Contract
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX | 110014003067201500 184-01 | - | ORDENAR AL IDU SUSPENDER EL COBRO DE LA OBLIGACION POR CONCEPTO DE VALORIZACION CONTENIDA EN LA RESOLUCION VA38 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2013 Y REHACER LA ACTUACION ADMINISTRATIVA, NOTIFICANDO EN DEBIDA FORMA EL ACTO ADMINISTRATIVO REFERIDO, PARA PODER EJERCER MI DERECHO DE DEFENSA EN DEBIDA FORMA. | N/A | FPI | FAVORABLE | N/A | NEGO LA ACCION DE TUTELA POR IMPROCEDENTE. | N/A | N/A | XXXXXX XXXXXXX XXXXX | |
XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX y XXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX | CONCILIACIÓN | 2015-18732 | 344.915.100 | EL SOLICITANTE TUVO UN ACCIDENTE EN SU MOTOCICLETA APROX A LAS 2:10 PM EN LA AUTO NORTE CON CALLE 215 EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ CAUSADO POR UN HUECO EN LA VÍA, LO QUE HIZO QUE PERDIERA EL CONTROL DE LA MOTO Y SE DESPLAZARA 17.68 METROS POR EL IMPACTO CAUSANDOLE GRAVES LESIONES COMO DEFORMIDAD EN LA CADERA IZQUIERDA Y OTRAS FRACTURAS, 30 DÍAS DE INCAPACIDAD Y CONTROL POR ORTOPEDIA | N/A | TERMINADO | FAVORABLE | N/A | SE DECLARA FALLIDA, SE TERMINA PARA LA ENTIDAD. | N/A | N/A | XXXXXX XXXXXXX XXXXX |
XXXXXXXX XXXX XXXXXXXX Y XXXXXXXX XXXXX XXXX XXXXXX | CONCILIACIÓN | 2015-142591 | 164.000.000 | QUE EL CONVOCANTE COMPRO UNA MOTO EL DÍA 29 XX XXXXXX DE 2014, DE MARCA TVS APACHE 180 DE PLACAS ODQ6D MODELO 2014, QUE SALIENDO DE COMPRARLA SALIÓ HACIA LA CALLE 127 CON AVENIDA 19. QUE CUANDO SE DESPLAZABA EN LA MOTO EN SENTIDO SUR ¿NORTE EN EL CARRIL MEDIO EN LA AUTOPISTA NORTE CON CALLE 98, A UNA VELOCIDAD DE 40 KILOMETROS POR HORA, CAYÓ EN UN HUECO PERDIENDO TOTALMENTE EL CONTROL, QUE NO FUE ATROPELLADO PORQUE VENÍA CON UN AMIGO QUIEN BLOQUEO EL TRÁNSITO PARA PROTEGERLO Y DE PASO LE PRESTO AUXILIO. QUE EL CONVOCANTE PRESENTO UN DOLOR INTENSO EN LA RODILLA QUE LE IMPIDE LEVANTARSE, QUE POSTERIORMENTE ES LLEVADO AL SEPARADOR POR SU AMIGO QUIEN TAMBIÉN RECOGE LA MOTO. QUE DURANTE MEDIA HORA QUE ESTUVO SENTADO TOMO FOTOS Y VIDEO DEL HUECO EN LA QUE SE PRUEBA QUE NO EXISTE DEMARCACIÓN NI SEÑALIZACIÓN A LO QUE SE LE SUMA EL INCUMPLIMIENTO DEL DEBER DE MANTENIMIENTO DE LA VÍA. QUE SE LLAMO A TRANSITO PERO NO LLEGO DESPUÉS DE ESPERAR HORA Y MEDIA. QUE ES LLEVADO A LA CLÍNICA NAVARRA, LA MÁS CERCANA PARA SER ATENDIDO DE URGENCIA. QUE LE DAN ANALGÉSICOS Y LE DAN ORDEN DE SALIDA. EL 9 DE SEPTIEMBRE ASISTE A CONSULTA CON EL ORTOPEDISTA EN LA CLÍNICA NAVARRA Y PERSISTE EL DOLOR Y LE ORDENA UTILIZAR MATERIAL ORTOPÉDICO HASTA NUEVA CONSULTA. EL 23 DE SEPTIEMBRE LE ORDENAN UNA RESONANCIA MAGNÉTICA DE RODILLA PARA IDENTIFICAR LA LESIÓN. LOS RESULTADOS EVIDENCIAN UNA LESIÓN DE MENISCOS Y LIGAMENTOS DE LA RODILLA IZQUIERDA. QUE EL DÍA 31 DE OCTUBRE ES OPERADO POR LA LESIÓN, CIRUGÍA QUE CONSISTE EN HACER UN INJERTO DE ÓRGANO, REEMPLAZANDO EL LIGAMENTO POR UN TENDÓN Y POSTERIORMENTE RECONSTRUCCIÓN POR SUTURA DE LOS MENISCOS. QUE POSTERIORMENTE ES EXAMINADO Y LE INFORMAR QUE TENDRÁ UNA LESIÓN PARA TODA LA VIDA YA QUE EL MENISCO PERDIDO NO ES POSIBLE RECUPERARLO, PUESTO QUE SE LOGRO RECUPERAR SOLAMENTE UN 40%. QUE EL CONVOCANTE COMPRO LA MOTO PORQUE ESTABA REALIZANDO UN PROYECTO DE VIDA DENOMINADO AVENTUREROS SIN FRONTERAS LA CUAL SE PUEDE VER POR INTERNET. QUE DICHA SERIE LLEVABA 15 CAPÍTULOS AL AIRE, SIENDO PROTAGONISTA EL CONVOCANTE Y QUE NO PUDO SEGUIRLA HACIENDO PORQUE NUNCA MÁS PUEDE VOLVER A MONTAR MOTO, LO QUE LE HA GENERADO DAÑOS FÍSICOS, SICOLÓGICOS Y ECONÓMICOS. QUE EL CONVOCANTE TENIA AL MOMENTO DEL ACCIDENTE TODOS LOS PAPELES EN REGLA, LICENCIA DE CONDUCCIÓN, SEGURO OBLIGATORIO Y CERTIFICADO DE GASES. QUE EL CONVOCANTE ACTUALMENTE SUFRE XX XXXXXXX PERMANENTES. | N/A | TERMINADO | FAVORABLE | N/A | SE DECLARA FALLIDA, SE TERMINA PARA LA ENTIDAD. | N/A | N/A | XXXXXX XXXXXXX XXXXX |
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXX XXXXX | CONCILIACIÓN | 2015-49682 | 131.388.054 | XXXXXXXXX XX XXXXXXXX XXX XXXXX XX XX XXX XX XXXX XXXXXX XX XX XXXXXXX SENTIDO NORTE-SUR, APROXIMANDOSE AL PORTAL XX XXXX DE TRANSMILENIO. AVENIDA CARACAS CON CARRERA 54B SUR. SOLICITA REPARACION DEL DAÑO. | N/A | TERMINADO | FAVORABLE | N/A | SE DECLARA FALLIDA, SE TERMINA PARA LA ENTIDAD. | N/A | N/A | XXXXXX XXXXXXX XXXXX |
MAPFRE SEGUROS GENERALES DE COLOMBIA S.A. | CONTRACTUAL | 25000 2336 000 2000 02021 01 | 480.000.000 | DECLARAR NULIDAD DE ACTOS ADMINISTRATIVOS MEDIANTE LOS CUALES SE HIZO EFECTIVA SERIEDAD DE OFERTA DE SOCIEDAD CIVILIA LTDA | CONRATO DE SEGURO No. GU 0666709 | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | CONFIRMA EN SEGUNDA INSTANCIA LO INDICADO EN LA PRIMERA, ES DECIR, LA CUAL DECLARO PROBADA LA EXCEPCIÓN DE CADUCIDAD | NO | NO | XXXXX XXXXXX |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
XXXXXX XXXXXX XXXXXX | REPARACION DIRECTA | 11001 3331 022 2010 00281 01 | 924.000.000 | XXXXXX XXXXXX XXXXXX CELEBRO PROMESA DE COMPRAVENTA CON LA PERSONA JURIDICA URBANIZACION LOS CAMPOS LTDA PARA VENDER UN XXXX XX XXXXXXX XXX XXXX XX 00 XXX0. XX XXXXX DESCONOCIO EL DERECHO DE PROPIEDAD ADQUIRIDO CON XXXXX XXXXXX Y CON ARREGLO A LAS LEYES VIGENTES. SOLICITA DECLARACIÓN DE RESPNSABILIDAD PATRIMONIAL Y ADMINISTRATIVA POR LOS DAÑOS OCASIONADOS CON EL REGISTRO DE LA ESCRITURA PÚBLICA 3478 DEL 19 DE JULIO DE 1991, NOTARÍA 15, VENTA DE LOTE UBICADO EN LA URBANIZACIÓN LOS CAMPOS, AL QUE LE FUE ASIGNADA LA MATRÍCULA INMOBILIARIA 50C-1317552 DE LA OF DE REGISTRO, CÉDULA CATASTRAL 72A 91 0 Y NOMENCLATURA URBANA CALLE 72 A BIS 91-13 DE BOGOTÁ, TERRENO QUE FUE DECLARADO COMO ZONA DE CESIÓN Y DE PROPIEDAD DE D.C., DE CONFORMIDAD CON EL FALLO DEL JUEZ 15 CIVIL MPAL. | REPARACION DIRECTA RESPECTO A LA EXPROPIACION ADMINSITRATIVA ASIGNADA LA MATRÍCULA INMOBILIARIA 50C- 1317552 | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | CONFIRMA EN SEGUNDA INSTANCIA LO INDICADO EN LA PRIMERA, ES DECIR, NIEGA LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA. | NO | NO | XXXXX XXXXXX |
XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXX | XXXXXX XX XXXXXX | 00000 4003 036 2013 00102 00 | RADICO DERECHO DE PETICION 20131250904892 Y NO FUE CONTESTADO DE FONDO | TUTELA DE DERECHOS FUNDAMENTALES | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | NO TUTELA DERECHO | NO | NO | XXXXX XXXXXX | |
XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXX | XXXXXX XX XXXXXX | 0000 4003 018 2013 00970 01 | LA ACCIONANTE NARRA QUE CERCA AL COLEGIO LICEO ESTRELLITA ESTUDIANTIL, UBICADO EN EL BARRIO LA XXXXXXX, LE FALTA SEÑALIZACIÓN PREVENTIVA PARA PEATONES, CICLISTAS Y AUTOMOTORES. IGUALMENTE NARRA QUE LA IMPRUDENCIA DE LOS CONDUCTORES ATENTA CONTRA LA VIDA Y LA SEGURIDAD DE LOS NIÑOS Y ADOLECENTES, ESTUDIANTES DE SA INSTITUCIÓN ESTUDIANTIL. | TUTELA DE DERECHOS FUNDAMENTALES | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | NO TUTELA DERECHO | NO | NO | XXXXX XXXXXX | |
XXXXXX XXXX XXXXXX | ACCION DE TUTELA | 1001 4009 024 2014 00092 01 | EL ACCIONANTE SOLICITA CON EL FIN DE EVITAR EL RIESGO DE LOS NIÑOS, ADULTO MAYOR, LA VIDA Y LA SALUD EN CONEXIDAD CON EL DERECHO FUNDAMENTAL AL MEDIO AMBIENTE SANO. | TUTELA DE DERECHOS FUNDAMENTALES | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | NO TUTELA DERECHO | NO | NO | XXXXX XXXXXX | |
XXXXXXX XX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | XXXXXX XX XXXXXX | 0000 2205 000 2014 00229 01 | SE PROFIERA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO 2013.-00319 DEL XX. XXXXXXX DE XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX CONTRA XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXX. | TUTELA DE DERECHOS FUNDAMENTALES | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | NO TUTELA DERECHO | NO | NO | XXXXX XXXXXX | |
XXXXX XXX XXXXXX XXXXXXXXX | XXXXXX XX XXXXXX | 0000 4003 042 2014 00233 01 | DEJAR SIN EFECTO LA DILIGENCIA DE DESALOJO Y RESTITUCION DEL ESPACIO PUBLICO QUE PRETENDE REALIZAR LA ALCALDIA LOCAL DE CHAPINERO HASTA QUE EL IPES, REGLAMENTE LAS ZAERT, DE ACUERDO A LO ESTIPULADO EN EL DECRETO 456 DE 2013 Y TENGA UN SITIO DEFINIDO DONDE PUEDA TRABAJAR DIGNAMENTE COMO CIUDADANA COLOMBIANA. | TUTELAR DERECHOS FUNDAMENTALES | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | NO TUTELA DERECHO | NO | NO | XXXXX XXXXXX | |
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXX | XXXXXX XX XXXXXX | 0000 3187 019 2014 00446 01 | VIOLACION AL TRABAJO, IGUALDAD Y DEBIDO PROCESO POR NO INCLUIR ALGUNAS PROFESIONES RELACIONADAS CON LA RAMA DE LA INGENIERA EN LA LICITACION PUBLICA CUYO OBJETO COMPRENDE LOS TRABAJOS NECESARIOS PARA LA COMPLEMENTACION Y/O ACTUALIZACION, AJUSTES, DISEÑOS Y CONSTRUCCION DE LA AV COLOMBIA ENTRE CALLES 76 Y LA AVENIDA CALLE 80 EN BOGOTA, DEL ACUERDO 23 DE 2013. | TUTELAR DERECHOS FUNDAMENTALES | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | NO TUTELA DERECHO | NO | NO | XXXXX XXXXXX | |
XXXX XXXX XXXXXX XXXX | XXXXXX XX XXXXXX | 0000 3103 042 2014 00450 01 | ARRENDATARIA DEL PREDIO BODEGA 300M2 APROX. UBICADO EN LA XXXXX 0 00-00 XXX XXXXXX XXX XXXXXXXX XXXXXX RT 36627, EL INMUEBLE FUE EXPROPIADO Y NO SE LE RECONOCIERON LOS BENEFICIOS ECONOMICOS A QUE TIENE DERECHO, | TUTELAR DERECHOS FUNDAMENTALES | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | NO TUTELA DERECHO | NO | NO | XXXXX XXXXXX | |
AFRUPACIÓN XXXXX XX XXXXXXXXXX | XXXXXX XX XXXXXX | 0000 4003 065 2014 00757 01 | PERMITIR EL ACCESO DE LA AGRUPACION ALTOS DE BELLAVISTA AL EXPEDIENTE O EXPEDIENTES ABIERTOS PARA EL COBRO DE LAS CONTRIBUCIONES DE VALORIZACION DE LOS EJES 3 Y 13 DE 2003, QUE SE SUSPENDA EL REMATE DEL PREDIO, QUE SE LEVANTEN LAS MEDIDAS CAUTELARES DEL PREDIO CON MATRICULA INMOBILIARIA 50C-389491. 50C- 890426 | TUTELAR DERECHOS FUNDAMENTALES | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | NO TUTELA DERECHO | NO | NO | XXXXX XXXXXX | |
XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXX | XXXXXX XX XXXXXX | 0000 0203 000 2014 02928 01 | SOLICITA SE DECLARE LA NULIDAD DE TODO LO ACTUADO EN EL PROCESO EJECUTIVO 2002-00800 POR INDEBIDA NOTIFICACION Y VIA DE HECHO. | TUTELAR DERECHOS FUNDAMENTALES | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | NO TUTELA DERECHO | NO | NO | XXXXX XXXXXX | |
XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX | XXXXXX XX XXXXXX | 0000 4009 079 2015 00048 01 | SOLICITA CORRECCIONES SOBRE EL PREDIO EN CUANTO AREA DE TERRENO, AREA CONSTRUIDA, ACTUALIZACION EN LA CALIFICACION DEL PREDIO UBICADO EN LA XXXXXXX 00X 00-00 XXX XXXXXX XXXX XX XXX. | TUTELAR DERECHOS FUNDAMENTALES | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | NO TUTELA DERECHO | NO | NO | XXXXX XXXXXX | |
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX | ACCION DE TUTELA | 1001 4003 032 2015 00254 01 | LAS ACCIONANTES HAN RADICADO PETICIONES ANTE LA ADMINISTRADORA DE LA XXXXXXXXXXXX XXXXXXX XXX XXX, XX XXXXXXX XXXXXX XX. 0 X XX XXXXXXXX XXXXX XX XXXX SOLICITNADO INFORMACIÓN SOBRE EL POSIBLE ENCERRAMIETNO TOTAL QUE SE PLANTEA REALIZAR EN LA REFERIDA URBANIZACIÓN. EL ENCERRAMIENTO TOTAL DE LA URBANIZACIÓN PERJUDICA A VARIOS COPROPIETARIOS EN LA MEDIDA EN QUE SUS CASAS TIENEN XXXXXX X XX XXXXXXX XXXXXX XX XXXX, X XX XXXXXXXXXXX XXX XXXXXXXX LA POSIBILIDAD DE ABRIR ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO EN SU PROPIEDAD, ASÍ COMO LES OBLIGARIA A DESPLAZARSE HACIA LA ÚNICA SALIDA PLANTEADA POR LA ZONA DE PARQUEADEROS, AISLANDOLES DE LAS DEMÁS MANZANAS DE LA URBANIZACIÓN. | TUTELAR DERECHOS FUNDAMENTALES | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | NO TUTELA DERECHO | NO | NO | XXXXX XXXXXX | |
XXXXXX XXXXXX XXXXX XXXX | XXXXXX XX XXXXXX | 0000 4000 000 2015 00886 01 | RADICO DERECHO DE PETICION 20155260255762 EL 00 XX XXXXX XX 0000 X XX XX XXXX XXXXXXXXXX | TUTELAR DERECHOS FUNDAMENTALES | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | NO TUTELA DERECHO | NO | NO | XXXXX XXXXXX |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXX | TUTELA | 110014003012201500 09500 | EL IDU ADELANTO PROCESO DE EXPROPIACION DEL EDIFICO XXXXX XXXXXXX QUE ESTABA UBICADO EN LA CARRERA 10 13-59, DERECHO DE PETICION 20155260017252 DEL 7 DE ENERO DE 2015 Y NO HA RECIBIDO RESPUESTA. | N.A | N.A. | FAVORABLE - DENIEGA LAS SOLICITUDES DE TUTELA POR CONSIDEAR AUSENCIA DE OBJETO | N.A. | NIEGA LAS PRETENSIONES POR IMPROSEDENTES | N.A. | N.A. | XXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | |
XXXX XXXXXXX | REPARACION DIRECTA | 250002326000199802 725-02 | 942.000.840 | INDEMNIZACION POR ACCIDENTE TRANSITO AV CIUDAD DE QUITO CON PUENTE ELEVADO AUTOPISTA NORTE | TERMINADO | FAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA RESPONSABILIDAD DEL IDU | CONDENA AL IDU EN UN TOTAL DE $ 2.261.643.513 | EN TRAMITE DE PAGO | XXXXXX XXXXX XXXXX | |
HINCAPIE XXXXXX XXXXX | CONTRATUAL | 250002326000199912 032-01 | 113.888.682 | INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL | 010 DE 1997 | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA PRETENSIONES | XXXXXX XXXXX XXXXX | ||
XXXXXX XXXXXX XXXXXX | REPARACION DIRECTA | 250002326000200000 177-01 | 85.000.000 | INDEMNIZACION POR DAÑOS AUTOMOTOR CAIDA DE UN ARBOL AVENIDA 19 CALLE 95 | TERMINADO | FAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA RESPONSABILIDAD DEL IDU | CONDENA AL IDU A INDEMNIZAR $ 2.199.860 | PAGADA LA CONDENA- EN TRAMITE PAGO INTERESES | XXXXXX XXXXX XXXXX | |
XXXXXXX XX XXXXXXX XXXXXXXX | CONTRACTUAL | 250002326000200001 496-01 | 130.050.000 | RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA PRETENSIONES | XXXXXX XXXXX XXXXX | |||
XXXXX XXXXXX XXX XXXXXXX | CONTRATUAL | 250002326000200002 251-01 | 67.000.000 | INDEMNIZACION PERJUICIOS POR EXPROPIACION | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA PRETENSIONES | XXXXXX XXXXX XXXXX | |||
XXXXXXX XXXXXX XXXX XXXXXXX | REPARACION DIRECTA | 250002326000200002 766-01 | 95.000.000 | INDEMNIZACION PERJUICIOS POR EXPROPIACION | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA PRETENSIONES | XXXXXX XXXXX XXXXX | |||
XXXXXXXX XXXXX X. | CONTRATUAL | 250002326000200001 902-01 | 17.500.000 | RESPONSABILIDAD POR INCUMPLIMIENTO | 87 DE 1998 | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA PRETENSIONES | XXXXXX XXXXX XXXXX | ||
CONSTRUCTORA BALEARES | REPARACION DIRECTA | 250002326000200200 396-01 | 18.000.000.000 | INDEMNIZACION POR EXPROPIACION FRUSTRÓ PROYECTO URBANISTICO | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA PRETENSIONES | XXXXXX XXXXX XXXXX | |||
XXXXXXX XXXXXX XXXXXX | REPARACION DIRECTA | 250002326000200200 992-01 | 1.716.743.000 | RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA PRETENSIONES | XXXXXX XXXXX XXXXX | |||
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX | ACCION POPULAR | 250002326000200201 105-01 | 13.891.000 | PRETENSIONES COLECTIVAS | TERMINADO | TERMINÓ POR DESISTIMIENTO PARTE ACTORA | XXXXXX XXXXX XXXXX | |||||
XXXXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXX | NULIDAD Y REST DEL DERECHO | 110013310420000002 48-00 | 15.071.900 | NULIDAD RESOLUCION VALORIZACION | TERMINADO | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA FALTA FUERZA EJECUTORIA | 15071900 | SUSPENDIDO COBRO VALORIZACION | XXXXXX XXXXX XXXXX | |
U.A. AEROCIVIL | NULIDAD Y REST DEL DERECHO | 110013331043201200 25-00 | 2.678.247 | NULIDAD RESOLUCION VALORIZACION | TERMINADO | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA FALTA FUERZA EJECUTORIA | 2678247 | SUSPENDIDO COBRO VALORIZACION | XXXXXX XXXXX XXXXX | |
U.A. AEROCIVIL | NULIDAD Y REST DEL DERECHO | 110013331039201200 28-00 | 154.500.000 | NULIDAD RESOLUCION VALORIZACION | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA PRETENSIONES | XXXXXX XXXXX XXXXX | |||
CONSTRUCTORA X XXXXX | NULIDAD Y REST DEL DERECHO | 110013331040201200 34-00 | 140.647.724 | NULIDAD RESOLUCION VALORIZACION | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA PRETENSIONES | XXXXXX XXXXX XXXXX | |||
CONSTRUCTURA X XXXXX | NULIDAD Y REST DEL DERECHO | 110013331044201200 81-00 | 140.647.724 | NULIDAD RESOLUCION VALORIZACION | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA PRETENSIONES | XXXXXX XXXXX XXXXX | |||
XXXXX XXXXXX | NULIDAD Y REST DEL DERECHO | 110013331037201201 07-00 | 152.000.000 | INDEMNIZACION POR EXPROPIACION ADMINISTRATIVA | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA PRETENSIONES | XXXXXX XXXXX XXXXX | |||
U.A. AEROCIVIL | NULIDAD Y REST DEL DERECHO | 250002327000201206 40-00 | 00.000.000.000 | NULIDAD RESOLUCION VALORIZACION | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA PRETENSIONES | XXXXXX XXXXX XXXXX | |||
XXXXXXX XXXX XXXXXX | LABORAL | 110013105013201207 79-00 | 1.179.000 | INDEMNIZACION POR DESPIDO | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA PRETENSIONES | XXXXXX XXXXX XXXXX | |||
PIJAO S.A. | NULIDAD Y REST DEL DERECHO | 110013337039201300 45-00 | 13.407.650 | NULIDAD RESOLUCION VALORIZACION | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA PRETENSIONES | XXXXXX XXXXX XXXXX | |||
TROLAL INT. | NULIDAD Y REST DEL DERECHO | 110013337041201300 82-00 | 12.567.235 | NULIDAD RESOLUCION VALORIZACION | TERMINADO | DESISTIDO PROCESO | ACEPTA DESISTIMIENTO | XXXXXX XXXXX XXXXX | ||||
PIJAO S.A. | TUTELA | 110013150002014001 13-00 | DEBIDO PROCESO | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA POR IMPROCEDENTE | XXXXXX XXXXX XXXXX | ||||
PIJAO S.A. | NULIDAD Y REST DEL DERECHO | 110013337041201301 69-00 | 9.876.980 | NULIDAD RESOLUCION VALORIZACION | TERMINADO | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA FALTA FUERZA EJECUTORIA | 9876980 | SUSP. COBRO | XXXXXX XXXXX XXXXX | |
XXXXXXX XXXXXXX | TUTELA | 110013337032201310 47-00 | DERECHO AL TRABAJO | TERMINADO | FAVORABLE | DENIEGA | XXXXXX XXXXX XXXXX | |||||
XXXXXX XXXXXXX | TUTELA | 110014003019201311 77-00 | DERECHO DE PETICION | TERMINADO | FAVORABLE | DENIEGA | XXXXXX XXXXX XXXXX | |||||
XXXXX XXXXXXXX XXXXX | TUTELA | 110014003016201313 32-00 | DERECHO DE PETICION | TERMINADO | FAVORABLE | HECHO SUPERADO | XXXXXX XXXXX XXXXX | |||||
ARQUITECTOS E ING. ASOCIADOS | TUTELA | 110014003016201313 33-00 | DERECHO DE PETICION | TERMINADO | FAVORABLE | IMPROCEDENTE | XXXXXX XXXXX X. | |||||
XXXXX X XXXXXX | TUTELA | 110014003065201317 06-00 | DEBIDO PROCESO | TERMINADO | FAVORABLE | IMPROCEDENTE | XXXXXX XXXXX X | |||||
XXXXXXXXX XXXXXXX | TUTELA | 110014003076201400 06-00 | SALUD PUBLICA | TERMINADO | FAVORABLE | DENIEGA POR FALTA DE OBJETO | XXXXXX XXXXX X | |||||
U.A. AEROCIVIL | TUTELA | 110014003042201400 07-00 | DEBIDO PROCESO | TERMINADO | FAVORABLE | IMPROCEDENTE | XXXXXX XXXXX X | |||||
XXXXXX XXXXXX | TUTELA | 110014003037201402 35-01 | DERECHO DE PETICION | TERMINADO | FAVORABLE | IMPROCEDENTE | XXXXXX XXXXX X | |||||
PIJAO S.A. | TUTELA | 110014003037201402 97-01 | DERECHO AL TRABAJO | TERMINADO | FAVORABLE | IMPROCEDENTE | XXXXXX XXXXX X | |||||
PIJAO S.A. | TUTELA | 110014003037201402 98-01 | DEBIDO PROCESO | TERMINADO | FAVORABLE | IMPROCEDENTE | XXXXXX XXXXX S |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
XXXXXXX XXXXXX | TUTELA | 110014003020201404 48-00 | DEBIDO PROCESO | TERMINADO | FAVORABLE | IMPROCEDENTE | XXXXXX XXXXX X | |||||
XXXXXXX XXXXXXXX | TUTELA | 110014003016201406 13-00 | DEFENSA ESPACIO PUBLICO | TERMINADO | FAVORABLE | IMPROCEDENTE | XXXXXX XXXXX X | |||||
XXXXXXX XXXXXXX | TUTELA | 110014003052201406 90-00 | DERECHO DE PETICION | TERMINADO | FAVORABLE | IMPROCEDENTE | XXXXXX XXXXX X | |||||
XXXXXX XXXXXX | TUTELA | 110014003028201501 87-00 | SALUBRIDAD PUBLICA | TERMINADO | FAVORABLE | IMPROCEDENTE | XXXXXX XXXXX X | |||||
XXXXXX XXXXX | TUTELA | 110014003066201501 91-00 | DEBIDO PROCESO VIDA Y SALUD | TERMINADO | FAVORABLE | IMPROCEDENTE | XXXXXX XXXXX S | |||||
XXXXX XXXXX | TUTELA | 110014003013201508 28-00 | DERECHO DE PETICION | TERMINADO | DESFAVORABLE | NO ACEPTARON RESPUESTA ENVIADA AL INTERESADO | ORDENAN ACREDITAR | FALLO CUMPLIDO ACREDITADO ENVÍO RESPUESTA | XXXXXX XXXXX S | |||
COMBUSTIBLES Y SERVICIOS SAS (EDS TEXACO 28) | REPARACION DIRECTA | 250002326000-2011- 00989-01 | 1.000.000.000 | SOLICITÓ EL PAGO DE PERJUCIOS CON OCASIÓN A LA CONSTRUCCIÓN DE LA AVENIDA 26 CON CARACAS, HABIDA CUENTA QUE EN SU SENTIR EXISTIÓ UNA DISMINUCIÓN SUSTANCIAL DE SUS VENTAS DE COMBUSTIBLE. | N/P | FPI | FAVORABLE | N/P | EL DEMANDANTE NO PROBÓ LOS PRESUNTOS DAÑOS OCASIONADOS CON LA CONSTRUCCIÓN DE LA CALLE 26 CON AVENIDA CARACAS | N/P | N/P | XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX |
XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX | TUTELA | 110014009055-2012- 00127-01 | N/P | LA SEÑORA XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX TRABAJA PARA TOTAL QUALITY MANAGEMENT S.A. QUIEN PRESTA SERVICIOS AL IDU, TUVO UN ACCIDENTE DE TRABAJO Y FUE DESPEDIDA DE SU CARGO. SOLICITA REINTEGRO AL PUESTO. | N/P | LA ACCIONANTE DESISTIÓ DE LA ACCIÓN CONSTITUCIONAL | N/P | N/P | N/P | N/P | N/P | XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX |
VIAS Y CONSTRUCCIONES S.A. VICON S.A. | CONTRACTUAL | 110010000037-2012- 00132-01 | 47.869.702 | CONTRATO - RESTABLECIMIENTO DEL EQUILIBRIO CONTRACTUAL | CONTRATO IDU-116 DE 2005 | EL DESMANDANTE DESISTIÓ DE LA ACCIÓN | N/P | N/P | N/P | N/P | N/P | XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX |
XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX | XXXXXXXXX LABORAL | 110013105031-2012- 00513-01 | 2.736.068 | DECLARAR QUE LA EMPRESA ROYAL Y SUN ALLIANCE SEGUROS (COLOMBIA) S.A "RSA" ES CONJUNTAMENTE SOLIDARIA CON EL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO "IDU" POR EL PAGO DE LOS SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES DEMANDADOS, EN VIRTUD QUE DE ACUERDO CON LA CLAUSULA SEXTA DEL CONTRATO DE TRABAJO, CON EL FIN DE CUMPLIR CON EL CONTRATO DE INTERVENTORIA IDU-93 DE 2008 SUSCRITO ENTRE EL IDU Y EL CONSORCIO PRO 3. | N/P | CONCILIACIÓN | N/P | N/P | N/P | N/P | N/P | XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX |
CONALVIAS S.A. | CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL | N/P | 168.495.312 | RESTABLECIMIENTO DEL EQUILIBRIO ECONOMICO CONTRATO 077 DE 2009. LICITACION 006 DE 2009 IDU-LP-DG-006-2009. MANTENIMIENTO CORRECTIVO, RUTINARIO Y PREVENTIVO DE LA TRONCAL XXXXXXXXX XXXXX, XXXXX XXX XXXXXX X XX XXXXX 000 XX XXXXXX. | CONTRATO 077 DE 2009 | N/P | N/P | N/P | N/P | N/P | N/P | XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX |
XXXXX XXXXX XXXX XXXXXXX | TUTELA | N/P | N/P | SE AMPARE EL DERECHO FUNDAMENTAL DE PETICION Y CUALQUIER OTRO DEL MISMO RANGO QUE SE DETERMINE COMO VIOLADO | N/P | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | EL JUZGADO 45 XXXXX XXX XXXXXXXX, XX XXXXXXXXX XXX 00 XX XXXXX XX 0000, XXXXXX QUE SE LE DIO RESPUESTA AL ACTOR Y POR LO TANTO SE DA EL HECHO SUPERADO EN LA ACCIÓN DE TUTELA | N/P | N/P | XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX |
XXXXXX GIO XXX XXXXXXX | CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL | N/P | 107.232.445 | SOLICITA EL PAGO DE PRESTACIÓN SOCIALES CON OCASIÓN AL CONTRATO REALIDAD QUE SE CONSTITUYÓ | N/P | N/P | N/P | N/P | N/P | N/P | N/P | XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX |
XXXXXX XX XXXXXX XXXXXX | REPARACION DIRECTA | 110013331033-2013- 00076-01 | 178.353.000 | LA SEÑORA XXXXXX XXXXXX XX XXXXXX EL DÍA 00 XX XXXXX XX 0000 X XXX 6:30 AM, ENTRO AL SISTEMA TRANSMILENIO S.A EN EL PORTAL DEL SUR, DONDE SE DISPONIA A ABORDAR LA RUTA C-31, CON DESTINO ESTACIÓN XXX XXXXXX. A CAUSA DE LA AUSENCIA DE SEÑALES DE ADVERTENCIA, FALTA DE PERCEPCIÓN Y DE VISIÓN QUE IMPEDÍAN CAMINAR CON SEGURIDAD, SUMADO CON LA ALTA AFLUENCIA DE PASAJEROS YA QUE POR SER HORA PICO, LA DEMANDANTE FUE EMPUJADA POR LA GENTE SIN PERMITIRLE VER EL SITIO DONDE PISABA, HACIENDO QUE TROPEZARA Y OCASIONANDO QUE SU PIE DERECHO CALLERA EN MEDIO DE LA PLATAFORMA DEL SISTEMA Y LA PUERTA DE ABORDAJE DEL BUS. | N/P | EL JUZGADO DECIDIÓ RESOLVER LA EXCEPCIÓN DE FALTA DE LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA A FAVOR DEL IDU. | N/P | N/P | N/P | N/P | N/P | XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX |
PROVER INGENIERIA URBANISMO Y CONSTRUCCION SL SUCURSAL COLOMBIA | NULIDAD Y RESTABLECIMIENT O DEL DERECHO | 110013336034-2013- 00078-00 | 144.702.619 | PERJUICIOS QUE EL INSTITUTO LE CAUSO POR LA ADJUDICACION IRREGULAR QUE HIZO DEL CONCURSO DE MERITOS ABIERTO IDU-CMA-SGI- 003 DE 2012 CUYO OBJETO FUE LA INTERVENTORIA TECNICA ADMINISTRATIVA FINANCIERA LEGAL SOCIAL Y AMBIENTAL PARA LA EJECUCION DE OBRAS Y ACTIVIDADES DE CONSERVACION PARA LA MALLA VIAL ARTERIAL E INTERMEDIA EN LAS LOCALIDADES DE XXXXXX XXXXX SAN XXXXXXXXX XXXXXXXXXX Y SANTAFE GRUPO 1 Y 2 EN BOGOTA. CONSORCIO INTERVIAL DE CONSERVACION. | N/P | FPI | FAVORABLE | N/P | EL DEMANDANTE NO LOGRÓ PROBAR DE MANERA CATEGORICA LAS PRETENSIONES DE LA SOCIEDAD DEMANDANTE | N/P | N/P | XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX |
XXXXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXX | TUTELA | 110014004032-2013- 00097-01 | N/P | SOLICITA EL ACCIONANTE QUE SE LE TUTELE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES CONSTITUCIONALES SE ORDENE EL CIERRE DE PARQUEADERO POR SER ILEGAL | N/P | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | EL JUZGADO 12 PENAL DEL CIRCUITO DE CONOCIMIENTO , EN SENTENCIA DEL 20 XX XXXX DE 2013, INDICÓ QUE LA TUTELA NO ES EL MECANISMO PARA DISCUTIR LA LEGALIDAD DEL FUNCIONAMIENTO DE UN ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO. | N/P | N/P | XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
XXXXX XXXXXX | TUTELA | 110010203000-2013- 00100-01 | N/P | EL IDU REALIZO OFERTA DE COMPRA QUE FUE REGISTRADA EN EL FOLIO DE MATRICULA 50C-168976 Y NO SE PUDO LLEVAR A CABO LA NEGOCIACION POR LO QUE SE INICIO EXPROPIACION POR VIA JUDICIAL. EL JUZGADO OTORGO LOS DINEROS A UNA TERCERA PERSONA A QUIEN LE FUE OTORGADO EL INMUEBLE EN REMATE Y LA ACCIONANTE QUEDO DESPROTEGIDA. | N/P | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | LA SALA DE CASACIÓN CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, INDICÓ QUE EL ACTOR TIENE LOS RECURSOS EN EL PROCESO PARA CUESTIONAR LAS DECISIONES DEL JUZGADO. POR LO TANTO LA ACCIÓN TUTELA NO ES EL MECANISMO IDONEO PARA DISCUTIR LAS DECISIONES. | N/P | N/P | XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX |
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX | TUTELA | 110014009051-2013- 00101-01 | N/P | QUE SE ORDENE AL IDU RESOLVER DE FONDO, DE MANERA CONGRUENE, CLARA, COMPLETA Y CON LA DEBIDA FUNDAMENTACION JURIDICA, LA PETICION PRESENTADA EL 15 XX XXXXXX DE 2013 RADICADO 20135260893152 | N/P | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | EL JUZGADO 47 PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO , EN XXXXXXXXX XXX 00 XX XXXXXXXXX XX 0000, XXXXXX QUE EXISTE HECH SUPERADO PUES LA EMPRESA DE ACUEDUCTO RESPONDIO A LA PETICIÓN DE LA ACTORA Y AL IDU LO DESVINCULÓ DE LA ACCIÓN DE TUTELA. | N/P | N/P | XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX |
SOCIEDAD SAN XXXXXXX XX XXXX XX XXXXXX | PROCESO ABREVIADO - VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO EXPROPIACIÓN | 250002324000-2013- 00170-01 | 8.000.000.000 | VERIFICACION DE CUMPLIMIENTO PRESENTADA POR LA ASOCIACION SOCIEDAD SAN XXXXXXX XX XXXX XX XXXXXX, INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE 000 00-00. MATRICULA 50N-867256 | N/P | FPI | FAVORABLE (UNICA INSTANCIA) | N/P | EL TRAIBUNAL CONSIDERÓ QUE EL IDU ADELANTÓ TODO EL PROCEDIMIENTO NECESARIO PARA LA EXPROPIACIÓN DEL INMUEBLE QUE SE LE FUE ENTREGADO A LA EMPRESA DE TERMINAL DEL NORTE. | N/P | N/P | XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX |
XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX | TUTELA | 11001400403220-2013- 00264-01 | N/P | RADICO DERECHO DE PETICION 20131250904892 Y EL IDU NO HA DADO RESPUESTA DE FONDO | N/P | FPI | FAVORABLE | N/P | EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DETERMINÓ LA IMPROCEDENCIA DE LA ACCIÓN DE TUTELA POR LA TEMERIDAD DE LA MISMA. | N/P | N/P | XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX |
XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXX | TUTELA | 110014003026-2013- 00291-01 | N/P | SE ORDENE A QUIEN CORRESPONDA LA EXPEDICION DE LOS PERMISOS PARA LA EJECUCION DE LA MUESTRA ARTESANAL QUE NOSOTROS COMO ARTESANOS PROMOVEMOS A NIVEL DISTRITAL, POR LAS RAZONES DE HECHO Y DERECHO EXPUESTAS EN ESTA ACCION PUBLICA, PARA PODER GARANTIZAR EL SOSTENIMIENTO DE NUESTRAS FAMILIAS Y SUSTENTO PROPIO, MEDIANTE UN TRABAJO ACORDE CON NUESTRAS CAPACIDADES INTELECTUALES Y EL CUA DESARROLLAMOS EN UN LAPSO NO SUPERIOR A 45 DIAS SEGUN LO NORMADO Y QUE COMO ES SABIDO POR ELLOS, SE PUEDEN DIVIDIR EN 3 PERIODOS DE 15 DIAS CADA UNO PARA PERMISOS TEMPORALES. ASOCIACION GRUPO DE ARTESANOS | N/P | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | EL JUZGADO DETERMINÓ QUE LOS HECHOS QUE BASA LA ACCIÓN DE TUTELA FUERON SUPERADOS EN EL TRANSCURSO DE LA QUEJA CONSTITUCIONAL. | N/P | N/P | XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX |
XXXXXX XXXXX XXXXXXXX | XXXXXXXXX LABORAL | 110013105010-2013- 00400-01 | - | EL CONTRATISTA TRABAJO PARA EL IDU DESDE 0 XX XXXXX XX 0000 HASTA 30 XX XXXXX DE 2010 POR MEDIO DE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS. SOLICITA SE DECLARE CONTRATO REALIDAD Y EL PAGO DE LA INDEMNIZACION LABORAL. | N/P | EL JUZGADO RESOLVIÓ A FAVOR DEL IDU, LA EXCEPCIÓN PREVIA DE FALTA DE COMPETENCIA DEL JUZGADO | N/P | N/P | N/P | N/P | N/P | XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX |
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX | CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL | N/P | 90.000.000 | SOLICITA ACUERDO CONCILIATORIO A FIN DE QUE SE DECLARE RESPONSABLES DE LA TOTALIDAD DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADOS A LA SOLICITANTE POR LAS ACTUACIONES ADELANTADAS POR EL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO IDU TENDIENTES A OBTENER LA RESTITUCION DEL PREDIO POSEIDO POR LA CONVOCANTE DE BUENA FE Y SOBRE EL CUAL EXISTEN ACOMETIDAS DE AGUA Y LUZ INSTALADAS POR LA EAAB Y CODENSA S.A E.S.P | N/P | N/P | N/P | N/P | N/P | N/P | N/P | XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX |
INTERPROS S.A. | CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL | N/P | 949.271.397 | SE PROCEDA A LA LIQUIDACION DEL CONTRATO 082 DE 2009 DE MUTUO ACUERDO Y DE ESTA MANERA SE RESTABLEZCA EL EQUILIBRIO ECONOMICO. | CONTRATO IDU-082 DE 2009 | N/P | N/P | N/P | FRACASO EN LA CONCILIACIÓN | N/P | N/P | XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX |
MOVIMIENTO POLITICO ALAS EQUIPO COLOMBIA | CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL | N/P | 1.199.968.000 | INMUEBLE UBICADO EN XX XXXXX 00 00-00 XX XX XXXXXX XX XXXXXX. EL IDU INICIO LA OBRA CON EL CONTRATO 137 DE 2007 EJECUCION DE LA TOTALIDAD DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCION Y TODAS LAS ACTIVIDADES NECESARIAS PARA LA ADECUACION DE LA CALLE 26 AL SISTEMA TRANSMILENIO. CON OCASION DE LAS OBRAS TRAMO 4 COMPRENDIDO ENTRE LA CARRERA 42B Y LA CARRERA 19 EN BOGOTA, EN TANTO SE CAUSARON DAÑOS GRAVES AL INMUEBLE PRODUCIENDOSE UN DETRIMENTO PATRIMONIAL EN SU CONTRA | N/P | N/P | N/P | N/P | FRACASO EN LA CONCILIACIÓN | N/P | N/P | XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX |
XXXXX & SUN ALLIANCE SEGUROS S.A. | CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL | N/P | 1.044.950.000 | DIFERENCIAS SURGIDAS CON OCASION DEL CONTRAO DE INTERVENTORIA 000 XX 0000 X XX XXXXXX XX XXXXXX 00000 EMITIDA POR ROYAL EN PARTICULAR SOBRE LA RESOLUCION 9370 DEL 27 XX XXXXX DE 2014 DEL IDU MEDIANTE LA CUAL SE DECLARO EL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 093 DE 2008, SE HACE EFECTIVA LA CLAUSULA PENAL PECUNIARIA DEL CONTRATO Y SE DECLARA EL SINIESTRO. LA RESOLUCION 14257 DEL 8 XX XXXX DE 2014 QUE RESOLVIO LOS RECURSOS INTERPUESTOS Y CONFIRMO LA ANTERIOR RESOLUCION. | CONTRATO IDU-093 DE 2008 | N/P | N/P | N/P | FRACASO EN LA CONCILIACIÓN | N/P | N/P | XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
XXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX | CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL | N/P | 50.000.000 | QUE SE DECLARE LA NULIDAD PARCIAL DE LA RESOLUCION 3031 DEL 28 DE NOVIEMBRE DE 2013 DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA DEL IDU DONDE SE RESOLVIO IMPONER UNA MULTA A LA UNION TEMPORAL VIAS LOCALIDADES Y SUS INTEGRANTES POR UN PRESUNTO INCUMPLIMIENTO DE LA FASE DE EJECUCION DEL CONTRATO CON SU CONSTANCIA EJECUTORIA. QUE COMO CONSECUENCIA DE LO ANTERIOR SE ORDENE LA EXONERACION DE LA IMPOSICION DE MULTA POR VALOR DE $119.712.499 AL INGENIERO XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXX. CONTRATO 065 DE 2012 | CONTRATO IDU-065 DE 2012 | N/P | N/P | N/P | FRACASO EN LA CONCILIACIÓN | N/P | N/P | XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX |
XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX | NULIDAD Y RESTABLECIMIENT O DEL DERECHO | 110013331710201100 106-02 | 317.260.374 | QUE SE DECLARE LA NULIDAD DEL MEMORANDO 20105160174973 DEL 00 XX XXXXXXXXX XX 0000 X XX XX XXXXXXXXXX 4097 DEL 15 DE DICIEMBRE DE 2010, EXPEDIDOS POR EL IDU. | FSI | FAVORABLE | DESFAVORABLE | XXX DEL XXXXX XXXXXX XXXXXXX | ||||
XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX | REPARACION DIRECTA | 110013331031200800 166-02 | 158.035.584 | SE DECLARE A LA ALCALDIA MAYOR DE BOGOTÁ - IDU ADMINISTRATIVAMENTE RESPONSABLES POR LOS DAÑOS ANTÍJURÍDICOS CAUSADOS CON LA AMPLIACIÓN DE LA AV. LOS COMUNEROS SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN LA XXX. 0 XX. 0-00.XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX XX IDU COMO REPARACIÓN DE LOS DAÑOS OCASIONADOS, A PAGAR AL ACTOR, O QUIEN REPRESENTE SUS DERECHOS, LOS PERJUICIOS DE ORDEN MATERIAL Y MORAL, SUBJETIVOS Y OBJETIVADOS,ACTUALES Y FUTUROS, LOS CUALES SE ESTIMAN COMO MÍNIMO EN LA SUMA DE $80'000.000 O CONFORME LO QUE RESULTE PROBADO EN EL PROCESO. | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA PRETENSIONES | XXX DEL XXXXX XXXXXX XXXXXXX | |||
XXXXXX XXXX | XXXXXXXXX PERTENENCIA | 110013103042200700 609-02 | QUE SE DECLARE QUE EL DEMANDANTE, HA ADQUIRIDO POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA DE DOMINIO EL INMUEBLE UBICADO EN LA CRA. 45 NO. 169 - 8. | FPIS | FAVORABLE | SE DESISTE LA APELACION | SE DEMUESTRA QUE EL POSEEDOR NO REUNE REQUISITOS PARA SER PROPIETARIO. SE RESPETA LA FRANJA ADQUIRIDA POR EL IDU | NIEGA PRETENSIONES | XXX DEL XXXXX XXXXXX XXXXXXX | |||
XXXXXX XXXXXXXX XXXXX | CONCORDATO | 110013103031199611 40601- | - | CREDITOS POR CONTRIBUCIÓN DE VALORIZACION | NO TIENE DEUDA CON LA ENTIDAD | XXXXXX XXXXXX | ||||||
XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX | CONCORDATO | 110013103004201000 09301- | 39.793.800 | CREDITOS POR CONTRIBUCIÓN DE VALORIZACION | TERMINA PROCESO POR DESISTIMIENTO TÀCITO | XXXXXX XXXXXX | ||||||
XXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX | CONCORDATO | 110013103015200600 54601- | 7.607.923 | CREDITOS POR CONTRIBUCIÓN DE VALORIZACION | FRACASO ACUERDO CONCORDATARIO - DEVUELVE EXPEDIENTES | XXXXXX XXXXXX | ||||||
XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX | CONCORDATO | 110013103034200500 03901- | 3.793.700 | CREDITOS POR CONTRIBUCIÓN DE VALORIZACION | DESISTIMIENTO TÀCITO - IMPULSO PROCESAL DEL DEMANDANTE | XXXXXX XXXXXX | ||||||
XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXX | CONCORDATO | 110013103012200000 67701- | 1.373.799 | CREDITOS POR CONTRIBUCIÓN DE VALORIZACION | DECLARA FRACSADA LA NEGOCIACIÒN ORDENA DEVOLVER EXPEDIENTES - NO REPONE AUTO | XXXXXX XXXXXX | ||||||
XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX | CONCORDATO | 110013103028200200 05601- | 2.896.519 | CREDITOS POR CONTRIBUCIÓN DE VALORIZACION | DECLARA TERMINADA NEGOCIACIÒN LEY 116 DE 2006 Y LEY 222 DE 0000 | XXXXXX XXXXXX | ||||||
XXXX XXXXXXX XXXXXX | CONCORDATO | 110013103013200600 15501- | 723.469 | CREDITOS POR CONTRIBUCIÓN DE VALORIZACION | XXXXXX XXXXXX | |||||||
XXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX | CONCORDATO | 110013103039200500 56601- | - | CREDITOS POR CONTRIBUCIÓN DE VALORIZACION | PAGO DE LAS ACREENCIAS | XXXXXX XXXXXX | ||||||
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX | CONCORDATO- LIQUIDACION OBLIGATORIA | 19109412 | 343.088.032 | CREDITOS POR CONTRIBUCIÓN DE VALORIZACION | TERMINA PROCESO POR TERMINACIÒN RECURSOS | XXXXXX XXXXXX | ||||||
XXXXXXX XXXX XXXXXX | CONCORDATO | 110013103001200100 96901- | CREDITOS POR CONTRIBUCIÓN DE VALORIZACION | PAGO DE ACREENCIAS | XXXXXX XXXXXX | |||||||
