo de un contrato independiente por parte del proponente. Las prórrogas o adiciones de un contrato se contarán como parte del contrato principal, el cual deberá haberse ejecutado en su totalidad.
Reglas aplicables a las certificaciones que acreditan experiencia
a. Para acreditar la experiencia NO se permitirán las AUTOCERTIFICACIONES del proponente.
b. La experiencia a acreditar será aquella en la que el integrante de la Estructura Plural Oferente haya actuado como contratista del objeto exigido, sin que sea viable acreditar esta experiencia cuando se subcontrató la actividad principal o sus obligaciones dentro de la estructura plural no hayan sido de carácter técnico.
c. Las certificaciones deberán contener la siguiente información:
Nombre del contratante
Nombre del contratista
Objeto y/o descripción del contrato
Fecha de inscripción del contrato (dd/mm/aa)
Valor del contrato
Ciudades de realización del evento
Nombre, cargo y firma de quien expide la certificación.
Dirección y teléfono del contratante.
Fecha de elaboración de la certificación.
Porcentaje de participación en caso de ser oferente plural.
d. La información deberá ser relacionada en moneda legal colombiana. En consecuencia, cuando el valor de los contratos esté expresado en monedas extranjeras la entidad procederá a tomar el valor del (los) contrato(s) en dólares americanos (USD) y los convertirá a pesos utilizando para esta conversión la Tasa Representativa xxx Xxxxxxx -TRM vigente publicada por el Banco de la República en el momento de la terminación del respectivo contrato. Una vez se realice la conversión a la TRM vigente de que
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habla el punto anterior el valor se convertirá en S.M.M.L.V. colombianos del año en que se terminó el contrato, para efecto de contabilizar el valor requerido.
e. El Icfes, tendrá en cuenta únicamente las certificaciones de experiencia de contratos ejecutados en su totalidad.
k. En caso de inconsistencia entre la información consignada en el ANEXO No. 6 FORMATO EXPERIENCIA HABILITANTE PROPONENTE
f. y la información contenida en los documentos que la soportan, regirá la de los documentos que la soportan.
g. En el caso de convenios de asociación, la Entidad tendrá en cuenta únicamente el valor correspondiente al aportado por el contratista.
INFORMACIÓN ADICIONAL NO CONTENIDA EN EL RUP
La información no contenida en el RUP deberá ser acreditada con certificaciones de experiencia expedidas por el contratante, su representante o por el interventor o supervisor del contrato. Cada certificación de experiencia deberá contar con la siguiente información:
i) Objeto del contrato.
ii) Obligaciones o actividades realizadas por el Contratista.
iii) Identificación y cargo de la persona facultada para expedirla. La certificación debe venir suscrita por la persona que ejerza la representación legal del emisor, o por aquel que tenga las facultades para expedirla. Así mismo, debe venir acompañada de los datos de contacto de quien certifica (teléfono, correo electrónico y dirección) o en su defecto el proponente podrá informar los datos de contacto en documento anexo a la propuesta.
iv) Si la certificación incluye varios contratos, se debe identificar en forma precisa si se trata de adiciones, prórrogas u otrosíes al principal o son contratos diferentes, indicando en cada uno de ellos sus plazos y valor. Si la certificación incluye el contrato principal con sus adicciones, prórrogas u otrosíes, se entenderá como un solo Contrato certificado.
v) Fecha de suscripción o de iniciación del Contrato
vi) Fecha de terminación del Contrato.
NOTAS ACLARATORIAS:
1. En el evento en que la certificación aportada no contenga la información requerida, la entidad podrá solicitar copia del contrato y/o del acta de liquidación y/o cualquier otro documento emitido por la entidad contratante en el que conste la información requerida únicamente como complemento de la certificación.
2. De no diligenciarse las fechas de la experiencia con día, mes y año, el Icfes tomará el último día de cada mes como fecha de inicio y el primer día de cada mes como fecha de terminación.
3. En caso de que el oferente no cumpla con los requisitos anteriormente enunciados en este numeral para la acreditación de experiencia requerida en esta convocatoria, la propuesta será considerada como no hábil.
4. Cada certificación debe corresponder a un contrato certificado, sin embargo, se aceptará la acreditación de la experiencia requerida en una (1) o varias certificaciones, siempre y cuando cada contrato certificado cumpla con los requisitos establecidos en el presente numeral.
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5. El Instituto para la evaluación de la Educación se reserva el derecho de comprobar la autenticidad de los documentos aportados, así como de verificar el cumplimiento a cabalidad de los contratos que el interesado certifique. Así mismo, podrá solicitar al proponente las certificaciones, contratos y demás documentos expedidos por quien esté facultado, en las que se acredite la experiencia que se está presentando.
5.3.3. INFRAESTRUCTURA FÍSICA DEL CENTRO DE CONTACTO
La infraestructura física del Centro de Contacto como mínimo deberá cumplir con lo siguiente:
a) El edificio en el que se encuentra la sede principal de Centro de Contacto debe cumplir con las normas exigibles en Colombia de sismo resistencia.
b) Ventilación (natural o artificial) que permita una temperatura ambiente promedio entre 14ºC y 24ºC
c) Tratamiento acústico que garantice un buen nivel auditivo: máximo 85 decibeles como límite permisible de exposición ponderada para ocho (8) horas laborables/día d) Iluminación adecuada, natural y artificial en cada puesto de trabajo: nivel mínimo de 300 lux por puesto de trabajo que tenga un equipo de cómputo.
d) Batería xx xxxxx diferenciados por género, que cuente con la cantidad de aparatos en la proporción que determinan las normas técnicas de diseño, construcción y necesidad de este tipo de espacios, con lo cual debe satisfacerse lo dispuesto en la Resolución 2400 de 1979 del Ministerio de Trabajo y la Seguridad Social en lo pertinente a servicios de higiene, es en proporción de una (1) unidad por cada quince (15) trabajadores, separados por género.
e) Puntos fijos de circulación: debe contar con la suficiente cantidad de escaleras que garantice la normal circulación entre los diferentes niveles, cumpliendo con las normas para acceso de personas en situación de discapacidad.
f) Espacio de cafetería y zona de descanso
g) Cuarto de depósito de basuras, ubicado fuera del área de operación, capacitación, descanso y que los olores no afecten el ambiente de trabajo.
h) Cuarto de aseo
i) Área para guardar elementos personales: espacio físico que permita asignar a cada persona vinculada en la operación un módulo seguro donde guardar elementos personales mientras cumple su jornada laboral.