XXXXXXXXX XXXX XXXXX | CONCORDATO | 110013103015200100 44201- | 5.123.000 | CREDITOS POR CONTRIBUCIÓN DE VALORIZACION | PAGO DE ACREENCIAS | XXXXXX XXXXXX | ||||||
XXXXX XXXXXX SAGRE | CONCORDATO | 110013103033200400 60301- | CREDITOS POR CONTRIBUCIÓN DE VALORIZACION | PAGO DE ACREENCIAS | XXXXXX XXXXXX | |||||||
XXXX XXXXXXX XXXXXX | LIQUIDACION OBLIGATORIA | 110013103013200500 54401- | 728.400 | CREDITOS POR CONTRIBUCIÓN DE VALORIZACION | PAGO DE ACREENCIAS | XXXXXX XXXXXX | ||||||
XXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX | LIQUIDACION OBLIGATORIA | 110013103006200500 09901- | 1.270.143 | CREDITOS POR CONTRIBUCIÓN DE VALORIZACION | POR PAGO | XXXXXX XXXXXX | ||||||
XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXX | CONCORDATO | 110013103001200400 10601- | - | CREDITOS POR CONTRIBUCIÓN DE VALORIZACION | NO TIENE DEUDA | XXXXXX XXXXXX | ||||||
XXXX XXXXXX XXXXXX | CONCORDATO | 110013103029199908 23801- | 445.668 | CREDITOS POR CONTRIBUCIÓN DE VALORIZACION | TERMINA POR DESISTIMIENTO | XXXXXX XXXXXX | ||||||
XXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX | VERIFICACION DE CUMPLIMIENTO | 250002324000201200 02601- | CERTIFIQUE EL CUMPLIMIENTO DE LO PREVISTO EN EL NUMERAL 2 DEL ARTICULO 70 DE LA LEY 388 DE 1997 | DECLARA INEPTITUD DE LA DEMANDA | XXXXXX XXXXXX | |||||||
U.I.C. CIGARRALES XX XXXXXX | NULIDAD Y RESTABLECIMIENT O | 110013331040201100 15400- | 160.285.951 | ASIGNACION DE CONTRIBUCIÒN - ACTOS ADMINISTRATIVOS | A FAVOR | EN CONTRA | ORDENA MODIFICAR ACTOS DE ASIGNACION | CUMPLIR | XXXXXX XXXXXX | |||
XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | ACCION DE TUTELA | 2013-00103 | DERECHO DE PETICION | EN CONTRA | A FAVOR | HECHO SUPERADO | XXXXXX XXXXXX | |||||
XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXX | ACCION DE TUTELA | 2013-00301 | A FAVOR | A FAVOR | NIEGA XXXXXX | XXXXXX XXXXXX | ||||||
XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX | ACCION DE TUTELA | 2013-00905 | DEBIDO PROCESO - DERECHO DE PETICION | A FAVOR | A FAVOR | NIEGA XXXXXX | XXXXXX XXXXXX |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
XXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX | INSOLVENCIA PERSONA NATURAL | 20871280 | - | CONTRIBUCIÒN A LA VALORIZACION | NO PRESENTA DEUDA | XXXXXX XXXXXX | ||||||
XXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX | ACCION DE TUTELA | 2014-00290 | VIOLACION AL DEBIDO PROCESO Y APELACION RESPECTO DEL DESISTIMIENTO TACITO,. | A FAVOR | A FAVOR | NIEGA XXXXXX | XXXXXX XXXXXX | |||||
XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | ACCION DE TUTELA | 2014-01370 | DERECHO DE PETICION | A FAVOR | A FAVOR | NIEGA XXXXXX | XXXXXX XXXXXX | |||||
XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX | ACCION DE TUTELA | 2015-00193 | DEBIDO PROCESO - | A FAVOR | A FAVOR | NIEGA XXXXXX | XXXXXX XXXXXX | |||||
XXXX XXXXXX XXXX XXXXXXX | CONCORDATO | 110013103028201200 48601- | 3.850.300 | CONTRIBUCION A LA VALORIZACION | SE TERMINA POR FALTA INTERES DEMANDANTE | XXXXXX XXXXXX | ||||||
XXXXXXXXX XXXXX - XXXXX XXXXX XXXXXXX | CONCORDATO | 110013103005200700 00801- | 1.170.000 | CONTRIBUCION A LA VALORIZACION | CANCELACION DEUDA | XXXXXX XXXXXX | ||||||
XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX | CONCORDATO | 110013103001200000 65701- | 60.794.000 | CONTRIBUCION A LA VALORIZACION | CANCELACION DEUDA | XXXXXX XXXXXX | ||||||
XXX XXXX XXXXXX XXXXXX | CONCORDATO | 110013103020200600 38001- | 282.384 | CONTRIBUCION A LA VALORIZACION | POR DESISTIMIENTO DEMANDANTE | XXXXXX XXXXXX | ||||||
XXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX | CONCORDATO | 110013103005200500 37601- | 18.613.900 | CONTRIBUCION A LA VALORIZACION | ORDENA LIQUIDACION JUDICIAL | XXXXXX XXXXXX | ||||||
INVERSIONES ASEVE | CONCORDATO | 800112901 | 52.540.026 | CONTRIBUCION A LA VALORIZACION | PAGO DE ACREENCIAS | XXXXXX XXXXXX | ||||||
XXXXX XXX INGENIEROS | LIQUIDACION OBLIGATORIA | 800247622 | 1.510.400 | CONTRIBUCION A LA VALORIZACION | PAGO DE ACREENCIAS | XXXXXX XXXXXX | ||||||
TEJIDOS NYLON S.A. | LIQUIDACION OBLIGATORIA | 860002978 | 346.500 | CONTRIBUCION A LA VALORIZACION | PAGO DE ACREENCIAS | XXXXXX XXXXXX | ||||||
INGENIEROS CONTRATISTAS ASOCIADOS - INCONAL | LIQUIDACION OBLIGATORIA | 86003697 | 11.342.100 | CONTRIBUCION A LA VALORIZACION | PAGO DE ACREENCIAS | XXXXXX XXXXXX | ||||||
FIAMME S.A | 860069068 | 2.732.977 | CONTRIBUCION A LA VALORIZACION | PAGO DE ACREENCIAS | XXXXXX XXXXXX | |||||||
XXXXXX XXXXX XXXXXXX | ACCION POPULAR | 250002315000200402 42501- | N/A | DERECHOS COLECTIVOS LEY 472 DE 1998 ARTICULO 4, CONSTRUCCIÓN DE ANDENES COMPRENDIDOS ENTRE LA CALLE 62 O VIA PRINCIPAL XX XXXXXXXX DESDE LA CRA.114 HASTA EL RIO BOGOTÁ, TAMBIEN LA RECONSTRUCCIÓN DE LA VIA QUE SE ENCUENTRA TOTALMENTE DETERIORADA INCLUYENDO LA CICLORUTA QUE CONECTE AL BARRIO ENGATIVA CENTRO CON LA QUE LLEGA HASTA EL PARQUE DE LA FLORIDA. | N/A | FSI | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS | AL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ, PARA QUE POR MEDIO DE SUS ENTIDADES DESCENTRALIZADAS O NO, PROCEDA A LA CONSTRUCCIÓN DE ANDENES, RECONSTRUCCIÓN E LA MALLA VIAL, INCLUYENDO LA CICLO RUTA, ENTRE CALLE 62, HOY CALLE 64, DESDE LA CARRERA 114 HASTA LA CALLE 127, DE LA CIUDAD DE BOGOTÁ, EN EL TÉRMINO DE 6 MESES | PENDIENTES | XXXXX XXXXXXX |
XXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX | ACCION POPULAR | 110013331019200900 05200- | N/A | DERECHOS COLECTIVOS LEY 472 DE 1998 ARTICULO 4, LA OBLIGACIÓN DE GARANTIZAR EL USO DEL ESPACIO PÚBLICO, OBLIGACIÓN QUE ESTA SIENDO OMITIDA FRENTE A LA INVASIÓN ARBITRARIA E ILEGAL DE LOS PREDIOS COLINDANTES DEL RIO FUCHA | CUPO DE ENDEUDAMIENTO / ACUERDO 527 DE 2013 | FSI | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS | CONSTRUCCIONES EN EL TRAMO COMPRENDIDO ENTRE LA CALLE 9 C Y LA AV. CALLE 13, Y LAS OCBRAS QUE SE CONSIDEREN PERTINENTES PARA LA RECONSTRUCCIÓN O READECUACIÓN DEL PAVIMENTO DE LA CARRERA 68 D, ENTRE CALLES 9C Y LA AV. CALLE 13, QUE INVOLUCREN LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS COLECTIVOS TUTELADOS. | PENDIENTES | XXXXX XXXXXXX |
XXXXXX XXXXXX XXXXX | ACCION POPULAR | 110013331040200800 10300- | N/A | GOCE DEL ESPACIO PÚBLICO Y LA UTILIZACIÓN Y DEFENSA DE LOS BIENES DE USO PUBLICO, A LA SEGURIDAD PUBLICA, EN LA AVENIDA CIRCUNVALAR CON 26A UNIVERSIDAD DISTRTIAL, SE ENCUENTRA UBICADO UN PUENTE PEATONAL. | N/A | FSI | FAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS GOCE DEL ESPACIO PÚBLICO Y LA UTILIZACIÓN Y DEFENSA DE LOS BIENES DE USO PUBLICO, A LA SEGURIDAD PUBLICA | ADECUACION DE RAMPAS AL PUENTE PEATONAL EXISTENTE Y DEL ESPACIO PUBLICO COLINDANTE | PENDIENTES | XXXXX XXXXXXX |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX | ACCION POPULAR | 110013331004200900 11500- | N/A | GOCE DEL ESPACIO PÚBLICO Y LA UTILIZACIÓN Y DEFENSA DE LOS BIENES DE USO PUBLICO, A LA SEGURIDAD PUBLICA, EN LA XXXXXXX XXXXXXXXXXX, XXXXXX XX XXXXXX 00-00, SE ENCUENTRA UBICADO UN PUENTE PEATONAL. AL OTRO EXTREMO XXX XXXXXX SE ENCUENTRA LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA UNILATINA, CALLE 46 13-05. LA FORMA DE ACCEDER AL PUENTE ES A TRAVÉS DE ESCALERAS, EL PUENTE NO CUENTA CON RAMPA O SISTEMA ALTERNO PARA EL USO DE LAS PERSONAS DISCAPACITADAS O DE TERCERA EDAD. | N/A | FSI | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS GOCE DEL ESPACIO PÚBLICO Y LA UTILIZACIÓN Y DEFENSA DE LOS BIENES DE USO PUBLICO, A LA SEGURIDAD PUBLICA | ADECUACION DE RAMPAS AL PUENTE PEATONAL EXISTENTE | PENDIENTES | XXXXX XXXXXXX |
XXXXXX XXXXXX XXXXX | ACCION POPULAR | 110013331001200800 16100- | N/A | GOCE DEL ESPACIO PÚBLICO Y LA UTILIZACIÓN Y DEFENSA DE LOS BIENES DE USO PUBLICO, A LA SEGURIDAD PUBLICA, EN LA XXXXXXX XXXXXXXXXXX Xx. 00-00 X XX XXXXX 00 XX XXXXXXX XXX – NORTE SE ENCUENTRA UBICADO UN PUENTE PEATONAL. LA FORMA DE ACCEDER AL PUENTE ES A TRAVÉS DE ESCALERAS, EL PUENTE NO CUENTA CON RAMPA O SISTEMA ALTERNO PARA EL USO DE LAS PERSONAS DISCAPACITADAS O DE TERCERA EDAD. | N/A | FSI | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS GOCE DEL ESPACIO PÚBLICO Y LA UTILIZACIÓN Y DEFENSA DE LOS BIENES DE USO PUBLICO, A LA SEGURIDAD PUBLICA | ADECUACION DE RAMPAS AL PUENTE PEATONAL EXISTENTE | PENDIENTES | XXXXX XXXXXXX |
XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | ACCION POPULAR | 110013331040200900 39800- | N/A | GOCE DEL ESPACIO PÚBLICO Y LA UTILIZACIÓN Y DEFENSA DE LOS BIENES DE USO PUBLICO, A LA SEGURIDAD PUBLICA, EN LA BOYACA CALLE 65 SUR, LA FORMA DE ACCEDER AL PUENTE ES A TRAVÉS DE ESCALERAS, EL PUENTE NO CUENTA CON RAMPA O SISTEMA ALTERNO PARA EL USO DE LAS PERSONAS DISCAPACITADAS O DE TERCERA EDAD. | N/A | FSI | FAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS GOCE DEL ESPACIO PÚBLICO Y LA UTILIZACIÓN Y DEFENSA DE LOS BIENES DE USO PUBLICO, A LA SEGURIDAD PUBLICA | UNA VEZ REALIZADAS LAS MODULACIONES AL FALLO JUDICIAL FUE ACEPTADO EL PASO SEMAFORICO, QUE GARANTICE EL CRUCE PEATONAL | PENDIENTES | XXXXX XXXXXXX |
XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | ACCION POPULAR | 110013331040200900 39700- | NA | GOCE DEL ESPACIO PÚBLICO Y LA UTILIZACIÓN Y DEFENSA DE LOS BIENES DE USO PUBLICO, A LA SEGURIDAD PUBLICA, SE ENCUENTRA UBICADO UN PUENTE PEATONALCARRERA 68 CALLE 4B SUR, EL PUENTE NO CUENTA CON RAMPA O SISTEMA ALTERNO PARA EL USO DE LAS PERSONAS DISCAPACITADAS O DE TERCERA EDAD. | N/A | FSI | FAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS | SE CUMPLIA LA ORDEN JUDICIAL CON LA IMPLEMENTACION DEL PASO SEMAFORICO PARA LA UTILIZACION DE BICICARRILES | PENDIENTES | XXXXX XXXXXXX |
XXXXXX XXXXXXXXXX XX XXXXXX | ACCION POPULAR | 110013331011200700 34700- | NA | DESDE HACE 4 AÑOS SE VIENE PRESENTANDO GRAVE DETERIORO DE LA CALZADA OCCIDENTAL, PARALELA DEL CANAL DE AGUAS LLUVIAS - BOYACA EN EL BARRIO MODELIA, ENTRE CALLE 45 Y 39 (AV. ESPERANZA) Y PRESENTA UN HUNDIMIENTO DE LA VIA HACIA EL CANAL. LOS RESIDENTES DE LA CRA. 73A BIS CON CALLE 25C SUFREN GRAVE AMENAZA POR POSIBLE CAIDA DE ARBOLES DE AVANZADA EDAD, SOBRE ESTAS RESIDENCIAS Y SOBRE LA VIA DEL CANAL. | NA | FSI | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS | ORDÉNESE X XX XXXXXXXX XXXXX XX XXXXXXXX X XX IDU INCLUIR DENTRO DE LOS PLANES O PROGRAMAS DE CONSTRUCCIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO AL CANAL BOYACÁ EN EL XXXXXX XXXXXXX XXXXXX 00 X X 00 XX XXXXXXXXX. | PENDIENTES | XXXXX XXXXXXX |
XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX | ACCION POPULAR | 110013331044200900 21300- | NA | ACCIÓN TENDIENTE A OBTENER QUE SE ORDENE AL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO IDU, LA CONSTRUCCIÓN DE UN PUENTE PEATONAL EN LA INTERSECCIÓN DE LA AVENIDA XXXXXXXX XXXXX (AK 9) CON CALLE 112,EN SUBSIDIO, SE TOME MEDIDA TRANSITORIA QUE DISMUNUYA EL PELIGRO EN QUE SE ENCUENTRA LA COMUNIDAD, TODA VEZ QUE EN LOS ÚLTIMOS 10 AÑOS, XX XXXXXX XX XX XXXXX 000 X XX 000 SE CONSTRUYERON GRAN CANTIDAD DE OFICINAS Y ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, COEXISTIENDO CON EL SECTOR RESIDENCIAL YA EXISTENTE, GENERANDO ALTO TRÁNSITO VEHICULAR Y PEATONAL. | ESTA OBRA ESTUVO INCLUIDA EN LA PRIMER FASE DEL ACUERDO 180 DE 2005, TODA VEZ QUE LA OBRA FUE EXCLIUDA DEL REFERIDO ACUERDO QUEDO SIN FINANCIACION | FSI | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS | CONSTRUCCIÓN XXX XXXXXX PEATONAL UBICADO EN LA AVENIDA XXXXXXXX XXXXX (AK 9) CON CALLE 112., AL DESPACHO JUDICIAL SE LE PUSO EN CONOCIMIENTO QUE ESE ESPACIO DONDE ORDENA CONSTRUIR EL PUENTE PEATONAL SERA UTILIZADO PARA EL PROYECTO METRO | PENDIENTES | XXXXX XXXXXXX |
XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | ACCION POPULAR | 110013331012200900 29500- | NA | SE ORDENE HACER LAS ADECUACIONES NECESARIAS EN EL PUENTE DE LA AVENIDA BOYACÀ CON CALLE 80, CERCA AL MINUTO DE DIOS Y MAKRO, PARA USO DE LOS DISCAPACITADOS FÌSICOS, O LAS MEDIDAS ALTERNAS QUE GARANTICEN EL CRUCE DE LA VÌA. | NA | FSI | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS | CONSTRUCCION XXX XXXXXX PEATONAL UBICADO EN EL SECTOR AVENIDA BOYACÁ CON CALLE 80. | PENDIENTES | XXXXX XXXXXXX |
XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX | ACCION POPULAR | 110013331007200900 05500- | NA | ORDENAR A LAS ENTIDADES DEMANDADAS A EJECUTAR LAS ACCIONES TENDIENTES A EVITAR EL DAÑO CONTINGENTE,HACER CESAR EL PELIGRO,LA AMENAZA, LA VULNERACIÓN Y AGRAVIO, ACCIONES TALES COMO LA REALIZACIÓN DE UN ANDEN, PONER UNAS BARANDAS DE SEGURIDAD POR LA CALLE 151 CON CARRERA 16 EN LA DIRECCIÓN OCCIDENTE ORIENTE A MANO DERECHA POR LA CERA DONDE QUEDA UBICADO EL XXXXXX XXXXXXXXX XXX XXXX XXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXXX. | XX | FSI | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS | CONTRUCCION PASO PEATONAL DE LA CALLE 151 CON KRA 15 COSTADO SUR SOBRE CANAL DEL NORTE, CONSTRUCCIÓN DEL ANDÉN, BARANDA E INSTALACIÓN DE LA SEÑALIZACIÓN, EN EL SECTOR DE LA CALLE 151 ENTRE CARRERAS 15 Y 16. | PENDIENTES | XXXXX XXXXXXX |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
XXXXX XXXX XXXXXX | ACCION POPULAR | 110013331710201000 01100- | NA | PRETENDE: "EL SENDERO PEATONAL UBICADO EN LA CALLE 13 COSTADO SUR ENTRE CARRERAS 68 D Y AVENIDA BOYACA, PARA INGRESAR A ÉSTE PEATONALMENTE (VER FOTOGRAFÍAS ANIXAS) SOLO SE PUEDE HACER BORDEANDO LA ACERA, PUESTO QUE DICHA ESTRUCTURA NO CUENTA CON PAVIMENTO Y USUALMENTE SE ENCUENTRA INUNDADO. ADEMÁS NO CUENTA CON ALGUNA RAMPA U OTRO MEDIO DE ACCESO QUE SEA IDÓNEO ARA LAS PERSONAS QUE PADECEN DE ALGÚN TIPO DE DISCAPACIDAD." | NA | FSI | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS | REALICE LAS GESTIONES ADMINISTRATIVAS Y FINANCIERAS Y, CONSTRUYA Y/O ADECUE EL ANDÉN DEL COSTADO SUR DE LA CALLE 13 ENTRE LA CARRERA 68D Y LA AVENIDA BOYACÁ, CONSTRUCCIÓN Y/O MANTENIMIENTO. | PENDIENTES | XXXXX XXXXXXX |
XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | ACCION POPULAR | 110013331703201200 19100- | NA | MEDIANTE CONTRATO 120 DE 2006 CONTRATÓ LA REPARACION DE LA MALLA VIAL DE LA LOCALIDAD 16 PUENTE ARANDA, DENTRO DE LA CUAL POR SIMPLE LOGICA QUEDO INCLUIDO EL SEGMENTO DE LA CALLE 9, HOY CALLE 5C, ENTRE CARRERAS 54 Y 56, POR SER ESA VIA CORREDOR DE MOVILIDAD VIAL LOCAL, QUE INEXPLICABLEMENTE EL CONTRATISTA EXCLUYÓ DE LA REPARACIÓN DEL RESTO DE LA VÍA, QUE SI EJECUTÓ ENTRE LAS CARRERAS 56 Y 60, SIN QUE LA ENTIDAD INTERVENTORA SE TOMARA LA MOLESTIA DE CUMPLIR LA OBLIGACION DE CONTROL, FISCALIZACION Y VIGILANCIA, PARA LO CUAL TUVO QUE HABER SIDO CONTRATADA POR EL IDU, | CONTRATO 120 DE 2006 | FSI | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS | REALICE LAS GESTIONES ADMINISTRATIVAS Y FINANCIERAS Y, CONSTRUYA Y/O ADECUE EL ANDÉN DEL COSTADO SUR DE LA CALLE 13 ENTRE LA CARRERA 68D Y LA AVENIDA BOYACÁ, CONSTRUCCIÓN Y/O MANTENIMIENTO. | PENDIENTES | XXXXX XXXXXXX |
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | ACCION POPULAR | 110013331003201100 06400- | NA | EL ESTADO DE CONSERVACIÓN DE LAS CALZADAS COMPRENDIDA EN LA XXXXXXX XXXXXXX 00 XXXXX XXXXX 000-00; 173-40; 173-80 ES PÉSIMO, EL DISTRITO ESPECIAL DE BOGOTÁ, LA ALCALDÍA MENOR XX XXXX, DEBIDO A LA EXISTENCIA DE GRANDES HUECOS Y AL ALTO GRADO DE DESTRUCIÓN DE LA CINTA ASFÁLTICA, LO CUAL AFECTA EL ENTONRNO E IMPIDE QUE LOS TRANSEÚNTES UTILICEN ESOS BIENES DE USO PÚBLICO. | OBRA POR VALORIZACION | FSI | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS | CONSTRUCCIÓN Y PAVIMENTACIÓN DE LAS CALZADAS COMPRENDIDAS EN LA AVENIDA 72 ENTRE CALLES 173-20, 173-40 Y 000-00 X XX XXX XXXXXXX. | PENDIENTES | XXXXX XXXXXXX |
XXXXX XXXXXXXXX XXXXX | ACCION POPULAR | 110013331004201100 00000- | XX | XX XX XXX 2007 SE RADICÓ ANTE EL IDU SOLICITUD DE INTERVENCIÓN A LA XXX XXXXX 000 XXXX XX XXXXXX IDU 00000 XX XXXXXXX 00 XX 0000. EL 0 XX XXXXX XX 0000, XX XXX XXXXX QUE DICHA VÍA FUE INTERVENIDA MEDIANTE CONTRATO 058 DE 2005, PERO SIN EMBARGO SE REALIZARÍA VISITA TÉCNICA PARA ESTUDIAR LA CONDICIÓN ACTUAL DE LA MISMA. PARA EL AÑO 2009 SE SOLICITÓ NUEVAMENTE LA INTERVENCIÓN DE LA VÍA, EL IDU RESPONDE QUE ESA VÍA NO SE ENCUENTRA PRIORIZADA PARA SU MANTENIMIENTO, PESE A SER UN CORREDOR VIAL DE MOVILIDAD LOCAL QUE CONFORMA UNA RED LOCAL, QUE PERMITE LA ACCESIBILIDAD, MOVILIDAD Y CONECTIVIDAD DE LOS BARIOS CON EL SECTOR Y DE ÉSTE CON EL RESTO DE LA CIUDAD. EL IDU HA SEÑALADO QUE EL APLICATICO DE SEGUIMIENTO DE PROYECTOS IDU, LOS SEGMENTOS CON CIV1002874 1002888,1002896, 1002971, 1002923, QUE CORRESPONDEN AL CONTRATO IDU- 084 DE 2005, VENCERÁ EN ELNERO DE 2013. A LA FECHA NO SE HAN HECHO LOS ARREGLOS PERTINENTES. | CONTRATO IDU-084 DE 2005 | FSI | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS | DETERMINAR LA NECESIDAD Y PRIORIDAD DEL MANTENIMIENTO DE LA CALLE 156 DESDE LA CARRERA 7ª A LA 9ª, CON SUS CORRESPONDIENTES ANDENES Y DEBIDA SEÑALIZACIÓN. EL PLAZO PARA LA REALIZACIÓN DE DICHOS ESTUDIOS SERÁ DE TRES (3) MESES, TÉRMINO DENTRO DEL CUAL LAS ENTIDADES DEBERÁN DECIDIR SOBRE LA INTERVENCIÓN DE LA VÍA Y LA INCLUSIÓN DENTRO DEL PRESUPUESTO DEL PRÓXIMO AÑO, SI A ELLO HUBIERE LUGAR. | PENDIENTES | XXXXX XXXXXXX |
XXXXXXXXXX INCIDE | ACCION POPULAR | 110013331015200900 00000- | XX | XXXXXXXXXX XX PROPIETARIA DEL INMUEBLE UBICADO EN LA XXXXXXX 0 00 - 00 CON MATRÍCULA INMOBILIARIA 50C-279631 DE BOGOTÁ, EL CUAL HACE PARTE DE VARIAS EDIFICACIONES QUE SE LOCALIZAN A LOS COSTADOS DE LA XXXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXX XXXXXX 00 X 00. DEBIDO A LA GEOMETRÍA DE LA AVENIDA CIRCUNVALAR Y A LA FALTA DE CAPACIDAD DE CAPTACIÓN DE ALCANTARILLADO PLUVIAL DE LA ZONA, LAS AGUAS LLUVIAS INUNDAN LOS PREDIOS UBICADOS EN EL TRAMO REFERIDO, LO QUE HA INUNDADO LOS JARDINES EROSIONANDO EL TALUD DE LAS EDIFICACIONES, | NA | FSI | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS | SE CONCEDE UN TÉRMINO DE SEIS (6) MESES CONTADOS A PARTIR DE LA EJECUTORIA DE ESTA SENTENCIA, PARA QUE EN FORMA CONCERTADA, EL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ, LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ D.C (EAAB) Y EL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO (IDU), DETERMINEN LA SOLUCIÓN AL PROBLEMA DE INUNDACIONES MANIFESTADO, Y PRESENTE EL RESPECTIVO INFORME DE CUMPLIMIENTO A ESTE DESPACHO. EL PLAN DEBERÁ DEFINIR UN CRONOGRAMA PARA LA IMPLEMENTACIÓN Y EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA CONJURAR Y PREVENIR EL RIESGO A QUE ESTÁ SOMETIDA LA COMUNIDAD DE ESE SECTOR DE LA CIUDAD. DEBERÁ DEFINIR A CARGO DE QUIEN ESTÁ SU FINANCIACIÓN Y TENDRÁ EN CUENTA LA PRIORIZACIÓN Y PLANIFICACIÓN DEL GASTO. | PENDIENTES | XXXXX XXXXXXX |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
XXXXX XXXXXX XXXXX | ACCION POPULAR | 110013331042201000 00000- | XX | XXX XXXXXXX UBICADOS EN AMBOS XXXXXXXX XX XX XXXXXXX 00 NTRE CALLE 131 EN LA LOCALIDAD XX XXXX, Y ENTRE LA AVENIDA CIUDAD DE CALI, SE ENCUENTRAN TOTALMENTE DESTRUIDOS. EXISTEN PUNTOS EN DONDE DEBIDO A LA TOTAL DESTRUCCIÓN, ES IMPOSIBLE TRANSITAR. | NA | FSI | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS | PRESENTAR LOS ESTUDIOS Y DISEÑOS TERMINADOS DE LOS ANDENES UBICADOS EN LA CARRERA 93 ENTRE LA AVENIDA CIUDAD DE CALI Y CALLE 131, ELABORAR EL PRESUPUESTO DE LA OBRA QUE DEBERÁ DÁRSELE PRIORIDAD EN SU EJECUCIÓN. | PENDIENTES | XXXXX XXXXXXX |
XXXXXX XXXX XXXXXX | 250002315000200402 61301- | NA | QUE SE PROTEJAN LOS DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS AL GOCE DEL ESPACO PÚBLICO Y LA UTLLIZACIÓN Y DEFENSA DE LOS BIENES DE USO PÚBLICO, LA SEGURIDAD Y SALUBRIDAD PÚBLICAS, EL ACCESO A UNA INFRAESTRUCTURA DE SERVICIOS QUE GARANTICE LA SALUBRIDAD PÚBLICA, EL ACCESO A LOS SERVICIOS PÚIBLICOS Y A QUE SE PRESTACIÓN SEA EFICIENTE Y OPORTUNA, LA REALIZACIÓN DE LAS CONTRUCCIONES, EDIFICACIONES Y DESARROLLOS URBANOS, RESPETANDO LAS DISPOSICIONES JURÍDICAS, DE MANERA ORDENADA, Y DANDO PREVALENCIA AL BENEFICIO DE LA CALIDAD DE VIDA DE LOS HABITANTES. | NA | FSI | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS | REALIZAR ESTUDIOS QUE MEJOREN LA MOVILIDAD EN EL SECTOR, SE CONCEDE EL TÉRMINO DE (2) MESES. UNA VEZ REALIZADO EL CITADO ESTUDIO EL IDU DEBERÁ REALIZAR LAS OBRAS A QUE HAYA LUGAR. DESCONGESTIÓN DEL SECTOR DE PATIO BONITO, ESTO ES LA CONSTRUCCIÓN DE LAS AVENIDAS XXXXXX XXXXXX, TINTAL, AVENIDA MUISCAS Y EL PASO POR LA 42. | PENDIENTE DE UN SEMAFORO | XXXXX XXXXXXX | |
XXXX XXXXXXXX XXXXX | ACCION POPULAR | 250002315000200301 46201- | NA | QUE SE DECLARE, QUE EL ESTADO ACTUAL DE LOS CANALES RECEPTORES DE AGUAS DEL BARRIO SAN XXXX DE BAVARIA ES INADECUADO Y CONSTITUYE UNA VULNERACIÓN AL DERECHO QUE TIENEN TANTO SUS RESIDENTES COMO LOS TRANSEÚNTES A GOZAR DE UN AMBIENTE SANO, AL DERECHO A LA SEGURIDAD Y A LA SALUBRIDAD PÚBLICA, Y CONSTITUYEN UN RIESGO PRA SUS RESIDENTES Y TRANSEUNTES. QUE SE ORDENE A LA ALCALDÍA LOCAL XX XXXX Y A LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ A CORREGIR EL PROBLEMA DE SEGURIDAD, CON LA CONSTRUCCIÓN URGENTE DE ANDENES Y BARANDAS DE SEGURIDAD PARA LA PROTECCIÓN DE LOS TRANSEUNTES, EN LA DIAGONAL 170 ENTRE LAS CARRERAS 58 Y 62. QUE SE ORDENE LA CONSTRUCCIÓN DE UN SISTEMA DE ALCANTARILLADO PARA RECOLECCIÓN DE AGUAS LLUVIAS QUE EVITE SU ESTANCAMIENTO. QUE SE DECLARE QUE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL PRODUCIDA POR EL ESTANCAMIENTO DE LAS AGUAS EN LOS CANALES COLECTORES, GENERA COMO CONSECUENCIA PROLIFERACIÓN DE ZANCUDOS, MOSCAS Y MALOS OLORES DEBIDO AL REPRESAMIENTO DE BASURAS, SIENDO UN ALTO RIESGO PARA LA SALUD DE LOS RESIDENTES DEL SECTOR. | NA | FSI | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS | CONTRUCCION DE ANDENES EN LA CALLE 170 (REDES DEBERA DEFINIRSE CON LA EAAB Y EL IDU SEGÚN TRONCAL AV BOYACA) Y ADECUACION MANTENIMIENTO X/X XXXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXX 000X XXXXXXX X XXXXXXX, XXXX ULTIMO PARA PODER INTERVENIR LA CALLE 170 SEGÚN COMPROMISOS ADQUIRIDOS CON EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA. | PENDIENTE | XXXXX XXXXXXX |
XXXXXX XXXXXX XXXXXX | ACCION POPULAR | 110013331041200900 05000- | NA | DECLARAR LA RESPONSABILIDAD DEL IDU DE LA OMISIÓN COMETIDA POR LA NO ADOPCIÓN DE MEDIDAS QUE CONDUZCAN AL DISEÑO Y CONSTRUCIIÓN DE RAMPAS DE ACCESO AL PUENTE PEATONAL UBICADO EN LA XX XXXXXXX 0XX XX XXXX XXX XXXXXXX 00 XXX XX XXXXXX XXXXXXX. | XX | FSI | DESFAVORABLE | N/A | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS | RAMPAS XXX XXXXXX PEATONAL DE LA AV 1º XX XXXX CON CALLE 74. | PENDIENTE | XXXXX XXXXXXX |
XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | ACCION POPULAR | 110013331030200900 38800- | NA | LOS HABITANTES, TURISTAS, VISITANTES Y USUARIOS FÍSICAMENTE APTOS DE LA CIUDAD DE BOGOTÁ, CUENTAN CON EL SERVICIO QUE LES BRINDA EL PUENTE UBICADO EN EL SECTOR URBANO: CALLE 56 CON AVENIDA USME CR. 5D, ENTRADA AL BARRIO XXXXXXX AZUL.". EL PUENTE CARECE DE RAMPAS DE ACCESO PARA DISCAPACITADOS | NA | FSI | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS | CONTRUCCION RAMPA PUENTE PEATONAL EN LA CALLE 56 CON AVENIDA USME CARRERA 5D ENTRADA AL BARRIO XXXXXXX AZUL . | PENDIENTE | XXXXX XXXXXXX |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
XXXXXX XXXXXX XXXXXX | ACCION POPULAR | 110013331022201000 42600- | NA | SOLICITA XX XXXXXXX XX XX XXXXX 00 XXXXX XX XXXXXXX 0 HASTA LA CARRERA 28, DE LOS ANDENES DE AMBOS COSTADOS ASI MISMO LA ADECUACION DE LOS ANDENES PARA PERSONAS DISCAPACITADAS YA QUE SE ARGUYE QUE SE VULNERAN DERECHOS COLECTIVOS COMO SON EL GOCE DEL ESPACIO PUBLICO, LA UTILIZACION Y DEFENSA DE LOS BIENES DE USO PUBLICO, LA DEFENSA DEL PATRIMONIO PUBLICO, EL ACCESO A LA INFRAESTRUCTURA DE SERVICIOS QUE GARANTICE LA SALUBRIDAD PUBLICA. | NA | FSI | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS | ORDENESE A LAS ENTIDADES INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU, ALCALDIA XXXXX XX XXXXXX, XXXXXXXX XXXXX XX XXXXXXXXXXX X XXXXXXXX XXXXX XX XXXXX XX QUE ADELANTEN LAS GESTIONES NECESARIAS DE ORDEN PRESUPUESTAL, TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO, ASÍ COMO PONER EN MARCHA LOS CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS NECESARIOS PARA EL MANTENIMIENTO, REHABILITACIÓN, REPARACIÓN, RECONSTRUCCIÓN O INTERVENCIÓN DE LOS ANDENES EN LA CALLE 34 ENTRE CARRERA 7 Y CARRERA 28. A PARTIR DE LA EJECUTORIA DE ESTA PROVIDENCIA, LAS OBRAS NECESARIAS DEBERÁN INICIARSE EN UN PLAZO MÁXIMO DE SEIS (6) MESES Y CULMINARSE ANTES DE LOS DOCE (12) MESES. | PENDIENTE | XXXXX XXXXXXX |
XXXXX XXXXXX XXXXX | ACCION POPULAR | 110013331711201000 00000- | XX | XXX XXXXXXX UBICADOS A LADO Y LADO DE LA CARRERA 91 ENTRE CALLE 90 Y AVENIDA CIUDAD DE CALI, SE ENCUENTRAN TOTALMENTE DESTRUIDOS. LAS PERSONAS EN XXXXXX XX XXXXXX NO PUEDEN TRANSITAR LIBRES Y SEGUROS POR EL SECTOR. EN ALGUNOS SITIOS EL ESPACIO ESTA OCUPADO POR TALLERES QUE SE ENCUENTRAN EN EL SECTOR | NA | FSI | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS | A) ELABORAR EN PLAN DE ACCIÓN CONTENTIVO DE PROGRAMAS Y ESTUDIOS QUE SEAN PERTINENTES, COMO DE LAS ACCIONES PRESUPUESTALES QUE SE REQUIERAN PARA ADELANTAR LOS TRAMITES TENDIENTES A LA REHABILITACIÓN Y/O EDIFICACIÓN DE LOS ANDENES COMPRENDIDOS EN LOS COSTADOS DE LA XXXXXXX 00, XXXXX XX XXXXXXX XXXXXX XX XXXX Y AVENIDA CALLE 90, ASÍ ENTRE LAS CALLES 90 A 90B: EN EL LADO SUR DESDE LA 90-56 HASTA LA XXXXX 00X. XXXXX XXX XXXXXX 00X X 00: TANTO EN EL LADO NORTE COMO EN EL LADO SUR. ENTRE LAS CALLES 91 A 93: TANTO EN EL LADO NORTE COMO EN EL LADO SUR.ENTRE LAS CALLES 93 A 94: TANTO EN EL LADO NORTE COMO EN EL LADO SUR.ENTRE LAS CALLES 94 A 95: TANTO EN EL LADO NORTE COMO EN EL LADO SUR.ENTRE LAS CALLES 95 A 96: XXXX XXXXX, XXXXXXXXX. XXXXX XXX XXXXXX 00 X 00: XXXX XXXXX. XXXXX XXX XXXXXX 00 X 00: LADO NORTE, IZQUIERDO. | PENDIENTE | XXXXX XXXXXXX |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
XXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXXXX | ACCION POPULAR | 110013331039201100 00000- | XX | XXX XXXX XXX XXXXXX XX XXXXXXXX XX XXXX: XXXXX 00 XXX XXXXX XXXXXXXXX XXX X XXXXXXX 00X, XX CARRERA 78B ENTRE CALLE 63 Y 65 SUR Y XXXXX 00 XXX XXXXX XXXXXXXXX XXX X XXXXXXX 00X, XXX XXXXXX HACEN PARTE DE LOS CORREDORES VIALES DEL SISTEMA ALIMENTADOR DE TRANSMILENIO Y QUE ESTAN A CARGO DEL IDU Y QUE A LA FECHA SE ENCUENTRAN TOTALMENTE DETERIORADAS AFECTANDO EL GOCE DEL ESPACIO PUBLICO Y LA SATISFACCION DE NECESIDADES URBANAS COLECTIVAS COMO LA LIBRE CIRCULACION TANTO PERSONAL COMO VEHICULAR. | NA | FSI | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS | EL IDU, EN COORDINACIÓN CON LA UNIDAD ADMINISTRATIVA DE REHABILITACION Y MANTENIMIENTO VIAL, DEBEN PRIORIZAR E INCLUIR DE SER POSIBLE, EN EL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO NO. 009 DE 2011, EL MANTENIMIENTO Y LA REHABILITACIÓN DE LAS VÍAS CALLE 65 SUR ENTRE CARRERAS 77 M Y AUTOPISTA SUR Y LA CARRERA 78 B ENTRE CALLES 63 Y 65 SUR, PARA LAS LABORES DESCRITAS EN LA PARTE MOTIVA DE ESTE FALLO. EN CASO DE QUE NO PUEDAN ADICIONARSE AL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO RECURSO DE LA VIGENCIA PRESUPUESTAL 2015, Y SU EJECUCIÓN EN EL MISMO AÑO, O DENTRO DE LA VIGENCIA FISCAL INMEDIATAMENTE SIGUIENTE A LA PRESENTE PROVIDENCIA. RESPECTO DE LA AUTOPISTA SUR Y LA CARRERA 78H POR LA CALLE 65 SUR, EL IDU DEBERÁ, NIVELAR LAS TAPAS DE ALCANTARILLA Y EL REPARCHEO DE LAS ZONAS AFECTADAS. PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA ANTERIOR ORDEN, SE LES CONCEDE A LAS ENTIDADES, UN PLAZO DE DOS MESES PARA QUE INFORMEN AL DESPACHO MEDIANTE ESCRITO, SI ES POSIBLE ADICIONAR EL CONTRATO. DE LO CONTRARIO DENTRO DEL MISMO PLAZO INICIARÁN LOS ESTUDIOS DE LABORES A EJECUTAR Y PRESENTARAN EL CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES PARA EL CUMPLIMIENTO DEL SENTIDO DEL FALLO E INCLUIRÁN LOS ESTUDIOS DE LAS REDES DE ACUEDUCTO NECESARIOS QUE ASUMIRÁ EL IDU Y SERÁN RECOBRADOS A LA E.A.A.B. | PENDIENTE | XXXXX XXXXXXX | |
XXX XXXXXXX XXXX | ACCION POPULAR | 110013331044200600 00000- | XX | XX XX XXXXXXX XXX - XXXXXXXXXX DE LA CALLE 170 CON CRA. 7, EXISTE UN LOTE EN EL CUAL SE LEVANTO UN ACOPIO DE RECICLAJE Y VENTA DE MATERIALES DE DEMOLICION. NO CUMPLE CON LAS NORMAS URBANISTICAS POR NO PROPORCIONAR UN AREA DESTINADA PARA EL ESPACIO PUBLICO. EL POCO ESPACIO PARA EL ACCESO PEATONAL HACE QUE LOS TRASEUNTES TENGAN QUE CAMINAR SOBRE LA CALLE 170, UTILIZANDO LA VIA VEHICULAR Y ASI PONIENDO EN RIESGO SU VIDA | N/A | FSI | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS | CONSTRUCCIONES EN EL TRAMO COMPRENDIDO ENTRE LA CALLE 9 C Y LA AV. CALLE 13, Y LAS OCBRAS QUE SE CONSIDEREN PERTINENTES PARA LA RECONSTRUCCIÓN O READECUACIÓN DEL PAVIMENTO DE LA CARRERA 68 D, ENTRE CALLES 9C Y LA AV. CALLE 13, QUE INVOLUCREN LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS COLECTIVOS TUTELADOS. | PENDIENTE | XXXXX XXXXXXX |
XXXXXX XXXXXX XXXXXX | ACCION POPULAR | 110013331023200600 02501- | XX | XX XXX. 00 XXXXX XXXXX 00 X XX XXXXXXXX XXX XXXXXXX SUPERIOR EXISTE UN TERRENO QUE NO ES ADECUADO PARA EL PASO PEATONAL, EL COLEGIO POSEE VARIAS JORNADAS EDUCATIVAS; SEGUIDAMENTE SE ENCUENTRA EL JARDIN INFALTIL DEL ICBF. LA SITUACION SE COMPLICA EN EPOCAS DE LLUVIA YA QUE EL AGUA SE ESTANCA CREANDO PROBLEMAS DE SALUD POR LOS CHARCOS QUE SE FORMAN GENERAN CONDICIONES PARA QUE DIFERENTES CLASES DE INSECTOS Y BACTERIAS ENCUENTRAN EL AMBIENTE ADECUADO PARA HABITAR Y REPRODUCIRSE. POR ESTE HECHO LOS PEATONES DEBEN UTILIZAR LA CALZADA VEHICULAR EXPONIENDO SUS VIDAS | N/A | FSI | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS | CONSTRUCCIÓN Y ADECUACIÓN DEL ANDEN PARA EL USO PEATONAL EN EL TERRENO UBICADO EN LA TRANSVERSAL 77 ENTRE LA CALLE 80 Y LA PORTERÍA DEL COLEGIO SUPERIOR COOPERATIVO QUE LLEVA POR NOMENCLATURA EL NO. 81 A 91, | PENDIENTE | XXXXX XXXXXXX |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
XXXXXX XXXXX XXXXXXX | ACCION POPULAR | 250002315000200402 42501- | NA | CONSTRUCCIÓN DE ANDENES COMPRENDIDOS ENTRE LA CALLE 62 O VIA PRINCIPAL XX XXXXXXXX DESDE LA CRA.114 HASTA EL RIO BOGOTÁ, TAMBIEN LA RECONSTRUCCIÓN DE LA VIA QUE SE ENCUENTRA TOTALMENTE DETERIORADA INCLUYENDO LA CICLORUTA QUE CONECTE AL BARRIO ENGATIVA CENTRO CON LA QUE LLEGA HASTA EL PARQUE DE LA FLORIDA. | N/A | FSI | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS | ORDEN: AL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ, PARA QUE POR MEDIO DE SUS ENTIDADES DESCENTRALIZADAS O NO, PROCEDA A LA CONSTRUCCIÓN DE ANDENES, RECONSTRUCCIÓN E LA MALLA VIAL, INCLUYENDO LA CICLO RUTA, ENTRE CALLE 62, HOY CALLE 64, DESDE LA CARRERA 114 HASTA LA CALLE 127, DE LA CIUDAD DE BOGOTÁ, EN EL TÉRMINO DE 6 MESES. | PENDIENTE | XXXXX XXXXXXX |
XXXXX, INMOBILIARIA KENWOTH S.A. - PROMOCIONES SAN XXXXX LTDA EN LIQUIDACION | ACCION POPULAR | 110013103044200900 58600- | NA | EL CONJUNTO RESIDENCIAL COVADONGA REAL HACE PARTE DE LA URBANIZACION XXXXX GRANDE LOCALIZADA EN LA LOCALIDAD XX XXXXXXXX, LA CUAL FUE APROBADA A TRAVES DE LA RESOLUCION 739 DEL 5 DE NOVIEMBRE DE 1992 EXPEDIDA POR EL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACION DISTRITAL, LA CUAL CUENTA CON PLANOS F316/1-00 Y F316/1-01. QUE SE ORDENE EL AMPARO Y LA PROTECCION DE LOS DERECHOS COLECTIVOS SEÑALADOS EN LOS LITERALES A, D, E, M, DEL ARTICULO 4 DE LA LEY 472 DE 1998, EN RAZON A SU OSTENSIBLE VULNERACION POR LAS OMISIONES EN QUE HAN INCURRIDO LAS ACCIONADAS PROMOCIONES SAN XXXXX LITDA, EN LIQUIDACION Y INMOBILIARIA KENWORTH S.A EN PERJUICIO DE LA COMUNIDAD. | N/A | FSI | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS | SOBRE LAS AREAS QUE SE ENCUENTRAN CONTRUIDAS Y QUE AUN NO HAYAN SIDO ENTREGADAS, EL IDU Y EL IDRD. DEBERAN DESIGNAR UN INTERVENTOR QUIEN DEBERA REVISAR DICHAS OBRAS Y HACER LAS OBSERVACIONES CORRESPONDIENTES Y LAS DEMANDADAS DEBERAN REALIZAR LOS AJUSTES NECESARIOS DENTRO DEL TERMINO DE SEIS MESES, TIEMPO EN EL CUAL NO SOLO DEBERAN TRAMITAR LICENCIA DE CONTRUCCION PARA LA REALIZACION DE DICHAS OBRAS, SI NO TAMBIEN DEBERAN HACERLAS, LAS OBSERVACIONES QUE NO SE HICIERAN POR PARTE DE LAS DEMANDADAS AL MOMENTO DE LA VISITA, NO PODRAN SER ALEGADAS CON POSTERIORIDAD COMO ARGUMENTO PARA NO RECIBIR LAS RESPECTIVAS AREAS DE CESION. | PENDIENTE | XXXXX XXXXXXX |
ASOCIACION CIUDADANA ANTICORRUPCION | ACCION POPULAR | 250002315000200500 25100- | NA | SE COLOQUEN DE MANERA PREFERENCIAL Y URGENTE LOS METODOS DE SEGURIDAD NECESARIOS Y SUFICIENTES TALES COMO SEMAFOROS, SEÑALIZACION, PUENTES PEATONALES, REDUCTORES DE VELOCIDAD, ESPECIALMENTE FRENTE A COLEGIOS Y UNIVERSIDADES Y EN LA CALLE 51 CON CIRCUNVALAR Y ENTRE CALLE 76 Y 77 | N/A | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS | ORDENA AL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO-IDU, QUE SE REALICEN LAS LABORES EN ORDEN A COADMINISTRAR, ENTREGAR EN CONCESIÓN, O LAS QUE ESTIME NECESARIAS PARA EL DEBIDO FUNCIONAMIENTO DEL INMOBILIARIO URBANO QUE CORRESPONDE AL PUENTE PEATONAL EN INMEDIACIONES DE LA FUNDACIÓN UNIVERSIDAD DE AMERICA. (CIRCUNVALAR CON CALLE 20). CONTRUCCION DE RAMPAS - NO TIENE TERMINO | PENDIENTE | XXXXX XXXXXXX | ||
XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX | ACCION POPULAR | 110013331010200700 24300- | NA | RESTITUCION DEL ESPACION PUBLICO EN LOS ANDENES IRREGULARES DE LOS CONSTADOS NORTE Y SUR DE LA AVENIDA ESPERANZA EN EL CRUCE DE LA VIA FERREA APROX A 200 METROS AL XXXXXXX XX XX XXXXXXX XXXXXXX 00 XX XXXXXX , XXX XXXXXX PRESENTAN TODA CLASE DE DESNIVELES ALTIBAJOS, ADEMAS DE ESTAR INVADIDOS POR MONTICULOS DE TIERRA E HIERVA QUE EN ELLOS HA CRECIDO Y SU CONTINUIDAD ESTA PELIGROSAMENTE INTERRUMPIDA TRANSVERSALMENTE A DESNIVEL O NIVEL NEGATIVO POR LOS RIELES Y LAS TRAVESIAS DE LA VIA FERREA PUDIENDOSE DECIR QUE EN ESTOS LUGARES LOS ANDENES NO EXISTEN. | N/A | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS | CONSTRUCCIÓN, ENTREGA, MANTENIMIENTO Y REHABILITACIÓN DE LOS ANDENES CON PASOS A DESNIVEL, RAMPAS O VADOS, LOS CUALES DEBERÁN SER CONTINUOS, DELIMITADOS, SEÑALIZADOS, SIN OBSTÁCULOS NI BARRERAS ARQUITECTÓNICAS EN LA CARRERA 66 CON XXXXX 00 XXXXXXX XX XXXXXXXXX. | PENDIENTE | XXXXX XXXXXXX |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
XXXXXX XXXX XXXXXX | ACCION POPULAR | 250002315000200601 39301- | NA | EN EL SECTOR DE LAS CALLES 13 Y 17 EN EL TRAMO VIAL COMPRENDIDO ENTRE CRA. 86 A 96, EL PAVIMENTO SE ENCUENTRA DESTRUIDO POR LA FALTA DE MANTENIMIENTO POR PARTE DE LA OMISION DE LAS ENTIDADES DEMANDADAS, ASI COMO LA CONSTRUCCION DE ANDENES, PASOS PEATONALES, PARADEROS DE TRANSPORTE PUBLICO, FALTA DE CONSTRUCCION Y ADECUANCION DE ALCANTARILLADO Y LA FALTA DE CONSERVACION Y MANTENIMIENTO XXX XXXXXX DE SAN XXXXXXX | N/A | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS | ORDENA A LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO, AL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO – IDU Y A LA ALCALDIA MAYOR DE BOGOTÁ, QUE DE FORMA INMEDIATA INICIE ACCIONES TENDIENTES A RESOLVER DEFINITIVAMENTE EL PROBLEMA DE LA CALLE 13 Y 17 ENTRE LA CARRERA 88 A 96 ENTRADA A LA LOCALIDAD XX XXXXXXXX Y DENTRO DEL MES SIGUIENTE A LA EJECUTORIA DE ESTA DECISIÓN PRESENTE UN PROYECTO DE PLANEACIÓN E INVERSIÓN QUE CONTENGA LAS GESTIONES QUE CONSIDERE NECESARIAS, ADECUACIÓN, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LAS VÍAS DE LA CALLE 13 Y LA CALLE 17 ENTRE CARRERAS 88 Y 96, TERMINO DE CUMPLIMIENTO INMEDIATO. | PENDIENTE | XXXXX XXXXXXX | |
XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX | ACCION POPULAR | 110013331002201000 00000- | XX | XXX XXXXXXX UBICADOS A AMBOS COSTADOS DE LA CARRERA 8 Y CARERRA 9 ENTRE CALLE 19 Y CALLE 13 SE ENCUENTRAN TOTALMENTE DESTRUIDOS, TIENEN RESALTOS QUE NO PERMITEN LA LIBRE MOVILIDAD DE LAS PERSONAS EN SITUACION DE DISCAPACIDAD Y LOS ARROJA A TRANSITAR POR LA VIA PUBLICA VEHICULAR. EXISTEN VARIOS PUNTOS DONDE EL ANDEN ESTA EN TOTAL DESTRUCCION Y ADEMAS HAY INMUEBLES QUE TIENEN SU FACHADA CASI HASTA LA VIA PUBLICA, ES IMPOSIBLE TRANSITAR POR DICHO ESPACIO TAN REDUCIDO, POR LO TANTO EL PEATON ES ARROJADO A LA VIA PUBLICA VEHICULAR PARA PODER TRANSITAR Y ELLO AFECTA LA VIDA Y EL DERECHO A DESPLAZARSE SIN CORRER RIESGO. | N/A | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA VULNERADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS | EN UN TERMINO NO SUPERIOR A (6) MESES, CONTADOS A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN DEL FALLO, SE ADELANTEN LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS NECESARIAS PARA LA ADECUACIÓN Y/O RECONSTRUCCIÓN DE LOS ANDENES UBICADOS EN LA CARRERA 8 ENTRE LAS CALLES 13 Y 19 Y EN LA CARRERA 9 ENTRE LAS CALLES 13, 14, 15, 16, 17 Y 19, CON EL FIN DE QUE ADECUEN DE CONFORMIDAD A LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS QUE RIGEN LAS CONSTRUCCIONES PARA PERSONAS DISCAPACITADAS O CON MOVILIDAD REDUCIDA. | CUMPLIDA | XXXXX XXXXXXX | |