Sea del caso tener en cuenta que en la carta de presentación de la oferta el proponente declara que conoce, entiende, cumple y acepta los requerimientos de infraestructura física del centro de contacto mínimos exigidos por el Icfes para el presente proceso de selección, para tal efecto deberá diligenciar el ANEXO No.13 INFRAESTRUCTURA y deberá estar suscrito por el representante legal.
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6. VALUACIÓN DE LA OFERTA
El Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación debe evaluar las o fertas de los proponentes que hayan acreditado los requisitos habilitantes de que trata el numeral 5.
Durante el plazo fijado en el cronograma, el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación procederá a realizar el análisis jurídico, técnico, de experiencia, financiero y económico de los documentos que integran las ofertas presentadas, con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos para participar en el presente proceso de selección.
El Comité evaluador podrá solicitar a cualquiera de los proponentes que realicen las aclaraciones, precisiones y alleguen los documentos que se les requieran sobre puntos dudosos de las ofertas, sin que por ello pueda el proponente adicionar, modificar o mejorar las condiciones o características de su propuesta, ni el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación podrá solicitar variación alguna en los términos de la misma, o transgredir principios fundamentales que rigen la contratación estatal. En tal evento, el Icfes podrá prorrogar el plazo de evaluación con el fin de garantizar la selección objetiva y el cumplimiento de los principios generales de transparencia y buena fe contractual, conforme con lo establecido en el artículo 3 del Acuerdo No. 006 de 2015- Manual de Contratación
El proponente destinatario de las solicitudes de documentos o aclaración contará con el plazo establecido por la Entidad en dicha solicitud, para dar respuesta o atender el requerimiento.
6.1 CRITERIOS DE PONDERACIÓN O CALIFICACIÓN
Las ofertas que de acuerdo con la verificación de requisitos habilitantes sean consideradas hábiles, se calificarán con fundamento en los siguientes criterios:
FACTOR DE EVALUACIÓN | PUNTAJE |
Factor Técnico | 50 |
Factor económico | 39 |
Apoyo a la Industria Nacional | 10 |
Trabajadores con discapacidad | 1 |
TOTAL | 100 |
El Icfes adjudicará el contrato al proponente cuya propuesta se ajuste a lo solicitado en el pliego de condiciones, obteniendo el más alto porcentaje en los criterios establecidos.
La evaluación de las propuestas se basará en la documentación, información y anexos presentados por cada proponente, por lo cual es requisito indispensable consignar y adjuntar toda la información detallada que permita su análisis.
Tomando un máximo del CIEN (100) PUNTOS, se tendrán en cuenta los factores que a continuación se desarrollan.
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6.1.1. FACTORES TÉCNICO (PUNTAJE MÁXIMO 50 PUNTOS)
Para la acreditación de este factor, el proponente deberá diligenciar y firmar el Anexo No. 8 “OFRECIMIENTO FACTOR DE TÉCNICO”, donde indicará expresamente el ofrecimiento; en caso de no ofrecerlo obtendrá una calificación xx xxxx (0) puntos.
A continuación, se listan los criterios de ponderación del factor técnico y la forma como deberá acreditarlos el proponente para obtener el puntaje:
6.1.1.1. VALORES AGREGADOS:
Se asignará un puntaje máximo de 30 puntos de acuerdo con los valores agregados que oferten los proponentes en las tres líneas de mejoramiento: telecomunicaciones, tecnología, formación y desarrollo del personal, conforme se detalla a continuación:
Los factores para la evaluación fueron determinados de acuerdo con las características diferenciales que se identificaron en el análisis del contexto en el que los proveedores desarrollan sus actividades, buscando la propuesta que mejor le permita al Icfes alcanzar los objetivos de eficacia, eficiencia, manejo del riesgo, economía y promoción de la competencia.
CRITERIO | PUNTAJE | JUSTIFICACIÓN |
Valores agregados | 30 | Considerando que una de la razones por las cuales el Icfes tercerizó el proceso de Servicio fue la de seleccionar un proveedor que contribuyera a mejorar la gestión de la Unidad de Atención al Ciudadano en términos de eficiencia, tecnología y satisfacción de la experiencia de los usuarios, se ve conveniente valorar dentro de los factores calificables algunos aspectos que agregan valor en dichos frentes, así como las mejores prácticas para la disminución de la rotación del personal, por cuanto esta problemática genera costos indirectos a la operación. |
Personal adicional al mínimo requerido | 20 | Dado que el personal de apoyo constituye un porcentaje representativo del valor total del contrato, es de interés para el Icfes ponderar la ofrecimientos adicionales al mínimo requerido para ahorrar algo de este costo. |
LÍNEA DE MEJORAMIENTO | PUNTAJE MÁXIMO POSIBLE |
Telecomunicaciones | 10 |
Tecnología | 10 |
Formación y desarrollo del personal | 10 |
Total | 30 |
A. Valor agregado en telecomunicaciones: adicional a lo mínimo requerido se asignarán hasta un total de 10 puntos según las cantidades establecidos a continuación. Deberá escoger una de las dos opciones (cantidad 1 o cantidad 2) para cada ítem, no se podrán ofertar cantidades ni superiores ni inferiores a las señaladas, si se establece un valor diferente la calificación será xx xxxx.
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OFRECIMIENTO : VALOR AGREGADO EN TELECOMUNICACIONES | ||
ITEM | CANTIDAD 1 | CANTIDAD 2 |
Cantidad adicional de minutos a celular | 40.000 | 65.000 |
Puntaje del criterio | 2 | 5 |
Cantidad adicional de mensajes electrónicos mailling anuales gratis | 2.000.000 | 3.000.000 |
Puntaje del criterio | 2 | 5 |
X. Xxxxx agregado en tecnología: se darán hasta 10 puntos, por cada herramienta tecnológica que el proponente oferte marcando con una X. Deberá escoger una de las dos opciones (cantidad 1 o cantidad 2) para cada ítem, no se podrán ofertar cantidades ni superiores ni inferiores a las señaladas, si se establece un valor diferente la calificación será xx xxxx.
OFRECIMIENTO : VALOR AGREGADO EN TECNOLOGÍA | ||
OFRECIMIENTO | CANTIDAD 1 | CANTIDAD 2 |
Módulos de autogestión o quiscos virtuales itinerantes, incluye el software y hardware. | 1 | 2 |
Puntaje del criterio | 5 | 10 |
Quioscos virtuales:
Servicio de comunicación y atención autónomo y virtual en un quiosco, es decir, es un módulo al que puede acudir el ciudadano para gestionar consultas y peticiones de una manera virtual.
Estructura: Estructura en acero o cold rolled de mínimo calibre 14 con pintura electroestática, 1 puerto LAN Externo, 1 Multitoma interna mínimo de 4 a 6 puertos, puertas de seguridad, Tolva, Ventilación mecánica y/o natural, Hub Usb, puertos USB, puerto de alimentación AC externo, puerto de salida HDMI con capacidad de anclaje oculto a piso, con botón de encendido oculto el cual deberá permitir la atención virtual del ciudadano en el territorio nacional.
El quiosco virtual debe ser resistente y anti-vandálico y debe estar dotado de los dispositivos (periféricos incorporados a la estructura) debidamente conectados que permitan garantizar el uso de todos los servicios ofrecidos.
Este quiosco debe estar identificado con la imagen institucional de la Entidad Compradora, así como contener las instrucciones de uso del mismo. Debe garantizar una conexión a internet 4G, 3G, Banda Ancha LAN y WIFI según requiera la Entidad para lograr la comunicación directa con los servicios que disponga la Entidad Compradora.
Seguridad Física: El quiosco debe asegurarse físicamente, con las medidas de seguridad suficientes, a fin de salvaguardar los equipos que se instalan en el quiosco.
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Herramientas de Hardware y Software: El Proveedor debe poner a disposición de la Entidad el quiosco con diferentes funcionalidades para recibir, entregar información, así como documentación física digitalizada que el ciudadano considere.
Hardware:
Un (1) equipo de cómputo o player conformado por la unidad central de proceso (CPU), con procesador mínimo 2.9 Ghz de 6th generación. Con medidas: 4.5 x 4.5 x 1.9 pulgadas. Disco duro de 500 Gb SSD. Memoria 8Gb Ram, teclado y mouse, manuales, cables, sistema operacional/operativo preinstalado con versión soportada por el fabricante con su respectiva licencia o la versión de Linux apropiada; La CPU y el monitor deben ir instalados en estructura en acero x xxxx rolled.
Un (1) Pantalla Pantalla Touch mínimo de 22 Pulgadas a 6 toques de mínimo 22" IR, con protección xx xxxxxx antivandálico de 6mm incorporada, teclado, mouse, manuales y cables. Sistema operacional/operativo preinstalado con versión soportada por el fabricante con su respectiva licencia o la versión de Linux apropiada. La CPU y el monitor deben ir instalados en estructura en acero y el teclado y el mouse en una superficie que permita su funcionalidad y uso por parte de los ciudadanos.
Un (1) escáner con bandeja de entrada con auto alimentación de papel, con sensor de detección, escaneo simplex y dúplex. Salida de nivel mínimo de gris (256), Color (24 bits) Imagen. Función de filtro de soporte de imagen gris. Resolución mínima de 600 dpi. Ajuste de imagen y gestión del color.
Una (1) impresora láser o led multifuncional monocromática de alto rendimiento, procesador mínimo de 600 Mhz memoria 256 Mb, velocidad de impresión mínima de 42 ppm, resolución de mínimo 1200 X 1200 dpi, capacidad de papel mínimo de 250 hojas.
Un (1) impresora térmica 80mm, interfaz USB integrada, ancho de impresión mínimo de 80 mm que soporte impresión de códigos xx xxxxxx e imágenes y con función de reducción automática del papel.
Un (1) escáner de documento de identidad que permita en una sola toma, la captura de imagen de ambas caras del documento a una resolución mínima de 600 dpi y la extracción de datos desde el código xx xxxxxx de la cédula.
Un (1) lector de código xx xxxxxx que lea la cedula de ciudadanía de los colombianos.
Una (1) cámara web HD o de alta calidad o de alta calidad Full HD con lente mínimo de 180 grados., enfoque de altura de piso a techo.
Un (1) micrófono, dos (2) parlantes
Un (1) auricular telefónico o una (1) bocina, con cable blindado en espiral, interfaz USB, resistencia al tiempo, el polvo y la corrosión.
Un (1) Hub Usb mínimo de aluminio de alta calidad. Puertos Usb 3.0, Velocidad de Transferencia de 5Gbps. Fuente de alimentación AC (110~240 V) DC: 12V, 3Amp. 1x puerto de USB con 2.1 Amp de corriente para cargar móviles.
Software:
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Para captura de datos.
Para realizar videollamada con el Call Center el cual debe permitir la conexión por medio del canal de atención telefónico o videollamada con el Call Center, mediante protocolo WebRTC o software de videollamada con características semejantes al WebRTC, deberá soportar mínimo codecs VP8 o H264.