XXXXX XXXX XXXXX | ACCIÓN DE TUTELA | 2015-00013 | - | SOLICITA PAGO DE REASENTAMIENTO PREDIO 50N-20455457, RADICADO IDU 20125260411442 | TERMINADO | FAVORABLE | N/A | DECLARAR IMPROCEDENTE LA | XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX | |||
XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX XX XXXXX | 2015-00090 | - | IMPETRÓ ACCIÓN DE TUTELA POR EL DESCONOCIMIENTO DE LOS DERECGHOS DE LOS POSEEDORES. | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | CONFIRMAR EL FALLO DE TUTELA DEL 6 DE FEBRERO DE 2015 QUE NEGÓ LAS PRETENSIONES. | XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX | ||||
CONTRALORIA DE BOGOTÁ | NULIDAD SIMPLE | 110010324000200400 28801 | - | SE DECLARE LA NULIDAD Y SUSPENSION PROVISIONAL DE LA ACTUACION ADMINISTRATIVA COMPLEJA INTEGRADA POR LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS: AUTO 0044/04 PROFEWRIDO POR LA CONTRALORIA DELEGADA PARA INVESTIGACIONES, JUICIOS FISCALES Y JURIS. COACTIVA, AUTO 00105/04, OFICIO 85111/04, OFICIO 10123/04, AUTO 127/04, OFICIO DEL 25 XX XXXX/04. CON RELACION A LA CONSTRUCCION DEL SISTEMA TRANSMILENIO TRONCALES NQS Y SUBA. | TERMINADO | FAVORABLE | N/A | DECLARA NO PROBADAS LAS EXCEPCIONES Y DENIEGA LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA | XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | |||
XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX | CONTRACTUAL | 250002326000199902 02801 | 32.106.292 | QUE SE DECLARE LA NULIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO NO.623 DEL 27 XX XXXX DE 1999 MEDIANTE EL CUAL SE ADJUDICO LA LICITACIÓN P£BLICA IDU-LP-DTC-033-99 CUYO OBJETO FUE LA DE CONTRATAR LA CONSTRUCCIÓN DE LA CARRERA 39 DE LA AVENIDA DE LOS COMUNEROS A LA CALLE 13 AL PROPONENTE OBRAS CIVILES LTDA. | CONTRATO 033/1999 | TERMINADO | DESFAVORABLE | FAVORABLE | REVOCA LA PROVIDENCIA DE FECHA 13 - JULIO -2004 MEDIANTE LA CUAL SE ACCEDIÓ A LAS PRETENSIONES - SIN CONDENA EN XXXXXX | XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
XXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | CONTRACTUAL | 250002326000200200 18601 | 286.240.055 | QUE EL IDU INCUMPLIO EL CONTRATO IDU-UEL-011-626-00-99, POR NO HABER RECONOCIDO Y PAGADO EN LA FORMA Y DENTRO DEL PLAZO CONTRACTUAL ACORDADOS, EL SERVICIO DE INTERVENTORIA QUE EL CONTRATISTA PRESTÓ OPORTUNAMENTE A SATISFACCIÓN DEL IDU, SEGUN CONSTA EN DOCUMENTOS Y PRUEBAS QUE SE ACOMPAÑAN AL PRESENTE LIBELO, Y CUYOS ORIGINALES REPOSAN EN LAS CORRESPONDIENTES OFICINAS DEL INSTITUTO | CONTRATO IDU- UEL-011-626-00-99 | TERMINADO | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | Se ordena a la demandada cancelar a favor del demandante la suma de ciento diecinueve millones quinientos sesenta y siete mil trescientos nueve pesos con treinta y ocho centavos $119'567.309,38. | PAGAR LA SUMA DE $119´567.309,38 | PENDIENTE EL PAGO DE INTERESES | XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX |
XXX XXXXXXX XXXXXXXXX XX XXXXXXXXX | 2015-00029 | POR LA VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES A LA SALUD Y A LA VIDA DIGNA. | TERMINADO | FAVORABLE | N/A | NEGAR LAS SOLICITUDES INCOADAS EN CONTRA DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU | XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | |||||
XXXXX XXX XXXXXXXXX XXXXXXXX | 2015-00110 | INVOCA LA PROTECCIÓN AL DEBIDO PROCESO | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | CONFIRMAR LA SENTENCIA DE FECHA 00 XX XXXXXXX XX 0000 QUE NEGÓ LAS PRETENSIONES INCOADAS | XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | |||||
CONSTRUCTORA X. XXXXX | ACCIÓN DE TUTELA | 2015-00815 | INVOCA LA PROTECCIÓN AL DEBIDO PROCESO | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | CONFIRMA LA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA QUE NEGÓ EL AMPARO CONSTITUCIONAL | XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | ||||
XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX | ACCIÓN DE TUTELA | 2015-00914 | INVOCA LA PROTECCIÓN AL DERECHO DE PETICIÓN | TERMINADO | FAVORABLE | N/A | NEGAR POR IMPROCEDENTE EL AMPARO CONSTITUCIONAL SOLICITADO. | XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | ||||
XXXXXX XXXXXX XXXX XXXXXXX | ACCIÓN DE TUTELA | 110014003011201300 24000 | NO APLICA | PETICION SOLICITANDO QUE EL IDU PAGUE A LOS PROPIETARIOS DEL PREDIO DE LA XXXXXXX 00 XX. 000X00 CON MATRICULA INMOBILIARIA NO. 50N-20666932 CUYA DOCUMENTACION OBRA EN EL RD RT 40915 LOS VALORES CORRESPONDIENTES A LAS OBRAS REALIZADAS POR LA ENTIDAD, OBRA XXXXXXX XXXXXX XXXXX 000X XXXXXXX 0 XX 0000 X XXXXXXXX 109 ACUERDO 180 DE 2005 VALORIZACION. | NO APLICA | FSI | DESFAVORABLE | FAVORABLE | Revoca el fallo proferido el 16 xx xxxxx de 2013 por el Juzgado 11 Civil Municipal de Bogotá. Deniega el amparo constitucional solicitado por los accionantes. | NO APLICA | NO APLICA | XXXXXX X. XXXXXXXXX XXXXXX |
XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXX | ACCIÓN DE TUTELA | 110014003057201300 99400 | NO APLICA | ORDENAR LA ADJUDICACION INMEDIATA A FAVOR DEL ACCIONANTE DE LOS TITULOS DE PROPIEDAD Y ENTREGA REAL Y MATERIAL DE LA RESPECTIVA UNIDAD DE VIVIENDA. PREDIO UBICADO EN LA XXXXXXX 00 XXX 0X00 XX XX XXXXXX XX XXXXXX. | NO APLICA | FAVORABLE | NO APLICA | Negar el amparo de los derechos invocados por XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXX en nombre propio y en representación de sus hijas XXXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXX, XXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXX, XXX XXXXXX XXXXX XXXX XXXXXX y XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXX XXXXXX contra ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ. | NO APLICA | NO APLICA | XXXXXX X. XXXXXXXXX XXXXXX | |
ASEO TECNICO DE LA SABANA S.A. E.S.P. ATESA | EJECUTIVO | 110013103007201100 66600 | 84.402.294 | SE LIBRE MANDAMIENTO DE PAGO CONTRA EL IDU POR LA SUMA DE $52.099.238 CORRESPONDIENTE AL CAPITAL U OBLIGACION PRINCIPAL ADEUDADA POR EL IDU SEGUN LA FACTURA SE SERVICIO DE ASEO 1109- 606752-178 DE LA CUENTA CONTRATO 10393723. LA SUMA DE 31.798.232 POR CONCEPTO DE INTERESES. CONTRATO DE OBRA IDU 074 DE 2008. | NO APLICA | NO APLICA | NO APLICA | SE TERMINA EL PROCESO POR TRANSACCIÓN. SE SOLICITÓ RELIQUIDACIÓN Y SE CANCELARON $2,621,958. | NO APLICA | NO APLICA | XXXXXX X. XXXXXXXXX XXXXXX | |
CONCONCRETO S.A | CONTRACTUAL | 110013331037200800 06801 | 408.499.664 | DECLARAR LA OCURRENCIA DEL SINIESTRO CUBIERTO POR LA GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO NO. P-A 0025789 DE DICIEMBRE 00 XX 0000 XXX XXXXX XX $362.269.368.42, EXPEDIDA POR LA COMPAÑIA ASEGURADORA MUNDIAL DE SEGUROS CON OCASIÓN DEL CONTRATO IDU 820 DE 1999. | IDU-820 DE 1999. | FAVORABLE | FAVORABLE | Valorado en su conjunto el acervo probatorio, la sala llega a la conclusión de que el hecho causante del siniestro ocurrió, ya que el consorcio Conconcreto-Cusezar no dio cumplimiento a todas y cada una de las obligaciones que le fueron consignadas en el contrato de obra celebrado. Se concluye que no se logró desvirtuar la presunción de legalidad que ampara las resoluciones emitidas por la administración, por medio de las cuales se decretó la ocurrencia del siniestro amparado para el contrato de obra N° 820 de 1999, pues la administración contó con argumentos ciertos y sólidos que permitieron en consecuencia y sin lugar a dudas las declaratorias correspondientes. | NO APLICA | NO APLICA | XXXXXX X. XXXXXXXXX XXXXXX | |
XXXXXXXXX XXXX XXXXX XXXXXX | ACCIÓN DE TUTELA | 110014003040201401 34301 | NO APLICA | En un término de 48 horas se suspenda la medida de peatonalización de la carrera 7a y avenida xxxxxxx en Bogotá y se ordene la consulta a la ciudadanía. | NO APLICA | FAVORABLE | NO APLICA | Por improcedente se deniega la presente acción de Tutela impetrada por el señor XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXX contra la ALCALDÍA LOCAL DE LA XXXXXXXXXX y la ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA. | NO APLICA | NO APLICA | XXXXXX X. XXXXXXXXX XXXXXX |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX | ACCIÓN DE TUTELA | 110014003002201401 42800 | NO APLICA | POR DESVIACION DEL TRAFICO VEHICULAR EN LA NQS CARRERA 30 SENTIDO SUR NORTE POR CALLE 2, ES IMPOSIBLE DORMIR, Y NO TIENE UNA VIDA DIGNA. | NO APLICA | FAVORABLE | NO APLICA | Negar la acción de Tutela instaurada por XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX por las razones expuestas en la parte motiva, contra SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD, INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO (IDU), CONTRATISTA ICEIN SAS, SECRETARIA DISTRITAL DE AMBIENTEy MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL. | NO APLICA | NO APLICA | XXXXXX X. XXXXXXXXX XXXXXX | |
CASA XXXXX LTDA - XXXXXXXX EN LIQUIDACION | ACCIÓN DE TUTELA | 110014003023201400 55300 | NO APLICA | DEJAR SIN EFECTOS LA PROVIDENCIA AUTO DE FECHA 6 XX XXXXX DE 2014, PROFERIDO POR EL IDU DENTRO DE LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS 16103/03 EJE 1, 49467/06 EJE 06, 16107/04 EJE 1 Y 49466/06 EJE 11 DE COBRO COACTIVO POR CONCEPTO DE CONTRIBUCION DE VALORIZACION POR BENEFICIO GENERAL, EN DONDE SE AUTORIZO EL COBRO SOBRE EL PREDIO 50N-562609, UBICADO EN LA CALLE 000 00-00. | NO APLICA | FAVORABLE | FAVORABLE | NEGAR la protección constitucional solicitada por el apoderado especial de la accionante CASA XXXXX LIMITADA XXXXXXXX EN LIQUIDACIÓN, toda vez que no se probó la existencia de un perjuicio irremediable que debe conjurar el juez Constitucional. | NO APLICA | NO APLICA | XXXXXX X. XXXXXXXXX XXXXXX | |
XXXXXX XXXX XXXX XXXXX | ACCIÓN DE TUTELA | 110014003043201300 32301 | NO APLICA | SE ORDENE AL IDU ME SEA CANCELADA LA COMPENSACION ECONOMICA A QUE TENGO DERECHO, CON BASE EN EL NUEVO CONCEPTO DEL DEPAE Y DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO DONDE CONSTATA QUE EL PREDIO DE LA CALLE 59A SUR 82H04 NO SE ENCUENTRA DENTRO DE LA ZONA DE RONDA HIDRAULICA Y ZONA DE MANEJO Y PRESERVACION AMBIENTAL. | NO APLICA | FAVORABLE | NO APLICA | Negar la protección a los derechos fundamentales al debido proceso e igualdad solicitados por XXXX XXXXX XXXXXX XXXX contra INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU, tal como se argumentó en la parte motiva de esta desición. | NO APLICA | NO APLICA | XXXXXX X. XXXXXXXXX XXXXXX | |
XXXXXXXX XX XXXXXXX XXXXXX XXXX | ACCIÓN DE TUTELA | 110014003051201300 73101 | NO APLICA | QUE EL IDU SUSPENDA LA ACTUACION DE ENTREGA DEL PREDIO POR VIA ADMINISTRATIVA RESPECTO DEL PREDIO UBICADO EN LA CARRERA 24 77- 76, ESQUINA HASTA TANTO NO SE SURTA EL TRAMITE ESTABLECIDO EN LA LEY Y SE SOLUCIONE Y CONCRETE UNA OFERTA POR PARTE DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL PARA EL PAGO INDEMNIZATORIO A LOS OCUPANTES DEL MISMO. | NO APLICA | FAVORABLE | FAVORABLE | Negar el amparo constitucional solicitado por XXXXXX XXXX XXXXXXXX XX XXXXXXX de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta desición. | NO APLICA | NO APLICA | XXXXXX X. XXXXXXXXX XXXXXX | |
XXXXXXX XXXXXX XXXX XXXXXX | ACCIÓN DE TUTELA | 110012203000201501 01201 | NO APLICA | TUTELA EN CONTRA DEL JUZGADO 9 CIVIL DEL CIRCUITO DONDE VINCULAN AL IDU POR EXPROPIACION DEL PREDIO UBICADO EN LA CALLE 6 10-48, Y ADUCE QUE EL JUZGADO NO LE PERMITE DISPONER DE LOS DINEROS CONSIGNADOS POR EL IDU | NO APLICA | FAVORABLE | FAVORABLE | En sentencia de seis xx xxxx de 2015, el Tribunal Superior de Bogotá, Sala Civil, negó el amparo reclamado, luego de considerar que las decisiones del juzgador no encarnan una interpretación o aplicación de la Ley que vaya en contravía de la juridicidad, que justifique la intervención del Juez Constitucional, por el contrario, de la revisión del plenario emerge que los aquí accionantes no han sido reconocidos en calidad alguna dentro del asunto eje de la acción constitucional, y por ende, no era posible ordenar a su favor, entrega de dineros. EL FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA CONFIRMA. | NO APLICA | NO APLICA | XXXXXX X. XXXXXXXXX XXXXXX | |
XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX | ACCIÓN DE TUTELA | 110014003044201500 18601 | NO APLICA | SE TUTELE EL DERECHO DE PETICION POR NO HABERSE EMITIDO RESPUESTA DENTRO DEL TERMINO LEGAL. | NO APLICA | FAVORABLE | FAVORABLE | TUTELAR el derecho de petición invocado por XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX frente a la ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ. NEGAR la protección de los derechos de petición, debido proceso y a la igualdad invocado por el accionante frente al INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO (IDU) y la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL. | NO APLICA | NO APLICA | XXXXXX X. XXXXXXXXX XXXXXX | |
XXXXX XXXXXXX XXXXXX | REPARACIÓN DIRECTA | 110013331033201000 106-01 | 500.000.000 | XX XXXXXX X XX XXX, XXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXX X XXXXXXXXXX XX XXX XXXXXXXXXX MATERIALES Y XXXXXXX Y ESTAN OBLIGADOS A REPARAR EL DAÑO CAUSADO POR LA MUERTE DEL XX. XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX POR HECHOS ACAEDIDOS EL DIA 21 XX XXXXX DE 2008 HACIA LAS 11 DE LA NOCHE EN LA CIUDAD DE BOGOTA, DEBIDO AL MAL ESTADO DE LA VIA HUECO, QUE SE ENCONTRABA EN LA CALLE 26 A LA ALTRUA DE LA CARRERA 90 O TRANSVERSAL 95A CAUSA ESTA QUE ORIGINO ACCIDENTE DE TRANSITO | TERMINADO | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE RESPONSABLE AL IDU, POR LA MUERTE DEL SEÑOR XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX, CON UNA REDUCCIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN EN UN 50%, AL EXISTIR CONCURRENCIA DE CULPAS. | PAGAR INDEMNIZACIÓN A LOS DEMANDANTES POR CONCEPTO DE LUCRO CESANTE Y DAÑO EMERGENTE | CUMPLIDAS | XXXX XXXXXX | |
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN | PENAL | 110010000097201118 661-01 | CARRERA 5 CON AVENIDA XXXXXXX, DAÑO EN BOLARDO, DENUNCIA INTERPUESTA POR OFICIAL DE POLICIA XXXXX XXXXXXX XXXX. | TERMINADO - ARCHIVO | XXXX XXXXXX |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN | PENAL | 110016000000201308 466-01 | 700.000 | ROBO DE LAMINAS PUENTE PEATONAL CARDIO INFANTIL. LUNES 00 XX XXXXX XX 0000 XX XXXXX XX XX XXXXXX SE DETECTO LA AUSENCIA DE 4 LAMINAS METALICAS XXX XXXXXX PEATONAL ESTACION CARDIO INFANTIL DEL SISTEMA TRANSMILENIO AUTOPISTA NORTE LO QUE GENERO UN ACCIDENTE. LA DENUNCIA ES INSTAURADA POR EL RESIDENTE SOCIAL DEL CONTRATO 081 DE 2012. | TERMINADO - ARCHIVO | XXXX XXXXXX | ||||||
XXXXX XXXXXXXX XXXXXX | ACCIÓN DE TUTELA | 110014009033201400 014-01 | DEJAR SIN EFECTOS LA DILIGENCIA DE DESALOJO Y RESTITUCION DEL ESPACIO PUBLICO QUE PRETENDE REALIZAR LA ALCALDIA LOCAL DE CHAPINERO HASTA QUE EL IPES REGLAMENTE LAS ZAERT, DE ACUERDO A LO ESTIPULADO EN EL DECRETO 456 DE 2013 Y TENGA UN SITIO DEFINIDO DONDE PODAMOS TRABAJAR DIGNAMENTE COMO CIUDADANOS COLOMBIANOS. | TERMINADO | DESFAVORABLE | FAVORABLE | REVOCAR EL FALLO DE TUTELA PROFERIDO POR EL JUZGADO TREINTA Y TRES PENAL MUNICIPAL CON FUNCIÓN DE CONTROL DE GARANTÍAS, DEL 10 XX XXXXX DE 2014, NIEGA POR IMPROCEDENTE LA ACCIÓN DE TUTELA INSTAURADA POR LOS ACCIONANTES. | XXXX XXXXXX | ||||
XXXXXXX XXXX XXXXX | ACCIÓN DE TUTELA | 110014009034201400 067-01 | LA SEÑORA XXXXXXX XXXX XXXXX, INDICA QUE RESIDE CON SU FAMILIA EN LA CALLE 13 NO. 79C-11, DESDE HACE 25 AÑOS Y QUE CON EL AUGE DE LA CONSTRUCCIÓN EN ESE SECTOR, SE HAN VISTO OBLIGADOS A SOPORTAR EL HUMO Y RUIDO QUE EXPELEN LA FÁBRICA LAFAYETTE Y LOS VEHÍCULOS QUE TRANSITAN POR EL LUGAR. AUNADO A ELLO RECLAMA POR LA EXISTENCIA DE UN INMENSO HUECO, EL QUE OCASIONA UN RUIDO ATRONADOR, ADEMÁS DE HACER BASTANTE PELIGROSO EL TRÁNSITO PEATONAL POR EL SECTOR.EXPRESA QUE EN EL MES XX XXXXX ASISTIÓ LA SECRETARÍA DE MOVILIDAD HABIENDO RECIBIDO RESPUESTA EN EL SENTIDO DE INDICARLE QUE ESO NO LES CORRESPONDÍA A ELLOS, QUE SE DIRIGIERA A OTRAS DEPENDENCIAS YA QUE ELLOS NO PODÍAN HACER MUCHO Y QUE ESPERARA A QUE CONSTRUYERAN LA VÍA ALSACIA PARA SOLUCIONAR LA PROBLEMÁTICA.CONSIDERA QUE CON DICHOS HECHOS SE LE HAN VULNERADO EL DERECHO A LA SEGURIDAD, TRANQUILIDAD, PAZ Y DESCANSO. | TERMINADO | FAVORABLE | NEGAR POR IMPROCEDENTE LA ACCIÓN DE TUTELA PRESENTADA POR XXXXXXX XXXX XXXXX. | XXXX XXXXXX | |||||
XXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXX | ACCIÓN DE TUTELA | 110014003046201400 104-01 | EL IDU MEDIANTE RESOLUCION 2559 DEL 18 DE SEPTIEMBRE DE 2012 ORDENO EXPROPIACION POR XXX XXXXXXXXXXXXXX X XXXXX XXXX XXX XXXXXX UBICADO XXXXX 000 00-00 XXXX XXXXXXX XXX XXXXXXX XX MALTA S.A. SOLICITO SE DECRETE LA SUSPENSION DE LA DILIGENCIA DE ENTREGA PROGRAMADA PARA EL 0 XX XXXXXXX XXX 0000 POR PARTE DE LA INSPECCION 11C DISTRITAL DE POLICIA. | TERMINADO | FAVORABLE | NEGAR POR IMPROCEDENTE LA ACCIÓN DE TUTELA PRESENTADA POR EL SEÑOR XXXXXXXXXX XXXXXXX. | XXXX XXXXXX | |||||
XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX | ACCIÓN DE TUTELA | 110014003006201400 108-01 | FALLAS ESTRUCTURALES Y POSIBLES DAÑOS POR FALTA DE UN MURO DE CONTENCIÓN EN LA VIVIENDA DE LA ACCIONANTE. SE ALEGA FALTA PAGO AHCP, LO CUAL ES AJENO A LA REALIDAD REVISADA LA BASE DE DATOS DEL FOPAE. | TERMINADO | FAVORABLE | TUTELA LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA SEÑORA XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, FRENTE A LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ - ALCALDÍA LOCAL DE SANTAFE, PARA QUE EN EL TÉRMINO DE QUINCE DÍAS CONTADOS A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN DE ESTA DECISIÓN ELABORE UN DICTAMEN PERICIAL SOBRE LA VIVIENDA DE LA ACCIONANTE, UBICADA EN LA XXXXXXX 0 XXXX Xx. 0-00, XXXXXX XX XXXXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXXX, PARA QUE SE DETERMINE EL ESTADO DE LA MISMAY EN CASO DE SER NECESARIO REALICE LAS OBRAS QUE REQUIERAN PARA GARANTIZAR SU SEGURIDAD Y HABITABILIDAD EN CONDICIONES DIGNAS. | XXXX XXXXXX | |||||
XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX | ACCIÓN DE TUTELA | 110014000003201400 117-01 | DEJAR SIN EFECTO LA DILIGENCIA DE DESALOJO Y RESTITUCION DEL ESPACIO PUBLICO QUE PRETENDE REALIZAR LA ALCALDIA LOCAL DE CHAPINERO HASTA QUE EL IPES REGLAMENTE LAS ZAERT, DE ACUERDO A LO ESTIPULADO EN EL DECRETO 456 DE 2013 Y TENGA UN SITIO DEFINIDO DONDE PUEDA TRABAJAR DIGNAMENTE COMO CIUDADANA COLOMBIANA. | TERMINADO | DESFAVORABLE | FAVORABLE | REVOCA EL FALLO PROFERIDO POR EL JUZGADO TERCERO MUNICIPAL DE PEQUEÑAS CAUSAS LABORALES, EN SU LUGAR NIEGA EL AMPARO SOLICITADO POR LOS ACCIONANTES CONTRA LAS ENTIDADES ACCIONADAS. | XXXX XXXXXX | ||||
XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | ACCIÓN DE TUTELA | 110013109018201400 161-01 | LOCAL COMERCIAL UBICADO EN LA CARRERA 7 12-54 LOCAL 13C, EL PROGRAMA PARA REALIZAR LA PEATONALIZACION QUE SE VA A XXXXXX X XXXX XXXXX XXX XXXXXX 0 X XX CALLE 26 CON CARRERA 7, VULNERANDO ASI EL DERECHO AL TRABAJO Y A UNA VIDA DIGNA. | TERMINADO | FAVORABLE | DECLARAR IMROCEDENTES LA ACCIÓN DE TUTELA INTERPUESTA POR LA SEÑORA XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX Y EN CONSECUENCIA NO SE TUTELARÁN LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DEL MÍNIMO VITAL, TRABAJO, PETICIÓN, PAZ Y DEBIDO PROCESO. | XXXX XXXXXX |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO | EJECUTIVO | 110010000038201400 166-01 | 1.264.167 | QUE SE LIBRE MANDAMIENTO DE PAGO POR LA SUMA DE $1.264.167 CORRESPONDIENTE A LA MULTA POR INCUMPLIMIENTO CONTRA XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX POR MEDIO DE LA RESOLUCION 5168 DE 21 DE DICIEMBRE DE 2011 EN CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PSP 674 DE 2011 | CONTRATO PSP-674 DE 2011 | TERMINADO POR PAGO TOTAL DE LA OBLIGACIÓN | XXXX XXXXXX | |||||
XXXX XXXXX XXXXX | ACCIÓN DE TUTELA | 110014003022201400 174-01 | DEJAR SIN EFECTO LA DILIGENCIA DE DESALOJO Y RESTITUCION DEL ESPACIO PUBLICO QUE PRETENDE REALIZAR LA ALCALDIA LOCAL DE CHAPINERO HASTA QUE EL IPES REGLAMENTE LAS ZAERT, DE ACUERDO A LO ESTIPULADO EN EL DECRETO 456 DE 2013 Y TENGA UN SITIO DEFINIDO DONDE PUEDA TRABAJAR DIGNAMENTE COMO CIUDADANA COLOMBIANA. | TERMINADO | FAVORABLE | NEGAR EL AMPARO SOLICITADO POR EL SEÑOR XXXX XXXXX XXXXX EN CONTRA DEL INSTITUTO PARA LA ECONOMIA SOCIAL - IPES-, IDU Y ALCALDIA LOCAL DE CHAPINERO. | XXXX XXXXXX | |||||
XXXXXXX XXXXX XXXXX | ACCIÓN DE TUTELA | 110013109001201400 267-01 | EL 0 XX XXXXXXX XX 0000 RADICO DERECHO DE PETICION 20141820096292 EN LA ALCALDIA LOCAL XXXXXX XXXXX XXXXX CON COPIA AL IDU Y A LA EMPRESA DE ACUEDUCTO. A LA FECHA NO HE RECIBIDO RESPUESTA. | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | REVOCA EL FALLO IMPUGNADO PROFERIDO POR EL JUZGADO PRIMERO PENAL MUNICIPAL CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ, POR LO TANTO ORDENA A LA ALCALDÍA LOCAL XXXXXX XXXXX XXXXX PARA QUE A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE LEGAL EN LO JUDICIAL Y LO LEGAL LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DISTRITAL, DIRECCIONE AL INSTITUTO DISTRITAL DE GESTIÓN DE RIESGO Y CAMBIO CLIMÁTICO IDIGER, UN CONCEPTO Y DIAGNÓSTICO DE LOS DAÑOS Y RIESGOS OCASIONADOS POR LA TEMPRADA INVERNAL EN EL BARRIO PUENTES DE LA CIUDAD Y FIJAR COMPETENCIA DE LA ENTIDAD QUE DEBE ATENDER Y SOLUCIONAR LA POSIBLE URGENCIA. SE ABSTIENE DE CONDENAR AL IDU. | XXXX XXXXXX | ||||
XXXXXX INGENIEROS | ACCIÓN DE TUTELA | 110010000019201400 513-01 | LA EMPRESA CIVING INGENIEROS CONTRATISTAS S EN C NIT. 860.451.253-1 FIRMO CON EL IDU CONTRATO 1375 DE 2013 OBRA XXXX XXXXXXX. EL IDU VIOLO EL DEBIDO PROCESO EN LA IMPOSICION DE MULTA POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. | TERMINADO | FAVORABLE | RECHAZAR POR IMPROCEDENTE , LA DEMANDA DE ACCIÓN DE TUTELA RESPECTO XXX XXXXXX DE LOS DERECHOS AL DEBIDO PROCESOADMINISTRATIVO, DERECHO DE DEFENSA, IGUALDAD, TRABAJO, INTERPUESTA POR CIVING INGENIEROS CONTRATISTAS EN C. | XXXX XXXXXX | |||||
XXXX SANTIAGO XXXXX XXXXX | ACCIÓN DE TUTELA | 110014003054201400 627-01 | EL 11 XX XXXXXX DE 2014 RADICO DERECHO DE PETICION Y NO HA RECIBIDO RESPUESTA DE FONDO. 20145261335062 | TERMINADO | FAVORABLE | DECLARAR LA CARENCIA ACTUAL DE OBJETO EN LA PRESENTE TUTELA, POR HECHO SUPERADO. | XXXX XXXXXX | |||||
CENCOSUD COLOMBIA S.A. | ACCIÓN DE TUTELA | 110010325000201401 531-01 | ACCION DE TUTELA EN CONTRA DE LA SENTENCIA DE FECHA 26 DE SEPTIEMBRE DE 2013 NOTIFICADA EL 25 DE NOVIEMBRE DE 2013 PROFERIDA POR EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA Y LA SENTENCIA DEL 16 DE NOVIEMBRE DE 2012 PROFERIDA POR EL JUZGADO 13 ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTION DEL CIRCUITO DE BOGOTA, PROVIDENCIAS MEDIANTE LAS CUALES SE VIOLO EL DERECHO FUNDAMENTAL AL DEBIDO PROCESO AL INTERPRETAR DE FORMA ERRADA LAS NORMAS CORRESPONDIENTES AL TERMINO PARA RESOLVER EL RECURSO DE RECONSIDERACION, ORIGINANDO COMO CONSECUENCIA LA INAPLICACION DE LAS NORMAS LEGALES VIGENTES RESPECTO DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO. PROCESO 2009-00315 GRANDES SUPERFICIES DE COLOMBIA S.A. | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | RECHAZAR POR IMPROCEDENTE LA ACCIÓN DE TUTELA INTERPUESTA POR GRANDES SUPERFICIES DE COLOMBIA S.A. , POR HABER TRANSCURRIDO MÁS DE SEIS MESES A PARTÍR DEL FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA. | XXXX XXXXXX | ||||
XXXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX | ACCIÓN DE TUTELA | 110012204000201401 981-01 | EL ACCIONANTE INDICA QUE SE LE VULNERAN LOS DERECHOS AL TRABAJO, LA PAZ, Y LA TRANQUILIDAD, TODA VEZ QUE SE VA A LLEVAR A CABO ENTRE LAS CALLES 7 A LA CALLE 26 CON CRA 7. INDICA QUE ES UN EMPLEADO DE LOS LOCALES COMERCIALES UBICADOS EN LA CRA 7 NO. 12- 54 LOCAL_ Y E 20 DE BOGOTÁ, Y SIENDO TRABAJADORES Y SIN NINGÚN TIPO DE APOYO PARA LA MANUTENCIÓN, QUE DEBE CUIDAR A SU MADRE DE 80 AÑOS DE EDAD, QUIEN DEPENDE DE SU CUIDADO, DEBE PAGAR LOS GASTOS DE LA CASA Y DE NUESTROS MENORES HIJOS QUE EN LA ACTUALIDAD SE ENCUENTRAN ESTUDIANDO, LO QUE SIGNIFICA QUE CON EL CIERRE DE LA VÍA EN ESTOS MOMENTOS VULNERARIA EL INGRESO AL MÍNIMO VITAL QUE DEPENDE DE SU TRABAJO PARA EL NÚCLEO FAMILIAR. (...) | TERMINADO | FAVORABLE | NEGAR EL AMPARO DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE PETICIÓN, DEBIDO PROCESO, TRABAJO, IGUALDAD Y MÍNIMO VITAL, INVOCADOS POR XXXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX. | XXXX XXXXXX |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN | PENAL | 110010000362201402 097-01 | FALSIFICACION DE LA RESOLUCION 3671 DEL 18 DE SEPTIEMBRE DE 2009 SUSCRITA POR EL IDU, SOBRE PAGOS A SUBARRENDATARIOS QUE TENIA EL PREDIO UBICADO EN LA XXXXXXX 00 00-00, XXXXX 00 00X00 RT 38201 38198 38200 41371 35641 3561 35663 DEL PROYECTO TRONCAL XXXXX 00 | XXXXXXXXX- XXXXXXXXX | XXXX XXXXXX | |||||||
XXXXXXXX XXXXXXX XX XX XXXXXX | XXXXX | 110016000000201410 220-01 | DAÑO EN COSA AJENA AGRAVADO, SEGUN INFORMACION MEMORANDO 20133750144263. SEGUIMIENTO OBRAS PUBLICAS CONTRATO 73 DE 2008 SE ESTABLECIO DAÑO Y/O INUTILIZACION DE LOS BIENES DE USO PUBLICO , OBRAS Y ACTIVIDADES PARA LA MALLA VIAL ARTERIA, INTERMEDIA Y LOCAL DEL DISTRITO DE CONSERVACION DEL GRUPO 5 SUROCCIDENTE XXXXXXX XXXX EN BOGOTA. | TERMINADO- ARCHIVADO | XXXX XXXXXX | |||||||
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN | PENAL | 110016000000201419 772-01 | DAÑO EN BIEN XXXXX XXXXXXXX, MEMORANDO 20133750144263, CONTRATO UEL 65 DE 2008 SE ESTABLECIO DAÑO Y/O INUTILIZACION DE BIEN DE USO PUBLICO, ESTUDIOS, DISEÑOS, CONSTRUCCION Y REHABILITACION DE VIAS LOCALES , PROGRAMA ADOQUINA TU XXXXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXX , XXXXXXX, XXXXXXXX XX XXXXXX. | TERMINADO- ARCHIVADO | XXXX XXXXXX | |||||||
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN | PENAL | 110016000000201419 775-01 | DENUNCIA PENAL CONTRA PERSONA INDETERMINADA POR LOS POSIBLES PUNIBLES DE DAÑO EN BIEN AJENO Y LAS OTRAS QUE PUEDAN SER TIPIFICADAS POR SU DESPACHO CON RELACION A LOS HECHOS INFORMADOS EN EL MEMORANDO 20143750443833 DEL 00 XX XXXXX XX 0000. XX XX XXX 2006 SE SUSCRIBIO CONTRATO 177 DE 2006 ENTRE EL IDU Y CONSORCIO VIAS Y CANALES PROEZA CUYO OBJETO FUE LA CONSTRUCCION Y REHABILITACION DE VIAS EN VARIAS LOCALIDADES DE BOGOTA, ENCONTRANDOSE VARIOS DAÑOS PERSISTENTES COMO HUNDIMIENTOS, HUECOS, PERDIDA DE ELEMENTOS DE OBRA ENTRE OTROS. | TERMINADO- ARCHIVADO | XXXX XXXXXX | |||||||
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN | PENAL | 110016000000201419 784-01 | DAÑO EN BIEN AJENO AGRAVADO, MEMORANDO 20133750144263, CONTRATO 083 DE 2009 SE ESTABLECIO DAÑO Y/O INUTILIZACION DE LOS BIENES DE USO PUBLICO. MANTENIMIENTO CORRECTIVO, RUTINARIO Y PREVENTIVO DE LA TRONCAL XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XX XXXXX 00 X XX XXXXXX XXXX, X XX XXXXX XXXXX ENTRE LA XXXXXXX XXXXXXX X XX XXXXXX XXXXX XX XXXXXX GRUPO 1 | TERMINADO- ARCHIVADO | XXXX XXXXXX | |||||||
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN | PENAL | 110016000000201419 786-01 | DAÑO EN BIEN XXXXX XXXXXXXX, MEMORANDO 20133750144263, CONTRATO 181 DE 2006 SE ESTABLECIO DAÑO Y/O INUTILIZACION DE BIENES DE USO PUBLICO, CONSTRUCCION Y REHABILITACION DE VIAS EN LA LOCALIDAD DE SAN XXXXXXXXX GRUPO 5 EN BOGOTA, | TERMINADO- ARCHIVADO | XXXX XXXXXX | |||||||
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN | PENAL | 110016000000201419 788-01 | DAÑO EN BIEN AJENO AGRAVADO, MEMORANDO 20133750217883, CONTRATO UEL-8-083 DE 2008 SE ESTABLECIO DAÑO Y/O INUTILIZACION DE BIENES DE USO PUBLICO, CONSTRUCCION Y REHABILITACION DE VIAS EN VARIAS LOCALIDADES DE BOGOTA, GRUPO 2 LOCALIDAD XXXXXXX CORRESPONDIENTE AL GRUPO 8 | TERMINADO- ARCHIVADO | XXXX XXXXXX | |||||||
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN | PENAL | 110016000000201419 789-01 | DAÑO EN BIEN AJENO AGRAVADO, MEMORANDO 20133750144263, CONTRATO 86 DE 2005, SE ESTABLECIO DAÑO Y/O INUTILIZACION DE LOS BIENES DE USU PUBLIDO, CONSTRUCCION DE ACCESO X XXXXXXX Y PAVIMENTOS LOCALES, PROGRAMA DE PAVIMENTOS LOCALES GRUPO 3, LOCALIDADES XX XXXXXXXX, SAN XXXXXXXXX, USME DE BOGOTA. | TERMINADO- ARCHIVADO | XXXX XXXXXX | |||||||
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN | PENAL | 110016000000201419 799-01 | DENUNCIA PENAL CONTRA PERSONA INDETERMINADA POR LOS POSIBLES PUNIBLES DE DAÑO EN BIEN AJENO Y LAS OTRAS QUE PUEDAN SER TIPIFICADAS POR SU DESPACHO CON RELACION A LOS HECHOS INFORMADOS EN EL MEMORANDO 20143750443833 DEL 00 XX XXXXX XX 0000. XX XX XXX 2006 SE SUSCRIBIO CONTRATO XXX 000 XX 0000 XXXXX XX XXX X XXXXXXXXXXX INVEPLA CUYO OBJETO FUE LA CONSTRUCCION DE VIAS LOCALES DE LA URBANIZACION BUENAVISTA UBICADA EN LA CALLE 170 CON CARRERA 8. | TERMINADO- ARCHIVADO | XXXX XXXXXX | |||||||
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN | PENAL | 110016000000201419 807-01 | DAÑO EN BIEN AJENO AGRAVADO SEGUN MEMORANDO 20133750144263 , CONTRATO 053 DE 2007 SE ESTABLECIO DAÑO Y/O INUTILIZACION DE LOS BIENES DE USO PUBLICO . REHABILITACION DE LOS TRAMOS ROJOS DE LAS VIAS DE LA MALLA VIAL ARTERIAL PRINCIPAL Y COMPLEMENTARIA CORRESPONDIENTE AL GRUPO VIII XX. XXXXXX XX XXXXXXXXXXXXX X XXXXXXX XXX XXXXXXXX XX XXXXXX. | TERMINADO- ARCHIVADO | XXXX XXXXXX | |||||||
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN | PENAL | 110016000014420141 9830-01 | DAÑO EN COSA AJENA AGRAVADO, SEGUN SOLICITUD MEMORANDO 20133750144263, SEGUIMIENTO OBRAS PUBLICAS DESARROLLADAS A TRAVES DEL CONTRATO IDU 118 DE 2006, SE ESTABLECIO DAÑO Y/O INUTILIZACION DE LOS BIENES DE USO PUBLICO. CONSTRUCCION DE ACCESOS A BARRIOS Y PAVIMENTOS LOCALES GRUPO 3 LOCALIDADES ENGATIVA Y BARRIOS UNIDOS. | TERMINADO- ARCHIVADO | ELSA GALERA | |||||||
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN | PENAL | 110016000000201419 835-01 | DENUNCIA PENAL CONTRA PERSONA INDETERMINADA POR LOS POSIBLES PUNIBLES DE DAÑO EN BIEN AJENO Y LAS OTRAS QUE PUEDAN SER TIPIFICADAS POR SU DESPACHO CON RELACION A LOS HECHOS INFORMADOS EN EL MEMORANDO 20143750443833 DEL 15 DE JULIO DE 2014. EN EL AÑO 2006 SE SUSCRIBIO CONTRATO IDU-BM-172 DE 2005 ENTRE EL IDU Y EL SR. BERNARDO ANCIZAR OSSA LOPEZ CUYO OBJETO FUE LA CONSTRUCCION Y REHABILITACION DE RUTAS ALIMENTADORAS DEL SISTEMA TRANSMILENIO ZONA 7 GRUPO 2 EN BOGOTA CON FINANCIACION DEL BANCO MUNDIAL. | TERMINADO- ARCHIVADO | ELSA GALERA |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN | PENAL | 110016000000201419 836-01 | DENUNCIA PENAL CONTRA PERSONA INDETERMINADA POR LOS POSIBLES PUNIBLES DE DAÑO EN BIEN AJENO Y LAS OTRAS QUE PUEDAN SER TIPIFICADAS POR SU DESPACHO CON RELACION A LOS HECHOS INFORMADOS EN EL MEMORANDO 20143750443833 DEL 15 DE JULIO DE 2014. EN EL AÑO 2009 SE SUSCRIBIO CONTRATO URB 041 DE 2009 ENTRE EL IDU Y CONSORCIO AVP-PROURBANO COLOMBIA S.A. CUYO OBJETO FUE LA CONSTRUCCION DE LAS VIAS LOCALES DE LA URBANIZACION JARDINES DE LAS MERCEDES CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CENTRAL DEL SUBA. ENCONTRANDOSE VARIOS DAÑOS PERSISTENTES COMO HUNDIMIENTOS, HUECOS, PERDIDA DE ELEMENTOS DE OBRA ENTRE OTROS. | TERMINADO- ARCHIVADO | ELSA GALERA | |||||||
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN | PENAL | 110016000000201419 842-01 | DENUNCIA PENAL CONTRA PERSONA INDETERMINADA POR LOS POSIBLES PUNIBLES DE DAÑO EN BIEN AJENO Y LAS OTRAS QUE PUEDAN SER TIPIFICADAS POR SU DESPACHO CON RELACION A LOS HECHOS INFORMADOS EN EL MEMORANDO 20143750443833 DEL 15 DE JULIO DE 2014. EN EL AÑO 2005 SE SUSCRIBIO CONTRATO 065 DE 2005 ENTRE EL IDU Y CONSORCIO URBANISMO CUYO OBJETO FUE LA REALIZACION DE ESTUDIOS, DISEÑOS, CONSTRUCCION Y REHABILITACION DE VIAS LOCALES PROGRAMA ADOQUINA TU CUADRA EN LAS LOCALIDADES DE BOSA, KENNEDY Y FONTIBON DE BOGOTA GRUPO 1, ENCONTRANDOSE VARIOS DAÑOS PERSISTENTES COMO HUNDIMIENTOS, HUECOS, PERDIDA DE ELEMENTOS DE OBRA ENTRE OTROS. MARTHA LUCIA VILLADIEGO | TERMINADO- ARCHIVADO | ELSA GALERA | |||||||
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN | PENAL | 110016000000201419 844-01 | DENUNCIA PENAL CONTRA PERSONA INDETERMINADA POR LOS POSIBLES PUNIBLES DE DAÑO EN BIEN AJENO Y LAS OTRAS QUE PUEDAN SER TIPIFICADAS POR SU DESPACHO CON RELACION A LOS HECHOS INFORMADOS EN EL MEMORANDO 20143750443833 DEL 15 DE JULIO DE 2014. EN EL AÑO 2009 SE SUSCRIBIO CONTRATO 030 DE 2009 ENTRE EL IDU Y UNIVERSAL DE CONSTRUCCIONES S.A. CUYO OBJETO FUE LA CONSTRUCCION DEL ESPACIO PUBLICO DE LOS ANDENES FALTANTES DE LA CARRERA 13 CON CALLE 66 A LA CALLE 68 COSTADO OCCIDENTAL, CARRERA 13 DE LA CALLE 32 A LA CALLE 26 COSTADO ORIENTAL Y LA CARRERA 13 DE LA CALLE 63 A LA CALLE 68 COSTADO ORIENTAL EN BOGOTA, ENCONTRANDOSE VARIOS DAÑOS PERSISTENTES COMO HUNDIMIENTOS, HUECOS, PERDIDA DE ELEMENTOS DE OBRA ENTRE OTROS. LA FIRMA PROKSOL S.A. QUE ADELANTA OBRA NUEVA EN EL PREDIO CON PLACA 66-09 RECUBRIO CON UNA PLACA DE CONCRETO EL ANDEN PARA DAR ACCESO AL PREDIO EN DESARROLLO. | TERMINADO- ARCHIVADO | ELSA GALERA | |||||||
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN | PENAL | 110016000000201419 852-01 | DENUNCIA PENAL CONTRA PERSONA INDETERMINADA POR LOS POSIBLES PUNIBLES DE DAÑO EN BIEN AJENO Y LAS OTRAS QUE PUEDAN SER TIPIFICADAS POR SU DESPACHO CON RELACION A LOS HECHOS INFORMADOS EN EL MEMORANDO 20143750443833 DEL 15 DE JULIO DE 2014. EN EL AÑO 2008 SE SUSCRIBIO CONTRATO 068 DE 2008 ENTRE EL IDU Y PATRIA S.A. CUYO OBJETO FUE CONSTRUCCION Y REHABILITACION DE VIAS LOCALES PROGRAMA ADOQUINA TU CUADRA EN VARIAS LOCALIDADES EN BOGOTA GRUPO 1, HUECOS, PERDIDA DE ELEMENTOS DE OBRA ENTRE OTROS. TALLER AUTOMOTRIZ HYUNDAI | TERMINADO- ARCHIVADO | ELSA GALERA | |||||||
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN | PENAL | 110016000000201419 893-01 | DENUNCIA PENAL CONTRA PERSONA INDETERMINADA POR LOS POSIBLES PUNIBLES DE DAÑO EN BIEN AJENO Y LAS OTRAS QUE PUEDAN SER TIPIFICADAS POR SU DESPACHO CON RELACION A LOS HECHOS INFORMADOS EN EL MEMORANDO 20143750443833 DEL 15 DE JULIO DE 2014. EN EL AÑO 2007 SE SUSCRIBIO CONTRATO 053 DE 2007 ENTRE EL IDU Y UNION TEMPORAL ICEIN CUYO OBJETO FUE LA CONSTRUCCION Y REHABILITACION DE LOS TRAMOS ROJOS DE LAS VIAS DE LA MALLA ARTERIAL PRINCIPAL Y COMPLEMENTARIA CORRESPONDIENTE AL GRUPO VIII AVENIDA CIUDAD DE VILLAVICENCIO Y AVENIDA LAS AMERICAS EN BOGOTA., ENCONTRANDOSE VARIOS DAÑOS PERSISTENTES COMO HUNDIMIENTOS, HUECOS, PERDIDA DE ELEMENTOS DE OBRA ENTRE OTROS. | TERMINADO- ARCHIVADO | ELSA GALERA | |||||||
CIVING INGENIEROS S. EN C. | ACCIÓN DE TUTELA | 110014003014201500 028-01 | SOLICITA ORDENE AL IDU REINICIAR TODAS LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS SANCIONATORIAS DERIVADAS DE LOS CONTRATOS IDU 1767 DE 2013, 1375 DE 2013, 1840 DE 2013 RESPETANDOS LOS PRINCIPIOS Y DERECHOS CONSTITUCIONALES. NULIDAD DE LAS RESOLUCIONES 5454 DE MARZO DE 2014 RESOLUCION 20143350831876 DE 2014 Y RESOLUCION 99527 DE 2014. | TERMINADO | FAVORABLE | NEGAR EL AMPARO SOLICITADO POR LA PERSONA JURÍDICA CIVING INGENIEROS S. EN C. | ELSA GALERA | |||||
MYRIAM PACHECO CASALLAS | ACCIÓN DE TUTELA | 110013109019201500 048-01 | RADICO DERECHO DE PETICION 20155260112082 EL 30 DE ENERO DE 2015 Y A LA FECHA NO HA SIDO CONTESTADO | TERMINADO | FAVORABLE | NO TUTELAR LOS DERECHOS FUNDAMENTALES INCOADAS POR LA SEÑORA MARÍA PACHECO CASALLAS E INCOADA EN CONTRA DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO; POR ESTIMAR UN HECHO SUPERADO. | ELSA GALERA | |||||
JOSÉ JUAN RODRIGUEZ RICO | ACCIÓN DE TUTELA | 110014003017201500 303-01 | SE ORDENE AL IDU DAR UNA RESPUESTA DE FONDO E INTEGRAL A LOS DERECHOS DE PETICION RADICADOS BAJO LOS NUMEROS 20145260884742, 20145261444282, 20145261444412, 20145261531392, 20145261531322 Y 20145261321682 Y LOS DE INSISTENCIA. | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | NO TUTELAR LOS DERECHOS FUNDAMENTALES INCOADOS POR EL SEÑOR JOSÉ JUAN RODRIGUEZ E INCOADA EN CONTRA DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO. | ELSA GALERA |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
GIOVANNY DAZA CRISTANCHO | CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL | 110010000000120142 3221-01 | 95.600.000 | 1.EL 17 DE MAYO DE 2012, EL SEÑOR GIOVANNY DAZA CRISTANCHO, SE DESPLAZABA EN BICICLETA, POR EL BARRIO MINUTO DE DIOS, EN 1A CARRERA 76 NO. 81 G Y SUFRIÓ UN GRAVE ACCIDENTE.EL MOTIVO DE SUS LESIONES EN LA OSAMENTA DE SU CARA, !A SUFRIÓ AL IR MANEJANDO SU BICICLETA, A LAS 5 Y 30 AM. EN ESTE INSTANTE, QUE IBA EN SU BICICLETA COGIÓ UN HUECO DE GRAN TAMAÑO QUE AUN TODAVÍA ESTÁ EN LA CALLE (NO SE HA REPARADO LA CALLE).3.CUANDO ADELANTABA SU RECORRIDO EN BICICLETA POR ESTA CALLE, EL HUECO ESTABA TAPADO CON AGUA Y NO SE VISUALIZABA, DE TAL MANERA QUE LOS SORPRENDIÓ ESTE HUECO DE LA CALLE, ROMPIÉNDOSE EL TENEDOR DE LA BICICLETA, CAYENDO BRUTALMENTE AL SUELO Y SUFRIENDO EL DAÑO DE SU CARA.4.CON MOTIVO DE ESTA CAÍDA O ACCIDENTE, SUFRIÓ DAÑOS EN SU ROSTRO COMO LA FRACTURA DE LA PORCIÓN VERTICAL DE AMBOS HUESOS FRONTALES, CON EXTENSIÓN DE LA FRACTURA A LOS TECHOS ORBITARIOS, FRACTURA QUE INVOLUCRO LAS MASAS LATERALES DE E..TMOIDES Y LAS VERTIENTES NASALES. SUFRIÓ FRACTURAS CON TRAZO LEFFORT 1 DERECHO Y II IZQUIERDO.SUFRIÓORES A EJECUTAR Y PRESENTARAN EL CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES PARA EL CUMPLIMIENTO DEL SENTIDO DEL FALLO E INCLUIRÁN LOS ESTUDIOS DE LAS REDES DE ACUEDUCTO NECESARIOS QUE ASUMIRÁ EL IDU Y SERÁN RECOBRADOS A LA E.A.A.B.A CONSULTA. EL 23 DE SEPTIEMBRE LE ORDENAN UNA RESONANCIA MAGNÉTICA DE RODILLA PARA IDENTIFICAR LA LESIÓN. LOS RESULTADOS EVIDENCIAN UNA LESIÓN DE MENISCOS Y LIGAMENTOS DE LA RODILLA IZQUIERDA. QUE EL DÍA 31 DE OCTUBRE ES OPERADO POR LA LESIÓN, CIRUGÍA QUE CONSISTE EN HACER UN INJERTO DE ÓRGANO, REEMPLAZANDO EL LIGAMENTO POR UN TENDÓN Y POSTERIORMENTE RECONSTRUCCIÓN POR SUTURA DE LOS MENISCOS. QUE POSTERIORMENTE ES EXAMINADO Y LE INFORMAR QUE TENDRÁ UNA LESIÓN PARA TODA LA VIDA YA QUE EL MENISCO PERDIDO NO ES POSIBLE RECUPERARLO, PUESTO QUE SE LOGRO RECUPERAR SOLAMENTE UN 40%. QUE EL CONVOCANTE COMPRO LA MOTO PORQUE ESTABA REALIZANDO UN PROYECTO DE VIDA DENOMINADO AVENTUREROS SIN FRONT | TERMINADO - CONCILIACIÓN FALLIDA | ELSA GALERA | ||||||
RENE MARTÍNEZ CUBILLOS | CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL | 110010000127201400 184-01 | 139.000.000 | INMUEBLE UBICADO EN LA CARRERA 36 79-06/08 MATRICULA 50C-1135543, CEDULA CATASTRAL 79 35 5 EL CUAL FUE REQUERIDO PARA LA EJECUCION D LA TRONCAL CALLE 80 DE TRANSMILENIO. EN 1998 LO ENTREGO AL IDU Y A LA FECHA NO SE HA FINIQUITADO LA NEGOCIACION POR DIFERENTES CIRCUNSTACIAS. SOLICITA QUE EL IDU LEVANTE LA DEMANDA DE EXPROPIACION Y SE CONCRETE DE INMEDIATO LA ENAJENACION VOLUNTARIA. | TERMINADO - CONCILIACIÓN FALLIDA | ELSA GALERA | ||||||
CONSORCIO AVENIDA PRIMERO DE MAYO 2010 | CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL | 110010000000201403 952-01 | 1.646.836.971 | EL IDU DEBERA LIQUIDAR EL CONTRATO 56 DE 2010 Y PAGAR POR CONCEPTO DE LA EJECUCION TOTAL EN EL PLAZO CONTRACTUAL CONFORME LO ACREDITA EL ACTA DE RECIBO FINAL DE OBRA $500.000.000 CORRESPONDIENTES AL VALOR DE LA OBRA FINAL EJECUTADA Y RECIBIDA POR LA INTERVENTORIA DENTRO DEL PLAZO CONTRACTUAL. A TITULO DE REAJUSTES CAUSADOS POR EL MAYOR PLAZO DE LA EJECUCION DE LA OBRA CONTRATADA $1.146.836.971 | CONTRATO 056 DE 2010 | TERMINADO - CONCILIACIÓN FALLIDA | ELSA GALERA | |||||
CLAUDIA MARÍA RODRIGUEZ ROA | CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL | 110010000000201406 8480-01 | 1.100.000.000 | PROCESO DE EXPROPIACION 2003-05642 DEL IDU CONTRA MISAEL RODRIGUEZ GUEVARA Y OTROS, MATRICULA INMOBILIARIA 50C-46430 EN EL QUE SE EXPIDIO SENTENCIA POR EL JUZGADO 5 CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTA EL 15 DE ENERO DE 2009 EN EL CUAL NO FUE INCLUIDA COMO PROPIETARIA DEL INMUEBLE REFERIDO A LA SEÑORA CLAUDIA AUNQUE EN EL ACTO ADMINISTRATIVO QUE ORDENABA LA EXPROPIACION FUE RECONOCIDA. | TERMINADO - CONCILIACIÓN FALLIDA | ELSA GALERA | ||||||
ESPERANZA ARDILA BLANCO | CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL | 110010000000201413 859-01 | 586.000.000 | QUE EL DISTRITO CAPITAL, LA EAAB Y EL IDU, SOLIDARIAMENTE ACEPTEN RECONOZCAN Y PAGUEN LOS PERJUICIOS MATERIALES MORALES I SICOLÓGICOS A FAVOR DE LOS SOLICITANTES SUFRIDO A RAÍZ DE LA MUERTE DE SU FAMILIAR ANA MARIA BLANCO PRODUCIDO EL DÍA 8 DE NOVIEMBRE DE 2013 EN EL BARRIO RECUERDO CIUDAD BOLÍVAR DE BOGOTÁ. | TERMINADO - CONCILIACIÓN FALLIDA | ELSA GALERA | ||||||
NESTOR DAVID CRUZ RODRIGUEZ | CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL | 110010000000201415 463-01 | 274.400.000 | QUE EL DISTRITO CAPITAL, LA EAAB Y EL IDU, SOLIDARIAMENTE ACEPTEN RECONOZCAN Y PAGUEN LOS PERJUICIOS MATERIALES MORALES I SICOLÓGICOS A FAVOR DE LOS SOLICITANTES SUFRIDO A RAÍZ DEL ACCIDENTE PRODUCIDO EL DÍA 21 DE FEBRERO DE 2012 EN LA TRAS. 5H CON DIAGONAL 46 DEL BARRIO LAS LOMAS DE LA LOCALIDAD DE RAFAEL URIBE URIBE, AL CAER DE LA MOTO DE SU PROPIEDAD POR EL HUECO LOCALIZADO EN LA DIRECCIÓN EN MENCIÓN. | TERMINADO - CONCILIACIÓN FALLIDA | ELSA GALERA | ||||||
CONSORCIO VÍAS GRUPO 1 | CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL | 110010000000020144 5509-01 | 71.916.188 | QUE SE MANDE AL IDU EL PAGO DE $71.916.188, VALOR PENDIENTE A FAVOR DEL CONTRATISTA DE OBRA EN EL ACTA DE LIQUIDACION ANTES CITADA VALOR ESTE QUE REFLEJA OBRA EJECUTADA, RECIBIDA, RECONOCIDA Y CUYO PAGO FUE RETENIDO POR EL IDU, CONTRATO IDU- UEL-1-16-17-180 DE 2004. VALOR PENDIENTE SEGUN ACTA DE LIQUIDACION 34 DE ABRIL 2 DE 2009. LICITACION IDU-LP-UEL-DTMV-022-2004 | CONTRATO 180 DE 2004 | TERMINADO - CONCILIACIÓN FALLIDA | ELSA GALERA |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
ASEOS COLOMBIANOS - ASEOCOLBA S.A. | CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL | 110010000000201474 942-01 | 12.654.911 | QUE SE DECLARE LA NULIDAD DE LA RESOLUCION 3179 DE 16 DE DICIEMBRE DE 2013 POR LA CUAL SE DECLARA UN INCUMPLIMIENTO Y SE HACE EFECTIVA LA CLAUSULA PENAL PECUNIARIA EN EL CONTRATO 013 DE 2012. QUE SE DECLARE LA NULIDAD DE LA RESOLUCION 327 DEL 27 DE ENERO DE 2014 POR LA CUAL SE RESUELVE RECURSO DE REPOSICION INTERPUESTA CONTRA LA RESOLUCION 3179 DE 2013. QUE SE DECLARE NULA LA RESOLUCION 14698 DEL 9 DE MAYO DE 2014 POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE UNA REVOCATORIA DIRECTA. QUE SE RESTABLESCA EL DERECHO. | CONTRATO 13 DE 2012 | TERMINADO - CONCILIACIÓN FALLIDA | ELSA GALERA | |||||
CIVING INGENIEROS CONTRATISTAS S. EN C. | CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL | 110010000000201503 822-01 | NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO CONTRA LA RESOLUCION 99527 DE 2014 LA CUAL RESUELVE RECURSO DE REPOSICION. , RESOLUCION 20143350831876 DE 2014 POR LA CUAL SE IMPONE UNA MULTA POR EL INCUMPLIMIENTO PARCIAL DEL INTERVENTOR CIVING INGENIEROS CONTRATISTAS S EN C CONTRATO DE INTERVENTORIA 1375 DE 2013 Y LA RESOLUCION 99527 DE 2014. | CONTRATO DE INTERVENTORÍA 1375 DE 2013 | TERMINADO - CONCILIACIÓN FALLIDA | ELSA GALERA | ||||||
CONSORCIO INTERVIAL 09 | CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL | 110010000009201537 532-01 | 831.211.500 | CONTRATO 031 DE 2009. INTERVENTORIA TECNICA, AMBIENTAL, SOCIAL, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA Y LEGAL DE LA CONSTRUCCION DE ANDENES DE AMBOS COSTADOS DE LA CR. 15 DESDE CALLE 100 HASTA CALLE 122. POR RESOLUCION 4397 DECLARA AL CONTRATISTA DE OBRA EL SINIESTRO DEL AMPARO DE BUEN MANEJO Y CORRECTA IVERSION DEL ANTICIPO. CON LA RESOLUCION 106416 DE 4 DE DICIEMBRE DE 2014 EL IDU DECLARA EL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y HACE EFECTIVA LA CLAUSULA PENAL AL CONSORCIO POR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN MATERIA DEL ANTICIPO DEL CONTRATO DE OBRA Y VERIFICACION DE LAS OBRAS EJECTUDAS A PESAR QUE EL 100% DEL ANTICIPO HABIA SIDO AMORTIZADO. | CONTRATO 031 DE 2009 | TERMINADO - CONCILIACIÓN FALLIDA | ELSA GALERA | |||||
MERLY COLLAZOS ARANGO | CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL | 110010000000201568 802-01 | 92.437.480 | DECLARAR ADMINISTRATIVAMENTE RESPONSABLE AL IDU DE LA ACTIVIDAD NEGLIGENTE, OMISIVA Y DESACERTADA DEL PERSONAL Y POR CONSIGUIENTE A LA TOTALIDAD DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE ORDEN MORAL, MATERIAL DEL ACCIDENTE OCURRIDO EL 4 DE MAYO DE 2013 EN LAS INSTALACIONES DEL IDU CALLE 20 9-20, PISO 6, POR RETIRO DEL TAPETE, ESTABAN LIMPIANDO LOS PISOS Y POR EL USO DEL TINER CON ASPIRADO SE GENERO UN CORTO CIRCUITO Y SE INCENDIO EL PISO SIENDO AFECTADAS POR LAS LLAMAS. | TERMINADO - CONCILIACIÓN FALLIDA | ELSA GALERA | ||||||
MARIANA VALENTINA ORTEGA MURCIA | CONCILIACION EXTRAJUDICIAL | 1-2013-3678 | 33.200.000 | EL DÍA 20 DE JULIO DE2012, A ESO DE LAS 17:15 EL SEÑOR JOSE ALBERTO MURCIA MANRIQUE SE DESPAZABA EN SU AUTOMOVIL PARTICULAR , MARCA CHEVROLET, MODELO 1994, DE PLACA CEC 803 , EN LA AVENIDA BOYACA, CON CALLE 70 SUR, AL NO EXISTIR EN LA VIA LA TAPA DE UNA ALCALTARILLA Y SIN SEÑALIZACIÓN, LA LLANTA DELANTERA DEL VEHICULO CAYÓ EN LA ALCANTARILLA , LO QUE GENERÓ EL CHOQUE AUTOMOVIL, ESTRELLANDO LA LLANTA DELANTERA Y GENERANDO DE INMEDIATO GRAVES LESIONES A LOS MENORES EYLIN DAHIANA MURCIA VIZCAINO , MARIANA VALENTINA ORTEGA MURCIA , SALOME CATALINA ORTEGA MURCIA , JOSE ALEXANDER ORTEGA, QUIENES FUERON REMITIDOS EN AMBULANCIA DE URGENCIA AL HOSPITAL UNIVERSITARIO SAN RAFAEL DE BOGOTÁ . | CONCILIACION | TERMINADO SIN ACUERDO CONCILIATORIO | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
CAROLINA RODRIGUEZ GOMEZ | CONCILIACION EXTRAJUDICIAL | 1-2013-48300 | 1.EL 18 DE SEPTIEMBRE DE 2012 LA SEÑORA CAROLINA RODRÍGUEZ GÓMEZ, A ESO DE LAS 20:30 HORAS SE DESPLAZABA EN LA MOTO DE SU PROPIEDAD, DE PLACAS UTZ 84C, MARCA KYMCO, LÍNEA 125, MODELO 2013, POR LA CARRERA 28 FRENTE AL NUMERO 34-28 LOCALIDAD DE TEUSAQUILLO BOGOTÁ D.C. Y ADOPTANDO TODAS LAS MEDIDAS ESTABLECIDAS POR LAS NORMAS CONTENIDAS EN EL CÓDIGO NACIONAL DE TRÁNSITO, CUANDO DE REPENTE EL RODANTE CAYÓ A UN HUECO QUE HABÍA EN UNO DE LOS CARRILES DE LA VIA POR DONDE TRANSITABA Y SE VOLCÓ, LO CUAL LE CAUSÓ, A LA SEÑORA CAROLINA RODRIGUEZ GÓMEZ, UN TRAUMA CRANEOENCEFÁLICO. 2.LAS LESIONES SUFRIDAS POR LA SEÑORA CAROLINA RODRIGUEZ GÓMEZ, ES CONSECUENCIA DEL NO ACTUAR DE LAS AUTORIDADES ENCARGADAS DE MANTENER LAS VÍAS DE LA CIUDAD EN BUEN ESTADO, LO CUAL LE OCASIONÓ DAÑOS Y PERJUICIOS Y ADEMÁS ALTERÓ TRANSITORIAMENTE SU ENTORNO EN RELACIÓN CON LAS DEMÁS PERSONAS AL PRESENTARSE ANTE ELLAS CON LESIONES EN LA CARA. | 1697550000 | CONCILIACION | TERMINADO SIN ACUERDO CONCILIATORIO | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
FELIPE RINCON SALGADO | REPARACION DIRECTA | 2500023260002000- 0033301 | QUE SE DECLARE ADMINISTRATIVAMENTE RESPONSABLES A LAS ENTIDADES DEMANDADAS POR LOS HECHOS OCURRIDOS EL 14 DE AGOSTO DE 1999 POR LA CA¡DA DEL PUENTE PEATONAL DE LA CALLE 122 POR AUTOPISTA NORTE DE ESTA CIUDAD.^^CUANT¡A: NO DETERMIN¢ EL MONTODE LOS PERJUICIOS. SOLICIT¢ QUE SE ESTABLECIERAN POR LAS TABLAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO | CONCILIACION JUDICIAL | TERMINADO CON ACUERDO CONCILIATORIO | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | ||||
MIGUEL ANTONIO PEÑA ACOSTA | REPARACION DIRECTA | 2500023260002001- 0144901 | 150.000.000 | SE DECLARE RESPONSABLE DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS MATERIALES, MORALES Y DEL PLACER O FISIOLOGICOS OCASIONADOS AL DEMANDANTE, COMO CONSECUENCIA DEL ACCIDENTE SUFRIDO EL 14 DE AGOSTO DE 1999, AL DESPLOMARSE LA ESTRUCTURA DEL PUENTE PEATONAL DE LA AUTOPISTA NORTE CON LA CALLE 122, SOBRE EL VEHICULO CAMPERO LAND CRUISER DE PLACAS FEA 121. | CONCILIACION JUDICIAL | TERMINADO CON ACUERDO CONCILIATORIO | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
REDEENVIOS LTDA | CONTRACTUAL | 2500023260002003- 0008201 | 50.939.150 | SE DECLARE NULA LA RESOLUCION 5535/02, PROFERIDA POR LA DIRECCION TÉCNICA DE APOYO CORPORATIVO, SE DECLARE NULA LA RESOLUCION 9182/02 POR LA CUAL SE RESOLVIO EL RECURSO DE REPOSICIÓN, SE DECLARA NULA EL ACTA 2 DE RECIBO FINAL Y LIQUIDACION, SUSCRITA POR LAS PARTES DEL CONTRATO, EL DIA 20 DE NOV/02, EN LOS PUNTOS REFERENTESA LA DECLARATORIA DE CADUCIDAD, EL COBRO UNILATERAL DEL VALOR DE LA CLAUSULA PENAL PACTADA EN EL CONTRATO, LA COMPENSACION UNILATERAL DEL VALOR DE LA CLAUSULA PENAL PECUNIARIA CON EL VALOR QUE LA ENTIDAD ADEUDABA AL CONTRATISTA POR LA EJECUCIÓN DE LAS PRETENSIONES Y EL SALDO ESTABLECIDO UNILATERALMENTE A FAVOR DEL IDU. CONTRATO 299 DE 2001. | F.S.I | FAVORABLE | FAVORABLE | FALLA: DECLARAR PROBADA LA EXCEPCION PROPUESTA POR EL IDU DE INEXISTENCIA DE VICIOS QUE INVALIDEN LA PROVISIÓN DE LEGALIDAD DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS DEMANDADOS; Y SE NEGARON LAS DEMÁS PRETNSIONES DE LA DEMANDA. | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |
INVERSIONES MAGDE LTDA | NULIDAD Y RESTABLECIMIENT O DEL DERECHO | 2500023260002004- 0080101 | 150.000.000 | QUE SE DECRETE LA NULIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO IDU-165926 DEL 24/10/03 EXPEDIDO POR EL DIRECTO TECNICO DE PREDIOS POR MEDIO DEL CUAL SE DA RESPUESTA AL DERECHO DE PETICION RAD IDU-090705/03 COMO CONSECUENCIA DE LO ANTERIOR SE RESTABLEZCA EN SU DERECHO A LA SOC. DEMANDANTE A TRAVES DE LA ENAJENACION VOLUNTARIA SIGUIENDO EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO EN LA LEY 9/89 Y LA LEY 388/97 | F.S.I | FAVORABLE | FAVORABLE | FALLA: NIEGUENSE LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA Y EN SEGUNDA INSTANCIA SE DECLARA LA EXCEPCION PROPUESTA DE INEPTITUD DE DEMANDA | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |
JORGE ELIECER PARRA SALINAS | EJECUTIVO CONTRACTUAL | 2500023260002005- 0100201 | 44.180.249 | SE LIBRE MANDAMIENTO DE PAGO - POLIZA GARANTIA UNICA DE CUMPLIMIENTO 7612559 - CONTRATO 308 DE 2002 | F.S.I | FAVORABLE | FAVORABLE | SE DA POR TERMINADO EL PROCESO, POR PAGO DE LA ENTIDAD DEMANDADA, LUEGO DE QUE SE HIZO ENTREGA POR PARTE DEL JUZGADO 35 ADMINISTRATIVO A EXPENSAS DEL IDU TITULO POR VALOR DE 102.000.000. SE REMITE EL TITULO JUDICIAL A ORDEN DE LA SUBDIRECCIÓN TECNICA DE TESORERIA Y RECUADO MEDIANTO MEMORANDO 20144250106253 DE 28 DE ABRIL DE 2014 POR VALOR DE $112.736.357, UNA VEZ FUE ENTREGADO POR EL DESPACHOS EL 26 DE ABRIL DE 2014 | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |
FUNDACION PARA LA VIVIENDA COMUNITARIA EN LIQUIDACION | NULIDAD Y RESTABLECIMIENT O DEL DERECHO | 2500023260002006- 0098401 | NUILIDAD DE LA RESOLUCIONES DTDP-8000 018950 DEL 29 DE MARZO DE 2006, POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE NEGATIVAMENTE LA RECLAMACIÓN DE PAGO DEL ÁREA DE CESIÓN DEL 7% QUE COMPRENDE UN AREA DE 495950 M2; Y LA 2466 DEL 28 DE JUNIO DE 2006., POR MEDIO DE LA CUAL SE NIEGA EL RECURSO DE REPOSICIÓN. | F.P.I | DESFAVORABLE | SE DA POR TERMINADO EL PROCESO 2006-984, TODA VEZ QUE EN FECHA 27 DE FEBRERO DE 2012 SE PROFIERE SENTENCIA DESFAVORABLE AL IDU EN EL QUE SE CONCEDE PARCIALMENTE LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA Y SE NOTIFICO POR EDICTO EN MARZO DE 2012; COMO CONSECUENCIA DE ELLO, SE PROCEDIO AL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE EN FECHA 01 DE NOVIEMBRE DE 2012. SE LE INFORMA AL AREA TECNICA SOBRE EL FALLO MEDIANTE MEMORANDO 20124250265403 DE FECHA 26 DE DICIEMBRE DE 2012. EL JUEZ DETERMINO DECLARA LA NULIDAD DE LAS RESOLUCIONES; SIN EMBARGO NO DA LUGAR AL RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
NORA LUZ AVILA ALFONSO | REPARACION DIRECTA | 2500023260002006- 0151701, SIN EMBARGO QUEDO CON No. LUEGO DE LA NULIDAD 110013331033-2008- 0027200 | 22.628.364 | QUE SE DECLARE AL IDU ADMINISTRATIVAMENTE RESPONSABLE POR LOS PERJUICIOS CAUSADOS POR LA MUERTE DE ANDRES CAMILO RAMIREZ AVILA, ELIANA RODRIGUEZ E IGNACIO JOSE LOPEZ RODRIGUEZ, QUIENES FALLECIERON EL DIA 16/04/04 EN ACCIDENTE DE TRANSITO OCURRIDO EN LA AV CR 7 CON CALLE 177, LUGAR CONOCIDO COMO CR 7 CON CALLE 182 POR EL VOLCAMIENTO DE UNA VOLQUETA MARCA CHEVROLET DE PLACAS SAW33. | F.S.I | DESFAVORABLE | FAVORABLE | EN PRIMERA INSTANCIA SE DECLARA LA RESPONSABILIDAD DEL DISTRITO CAPITAL, IDU Y DEBE PAGAR A FAVOR DE LOS DEMANDANTES; SIN EMBARGO EN SEGUNDA INSTAMCIA SE REVOCA LA SENTENCIA PROFERIDA EL 27 DE SEPTIEMBRE DE 2011 POR EL JUZGADO 33 ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BOGOTA | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |
JOHANNA ANDREA CORREDOR CARDOZO | REPARACION DIRECTA | 1100133310332008- 0021100 | 46.150.000 | QUE SE LES DECLARE ADMINISTRATIVAMENTE RESPONSABLE AL IDU Y A CODENSA S.A DE LA TOTALIDAD DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODO ORDEN SUFRIDOS CON OCASION DEL ACCIDENTE DE TRANSITO EN LA MOTOCICLETA DE PLACAS AUD82 EN HECHOS OCURRIDOS EL 22 DE MARZO DEL AÑO 2006 AL CAER EN UN HUECO DE UN ALCANTARILLA PERTENECIENTE A LA EMPRESA CODENSA. | F.S.I | FAVORABLE | FAVORABLE | FALLA: DECLARAR LA FALTA DE LEGITIMACION EN LA CAUSA MATERIAL POR PASIVA DEL IDU Y SEGUNDA INSTANCIA CONFIRMA DECISION | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
JAIME ANTONIO ORTEGA RESTRPO | CONTRACTUAL | 1100133310322009- 0007301 | 98.000.000 | QUE SE DECLARE QUE EL IDU TIENE LA OBLIGACION DE PAGAR A LOS DEMANDANTES CON CAUSA DEL CONTRATO DE INTERVENTORIA 140-2003 Y DENTRO DE SU PROCESO DE LIQUIDACION, EL VALOR QUE CORRESPONDE A SUS SERVICIOS DURANTE EL TERMINO DE 30 DIAS | F.S.I | FAVORABLE | FAVORABLE | FALLA: NEGAR LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA, SEGUNDA INSTANCIA: CONFIRMA DECISION | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |
E.T.A ESTUDIOS TECNICOS Y ASESORIA | CONTRACTUAL | 1100133310382010- 0004400 | 88.930.709 | QUE SE DECLARE QUE LA ENTIDAD DEMANDADA INCUMPLIO EL CONTRATO ESTATAL DE CONSULTORIA Nº 295 DE 2003, CUYO OBJETO CORRESPONDE EL MONITOREO LA INSTRUMENTACION GEOTECNICA DE LA CALLE 63 CON AVENIDA CIRCUNVALAR, POR EL NO PAGO DE LA SUMA DE $88.930.709, EQUIVALENTE AL SALDO INSOLUTO DEL PRECIO DEL CONTRATO CORRESPONDIENTE A LOS PAGOS PARCIALES INFORMES Nº 13, 14, 15, 16, 17, 18 Y 19 | F.S.I | FAVORABLE | FAVORABLE | FALLA: NEGAR LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA, SEGUNDA INSTANCIA: CONFIRMA DECISION | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |
MARCO AURELIO GAMBOA VERA | REIVINDICATORIO | 5.000.000 | QUE SE RATIFIQUE COMO PROPIETARIO EN UN 50% DEL INMUEBLE IDENTIFICADO CON MATRICULA 50N-20264319, INMUEBLE QUE PERTENECE A LA JURISDICCION DEL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTA, Y OSTENTA LA NOMENCLATURA CALLE 142 26-95. QUE SE DECLARE QUE ESTE INMUEBLE ES OBJETO DE POSECION IRREGULAR UNICA O CONTINUADA POR PARTE DEL IDU | F.P.I | FAVORABLE | FALLA: NEGAR LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA. | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
SOCIEDAD LA VIALIDAD LTDA | CONTRACTUAL | 1100133310342011- 0005200 | 66.712.115 | PRETENDE LA NULIDAD DE LA RESOLUCION 3228 DEL 17 DE SEPTIEMBRE DE 2008, Y 917 DEL 6 DE ABRIL DE 2009, 1967 DEL 12 DE JUNIO DE 2009, 3402 DEL 2 DE SEPTIEMBRE DE 2009 Y QUE SE CONDENE AL IDU A PAGAR $66.712.115. CONTRATO 111 DE 2007 | F.P.I | FAVORABLE | FALLA: NEGAR LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | ||
JOSE ROQUE CAMPO LOPEZ | CONTRACTUAL | 1100133317222011- 0010400 | RECONOCER LOS HONORARIOS EN CONCORDANCIA CON LA CATEGORIA ASESOR Y EL VALOR DE LOS HONORARIOS DEJADOS DE PERCIBIR. | F.P.I | FAVORABLE | FALLA: TENER COMO PROBADA LA EXCEPCION DE INEPTA DEMANDA, NEGANDO LAS PRETENSIONES | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
JOSE LEONIDAS GARCIA MORENO | REPARACION DIRECTA | 1100133310362011- 0021200 | 90.000.000 | ORDENAR AL IDU A PAGAR PERJUICIOS TANTO EN EL DAÑO EMERGENTE COMO EN EL LUCRO CESANTE, COMO TAMBIEN EN SUS PERJUICIOS MORALES POR EL CIERRE DEL PARQUEADERO DE LA CARRERA 10 NO, 7-84. | F.S.I | FAVORABLE | DESFAVORABLE | FALLA EN SEGUNDA INSTANCIA EL TRIBUNAL, CONDENANDO AL IDU A PAGAR POR LOS PERJUICIOS SUFRIDOS POR EL SEÑOR JOSE LEONIDAS GARCIA, EN RAZON A QUE SE AFECTO EL NEGOCIO (PARQUEADERO) DE PROPIEDAD DEL DEMANDANTE | PAGO DE LA CONDENA VALOR 25000000 | CUMPLIDA | DIANA SIMIJACA | |
WILLIAM ARTURO MORALES BERNAL Y OTROS | CONCILIACION EXTRAJUDICIAL | 2012-193 | 200.000.000 | DECLARAR CONTRACTUAL Y EXTRACONTRACTUALMENTE RESPONSABLE A LA PARTE DEMANDADA, POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A LA ACTORA, CON MOTIVOS DE LOS CARGOS ENDILGADOS EN HECHOS OCURRIDOS E DÍA (3) TRES DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010, FECHA EN QUE EL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO IDU, SE TOMÓ EL PREDIO OBJETO DE ESTE PROCESO DESPOJANDO A MI MANDATARIOS POR LAS VÍAS DE HECHO, SIN HABER MEDIADO LA CORRESPONDIENTE INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS, A PESAR DE QUE DE MANERA VERBAL REITERADAMENTE SE LE PUSO DE PRESENTE. | CONCILIACION | SIN ACUERDO CONCILIATORIO | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
PEDRO WILMAN BERNAL REY | CONCILIACION EXTRAJUDICIAL | 2013-00060 | 4.213.894 | SE REVOQUE LA RESOLUCION 3346 DE 2012 EXPEDIDA POR EL IDU POR LA CUAL SE DECLARA INSUBSISTENTE UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL. REINTEGRAR A PREDRO BERNAL EN EL EMPLEO QUE DESEMPEÑABA AL MOMENTO DEL RETIRO O EN OTRO IGUAL O SIMILAR CATEGORIA Y REMUNERACION DECLARANDOSELE LA NO SOLUCION DE CONTINUIDAD EN LA RELACION LABORAL PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES. | CONCILIACION | SIN ACUERDO CONCILIATORIO | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
ARISTIDES TRIANA DUARTE | TUTELA | 2013-00063 | SOLICITA SE LE PERMITA HACER ACUERDO DE PAGO DEL VALOR DE VALORIZACIÓN QUE ADEUDA EL PREDIO DE LA CARRERA 22 A NO 45-21 SUR DE BOGOTA D.C. IDENTIFICADO CON LA MATRICULA INMOBILIARIA 50 S 677791 DE LA OFICINA DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS. | FAVORABLE | SE NIEGA EL AMPARO CONSTITUCIONAL SOLICITADO | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | ||||
EDVER DEL RIO ROJAS | REPARACION DIRECTA | 110013336038- 20130010300 | 16.871.855 | DECLARAR QUE EL IDU ES RESPONSABLE POR LOS PERJUICIOS SUFRIDOS POR EL CONVOCANTE, CON MOTIVO DE LA FALLA DEL SERVICIO POR LA OMISION DEL DEBER DE MANTENIMIETO DE LA VIA PUBLICA Y LA OMISION DEL DEL TAPADO DEL HUECO A LA ALTURA DE LA AV. EL DORADO ENTRE CARRERAS 122 Y 123 DE LA CIUDAD DE BOGOTA, POR LA TRANSITABA EL CONVOCANTE Y QUE OCASIONO EL VOLCAMIENTO EL DIA 8 DE SEPT. DE 2011 A LAS 7 DE LA NOCHE. | TRANSACCION | EL APODERADO DEL DEMANDANTE DESISTE DE CONTINUAR DEMANDA CONTRA EL IDU; EN RAZÓN A QUE EL CONCESIONARIO OPAIN S.A SE HACE RESPONSABLE DE LOS DAÑOS SUFRIDOS POR EL SEÑOR EDVER EDMUNDO DEL RÍO. | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
OSCAR ALFREDO ALVARADO RUIZ | TUTELA | 110013335028- 20130033400 | EL SR. OSCAR ALFREDO ALVAREZ RUIZ TRABAJO COMO CONTRATISTA DESDE OCTUBRE 2008 HASTA FEBRERO 2013. EN JULIO DE 2012 SUFRIO UN ACCIDENTE CEREBRO VASCULAR POR LO QUE QUEDO CON SORDERA Y VERTIGO SEVERTO. LUEGO DE ESTO AL RENOVAR SU CONTRATO LE REDUJERON EL VALOR DE LOS HONORARIOS Y POSTERIOR A ESTO NO REVORARON MAS SU CONTRATO. SOLICITA INDEMNIZACION O REINTREGO | DESFAVORABLE | FAVORABLE | SE FALLA EN PRIMAERA INSTANCIA, ORDENANDOSE AL IDU A REINTEGRAR AL SEÑOR OSCAR ALVARADO; SIN EMBARGO EN SEGUNDA INSTANCIA, LOS CONSIDERANDOS SEÑALAN QUE LA ACCION DE TUTELA ES IMPROCEDENTE EN CUANTO EXISTEN OTROS MECANISMOS DE DEFENSA JUDICIAL, ASÍ LAS COSA REVOCA LA DECISIÓN DE PRIMERA INSTANCIA Y NIEGA EL AMPARO DE TUTELA | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
BANCO DE SANGRE FUNDACIÓN HEMATOLOGICA DE COLOMBIA FUHECO | TUTELA | 250002336000- 20130036701 | LA ESTACION DE POLICIA DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY VULNERO ABIERTA Y FLAGRANTEMENTE EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA IGUALDAD DE LA FUNDACION EN TANTO Y EN CUANTO NO LE PERMITIO REALIZAR ACTIVIDADES DE RECOLECCION DE SANGRE EN EL CENTRO COMERCIAL PLAZA DE LAS AMERICAS, PUESTO QUE NO SE TRATABA DE UN BANCO DE SANGRE PUBLICO. | FAVORABLE | FAVORABLE | SE DECLARA IMPROCEDENCIA DE LA ACCIÓN DE TUTELA | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
ROSA MAXIMILIANA MOLINA CORREA | TUTELA | 110014003033- 20130074500 | ZONA 3: QUE SE DE RESPUESTA A LAS PETICIONES PRESENTADAS POR LA ACCIONANTE DONDE REQUIERE LA INSTALACION DE ACOMETIDA DE AGUAS NEGRAS Y ARREGLO EXTERNO DE LAS MISMAS | DESFAVORABLE | FAVORABLE | EN SEGUNDA INSTANCIA FALLA: DENEGAR EL AMPARO DEPRECADO RESPECTO DEL IDU Y LA SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
JOSE HERNANDO NEVA AREVALO | TUTELA | 1100103150002013- 0169900 | CERRAMIENTO DE LAS BAHIAS DE LAS PLAZOLETAS SITUADAS EN LAS MANZANAS DETERMINADAS EN PLAN S.128/4-13 URBANIZACION LA ALHAMBRA SECTOR SUR MZI Y MZ1A UBICADAS EN LA CALLE 116 AVENIDA PEPE SIERRA ENTRE LAS CARRERAS 45 Y 47A DE LA CIUDAD DE BOGOTA. ACCION DE GRUPO 2009-00096 | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA SOLICITUD DE ACLARACIÓN EN CONTRA DE FALLO QUE RECHAZÓ LA ACCIÓN DE TUTELA POR IMPROCEDENTE; DISPUSO NEGAR LA SOLICITUD DE ACLARACIÓN PRESENTADA POR LA PARTE ACTORA RESPECTO DE LA SENTENCIA PROFERIDA POR ESTA CORPORACIÓN EL 24 DE SEPTIEMBRE DE 2013, ORDENA EL DESGLOSE DE LOS DOCUMENTOS APORTADOS COMO ELEMENTOS PROBATORIOS. | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
ELISEO BERNAL QUINTERO | TUTELA | 2500023410002013- 0189200 | LAS OBRAS DE LA LOCALIDAD DE SAN CRISTOBAL SE EJECUTARON EN EL JUGAR DONDE SE ENCUENTRA UBICADA MI CASA Y QUE CORRESPONDE A LA CALLE 37 1-15 SUR BARRIO LA COLMENA. SOLICITO AL SR. JUEZ DE TUTELA QUE CON BASE EN LOS ANTERIORES HECHOS Y COMO MEDIDA TRANSITORIA PARA EVITAR UN PERJUICIO IRREMEDIABLE COMO ES EVITAR UN DERRUMBE DE MI VIVIENDA, SE ME AMPARE O TUTELE MI DERECHO A LA PROPIEDAD PRIVADA ORDENANDO QUE SE ME RESPONDA POR PARTE DEL IDU FRENTE A LOS DAÑOS ANTIJURIDICOS QUE SE ME HAN OCASIONADO. | FAVORABLE | FAVORABLE | SE NIEGA POR IMPROCEDENTE | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
FISCALIA GRAL DE LA NACION | DENUNCIA | 2013-06609 | DELITO DE DAÑO EN BIEN AJENO POR DESTRUCCION DE UN BOLARDO UBICADO EN LA CARRERA 68 CON CALLE 3. BARRIO BOSQUE POPULAR DE LA LOCALIDAD DE ENGATIVA, EN HECHOS SUCEDIDOS EL PASADO 30 DE ABRIL DE 2013 RESULTANDO IMPUTADO POR ESTOS HECHOS LOS SEÑORES JHONNY ESTEBAN RODRIGUEZ MENDEZ Y JESUS ANTONIO LOAIZA MELO | TERMINACION PAGO | SE REMITE COPIA DE TÍTULO DE DEPÓSITO JUDICIAL POR EL CUAL SE PAGA A ORDEN DE LA ENTIDAD INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO (IDU) LA SUMA DE CIENTO VEINTISIETE MIL ($127.000.OO) PESOS, NO. DEPÓSITO A5394123 DEL BANCO AGRARIO DE COLOMBIA, POR CONCEPTO DE CAUCIONES- EXCARCELACIONES, CUYA CONSIGNACIÓN FUE REALIZADA POR EL SEÑOR JESUS ANTONIO LOAIZA MELO IDENTIFICADO CON NÚMERO DE CÉDULA 1.023.002.196. | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | ||||
EDVER DEL RIO ROJAS | CONCILIACION EXTRAJUDICIAL | 2013-17446 | 16.871.855 | DECLARAR QUE EL IDU ES RESPONSABLE POR LOS PERJUICIOS SUFRIDOS POR EL CONVOCANTE, CON MOTIVO DE LA FALLA DEL SERVICIO POR LA OMISION DEL DEBER DE MANTENIMIETO DE LA VIA PUBLICA Y LA OMISION DEL DEL TAPADO DEL HUECO A LA ALTURA DE LA AV. EL DORADO ENTRE CARRERAS 122 Y 123 DE LA CIUDAD DE BOGOTA, POR LA TRANSITABA EL CONVOCANTE Y QUE OCASIONO EL VOLCAMIENTO EL DIA 8 DE SEPT. DE 2011 A LAS 7 DE LA NOCHE. | CONCILIACION | SIN ACUERDO CONCILIATORIO | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
GLADYS MEDINA POMPEYO | CONCILIACION EXTRAJUDICIAL | 2013-27616 | 24.496.616 | REVOCAR LA RESOLUCION 2565 DE 2012 SEPTIEMBRE 18 EXPEDIDA POR EL IDU POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DECLARA INSUBSISTENTE UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL EXCLUSIVAMENTE EN SU ARTICULO 3 Y SOLO EN CUANTO ORDENA QUE DE ENTENDERA DECLARADO INSUBSISTENTE EL NOMBRAMIENTO DE GLADYS MEDINA POMPEYO | CONCILIACION | SIN ACUERDO CONCILIATORIO | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
JUAN ALEJANDRO GAMBOA PERALTA Y OTROS | CONCILIACION EXTRAJUDICIAL | 2013-60085 | 257.500.000 | ACCIDENTE OCURRIDO EL 5 DE DICIEMBRE DE 2012 EN LA AVENIDA VILLAVICENCIO CON CARRERA 57 SUR DE BOGOTA, DONDE MURIO DANIEL ALBERTO GAMBOA DIAZ, CUANDO CONDUCIA SU MOTOCICLETA DE PLACAS QTO 41C SE ENCONTRO DE FORMA INESPERADA CON UNOS ENORMES HUECOS EN LA VIA CARENTES DE CUALQUIER SEÑAL DE PELIGRO O ADVERTENCIA QUE LO HACE PERDER EL EQUILIBRIO, LANZANDOLO CONTRA LA PARTE TRASERA DEL VEHICULO DE PLACAS THL 070. | CONCILIACION | SIN ACUERDO CONCILIATORIO | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
CARLOS EDUARDO NEISA RAMIREZ | CONCILIACION EXTRAJUDICIAL | 2013-84902 | 393.361.850 | PREDIO UBICADO EN LA CARRERA 24 78-18 DE LA CIUDAD DE BOGOTA, CEDULA CATASTRAL 78 23 21 CHIP AAA00860JEP, MATRICULA INMOBILIARIA 50C-1369206 EL CUAL SE ENCUENTRA DE LOS PLANES PARA LA ELABORACION DE LA AV. COLOMBIA DESDE LA CALLE 76 HASTA LA AVENIDA MEDELLIN. CALLE 80.. NULIDAD DE LA RESOLUCION 2190 DEL 8 DE AGOSTO DE 2012 POR LA CUAL SE DETERMINA LA ADQUISION DEL INMUEBLE ENAJENACION VOLUNTARIA. RESOLUCION 572 DEL 1 DE MARZO DE 2013 POR LA CUAL SE ORDENA UNA EXPROPIACION POR VIA ADMINISTRATIVA. RT 39254. EL SOLICITANTE ESTA INCONFORME CON LA INDEMNIZACION OFRECIDA. | CONCILIACION | SIN ACUERDO CONCILIATORIO | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
ROSMIRA ISABEL MONTES Y OTROS | CONCILIACION EXTRAJUDICIAL | 2013-85777 | 144.880.450 | QUE SE ORDENE MODIFICAR LA RESOLUCION 5051 DEL 15 DE DICIEMBRE DE 2012 POR LA CUAL SE DETERMINA LA ADQUISICION DE UN INMBUEBLE POR VIA ADMINISTRATIVA DEL INMUEBLE UBICADO EN LA CA CRARRERA 24 76- 08 MATRICULA 50C-441264 Y SE REVISE EL VALOR INDEMNIZATORIOS. | CONCILIACION | SIN ACUERDO CONCILIATORIO | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
VIVANA MARCELA HERRERA PEÑA Y OTROS | CONCILIACION EXTRAJUDICIAL | 2013-91262 | 50.000.000 | ACCIDENTE POR HUECO UBICADO EN LA CALLE 170 QUE LOS HIZO CAER DEL VEHÍCULO (MOTO AKT-AK125) A GRAN VELOCIDAD OCASIONÁNDOLES NUMEROSAS LESIONES, | CONCILIACION | SIN ACUERDO CONCILIATORIO | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
NELSON ARMANDO MEDINA GONZALEZ | TUTELA | 2014-00006 | EL ACCIONANTE COMPRÓ UNA UNIDAD DE VIVIENDA EN EL AÑO 2009, EL PROPIETARIO DEL PREDIO UBICADO EN LA CALLE 78 SUR NO. 14 C - 72 DE MANERA ILEGAL ABRIO 6 VENTANAS EN LA PARTE LATERAL DE LA CONSTRUCCIÓN, LO QUE LE IMPIDE AL ACCIONANTE CONSTRUIR MÁS PISOS SOBRE SU PROPIEDAD. | TUTELA | FAVORABLE | FAVORABLE | FALLA: EN QUE DECLARA NO TUTELAR LOS DERECHOS INVOCADOS POR EL ACCIONANTE | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | ||
JOSE HERNANDO MARTINEZ GUERRERO | TUTELA | 1100140880242014- 0008300 | MANIFIESTA EL ACCIONANTE EN EL ESCRITO DE TUTELA QUE EL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO MEDIANTE RESOLUCIÓN 2559 DEL 18 DE SEPTIEMBRE DE 2012 ORDENA UNA EXPROPIACIÓN POR VÍA ADMINISTRATIVA, SOBRE UN LOTE DE TERRENO UBICADO DENTRO DEL BIEN INMUEBLE IDENTIFICADO CON EL FOLIO 50N-52302 DE LA OFICINA DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS ZONA NORTE, QUE SU ACTIVIDAD ECONÓMICA LA DESARROLLA EN UN LOTE DE ESE INMUEBLE EL CUAL LE FUE ARRENDADO POR EL SEÑOR JUAN SEBASTIAN AGUILAR, Y QUE A SU VEZ DESDE HACE VARIOS AÑOS SUSCRIBIÓ VARIOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO CON PERSONAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDADES COMERCIALES,. | TUTELA | FAVORABLE | FALLA IMPROCEDENCIA DE LA TUTELA | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
EDGAR IGNACIO VELASQUEZ PIÑEROS | TUTELA | 2014-00511 | RADICO DERECHO DE PETICION A LA SECRETARIA DE MOVILIDAD EL CUAL NO FUE RESUELTO DE FONDO, VINCULA AL IDU POR CONSIDERLO TERCERO INTERESADO EN EL RESULTADO DEL PROCESO. | TUTELA | FAVORABLE | NEGAR EL AMPARO SOLICITADO | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
CIVING INGENIEROS | TUTELA | 110013335028- 20140055200 | LA EMPRESA CIVING INGENIEROS CONTRATISTAS S EN C NIT. 860.451.253-1 FIRMO CON EL IDU CONTRATO 2166 DE 2013 OBRA DOÑA LILIANA. EL IDU VIOLO EL DEBIDO PROCESO EN LA IMPOSICION DE MULTA POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. | CTO 2166 DE 2013 | DESFAVORABLE | FAVORABLE | EN PRIMERA INSTANCIA SE ORDENA AMPARAR EL DERECHO AL DEBIDO PROCESO; A SU VEZ EL IDU INTERPONE RECURSO DE IMPUGNACIÓN, EL CUAL EN SEGUNDA INSTANCIA PROSPERA ORDENANDOSE QUE SE REVOQUE LA SENTENCIA PROFERIDA EL 29 DE SEPTIEMBR DE 2014 POR EL JUZGADO 28 ADTIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | ||
JOSE LIBARDO CASTELLANOS Y OTROS | TUTELA | 110010030122014- 0063100 | DERECHO VULNERADO POR LA PEATONALIZACION QUE SE VA A LLEVAR A CABO ENTRE LAS CALLES 7 A LA CALLE 26 CON CARRERA 7. INMUEBLE UBICADO EN LA CARRERA 7 12-54. | FAVORABLE | FAVORABLE | NEGAR EL AMPARO SOLICITADO | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
ALIRIO VILLALOBOS ORJUELA | TUTELA | 1100140030112014- 0135800 | AMPARAR DERECHO FUNDAMENTAL AL PATRIMONIO, A LA PROPIEDAD, A LA POSESION, A LA VIDA DIGNA Y MINIMO VITAL, QUE SE DEJE SIN VALOR LA ENTREGA DEL INMUEBLE UBICADO CALLE 127 87-49, MATRICULA 50N- 52302, ACTUALMENTE CURSA UN PROCESO DE DECLARACION DE PERTENENCIA CONTRA MALTA S.A. E INDETERMINADOS SOBRE EL MISMO ANTE EL JUZGADO 34 CIVIL DEL CIRCUITO 2014-00193. | FAVORABLE | FAVORABLE | NEGAR EL AMPARO SOLICITADO | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
GLORIA DEL SOCORRO MEJIA | TUTELA | 110010315000- 20140204500 | ACCION DE TUTELA DE GLORIA DEL SOCRRO MEJIA MEJIA CONTRA LA SALA DEL CONSEJO DE ESTADO POR LA SENTENCIA PROFERIDA EN LA ACCION CONTRACTUAL CON EL IDU EXPEDIENTE 2000-02251 | FAVORABLE | NIEGA EL AMPARO SOLICITADO | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | ||||
FISCALIA GRAL DE LA NACION | DENUNCIA | 110016000- 50201424602 | LA DIRECCION TECNICA DE INFRAESTRUCTURA, AL HACER SEGUIMIENTO A OBRAS PUBLICAS REALIZADAS CON EL CONTRATO 053 DE 2007 SE ESTABLECIO DAÑO Y/O INUTILIZACION DE LOS BIENES DE USO PUBLICO. MEDIANTE ESE CONTRATO SE REALIZO REHABILITACION DE LOS TRAMOS ROJOS DE LAS VIAS DE LA MALLA VIAL ARTERIAL, PRINCIPAL Y COMPLEMENTARIA CORRESPONDIENTE AL GRUPO VIII, AVENIDA CIUDAD DE VILLAVICENCIO Y AVENIDA LAS AMERICAS EN BOGOTA. | CTO 053 DE 2007 | TERMINADO ARCHIVO | ARCHIVO PROVISIONAL, POR CONDUCTA ATIPICA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 79 C.P.P | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
FISCALIA GRAL DE LA NACION | DENUNCIA | 110016000- 50201424661 | AL HACERLE SEGUIMIENTO A LAS OBRAS PUBLICAS REALIZADAS EN VIRTUD DEL CONTRATO 155 DE 2005 CUYO OBJETO ES CONSTRUCCION DE LOS CORREDORES PARA CICLORUTA ZONAL DE LA UNIDAD DE PLANEAMIENTO ZONAL UPZ 7 TIBABUYES EN LOCALIDAD DE SUBA EN BOGOTA. DAÑO PERSISTENTE HUNDIMIENTO PRESUNTAMENTE POR INTERVENCION DE TERCEROS, INTERVENCION DE REDES, HUNDIMIENTO ADOQUIN | CTO 155 DE 2005 | TERMINADO ARCHIVO | ARCHIVO PROVISIONAL, POR CONDUCTA ATIPICA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 79 C.P.P | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
FISCALIA GRAL DE LA NACION | DENUNCIA | 110016000- 50201424662 | EN SEGUIMIENTO A OBRAS DEL CONTRATO 227 DE 2004, SE ESTABLECIO DAÑO Y/O INUTILIZACION DE LOS BIENES DE USO PUBLICO, CUYO OBJETO ERA LA CONSTRUCCION, RAHABILITACION Y MANTENIMIENTO DE ACCESOS A BARRIOS UNIDOS, LA CANDELRIA, MARTIRES, RAFAEL URIBE URIBE, SANTA FE, TEUSAQUILLO Y TUNJUELITO EN BOGOTA, SE ENCONTRARON DAÑOS EN DICHAS OBRAS COMO HUNDIMIENTO OCASIONADO POR LA CAIDA DE AGUA PROVENIENTE DE LA CUBIERTE DEL PREDIO ALEDAÑO, ENTRE OTROS. | CTO 227 DE 2004 | TERMINADO ARCHIVO | ARCHIVO PROVISIONAL, POR CONDUCTA ATIPICA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 79 C.P.P | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
FISCALIA GRAL DE LA NACION | DENUNCIA | 110016000- 50201424663 | EN SEGUIMIENTO A OBRAS DEL CONTRATO 084 DE 2005, SE ESTABLECIO DAÑO Y/O INUTILIZACION DE LOS BIENS DE USO PUBLICO, CUYO OBJETO ERA CONTRATAR A PRECIOS UNITARIOS FIJOS CON FORMULA DE REAJUSTE, LAS OBRAS REQUERIDAS PARA LA CONSTRUCCION DE ACCESOS A BARRIOS Y PAVIMENTOS LOCALES GRUPO 1 LOCALIDADES DE USAQUEN, TUNJUELITO Y FONTIBON EN BOGOTA, SE ENCONTRARON DAÑOS EN DICHAS OBRAS COMO HUECOS OCASIONADOS POR LA ACCION DE TERCEROS CONOCIDOS DURANTE LA CONSTRUCCION DE APARTAMENTO EN LOTE ADYACENTE. | CTO 084 DE 2005 | TERMINADO ARCHIVO | ARCHIVO PROVISIONAL, POR CONDUCTA ATIPICA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 79 C.P.P | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
FISCALIA GRAL DE LA NACION | DENUNCIA | 110016000- 50201424665 | AL HACERLE SEGUIMIENTO A LAS OBRAS PUBLICAS REALIZADAS EN VIRTUD DEL CONTRATO 020 DE 2004 CUYO OBJETO ES LA CONSTRUCCION , REHABILITACION, Y CONSERVACION DE ACCESOS A BARRIOS Y PAVIMENTOS LOCALES PROGRAMA DE MEJORAMIENTO INTEGRAL DE BARRIOS EN LA LOCALIDAD DE BOSA GRUPO 1, SE ENCONTRARON DAÑOS COMO BOLARDOS DAÑADOS, DAÑOS EN EL ANDEN ENTRE OTROS. | CTO 020 DE 2004 | TERMINADO ARCHIVO | ARCHIVO PROVISIONAL, POR CONDUCTA ATIPICA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 79 C.P.P | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