Para radicación de documentos físicos (Documental), con el escaneo de los documentos que desea radicar el ciudadano.
Para autenticación por huella. La Entidad Compradora debe contratar el servicio IT-BPO-CC-48, y el Proveedor debe incorporar el servicio a la solución.
Para soporte remoto.
El software debe permitir una navegación gráfica, asistida y dinámica en el quiosco por parte del ciudadano.
El software del quiosco deberá permitir la maniobra del sistema de forma gráfica, integrada y dinámica, de tal forma que el ciudadano pueda interactuar de forma amigable con los equipos de hardware instalados en integrados en el quiosco.
Para la maniobrabilidad, el software del quiosco deberá permitir la maniobrabilidad del sistema de forma gráfica, integrada y dinámica, de tal forma que el usuario pueda interactuar de forma amigable con los equipos de hardware instalados en el Quiosco virtual autoconsulta.
Integración: el software deberá permitir obligatoriamente la integración con las diferentes plataformas de software de la entidad de tal forma que se garantice la exactitud de la información entregada al ciudadano.
Integralidad y control de los periféricos: el software y correspondiente desarrollo deberá controlar de forma integral todos los periféricos que conforman el Quiosco virtual auto consulta.
Grabación, el software deberá permitir la grabación del 100% de las interacciones, video llamadas, documentos y/o transacciones que se realicen a través del Quiosco virtual auto consulta.
Trazabilidad transaccional: el software deberá permitir el registro de todas las interacciones dejando rastro de cada atención, de tal forma que puedan ser cuantificadas y analizadas.
Conectividad, el software deberá permitir al Quiosco virtual auto consulta integradamente la conexión a redes de internet 4G, 3G, Banda Ancha LAN y WIFI según requiera la entidad.
Flexibilidad, el Software de auto consulta deberá contar con la flexibilidad necesaria para modificar tanto la interfaz gráfica como el workflow de la aplicación en caso que por necesidades de la entidad y/o cambios en los procesos modifiquen la funcionalidad de los Quioscos virtuales auto consulta.
La Entidad debe suministrar los puntos de corriente eléctrica y de red necesarios para la prestación del servicio.
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Soporte y mantenimiento
Durante el periodo de prestación del servicio, el Proveedor de servicios deberá brindar el debido soporte al Quiosco virtual de Auto-Consulta, que, de garantía para el correcto funcionamiento del quiosco, así como la configuración apropiada.
Por cada periodo se doce (12) meses de contratación del servicio, deberá realizar 2 mantenimientos preventivos a los equipos instalaos en el quiosco.
Por periodos entre seis (6) meses y doce (12) meses, deberá realizar 1 mantenimiento preventivo a los equipos instalados en el quiosco.
Suministros
El Proveedor de Centro de Contacto, debe proveer mensualmente el Quiosco con el papel y tóner necesario para garantizar un volumen mensual de impresión así:
Bajo volumen: 15.000 páginas por mes Alto volumen: 30.000 páginas por mes
Horario de disponibilidad del servicio
Jornada Ordinaria Servicio 7x24
Ubicación y transporte del equipo:
Dado que los Quioscos son itinerantes, el proveedor deberá contemplar asumir el costo de transporte de los equipos a diferentes lugares del territorio Nacional por lo menos 2 veces al año.
Los lugares estimados que se tienen contemplados, son los centros integrados de servicio CIS, los cuales se encuentran ubicados en el Chaparral (Tolima) y Tumaco (Nariño).
C. Valor Agregado para formación y desarrollo del personal:
Se otorgarán 2 puntos por cada actividad de formación y desarrollo que el proponente oferte para tal efecto deberá diligenciar el Anexo Ofrecimientos (máximo 10 puntos):
VALOR AGREGADO EN FORMACIÓN Y DESARROLLO DEL PERSONAL | |
OFRECIMIENTO | PUNTAJE |
40 horas adicionales de capacitación para todos los agentes en ofimática nivel intermedio, certificadas por entidades registradas ante el sistema de información para el trabajo y desarrollo humano. | 2 |
40 horas de capacitación adicionales para todos los agentes en servicio al cliente, certificadas por entidades | 2 |
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registradas ante el sistema de información para el trabajo y desarrollo humano. | |
40 horas de capacitación adicionales para todos los agentes en estrategias comunicativas para la atención para población vulnerable y en condición de discapacidad, certificadas por entidades registradas ante el sistema de información para el trabajo y desarrollo humano. | 2 |
40 horas de capacitación adicionales para el Staff en ofimática avanzada, certificadas por entidades registradas ante el sistema de información para el trabajo y desarrollo humano. | 2 |
50 horas de capacitación adicionales para el Staff en habilidades de liderazgo, certificadas por entidades registradas ante el sistema de información para el trabajo y desarrollo humano. | 2 |
PERSONAL DE APOYO SIN COSTO | ||
OFRECIMIENTO | CANTIDAD 1 | CANTIDAD 2 |
Agentes Master adicionales al mínimo requerido | 2 | 3 |
Puntaje del criterio | 2 | 5 |
Agentes Sénior adicionales al mínimo requerido | 3 | 5 |
Puntaje del criterio | 2 | 5 |
Agentes Junior adicionales al mínimo requerido | 6 | 8 |
Puntaje del criterio | 2 | 5 |
Agentes Junior Bilingües adicionales al mínimo requerido | 1 | 2 |
Puntaje del criterio | 2 | 5 |
El puntaje es acumulado, la sumatoria del ofrecimiento del proponente no podrá exceder 10 puntos.
6.1.1.2. PERSONAL DE APOYO SIN COSTO:
Se asignarán hasta 20 puntos de acuerdo con la cantidad de agentes de apoyo adicionales a los mínimos requeridos que oferte el proponente ofrezca sin costo para el Icfes, de acuerdo con los siguientes criterios.
Deberá escoger una de las dos opciones (cantidad 1 o cantidad 2) para cada ítem, no se podrán ofertar cantidades ni superiores ni inferiores a las señaladas, si se establece un valor diferente la calificación será xx xxxx.
El puntaje es acumulado, la sumatoria del ofrecimiento del proponente no podrá exceder 20 puntos.
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Los agentes adicionales de apoyo sin costo deberán hacer parte del equipo base de trabajo según la cantidad ofertada mensualmente, durante toda la vigencia.
6.1.3 PROPUESTA ECONÓMICA (PUNTAJE MÁXIMO 49 PUNTOS)
El proponente debe tener en cuenta al momento de la estructuración de su oferta económica que el valor total de la misma (incluidos todos los impuestos, gastos, contribuciones y/o emolumentos a que haya lugar) no podrá superar el valor del presupuesto oficial del presente proceso. El proponente deberá diligenciar el Anexo No. 9 Propuesta Económica.
Para la presentación de la oferta económica deberán tenerse en cuenta las siguientes instrucciones:
La oferta económica no podrá sobrepasar el valor del presupuesto establecido por la entidad, cómo resultado del estudio xx xxxxxxx, para cada una de las vigencias, el cual se relaciona a continuación:
VIGENCIA FISCAL | VALOR POR AÑO |
Valor año 2019 | $ 3,218,562,521.00 |
Valor año 2020 | $ 7,760,724,383.00 |
Valor año 2021 | $ 8,407,500,963.00 |
Valor año 2022 | $ 4,421,505,702.00 |
TOTAL GENERAL | $ 23,808,293,569.00 |
El valor total debe incluir todos los impuestos, gastos, contribuciones y/o emolumentos a que haya lugar. Todos los valores deben estar expresados en pesos colombianos.
Todos los valores deben estar ajustados al peso, es decir, sin decimales, conforme a las siguientes reglas de redondeo:
Reglas de redondeo:
i) Redondeo: Para el presente proceso, es el procedimiento mediante el cual se eliminan todos los decimales.
ii) Reglas de redondeo: Se aplican a la unidad situada en la siguiente posición al número entero al que se pretende ajustar, es decir, a los dos primeros números decimales así:
Si los dos primeros decimales son mayores o igual que 50, el número entero se incrementará en una unidad. Ejemplo 1: 12,546891=13
Ejemplo 2: 12,500891=13
Si los dos primeros decimales son menores que 50, el número entero no se modifica. Ejemplo 1: 12,499891= 12
Ejemplo 2: 12,407891= 12
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El Comité Evaluador verificará que la sumatoria de los valores incluidos en la propuesta económica sea correcta y los valores se encuentren redondeados y en caso negativo procederá a realizar la respectiva corrección aritmética. En el evento en el que exista diferencia entre el valor diligenciado entre la plataforma SECOP II y el valor total corregido de la propuesta, prevalecerá este último para efectos de la evaluación, comparación de propuestas, asignación de puntaje y aplicación de los criterios de desempate.
De conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario, deberá incluirse en la propuesta el valor del IVA, cuando a ello hubiere lugar.
Los valores de la oferta deben incluir todos los gastos directos o indirectos requeridos para el desarrollo del contrato, el impuesto del valor agregado (IVA) y demás impuestos e imprevistos. Todos los valores de la oferta deberán ser números enteros.
Para la evaluación económica y asignación de puntaje, el Icfes aplicará las siguientes metodologías:
MÉTODO |
Media aritmética |
Media aritmética alta |
Media geométrica con presupuesto oficial |
Menor valor |
Para la selección del método a aplicar, se tomarán los primeros dos dígitos decimales de la TRM que rija el día hábil anterior a la fecha prevista para la Publicación del Informe de Evaluación Preliminar en el cronograma establecido en la Apertura del proceso, independientemente que dicha fecha sea modificada por medio de adendas.
El método debe ser escogido de acuerdo a los rangos establecidos en la tabla que se presenta a continuación.
RANGO (INCLUSIVE) | NÚMERO | MÉTODO |
De 00 a 24 | 1 | Media aritmética |
De 25 a 49 | 2 | Media aritmética alta |
De 50 a 74 | 3 | Media geométrica con presupuesto oficial |
De 75 a 99 | 4 | Menor valor |
Esta TRM se tomará del sitio web del Banco de la República de Colombia, xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx- estadisticas/see_ts_cam.htm#trm.
Una vez finalizado el ejercicio anterior, se aplicará el método determinado a la(s) propuesta(s) económica(s) de todos los proponentes habilitados.
A continuación, se presentan las alternativas de los métodos de evaluación para la oferta económica:
1. Media aritmética.
Consiste en la determinación del promedio aritmético de las Ofertas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicho promedio aritmético, como resultado de aplicar las siguientes fórmulas:
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Obtenida la media aritmética se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula.
En el caso de ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.
2. Media aritmética alta.
Consiste en la determinación de la media aritmética entre el valor total sin decimales de la Oferta válida más alta y el promedio aritmético de las Ofertas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha media aritmética, como resultado de aplicar las siguientes fórmulas:
Obtenida la media aritmética alta se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula:
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En el caso de Ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética alta se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética alta y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.