FISCALIA GRAL DE LA NACION | DENUNCIA | 110016000- 50201424666 | EN SEGUIMIENTO A OBRAS DEL CONTRATO 158 DE 2005, SE ESTABLECIO DAÑO Y/O INUTILIZACION DE LOS BIENS DE USO PUBLICO, CUYO OBJETO ERA LA CONSTRUCCION DE LOS CORREDORES PARA LA CICLORUTA ZONAL DE LA UNIDAD DE PLANEAMIENTO ZONAL UPZ 82 PATIO BONITO EN LA LOCALIDAD DE KENNEDY EN GOGOTA CON FINANCIACION BANCO MUNDIAL, SE ENCONTRARON DAÑOS EN DICHAS OBRAS COMO HUNDIMIENTO EN ADOQUIN POR OBRA NUEVA. | CTO 158 DE 2005 | TERMINADO ARCHIVO | ARCHIVO PROVISIONAL, POR CONDUCTA ATIPICA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 79 C.P.P | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
FISCALIA GRAL DE LA NACION | DENUNCIA | 110016000- 50201424667 | AL HACERLE SEGUIMIENTO A LAS OBRAS PUBLICAS REALIZADAS EN VIRTUD DEL CONTRATO 057 DE 2004 CUYO OBJETO ES CONSTRUCCION Y CONSERVACION DE LA CICLORUTA Y ANDENES DE LA AVENIDA BOSA DESDE LA AGOBERTO MEJIA HASTA LA AUTOPISTA SUR EN BOGOTA. EL DAÑO ENCONTRADO FUE PERDIDA DE SELLO DEL ADOQUIN. | TERMINADO ARCHIVO | ARCHIVO PROVISIONAL, POR CONDUCTA ATIPICA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 79 C.P.P | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | ||||
FISCALIA GRAL DE LA NACION | DENUNCIA | 110016000- 50201424668 | EN SEGUIMIENTO A OBRAS DEL CONTRATO 209 DE 2003, SE ESTABLECIO DAÑO Y/O INUTILIZACION DE LOS BIENS DE USO PUBLICO, CUYO OBJETO ERA LLEVAR A CABO POR EL SISTEMA DE PRECIO GLOBAL FIJO LOS ESTUDIOS Y DISEÑOS, ACTUALIZACION DE ESTUDIOS Y DISEÑOS A PRECIOS UNITARIOS FIJOS LA CONSTRUCCION Y EL MANTENIMIENTO DE ACCESOS A BARRIOS Y PAVIMENTOS LOCALES PROGRAMA GESTION COMPARTIDA BARRIO JERUSALEN EN LA LOCALIDAD DE CIUDAD BOLIVAR. SE ENCONTRARON DAÑOS EN DICHAS OBRAS COMO PELADURAS OCASIONADAS POR EL ACOPIO DE MATERIAL PROVENIENTE DEL PREDIO EN CONSTRUCCION. | TERMINADO ARCHIVO | ARCHIVO PROVISIONAL, POR CONDUCTA ATIPICA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 79 C.P.P | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | ||||
FISCALIA GRAL DE LA NACION | DENUNCIA | 110016000- 50201424669 | EN SEGUIMIENTO A OBRAS DEL CONTRATO 227 DE 2004, SE ESTABLECIO DAÑO Y/O INUTILIZACION DE LOS BIENS DE USO PUBLICO, CUYO OBJETO ERA LA CONSTRUCCION, REHABILITACION Y MANTENIMIENTO DE ACCESOS A BARRIOS Y PAVIMENTOS LOCALES, PROGRAMA DE MEJORAMIENTO INTEGRAL DE BARRIOS GRUPO 3, LOCALIDADES ANTONIO NARIÑO, BARRIOS UNIDOS, CANDELARIA, MARTIRES, RAFAEL URIBE, SANTA FE, TEUSAQUILLO Y TUNJUELITO, SE ENCONTRARON DAÑOS EN DICHAS OBRAS COMO HUNDIMIENTO OCASIONADO POR LA CAIDA DE AGUA PROVENIENTE DE LA CUBIERTA DEL PREDIO EN CUESTION. | TERMINADO ARCHIVO | ARCHIVO PROVISIONAL, POR CONDUCTA ATIPICA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 79 C.P.P | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | ||||
FISCALIA GRAL DE LA NACION | DENUNCIA | 110016000- 50201424680 | LA DIRECCION TECNICA DE INFRAESTRUCTURA, AL HACER SEGUIMIENTO A OBRAS PUBLICAS REALIZADAS CON EL CONTRATO 086 DE 2005 SE ESTABLECIO DAÑO Y/O INUTILIZACION DE LOS BIENES DE USO PUBLICO. MEDIANTE ESE CONTRATO SE REALIZO CONSTRUCCION DE ACCESO A BARRIOS Y PAVIMENTOS LOCALES, PROGRAMA DE PAVIMENTOS LOCALES GRUPO 3, LOCALIDAD DE LOS MARTIRES, SAN CRISTOBAL, Y USME., DAÑOS DE INVASION DEL ESPACIO PUBLICO POR ESCOMBROS DE PREDIO BALDIO, HUECO Y PERDIDA DE ELEMENTOS DE OBRA , EL DAÑO ES PRODUCIDO POR EL PREDIO UBICADO EN LA CARRERA 58 BIS ESTE 92-34 SU | TERMINADO ARCHIVO | ARCHIVO PROVISIONAL, POR CONDUCTA ATIPICA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 79 C.P.P | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | ||||
FISCALIA GRAL DE LA NACION | DENUNCIA | 110016000- 50201424682 | EN SEGUIMIENTO A OBRAS DEL CONTRATO 027 DE 2009, SE ESTABLECIO DAÑO Y/O INUTILIZACION DE LOS BIENS DE USO PUBLICO, CUYO OBJETO ERA LA CONSTRUCCION DE ANDENES FALTANTES DE LA CALLE 77 AVENIDA CALLE 85 ENTRE AVENIDA PASEO EL COUNTRY AK 16 Y AVENIDA GERMAN ARCINIEGAS AK 11 Y CONSTRUCCION DE ANDENES DE LA CALLE 71 ENTRE CARRERAS 15 Y 14, SE ENCONTRARON DAÑOS EN DICHAS OBRAS. | TERMINADO ARCHIVO | ARCHIVO PROVISIONAL, POR CONDUCTA ATIPICA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 79 C.P.P | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | ||||
FISCALIA GRAL DE LA NACION | DENUNCIA | 110016000- 50201424683 | EN SEGUIMIENTO A OBRAS DEL CONTRATO 065 DE 2008, SE ESTABLECIO DAÑO Y/O INUTILIZACION DE LOS BIENS DE USO PUBLICO, CUYO OBJETO ERA REALIZAR ESTUDIOS, DISEÑOS, CONSTRUCCION Y REHABILITACION DE VIAS LOCALES, PROGRAMA ADOQUINA TU CUADRA EN LAS LOCALIDADES DE BOSA, KENNEDY Y FONTIBON DE BOGOTA GRUPO 1, SE ENCONTRARON DAÑOS EN DICHAS OBRAS. | TERMINADO ARCHIVO | ARCHIVO PROVISIONAL, POR CONDUCTA ATIPICA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 79 C.P.P | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
FISCALIA GRAL DE LA NACION | DENUNCIA | 110016000- 50201424684 | AL HACERLE SEGUIMIENTO A LAS OBRAS PUBLICAS REALIZADAS EN VIRTUD DEL CONTRATO 083 DE 2008 CUYO OBJETO ES CONSTRUCCION Y REHABILITACION DE VIAS EN VARIAS LOCALIDADES DE BOGOTA GRUPO 2 LOCALIDAD DE XXXXXXX.XX ENCONTRARON VARIOS DAÑOS EN LA OBRA. | TERMINADO ARCHIVO | ARCHIVO PROVISIONAL, POR CONDUCTA ATIPICA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 79 C.P.P | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | ||||
FISCALIA GRAL DE LA NACION | DENUNCIA | 110016000- 50201424685 | EN SEGUIMIENTO A OBRAS DEL CONTRATO 027 DE 2009, SE ESTABLECIO DAÑO Y/O INUTILIZACION DE LOS BIENS DE USO PUBLICO, CUYO OBJETO ERA LA CONSTRUCCION DE ANDENES FALTANTES DE LA CALLE 77 AVENIDA CALLE 85 ENTRE AVENIDA PASEO EL COUNTRY AK 16 Y AVENIDA GERMAN ARCINIEGAS AK 11 Y CONSTRUCCION DE ANDENES DE LA CALLE 71 ENTRE CARRERAS 15 Y 14, SE ENCONTRARON DAÑOS EN DICHAS OBRAS. | CTO 027 DE 2009 | TERMINADO ARCHIVO | ARCHIVO PROVISIONAL, POR CONDUCTA ATIPICA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 79 C.P.P | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
FISCALIA GRAL DE LA NACION | DENUNCIA | 110016000- 50201424686 | LA DIRECCION TECNICA DE INFRAESTRUCTURA, AL HACER SEGUIMIENTO A OBRAS PUBLICAS REALIZADAS CON EL CONTRATO 73 DE 2008 SE ESTABLECIO DAÑO Y/O INUTILIZACION DE LOS BIENES DE USO PUBLICO. MEDIANTE ESE CONTRATO SE REALIZO REHABILITACION DE LOS TRAMOS ROJOS DE LAS VIAS DE LA MALLA VIAL ARTERIAL, PRINCIPAL Y COMPLEMENTARIA CORRESPONDIENTE AL GRUPO VIII, AVENIDA CIUDAD DE VILLAVICENCIO Y AVENIDA LAS AMERICAS EN BOGOTA. | CTO 73 DE 2008 | TERMINADO ARCHIVO | ARCHIVO PROVISIONAL, POR CONDUCTA ATIPICA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 79 C.P.P | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
FISCALIA GRAL DE LA NACION | DENUNCIA | 110016000- 50201424687 | AL HACERLE SEGUIMIENTO A LAS OBRAS PUBLICAS REALIZADAS EN VIRTUD DEL CONTRATO 128 DE 2006 CUYO OBJETO ES INTERVENCION INTEGRAL A LA MALLA VIAL FASE 1, GRUPO 2 LOCALIDAD DE SUBA, SE ENCONTRARON DAÑOS. | CTO 128 DE 2006 | TERMINADO ARCHIVO | ARCHIVO PROVISIONAL, POR CONDUCTA ATIPICA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 79 C.P.P | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
FISCALIA GRAL DE LA NACION | DENUNCIA | 110016000- 50201424688 | AL HACERLE SEGUIMIENTO A LAS OBRAS PUBLICAS REALIZADAS EN VIRTUD DEL CONTRATO 116 DE 2005 CUYO OBJETO ES AMPLIACION Y REHABILITACION DE LA AUTOPISTA AL LLANO ENTRE EL CAI YOMASA Y EL INICIO DE LA CONCESION BOGOTA VILLAVICENCIO EN EL TRAMO COMPRENDIDO ENTRE K1 575 A K5 324 EN BOGOTA. SE ENCONTRARON DAÑOS COMO HUNDIMIENTO ADOQUIN DE CONCRETO. | CTO 116 DE 2005 | TERMINADO ARCHIVO | ARCHIVO PROVISIONAL, POR CONDUCTA ATIPICA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 79 C.P.P | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
FISCALIA GRAL DE LA NACION | DENUNCIA | 110016000- 50201424690 | CONSTRUCCION VIAS LOCALES DE LA URBANIZACION TORRES DEL FERROCARRIL, OBRAS EJECUTADOS BAJO CONTRATO 043 DE 2009. UNA VEZ EFECTUADAS LAS VISITAS Y EVALUADOS LOS DAÑOS SE EVIDENCIAN LOSETAS DE CONCRETO SUELTAS IMPUTABLE AL ALMACEN DE MOTOS TRIUMPH, AUSENCIA DE BOLARDO PRODUCTO DE UN GOLPE FRENTE A PARQUEADERO DE DESCARGA DE ALMACEN AMERICANA DE COLCHONES, DAÑO DE SARDINEL FRENTE A ENTRADA DE OBRA EN CONSTRUCCION, AUSENCIA DE BOLARDO PRODUCTO DE GOLPE FRENTE A ENTRADA BAHIA HOTEL REGENCY, AUSENCIA DE BOLARDO FRENTE A RESTAURANTE MISTER LEE, AUSENCIA DE BOLARDO FRENTE A ACADEMIA DE DANZA. MEMORANDO 20143750005763 | CTO 043 DE 2009 | TERMINADO ARCHIVO | ARCHIVO PROVISIONAL, POR CONDUCTA ATIPICA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 79 C.P.P | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
FISCALIA GRAL DE LA NACION | DENUNCIA | 110016000- 50201424691 | LA DIRECCION TECNICA DE INFRAESTRUCTURA, AL HACER SEGUIMIENTO A OBRAS PUBLICAS REALIZADAS CON EL CONTRATO 056 DE 2005 SE ESTABLECIO DAÑO Y/O INUTILIZACION DE LOS BIENES DE USO PUBLICO. MEDIANTE ESE CONTRATO SE REALIZO CONSTRUCCION Y CONSERVACION DE LA CICLORUTA Y ANDENES DE LA AVENIDA AGOBERTO MEJIA DESDE LA CALLE 42 SUR HASTA LA AV. BOSA EN BOGOTA. EL DAÑO CONSISTE EN BOLARDOS FALTANTES POR ACCION DE INTERVENCION DEL ANDEN POR PARTE DE LOS DUEÑOS DEL PREDIO DE LA AV. AGOBERTO MEFIA 51-25 SUR | CTO 056 DE 2005 | TERMINADO ARCHIVO | ARCHIVO PROVISIONAL, POR CONDUCTA ATIPICA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 79 C.P.P | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
FISCALIA GRAL DE LA NACION | DENUNCIA | 110016000- 50201424692 | AL HACERLE SEGUIMIENTO A LAS OBRAS PUBLICAS REALIZADAS EN VIRTUD DEL CONTRATO 118 DE 2006 CUYO OBJETO ES CONSTRUCCION DE ACCESO A BARRIOS Y PAVIMIENTOS LOCALES, PROGRMA DE PAVIMENTOS LOCALES GRUPO 3, LOCALIDADES DE ENGATIVA Y BARRIOS UNIDOS EN BOGOTA Y SE ENCONTRARON DAÑOS COMO HUNDIMIENTO DE ADOQUIN OCASIONADO POR LA CAIDA DE AGUA PROVENIENTE DE LA CUBIERTA DEL PREDIO ENTRO OTROS | CTO 118 DE 2006 | TERMINADO ARCHIVO | ARCHIVO PROVISIONAL, POR CONDUCTA ATIPICA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 79 C.P.P | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
FISCALIA GRAL DE LA NACION | DENUNCIA | 110016000- 50201424696 | EN REVISION DE LAS OBRAS EJECUTADAS CON EL CONTRATO 056 DE 2004 CUYO OBJETO CONTRACTUAL FUE CONSTRUCCION Y CONSERVACION DELA CICLORUTA Y ANDENES DE LA AVENIDA AGOBERTO MEJIA DESDE LA CALLE 42 SUR HASTA LA AVENIDA BOSA EN BOGOTA. SE ENCONTRARON LOS SIGUIENTES DAÑOS: HUNDIMIENTO DE ADOQUIN DE ARCILLA AL LADO DE CAJA DE INSPECCION., HUNDIMIENTO DE ADOQUIN POR CAIDA DE AGUAS LLUVIAS DEL PREDIO CON PLACA 42 C 74 SUR | CTO 056 DE 2004 | TERMINADO ARCHIVO | ARCHIVO PROVISIONAL, POR CONDUCTA ATIPICA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 79 C.P.P | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
FISCALIA GRAL DE LA NACION | DENUNCIA | 110016000- 50201424697 | EN REVISION DE LAS OBRAS EJECUTADAS CON EL CONTRATO 268 DE 2004 CUYO OBJETO CONTRACTUAL FUE CONSTRUCCION Y CONSERVACION PARA VIAS DE RUTAS ALIMENTADORAS DEL SISTEMA TRANSMILENIO ZONA 1 GRUPO 1 EN BOGOTA. SE ENCONTRARON LOS SIGUIENTES DAÑOS: DAÑO PERSISTENTE QUE CONSISTE EN PERDIDA DE ELEMENTOS DE OBRA Y ADOQUINES SOBRE EL ANDEN NO. 1 POR INVASION DEL ESPACIO PUBLICO. | CTO 268 DE 2004 | TERMINADO ARCHIVO | ARCHIVO PROVISIONAL, POR CONDUCTA ATIPICA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 79 C.P.P | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | |||
FISCALIA GRAL DE LA NACION | DENUNCIA | 110016000- 50201424698 | EN REVISION DE LAS OBRAS EJECUTADAS CON EL CONTRATO 157 DE 2005 CUYO OBJETO CONTRACTUAL FUE CONSTRUCCION, REHABILITACION Y CONSERVACION DE RUTAS ALIMENTADORAS DEL SISTEMA TRANSMILENIO ZONA 2 GRUPO 2 EN BOGOTA CON FINANCIACION DEL BANCO MUNCIAL. SE ENCONTRARON LOS SIGUIENTES DAÑOS: DAÑO PERSISTENTE IDENTIFICADO EN ESTA VISITA CONSISTENTE EN HUECO, PRESUNTAMENTE RESPONSABILIDAD DE TERCEROS CONOCIDOS. | CTO 157 DE 2005 | TERMINADO ARCHIVO | ARCHIVO PROVISIONAL, POR CONDUCTA ATIPICA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 79 C.P.P | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
OLGA LUCIA PEREZ MENDIETA Y OTROS | CONCILIACION EXTRAJUDICIAL | 2014-29830 | EL DÍA 26 DE JUNIO DE 2013, IVÁN DAVID PÉREZ MENDIETA COMO CONDUCTOR DE LA MOTOCICLETA MARCA SUZUKI, MODELO 2008 DE PLACAS BXK89, VIAJABA POR LA AVENIDA VILLAVICENCIO (O CALLE 43 SUR) CON CARRERA 88 C, DEL BARRIO MARGARITAS DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY DE LA CIUDAD DE BOGOTÁ, CUANDO COLISIONÓ AL AUTOMÓVIL TAXI MARCA HYUNDAI ATOS, MODELO 2010, DE PLACAS VFD 605 QUE SE DESPLAZABA EN LA MISMA DIRECCIÓN Y EL CUAL REALIZÓ UN PROCESO DE FRENADO AL TRATAR DE ESQUIVAR UN HUECO UBICADO EN EL CARRIL IZQUIERDO DE LA VIA, EL CUAL NO ESTABA SEÑALIZADO. | CONCILIACION | SIN ACUERDO CONCILIATORIO | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | ||||
JAIRO MORALES FRANCO Y OTROS | CONCILIACION EXTRAJUDICIAL | 54339 | DECLARAR EXTRACONTRACTUALMENTE RESPONSABLE A LOS DEMANDADOS POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A LOS DEMANDANTES CON MOTIVOS DE LA EXPROPIACION POR VIAS DE HECHOS DEL TERRENO DE CARACTESTICAS PLANAMENTE DETERMINADOS EN HECHOS CONOCIDOS EL 02 DE AGOSTO DE 2011, CUANDO FUE SOLICITADO EL CERTIFICADO DE TRADICION Y LIBERTAD DEL INMUEBLE CON MATRICULA INMOBILIARIA NO. 50N-261260 Y ESTE APARECIO MODIFICADO Y EN SU ANOTACION SEGUNDA APARECE LA EAAB-ESP COMO PROPIETARIA | CONCILIACION | SIN ACUERDO CONCILIATORIO | N/A | N/A | DIANA SIMIJACA | ||||
Jose Eliberto Salazar Zuluaga | Ordinario - Pertenencia | 110013103017200600 310-00 | Que se declare que el demandante adquirio por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio, el derecho real de dominio del inmueble urbano denominado lote # 4 de la manzana 56 urbanización cañada situado en la Carrera 13 con calle 49 a sur. | FPI | FAVORABLE | Negar las pretensiones de la demanda, declara termindao proceso, sin costas en el proceso. | FREDDY RONDÓN DÍAZ | |||||
Leasing de Credito s.a Helm Financial Services | Nulidad y restablecimiento | 110013337041201300 163-00 | $3,678,000,00 | Se declare la nulidad del acto administrativo que asigno el cobro de valorizacion acuerdo 180 de 2005, del predio ubicado en la carrera 13 29-17 local 141 de la manzana 1 del parque central bavaria , matricula inmobiliaria 50c-1423907. | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | Confirma la decisión de primera instancia que declaró probada la excepción de caducidad y termina proceso. | FREDDY RONDÓN DÍAZ | |||
Edwin Javier Bustos Ibarra | Ordinario Laboral | 110013105023201300 512-00 | $141,000,000 | Que el IDU es beneficiario y dueño de la obra contratada con colombo hispanica ltda mendiante contrato 069 de 2008. Que el idu es solidariamente responsable en el pago de prestaciones e indemnizaciones. Proceso 2012-00356 de edwin javier bustos ibarra contra colombo hispanica ltda. | contrato 069-2008 | RD | FAVORABLE | Termina Proceso por desistimiento. | FREDDY RONDÓN DÍAZ | |||
Eliseo bernal Quintero | Tutela | 110013336024201300 798-01 | Predio ubicado en la calle 37 1-15 sur barrio la colmena y se vio gravemente afectado por la obra de la localidad de san Cristóbal en ejecución del contrato 77 de 2006. Solicita reparación de su vivienda. | FPI | FAVORABLE | Niega por improcedente | FREDDY RONDÓN DÍAZ | |||||
Gabriel Gerardo Rivera Rivera | Tutela | 110014003045201400 056-01 | El alcalde construyo un campamento uso vivienda humana en la plaza pública en el mes de diciembre 2013 hasta hoy desacatando la sentencia t-772 del consejo de estado, y a la corporación cafeluces no le quieren regular los espacios públicos de los ejes de la sentencia t-772 del honorable consejo de estado, comprendidos entre la plaza de bolívar hasta la calle 26 y sus dos plazas públicas como lo reza en los artículos del decreto 456 del 11 de octubre tenemos que presentar un macro proyecto para verificar si es viable o no y el alcalde no hizo ningún estudio como lo ordena el decreto. | FPI | FAVORABLE | Niega por improcedente | FREDDY RONDÓN DÍAZ | |||||
Maria del Pilar Cortes | Tutela | 110014003034201400 102-01 | Se declare que los habitantes del barrio la magdalena de la ciudad de Bogotá tienen derecho al uso del puente construido por la eaab, el cual es la vía de acceso al barrio y por consiguiente no se puede obstruir el paso. Que la sra. María del pilar cortes Hernández, tiene derecho a la libre circulación y movilidad, por consiguiente tiene derecho al uso de la vía que tiene ingreso al barrio. | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | Confirma la decisión de primera instancia ; Niega | FREDDY RONDÓN DÍAZ | ||||
Eduviges Romero Medina | Tutela | 110014003070201400 399-01 | La Señora Eduviges Romero Medina Interpone Acción De Tutela Contra La Uaecd, Idu Por Considerar Que Se Le Ha Vulnerado Su Derecho Fundamental De Petición Durante El Trámite De Su Solicitud | FPI | FAVORABLE | Negar por improcedente la acción de tutela. | FREDDY RONDÓN DÍAZ | |||||
Inversiones Grano de Oro S.A. | Tutela | 110014003019201400 477-01 | El accionante radicó derecho de petición 20145260906882 el 13 de junio de 2014 y a la fecha no ha sido contestado, vulnera el derecho fundamental de petición. | FPI | FAVORABLE | Niega acción por Hecho superado. | FREDDY RONDÓN DÍAZ | |||||
Omar Bernardino Garzón | Tutela | 110012203000201400 646-01 | Que se devuelvan los dineros pagados por parte del idu, como resultado de la expropiación 2001-0101 y 2001-0200 que fueron conocimiento del juzgado 11 y 9 civil del circuito de Bogotá respectivamente. | FPI | FAVORABLE | Niega acción impetrada por accionante. | FREDDY RONDÓN DÍAZ | |||||
Conjunto Residencial Parque 53 PH | Tutela | 110013103003201400 711-01 | La apoderada del conjunto residencial parque 53 propiedad horizontal, solicita conceder la acción de tutela de los derechos fundamentales a la vida, en conexidad con el derecho a la salud, a la vivienda digna y a la dignidad humana, debido a que pese a la peticiones y quejas presentadas ante las autoridades y entidades privadas , y al no haberse proferido un pronunciamiento sobre el particular, así como tampoco un pronunciamiento sobre el particular, así c se han impartido soluciones concretas, lo que pone en riesgo la vida de los que allí habitan, solicita respetuosamente se adelanten de manera efectiva y eficaz los estudios técnicos y administrativos a los que haya lugar, dirigidas a cesar la vulneración de los derechos de la comunidad. | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | Se confirma la sentencia que el 3 de octubre de 2014 profirio el juzgado 3 civil del Circuito de Bogotá. | FREDDY RONDÓN DÍAZ | ||||
Yenny Constanza Gutierrez | Tutela | 110014003072201401 129-01 | Vulneración al derecho al trabajo y a la vida digna, con la peatonalización que se va llevar a cabo desde la calle 7 hasta la calle 26 con carrera 7. Predio ubicado en la carrera 7 12-54 local 6 y 7d | FPI | FAVORABLE | Negar la acción de tutela | FREDDY RONDÓN DÍAZ | |||||
Luis Ignacio Ortigoza Torres | Tutela | 110014009069201500 021-01 | Que se pronuncien respecto a la no consignación de los dineros de devolución contribución valorización, predio ubicado en la calle 86 95d03 bl. 4 ap 105. | FPI | FAVORABLE | NEGAR por carencia actual de objeto la acción de tutela promovida por el ciudadano LUIS IGNACIO ORTIGOZA TORRES | FREDDY RONDÓN DÍAZ | |||||
Luis Arturo Gutierrez Y otro | 110013335020201500 034-00 | Mediante radicado 20145261714372 se solicitó hacer rectificaciones sobre cobro valorización eje 15 y 5 y no se ha dado respuesta de fondo. Predio ubicado en la diagonal 124 86-06 | FPI | FAVORABLE | FAVORABLE | FALLO NIEGA TUTELA, CONFIRMA DECISIÓN DEL JUZGADO 20 ADMINISTRATIVO DE BOGOTÁ. | FREDDY RONDÓN DÍAZ | |||||
Clemencia Sarmiento de Huertas | 110013109037201500 062-01 | Que Se Cancele El Valor Correspondiente A La Expropiación Del Predio Calle 183 11-70 Y 11-62 Sin Que Tenga Que Iniciar Un Proceso De Pertenencia. | FPI | FAVORABLE | Declara Improcedente la acción de Tutela. | FREDDY RONDÓN DÍAZ | ||||||
Consorcio Fawcett- Assignnia | 110014003006201500 218-01 | Suspender de manera provisional mientras se falla de fondo la correspondiente acción contractual y se pronuncia el arbitraje técnico pactado en la cláusula 29 del contrato solicitado a la sociedad colombiana de ingenieros, toda actuación administrativa que conlleve a declarar el incumplimiento del contrato y de imponer la multa que taso el 23 de abril de 2015 en 1.897.607.892.29. Contrato 1638 de 2013. | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | Confirmar en todas y cada una de sus partes del fallo de fecha 19 de mayo de 2015, proferido por el juzgado 6° Civil Municipal | FREDDY RONDÓN DÍAZ |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
Jacqueline Rojas Burgos | 110013103016201500 235-01 | El Accionante El 6 De Marzo De 2015 Radico Derecho De Petición 20155260300912 Y No Ha Sido Resuelto De Fondo. | FPI | FAVORABLE | Negar el amparo constitucional deprecado por la accionante. | FREDDY RONDÓN DÍAZ | ||||||
Julian Ricardo Garcharna Rodriguez y otros | 110014003064201500 274-01 | Que Se Haga La Respectiva Devolución De Contribución De Valorización Acuerdo 180 De 2005 Y Acuerdo 523 De 2013, Predio Ubicado En La Carrera 91 125 B 30 Suba, Aaa0128weaw, Matrícula 50n-279784 | FPI | FAVORABLE | Declarar improcedente la acción de tutela interpuesta por los accionantes | FREDDY RONDÓN DÍAZ | ||||||
HERNANDEZ CEBALLOS DORA ALIX | ACCIÓN DE TUTELA | 110014003036201301 260-01 | N.A | TUTELAR EL DERECHO AL BUEN NOMBRE Y AL DEBIDO PROCESO, Y ORDENAR AL IDU QUE REVOQUE TODAS LAS DECISIONES RELACIONADAS CON EL CONTRATO DE PRESTACION DE SERIVICIOS PROFESIONALES 1385 DE 2012. IGUALMENTE ORDENAR SE CORRIJA LOS ERRORES COMETIDOS EN EL PROCESO ADMINISTRATIVO DE DECLARACION DE INCUMPLIMIENTO DEL CITADO CONTRATO PARA QUE PROCEDA A REHACER LA ACTUACION OBSERVANDO EL DEBIDO PROCESO Y DERECHOS DE DEFENSA Y CONTRADICCION DE SER NECESARIOS. | FPI | DESFAVORABLE | SE TUTELA EL DERECHO DE PETICION DE LA ACCIONANTE | SE DA CUMPLIMIENTO | MONICA JANNETT FERNANDEZ | |||
PRECIADO MUÑOZ Y COMPAÑIA LTDA | ACCIÓN DE TUTELA | 110010315000201302 252-01 | SE REVOQUEN O SE DECLAREN SIN EFECTO LAS PROVIDENCIAS DEL 16 MAYO 2013 Y EL 10 DE OCTUBRE DE 2012 PROFERIDAS POR LA SECCION TERCERA SUBSECCION B DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO Y LA DEL 29 DE NOVIEMBRE DE 2011 PROFERIDA POR EL JUZGADO 32 ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BOGOTA POR LAS CUALES NEGARON LA INDEMNIZACION ECONOMICA A MI PODERDANTE COMO CONSECUENCIA DE LOS PERJUICIOS CAUSADOS POR LA OPERACION ADMINISTRATIVA, TRADUCIDA EN LA EXPROPIACION DEL INMUEBLE DE PROPIEDAD DE LA SEÑORA RUTH MARINA MUÑOZ EN EL CUAL FUNCIONABA EL ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO FUNERARIA J PRECIADO B. DE PROPIEDAD DE LA ACCIONANTE. INMUEBLE UBICADO EN LA AVENIDA CALLE 80 82-71-73 DE BOGOTA. EXPEDIENTE 2008-00103 | FPI | FAVORABLE | SE NIEGA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS SOLCITADOS | MONICA JANNETT FERNANDEZ | |||||
CEPEDA SANTAMARIA ERNESTO | ACCIÓN DE TUTELA | 110014003020140054 6-00 | SE ORDENE AL IDU SUBSANAR EL AUTO 5554 DEL 23 DE ABRIL DE 2014 POR EL CUAL SE INADMITE UNA SOLICITUD DE DEVOLUCION PREDIO 50S- 40098399 POR MUERTE DEL DUEÑO DEL INMUEBLE. | FPI | FAVORABLE | SE NIEGA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS SOLCITADOS | MONICA JANNETT FERNANDEZ | |||||
SANCHEZ CARRILLO DIANA MARCELA | ACCIÓN DE TUTELA | 110012204000201401 291-00 | POR VIOLACION DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES AL DEBIDO PROCESO ADMINISTRATIVO, IGUALDAD DE OPORTUNDAD DE ACCESO AL TRABAJO POR CONCURSO DE MERITO, ORDENE AL IDU PROCEDER EN FORMA INMEDIATA A EFECTUAR NOMBRAMIENTO DEL REGISTRO DEFINITIVO DE ELEGIBLES OBTENIDO COMO RESULTADO DEL CONCURSO PUBLICO DE MERITOS PARA PROVEER CARGOS EN EL CARGO DE LA CONVOCATORIA 001 DE 2005, Y SU CONSECUENTE POSESION EN EL CARGO DE SECRETARIO EJECUTIVO CODIGO 425 GRADO 03. | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | SE NIEGA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS SOLCITADOS | MONICA JANNETT FERNANDEZ | ||||
BARRETO MONROY MARIA DEL CARMEN | REPARACION DIRECTA | 110013331036201100 219-00 | 200.000.000 | DECLARAR AL IDU RESPONSABLE DE LOS PERJUICIOS PATRIMONIALES Y EXTRAPATRIMONIALES CAUSADOS A LA DEMANDANTE AL CAERSE DE UN PUENTE PEATONAL UBICADO EN LA CALLE 26 CON CARRERA 39 EL DIA 25 DE DICIEMBRE DE 2009, CAUSANDOLE LESIONES EN SU CABEZA CON SECUELAS POSTERIORES. | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | SE NIEGA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS SOLCITADOS | MONICA JANNETT FERNANDEZ | |||
PEÑA CRISANTO GILBERTO | ACCIÓN DE TUTELA | 110014003016201400 029-00 | N.A | SEGUN EL DECRETO 5965 DE 2006 DISPONE QUE SERAN BENEFICIARIOS DEL COMPONENTE ECONOMICO DEL PLAN DE GESTION SOCIAL ELABORADO CON BASE EN LA ACTIVIDAD ECONOMICA DE VIDRIERIA QUE DESARROLLE Y QUE FUE INCLUIDO CON EL CENSO ENUNCIADO EN EL RT 36347 Y QUE NO FUI OBJETO DE RECONOCIMIENTO ECONOMICO DE MI LOCAL UBICADO EN LA CALLE 5 9-94 UNIDAD RESIDENCIAL QUE ABARCABA DOS LOCALES A PESAR DE ESTAR DEBIDAMENTE CENSADO POR LA OFICINA DE GESTION SOCIAL, POR EL HECHO DE PERDER MI SITIO DE TRABAJO Y TENER DERECHO A LA INDEMNIZACION OTORGADA POR LA ALCALDIA MAYOR Y EL IDU | FPI | FAVORABLE | SE NIEGA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS SOLCITADOS | MONICA JANNETT FERNANDEZ | ||||
MALDONADO RIAÑO ANA YANETH | ACCIÓN DE TUTELA | 110014003018201301 522-00 | EL ACCIONANTE A SOLICITADO EN REPETIDAS OCASIONES A CODENSA QUE SE RETIRE UN POSTE DE LUZ UBICADO FRENTE DE LA CASA A 46 CMS DE DISTANCIA DE LA PUERTA DE LA CASA Y FRENTE A LA VENTANA. A LA FECHA NO HA SIDO RETIRADO. | FPI | DESFAVORABLE | MONICA JANNETT FERNANDEZ | ||||||
SEGUREXPO SEGUROS DE CREDITO Y CUMPLIMIENTO | CONTRACTUAL | 250002326000201101 396-00 | 38.276.397.648 | DECLARAR QUE LAS SOCIEDADES TECNOLOGIA E INGENIERIA AVANZADA S.A., DE C.V. CONDUX S.A. DE C.V., MEGAPROYECTOS S.A., MAQUINARIA E INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES S.A.S. MAINCO S.A., BITACORA SOLUCIONES COMPAÑIA LTDA EN LIQUIDACION JUDICIAL, TRANSLOGISTIC S.A. EN LIQUIDACION JUDICIAL INCUMPLIERON LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO DE OBRA NO. 137 DE 2007, DURANTE EL LAPSO TRANSCURRIDO ENTRE SU CELEBRACION Y LA CESION DEL CONTRATO. | IDU 137-2007 | FPI | FAVORABLE | SE DECLARA LA NULIDAD DEL PROCESO. | MONICA JANNETT FERNANDEZ | |||
BIENES Y COMERCIO S.A. | NULIDAD Y RESTABLECIMIENT O | 110013337041201200 062-00 | N.A | CONTRIBUCION DE VALORIZACION PREDIO DENOMINADO LA MAGOLA . RESOLUCION 49023 DEL 01/12/2010 QUE RESOLVIO INCORPORAR Y ASIGNAR CONTRIBUCION DE VALORIZACION AL PREDIO DENOMINADO LA MAGOLA POR VALOR DE $44.886.195. RESOLUCION 49860 DEL 7 DE MARZO DE 2011 QUE RESOLVIO EL RECURSO DE RECONSIDERACION. | FSI | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | Se declara la nulidad de las Resoluciones Nos. 49023 de 1 de diciembre de 2010 y 49860 de 7 de marzo de 2012, actos mediante los cuales el lDU incorporó y asignó contribución por valorización al predio "LA MAGO. La sociedad BIENES y COMERCIO S.A. no está obligada a pagar la contribución de valorización asignada en los actos administrativos que se anulan. | NO COBRAR LA CONTRIBUCIÓN AL DEMANDANTE | MONICA JANNETT FERNANDEZ |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
ORJUELA PEÑA RICARDO ANTONIO | ACCIÓN DE TUTELA | 110012205000201300 459-00 | SE TUTELE EL DERECHO A LA LIBRE, SEGURA Y EXCLUSIVA MOVILIDAD EN LOS ANDENES Y VIAS DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA, CONMINAR A LAS AUTORIDADES LOCALES A SUSPENDER Y NUNCA MAS VOLVER A LA CONSTRUCCION DE CICLOVIAS, OBSTACULOS, RAMPAS INADECUADAS, PARQUEOS Y PUESTOS DE VENTA EN ANDENES QUE OBSTACULIZAN EL PEATON EN SU LIBRE MOVILIDAD Y SE DESPLAZA A LAS CALZADAS QUE SON DE VEHICULOS EN LAS VIAS URBANAS. | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | SE NIEGA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS SOLCITADOS | MONICA JANNETT FERNANDEZ | ||||
RODRÍGUEZ GUTÍERREZ INGRID - MENESES GALLARDO GLORIA AMPARO -- MUÑÓZ GÓMEZ SANDRA LILIANA | ACCIÓN DE TUTELA | 110013109037201400 081-00 | N.A | LAS ACCIONANTES INDICAN QUE SE LE VULNERAN LOS DERECHOS AL TRABAJO, LA PAZ, Y LA TRANQUILIDAD, TODA VEZ QUE SE VA A LLEVAR A CABO ENTRE LAS CALLES 7 A LA CALLE 26 CON CRA 7. INDICA QUE ES UN EMPLEADO DE LOS LOCALES COMERCIALES UBICADOS EN LA CRA 7 NO. 12- 54 LOCAL_ Y E 20 DE BOGOTÁ, Y SIENDO TRABAJADORES Y SIN NINGÚN TIPO DE APOYO PARA LA MANUTENCIÓN DE NUESTROS MENORES HIJOS QUE EN LA ACTUALIDAD SE ENCUENTRAN ESTUDIANDO, LO QUE SIGNIFICA QUE CON EL CIERRE DE LA VÍA EN ESTOS MOMENTOS VULNERARIA EL INGRESO AL MÍNIMO VITAL QUE DEPENDE DE SU TRABAJO PARA EL NÚCLEO FAMILIAR. (¿) ADICIONALMENTE SE DEBE TENER EN CUENTA AL MALESTAR QUE ESTO OCASIONA A LA ZONA, FRENTE AL FOCO DE INSEGURIDAD, ES EL ARRAIGO DE PERSONAS (HABITANTES DE CALLE), CONSUMIDORES DE DROGAS, CUYO A ATRACTIVO ES SUSTRAER LOS MATERIALES DE OBRA (¿) INDICA QUE REQUIERE DE CARÁCTER URGENTE LA INTERVENCIÓN DEL JUEZ CONSTITUCIONAL, PUES LAS ACCIONADAS NO HICIERON UN PLAN DE CONTINGENCIA, NI MESAS DE CONCENTRACIÓN | FPI | FAVORABLE | SE NIEGA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS SOLCITADOS | MONICA JANNETT FERNANDEZ | ||||
CORTES PINILLA GUILLERMO | ACCIÓN DE TUTELA | 110010301920140052 0-00 | PREDIO UBICADO EN LA CALLE 80 81A-02 RESTAURANTE PESCADERIA EL VELERO MATRICULA 050-0649272, SOLICITO SE AMPARE MI DERECHO A LA PROPIEDAD EN CONEXION CON EL DEBIDO PROCESO ACORDE CON LO SEÑALADO EN ESTA TUTELA, ORDENANDO QUE SE ME PERMITA EL LIBRE USO DE PROPIEDAD PRIVADA Y QUE ADEMAS SE PROCEDA A SANEAR EL PROCESO QUE CURSA EN EL JUZGADO 9 CIVIL DE EJECUCION, REALIZANDO UN SECUESTRO DONDE ES Y NO EN EL PREDIO VECINO. | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | SE NIEGA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS SOLCITADOS | MONICA JANNETT FERNANDEZ | ||||
GRISALES SKINNER ALONSO | ACCIÓN DE TUTELA | 110014003003201500 146-00 | TOMAR LAS MEDIDAS NECESARIAS INMEDIATAS PARA LA EJECUCION DE LAS OBRAS DE PAVIMENTACION SOBRE LAS DOS CUADRAS CRA 45B CALLE 182 Y CRA 45C CALLE 82 SUR, CON EL FIN DE SOLUCIONAR FILTRACIONES DE AGUAS LLUVIAS Y HUMEDALES DENTRO DE LOS PREDIOS HABITADOS, AL IGUAL QUE EVITAR EPIDEMIAS, ENFERMEDADES DE LOS NIÑOS Y PERSONAS DE LA 3 EDAD. | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | SE NIEGA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS SOLCITADOS | MONICA JANNETT FERNANDEZ | ||||
VILLAMIZAR BERBESI LIGIA | NULIDAD Y RESTABLECIMIENT O | 2003-07286 | 15.000.000 | SALARIOSE DECLARE QUE EL IDU OBRÓ COMO EMPLEADOR MEDIANTE CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A TÉRMINO INDEFINIDO A PARTIR DEL 18 DE JULIO DE 1996 HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 1998 POR TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO Y EN CONSECUENCIA LE SEAN CANCELADOS SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES. | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | Declara probada excepción de caducidad. | ADRIANA JAQUELINE PINZON HERNANDEZ - FUNCIONARIA | |||
SEGUROS DEL ESTADO S.A. -- CONCIV LTDA | EJECUTIVO | 2001-01946 | 5.677.588 | PAGO - DEUDASE LIBRE MANDAMIENTO DE PAGO, CORRESPONDIENTE AL VALOR DE LA GARANTIA UNICA DE CUMPLIMIENTO EN SU AMPARO DE ESTABILIDAD POLIZA 9484111 - MODIFICATORIO 400467 CONTRATO 425/94 | Contrato 425/1994 | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | Termina Proceso por Pago de Obligación. | ADRIANA JAQUELINE PINZON HERNANDEZ - FUNCIONARIA | ||
MARTÍNEZ HUARTOS JAVIER ALFONSO | REPARACION DIRECTA | 2002-00781 | 103.467.505 | CUMPLIMIENTO - SENTENCIA JUDICIAL -- DECLARACIÓN -- PAGO - PERJUICIOS MATERIALES -- PAGO - PERJUICIOS MORALES -- REPARACIÓN -- RESPONSABILIDAD - ADMINISTRATIVA -- RESPONSABILIDAD - PERJUICIO MATERIAL -- RESPONSABILIDAD - PERJUICIO MORALQUE SE DECLARE QUE EL DISTRITO CAPITAL - IDU, OCUPÓ ILEGAL Y PERMANENTEMENTE EL TERRENO UBICADO EN LA CARRERA 1A. NO. 60-64 INTERIOR 1 Y DIAGONAL 60 BIS NO. 1-50 DEL DEPTO ADMINISTRATIVO DE CATASTRO DISTRITAL DE 103.32 M2. | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | DICTO 03-04-2014. REVOCAR LA SENTENCIA PROFERIDA POR EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SALA DE DESCONGESTIÓN EL VEINTISÉIS (26) DE ENERO DE 2005, Y EN SU LUGAR NEGAR LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA POR LAS RAZONES EXPUESTAS EN ESTA !PROVIDENCIA. SIN CONDENA EN COSTAS. EN FIRME ESTA PROVIDENCIA ENVÍESE EL EXPEDIENTE AL TRIBUNAL DE ORIGEN PARA LO DE SU CARGO, PREVIAS LAS ANOTACIONES DE RIGOR. | ADRIANA JAQUELINE PINZON HERNANDEZ - FUNCIONARIA |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
LA VIALIDAD LTDA - P.I.V. LTDA -- COMPAÑIA MUNDIAL DE SEGUROS S.A. -- LA VIALIDAD LTDA | EJECUTIVO | 2005-00381 | 168.527.328 | PAGO - DEUDAE LIBRE MANDAMIENTO DE PAGO POR LA OCURRENCIA DEL SINIESTRO CUBIEROT POR LA GARANTIA UNICA DE CUMPLIMIENTO A0027076 DEL 6 DE MARZO DE 2000, EN SU AMPARO DE CALIDAD. CONTRATO 126 DE 2000. | Contrato 126 de 2000. | FSI | DESFAVORABLE | MEDIANTE PROVIDENCIA DEL 27 DE AGOSTO DE 2014- SE DISPONE : LEVANTAR LA SUSPENSION DEL PRESENTE PROCESO QUE POR PREJUDICALIDAD HABIA SIDO DECLARADA MEDIANTE PROVIDENCIA DEL 23 DE JUNIO DE 2009. DECLARAR TERMINADO EL PROCESO DE LA REFERENCIA POR INEXISTENCIA DEL TITULO EJECUTIVO. EJECUTORIADA LA PRESENTE PROVIDENCIA, POR SECRETARIA ARCHIVESE EL PRESENTE PROCESO, REALIZANDO LAS RESPECTIVAS ANOTACIONES DEL CASO. | ADRIANA JAQUELINE PINZON HERNANDEZ - FUNCIONARIA | |||
JUANCAMAR Y CIA | REPARACION DIRECTA | 2001-02805 | 584.331.674 | PAGO - INDEMNIZACIÓN -- PAGO - PERJUICIOS MATERIALES -- REPARACIÓN - RESPONSABILIDAD - ADMINISTRATIVASE DECLARE ADMINISTRATIVAMENTE RESPONSABLES A LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ Y AL IDU DE LOS PERJUICIOS MATERIALES POR DAÑO EMERGENTE Y LUCRO CESANTE OCASIONADOS A LA SOCIEDAD JUANCAMAR Y JUAN GUILLERMO SÁNCHEZ OCAMPO (ESTACIÓN DE SERVICIO MOBIL "LA POLITA")CON LAS OBRAS DEL EJE AMBIENTAL DE LA AVENIDA JIMÉNEZ | FSI | FAVORABLE | CON EL CUAL EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCIÓN TERCERA, SALA DESCONGESTIÓN, DECIDIÓ: DENEGAR LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA; DECLARAR NO PROBADAS LAS EXCEPCIONES PROPUESTO, SALVO LA DE FALTA DE LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA POR PASIVA DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ; SIN CONDENA EN COSTAS. | ADRIANA JAQUELINE PINZON HERNANDEZ - FUNCIONARIA | ||||
ROSAS VALENCIA MAURICIO -- MARTINEZ RAMIREZ FELIX JULIO -- HERRERA GONZALO ALFONSO -- FERNANDEZ FERRATO OVIDIO -- MARTINEZ GUTIERREZ RAFAEL - BOLIVAR VARGAS ZULMA ANDREA -- MENDOZA RESTREPO MERY -- MONROY USECHE GERMAN GUSTAVO - SEGUROS DEL ESTADO S.A. -- CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS CIVILES LTDA -- DIAZ ALVAREZ MARCO ANTONIO -- CREINCO LTDA - WILLY PATRICK BELZNER SALAZAR | ORDINARIO LABORAL | 2005-01073 | 4.080.000 | SALARIODECLARAR QUE ENTRE LA UNIÓN TEMPORAL GERMON -C&PC-MAC Y LOS DEMANDADOS EXISTIERON SENDOS CONTRATOS DE TRABAJO DE DURACIÓN POR LA LABOR CONTRATADA. CONDENAR A LOS DEMANDADOS CANCELAR A LOS DEMENDANTES POR CONCEPTO DE PRESTACIONES SOCIALES (CESANTIAS,INTERESES DE CESANTIAS), VACACIONES ADEUDADAS, SOBRESUELDOS,PRIMAS DE SERVICIOS ADEUDADAS, INDEMNIZACIÓN MORATIRIA POR EL NO PAGO DE LOS SALARIOS. LP - DTMV 019-2001. | Contrato 019 de 2001 | FSI | DESFAVORABLE | Pago Seiscientos ochenta Millones de Pesos ($680.000.000). | Proceso Ejecutivo por Mil doscientos Millones de PESOS | ADRIANA JAQUELINE PINZON HERNANDEZ - FUNCIONARIA | ||
MENDOZA RAMIREZ ERNESTO | REPARACION DIRECTA | 2001-00465 | 241.792.000 | REPARACIÓNPAGO PERJUICIOS MORALES Y MATERIALES A TÍTULO DE DAÑO EMERGENTE Y LUCRO CESANTE POR POR EL CIERRE DE PARQUEADERO EN LA AVENIDA JIMÉNEZ NO. 4-81. OBRA EJE AMBIENTAL DE LA AVENIDA JIMÉNEZ. | FSI | FAVORABLE | MEDIANTE PROVIDENCIA DEL HONORABLE CONSEJO DE ESTADO SE RESUELVE:REVOCAR LA SENTENCIA APELADA, ESTO ES LA PROVIDENCIA PROFERIDA POR EL TRIBUNAL ADMNISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCION TERCERA SALA DE DESCONGESTION, EL 24 DE AGOSTO DE 2004. COMO CONSECUENCIA DE LA ANTERIOR DECLARACION DENEGAR LA TOTALIDAD DE LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA SIN CONDENA EN COSTAS. | ADRIANA JAQUELINE PINZON HERNANDEZ - FUNCIONARIA |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
MUÑOZ CAMPOS LUIS ALBERTO | ACCIÓN POPULAR | 2003-02486 | 0 | DERECHO COLECTIVO -- DERECHO COLECTIVO - ESPACIO PÚBLICO -- RECONOCIMIENTO - INCENTIVO ECONÓMICO -- ESPACIO PÚBLICO - ANDENES SOLICITA LA PROTECCIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO, Y REQUIERE QUE SE ERRADIQUE LA INVASIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO EN LA CALLE 85 NO. 10-46 | NO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA | NO | NO | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | |
PEDRO EDUARDO SANCHEZ CASTILLO - CASA TORO S.A. -- CASA TORO S.A. | NULIDAD Y RESTABLECIMIENT O | 2004-01092 | 836.286.085 | QUE ES NULO EL ART. 2º DE LA RESOLUCION 8283/04 EXPEDIDA POR EL DTDP EN CUENTO SEÑALO EQUIVOCADA Y ERRONEAMENTE LA SUPERFICIE Y EL MONTO DE LA INDEMINZACION QUE DEBE PAGAR A LA SOCIEDAD DEMANDANTE POR EL TERRENO OBJETO DE EXPROPIACION. QUE DEBE PAGAR A TITULO DE INDEMINZACION UNA SUMA EQUIVALENTE AL AUTO AVALUO CATASTRAL DE LA PARTE DEL PREDIO OBJETO DE LA EXPROPIACION. | NO | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | PRIMERO.- DECLÁRANSE no probadas las excepciones propuestas por el Instituto de Desarrollo Urbano, IDU. SEGUNDO.- INHfBESE para pronunciarse sobre la legalidad de la Resolución No. 9028 de 1 de octubre de 2003, proferida por la Directora General del Instituto de Desarrollo Urbano, IDU. TERCERO.- DECLÁRASE la nulidad parcial del articulo segundo de la Resolución No. 8283 de 23 de julio de 2004 y, en consecuencia, CUARTO.- ORDÉNASE al INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, que sustituya el registro topográfico No. 31698 de mayo de 2003 para que aparezca un área de 2.773.7649 metros cuadrados, lo que deberá quedar consignado en el articulo primero de la Resolución No. 8283 de 23 de julio de 2004. | SI | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | |
ESTUDIOS TÉCNICOS Y ASESORÍA S.A. - ETA | CONTRACTUAL | 2008-00176 | 95.642.466 | INCUMPLIMIENTO - DE CONTRATO EL IDU Y LA SOCIEDAD DE ESTUDIOS TECNICOS Y ASESORIAS S.A., SUSCRIBIERON CONTRATO DE CONSULTORIA Nº IDU-295 DE 2003 CUYO OBJETO FUE PARA EL CONTRATISTA, REALIZAR LA CONSULTORIA PARA EL MONITOREO ALA INSTRUMENTACION GEOTECNICA SECTOR CALLE 63 POR AVENIDA CIRCUNVALAR, CON PLAZO DE EJECUCION DE ONCE (11) MESES. EN EL MES DE JULIO DE 2005, LA EMPRESA INTERVENTORA INGEMETRICA LTDA., PRESENTA AL IDU EL INFORME DE INCUMPLIMIENTOS DE ETA S.A., EN CUYO PUNTO 2.2.2., TITULADO OBLIGACIONES INCUMPLIDAS CONSIGNÓ QUE EL CONTRATISTA INCUMPLIO LOS TERMINOS DE REFERENCIA, INCUMPLIÓ CON EL PROGRAMA DE TRABAJO E INCUMPLIÓ CON EL MANUAL DE INTERVENTORIA, ENTRE OTROS. POR LO TANTO, SOLICITA SE DECLARE QUE LA SOCIEDAD ETA S.A., INCUMPLIO EL CONTRATO DE CONSULTORIA IDU-295 DE 2003 Y QUE COMO CONSECUENCIA DE LA ANTERIOR DECLARATORIA, SE LE CONDENE AL PAGO DE LOS PERJUICIOS MATERIALES CAUSADOS CON OCASION DEL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. | 295-2003 | FAVORABLE | FAVORABLE | NO | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | ||
CICON INGENIEROS CONTRATISTAS S.A | CONTRACTUAL | 2010-00263 | 0 | NULIDAD - RESOLUCIÓN SOBRE INCUMPLIMIENTO CONTRATO QUE SE DECLARE LA NULIDAD DE LA RESOLUCION NO. 1818 DEL 8 DE JUNIO DE 2009 EXPEDIDA POR EL IDU POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA QUE LA SOCIEDAD CICON S.A. EN DESARROLLO DE LA EJECUCION DEL CONTRATO IDU-BM-153 DE 2005, DURANTE EL PERIODO DE RESPONSABILIDAD INCURRIO EN INCUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES CONTRACTUALES. QUE SE DECLARE LA NULIDAD DE LA RESOLUCION 3592 DEL 14 DE SEPTIEMBRE DE 2009 POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVEN LOS RECURSOS DE REPOSICION INTERPUESTOS POR EL CONTRATISTA Y LA ASEGURADORA Y SE CONFIRMA EN TODAS SUS PARTES LA RESOLUCION 1818 DE 2009 | 153-2005 | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA | NO | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | |
RODRIGUEZ CASTAÑEDA SANDRA YAMILE -- CONSTRUCCIONES CIVILES S.A. CONCIVILES | ORDINARIO LABORAL | 2006-00047 | 0 | SALARIO REINTEGRO AL CARGO, PAGO DE SALARIOS,REAJUSTES SALARIALES, PAGO DE INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTO. | NO | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | ORDENA PAGO | SI | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | |
PROCAFECOL S.A. | ACCIÓN POPULAR | 2009-00370 | 0 | DERECHO COLECTIVO - LIMITACIONES FÍSICA COMUNIDAD LA FUNDACION PROTEGER DEMANDA CON EL FIN DE QUE EL ESTABLECIMIENTO CAFE VALDES HAGA LAS ADECUACIONES RESPCTIVAS EN LA ENTRADA DE ACCESO AL ESTABLECIMIENTO Y ADECUACIONES ENN LOS BAÑOS PARA LAS PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA | NO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA | NO | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | |
SANTAMARIA CARMEN ODILIA -- VARELA ARDILA CRISTINA DE PRAGA | RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACT UAL | 2011-00093 | 1.829.554.428 | RESPONSABILIDAD - CIVIL EXTRACONTRACTUAL ECLARAR RESPONSABLE PATRIMONIALMENTE AL IDU POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS PATRIMONIALES DAÑO EMERGENTE Y LUCRO CESANTE Y EXTRAPATRIMONIALMENTE DAÑO MORAL SUBJETIVO, DAÑO A LA VIDA DE RELACION Y DAÑO AL PROYECTO DE VIDA CAUSADOS POR LA EXPROPIACION, MEDIANTE RESOLUCION 10249 DE 30 DE OCTUBRE DE 2002 DEL INMUEBLE UBICADO EN LA CARRERA 37 NO. 78-85 IDENTIFICADO CON MATRICULA INMOBILIARIA 50C-10362 | NO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA | NO | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
ZULUAGA ARCILA JOSE OSWALDO | PROCESO ABREVIADO - VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO EXPROPIACIÓN | 2011-00552 | - | CUMPLIMIENTO ERIFICACION CUMPLIMIENTO EXPROPIACION INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE 9 12-56 A 12-72 CARRERA 12A 9-38 A 9-50 DE ESTA CIUDAD CEDULA CATASTRAL 9-11-19 Y MATRICULA INMOBILIARIA 50C- 836044 | NO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA | NO | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | ||
ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | ||||||||||||
IRIZARRI BARRETO ALFREDO | ACCIÓN POPULAR | 2009-00219 | 0.0 | DERECHO COLECTIVO - LIMITACIONES FÍSICA COMUNIDAD SE DECLARE QUE EL IDU ES ADMINISTRATIVA Y EXTRACONTRACTUALMENTE RESPONSABLE DE LA MUERTE DEL SEÑOR DANIEL ALBERTO PRIETO HURTADO POR EL MAL ESTADO DE LA VIA EN LA AV CALLE 26 CON CRA. 69 EN SENTIDO OCCIDENTE-ORIENTE | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA | NO | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | |||
TAFUR GALVIS LUIS FERNANDO | ACCIÓN DE TUTELA | 2013-00447 | 0.0 | PETICIÓN RADICO DERECHO DE PETICION 20135260334182 Y 20135260560562 EL 15 DE MARZO DE 2013 Y A LA FECHA NO HA SIDO CONTESTADO DE FONDO. | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | TUTELA EL DERECHO DE PETICION | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | ||||
SANCHEZ ARNULFO - BARBOSA ACOSTA LUIS EDUARDO -- HERNANDEZ CUBILLOS RODRIGO - HERNANDEZ MEDINA PAULA ANDREA -- MEDINA GOMEZ CLEOTILDE - HERNANDEZ MEDINA JULIA EDID - HERNANDEZ MEDINA RODRIGO LEANDRO | REPARACION DIRECTA | 2008-00211 | 230.750.000 | CUMPLIMIENTO - SENTENCIA JUDICIAL -- DAÑO EMERGENTE -- LUCRO CESANTE -- PAGO - PERJUICIOS MATERIALES -- PAGO - PERJUICIOS MORALES -- REPARACIÓN -- RESPONSABILIDAD - ADMINISTRATIVA -- DECLARACIÓN - RESPONSABILIDAD SOLIDARIA | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | ||||
INFRAESTRUCTURA NACIONAL LTDA | ACCIÓN DE TUTELA | 2013-01021 | 0.0 | PETICIÓN EL DEMANDANTE PRESENTO A LA ENTIDAD ESCRITOS 20135260816072, Y NO FUE CONTESTADO POR EL IDU | FAVORABLE | fAVORABLE | NIEGA TUTELA | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | ||||
AYALA REAL LUZ MIRIAM | ACCIÓN POPULAR | 2010-00130 | 0.0 | DERECHO COLECTIVO - DEFENSA BIENES PÚBLICOS -- DERECHO COLECTIVO - ESPACIO PÚBLICO ANDENES INDEMNIZACION POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS MATERIALES E INMATERIALES QUE LE FUERON INFRINGIDOS, CON OCASION DEL ACCIDENTE SUFRIDO POR LA CONVOCANTE CUANDO SE ENCONTRABA CRUZANDO UNA VIA POR EL PASO PEATONAL, EL 4 DE ENERO DE 2011 Y EN CUAL TIENE RESPONSABILIDAD LA ADMINISTRACION A TRAVES DE LA ENTIDAD CONVOCADA. | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | |||
HINCAPIE MOLINA MARIO | CONTRACTUAL | 1999-00719 | 125.000.000 | CONTRATO L DEMANDANTE PRETENDE LA NULIDAD DE LA RESOLUCI¢N 086 DEL 2 DE FEBRERO DE 1999 MEDIANTE LA CUAL SE ADJUDICO LA LICITACI¢N PUBLICA IDU LP SSEP-034 A LA FIRMA CONSTRUCTEC. CUYO OBJETO FUE LA CONSTRUCCI¢N DE ANDENES DE LA AVENIDA JIM¿NEZ ENTRE CARRERA 10 HASTA LA AVENIDA CARACAS. POR CONSIDERAR QUE NO SE TUVO EN CUENTA EN DEBIDA FORMA LA EXPERIENCIA CALIFICADA DE ALGUNOS PROFESIONALES ASIGN NDOLES MENOS PUNTOS DE LOS ESTABLECIDOS EN LOS PLIEGOS DE CONDICIONES, VIOLANDO AS¡ EL PRINCIPIO DE LA TRANSPARENCIA. | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | |||
INMUEBLES Y FINANZAS LTDA | CONTRACTUAL | 1996-02092 | 150.000.000 | INCUMPLIMIENTO - DE CONTRATO SE DECLARE EL INCUMPLIMIENTO DE LA PROMESA DEL CONTRATO 020/91 SUSCRITO POR EL IDU CON EL DEMANDANTE PARA LA COMPRAVENTA DE UN INMUEBLE AFECTADO POR LA AV. BOSA POR AV.AGOBERTO MEJIA. RECLAMA $150.000.000 CORRESPONDIENTES A LOS PERJUICIOS DE MORA EN EL PAGO DEL SEGUNDO CONTADO DEL PRECIO CONVENIDO. | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | |||
INMUEBLES Y FINANZAS LTDA | ACCIÓN DE TUTELA | 2013-01069 | 0.0 | QUE SE DEJE SIN EFECTOS LA SENTENCIA DEL 4 DE ABRIL DE 2013 DENTRO DEL PROCESO 1996-02092, COMO CONSECUENCIA DE LO ANTERIOR, SE ORDENE DICTAR SENTENCIA DE REEMPLAZO DONDE SE REALICE EN FORMA ADECUADA EL CONTEO DEL TERMINO DE CADUCIDAD DE LA ACCION, TENIENDO EN CUENTA PARA ESE FIN QUE LA FECHA A PARTIR DE LA CUAL SE REALIZA EL CONTEO DEL TERMINO DE CADUCIDAD DE LA ACCION ES A PARTIR DEL 28 DE JULIO DE 1994 | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA TUTELA | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | |||
BERNAL REY PEDRO WILMAN | NULIDAD Y RESTABLECIMIENT O | 2010-00314 | 18.882.160 | NULIDAD DECLARAR LA NULIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO CONTENIDO EN EL OFICIO STRH-516 DE FEBRERO 12 DE 2010, EXPEDIDO POR EL SUBDIRECTOR TECNICO DE RECURSOS HUMANOS DEL IDU, POR EL CUAL ORDENA MI RETIRO, Y CONSECUENCIALMENTE A TITULO DE RESTABLECIMIENTO DE MI DERECHO VIOLADO, ORDENAR AL IDU EL REINTEGRARME EN EL EMPLEO QUE DESEMPEÑABA EN EL MOMENTO DEL RETIRO O A OTRO DE IGUAL O SIMILAR CATEGORIA Y REMUNERACION, DECLARANDOSE LA NO SOLUCION DE CONTINUIDAD EN LA RELACION LABORAL PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES. | FAVORABLE | DESFAVORABLE | REVOCA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA Y ACCEDE A LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | |||
OCAMPO SUAREZ ENITH MIREYA | ACCIÓN DE TUTELA | 2012-00537 | 0.0 | PETICIÓN E ORDENE AL ELIDU PROCEDA A PAVIMENTAR LA TOTALIDAD DE LA TRANSVERSAL 80A | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA TUTELA | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
RUBIEL OCAMPO MARIN -- QUINTANA GARCIA PABLO E. | REPARACION DIRECTA | 1996-13159 | 677.000.000 | QUE LOS DEMANDADOS SON CIVIL Y ADMINISTRATIVAMENTE RESPONSABLES POR LA AFECTACI¢N Y SUS SECUELAS DEL LOTE DE LA CALLE 65 NO 95¦-59 DESDE EL A¤O DE 1974. Y COMO CONSECUENCIA SE LE CONDENE AL PAGO DE LOS PERJUICIOS MATERIALES SUFRIDOS DURANTE LA AFECTACI¢N. | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | |||
CONINSA RAMON H S.A. | CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL | 2013-08281 | 2.339.924.492 | RESPONSABILIDAD - PERJUICIO MATERIAL | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | ||||||
PRIETO RIVERA HERNANDO ANTONIO -- FORERO DE HURTADO ALICIA -- HURTADO DE PRIETO BERTILDA | REPARACION DIRECTA | 2008-00119 | 221.836.800 | REPARACIÓN SE DECLARE QUE EL IDU ES ADMINISTRATIVA Y EXTRACONTRACTUALMENTE RESPONSABLE DE LA MUERTE DEL SEÑOR DANIEL ALBERTO PRIETO HURTADO POR EL MAL ESTADO DE LA VIA EN LA AV CALLE 26 CON CRA. 69 EN SENTIDO OCCIDENTE-ORIENTE. | DESFAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | |||
URREGO NEIRA ELEAZAR -- MONROY USECHE GERMAN GUSTAVO - SEGUROS DEL ESTADO S.A. -- UT GERMAN -- CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS CIVILES LTDA -- DIAZ ALVAREZ MARCO ANTONIO | ORDINARIO LABORAL | 2004-00034 | 80.766.730 | PAGO - SALARIOS E DECLARE LA EXISTENCIA DE UN INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE TRABAJO POR PARTE DEL EMPLEADOR POR NO HABER AFILIADO AL DEMANDANTE AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES, QUE SE DECLARE QUE LAS PERSONAS NATURALES Y JURIDICAS QUE HACINA PARTE DE LA U.T. GERMAN-CYP-MAD E IDU ESTAN SOLIDARIAMENTE OBLIGADOS EN RELACION CON LA INNDEMNIZACION DE LOS PERJUICIOS QUE SE DEMANDAN. | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | ALLO CONFIRMA LA SENTENCIA APELADA. ORDENA A SEGUROS DEL ESTADO HACER EFECTIVA LA POLIZA SUSCRITA. | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | |||
FRANCO GOMEZ ANIBAL | ACCIÓN DE TUTELA | 2012-02027 | 0.0 | QUE SE DEJE SIN EFECTO LA ILEGAL SENTENCIA DE OCTUBRE 19 DE 2011 DICTADA POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SECCION TERCERA SUBSECCION C Y HECHO LO ANTERIOR SE PROCEDA A DECIDIR EL RECURSO DE APELACION IMPETRADO POR LA ACTORA, REMPLAZADO EN PRIMER GRADO CON UNA NUEVA SENTENCIA EN LA QUE SE ACOJAN LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA. | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA TUTELA | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | |||
ROYAL Y SUN ALLIANCE SEGUROS S.A. | ACCIÓN DE TUTELA | 2014-00248 | 0.0 | PETICIÓN REDIO UBICADO EN LA CRA 24 76-20 EN LA CIUDAD DE BOGOTA CHIP AAA0086OMZM MATRICULA 50C-1094504, SOLICITO AL IDU HACER UN AVALUO COMERCIAL CON ESTUDIOS DE MERCADO ACTUAL QUE SE COMPROBABLE, JUSTO COMO LO DICE LA NORMA, ES DECIR QUE ADELANTE SUS GESTIONES DE MANERA ADECUADA PRONTA Y JUSTA. | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA TUTELA | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | |||
HURTADO DE PRIETO BERTILDA | ACCIÓN DE TUTELA | 2014-00062 | 0.0 | IGUALDAD -- TRABAJOSE SIRVA REVOCAR LA SENTENCIA DEL 7 DE NOVIEMBRE DE 2013 PROFERIDA POR EL TRIBUNAL Y ORDENAR LA EMISION DE UN NUEVO FALLO 2008-00119 | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA TUTELA | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | |||
MOLINA MARLENE -- MOLINA APONZA IRMA Y OTROS -- VIVEROS MOLINA ENCARNACION -- MOLINA DANIEL -- VIVEROS JOSE ANTONIO | REPARACION DIRECTA | 2001-02734 | 26.390.000 | REPARACIÓN | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | |||
SALAZAR LANDINEZ GINA ASTRID -- GOMEZ PRIETO LUIS ENRIQUE -- SANDOVAL PRIETO OMAIRA -- PRIETO DE SANDOVAL OMAIRA -- SANDOVAL PRIETO ORLANDO -- FORERO JOSE ANTONIO | REPARACION DIRECTA | 2011-00059 | 911.000.000 | INDEMNIZACIÓN -- REPARACIÓN -- RESPONSABILIDAD - ADMINISTRATIVA | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | |||
YOKO S.A. | REPARACION DIRECTA | 2002-01202 | 5.200.545.893 | DECRETO - QUINQUENIO -- INDEMNIZACIÓN -- PAGO - INTERESES -- PAGO - PERJUICIOS MORALES -- REPARACIÓN -- RESPONSABILIDAD - ADMINISTRATIVA | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
CARDICH GARAVITO GLICERIA EDITH | ACCIÓN DE TUTELA | 2014-00048 | 0.0 | PETICIÓN LOS MOTIVOS QUE LLEVA A ACUDIR A LA ACCIÓN DE TUTELA SON LOS SIGUIENTES COMO PROPIETARIA DEL APARTAMENTO 102 TORRE 24 UBICADO EN LA CARRERA 92 # 74-66 SUR BASA CIUDADELA EL RECREO, EL CUAL LE COMPRE A LA CONSTRUCTORA APIROS MEDIANTE ESCRITURA NÚMERO 7560 DE LA NOTARIA NUMERO 72 UBICADA EN LA CARRERA 11 # 71 73 DEL 24 DE AGOSTO DEL 2012 EL CUAL PAGUE DE CONTADO. EN CALIDAD DE PROPIETARIA DEL APARTAMENTO QUE ESTOY MENCIONANDO Y TENIENDO EN CUENTA QUE MEDIANTE DERECHO PETICIÓN QUE RADIQUE ANTE LA CONSTRUCTORA APIROS EL DÍA 9 SEPTIEMBRE DEL 2013 EN DOS FOLIOS DEL CUAL ANEXAREMOS COPIA Y MEDIANTE RESPUESTA DE LA CONSTRUCTORA CON FECHA 16 DE SEPTIEMBRE DEL 2013 EN 14 FOLIOS DEL CUAL ANEXAREMOS COPIA Y DONDE NOS INFORMAN Y ANEXAN DOCUMENTOS, ENTRE ESTOS DOCUMENTOS LA CARTA DE SOLICITUD DE DES ENGLOBE CON FECHA DE RECIBIDO 23/092011 DEL LOTE ANTE CATASTRO DISTRITAL CON NUMERO DE RADICADO ER 16558 NO SE OBSERVA RESPUESTA A ESTE RADICADO CONFIRMANDO EL DES ENGLOBE POR PARTE DE CATASTRO DISTRITAL ,COPIA RADICADO ANTE EL IDU (INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO) SOLICITANDO LOS PAZ Y SALVOS DEL PROYECTO CON FECHA DE RECIBIDO 22/09/2011, COPIA DE LA CARTA DE LA HOJA DE CONSULTA DE PREDIOS EN DONDE SALE RATIFICADO EL DES ENGLOBE CON FECHA 26/07/2011,COPIA DE LOS LISTADOS DE LOS INMUEBLES DEL CONJUNTO RESIDENCIAL OKAPI 11 EN DONDE APARECEN CON SU CHIP CATASTRAL CADA APARTAMENTO! ESTE CHIP SOLO ES ASIGNADO CUANDO SALE ASIGNADO.) | FAVORABLE | NIEGA TUTELA | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | ||||
TORRES BARON GLADYS -- PARRA PINILLA YOLANDA | REPARACION DIRECTA | 2010-00260 | 82.752.000 | REPARACIÓN LA SEÑORA GLADYS TORRES BARON SUFRIO UN PERJUICIO DE CARACTER ECONOMICO Y MORAL COMO CONSECUENCIA DE LA FALLA EN LA PRESTACION DEL SERVICIO POR PARTE DE LA OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PUBLICOS, DEPENDENCIA QUE FORMA PARTE DE LA SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO, FALLA QUE SE DIO EN DOS MOMENTOS, EN PRIMER LUGAR EN EL INCUMPLIMIENTO DE LA FUNCION REGISTRAL QUE LE CORRESPONDE AL NO ACLARAR LA SITUACION DEL BIEN INMUEBLE EN SUS REGISTROS OPORTUNAMENTE Y EN SEGUNDO LUGAR CON LA EXPEDICION DE UN CERTIFICADO QUE SIRVIO DE BASE PARA QUE SE CULMINARA UN PROCESO EJECUTIVO HIPOTECARIO QUE CULMINO CON LA ADJUDICACION DEL BIEN INMUEBLE EN LA DILIGENCIA DE REMANTE. INMUEBLE IDENTIFICADO CON MATRICULA INMOBILIARIA 50C-498948 UBICADO EN LA CALLE 5 NO. 2-25 EL CUAL FUE DEMOLIDO POR EL IDU | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | ORDENA EL PAGO DEL INMUEBLE | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | |||
PEÑA SARMIENTO MARIA TERESA -- SAAVEDRA RUIZ PABLO CESAR | ACCIÓN DE TUTELA | 2015-00361 | 0.0 | DEBIDO PROCESO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA TUTELA | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | |||
ACI PROYECTOS LTDA | CONTRACTUAL | 2009-00347 | 246.394.833 | QUE SE DECLARE QUE EN LA EJECUCION DEL CONTRATO 45 DE 2004 SUSCRITO ENTRE EL IDU Y ACI PROYECTOS SE PRESENTO UN ROMPIMIENTO DE LA ECUACION CONTRACTUAL POR CAUSAS NO IMPUTABLES AL CONTRATISTA OCASIONANDOLE UN DETRIMENTO PATRIMONIAL INJUSTIFICADO. VALORES NO CANCELADOS POR LA EJECUCION DE LAS ACTIVIDADES ADICIONALES DE GESTION SOCIAL PREDIAL. | 045-2004 | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | ORDENA AL IDU A PAGAR LAS MAYORES OBRAS EJECUTADAS | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | ||
RUEDA DE PARDO ESPERANZA -- PARDO HERNANDEZ SIMON NEFTALI | NULIDAD Y RESTABLECIMIENT O | 2011-00218 | 21.775.698 | QUE SE DECLARE LA NULIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO DE FECHA 4 DE ENERO DE 2011 PROCESO COACTIVO 53409/06 EJE 5 Y ACTO ADMINISTRATIVO DE FECHA 28 DE FEBRERO DE 2011 PROCESO COACTIVO 53409/06 EJE 5 Y EN CONSECUENCIA DECLARAR QUE ESPERANZA RUEDA DE PARDO Y SIMON NEFTALI PARDO HERNANDEZ NO ADEUDAN SUMA ALGUNA POR CONCEPTO DE LA CONTRIBUCION DE VALORIZACION QUE PRESUNTAMENTE FUE ASIGNADA MEDIANTE RESOLUCION 2231 DE 12 DE MAYO DE 2005 INMUEBLE 50N-00300168 UBICADO EN LA CALLE 184 66-31 DE BOGOTA. | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | |||
HERNANDEZ PERDOMO MARITZA | ACCIÓN DE TUTELA | 2015-00008 | 0.0 | TRABAJO INTEGRANTE DE LAS FERIAS INSTITUCIONALES ROTATIVAS DE LA LOCALIDAD DE CHAPIÑERO QUE COMENZARON HACE MAS DE 9 AÑOS, SOLICITA QUE MIENTRAS SE DESIGNA UN SITIO ZAERT, SE PERMITA EL TRABAJO EN DONDE ACTUALMENTE FUNCIONAN LAS FERIAS INSTITUCIONALES. | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA TUTELA | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
BARBOSA PARRADO GONZALO | ACCIÓN DE TUTELA | 2014-00263 | 0.0 | DEBIDO PROCESO EL DOS DE MARZO DE 2012, ENTRE LA SEÑORA ELIZABETH ALDANA CABEZAS, EN SU CALIDAD DE AUXILIAR DE LA JUSTICIA ¿SECUESTRE¿, QUIEN OBRANDO COMO ARRENDADORA A LOS SEÑORES GONZALO BARBOSA PARRADO Y RONALD JAVIER UYOA ENCISO, QUIENES OBRAN COMO ARRENDATARIOS SE FIRMO CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DEL INMUEBLE UBICADO EN LA CARRERA 77 H NO. 51 A ¿ 84 SUR BARRIO CATALINA 2 DE BOGOTÁ CON MATRICULA INMOBILIARIA NO 505-226212. LOS HECHOS CONTEMPLADOS ANTERIORMENTE SE ADELANTARON DENTRO DEL PROCESO EJECUTIVO HIPOTECARIO CON RADICADO NÚMERO 2009-0797, QUE SE ADELANTA EN EL JUZGADO CUARENTA CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ. EL DÍA 19 DE FEBRERO DE 2013 SE FIJA AVISO EN EL INMUEBLE, POR PARTE DE LA ALCALDÍA LOCAL DE KENNEDY, ORDENANDO LA RESTITUCIÓN DEL INMUEBLE EN RAZÓN QUE EL INMUEBLE ES UN BIEN PUBLICO POR LO ANTERIOR, SOLICITAN LA PROTECCIÓN A LOS DERECHOS QUE CONSIDERAN VULNERADO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA TUTELA | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | |||
LINARES PEÑA FRANCISCO ANTONIO | ACCIÓN DE TUTELA | 2015-00351 | 0.0 | DEBIDO PROCESOVIOLACION AL DEBIDO PROCESO, CON LA ENTREGA DE PARQUEADEROS I Y II QUE HAY DENTRO DE NUESTRA URBANIZACION COMPARTIR DE SUBA ETAPA III UBICADA EN LA CARRERA 117 CON CALLE 150B, DE ESTA CIUDAD, QUE ES ZONA COMUN, CON PROPIEDAD HORIZONTAL VIGENTE HASTA EL DIA DE HOY 27 DE NOVIEMBRE DE 2014. QUE SE REVOQUE LA CONVOCATORIA PUBLICA QUE ESTA LLEVANDO A CABO EL DADEP PARA ADMINISTRAR NUESTROS PARQUEADEROS Y NOS HAGAN ENTREGA DE LOS MISMOS A NUESTRA URBANIZACION ETAPA III COMPARTIR SUBA. | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA TUTELA | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | |||
ESCOBAR GONZALEZ ADRIANA -- GONZALEZ DE ESCOBAR SOFIA | REPARACION DIRECTA | 1996-12917 | 300000000 | REPARACIÓNUE SE DECLARE QUE EL DISTRITO ESPECIAL DE SANTA FE DE BOGOT , LA SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS DE SANTA FE DE BOGOT Y EL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO INCURRIERON EN OCUPACI¢N PERMANENTE Y ARBITRARIA DE CONSUMO DE UNA REA DE TERRENO DE 10.000 METROS CUADRADOS, QUE FORMAN PARTE DEL GLOBO DE TERRENO ADQUIRIDO EN COM£N Y PROINDIVISO" LOTE DE TERRENO DENOMINADO SAN ROQUE QUE HIZO PARTE DE LA HACIENDA MEISS¿N, UBICADA EN LA ZONA MENOR DE BOSA DISTRITO ESPECIAL DE BOGOT , CON UNA EXTENSI¢N SUPERFICIARIA DE CINCO (5) FANEGADAS TRES MIL SETECIENTOS VEINTITR¿S VARAS (3.723 VARAS) CUADRADAS, PARA LA CONSTRUCCI¢N DE LA AVENIDA CIUDAD DE VILLAVICENCIO. | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | CON INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN SE LOGRA PROBAR QUE EL PREDIO YA SE PAGO EN EL PROCESO DE EXPROPIACIÓN | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | |||
CORPORACION CLUB LOS LAGARTOS | NULIDAD Y RESTABLECIMIENT O | 2006-01342 | 1298133553 | NULIDAD - RESOLUCIÓN DECLARAR LA NULIDA PARCIAL DE LA RESOLUCION 2148 DE 6 DE JUNIO 2006 EXPEDIDA POR EL IDU POR LA CUAL SE RECONOCEN Y ORDENAN PAGOS POR CONCEPT DE DEVOLUCION DE CONTRIBUCION DE VALORIZACION, EN CUANTO A LA LIQUIDACION QUE HACE DE LA SUAM A DEVOLVER OMITE EL RECONOCIMIENTO DE INTERESES. | FAVORABLE | FAVORABLE | CON PAGO | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | |||
COPEBA LTDA. -- PEÑA BERRERA TULIO ALBERTO (REP LEGAL) -- BOLIVAR GOEZ PIEDAD LUCIA | CONTRACTUAL | 2009-00224 | 24.957.529 | CONTRATO - RESTABLECIMIENTO DEL EQUILIBRIO CONTRACTUAL -- CUMPLIMIENTO - SENTENCIA JUDICIAL -- DECLARACIÓN -- INTERESES - MORATORIOS -- PAGO - PERJUICIOS MATERIALES -- RESPONSABILIDAD - ADMINISTRATIVA ACCIÓN CONTRACTUAL PARA QUE SE DECLARE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA POR LA OCURRENCIA DEL DESEQUILIBRIO ECONÓMICO DERIVADO DE LAS ACCIONES Y OMISIONES DE LA AUTORIDAD LOCAL Y EL IDU EN CALIDAD DE CONTRATISTAS NO CANCELARON DE MANERA OPORTUNA EL DESEQUILIBRIO ECONÓMICO RECONOCIDO`POR MAYOR PERMANENCIA DE LA INTRVNTORÍA EN SUMA DE 34.796224, CONTRATO IDU-UEL-18-264-2002, MAS LOS INTRESES MORATORIOS POR $24.957.529. // EL IDU CONTRATÓ CON LA SOCIEDAD DEMANDANTE LA INTERVENTORÍA PARA EL ESTUDIO, DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE VÍAS EN LA LOCALIDAD DE RAFAEL URIBE URIBE EN BOGOTÁ, D.C.. EL CONTRATO FUE SUSCRITO EL 18 DE JUNIO DE 2002, POSTERIORMENTE FUE OBJETO DE UN OTROSÍ, ADICIÓN, SUSPENSIÓN, NUEVA ADICIÓN Y PRORROGA. EL IDU SUSCRIBIÓ EL CONTRATO IDU-UEL-18 263-2002 CON LA FIRMA UNIÓN TEMPORAL HM, PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LAS OBRAS SOBRE LAS CUALES SE DESARROLLÓ LA GESTIÓN DE INTERVENTORÍA EJECUTADA POR LA SOCIEDAD DEMANDANTE. | FAVORABLE | EL APODERADO DE LA ALCALDIA LOCAL DESISTE DEL RECURSO DE APELACIÓN Y PAGA LA CONDENA IMPUESTA A LA ALCALDIA | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | ||||
PATIÑO MARTINEZ FERNANDO | ACCIÓN POPULAR | 2009-00397 | 0 | DERECHO COLECTIVO - ESPACIO PÚBLICO PUENTES -- DERECHO COLECTIVO - LIMITACIONES FÍSICA COMUNIDAD QUE SE DECLARE QUE EN LA EJECUCION DEL CONTRATO 45 DE 2004 SUSCRITO ENTRE EL IDU Y ACI PROYECTOS SE PRESENTO UN ROMPIMIENTO DE LA ECUACION CONTRACTUAL POR CAUSAS NO IMPUTABLES AL CONTRATISTA OCASIONANDOLE UN DETRIMENTO PATRIMONIAL INJUSTIFICADO. VALORES NO CANCELADOS POR LA EJECUCION DE LAS ACTIVIDADES ADICIONALES DE GESTION SOCIAL PREDIAL. | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA PRETENSIONES DE LA DEMANDA | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | |||
LINARES PEÑA FRANCISCO ANTONIO | ACCIÓN DE TUTELA | 2015-00861 | 0.0 | QUE SE ORDENE A LA COMISION NACIONAL DE SERVICIO CIVIL CNSC Y AL IDU QUE EN EL TERMINO QUE EL DESPACHO CONSIDERE RAZONABLE SE PROCEDA A ORDENAR MI NOMBRAMIENTO EN EL IDU EMPLEO 28423 TECNICO OPERATIVO CODIGO 314 GRADO 3 | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA TUTELA | CUMPLIDAS | ALIX BUITRAGO PALACIOS - CONTRATISTA | |||
ANIBAL FRANCO GÓMEZ | CONTRACTUAL | 250002326000199208 08501 | 61.012.281 | QUE SE DECLARE QUE EL IDU SE ENRIQUECI¢ SIN JUSTA CAUSA Y A COSTA DEL INGENIERO FRANCO GOMEZ POR NO HABER CANCELADO UNA OBRAS EJECUTADAS. | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | NINGUNA | CLAUDIA ESMERALDA CAMACHO SALAS |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
EPSILON LTDA INGENIEROS CIVILES Y ELECTRICOS | CONTRACTUAL | 250023260001994099 09 | 1.739.802.996 | QUE SE RECONOZCAN AL CONSORCIO DEMANDANTE VALORES SUPERIORES A ($500~000.000) POR 5 ¡TEMS RELACIONADOS CON EL CONTRATO 080 DE 1991 CUYO OBJETO FUE LA CONSTRUCCI¢N DE UN TRAMO DE LA TRONCAL DE LA CARACAS. | CONTRATO 080 DE 2001 | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | NINGUNA | CLAUDIA ESMERALDA CAMACHO SALAS | ||
EPLIDIO RODRÍGUEZ PARRA | REPARACION DIRECTA | 250002326000199901 86202 | 2.246.129.414 | QUE SE DECLARE EL INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL IDU DEL CONTRATO DE PROMESA DE COMPRAVENTA NO 119 DE 1997, SUBSIDIARIAMENTE QUE SE DECLARE NULIDAD ABSOLUTA DEL CONTRATO POR NO CONTENER LOS REQUISITOS DEL ART. 89 DE LA LEY 153 DE 1887, Y POR £LTIMO QUE SE DECLARE LA RESCISI¢N POR LESI¢N ENORME. | CONTRATO 199 DE 1997 | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | NINGUNA | CLAUDIA ESMERALDA CAMACHO SALAS | ||
INGENIERIACONSTR UCCIÓN Y EQUIPOS S.A INCOEQUIPOS | CONTRACTUAL | 250002326000199902 20301 | 942.074.010 | QUE SE DECLARE LA NULIDAD DEL CONTRATO 126 DE 1997 CELEBRADO POR EL IDU COMO CONSECUENCIA DE LA NULIDAD DEL ACTO DE ADJUDICACION. QUE SE DECLARE NULA LA RESOLUCION NO 429 DEL 11 DE SEPTIEMBRE DE 1997 POR MEDIO DE LA CUAL SE ADJUDICO LA LICITACION IDU(141.1)LP-ST-05-97 Y SE RECONOZCA A LOS DEMANDANTES LOS PERJUICIOS DE $ 459.395.742.OO POR CONCEPTO DE LUCRO CESANTE Y DAÑO EMERGENTE. | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | NINGUNA | CLAUDIA ESMERALDA CAMACHO SALAS | |||
BANCO DE LA REPUBLICA | ACCION DE REPARACION DIRECTA | 250002326000200000 07401 | 429.226.373 | QUE SE DECLARE QUE EL IDU HA OCUPADO PERMANENTEMENTE EL TERRENO DE PROPIEDAD DEL DEMANDANTE CON LA CONSTRUCCI¢N DE LA AVENIDA BOYAC EN LOS A¤OS DE 1982 Y 1983 Y COMO CONSECUENCIA SE LE CONDENE A PAGAR EL VALOR DE LOS TERRENOS ACTUALIZADO Y AL PAGO DE INTERESES MORATORIOS, LOS CUALES SE CAUSAR N EN EL EVENTO QUE EL IDU NO PAGUE LA SUMA A SU CARGO DENTRO DEL T¿RMINO PREVISTO EN LA MENCIONADA PROVIDENCIA JUDICIAL. | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | NINGUNA | CLAUDIA ESMERALDA CAMACHO SALAS | |||
JOSE GRATINIANO BUENO GONZALEZ | REPARACION DIRECTA | 250002326000200202 23601 | 980.155.836 | SE DECLARE RESPONSABLE POR EL DAÑO ANTIJURIDICO Y POR ENDE DE LA TOTALIDAD DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A LOS DEMANDANTES POR LA OBRA PUBLICA DEL PUENTE VEHICULAR UBICADO EN LA CALLE 80 CON AVENIDA CIUDAD DE CALI Y RESPECTO DEL INMUEBLE DE SU PROPIEDAD UBICADO EN LA CARRERA 86 NO.77A-86 | KR. 86 No 77A-86 | TERMINADO | DESFAVORABLE | SE CONCILIÓ ANTES DE SER ENVIADO AL SUPERIOR | AUTO APROBATORIO DE LA CONCILIACION EL CUAL ORDENA EL PAGO DE $31'868.697 | INDEMNIZACION POR PERJUICIOS MATERIALES | CUMPLIDA | MUÑOZ ESPITIA JUAN CARLOS |
IVAN GONZALEZ LEON | ORDINARIO LABORAL | 110013105018200500 98500 | 218.842.127 | QUE ENTRE HIDROTEC LTDA E GONZALEZ LEON IVAN EXISTIÓ UN CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A TERMINO INDEFINIDO DESDE EL 15- 08-1995 HASTA EL 17-05-2004, QUE EN DICHO PERIODO SE DEBÍA INCREMENTAR EL SUELDO COMO MÍNIMO CON EL IPC. COMO CONSECUENCIA DE LO ANTERIOR EXISTE SOLIDARIDAD LABORAL CON LAS DEMANDADAS. | TERMINADO | FAVORABLE | DESFAVORABLE | RECONOCER SOLIDARIAMENTE EL VALOR DE LAS VACACIONES POR $ 3'103.333 Y SANCION MORATORIA $39'013.260 | PAGO DEL VALOR NO RECONOCIDO POR EL LLAMADO EN GARANTIA $11'123.456 | CUMPLIDA | MUÑOZ ESPITIA JUAN CARLOS | |
EFRAIN BOLIVAR ALFARO | REPARACION DIRECTA | 250002326000200501 79301 | 240.000.000 | LA REPARACIÓN DIRECTA ESTA DIRIGIDA A QUE SE DECLARE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA POR LOS PERJUICIOS OCASIONADOS A LOS INMUEBLES POR LA PAVIMENTACIÓN, CIMENTACIÓN Y TAPONAMIENTO DE LA VÍA PEATONAL CONTIGUA A LA AVENIDA DE LAS AMÉRICAS QUE DA CON LA PARTE POSTERIOR DE LOS INMUEBLES: CL 6 79- 21; CL 6 80C-23; CL 6 80C-11; CL 6 79F-03; CL 79 F-03; CL 6 79 F-33 ( $40.000.000 PARA CADA DEMANDANTE). | calle 6 No. 79-21 | TERMINADO | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | CANCELAR EL VALOR DEL DAÑO EMERGENTE SUFRIDO POR LOS INMUEBLES PROPIEDAD DE LOS DEMANDANTES | CANCELAR EL VALOR DE $76'532.418 | CUMPLIDA | MUÑOZ ESPITIA JUAN CARLOS |
JOSELINO ARTURO ALDANA | REPARACION DIRECTA | 250002326000200502 71401 | 323.209.895 | QUE SE DECLARE ADMINISTRATIVA Y EXTRACONTRACTUALMENTE RESPONSABLE A LA NACIÓN COLOMBIANA, DISTRITO CAPITAL, IDU, EAAB, DE LOS PERJUICIOS CAUSADOS A LOS DEMANDANTES EN EL INMUEBLE DE SU PROPIEDAD UBICADO EN LA CRA 93 NO 117B-34 ESQUINA, SECTOR NOROCCIDENTAL, BARRIO EL RINCÓN DE SUBA, EN BOGOTÁ CON MOTIVO DE LAS OBRAS O TRABAJOS REALIZADOS POR LA ADMINISTRACIÓN DISTRITAL, CON LA ACTUACIÓN DEL IDU, DIRECCIÓN DE DISEÑO Y DESARROLLO URBANO Y LA DIRECCIÓN TÉCNICA DE MALLA VIAL, CON EL OBJETO DE ADECUAR LAS VÍAS A NUEVOS REQUERIMIENTOS DEL BARRIO RINCÓN DE SUBA, TÉCNICAMENTE MAL ELABORADOS, Y LAS OBRAS DESARROLLADOS POR LA EAAB CON EL OBJETO DE ADECUAR EL SISTEMA DE REDES DE ALCANTARILLADO A LOS NIVELES REQUERIDOS EN EL BARRIO RINCÓN DE SUBA, BOGOTÁ DESPUÉS DE REALIZADAS CONSTRUCCIONES DE SARDINELES Y CALZADAS, SE PRESENTARON GRAVES PROBLEMAS Y SE EVIDENCIÓ LA FALTA DE CAPACIDAD DE ALCANTARILLADO PARA EVACUAR EFICIENTEMENTE LOS VOLÚMENES DE AGUAS LLUVIAS CON TUBERÍAS CON DIÁMETRO INFERIOR A LOS REQUERIDOS. | KR. 93 No. 117B- 34 | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | DECLARA LA CADUCIDAD DE LA ACCION | MUÑOZ ESPITIA JUAN CARLOS | ||
EDILMA JIMENEZ SUAREZ | NULIDAD Y RESTABLECIMIENT O | 250002324000200790 02901 | RESOLUCION 2215 DEL 15 DE JUNIO DE 2006 (EXPROPIACION) | QUE DE DECLARE NULA LA RESOLUCION N2215 CALENDADA EL DIA 15 DE JUNIO DE 2006PROFEREIDA POR LA DTP, EN CUANTO EL VALOR DEL PRECIO INDEMNIZATORIO , FORMA DE PAGO. COMO CONSECUENCIA DE LAS DECLARAICONES ANTERIORES SE ORDENE AL IDU A PAGAR A TITULO DE INDEMNIZACION POR CONCEPTO DE EXPROPIACION FORZOSA POR VIA ADMINISTRATIVA | CALLE 55 sur No. 107 25 | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA SOLICITUD DE NULIDAD DE LA RESOLUCION ATACADA | MUÑOZ ESPITIA JUAN CARLOS | ||
PUENTES SOLER DIEGO ALEJANDRO | ACCIÓN POPULAR | 2011-00235 | N/A | DEMANDA EN ACCIÓN POPULAR POR EL INMINENTE PELIGRO Y AMENAZA QUE REPRESENTA EL CRUCE PEATONAL DE LA CARRERA 13 CON AVENIDA CALLE 63 CHAPINERO, DEBIDO A LA FALTA DE SEÑALIZACIÓN SOBRE LA CARRERA 13 COSTADO SUR. CONTINUAMENTE HAY AFLUENCIA DE VEHÍCULOS CON ALTO RIESGO PARA LA VIDA DE LOS PEATONES. EL SEMÁFORO UBICADO EN LA CALLE 63 NO DA UN TIEMPO PRUDENCIAL PARA QUE LOS EPATONES PUEDAN HACER EL CRUCE. | N/A | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | DESPACHO RESUELVE NO ACCEDER A LAS PRETENSIONES SOLITADAS POR EL DEMANDANTE | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
BARBOSA BLANCO OSWALDO ALBERTO | ACCIÓN POPULAR | 2008-00357 | N/A | SOBRE EL ANDÉN DE LA CARRERA 6 N. 2-79, SE ENCUENTRA UBICADO UN POSTE DE LA EMPRESA CODENSA. EL POSTE REPRESENTA UN PELIGRO PARA LA SEGURIDAD DE PEATONES, EN ESPECIAL NIÑOS ESCOLARES, PUES EN EL SECTOR SE ENCUENTRAN UBICADOS DOS COLEGIOS Y NECESARIAMENTE, TIENEN QUE BAJAR DEL ANDÉN A LA CALLE PORQUE EL POSTE OBSTACULIZA EL PASO PEATONAL. VINCULA AL PROPIETARIO DEL INMUEBLE UBICADO EN LA CARRERA 6 N. 2A-45, SEÑOR FLORENTINO VARGAS | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
TORRES GUERRERO LAURA CRISTINA | ACCIÓN POPULAR | 2011-00110 | N/A | LA ACCIONANTE AFIRMA QUE EL ESTADO DE LA CALLE 150 DESDE LA CARRERA 53 A 53A SE ENCUENTRA DETERIORADO POR LA ALTA CIRCULACIÓN DE VEHICULOS SIENDO QUE SE TRATA DE UNA ZONA RESIDENCIAL | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
HERNANDEZ OSSA RAMIRO | ACCIÓN POPULAR | 2008-00165 | N/A | MEDIANTE AUTO DEL 26-04-2001 EL TAC 1B ACCION POPULAR NO. 2001- 00130, DESESTIMO QUE LOS PREDIOS QUE ESTAN TAPONANDO LA VIA NO SON ESPACIO PUBLICO SIN TENER EN CUENTA EL DECRETO 436/1996 QUE DECRETO LA APERTURA DE LA VIA. CIENTOS DE PREDIOS UBICADOS SOBRE LA AV. LA VICTORIA ESTAN DESTINADOS DESDE HACE 20 AÑOS PARA LA AMPLIACION DE VIAS, POR LO TANTO SECRETARIA DE PLANEACION NO AUTORIZA PLANOS PARA QUE LAS CURADURIAS EXPIDAN LICENCIAS DE CONSTRUCCION A LOS PROPIETARIOS. POR LOS AGUACEROS SE HAN PRODUCIDO INUNDACIONES DONDE SE ENCUENTRA EL TAPONAMIENTO DE LA VIA AFECTANDO 6 VIVIENDAS. LA EAAB PARA DESTAPONAR LOS TUBOS HACIENDO PRESION REVENTANDO UN TUBO EN LA PROPIEDAD DEL SR. JOSELIN DUARTE QUEDANDO LAS AGUAS NEGRAS AL AIRE LIBRE FILTRANDOSE EN ONCE VIVIENDAS, CREANDO UNA SITUACION DE INSALUBRIDAD Y DE AFECTACION DE LA ESTRUCTURAS DE VARIAS VIVIENDAS | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
TREBILCOCK BARVO FERNANDO AUGUSTO | ACCIÓN POPULAR | 2005-00335 | N/A | ENTIDADES PRIVADAS DEMANDADAS: CONSTRUCTORA INECONTE LTDA., SOCIEDAD CONCAY S.A., SOCIEDAD ARQUITECTOS E INGENIEROS ASOCIADOS SA.A., SOCIEDAD ARQUITECTOS, ESTYMA ESTUDIOS Y MANEJOS S.A. EL IDU ADELANTO EL DISEÑO DE OBRAS PARA LA OPERACION DE TRANSMILENIO EN EL SECTOR DE SUBA, LA COMUNIDAD DIRIGIO PETICIONES SOLICITANDO MODIFICAR EL DISEÑO DEL TRAYECTO PARA SOLUCIONAR INCONVENIENTES COMO CONGESTION SOBRE LA VIA, DIFICULTAD PARA ACCESO A LAS URBANIZACIONES ALEDAÑAS, DUPLICACION DEL TIEMPO DE VIAJE DE LOS BUSES CORRIENTES, CONGESTION DE LA MALLA VIAL POR LA PRESENCIA DE BUSES CORRIENTES, ERRORES EN EL DISEÑO UE OBLIGAN A OPERACUION POR VIAS CON DESNIVELES CUANDO EXISTEN TRTAYECTOS ALTERNATIVOS, REDUCCION DE CARRILES, FALTA DE PUENTES PEATONALES Y NECESIDAD DE AL MENOS UN RETORNO ADICIONAL PARA ATENDER LAS VIVIENDAS DEL COSTADO OCCIDENTAL DEL TRAMO, SOLICITA SE ORDENE CAMBIO DEL CURSO O RUTA DEL DISEÑO DEL TRAMO DE LA AV. SUBA, PARA DAR ENTRADA A SUBA POR LA AV. CIUDAD DE CALI, LA AV. BOYACA O LA CALLE 170. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
QUIJANO APONTE EDUARDO | ACCIÓN POPULAR | 2006-00219 | N/A | PRETEGER DERECHOS COLECTIVOS FRENTE A ESPACIO CON ACCECIBILIDAD | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | NO FUE APELADA | NO APELARON | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
VELASCO SEPULVEDA JORGE AGUSTIN | ACCIÓN POPULAR | 2009-00225 | N/A | EL COSTADO SUROCCIDENTAL DE LA INTERSECCIÓN DE LOS PUENTES VEHICULARES DE LAS AVENIDAS BOYACÁ Y ESPERANZA DE BOGOTÁ, QUE CORRESPONDEN AL ÁREA DE CESIÓN AL ESPACIO PÚBLICO, LA CONSTRUCTORA CUSEZAR S.A. CISEZAR, CON INTERVENCIÓN DE LA CURADURÍA URBANA N.5, ANUNCIAN Y DESARROLLAN EL PROYECTO RESIDENCIAL "AITANA DEL SALITRE", CONFORMADO POR 6 TORRES DE 10 PISOS CON 4 APARTAMENTOS POR PISO. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | NO FUE APELADA | NO APELADA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