3. Media geométrica con presupuesto oficial
Consiste en establecer la media geométrica de las Ofertas válidas y el presupuesto oficial un número determinado de veces y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha media geométrica, como resultado de aplicar las fórmulas que se indican en seguida. Para el cálculo de la media geométrica con presupuesto oficial se tendrá en cuenta el número de Ofertas válidas y se incluirá el presupuesto oficial del Proceso de Contratación en el cálculo tantas veces como se indica en el siguiente cuadro:
NÚMERO DE OFERTAS | NÚMERO DE VECES QUE SE INCLUYE EL PRESUPUESTO OFICIAL (NV) |
1 - 3 | 1 |
4 - 6 | 2 |
7 - 9 | 3 |
10 - 12 | 4 |
13 - 15 | 5 |
……. |
Y así sucesivamente, por cada tres Ofertas válidas se incluirá una vez el presupuesto oficial del presente Proceso de Contratación. Posteriormente, se determinará la media geométrica con la inclusión del presupuesto oficial de acuerdo a lo establecido en el cuadro anterior, mediante la siguiente fórmula:
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Establecida la media geométrica se procederá a determinar el puntaje para cada Proponente mediante el siguiente procedimiento:
En el caso de Ofertas económicas con valores mayores a la media geométrica con presupuesto oficial se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media geométrica con presupuesto oficial y el valor de la oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.
4. Menor valor
Para la aplicación de este método se procederá a determinar el menor valor de las propuestas válidas y se procederá a la ponderación.
Ponderación de las propuestas por el método del Menor Valor. Obtenido el menor valor se procederá a ponderar las propuestas de acuerdo con la siguiente formula:
= P × [1 − 2.0 [
| − |
]]
Donde,
P = Puntaje máximo
VMIN = Menos Valor de las Propuestas Validas
Vi = Valor Total Corregido de cada una de las propuestas I = Numero de propuestas
En este caso se tomará el valor absoluto de la diferencia entre el menor valor y el valor de la propuesta, como se observa en la fórmula de ponderación
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6.1.4 APOYO A LA INDUSTRIA (Puntaje Máximo 10 Puntos) ANEXO No. 10
En el caso de Consorcios o Uniones Temporales conformados por integrantes nacionales y extranjeros, el puntaje se asignará en proporción al porcentaje de participación de cada integrante, según sea su condición de nacional o extranjero.
De igual manera, conforme con lo establecido en el parágrafo del artículo 1 de la Ley 816 de 2003, modificado por el artículo 51 del Decreto-Ley 019 de 2012, se otorgará tratamiento de servicios nacionales a aquellos servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales. La acreditación o demostración de tal circunstancia se hará en los términos que señale el reglamento.
En este sentido, de acuerdo con el artículo 2.2.1.2.4.1.3 del Decreto 1082 de 2015 se concederá trato nacional a: 1) los oferentes de bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales Colombia tiene acuerdos comerciales. 2) los bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales no exista un Acuerdo Comercial, pero respecto de los cuales el Ministerio de Relaciones Exteriores haya certificado que los oferentes de Bienes y Servicios Nacionales gozan de trato nacional, con base en la revisión y comparación de la normativa en materia de compras y contratación pública de dicho Estado. El certificado debe ser publicado en la forma y oportunidad que disponga el Decreto 1082 de 2015 y Colombia Compra Eficiente 3) los servicios prestados por oferentes miembros de la Comunidad Andina de Naciones teniendo en cuenta la regulación andina aplicable a la materia.
PROTECCIÓN A LA INDUSTRIA NACIONAL | PUNTAJE MÁXIMO |
El oferente cuya empresa se haya constituido por personas naturales de Colombia o por residentes en Colombia o de aquellos países a quienes se les aplica principio de reciprocidad, de acuerdo con la legislación nacional. | 10 |
Tratándose de proponentes extranjeros a quienes no les aplique el principio de reciprocidad, pero que incorpore servicios profesionales, técnicos y operativos. de origen nacional | 5 |
Tratándose de proponentes extranjeros a quienes no les aplique el principio de reciprocidad, y que no incorporen servicios profesionales, técnicos y operativos. de origen nacional | 0 |
Este aspecto se acreditará mediante la información que sobre la nacionalidad del personal suministre el proponente o el representante legal del proponente en la carta de presentación y/o certificación expresa expedida por el representante legal del proponente.
6.1.5 TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD DE CONFORMIDAD CON EL DECRETO 392 DE 2018 (PUNTAJE MÁXIMO 1 PUNTO)
Se otorgará un (1) punto a los proponentes que acrediten la vinculación de trabajadores con discapacidad en su planta de personal, de acuerdo con los siguientes requisitos:
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1. El proponente deberá presentar certificación emitida por la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el revisor fiscal, según corresponda, en la cual se constate el número total de trabajadores vinculados a la planta de personal del proponente individual o del integrante del proponente plural que aporte como mínimo el cuarenta por ciento (40%) de la experiencia mínima requerida del proponente, a la fecha de cierre del proceso de selección.
2. El proponente deberá aportar certificado expedido por el Ministerio de Trabajo, en el que se acredite el número de personas con discapacidad con que cuente el proponente individual o el integrante del proponente plural que aporte como mínimo el cuarenta por ciento (40%) de la experiencia mínima requerida del proponente, en su planta de personal, el cual deberá estar vigente a la fecha de cierre del proceso de selección.
Verificados los anteriores requisitos se asignará un (1) punto a quienes acrediten el número mínimo de trabajadores con discapacidad en función del número total de trabajadores de la planta de personal, según se señala a continuación:
NÚMERO TOTAL DE TRABAJADORES DE LA PLANTA DE PERSONAL | NÚMERO MÍNIMO DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD EXIGIDO |
Entre 1 y 30 | 1 |
Entre 31 y 100 | 2 |
Entre 101 y 150 | 3 |
Entre 151 y 200 | 4 |
Más de 200 | 5 |
Para efectos de lo señalado en el presente numeral, si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, se tendrá en cuenta la planta de personal del integrante del proponente plural que aporte como mínimo el cuarenta por ciento (40%) de la experiencia mínima requerida del proponente para la respectiva contratación.
7. CRITERIOS DE DESEMPATE DE LAS PROPOPUESTAS
De acuerdo con el artículo 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto 1082 de 2015; en caso de empate se procederá de la siguiente forma:
1. Se adjudicará a quien haya obtenido la máxima puntuación en el factor técnico
2. Si persiste el empate, se adjudicará a proponente que haya obtenido la máxima calificación en el factor económico
Si persiste el empate, la Entidad Estatal debe utilizar las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente para seleccionar el oferente favorecido, respetando los compromisos adquiridos por Acuerdos Comerciales:
1. En caso de persistir el empate, se preferirá la oferta de servicios nacionales frente a la oferta de servicios extranjeros.
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2. Si se presenta empate o éste persiste y entre los empatados se encuentran Xxxxxxx, se preferirá a la Mipyme nacional, sea proponente singular, o consorcio, o unión temporal o promesa de sociedad futura, conformada únicamente por Mipymes nacionales1
3. Si no hay lugar a la hipótesis prevista anteriormente y entre los empatados se encuentran consorcios, uniones temporales o promesa de sociedad futura en los que tenga participación al menos una Mipyme nacional, éste se preferirá siempre que:
3.1. Esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%)
3.2. La Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta
3.3. Ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura.
Nota: La participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) del anterior literal b), se determinará teniendo en cuenta únicamente el valor de los contratos acreditados por el proponente para la verificación del requisito de experiencia habilitante, que cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos en el pliego de condiciones.
4. Si persiste el empate, se preferirá al oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina vinculada laboralmente está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997, debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona y contratados por lo menos con anterioridad a un año; y que certifique adicionalmente que mantendrá dicho personal por un lapso igual al de la contratación. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del consorcio que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
5. Si continúa el empate éste se dirimirá entre los proponentes que estuvieron en igualdad de condiciones, mediante sorteo xx xxxxxx en la audiencia de adjudicación, cuyo resultado es aceptado de antemano por los proponentes involucrados en el empate, sin lugar a reclamación alguna.
El mecanismo de desempate en tal evento tendrá lugar así:
Se introducirán en una bolsa tantas balotas como proponentes empatados. Todas las balotas serán del mismo color a excepción de una que tendrá un color diferente. Los proponentes procederán a sacar la balota en orden alfabético por su apellido o nombre o razón social en el caso de persona jurídica. El proponente que saque la balota de color diferente será el que se ubique en el primer orden de elegibilidad.
8. CERTIFICACIÓN PARA ACREDITAR LA CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD Y DE MIPYME
De conformidad con el artículo 2 de la Ley 905 de 2004, la entidad verificará la calidad de MIPYMES en el Registro Único de Proponentes.
Para efecto del criterio de desempate señalado en el punto 6 del numeral 7. CRITERIOS DE DESEMPATE, se deberá presentar la certificación expedida por la oficina correspondiente del Ministerio del Trabajo, o la entidad pertinente para ello, que acredite que el Proponente y/o sus Miembros tienen por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina en condiciones de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997.
1 En caso en que sean preferidas las ofertas presentadas por Xxxxxxx y pronentes plurales constituidos en su totalidad por Mipymes, la siguiente regla a aplicar es la contenida en el numeral 6 y no en el numeral 5, según lo establecido en el Manual para el manejo de los incentivos en los procesos de contratación
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En el caso de aquellas empresas que en sus nóminas por lo menos un 10% de sus empleados se encuentren en las condiciones de discapacidad enunciadas en la Ley 361 de 1997, deberán acreditar con la oferta el certificado expedido por la Oficina del Trabajo de la respectiva zona y las constancias firmadas por el representante legal y/o por el revisor fiscal de la contratación del personal por lo menos con un (1) año de anterioridad y la condición de mantenerlo por un lapso igual al de la contratación.
LA ENTIDAD SE RESERVA EL DERECHO DE VERIFICAR LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA POR LOS OFERENTES; SI SE ADVIERTEN DISCREPANCIAS ENTRE LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA Y LO ESTABLECIDO POR LA ENTIDAD, LA PROPUESTA SERÁ OBJETO DE RECHAZO, SIN PERJUICIO DE LAS DEMÁS ACTUACIONES QUE SE PROMUEVAN; ADICIONALMENTE, EL ICFES, PODRÁ SOLICITAR ACLARACIONES SOBRE LOS DATOS CONTENIDOS EN LAS CERTIFICACIONES
9. CERTIFICACIÓN PARA ACREDITAR LA CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD Y DE MIPYME
De conformidad con el artículo 2 de la Ley 905 de 2004, la entidad verificará la calidad de MIPYMES en el Registro Único de Proponentes.
Para efecto del criterio de desempate señalado en el punto 6 del numeral sobre CRITERIOS DE DESEMPATE, se deberá presentar la certificación expedida por la oficina correspondiente del Ministerio del Trabajo, o la entidad pertinente para ello, que acredite que el Proponente y/o sus Miembros tienen por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina en condiciones de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997.
10. ACUERDOS COMERCIALES
De conformidad con lo señalado en el Anexo 4, Literal A4), numeral 48 “Las Contrataciones realizadas bajo un régimen de contratación privada del “MANUAL PARA EL MANEJO DE LOS ACUERDOS COMERCIALES EN PROCESOS DE CONTRATACIÓN” publicado en el Portal Único de Contratación de Colombia Compra Eficiente, la presente contratación se encuentra exenta del cumplimiento de las obligaciones de los Tratados Internacionales, teniendo en cuenta que el Icfes, contrata con régimen privado de contratación, razón por la cual, se encuentra incluido en la citada excepción.
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11. ADJUDICACIÓN
Concluida la etapa de evaluación, la entidad dará a conocer en la fecha establecida en el cronograma del proceso, el orden de elegibilidad de las propuestas presentadas por los proponentes habilitados y procederá a seleccionar al contratista conforme a lo previsto en el artículo 19 del Acuerdo No. 006 de 2015.