VARGAS CORTES LUIS ANTONIO | ACCIÓN POPULAR | 2011-00130 | N/A | SE ORDENE AL ALCALDE LOCAL DE CHAPINERO O A LA AUTORIDAD QUE CORRESPONDA, ADOPTAR LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA IMPEDIR EL DETERIORO DE LA MORALIDAD ADMINISTRATIVA A TRAVES DE LA CELEBRACION Y EJECUCION DE CONTRATOS DE OBRAS EN LOS QUE SUS EJECUTORES NO SE PREOCUPAN POR REALIZAR OBRAS CON EL LLENO DE LOS REQUISITOS TECNICOS Y LAS GARANTIAS DE CONSERVACION Y MANTENIMIENT | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
CUESTA ROJAS LUIS ALBERTO | ACCIÓN POPULAR | 2010-00115 | N/A | EN LA CARRERA 11 Nº 96 74 DE BOGOTA, FUNCIONA UNA OFICINA DE COLMENA BCSC CUYA ENTRADA PRINCIPAL Y UNICA, SE ACCEDE DESPUES DE SUBIR UNOS ESCALONES SOBRE EL ANDEN,Y A LO LARGO DEL ESPACIO DE LA ENTRADA NO EXISTE RAMPA ALGUNA O ESTRUCTURA A NIVEL CON ANDEN PEATONAL QUE PERMITA EL INGRESO A PERSONAS DISCAPACITADAS. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
RIAÑO SANCHEZ YAMITH | ACCIÓN POPULAR | 2010-00227 | N/A | EN LA CR 7 NO. 112-08, DE ESTA CIUDAD, FUNCIONA UNA OFICINA DE LA ENTIDAD FINANCIERA BANCO DE BOGOTA, CUYA ENTRADA PRINCIPAL Y UNICA SE ACCEDE DESPUES DE TENER QUE SUBIR 4 ANDENES DE APROXIMADAMENTE 20 CM DE CALTO CADA UNO. A LO LARGO DE LA ENTRADA DESDE LA CALLE HASTA LA OFICINA, NO EXISTE RAMPA ALGUNA O ESTRUCTURA A NIVEL CON ANDEN PEATONAL QUE PERMITA EL INGRESO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD FISICA. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
HERNANDEZ CAMPOS CRYSTIAN ENRIQUE | ACCIÓN POPULAR | 2010-00603 | N/A | ACCIÓN POPULAR POR PRESUNTA INDEBIDA OCUPACION, INTERVENCIÓN O ALTERACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO UBICADO ENTRE LA CALLE 26 ENTRE CARRERAS 58 Y 59 DE BOGOTÁ (CONSTRUCCION PARQUEADERO Y SU ESTRUCTURAS INTERVENCIONES Y/O ELEMENTOS ALLÍ UBICADOS), ENTRE LOS PREDIOS CONOCIDOS COMO MINISTERIO DE DEFENSA Y PLAZA Y MONUMENTO A LOS CAIDOS EN COMBATE. | N/A | TERMINADO | SENTENCIA FAVORABLE AL IDU, ORDENÓ AL MINISTERIO DE TRANSPORTE REUBICAR LOS PARQUEADEROS QUE OCUPAN EL ESPACIO PÚBLICO. | NO APELO | NO FUE APELADA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
TOVAR ROJAS MARIA TERESA | ACCIÓN POPULAR | 2010-00233 | N/A | LOS ANDENES UBICADOS A AMBOS COSTADOS DE LA CALLE 68 Y ENTRE AV. ROJAS PINILLA Y AV. CIUDAD DE CALI, SE ENCUENTRAN TOTALMENTE DESTRUIDOS, EN ALGUNOS SITIOS SE CONFUNDE CON EL ASFALTO ADEMAS TIENEN RESALTOS QUE NO PERMITEN LA LIBRE MOVILIDAD DE LAS PERSONAS EN SITUACION DE DISCAPACIDAD Y LOS ARROJA A TRANSITAR POR LA VIA PUBLICA VEHICULAR. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
CHAPARRO GUTIERREZ WILSON | ACCIÓN POPULAR | 2009-00249 | N/A | UE SE REALICEN LAS GESTIONES NECESARIAS RELACIONADAS CON LA CASA UBICADA SOBRE LA ESQUINA DE LA CARRERA 65 CON CALLE 167, QUE SE ENCUENTRA INVADIENDO ESPACIO PUBLICO, ASI QUE COMO LAS CITADAS ENTIDADES E INSTITUCIONES REALICEN LA PERTINENTE, LEGAL Y NECESARIA DEMARCACION VIAL DE LA CALLE 167 EN EL TRAMO SEÑALADO. QUE LAS PERSONAS QUE RESULTEN RESPONSABLES, PAGUEN LAS COSTAS Y GASTOS EN QUE HA INCURRIDO O LLEGARE A INCURRIR EL ACCIONANTE POR CAUSA Y RAZON DE ESTE TRAMITE JUDICIAL, INCLUIDAS LAS AGENCIAS DE DERECHO. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
TRIANA JIMENEZ LUIS FELIPE | ACCIÓN POPULAR | 2010-00220 | N/A | N LA CARRERA 11 CON CALLE 74 DE BOGOTÁ SE ENCUENTRA UN MURO QUE QUE SIRVE DE CERRAMIENTO DE ESE BIEN INMUEBLE, MURO QUE AMENAZA CON CAERSE SOBRE LA CICLORRUTA, EL ANDEN Y LA CARRETERA POR ESTAR PRÓXIMO A COLAPSAR. POR LA ZONA A DIARIO CIRCULAN GRAN CANTIDAD DE CICLISTAS, PEATONES Y AUTOMÓVILES QUE AUMENTAN EL RIESGO DE ACCIDENTE. LAS ENTIDADES NO HAN ADELANTADO ACCIONES PARA PREVENIR UN DESASTRE. SOLICITA LA DEMOLICIÓN DEL MURO COMO MEDIDA CAUTELAR Y QUE SI SE CONSTRUYE UNO NUEVO, CUMPLA CON LAS NORMAS DE SISMORRESISTENCIA. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
PRIETO RODRIGUEZ OSCAR WILSON | ACCIÓN POPULAR | 2010-00707 | N/A | EN LA AVENIDA 1 DE MAYO CON AVENIDA CALLE 68, ESTÁ UBICADO UN PUENTE PEATONAL, EL CUAL NO CUMPLE CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ESTABLECIDAS EN LAS NORMAS QUE REGULAN EL TEMA. LA ESTRUCTURA O CONSTRUCCIÓN SE ENCUENTRA DETERIORADA POR EL DESCUIDO, OMISIÓN Y NEGLIGENCIA DE LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS EN SU MANTENIMIENTO. NO DISPONE DE UN SISTEMA DE ACCESO A PERSONAS EN DISCAPACIDAD, NO CUENTA CON SISTEMA DE RAMPAS, PRESENTA HUECOS Y FISURAS, NO HAY SISTEMA DE RECOLECCIÓN DE BASURAS Y A LADO Y LADO DE LOS ACCESOS SE UBICAN VENTAS AMBULANTES. | N/A | TERMINADO | SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA: DECLARA PROBADA LA EXCEPCION DE COSA JUZGADA PROPUESTA POR EL IDU. | NO APELO | NO FUE APELADA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
ASOCIACION DE COPROPIETARIOS PROPIETARIOS Y RESI | ACCIÓN POPULAR | 2011-00021 | N/A | LA ASOCIACIÓN DE COPROPIETARIOS, PROPIETARIOS Y RESIDENTES DE LA AGRUPACIÓN DE VIVIENDA URBANIZACIÓN MARANTÁ, QUIENES SOLICITAN LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS COLECTIVOS AL GOCE DE UN AMBIENTE SANO, AL GOCE DE UN ESPACIO PÚBLICO Y LA SALUBRIDAD PÚBLICA. QUE EL IDU MEDIANTE CONTRATO 003 DE 2001, CUYO OBJETO ES ¿ESTUDIO Y DISEÑO DE DOS ESTACIONES DE TRANSMILENIO UBICADAS EN LA AUTOPISTA NORTE CON CALLE 187, Y AUTOPISTA NORTE ENTRE CALLES 191 Y 192, Y LA CONSTRUCCIÓN DE LAS OBRAS NECESARIAS PARA LA ADECUACIÓN Y PUESTA EN SERVICIO DE DOS ESTACIONES DE TRANSMILENIO UBICADAS EN LA AUTOPISTA NORTE CON CALLE 187, Y LA AUTOPISTA NORTE ENTRE CALLES 191 Y 192, Y DEMÁS OBRAS COMPLEMENTARIAS REQUERIDAS PARA SU FUNCIONAMIENTO EN BOGOTÁ, D.C.¿ QUE CON OCASIÓN DE ESAS OBRAS SE VERÁN AFECTADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS COMO EL GOCE DE UN AMBIENTE SANO, ESPACIO PÚBLICO, UTILIZACIÓN Y DEFENSA DEL PATRIMONIO PÚBLICO, LA SALUBRIDAD PÚBLICA, PUES NO SE VAN A CUMPLIR LOS CONTROLES NECESARIOS PARA PREVENIR, SEGÚN EL ACTOR: CONGESTIÓN DO ANTE EL IDU (INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO) SOLICITANDO LOS PAZ Y SALVOS DEL PROYECTO CON FECHA DE RECIBIDO 22/09/2011, COPIA DE LA CARTA DE LA HOJA DE CONSULTA DE PREDIOS EN DONDE SALE RATIFICADO EL DES ENGLOBE CON FECHA 26/07/2011,COPIA DE LOS LISTADOS DE LOS INMUEBLES DEL CONJUNTO RESIDENCIAL OKAPI 11 EN DONDE APARECEN CON SU CHIP CATASTRAL CADA APARTAMENTO! ESTE CHIP SOLO ES ASIG | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
BAUTISTA RODRIGUEZ JUAN CARLOS | ACCIÓN POPULAR | 2010-00479 | N/A | ENTRE LAS CARRERAS 87 B BIS Y LA CARRERA 87 C DEL BARRIO SAN PEDRO DE BOSA, FUERON INSTALADAS UNAS REJAS, CERRANDO EL ACCESO AL SENDERO PEATONAL DE CALLE 63 A SUR, EL CUAL ERA UTILIZADO POR LOS HABITANTES DEL BARRIO. "...LA CALLE CERRADA DE MANERA ARBITRARIA CORRESPONDE A UN BIEN DE SERVICIO PÚBLICO DESTINADO AL PASO PEATONAL DE LOS HABITANTES DEL BARRIO Y QUE POR NINGUNA CIRCUNSTANCIA PODÍA SER OBJETO DE ENCERRAMIENTO O USO PRIVADO DE PERSONAS EN PARTICULAR." | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | NO FUE APELADA | NO FUE APELADA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
PRIETO RODRIGUEZ OSCAR WILSON | ACCIÓN POPULAR | 2010-00304 | N/A | ENTRE LAS CARRERAS 87 B BIS Y LA CARRERA 87 C DEL BARRIO SAN PEDRO DE BOSA, FUERON INSTALADAS UNAS REJAS, CERRANDO EL ACCESO AL SENDERO PEATONAL DE CALLE 63 A SUR, EL CUAL ERA UTILIZADO POR LOS HABITANTES DEL BARRIO. "...LA CALLE CERRADA DE MANERA ARBITRARIA CORRESPONDE A UN BIEN DE SERVICIO PÚBLICO DESTINADO AL PASO PEATONAL DE LOS HABITANTES DEL BARRIO Y QUE POR NINGUNA CIRCUNSTANCIA PODÍA SER OBJETO DE ENCERRAMIENTO O USO PRIVADO DE PERSONAS EN PARTICULAR." | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
ZAFRA RUBIELA | ACCIÓN POPULAR | 2011-00349 | N/A | QUE SE DECLARE QUE LAS ENTIDADES DEMANDADAS SON RESPONSABLES DE LA SEGURIDAD, SALUBRIDAD PUBLICA Y DEL MANTENIMIENTO DEL ESPACIO PUBLICO, Y CONSECUENCIA SE ORDENE LA CONSTRUCCION DE REDES DE ALCANTARILLADO Y PLUVIAL, LA PAVIMENTACION Y EL MANTENIMIENTO DE LA VIA UBICADA EN LA CRA 55 ENTRE LAS CALLES 159 Y 160 LO MISMO QUE LA VIGILANCIA ESPECIAL Y AVISOS PARA SANCIONAR EJEMPLARMENTE A QUIENES BOTEN BASURA EN ESTE SECTOR. | N/A | TERMINADO | SENTENCIA FAVORABLE: DECLARA PROBADA LA EXCEPCION PROPUESTA POR EL IDU, NIEGA LÑAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA. | NO FUE APELADA | NO FUE APELADA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
TRASLAVIÑA DIAZ ELIANA | ACCIÓN POPULAR | 2010-00432 | N/A | EN EL BANCO DAVIVIENDA Y SU CAJERO AUTOMATICO AGENCIA MARLY UBICADO EN LA CALLE 53 NO. 13-12 DE LA CIUDAD DE BOGOTA, NO EXISTE RAMPA QUE PERMITA EL ACCESO A SUS INSTALACIONES A PERSONAS MINUSVALIDAS, DISCAPACITADAS O LIMITACIONES FISICAMENTE, SOLAMENTE EXISTEN UNOS ESCALONES LOS CUALES IMPIDEN EL INGRESO A ESTAS PERSONAS. POR LO QUE NO SE LES PERMITE DISFRUTAR COMO USUARIOS AUTONOMOS DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS QUE ESTA ENTIDAD BANCARIA OFRECE. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | NO FUE APELADA | NO FUE APELADA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
GARCIA SANDRA | ACCIÓN POPULAR | 2010-00451 | N/A | ACCESO SOBRE LA CR. 13 CON CALLE 57 DE BOGOTA, QUE CONDUCE AL INTERIOR DE LA AGENCIA, SE REALIZA POR UNA UNICA PUERTA DE ENTRADA HABILITADA, LA CUAL POSEE UN ESCALON DE MAYOR ALTURA AL QUE PERMITE LA LEY, EL CUAL HAY QUE SOBREPASAR PARA INGRESAR A DICHA AGENCIA, SIN QUE EXISTA RAMPA ALGUNA O ESTRUCTURA DE NIVEL QUE PERMITA LA ENTRADA Y SALIDA LIBRE, FACIL, SEGURA Y EFICAZ DE PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA, | N/A | TERMINADO | DESISTIMIENTO | NO FUE APELADA | NO FUE APELADA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
ACCION LEGAL COLOMBIA S.A.S. | ACCIÓN POPULAR | 2010-00646 | N/A | LUBRICANTES Y COMBUSTIBLES DEL ORIENTE LTDA, DEDICADA A LA VENTA DE COMBUSTIBLES Y OTROS, NO POSEE ANDENES ADECUADOS PARA EL LIBRE TRANSITO DE PEATONES, COMO LO ESTABLECEN LAS NORMAS VIGENTES DE LA MATERIA Y AL CONTRARIO SUS ACCESOS Y SALIDA INTERRUMPEN EL TRANSITO DE LOS PEATONES. LOS ANDENES NO TIENEN CONTINUIDAD ENTRE SI, Y ESTAN ABRUPTAMENTE INTERRUMPIDOS PARA DAR ACCESO A LOS VEHICULOS AL ESTABLECIMIENTO | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
SANJUAN SANCLEMENTE CARLOS ARTURO | ACCIÓN POPULAR | 2005-00958 | N/A | DENUNCIA EL ACCIONANTE LA VULNERACIÒN AL DERECHO COLECTIVO DEL USO Y GOCE DEL ESPACIO PUBLICO CON OCASIÒN DE LA INVASIÒN DEL MISMO POR PARTE DEL INSTITUTO DE SEGURO SOCIAL SEDE CAN QUIEN ENCERRO LAS ZONAS DE USO PUBLICO CORRESPONDIENTES A LOS ANDENES Y ZONAS VERDES Y TIENE EN ESTADO DE ABANDONO LOS CERRAMIENTOS Y EL EDIFICIO.- RECUPERACION DEL ESPACIO PUBLICO - EDIFICIO DEL ISS - CAN. SON DE USOS PUBLICOS EN LA LOCALIDAD DEL CAN | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
MUNOZ TELLEZ JOHN MAXIMINO | ACCIÓN POPULAR | 2010-00514 | N/A | DEMOLICIÓN DE LA OBRA CIVIL QUE OCUPA INDEBIDAMENTE EL ESPACIO PÚBLICO EN LA CALLE 25 N. 37-10 (ANTIGUA CALLE 22 F 40-10) DONDE FUNCIONA UNA DE LAS SUCURSALES DEL ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO DENOMINADO "JENO'S PIZZA". DICHO ESTABLECIMIEN TO OCUPA EL ESPACIO DEL ANTEJARDÍN SIN CONTAR CON LA AUTORIZACIÓN DE USO. | N/A | TERMINADO | FALTA DE LEGIMITACION DEL IDU | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
DUARTE JOSÉ MANUEL | ACCIÓN POPULAR | 2005-01983 | N/A | E ADOPTEN LAS MEIDAS NECESARIAS PARA PAVIMENTAR LA CALLE 45D SUR ENTRE LA CRA.90A Y 91 ANTES CALLE 42D SUR ENTRE LA CRA.103B DEL BARRIO DINDALITO. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
CUESTA ROJAS LUIS ALBERTO | ACCIÓN POPULAR | 2010-00067 | N/A | QUE SE ORDENE A LAS ENTIDADES DEMANDADAS REALIZAR LAS OBRAAS DE ADECUACION DE LA ENTRADA DE LA SUCURSAL DEL BANCO HSBC S.A. OFICINA CARRERA 11 CON CALLE 98 ESQUINA EN UN TERMINO QUE NO EXCEDA 20 DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE LA EJECUTORIA DE LA SENTENCIA, QUE GARANTICEN EL ACCESO DE LAS PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA | N/A | TERMINADO | SENTENCIA FAVORABLE AL IDU, EL DESPACHO DECLARA HECHO SUPERADO | NO FUE APELADA | NO FUE APELADA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
MATEUS CEDIEL DIANA MARIA | ACCIÓN POPULAR | 2010-00328 | N/A | DETERMINAR SI EL ESTABLECIMIENTO ARCHIES CALLE 93 UBICADO EN LA CALLE 93 A 11-49 DE LA LOCALIDAD DE CHAPINERO NO POSEE LA AUTORIZACION DE USO TEMPORAL DEL ANTEJARDIN YA QUE NO SE HA REALIZADO LA RECUPERACION INTEGRAL DE ESPACIO PUBLICO. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
MATEUS CEDIEL DIANA MARIA | ACCIÓN POPULAR | 2010-00329 | N/A | LA FABRICA UBICADA EN LA CALLE 93 A NO. 13-25 BOGOTA, POSEE CERRAMIENTO DEL ANTEJARDIN IMPIDIENDO EL LIBRE ACCESO DE PEATONES POR LOS ANDENES. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | NO FUE APELADA | NO FUE APELAD | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
ORTIZ CLAUDIA MARCELA | ACCIÓN DE TUTELA | 2013-00987 | N/A | EL ACCIONANTE NARRA QUE SUPUESTAMENTE FUE DOCENTE DE LA SECRETARIA DISTRITAL DE EDUCACIÓN. SOLICITA QUE SEA AMPARADO EN LOS MISMOS TÉRMINOS DE LA SENTENCIA EMITIDA EL 27 DE OCTUBRE DE 2011 POR EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL QUINDIO EN LA ACCIÓN 63- 001-3331-004-2010-00523-01. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
CORREDOR CALDAS MARIA CAMILA | ACCIÓN POPULAR | 2011-00079 | N/A | LA CRA 15 Y 16 CON CALLE 145, EN EL BARRIO CEDRITOS, SE ENCUENTRA DIVIDA POR UN CAÑO, SOBRE EL CUAL SE CONSTRUYÓ UN PUENTE PEATONAL CON EL FIN DE FACILITAR EL CRUCE DEL CAÑO EN MENCIÓN. EL PUENTE NO CUENTA CON UN SISTEMA DE RAMPAS PARA EL ACCESO DE PERSONAS CON LIMITACIONES FÍSICAS | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | SENTENCIA FAVORABLE DE PRIMERA INSTANCIA. EL DESPACHO DECLARA PROBADAS LAS EXCEPCIONES DE MERITO PROPUESTAS POR LA ALCALDIA MAYOR, IDU Y SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE. | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
RIAÑO SANCHEZ YAMITH | ACCIÓN POPULAR | 2010-00228 | N/A | EN LA CARRERA 15 NO. 119-45 DE ESTA CIUDAD, FUNCIONA UNA OFICINA DE LA ENTIDAD FINANCIERA BANCO DE OCCIDENTE, CUYA ENTRADA PRINCIPAL Y UNICA SE ACCEDE DESPUES DE TENER QUE SUBIR 10 ESCALONES, A LO LARGO DE LA ENTRADA DESDE LA CALLE HASTA LA OFICINA, NO EXISTE RAMPA ALGUNA O ESTRUCTURA A NIVEL CON ANDEN PEATONAL QUE PERMITA EL INGRESO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD FISICA. POR NINGUN LADO DE LA ENTRADA DE ESTA OFICINA BANCARIA SE ENCUENTRA RAMPA ALGUNA O ELEMENTO ARQUITECTONICO QUE PERMITNA LA ENTRADA CORRECTA Y SEGURA DE UNA PERSONA CON DISCAPACIDAD FISICA, POR EJEMPLO UN MINUSVALIDO EN SILLA DE RUEDAS. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
ROJAS JORGE ARMANDO | ACCIÓN DE TUTELA | 2013-00062 | N/A | LA ASOCIACIÓN DE COPROPIETARIOS, PROPIETARIOS Y RESIDENTES DE LA AGRUPACIÓN DE VIVIENDA URBANIZACIÓN MARANTÁ, QUIENES SOLICITAN LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS COLECTIVOS AL GOCE DE UN AMBIENTE SANO, AL GOCE DE UN ESPACIO PÚBLICO Y LA SALUBRIDAD PÚBLICA. QUE EL IDU MEDIANTE CONTRATO 003 DE 2001, CUYO OBJETO ES ¿ESTUDIO Y DISEÑO DE DOS ESTACIONES DE TRANSMILENIO UBICADAS EN LA AUTOPISTA NORTE CON CALLE 187, Y AUTOPISTA NORTE ENTRE CALLES 191 Y 192, Y LA CONSTRUCCIÓN DE LAS OBRAS NECESARIAS PARA LA ADECUACIÓN Y PUESTA EN SERVICIO DE DOS ESTACIONES DE TRANSMILENIO UBICADAS EN LA AUTOPISTA NORTE CON CALLE 187, Y LA AUTOPISTA NORTE ENTRE CALLES 191 Y 192, Y DEMÁS OBRAS COMPLEMENTARIAS REQUERIDAS PARA SU FUNCIONAMIENTO EN BOGOTÁ, D.C.¿ QUE CON OCASIÓN DE ESAS OBRAS SE VERÁN AFECTADOS LOS DERECHOS COLECTIVOS COMO EL GOCE DE UN AMBIENTE SANO, ESPACIO PÚBLICO, UTILIZACIÓN Y DEFENSA DEL PATRIMONIO PÚBLICO, LA SALUBRIDAD PÚBLICA, PUES NO SE VAN A CUMPLIR LOS CONTROLES NECESARIOS PARA PREVENIR, SEGÚN EL ACTOR: CONGESTIÓN DO ANTE EL IDU (INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO) SOLICITANDO LOS PAZ Y SALVOS DEL PROYECTO CON FECHA DE RECIBIDO 22/09/2011, COPIA DE LA CARTA DE LA HOJA DE CONSULTA DE PREDIOS EN DONDE SALE RATIFICADO EL DES ENGLOBE CON FECHA 26/07/2011,COPIA DE LOS LISTADOS DE LOS INMUEBLES DEL CONJUNTO RESIDENCIAL OKAPI 11 EN DONDE APARECEN CON SU CHIP CATASTRAL CADA APARTAMENTO! ESTE CHIP SOLO ES ASIG | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
ESCUELA COLOMBIANA DE INGENIERIA JULIO G, | ACCIÓN DE TUTELA | 2013-01108 | N/A | SE INICIA LA ACCIÓN DE TUTELA EN CONTRA DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DISTRITAL Y EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, POR LA SUPUESTA VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES A LA IGUALDAD Y EL DEBIDO PROCESO DEL ACCIONANTE, QUIEN ES UN MAESTRO DEL DISTRITO CAPITAL QUIEN PRETENDE QUE POR INTERMEDIO DE LA ACCIÓN DE TUTELA SE ORDENE EL RECONOCIMIENTO Y EL PAGO DE LA PRIMA DE SERVICIOS. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
DIAZ GALINDO MARIA LILLY | ACCIÓN DE TUTELA | 2013-01136 | N/A | CONTESTAR DE FONDO EL DERECHO DE PETICION 20135260840822 | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
BAHAMÓN VÉLEZ JORGE | ACCIÓN POPULAR | 2011-00200 | N/A | EL ACCIONANTE ADUCE QUE LA URBANIZACIÓN EN LA QUE RESIDE, DENOMINADA AGRUPACIÓN DE VIVIENDA RIO VERDE EN LA LOCALIDAD DE USME PRESENTA PROBLEMAS ESTRUCTURALES EN SUS CONSTRUCCIONES, QUE LAS REDES DE ALCANTARILLADO, ELECTRICIDAD, GAS NATURAL, PRESENTAN PROBLEMAS, QUE LAS ZONAS COMUNES DEL CONJUNTO PRESENTAN DESPERFECTOS, ESCOMBROS Y HUNDIMIENTOS EN LOS PAQUEADEROS. ASÍ MISMO MANIFIESTA EL ACTOR QUE EL SENDERO PEATONAL EXISTENTE ENTRE ENTRE LA URBANIZACIÓN RIO VERDE Y LA URBANIZACIÓN BUENA VISTA QUE NO ES OBJETO DEL PROCESO EN REFERENCIA, QUEDO EN OBRA GRIS, Y QUE POR ELLO SUPUESTAMENTE TIENE RESPONSABILIDAD LA CONSTRUCTORA Y METROVIVIENDA POR SER ESTA ÚLTIMA QUIEN DESARROLLÓ EL URBANISMO SECUNDARIO DEL SECTOR DONDE SE ENCUENTRA EL PREDIO SOBRE EL QUE SE EDIFICÓ DICHA URBANIZACIÓN. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | NO FUE APELADA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
UMBARILA CARDENAS WILSON | ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO | 2012-00069 | N/A | ACCION DE CUMPLIMIENTO CON OCASION DEL CONTRATO 066 DE 2009 CONSTRUCCION DE LA CICLO RUTA DE LA AV. LAUREANO GOMEZ. DESDE AV. SAN JUAN BOSCO HASTA LA AV. CEDRITOS. CODIGO DE OBRA 101 DEL ACUERDO 180 DE VALORIZACION. QUE SE CUMPLA CON EL DECRETO 190 DEL 2004, QUE SE CUMPLA CON LA RESOLUCION 1324 DE 2009. // CITA COMO NORMAS INCUMPLIDAS: POT, DECRETO 190 DE 2004, ARTÍCULOS 173, 174, 166 Y 177; DECRETO 602 DE 2007; DECRETO 469 DE 2003 Y RESOLUCIÓN 1324 DE 2009. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | NO FUE APELADA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
ABELA RODRIGUEZ FEDERICO | ACCIÓN POPULAR | 2009-00089 | N/A | DEMANDA EN AP A BOGOTÁ, D.C., COMO ENCARGADA DE VIGILAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS LICENCIAS DE URBANISMO Y CONSTRUCCIÓN: EN NOVIEMBRE DE 2008, LA CONSTRUCTORA BOLIVAR S.A. EN DESARROLLO DEL PROYECTO URBANÍSTICO BOSQUES DE PROVENZA , UBICADO EN LA DIAGONAL 136 86-59, HIZO EL ROMPIMIENTO DE LA DIAGONAL 138 PARA LA CONEXIÓN AL SISTEMA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE ESE PROYECTO. EL IDU CONDICIONÓ A LA CONSTRUCTORA PARA EL DESARROLLO DE ESA ADECUACIÓN, A ENTREGAR AL D.C., LA DIAGONAL 138 DESDE LA PORTERÍA PRINCIPAL DEL CONJUNTO (TRANSVERSAL 84 CON DIAGONAL 136) HASTA LA URBANIZACIÓN QUINTAS DE PROVENZA (CALLE 134 BIS 89 A - 05). SOLICITAN LA RECONSTRUCCIÓN DE LA VÍA, DE LOS SARDINELES, CONSTRUCCIÓ DEL PARQUE PÚBLICO DADO EN CESIÓN OBLIGATORIA AL D.C. Y LA REPARACIÓN DE LOS DAÑOS A LA INFRAESTRUCTURA DE LAS PROPIEDADES ALEDAÑAS. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | NO FUE APELADA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
GARCIA CONCHA RICARDO | ACCIÓN POPULAR | 2010-00694 | N/A | L ACCIONANTE RECIDE HAME MAS 30 AÑOS EN EL BARRIO MUZU DE LA LOCALIDAD DE PUENTE ARANDA Y DESDE ESE MOMENTO EN DICHA ZONA SE VIENE PRESENTANDO UNA PROBLEMÁTICA DEBIDO QUE SIEMPRE QUE SE PRESENTAN LUVIAS FUERTES SE GENERAN INUNDACIONES AFECTANDO LAS CALLES Y PARQUES DE LA ZONA, A PESAR DE ELEVAR DIFERENTE SOLICITUDES PARA LA MEORA DE LA RED DE ALCANTARILLADO Y SUS LINDEROS LA RESPUESTA ENTREGADA POR LA EAAB CONSISTE EN ACTIVIDADES DE LIMPIEZA QUE NO SOLUCIONAN DE FONDO LA PROBLEMATICA. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
ORTIZ GOMEZ GERARDO | ACCIÓN POPULAR | 2011-00027 | N/A | ORDENAR AL IDU QUE REPARE INMEDIATAMENTE EL HUECO UBICADO EN LA CALLE 127B CON CALLE 19 ESQUINA NOROCCIDENTAL, DE LA CIUDAD DE BOGOTA, QUE CORRESPONDE A UN DEPÓSITO SUBTERRÁNEO DE CABLES CUYA CUSTODIA LE CORRESPONDE A LA DEMANDADA. EL HUECO O DEPÓSITO QUE AL PARECER CUMPLE UN AÑO DESTAPADO SE HA CONVERTIDO EN BASURERO, NIDO DE ROEDORES, TRAMPA HUMANA Y DE VEHÍCULOS | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | SENTENCIA A FAVOR, EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA REVOCO EL NUMERAL TERCERO DEL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA EL CUAL ORDENABA AL IDU, CONSTRUIR EL ANDEN UBICADO EN LA CALLE 127B CON AVENIDA 19. Y MODIFICO EL NUMERAL CUARTO DEL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA ORDENANDO A CONDENSA CONTRUIR LA COBERTURA DE LA CAMARA SUBTERRANEA CS-276 LOCALIZADA EN LA CALLE 127 B CON AVENIDA 19. | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
MORALES PINZON OSCAR | ACCIÓN POPULAR | 2009-00169 | N/A | LA ALCALDÍA MYOR DE BOGOTÁ, NO HIZO EFECTIVA LA PÓLIZA DE CUMPLIMIENTO EN LA CONTRATACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA MALLA VIAL DEL TRAMO DE LA CALLE 80 HASTA SECTOR DEL MINUTO DE DIOS, CUANDO SE CAMBIÓ EL PROYECTO INICIAL DE PAVIMENTO RÍGIDO POR ASFALTO, YA QUE LAS LOZAS SE AGIETARON O FISIONARON, HECHO QUE SUCEDE IGUAL EN LA AVENIDA CARACAS O CARRERA 14 ENTRE CALLES 26 Y 100, DONDE LA MALLA VIAL SE AGRIETÓ POR FALTA DE UN SELLADOR DE SILICONA ESTRUCTURAL EN LOS EMPALMES DE LAS LOZAS QUE UNIDAS FORMAN LA MALLA VIAL, ELEMENTO NECESARIO PARA SOPORTAR EL IMPACTO AL PASO DE LOS ARTICULADOS CUANDO LAS LOZAS CHOCAN UNAS CON OTRAS Y SI ÉSTAS NO CUENTAN CON UN SELLAMIENTO DE ALTA DENSIDAD EN SUS EMPALMES SE AGRIETAN Y SE QUIEBRAN, RECOMENDACIÓN QUE HICIERA UN REPRESENTANTE DE LA GE SILICONS DE NORTEAMÉRICA AL MOMENTO DE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS EN EL SECTOR. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
MATALLANA NARANJO EZEQUIEL | ACCIÓN POPULAR | 2005-02212 | N/A | EL BARRIO VILLA AMALIA Y LA PERLA LLEVAN 18 AÑOS DE CONSTRUIDOS Y EL BARRIO VILLA ALCALA APROXIMADAMENTE 5 AÑOS, LAS PERSONAS SE DESPLAZAN EN BICICLETA Y A PIE A LLEVAR A SUS HIJOS PEQUEÑOS A LA MAYORÍA DE LOS COLEGIOS, QUE SE ENCUENTRAN AL OTRO LADO DEL AV. 72 CON CRA. 110G. EN ESTE SECTOR NO HAY UN SEMAFORO, SEÑALIZACIÓN ESCOLAR, CEBRAS, CRUCES PEATONALES, NO EXISTEN SEÑALES DE TRÁNSITO REGLAMENTARIAS TANTO PARA CONDUCTORES DE VEHICULOS, MOTOS, BICICLETAS Y PEATONES EN GENERAL EXISTIENDO UN EMINENTE RIESGO DE ACCIDENTALIDAD | N/A | TERMINADO | ORDENA AL IDU RETIRE DEL SECTOR OBJETO DE LA ACCIÓN POPULAR CUALQUIER CONTAMINACIÓN TÉRREA, SIN EMBARGO; SE PREVIENE AL IDU EN EL SENTIDO DE QUE REALICE LA COORDINACIÓN PERTINENTE TENDIENTE A QUE SE RETIRE LA CONTAMINACIÓN TERRREA DEL LUGAR OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN. IGUALMENTE MODIFICÓ EL LITERAL B DEL ORDENAMIENTO SEGUNDO DEL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.EN EL SENTIDO DE QUE UNA VEZ REALIZADO EL ESTUDIO TÈCNICO, DENTRO DEL TERMINO DE 6 MESES EL IDU DEBERÀ PRESENTAR DE MANERA INMEDIATA | DESFAVORABLE | ORDENA AL IDU RETIRE DEL SECTOR OBJETO DE LA ACCIÓN POPULAR CUALQUIER CONTAMINACIÓN TÉRREA, SIN EMBARGO; SE PREVIENE AL IDU EN EL SENTIDO DE QUE REALICE LA COORDINACIÓN PERTINENTE TENDIENTE A QUE SE RETIRE LA CONTAMINACIÓN TERRREA DEL LUGAR OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN. IGUALMENTE MODIFICÓ EL LITERAL B DEL ORDENAMIENTO SEGUNDO DEL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.EN EL SENTIDO DE QUE UNA VEZ REALIZADO EL ESTUDIO TÈCNICO, DENTRO DEL TERMINO DE 6 MESES EL IDU DEBERÀ PRESENTAR DE MANERA INMEDIATA A LA AUTORIDAD DISTRITL LA DOLICITUD DE LAS PARTIDAS PRESUPUESTALES QUE SE REQUIERAN PARA LA EJECUCIÒN DE LAS OBRAS EN EL PRESUPUESTO DE LA VIGENCIA SIGUIENTE Y APROBACIÒN DE LAS RESPECTIVA PARTIDAS PRESUPUESTALES. | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
TENORIO PERLAZA JESUS EDUARDO | ACCIÓN POPULAR | 2005-01982 | N/A | SOBRE LOS ANDENES UBICADOS EN LA AV. INDEPENDENCIA O CRA. 70 70- 09; 68B-23; 67A-21; 65A-49; 64G-05 Y A CONTINUACION DE DEL NUMERO 63-37 CODENSA HA SEMBRADO TORRES POR LAS QUE PASAN CABLES DE ENERGIA DE ALTA TENSION, INVADIENDO Y REDUCIENDO EL ESPACIO PUBLICO PARA QUE LOS PEATONES TRANSITEN, POR LO QUE SE VEN OBLIGADOS A DESCENDER A LA CALZADA EXPONIENDOSE A SER ATROPELLADOS POR LOS VEHICULOS | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | NO FUE APELADO | NO FUE APELADA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
PEREZ HOYOS JESUS MARIA | ACCIÓN POPULAR | 2011-00126 | N/A | ARREGLO DE LA ENTRADA Y SALIDA AL TRANSMILENIO ESTACION PARQUE PARA LOS USUARIOS DEL BARRIO SAN BENITO RESIDENTES E INDUSTRIALES. PUENTE PEATONAL ELEVADO CALLE 55 SUR CON KRA 19C, PARA QUE NO INTERFIERA EL PASO DE NIÑOS NI ADULTOS MAYORES AL PARQUE TUNAL, CAMBIO DEL PUENTE AV BOYACA CON CALLE 60 SUR, POR QUE ES UN ATRACADERO Y LA COMUNIDAD NO LO USA, NI BAJANDO, NI SUBIENDO. | N/A | TERMINADO | SENTENCIA FAVORABLE AL IDU. NEGÓ LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS DEPRECADOS EN LA DEMANDA. | NO FUE APELADO | NO FUE APELADA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
FRANCISCO BASILIO | ACCIÓN POPULAR | 2008-00266 | N/A | EN LA URBANIZACION SANTA SOFIA SUR BARRIO LOMAS SE CONSTRUYERON 169 APARTAMENTOS EN ZONA DE ALTO RIESGO Y SIN EMBARGO EL DISTRITO EXPEDIO LICENCIAS DE CONSTRUCCION CON ESTAS FALLAS Y AHORA LA URBANIZACUION EN SU PARTE INTERIOR EN AREAS COMUNES, ZONAS VERDES, PARQUEADEROS PRESENTAN HUNDIMIENTOS; LOS EDIFICIOS O TORRES DE 6 PISOS PRESENTAN INCLINACIONES Y FISURAS EN LA PARTE EXTERIOR, LAS ESCALERAS ESTAN AVERIADAS | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
PRIETO RODRIGUEZ OSCAR WILSON | ACCIÓN POPULAR | 2010-00315 | N/A | SOBRE LA AVENIDA BOYACÁ CON CALLE 13, ESTÁ UBICADO UN PUENTE VEHICULAR Y DENTRO DEL MISMO UN PUENTE PEATONAL IMPROVISADO, EL CUAL NO CUMPLE CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ESTABLECIDAS EN LAS NORMAS QUE REGULAN EL TEMA. LA ESTRUCTURA SE ENCUENTRA DETERIORADA POR DESCUIDO, OMISIÓN Y NEGLIGENCIA EN SU MANTENIMIENTO; NO DISPONE DE UN SISTEMA DE ACCESO O UNA INSTALACIÓN EFICIENTE QUE GARANTICE EL ACCESO AUTÓNOMO DE PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA, EN ESTADO DE INCAPACIDAD O A LAS QUE TRANSITEN CON OBJETOS COMO COCHES, BICICLETAS Y PAQUETES GRANDES. ADEMÀS NO CUENTA CON RAMPAS Y BORDILLOS CONTENEDORES ADECUADOS A LO LARGO DE TODA SU EXTENSIÓN. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA DECLARA COSA JUZGADA PROPUESTA POR EL IDU | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
BRIEVA MALDONADO IVAN DAVID | ACCIÓN POPULAR | 2005-01565 | N/A | REPARAR O REMPLAZAR LAS LAMINAS Y ESTRUCTURAS DAÑADAS DE TODAS LAS ESTACIONES DEL SISTEMA DE TRANSPORTE MASIVO TRANSMILENIO. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | NO FUE APELADA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
VILLARAGA AMORTEGUI MARTHA MONICA | ACCIÓN POPULAR | 2011-00039 | N/A | ESDE EL AÑO 2011, SE HA VENIDO SOLICITANDO MEDIANTE DE MANERA ESCRITA Y VERBAL EL MANTENIMIENTO DEL CANAL LA ALBINA. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | NO FUE APELADO | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
ALARCON ROPERO JUAN CARLOS | ACCIÓN POPULAR | 2011-00320 | N/A | PRESUNTA VULNERACION DE DERECHOS COLECTIVOS OCASIONADA POR LA CARENCIA DE ESTRUCTURA FISICA EN LA SUCURSAL UBICADA EN PUENTE LARGO, QUE PERMITA EL DESPLAZAMIENTO DE LA POBLACION DISCAPACITADA. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | SENTENCIA FAVORABLE AL DIU, DECLARA PROBADA LA FALTA DE LEGITIMACION EN LA CAUSA POR PASIVA DEL IDU. | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
LOZANO ALGAR LUIS ALFREDO | ACCIÓN POPULAR | 2010-00200 | N/A | LA AV CALLE 19 ENTRE CRA 31 Y 32 DE BOGOTA, EN SU COSTADO IZQUIERDO SUR SENTIDO ORIENTE-OCCIDENTE, PRESENTA LO QUE COMUNMENTE SE CONOCE COMO UNA MUELA QUE NO PERMITE EL USO Y GOCE PLENO, PERMANENTE Y CONTINUO DEL ESPACIO PUBLICO VIA PUBLICA ANDEN. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | SENTENCIA FAVORABLE DE PRIEMRA INSTANCIA, DESPACHO DECLARA COSA JUZGADA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
RAMIREZ MARSIGLIA GIANFRANCO | ACCIÓN POPULAR | 2014-00087 | N/A | EL SEÑOR GIANFRANCO RAMIREZ MARSIGLIA SOLICITA QUE SE ORDENE LA PROTECCION DE LOS DERECHOS COLECTIVOS CONSAGRADOS EN LA LEY 472 DE 1998. DERECHO COLECTIVO AL GOCE DEL ESPACIO PUBLICO, LA UTILIZACION Y DEFENSA DE LOS BIENES DE USO PUBLICO, A LA DEFENSA DEL PATRIMONIO DEL ESPACIO PUBLICO, A LA DEFENSA DEL PATRIMONIO PUBLICO, LA SALUBRIDAD PUBLICA, LA REALIZACION DE CONSTRUCCIONES, EDIFICACIONES Y DISEÑOS URBANOS RESPETADO LAS DISPOSICIONES JURIDICAS, DANDO PREVALENCIA EL BENEFICIO DE CALIDAD DE VIDA DE LOS HABITANTES Y DERECHOS FUNDAMENTALES A LA VIDA DIGNA, DERECHO A LA IGUALDAD. SE ORDENE AL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO IDU, AUTORICE Y SE COMPLETE DE MANERA INMEDIATA, LA OBRA DE CONSTRUCCION EN PAVIMENTO DE LA CARRERA 95G CON CALLE 91A, HASTA LA CALLE 96 CON CARRERA 95G BIS. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | PACTO DE CUMPLIMIENTO | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
SOLANO GONZÁLEZ ORLANDO | ACCIÓN POPULAR | 2007-00629 | N/A | ACCIÓN POPULAR QUE SE ORDENE A LA EAAB ADELANTAR LAS OBRAS NECESARIAS TENDIENTES A LA ADECUACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE RECOLECCIÓN DE AGUAS LLUVIAS Y AGUAS NEGRAS DEL BARRIO SIERRA MORENA. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
SIERRA AVELLANEDA CESAR ALBERTO | ACCIÓN POPULAR | 2009-00237 | N/A | DECLARAR QUE LA ALCALDIA LOCAL DE SAN CRISTOBAL, COMO LOS ACTORES QUE USTED CONSIDERE, SON RESPONSABLES POR OMISION ADMINISTRATIVAS PARA EJECUTAR EL OBJETO DEL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO Nº 062 DE 2006, CONVENIO EN EL CUAL SE INCLUYO COMO VIA PRIORIZADA LA Nº 15 CALLEJON RODRIGUEZ SAN CRISTOBAL PARTE ALTA, DIAGONAL 13 SUR ENTRE CARRERAS 11 B ESTE Y 11 D ESTE DE LA CIUDAD DE BOGOTA. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
IRIZARRI BARRETO ALFREDO | ACCIÓN POPULAR | 2009-00630 | N/A | EL RESTAURANE CHABATTA GOURMET UBICADO EN LA CARRERA 15 86A44 DE LA CUIDAD DE BOGOTA, NO CUENTA CON LOS SERVICIOS SANITARIOS ACCESIBLES AL PUBLICO EN GENERAL ESPECIALMENTE PARA LOS DISCAPACITADOS PORQUE SE INFRINGEN LAS NORMAS LEGALES Y REGLAMENTARIA QUE ESTABLECEN LAS CONDICIONES TECNICAS MINIMAS EN ESTE SENTIDO. IGUALMENTE EL ESTABLECIMIENTO TIENE UNA UNICA ENTRADA PARA EL PUBLICO LA QUE PARA PODER ACCEDER ES DEMASIADO ANGOSTA Y SE OBSTACULIZA MUCHO MAS POR LAS MESAS Y SILLAS QUE SE ENCUENTRAN EN EL ANTEJARDIN. LO ANTERIOR IMPIDE EL FACIL Y SEGURO INGRESO DE PERSONAS QUE CUENTAN CON ALGUNA DISCAPACIDAD ESPECIALMENTE PARA PERSONAS EN SILLA DE RUEDAS | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | NO FUE APELADO | NO FUE APELADO | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
MEJIA RIVERA ALEJANDRA | ACCIÓN POPULAR | 2010-00447 | N/A | SE ORDENE A LA ENTIDAD FINANCIERA BANCO DE BOGOTA S.A SUCURSAL SANTANDER AVENIDA 1 DE MAYO NO 26-48 SUR BOGOTA DC LA ADECUACIÓN FUNCIONAL MEDIANTE LA CONSTRUCCIÓN DE RAMPAS DE ACCESO AL CAJERO AUTOMÁTICO CON EL FIN DE GARANTIZAR A LOS USUARIOS MINUSVÁLIDOS LA LIBRE MOVILIDAD, EL ACCESO A LUGARES ABIERTOS AL PUBLICO Y LA UTILIZACIÓN EN FORMA INDEPENDIENTE, AUTÓNOMA Y PRIVADA DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS QUE SE OFRECEN. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | NO FUE APELADO | NO FUE APELADO | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
CHIGUASUQUE DAZA JOSE ARMANDO | ACCIÓN POPULAR | 2005-01442 | N/A | ESTAN INTERESADOS EN LA RECUPERACION Y CONSERVACION DEL SISTEMA AMBIENTAL CAMPO VERDE LA ISLA, UBICADO ENTRE LOS RIOS BOGOTA Y TUNJUELITO HASTA LA UNION DE LOS DOS RIOS EN LA LOCALIDAD DE BOSA. YA QUE EL DESARROLLO DE ESTA ZONA ES CONSIDERADO COMO ZONA DE EXPANSION URBANA EN LA CUAL SE DESARROLLARA LA CONSTRUCCION DEL CANAL EL TINTALIV, CIUDADELA CAMPO VERDE, VILLAS DE VISCAYA, AV. TINTAL, AV. TORREROS, LAS CUALES SON OBRAS QUE ESTAN PROYECTADAS SOBRE LOS ESPEJOS DE AGUA, CONDUCTORES DE AGUA Y EL AREA PROTEGIDA DE LA ISLA | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | NO FUE APELADO | NO FUE APELADO | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
RAMIREZ ALDANA MARIA INES | ACCIÓN DE TUTELA | 2014-00943 | N/A | ACCION DE GRUPO 2001-019 Y ACCION POPULAR 2000-111 AMBAS RECLAMACIONES PRESENTADAS POR LOS PROBLEMAS DE ESTABILIDAD DE LAS VIVIENDAS QUE CONFORMAN LA URBANIZACION VILLA DE LOS ALPES DE ESTA CIUDAD. LAS VIVIENDAS QUE PRESENTAN PROBLEMAS DE ESTABILIDAD DE TERRENO QUE SE TRADUCE EN CAIDA DE VIVIENDAS, AFECTACION DE ZONAS COMUNES, ANDENES LADEADOS Y DESTRUIDOS, VIAS VEHICULARES DESTRUIDAS, ETC. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
DUQUE GIL ANA ROSA | ACCIÓN DE TUTELA | 2014-00954 | N/A | ACCION DE GRUPO 2001-019 Y ACCION POPULAR 2000-111 AMBAS RECLAMACIONES PRESENTADAS POR LOS PROBLEMAS DE ESTABILIDAD DE LAS VIVIENDAS QUE CONFORMAN LA URBANIZACION VILLA DE LOS ALPES DE ESTA CIUDAD. LAS VIVIENDAS QUE PRESENTAN PROBLEMAS DE ESTABILIDAD DE TERRENO QUE SE TRADUCE EN CAIDA DE VIVIENDAS, AFECTACION DE ZONAS COMUNES, ANDENES LADEADOS Y DESTRUIDOS, VIAS VEHICULARES DESTRUIDAS, ETC. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
VELANDIA RUBIO NELSON ANDRES | ACCIÓN DE TUTELA | 2014-00959 | N/A | ACCION DE GRUPO 2001-019 Y ACCION POPULAR 2000-111 AMBAS RECLAMACIONES PRESENTADAS POR LOS PROBLEMAS DE ESTABILIDAD DE LAS VIVIENDAS QUE CONFORMAN LA URBANIZACION VILLA DE LOS ALPES DE ESTA CIUDAD. LAS VIVIENDAS QUE PRESENTAN PROBLEMAS DE ESTABILIDAD DE TERRENO QUE SE TRADUCE EN CAIDA DE VIVIENDAS, AFECTACION DE ZONAS COMUNES, ANDENES LADEADOS Y DESTRUIDOS, VIAS VEHICULARES DESTRUIDAS, ETC. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
ALVARADO RODRIGUEZ OCTAVIO | ACCIÓN DE TUTELA | 2014-00966 | N/A | ACCION DE GRUPO 2001-019 Y ACCION POPULAR 2000-111 AMBAS RECLAMACIONES PRESENTADAS POR LOS PROBLEMAS DE ESTABILIDAD DE LAS VIVIENDAS QUE CONFORMAN LA URBANIZACION VILLA DE LOS ALPES DE ESTA CIUDAD. LAS VIVIENDAS QUE PRESENTAN PROBLEMAS DE ESTABILIDAD DE TERRENO QUE SE TRADUCE EN CAIDA DE VIVIENDAS, AFECTACION DE ZONAS COMUNES, ANDENES LADEADOS Y DESTRUIDOS, VIAS VEHICULARES DESTRUIDAS, ETC. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
MUÑOZ QUINTERO JAIRO ALBERTO | ACCIÓN DE TUTELA | 2014-00974 | N/A | ACCION DE GRUPO 2001-019 Y ACCION POPULAR 2000-111 AMBAS RECLAMACIONES PRESENTADAS POR LOS PROBLEMAS DE ESTABILIDAD DE LAS VIVIENDAS QUE CONFORMAN LA URBANIZACION VILLA DE LOS ALPES DE ESTA CIUDAD. LAS VIVIENDAS QUE PRESENTAN PROBLEMAS DE ESTABILIDAD DE TERRENO QUE SE TRADUCE EN CAIDA DE VIVIENDAS, AFECTACION DE ZONAS COMUNES, ANDENES LADEADOS Y DESTRUIDOS, VIAS VEHICULARES DESTRUIDAS, ETC. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
AREVALO NUÑEZ SONIA | ACCIÓN DE TUTELA | 2014-00986 | N/A | ACCION DE GRUPO 2001-019 Y ACCION POPULAR 2000-111 AMBAS RECLAMACIONES PRESENTADAS POR LOS PROBLEMAS DE ESTABILIDAD DE LAS VIVIENDAS QUE CONFORMAN LA URBANIZACION VILLA DE LOS ALPES DE ESTA CIUDAD. LAS VIVIENDAS QUE PRESENTAN PROBLEMAS DE ESTABILIDAD DE TERRENO QUE SE TRADUCE EN CAIDA DE VIVIENDAS, AFECTACION DE ZONAS COMUNES, ANDENES LADEADOS Y DESTRUIDOS, VIAS VEHICULARES DESTRUIDAS, ETC. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
BONILLA ANDRADE ELCIAS | ACCIÓN DE TUTELA | 2014-01016 | N/A | ACCION DE GRUPO 2001-019 Y ACCION POPULAR 2000-111 AMBAS RECLAMACIONES PRESENTADAS POR LOS PROBLEMAS DE ESTABILIDAD DE LAS VIVIENDAS QUE CONFORMAN LA URBANIZACION VILLA DE LOS ALPES DE ESTA CIUDAD. LAS VIVIENDAS QUE PRESENTAN PROBLEMAS DE ESTABILIDAD DE TERRENO QUE SE TRADUCE EN CAIDA DE VIVIENDAS, AFECTACION DE ZONAS COMUNES, ANDENES LADEADOS Y DESTRUIDOS, VIAS VEHICULARES DESTRUIDAS, ETC. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