12. MATRIZ DE RIESGOS Y GARANTIAS
12.1. MATRIZ DE RIESGOS
Podrá ser consultada en el ANEXO NO. 11
12.2 GARANTÍAS
El Contratista se obliga a garantizar el cumplimiento de las obligaciones surgidas a favor del ICFES, con ocasión de la ejecución del contrato, mediante la constitución de las siguientes garantías expedidas a favor del INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN - ICFES, entidad pública con
régimen privado de contratación NIT. 860.024.301-6, por una compañía de seguros autorizada para funcionar en Colombia o una garantía bancaria, que ampare los siguientes riesgos:
1. De cumplimiento general del contrato, por una suma igual al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y con una vigencia igual al término de ejecución del mismo y hasta la liquidación del contrato y debe amparar:
a. El incumplimiento total o parcial del contrato, cuando el incumplimiento es imputable al contratista;
b. El cumplimiento tardío o defectuoso del contrato, cuando el incumplimiento es imputable al contratista;
c. Los daños imputables al contratista por entregas parciales de la obra, cuando el contrato no prevé entregas parciales; y
d. El pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria.
2. Calidad del servicio, por una suma igual al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y con una vigencia igual al término de ejecución del mismo y hasta la liquidación del contrato.
3. Pago de salarios y prestaciones sociales, por una suma igual al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato y con una vigencia igual al término de ejecución del mismo y tres (3) años más. Este riesgo debe cubrir al ICFES de los perjuicios ocasionados por el incumplimiento de las obligaciones laborales del contratista derivadas de la contratación del personal utilizado en el territorio nacional para la ejecución del contrato amparado. Adicional a lo anterior deberá constituir las siguientes pólizas de seguro o en el evento de poseerlas allegar un certificado mediante el cual se manifieste que se extiende la cobertura al ICFES, así:
RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Esta póliza debe cubrir eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que surja de las actuaciones, hechos u omisiones de su contratista, así como también los perjuicios ocasionados por eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que surjan de las actuaciones, hechos u omisiones de los subcontratistas
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autorizados o en su defecto, que acredite que el subcontratista cuenta con un seguro propio con el mismo objeto y que el ICFES sea el asegurado, así:
Por daños causados a bienes de la Entidad y a terceros, con un valor asegurado mínimo de 5% del valor del contrato y una vigencia igual al término de ejecución del contrato, cumpliendo además con las siguientes especificaciones: Beneficiario: Terceros afectados y/o ICFES. Tipo de cobertura: Responsabilidad Civil Extracontractual por ocurrencia, incluyendo bienes bajo cuidado, tenencia y control, Predios, labores y operaciones (5%); daño emergente y lucro cesante (10% del PLO); perjuicios extra patrimoniales (10% del PLO); contratistas y subcontratistas (10% del PLO por evento, 20% del PLO por vigencia); amparo patronal (10% del PLO por evento, 20% del PLO por vigencia); vehículos propios y no propios (10% del PLO por evento, 20% del PLO por vigencia).
El Contratista se compromete a mantener vigente la garantía durante todo el tiempo que demande la ejecución del contrato, so pena de que Entidad Estatal declare el incumplimiento.
El Contratista deberá constituir la garantía pactada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la entrega de la copia del contrato para ese efecto, por parte del ICFES.
13. SUPERVISIÓN
La supervisión se ejercerá a través del Asesor de la Dirección General para la Unidad de Atención al Ciudadano, el cual deberá cumplir las obligaciones y actividades establecidas en el Manual de Supervisión e interventoría del Icfes.
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14. CRONOGRAMA
Actividad | Fecha | Lugar |
Publicación del proyecto xx xxxxxx de condiciones | 28 xx xxxxx de 2019 | Secop i |
Presentación de observaciones al proyecto xx xxxxxx de condiciones | Del 28 xx xxxxx al 2 xx xxxxx de 2019 | |
Respuesta a las observaciones presentadas al proyecto xx xxxxxx de condiciones | 5 xx xxxxx de 2019 | Secop i |
Publicación xx Xxxxxx de condiciones Definitivo. | 8 xx xxxxx de 2019 | Secop i |
Presentación de observaciones al Pliego de Condiciones | Del 8 al 11 xx xxxxx de 2019 | |
Audiencia de Aclaración de pliegos | 10 xx xxxxx de 2019 10:00 a.m | Xxxxx 00 Xx. 00-00, Xxxxx 0, xxxx 00 Edificio Elemento - Sala Transparencia |
Respuesta observaciones al Pliego de condiciones | 22 xx xxxxx de 2019 | Secop i |
Expedición de Adendas | 22 xx xxxxx de 2019 | Secop i |
Cierre del Proceso y publicación de acta de cierre | 25 xx xxxxx de 2019 9:00 am | Oficina de Correspondencia- Unidad Atención al Ciudadano (Avenida Calle 26 No. 69-76, piso 15). Secop i |
Etapa de evaluación | Del 25 xx xxxxx al 3 xx xxxx de 2019 | Secop i Página web www. Xxxxx.xxx.xx contratacion@ Xxxxx.xxx.xx |
Publicación del informe evaluación | 6 xx xxxx de 2019 | Secop i |
Término para subsanar y presentar observaciones al informe de evaluación y contra observaciones. | Del 6 al 9 xx xxxx de 2019 | |
Informe final y respuesta a las observaciones | 15 xx xxxx de 2019 | Secop i |
Adjudicación | 16 xx xxxx de 2019 | Secop i |
Suscripción del Contrato | 17 xx xxxx de 2019 | Xxxxx 00 Xx. 00-00, Xxxxx 0, xxxx 00 |
Presentación garantías | 20 xx xxxx de 2019 | Calle 26 No. 69-76, Torre 2, piso 15 |
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Las fechas y plazos antes indicados podrán variar de acuerdo con la ley y con las condiciones previstas en el presente pliego de condiciones.
15. DOCUMENTOS ANEXOS
- Estudios previos y estudio xx xxxxxxx correspondientes al presente proceso de selección.
- El aviso de convocatoria.
- Los anexos xxx xxxxxx de condiciones
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