VANEGAS RODRIGUEZ MARIA DEL CARMEN | ACCIÓN DE TUTELA | 2014-01018 | N/A | ACCION DE GRUPO 2001-019 Y ACCION POPULAR 2000-111 AMBAS RECLAMACIONES PRESENTADAS POR LOS PROBLEMAS DE ESTABILIDAD DE LAS VIVIENDAS QUE CONFORMAN LA URBANIZACION VILLA DE LOS ALPES DE ESTA CIUDAD. LAS VIVIENDAS QUE PRESENTAN PROBLEMAS DE ESTABILIDAD DE TERRENO QUE SE TRADUCE EN CAIDA DE VIVIENDAS, AFECTACION DE ZONAS COMUNES, ANDENES LADEADOS Y DESTRUIDOS, VIAS VEHICULARES DESTRUIDAS, ETC. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
GOMEZ DE RODRIGUEZ ALICIA | ACCIÓN DE TUTELA | 2014-01075 | N/A | ACCION DE GRUPO 2001-019 Y ACCION POPULAR 2000-111 AMBAS RECLAMACIONES PRESENTADAS POR LOS PROBLEMAS DE ESTABILIDAD DE LAS VIVIENDAS QUE CONFORMAN LA URBANIZACION VILLA DE LOS ALPES DE ESTA CIUDAD. LAS VIVIENDAS QUE PRESENTAN PROBLEMAS DE ESTABILIDAD DE TERRENO QUE SE TRADUCE EN CAIDA DE VIVIENDAS, AFECTACION DE ZONAS COMUNES, ANDENES LADEADOS Y DESTRUIDOS, VIAS VEHICULARES DESTRUIDAS, ETC. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
VARGAS ROJAS JORGE HUMBERTO | ACCIÓN POPULAR | 2011-00043 | N/A | EL IDU CELEBRO CONTRATO 037 DE 2006 CON EL CONSORCIO DE CONSULTORIA CEI-SMA QUE CONTIENE ENTRE OTRAS LAS OBRAS DEL ANEXO 1 DEL ACUERDO DISTRITAL 180 DE 2005 CUYO COSTO DEL CONTRATO ES SUPERIOR A LOS 3 MIL MILLONES Y ENCARGA LA INTERVENTORIA A LA FIRMA ACI PROYECTOS S.A. CALLE 106 CON CRA 9. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | FAVORABLE | CONFIRMA FALLO DE PRIMERA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
ADMINISTRANDO EDIFICIOS SOCIEDAD POR ACCIONES SI | ACCIÓN POPULAR | 2013-00157 | N/A | ADMINISTRANDO EDIFICIOS SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA EDIFICIOS S.A.S - EDIFICIO CRYSTAL PH SOLICITAN SEAN TOMADAS DE MANERA INMEDIATA LAS MEDIDAS QUE PERMITAN QUE LA ZONA DE LA CARRERA 19 ENTRE CALLES 93 B Y 93 NO CONTINUE SU DETERIORO REALIZANDO MANTENIMIENTOS RUTINARIOS DE CALIDAD HASTA TANTO LA OBRA DE CONSTRUCCION DE VIAS DE LA ZONA SE ENCUENTRE DEBIDAMENTE FINALIZADA, ADEMAS QUE SE TOMEN LAS MEDIDAS DE CARACTER DISCIPLINARIOCON EL FIN DE QUE LOS OBREROS A CARGO DEL MANEJO DE LOS DESVIOS RECIBAN INSTRUCCION Y CAPACITACION ADECUADA Y ORDENADA. | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | NO FUE APELADA | NO FUE APELADA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
RIVEROS MARIO | ACCIÓN POPULAR | 2013-00580 | N/A | EL SEÑOR MARIO RIVERO QUE SE ORDENE AL IDU, REVISAR EL DISEÑO INICIAL DE LA ADECUACION DEL PUENTE PEATONAL SEGUN CONTRATO N. 137 DE 2006, POR EL HECHO QUE ESTE DISEÑO, ES LESIVO A NUESTROS INTERESES COMO ENTIDAD DE CARACTER SOCIAL SIN ANIMO DE LUCRO. EN CONSECUENCIA QUE SE ORDENE A LAS ENTIDADES DEMANDADAS SE LLEGUE A UN ACUERDO CON LA JUNTA DE ACCION COMUNAL, CON RESPECTO A LA ENTREGA DE LA OCUPACION DEL ESPACIO PUBLICO Y, QUE NO SE AFECTE LA ESTRUCTURA DEL SALON COMUNAL BARRIO TEJAR DE LA LOCALIDAD 16 DE PUENTE ARANDA EN EL AREA DEL RECINTO PRINCIPAL | N/A | TERMINADO | NULIDAD PROCESAL | NO FUE APELADA | NO FUE APELADA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
ALIANZA FIDUCIARIA S.A. | ACCIÓN POPULAR | 2014-00025 | N/A | SE ORDENE A LOS ACCIONADOS EL CESE INMEDIATO DE CUALQUIER ACTIVIDAD ECONOMICA O URBANISTICA SOBRE EL PREDIO IDENTIFICADO CON LA MATRICULA INMOBILIARIA 50N-20331210, ORDENANDO RETENER Y DEMOLES LAS ESTRUCTURAS HECHAS SIN LOS REQUERIMIENTOS DE LEY. SANCION URBANISTICA. ACCIONANTE ALIANZA FIDUCIARIA S.A. COMO VOCERA DEL PATRIMONIO AUTONOMO AMBIENTTI AMARETO CALLE 147, CONTRA CIRO ALFONSO RUIZ PIÑEOS, PEDRO MIGUEL RUIZ PIÑEROS, JAIRO HERNANDO RUIZ PIÑEROS, CESAR AUGUSTO DE JESUS CORDOBA ROMERO. | N/A | DESVINCULADO | AUTO DESVINCULA AL IDU | DESVINCULADO EL IDU | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO | |
GUERRA LOPEZ GUSTAVO | ACCIÓN POPULAR | 2010-00090 | N/A | LA ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA POR CONDUCTO DEL IDU , ADJUDICARON MILLONARIO CONTRATO A LA UNION TEMPORAL TRANSVIAL, QUE LIDERA EL GRUPO NULE Y QUE ES RESPONSABLE DEL 70% DE LA CONSTRUCION DE LA TRONCAL DE TRANSMILENIO POR LA CALLE 26, DE LA CIUDAD DE BOGOTA. UN DOCUMENTO RECIENTE DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO DE BOGOTA, MUESTRA QUE LAS OBRAS DEL DESVIO DE LA RED MATRIZ EL SILECNIO CASABLANCA, QUE SE DEBE HACER PARA CONSTRUIR EL PASO DEPRIMIDO DE LA CALLE 26, A LA ALTURA DEL CONSEJO DISTRITAL, SOLO HAN TENIDO UN AVANCE DEL 1%. L AUNION TEMPORAL TRANSVIAL, CONTRATISTA DEL 70% DE LA TRONCAL DE LA 26, EN LA QUE ESTA INCLUIDO EL MENCIONADO PUENTE, RECONOCE QUE ESE DESVIO ESTA PRACTICAMENTE EN CEROS Y ACHACA LA PARALISIS A QUE LOS DISEÑOS HAN SIDO MODIFICADOS Y HAN HABIDO PROBLEMAS CONUN INMUEBLE VECINO QUE DEBIA ADQUIRIRSE. LA INTERVENTORIA DE LA TRONCAL DE TRASMILENIO EN LOS TRAMOS DE LA CALLE 26 QUE ADELANTA LA UNION TEMPORAL TRANSVIAL, CORRE POR CUENTA DE INTERCOL, ENTIDAD QUE EN UNA CARTA ENVIADA AL IDU EL PASADO 2O ANTE EL IDU (INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO) SOLICITANDO LOS PAZ Y SALVOS DEL PROYECTO CON FECHA DE RECIBIDO 22/09/2011, COPIA DE LA CARTA DE LA HOJA DE CONSULTA DE PREDIOS EN DONDE SALE RATIFICADO EL DES ENGLOBE CON FECHA 26/07/2011,COPIA DE LOS LISTADOS DE LOS INMUEBLES DEL CONJUNTO RESIDENCIAL OKAPI 11 EN DONDE APARECEN CON SU CHIP CATASTRAL CADA APARTAMENTO! ESTE CHIP SOLO ES ASIGNADO CUANDO SALE ASIGNADO.) DÍA 31 DE OCTUBRE ES OPERADO POR LA LESIÓN, CIRUGÍA QUE CONSISTE EN HACER UN INJER | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | NO FUE APELADA | SENTENCIA DECLARA PROBADA LA EXCEPCION DE INEXISTENCIA DE LA VULNERACION DE LOS DERECHOS COLECTIVOS ESGRIMIDOS EN LA DEMNADA Y NIEGA LAS SUPLICAS DE LA DEMANDA | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
ACERO HERNANDEZ JOSE JAVIER | ACCIÓN POPULAR | 2012-00099 | N/A | QUE LAS VÍAS DEL BARRIO "LA ESTACIÓN DE BOSA": CARRERA 78 DESDE CALLE 65 SUR HASTA CALLE 63 SUR; CARRERA 78 A BIS DESDE CALLE 63 A HASTA CALLE 65 SUR; CALLE 64 DESDE CARRERA 78 HASTA CARRERA 78 A BIS, SE ENCUENTRAN EN MAL ESTADO, PRESENTAN HUECOS GRANDES, MEDIANOS Y PEQUEÑOS, CON ESTANCAMIENTO DE AGUAS, ALCANTARILLAS DESTAPADAS. LA SITUACIÓN SE HA PROLONGADO DESDE HACE MAS DE 40 AÑOS, PONIENDO EN RIESGO LA SEGURIDAD Y SALUBRIDAD CIUDADANA | N/A | TERMINADO | ORDENAS A LA ALCALDIA LOCAL DE BOSA HACER OBRA | FAVORABLE | ORDENA A LA ALCADIA LOCAL DE BOSA Y DECLARA PROBADA LA FALTA DE LEGITIMACION DEL IDU EN EL PROCESO | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
CORPORACION INCIDE | ACCIÓN POPULAR | 2011-00036 | N/A | EN LA CALLE 187 15-13 Y CALLE 186 B 35A00 Y CRA 35 A 187-02 DE LA LOCALIDAD DE USAQUEN SE ENCUENTRA UBICADO UN PREDIO DE PROPIEDAD DEL IDU. EL CITADO PREDIO ESTA OCASIONANDO PROBLEMAS AMBIENTALES Y DE SALUD PUBLICA AFECTANDO GRAVEMENTE A MAS DE MIL HABITANTES COMO CONSECUENCIA DEL ARROJO DE BASURAS, ANIMALES MUERTOS, PROLIFERACION DE VECTORES Y ROEDORES ENTRE OTRAS. EN IGUAL SENTIDO ES UN FOCO DE INSEGURIDAD PARA LOS TRANSEUNTES | N/A | TERMINADO | NIEGA PRETENSIONES | DESFAVORABLE | SENTENCIA DESFAVORABLE, ORDENÓ AL IDU EN CORDINACION CON LA AUESP IMPLEMENTAR POLITICAS DE CONSERVACION Y ASEO DEL PREDIO UBICADO EN LA CARRERA 35A NO. 187-02. | N/A | N/A | NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO |
Consultores Civiles e Hidráulicos - Gutierrez Diaz y Cia S. en C | Acción Contractual | 110013331722201200 01800 | 294.754.547 | QUE LAS CLAUSULAS QUE FUERON PACTADAS EN EL CONTRATO 435 DE 2002 QUE CELEBRO EL IDU Y CONSORCIO C&G INTEGRADO POR LAS CONSULTORES CIVILES E HIDRAULICOS LTDA Y GUTIERREZ DIAZ Y CIA S EN C, ROMPIERON EL EQUILIBRIO ECONOMICO Y FINANCIERO DEL CONTRATO. | 435-2002 | ARCHIVO | FAVORABLE | FAVORABLE | SE RESUELVE: 1.- DECLARAR NO PROBADAS LAS EXCEPCIONES PROPUESTAS POR LA PARTE DEMANDADA. 2.- CONFIRMAR LA SENTENCIA PROFERIDA EN PRIMERA INSTANCIA, POR EL JUZGADO VEINTIDOS (22) ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, EL 18 DE JUNIO DE 2013. 3.- EN FIRME ESTA PROVIDENCIA, DEVUELVASE AL A QUO PARA LO DE SU COMPETENCIA. | N/A | N/A | NYDIA MALDONADO ROA |
Santander Investment Trust Colombia S.A. | Recurso Extraordinario de Revisión | 250002327000200301 51701 18115 | 96.258.592 | SE DECRETE LA NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO DEL ACTO ADMINSITRATIVO, DEL PROCESO EJECUTIVO 13336/02 EJE 5 MEDIANTE EL CUAL SE DECLRO NO PROBADA LA EXCEPCION PROPUESTA POR EL DEMANDANTE DE "FALTA DE TITULO EJECUTIVO", POR CONSIDERAR QUE EL ACTO ADMINSITRATIVO ATACADO ES ABIERTAMENTE ILEGAL. | N/A | ARCHIVO | FAVORABLE | FAVORABLE | SE PROFIERE FALLO MEDIANTE EL CUAL SE DECIDE CONFIRMAR SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA DONDE SE RESOLVIO DECLARAR FAVORABLEMENTE LA PRETENSIÓN DE NULIDAD; DECLARA PROBADA LA EXEPCIÓN; NO SE CONDENA EN COSTAS | N/A | N/A | NYDIA MALDONADO ROA |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
Luis Orlando Sua | Ordinario Laboral | 110013105030201200 49800 | 7.335.739 | EL SEÑOR SUA LUIS ORLANDO FUE VINCULADO A IDIPRON, POR MEDIO DE UN CONTRATO VERBAL A PARTIR DEL 01 DE ENERO DE 1999 Y SE DESEMPEÑO EN SU CARGO CON UN SALARIO INICIAL DE 120.000 Y SALARIO FINAL DE 300000; LE DIERON POR TERMINADO EL CONTRATO VERBAL EL 10 DE MARZO DE 2009, SOLICITA SE LIQUIDEN TODAS SUS PRESTACIONES DE LEY POR EL PERIODO DE 10 AÑOS 1 MES 10 DIAS. QUE, DURANTE ESE TIEMPO ESTUVO LABORANDO PARA LAS ENTIDADES DEMANDADAS EN OFICIOS VARIOS. | N/A | ARCHIVO | FAVORABLE | FAVORABLE | SE CONFIRMA LA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA, MEDIANTE LA CUAL SE NEGARON LAS PRETENSIONES DEL ACTOR. | N/A | N/A | NYDIA MALDONADO ROA |
Juan Armando Gil, Marleny Pinzon y otros | Reparación Directa | 110013331034200800 07801 | 154.500.000 | SE DECLARE LA EXISTENCIA DE LA FALLA EN EL SERVICIO POR PARTE DEL IDU Y LA OBLIGACIÓN DE INDEMNIZAR LOS PERJUICIOS DE ACUERDO AL DERECHO COMUN,QUE SURGE PARA LA SOCIEDAD LEASING DEL CREDITO,COMO PROPIETARIA DEL VEHICULO DE PLACAS VDO 667 POR HECHOS OCURRIDOS EN LA DIAGONAL 46 SUR FRENTE AL NUMERO 16 G 33 SUR. | N/A | ARCHIVO | FAVORABLE | FAVORABLE | LA SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA CONFIRMA EL FALLO DE PRIMERA, DONDE SE NEGABAN LAS PRETENSIONES FORMULADAS POR LA PARTE ACTORA. | N/A | N/A | NYDIA MALDONADO ROA |
integrantes del Consorcio ING DINPRO | Accion Contractual | 110013331034200700 31701 | 35.000.000 | QUE SE DECLARE QUE SE CAUSÓ UN DESEQUILIBRIO ECONÓMICO OCASIONADO POR MAYOR CANTIDAD DE TRABAJO EJECUTADO EN DESARROLLO DEL CONTRATO IDU-UEL-20-251-2003 CELEBRADO ENTRE EL CONSORCIO Y EL IDU. | 251-2003 | ARCHIVO | FAVORABLE | FAVORABLE | SE CONFIRMA LA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA, MEDIANTE LA CUAL SE NEGARON LAS PRETENSIONES DEL ACTOR. | N/A | N/A | NYDIA MALDONADO ROA |
Gladys Hurtado Hurtado | Tutela | 110014003019201200 83600 | RECHO FUNDAMENTAL | REDICO DERECHO DE PETICIO EN LA QUE SOLICITO ARREGLO DE LA CALLE 197 ENTRE CARRERA 41 Y AUTOPISTA NORTE DEL ANDEN UBICADO EN LA AUTOPISTA NORTE ENTRE CALLE 197 Y 198. Y NO FUE RESUELTO DE FONDO. | N/A | ARCHIVO | FAVORABLE | N/A | DENEGAR LA ACCION DE TUTELA, PRESENTADA POR LA SEÑORA GLADYS HURTADO CONTRA EL IDU Y LA ALCALDIA DE USAQUEN, | N/A | N/A | NYDIA MALDONADO ROA |
Geodinamica Ingenieria S.A. | Tutela | 110010315000201202 33400 | RECHO FUNDAMENTAL | ORDENAR QUE ES INAPLICABLE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, DEL 21 DE NOV DE 2012 EN EL PROCESO 2010-00098 DE GEODINAMICA INGENIERIA LTDA Y OTRO. | N/A | ARCHIVO | FAVORABLE | N/A | FALLA: 1- NIÉGASE POR IMPROCEDENTE, LA SOLICITUD DE TUTELA INSTAURADA MEDIANTE POR EL APODERADO DE GEODINAMICA INGENIERIA S.A. 2.- EN CASO DE NO SER IMPUGNADA LA PRESENTE PROVIDENCIA, ENVÍESE A LA CORTE COSNTITUCIONAL PARA SU EVENTUAL REVISIÓN. | N/A | N/A | NYDIA MALDONADO ROA |
Instituto de Desarrollo Urbano, Alcaldia Mayor de Bogotá D.C. | Proceso Ejecutivo | 250002326000200202 25801 | 11.100.000.000 | LIBRAR MANDAMIENTO EJEUTIVO DE PAGO POR MEDIO DEL CUAL SE ORDENE A LOS DEMANDADOS, PAGAR DENTRO DE LOS CINCO(5) DIAS SIGUIENTES A LA NOTIFICACIÓN DEL MANDAMIENTO EJECUTIVO EL PAGO DE 11.100.000.000, POR CONCEPTO DE CLAUSULA PENAL PECUNIARIA PACTADA EN EL CONTRATO SOP 462 DE 1997, CON CARGO AL AMPARO DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO CONTENIDO EN LA GARANTIA UNICA DE CUMPLIMIENTO A FAVOR DE ENTIDADES ESTATALES NO.43043545 EXPEDIDA POR LA SOCIEDAD CHUBB DE COLOMBIA CIA DE SEGUROS. EL VALOR EQUIVALENTE A LOS INTERESES MORATORIOS CAUSADOS SOBRE LA ANTERIOR SUMA DE DINERO. | SOP 462-1997 | ARCHIVO | FAVORABLE | TERMINA POR CONCILIACIÓN | AUTO MEDIANTE EL CUAL AVOCA CONOCIMIENTO. ADEMAS ORDENA OBEDÉZCASE Y CÚMPLASE LO DISPUESTO POR EL HONORABLE CONSEJO DE ESTADO, QUE MEDIANTE PROVIDENCIA DEL 28 DE ABRIL DE 2014, RESOLVIÓ ACEPTAR EL DESISTIMIENTO DEL PRESENTE PROCESO. EJECUTORIADO ESTE AUTO, COMUNICADO EL FALLO Y PREVIAS LAS ANOTACIONES A QUE HAYA LUGAR, ARCHÍVESE EL EXPEDIENTE. | N/A | N/A | NYDIA MALDONADO ROA |
Galia Dobreva Dobreva | Ordinario Laboral | 110013105030201100 74500 | INDETERMINADA | QUE SE DECLARE LA EXISTENCIA DEL CONTRATO DE TRABAJO ENTRE GALIA DOBREVA DOBREVA EN CALIDAD DE TRABAJADORA Y LAS EMPRESAS CONSTRUCTORA ARKGO LTDA, EQUIPLUSS S.A., GLF CONSTRUCTION CORPORATION, INGENIERO CIVIL CONSTRUCTOR S.A.S., COMPAÑIA DE ESTUDIOS DE SUEL Y DE CONSULTA CESCO S.A. QUIENES CONFORMAR EL CONSORCIO CONEXION EN CALIDAD DE EMPLEADORES ENTRE EL 22 DE JULIO DE 2010 HASTA EL 28 DE JUNIO DE 2011 Y EL IDU. | 68-2009 | ARCHIVO | FAVORABLE | N/A | TERMINA POR ACUERDO CONCILIATORIO ENTRE LA DEMANDANTE Y LAS ASEGURADORAS LLAMADAS EN GARANTÁ | N/A | N/A | NYDIA MALDONADO ROA |
Ana Isabel Rojas Venegas | Tutela | 110014003001201201 48900 | RECHO FUNDAMENTAL | EL 25 DE OCTUBRE DE 2012 RADIQUE EN EL IDU DERECHO DE PETICION Y NO SE HA DADO RESPUESTA DE FONDO. | N/A | ARCHIVO | FAVORABLE | N/A | SE PROFIERE FALLO DE PRIMERA INSTANCIA DONDE SE RESUELVE NEGAR LA ACCIÓN INVOCADA, POR CUANTO EXISTE UN HECHO SUPERADO. | N/A | N/A | NYDIA MALDONADO ROA |
Hugo Alfredo Posso | Tutela | 110014003012201300 44600 | RECHO FUNDAMENTAL | DEJAR SIN EFECTO ALGUNO EL ACTO ADMINISTRATIVO DE ADJUDICACION DE FECHA 25 DE FEBRERO DE 2013 POR MEDIO DE LA CUAL SE ADJUDICO EL CONCURSO DE MERITOS IDU-CMA-SGDU-016-2012 A LA SOCIEDAD SEDIC S.A.S. POR CUANTO LA ENTIDAD A TRAVES DE SUS PLIEGOS DE CONDICIONES VIOLO LOS DERECHOS FUNDAMENTALES A LA IGUALDAD Y AL DEBIDO PROCESO. | N/A | ARCHIVO | FAVORABLE | N/A | SE PROFIERE FALLO DE PRIMERA INSTANCIA DONDE SE RESUELVE NEGAR LA ACCIÓN INVOCADA, POR CUANTO EXISTE UN HECHO SUPERADO. | N/A | N/A | NYDIA MALDONADO ROA |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
Constructora Las Galias S.A. | Tutela | 110014003055201300 73100 | RECHO FUNDAMENTAL | EL 6 DE MAYO DE 2013 PRESENTO DERECHO DE PETICION Y EL IDU A LA FECHA NO HA DADO RESPUESTA DE FONDO. | N/A | ARCHIVO | FAVORABLE | FAVORABLE | EL 18 DE JULIO DE 2013 SE PROFIRIÓ SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA MEDIANTE LA CUAL SE CONFIRMO EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA. SEÑALO EL JUEZ DE CONOCIMIENTO QUE COMO SE ALLEGO PRUEBA DE LA RESPUESTA DADA AL ACCIONANTE SOBRE EL DERECHO DE PETICIÓN PRESENTADO, ES POR LO QUE ÉSTE JUZGADO, ATENDIENDO LOS ELEMENTOS DE HECHO QUE CONCURREN EN EL PRESENTE CASO NO SE ACCEDE A LA PROTECCIÓN IMPETRADA POR DARSE LA SITUACIÓN DE HECHO SUPERADO. | N/A | N/A | NYDIA MALDONADO ROA |
Gabriel Ramirez Ortiz | Tutela | 250002342000201300 96700 | RECHO FUNDAMENTAL | INGRESO AL IDU EN EL CARGO DE PROVISIONALIDAD EL 30 DE MARZO DE 1998 COMO PROFESIONAL ESPECIALIZADO CODIGO 222 GRADO 04. EL IDU OFERTO EL CARGO DE LA PLANTA SEMIGLOBAL DEL IDU CONVOCATORIA 001. EL IDU LO DESVINCULO DEL CARGO E HIZO USO DE UNA LISTA DE ELEGIBLES QUE YA HABIA CADUCADO POR HABER SUPERADO LOS DOS AÑOS DE VIGENCIA. VIOLANDO ASI EL DERECHO AL TRABAJO Y AL DEBIDO PROCESO. | N/A | ARCHIVO | FAVORABLE | FAVORABLE | SE RESOLVIÓ PRIMERO: MODIFICAR LA SENTENCIA DE 5 DE ABRIL DE 2013, DICTADA POR EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCIÓN SEGUNDA, SUBSECCIÓN "C" EN EL SENTIDO DE DECLARAR IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE TUTELA PRESENTADA POR EL SEÑOR GABRIEL RAMIREZ ORTIZ POR LAS RAZONES EXPUESTAS EN LA PARTE CONSIDERATIVA DE ESTA PROVIDENCIA. ENTRE LOS CONSIDERANDOS SE OBSERVO LA EXISTENCIA DE OTRO MEDIO JUDICIAL PARA CUESTIONAR LA LEGALIDAD DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS Y ADEMAS SE SEÑALO QUE EL ACTOR NO ACREDITO NI SIQUIERA DE MANERA SUMARIA, SER UN SUJETO DE ESPECIAL PROTECCIÓN O LA AFECTACIÓN DE UN MÍNIMO VITAL, POR LO TANTO NO EXISTE UN PERJUICIO IRREMEDIABLE. | N/A | N/A | NYDIA MALDONADO ROA |
Luz Dary Coral Corredor | Tutela | 2013-0037 | RECHO FUNDAMENTAL | EN EL BARRIO LA ESTRELLA SUR PARTE BAJA DE ESTA CIUDAD, DONDE SE ENCUENTRA LA CALZADA O VIA SECUNDARIA CUYA NOMENCLATURA ES LA CARRERA 17P ENTRE CALLE 70 Y 73 SUR, EL CUAL FUE LEGALIZADO HACE MAS DE 50 AÑOS, SE ENCUENTRA EN UN ESTADO DE DETERIORO TOTAL QUE IMPIDE EL FLUJO AUTOMOTOR QUE COMO USO DE TRANSPORTE DEBEMOS UTILIZAR TODOS LOS HABITANTES DEL SECTOR. | N/A | ARCHIVO | FAVORABLE | FAVORABLE | SE DICTA SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA DONDE RESUELVE 1. REVOCAR LOS NUMERALES 2 Y 3 DEL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA PROFERIDA POR EL JUZ. 17 PENAL DE GARANTÍAS. 2. ORDENAR AL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLIVAR QUE EN COORDINACIÓN CON EL SECRETARIO DISTRITAL DE GOBIERNO, EN EL TERMINO MÁXIMO DE I MES, PROCEDAN A REALIZAR UN PERITAJE EN LA VIVIENDA UBICADA EN LA CRA. 70 P N°70B-02 SUR, A FIN DE ESTABLECER EL ORIGEN DE LA FILTRACIÓN DEL AGUA QUE AFECTA EL INMUEBLE EN MENCIÓN Y EN EL TERMINO DE 10 MESES ADOPTE LOS CORRECTIVOS NECESARIOS. PENDIENTE ENVÍO DEL EXPEDIENTE A LA CORTE PARA EVENTUAL REVISIÓN. | N/A | N/A | NYDIA MALDONADO ROA |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
Jose Ricardo Bermudez | Tutela | 250002342000201302 67100 | RECHO FUNDAMENTAL | NOMBRADO EN PROVISIONALIDAD EN EL IDU MEDIANTE RESOLUCION 551 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 1997 COMO TECNICO GRADO 6. ORDENAR A LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL INAPLICAR Y DEJAR SIN EFECTOS MI EXCLUSION O DESINSCRIPCION DEL CONCURSO POR HABER RETROTRAIDO EL PROCEDIMIENTO DE LA SEGUNDA ETAPA DE INSCRIPCION SOBRE LA LISTA DE ELEGIBLES EN EL IDU A FIN DE INCLUIRME COMO ELEGIBLE, Y TRASLADAR A OTRA LISTA A LA PERSONA QUE HABIA INCLUIDO. | N/A | ARCHIVO | FAVORABLE | N/A | DENEGAR LA ACCION DE TUTELA. | N/A | N/A | NYDIA MALDONADO ROA |
Luis F. Quintero Niño | Tutela | 250002336000201301 19100 | RECHO FUNDAMENTAL | ORDENAR A LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Y AL IDU SE ABSTENGA DE APLICAR EL ARTICULO 3 DE LA RESOLUCION 0864 DE MAYO 6 DE 2013 EXPEDIDA POR LA COMISION NACIONAL. | N/A | ARCHIVO | FAVORABLE | N/A | PRIMERO. NEGAR EL AMPARO DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES INVOCADOS POR EL ACTOR. SEÑALANDO QUE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MÍNIMOS PARA ACCEDER A UN EMPLEO PÚBLICO, ES UNA OBLIGACIÓN DE LA CUAL NO PUEDE SUSTRAERSE EL ASPIRANTE. ADEMÁS SOSTUVO QUE LA SALA NO ADVIERTE QUE EL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO-IDU-, HAYA VIOLADO DERECHO FUNDAMENTAL ALGUNO DEL ACTOR, AL PUNTO QUE LA ÚNICA PRETENSIÓN QUE ÉSTE IMPUTA A LA MENCIONADA ENTIDAD, SE LIMITA A QUE A TRAVÉS DE ESTA PROVIDENCIA SE ORDENE AL IDU, SE ABSTENGA DE APLICAR EL ARTÍCULO 3° DE LA RESOLUCIÓN N°864 DE DEL 6 DE MAYO DE 2013, LO ANTERIOR CONSIDERANDO QUE SEGÚN LO EXPUESTO EN LOS HECHOS DE LA DEMANDA, Y EN LA RESPUESTA DEL IDU A LA TUTELA DE LA REFERENCIA, DICHA ENTIDAD A LA FECHA NO HA DADO APLICACIÓN A LA MENCIONADA RESOLUCIÓN. | N/A | N/A | NYDIA MALDONADO ROA |
Delmira Vargas Velandia | Tutela | 2013-0097 | RECHO FUNDAMENTAL | TUTELAR MI DERECHO FUNDAMENTAL A LA IGUALDAD, DEBIDO PROCESO, SEGURIDAD SOCIAL EN CONEXIDAD CON LA DIGNIDAD HUMANA Y A LA ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA, TODA VEZ QUE EN LA INSTITUCION ME VULNERO ESOS DERECHOS FUNDAMENTALES POR NO TENER EN CUENTA QUE ME ENCUENTRO DENTRO DEL RETEN SOCIAL Y COMO BENEFICIARIA DEL DECRETO 3905 DE 2009. ORDENAR AL IDU RSTITUIRME EN EL CARGO QUE DESEMPEÑABA O UNO SIMILAR O IGUAL JERAQUIA SIN LLEGAR A DESMEJORAR LA CONDICION LABORAL, Y MANTENERME VINCULADA A SU NOMINA, HASTA TANTO RECIBA UNA RESPUESTA SOBRE LA SOLICITUD DE MI PENSION Y MANTENERME VINCULADA HASTA QUE SEA INCLUIDA EN NOMINA DE PENSIONADOS. | N/A | ARCHIVO | FAVORABLE | N/A | RESOLVIÓ NEGAR POR IMPROCEDENTE EL AMPARO DE TUTELA INVOCADO POR EL ACCIONANTE DELMIRA VARGAS VELANDIA, POR LAS REZONES EXPUESTAS EN LA PARTE CONSIDERATIVA DE ESTA PROVIDENCIA. SE ENCUENTRA CON UN MECANISMO DIFERENTE PARA RECLAMAR LA PROTECCIÓN DE SUS DERECHOS. SEÑALO EL JUEZ DE CONOCIMIENTO QUE "ASÍ LAS COSAS SE NEGARÁ LA PRESENTE ACCIÓN DE TUTELA TENIENDO EN CUENTA QUE NO SE VISLUMBRÓ POR PARTE DE LA ACCIONADA VULNERACIÓN DE DERECHO FUNDAMENTAL ALGUNO POR EL CONTRARIO HIZO EL PAGO PUNTUAL DE LAS COTIZACIONES AL SSSGP Y POR OTRA PARTE EL TIEMPO QUE EL DECRETO 3905 DE 2009, FIJÓ COMO LÍMITE PARA OBTENER LOS REQUISITOS SE CUMPLIÓ Y LA ACCIONANTE NO SE HIZO ACREEDORA A DICHA COBERTURA". | N/A | N/A | NYDIA MALDONADO ROA |
Contraloroa General de la Republica | Tutela | 2013-02035 | RECHO FUNDAMENTAL | LA CONTRALORIA SOLICITA A LA SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR ORDENAR LA SUSPENSION INMEDIATA DE LA AUDIENCIA DE REPARACION INTEGRAL MIENTRAS SE RESUELVE LA TUTELA. | N/A | ARCHIVO | FAVORABLE | N/A | NEGAR POR IMPROCEDENTE LA ACCIÓN DE TUTELA PROMOVIDA POR EL APODERADO DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y REMITIR LAS DILIGENCIAS A LA CORTE CONSTITUCIONAL. | N/A | N/A | NYDIA MALDONADO ROA |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
Luz Betty Morad Forero | Acción de Tutela | 2015-0031 | RECHO FUNDAMENTAL | EL ACCIONANTE TIENE 59 AÑOS DE EDAD, ES CABEZA DE HOGAR, TIENE UN HIJO EN EL CUAL ESTA ESTUDIANDO. SE ENCUENTRA EN EL RÉGIMEN DE PRIMA MEDIA, EN LA CAJA DE PREVISION DEL DC. LE FUE NEGADO EL DERECHO A LA PENSIÓ POR CONSIDERAR QUE AUN NO TIENE EL TIEMPO REQUERIDO, EL CUAL FUE SOLICITADO EL DÍA 15/10/13 . EL DÍA 19/10/13 SE LE SOLICITA INFORMACIÓN LABORAL AL IDU (...) | N/A | ARCHIVO | FAVORABLE | N/A | SE PROFIERE FFALLO MEDIANTE EL CUAL SE RESUELVE TUTELAR EL DERECHO FUNDAMENTAL DE PETICIÓN INVOCADO POR LA SEÑORA LUZ BETTY MORAD FORERO Y, EN CONSECUENCIA, ORDENAR A LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PORVENIR S.A., QUE EN EL TÉRMINO IMPRORROGABLE DE CUARENTA Y OCHO (48) HORAS, CONTADAS A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN DE LA PRESENTE SENTENCIA, SI AÚN NO LO HA HECHO, PROCEDA A DAR RESPUESTA CLARA, DE FONDO Y PRECISA A LA PETICIÓN ELEVADA POR E ACCIONANTE, ALUDIDA EN LA PARTE MOTIVA DE ESTA PROVIDENCIA. SEGUNDO: EXHORTAR A LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTIAS PORVENIR S.A., QUE DE ACUERDO A LO PRECISADO POR LA ACCIONADA OFICINA DE BONOS PENSIONALES DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, REVISE, AGILICE Y DÉ EL TRÁMITE CORRESPONDIENTE A LOS PASOS QUE SE DEBEN SEGUIR PARA OBTENER LA EMISIÓN Y | N/A | N/A | NYDIA MALDONADO ROA |
Rodrigo Alvarez Osorio | Acción de Tutela | 110013109032201500 4700 | RECHO FUNDAMENTAL | ORDENAR A COLPENSIONES QUE EN UN TERMINO DE 48 HORAS SE SIRVA RESOLVER LA SOLICITUD DE INCLUIRME EN LA NOMINA CON RETROACTIVIDAD A LA FECHA EN QUE ADQUIRI EL DERECHO Y CON EL CUMPLIMIENTO DE LO DICTAMINADO EN DICHA RESOLUCION. | N/A | ARCHIVO | FAVORABLE | N/A | SE PROFIERE FALLO MEDIANTE EL CUAL SE RESUELVE 1. AMPARAR EL DERECHO DE PETICIÓN VULNERADO POR COLPENSIONES, 2. RESOLVER DE FONDO LA PETICION DE INCLUSION EN NOMINA ELEVADA POR EL ACTOR, 3. PREVENIR PARA QUE NO SE VUELVA A INCURRIR EN DICHA OMISIÓN, 4. EXONERAR DE RESPONSABILIDAD AL IDU CONFORME LO SEÑALADO EN LA MOTIVA, 5. NOTIFICAR | N/A | N/A | NYDIA MALDONADO ROA |
Jose Cornelio Porras R | Acción de Tutela | 2015-00513 | RECHO FUNDAMENTAL | UNA VEZ PROFERIDAS LAS SENTENCIAS JUDICIALES 1998-02031, 1998-00975, 1998-01293, 1998-01292, 1998-02029, 1998-02030, 1998-01350, DESFAVORABLES AL IDU, EL ABOGADO RADICO EN EL IDU LA SOLICITUD SOBRE COMO DEBIA HACERSE EL PAGO A CADA UNO, SE INDICABAN Y CERTIFICABAN LAS CUENTAS BANCARIAS Y LAS CANTIDADES EN CADA CASO, EL 13 DE ENERO DE 2015. EL IDU OBVIANDO ESTA SOLICITUD, REALIZO EL PAGO CON DEPOSITO JUDICIAL EN EL BANCO AGRARIO, VIOLANDO ASI EL DERECHO FUNDAMENTAL AL DEBIDO PROCESO. | 194-1996 | ARCHIVO | FAVORABLE | FAVORABLE | SE PROFIRIO FALLO MEDIANTE EL CUAL SE RESOLVIO CONFIRMAR EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA EN EL CUAL SE DECIDIO DENEGAR LA ACCIÓN DE TUTELA INSTAURADA EN CONTRA DEL IDU, PARA LA PROTECCIÓN DEL DERECHO FUNDAMENTAL DE PETICIÓN, POR LO DICHO EN LA PARTE MOTIVA DE ESTA PROVIDENCIA. SEGUNDO: DECLARAR IMPROCEDENTE POR CARENCIA ACTUAL DE OBJETO LA ACCIÓN DE TUTELA INTERPUESTA EN CONTRA DEL IDU, PARA LA PROTECCIÓN DEL DERECHO FUNDAMENTAL AL DEBIDO PROCESO, POR PRESENTARSE UN DAÑO CONSUMADO, SEGÚN SE DIJO EN LA PARTE MOTIVA DE ESTA PROVIDENCIA |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
Yomaira Porras | Acción de Tutela | 2014-00399 | RECHO FUNDAMENTAL | VULNERACION DEL DERECHO DE PETICION, ACCESO A CARGOS PUBLICOS, AL DEBIDO POCESO, A LA IGUALDAD, Y ORDENAR AL IDU QUE HAGA LA SOLICITUD DE USO DE LA LISTA DE ELEGIBLES CORRESPONDIENTE AL CODIGO 219 GRADO 1 PRUEBA 96 DEL IDU OPEC 28155 | N/A | ARCHIVO | FAVORABLE | N/A | SE RESOLVIO LA TUTELA 2014- 00399: PRIMERO DECLARAR IMPROCEDENTE LA ACCIÓN DE TUTELA IMPETRADA POR LA SEÑORA YOMAIRA CONTRA EL IDU Y LA CNSC CON RESPECTO AL DERECHO DE PETICIÓN; SEGUNDO: NEGAR LA PRESENTE ACCIÓN DE TUTELA CON RESPECTO DE LOS DEMAS DERECHOS INVOCADOS POR LA ACTORA CONFORME LA MOTIVACIÓN, TERCERO: POR SECRETARIA NOTIFIQUESE, CUARTO: SI NO ES IMPUGNADA REMITIR A LA CORTE CONSTITUCIONAL PARA SU EVENTUAL REVISIÓN. | N/A | N/A | NYDIA MALDONADO ROA |
RAMIREZ RUIZ BRYAN MAURICIO | ORDINARIO LABORAL | 110013105001201200 61400 | 5.720.687 | PAGO DE PESTACIONES SOCIALES YA QUE EL CONSORCIO OCCIDENTAL Y EL IDU CELEBRARON CONTRATO 029 DE 2009 Y ENTRE CONSORCIO OCCIDENTAL Y BRYAN MAURICIO RAMIREZ RUIZ SE SUSCRIBIO CONTRATO DE TRABAJO. | 209/2009 | TERMINADO | RTATE LEGAL DE HYH CONCILIA EN AUDIENCIA | MARIA CONSUELO MORENO CUELLAR | ||||
VELANDIA EMIGDIO | TUTELA | 2012-00739 | - | AMPARO AL DERECHO FUNDAMENTAL DE PROPIEDAD PRIVADA | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA CONTROVERSIAS ADMINISTRATIVAS QUE TIENEN COMO SOLUCION LAS ACCIONES CONT Y ORDINARIAS RESPECTIVAS | MARIA CONSUELO MORENO CUELLAR | |||
PINEDA RAMIREZ YOLANDA | TUTELA | 2012-01523 | - | AMPARO AL DERECHO FUNDAMENTAL DE DIGNIDAD HUMANA, PETICION, IGUALDAD, AL TRABAJO Y LA FAMILIA | TERMINADO | DESFAVORABLE | CONCEDE AMPARO AL DERECHO DE PETICION | ORDENA DAR RESPUESTA DE FONDO | SE ENVIA AL JUZGADO LA RESPUESTA DE FONDO DADA AL DERECHO DE PETICION A TRAVES DE MEMORANDO 20123250983491 DEL 28 DE DICIEMBRE DE 2012. | MARIA CONSUELO MORENO CUELLAR | ||
LIZARAZO BRITO SARA JUDITH | TUTELA | 2012-09095 | - | AMPARO AL DERECHO DE PETICION | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | HECHO SUPERADO SE DIO RESPUESTA | MARIA CONSUELO MORENO CUELLAR | |||
INVERSIONES SANTO DOMINGO LTDA INVERDINGO LT | TUTELA | 2013-00291 | - | QUE SE DECLARE LA NULIDADDE LO ACTUADO POR EL IDU PARA LA EXPROPIACIÓN DE LOS PREDIOS ARRIBA ENUNCIADOS, A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN DE LAS RESOLUCIONES DE EXPROPIACIÓN | TERMINADO | FAVORABLE | NIEGA POR IMPROCEDENTE LA ACCION | MARIA CONSUELO MORENO CUELLAR | ||||
GNECCO CAMPO JAVIER ALFONSO | TUTELA | 2013-00612 | - | AMPARO AL DEBIDO PROCESO | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA POR IMPROC | MARIA CONSUELO MORENO CUELLAR | |||
MUÑOZ VANEGAS Y CIA S EN C. | TUTELA | 2013-00695 | - | AMPARO DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE IGUALDAD PROCESAL DEBIDO PROCESO, ACCESO A LA JUSTICIA Y APLICACION DE LA JURISPRUDENCIA CONTENIDA EN LAS SENTENCIAS QUE HAN HECHO TRANSITO A COSA JUZGADA ERGA OMNES. | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA POR IMPROC | MARIA CONSUELO MORENO CUELLAR | |||
BARATO DE GALEANO MARGARITA | TUTELA | 2013-00880 | - | AMPARO DEL DERECHO FUNDAMENTAL AL DEBIDO PROCESO | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA POR QUE EXISTE OTRO MECANISMO DE DEFENSA | MARIA CONSUELO MORENO CUELLAR | |||
PEÑA GRACIA JAVIER | TUTELA | 2013-02803 | - | AMPARO DEL DERECHO AL DEBIDO PROC | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA NO ES 3 INST | MARIA CONSUELO MORENO CUELLAR | |||
CONCESIONES URBANAS S.A. | CONTRACTUAL | 2013-70866 | 2.461.789.018 | COBRO DE ITEMS NO REOCNOCIDOS E INTERESES DE MORA EN LA EJECUCION DEL CONTRATO 105 DE 2003 | TERMINADO | DESFAVORABLE | EL IDU DEBE PAGAR POR CONCEPTO DE ACTUALIZACIÓN E INTERESES DE MORA LA SUMA DE $2.461.789.018 (DOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS HENTA Y NUEVE MIL DIECIOCHO PESOS M/CTE.) | PAGO | CUMPLIDAS | MARIA CONSUELO MORENO CUELLAR | ||
MELENDEZ VARGAS RUBIOLA DE JESUS | TUTELA | 2014-00076 | - | AMPARO DEL DEBIDO PROCESO | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA POR IMPROCEDENTE | MARIA CONSUELO MORENO CUELLAR | |||
PEÑA ZUÑIGA IGOR ALEXIS | TUTELA | 2014-00132 | - | DERECHO DE PETICION | TERMINADO | FAVORABLE | DECLARA INFUNDADA | MARIA CONSUELO MORENO CUELLAR | ||||
PEREZ LEMUS ANGEL RODRIGO | CUMPLIMIENTO | 2014-00174 | - | QUE SE ORDENE DAR CUMPLIMIENTO A LA LEY 1001 ART. 2° DE 2005 MODIFICADO POR EL ART. 14 DE LA LEY 708 DEL 2001. | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | ACCION IMPROCEDENTE | MARIA CONSUELO MORENO CUELLAR | |||
MONTAÑEZ LUIS ALBERTO | TUTELA | 2014-00451 | - | DERECHO A VIVIR DIGNAMENTE, A LA SALUD, A LA EDUCACIÓN, A VIVIR EN UN AMBIENTE NO CONTAMINADO Y DIGNIDA | TERMINADO | FAVORABLE | EXISTEN OTROS MECANISMOS | MARIA CONSUELO MORENO CUELLAR | ||||
SERRATO DIAZ CRISTIAN CAMILO | TUTELA | 2014-00636 | - | CUMPLIMIENTO DE NORMA | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | DEBE CONOCER LA JUST ORD | MARIA CONSUELO MORENO CUELLAR | |||
GRAU PIÑERES LAURA | TUTELA | 2014-00681 | - | CUMPLIMIENTO DE NORMA | TERMINADO | FAVORABLE | IMPROCEDENTE . | MARIA CONSUELO MORENO CUELLAR | ||||
LEGUIZAMON JIMENEZ CAROL PATRICIA | TUTELA | 2014-01219 | - | DEBIDO PROCESO DERECHO A LA DEFENSA DERECHO A LA IGUALDAD Y LA PROTECCJON ECONOMICA. | TERMINADO | FAVORABLE | IMPROCEDENTE . | MARIA CONSUELO MORENO CUELLAR | ||||
AGUDELO LOPEZ MIGUEL ANGEL | TUTELA | 2015-00037 | - | PERJUICIO IRREMEDIABLE POR OBRAS SIN TERMINAR | TERMINADO | FAVORABLE | IMPROCEDENTE . | MARIA CONSUELO MORENO CUELLAR |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
CAICEDO DE TRIANA MERCY JANETH | TUTELA | 2015-00039 | - | PERJUICIO IRREMEDIABLE POR OBRAS SIN TERMINAR | TERMINADO | FAVORABLE | IMPROCEDENTE . | MARIA CONSUELO MORENO CUELLAR | ||||
MESA RIBEROS CARLOS | TUTELA | 2015-00152 | - | DERECHO A DISFRUTAR ZONAS COMUNES | TERMINADO | FAVORABLE | IMPROCEDENTE . | MARIA CONSUELO MORENO CUELLAR | ||||
ROMERO URREGO FELIX HERNANDO | TUTELA | 2015-00179 | - | DEBIDO PROCESO, IGUALDAD,ACCESO A LA ADM DE JUST | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | IMPROCEDENTE POR EL PRINCIPIO DE IMEDIATEZ | MARIA CONSUELO MORENO CUELLAR | |||
PACHON MEDINA JOSE ISRAEL | TUTELA | 2015-00188 | - | DERECHO DE PETICION | TERMINADO | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | ORDENA CONSTESTAR DE FOND | SE CONTESTA DE FONDO | MARIA CONSUELO MORENO CUELLAR | ||
SEGURA BECERRA NESTOR GUILLERMO | TUTELA | 2015-00216 | - | DEBIDO PROCESO | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA TUELA OTRO MECANIS | MARIA CONSUELO MORENO CUELLAR | |||
POLANCO TORRES MANUEL ALBERTO | TUTELA | 2015-00995 | - | DEBIDO PROCESO | TERMINADO | FAVORABLE | DESFAVORABLE | ORDENA RESP DE FONDO | SE CONTESTA DE FONDO | MARIA CONSUELO MORENO CUELLAR | ||
GUTIERREZ OTONIEL | REPARACION DIRECTA | 2011-00276 | 264.901.392 | DECLARAR QUE EL IDU ES PATRIMONIALMENTE RESPONSABLE DE LOS DAÑOS CAUSADOS POR LA AFECTACION Y RESTRICCION IMPUESTA A LOS INMUEBLES URBANOS CONTIGUOS UBICADOS EN LA LOCALIDAD DE USME. | TERMINADO | FAVORABLE | NO EXISTE DAÑO ANTIJURIDICO | MARIA CONSUELO MORENO CUELLAR | ||||
CORPORACION VENTURA EU | NULIDAD SIMPLE | 2012-00421 | 97.880.692 | DECLARAR QUE ES NULO EL ACTO PROFERIDO POR EL IDU MEDIANTE EL CUAL LIQUIDO EL VALOR CORRESPONDIENTE A ALA COMPENSACION PARA 6 CUPOS DE ESTACIONAMIENTO DEL PREDIO UBICADO EN LA CARRERA 12A 83-47 -49-51 | TERMINADO | FAVORABLE | DECLARA EXCEPCION DE INEPTA DEMANDA, DECLARA EXCEPCION DE FALTA DELEGITIMACION EN LA CAUSA POR ACTIVA SE INHIBE PARA FALLAR | MARIA CONSUELO MORENO CUELLAR | ||||
ESTUDIOS TÉCNICOS Y ASESORÍAS y OTRO | CONTRACTUAL | 250002326000199602 92101 | 27.000.000.000 | DECLARATORIA INCUMPLIMIENTO CONTRATO 074 DE 1995. SOLICITA 10% VALOR DEL CONTRATO. | CTO. 074 DE 1995 | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | CONFIRMA SENTENCIA. NIEGA PRETENSIONES | N/A | N/A | RICHARD MAURICIO PINZÓN GIL |
MERY GARCIA TOLOSA | TUTELA | 110014009003201400 09901 | N/A | ADICO DERECHO DE PETICION SOLICITANDO ARREGLAR VIA UBICADA EN LA AV. CARRERA 30 CON CALLE 20 EN EL CARRIL DE TRANSMILENIO Y NO SE HA RESUELTO DE FONDO. | N7A | FPI | FAVORABLE | N/A | NIEGA TUTELA NO EXISTIÓ VULNERACIÓN DERECHOS. | N/A | N/A | RICHARD MAURICIO PINZÓN GIL |
ANDREA ESTEFANÍA CAÑON CASTAÑEDA | TUTELA | 110014003055201400 45401 | N/A | RADICO EN EL IDU DERECHO DE PETICION Y A LA FECHA NO HA SIDO CONTESTADO DE FONDO. INFORMACION RELACIONADA CON OBRA ABANDONADA EN LA CARRERA 11 CON CALLE 181C | N/A | FPI | FAVORABLE | N/A | NIEGA TUTELA NO EXISTIÓ VULNERACIÓN DERECHOS. | N/A | N/A | RICHARD MAURICIO PINZÓN GIL |
LUZ AMPARO CARDENAS | TUTELA | 110012210000201400 47101 | N/A | LA ACCIONANTE INDICA QUE ES MADRE CABEZA DE HOGAR , TIENE 3 HIJOS LOS CUALES DEPENDEN ECONÓMICAMENTE DE ELLA, Y CON EL CIERRE DE LA 7 SE VE AFECTADA POR EL IMPACTO NEGATIVO QUE ESTO GENERA EN LAS VENTAS, GENERA INSEGURIDAD ETC | N/A | FPI | FAVORABLE | N/A | NIEGA TUTELA NO EXISTIÓ VULNERACIÓN DERECHOS. | N/A | N/A | RICHARD MAURICIO PINZÓN GIL |
GLORIA ESPERANZA MELO MELO | TUTELA | 110014003029201400 57701 | N/A | DERECHO DE PETICION 20145261140392 RADICADO EL 16 DE JULIO DE 2014 Y NO SE DIO RESPUESTA DE FONDO | N/A | FPI | FAVORABLE | N/A | NO ACOGE TUTELA. | N/A | N/A | RICHARD MAURICIO PINZÓN GIL |
PACIFICO GALINDO ARIAS | TUTELA | 110014003021201400 60601 | N/A | MANIFIESTA LA ACCIONANTE QUE EL 23 DE MAYO DE 2014 IMPETRO DERECHO DE PETICIÓN ANTE LA ALCALDÍA LOCAL DE SUBA SOLICITANDO INFORMACIÓN SOBRE EL INICIO DE CONSTRUCCIÓN DE TRAMOS DE ALGUNAS CALLES DEL BARRIO TIBABUYES Y LA OCUPACIÓN DE LA VÍA DE LA CALLE 137 ENTRE CARRERAS 106 Y AVENIDA CIUDAD DE CALI, VÍA QUE ESTÁ SIENDO OCUPADA POR PARTICULARES Y ES ZONA VEHICULAR Y PEATONAL Y ATRACADERO DE PERSONAS, QUE YA HAN PASADO MAS DE DOS MESES Y NO HA RECIBIDO NINGUNA COMUNICACIÓN POR PARTE DE LA ALCALDÍA LO QUE PERJUDICA A LOS RESIDENTES DEL SECTOR. | N/A | FPI | FAVORABLE | N/A | NIEGA POR IMPROCEDENTE | N/A | N/A | RICHARD MAURICIO PINZÓN GIL |
FERNANDO DUEÑAS SIERRA | TUTELA | 110014003061201400 60601 | N/A | SOLICITA ACTUALIZAR TARIFAS DE PARQUEADEROS PÚBLICOS | N/A | FPI | FAVORABLE | N/A | NIEGA POR IMPROCEDENTE | N/A | N/A | RICHARD MAURICIO PINZÓN GIL |
DAVID JESUS GARRO | TUTELA | 110014003073201401 37301 | N/A | PROCESO DE EXPROPIACION 2002-00047, QUE SE OBLIGUE AL IDU A PAGAR LAS SUMAS DE DINERO EN QUE FUERON AVALUADOS POR EL IGAC TANTO LAS CONSTRUCCIONES COMO EL TERRENO EXPROPIADO. QUE SE PAGUEN LOS PERJUICIOS POR LA MORA EN EL PAGO. | N/A | FPI | FAVORABLE | N/A | NIEGA TUTELA NO EXISTIÓ VULNERACIÓN DERECHOS. | N/A | N/A | RICHARD MAURICIO PINZÓN GIL |
NANCY RESTREPO CARDENAS | TUTELA | 11001XXXX02320140 200201 | N/A | ORDENAR AL IDU QUE PROCEDA A INSCRIBIR LA SENTENCIA DE EXPROPIACION EN EL RESPECTIVO CERTIFICADO DE TRADICION Y LIBERTAD EN EL PROCESO DE EXPROPIACION 2001-00946 UBICADO EN LA CARRERA 109 42B42 | N/A | FPI | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | CONCEDE AMPARO. | RADICAR DOCUMENTACIÓN ANTE OFICINA DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS | CUMPLIDA | RICHARD MAURICIO PINZÓN GIL |
LEIDY JOHANNA MONROY | TUTELA | 110013109017201500 01101 | N/A | DEJAR SIN EFECTOS LA DILIGENCIA DE DESALOJO Y RESTITUCION DEL ESPACIO PUBLICO QUE PRETENDE REALIZAR LA ALCALDIA LOCAL DE CHAPINERO HASTA QUE EL IPES REGLAMENTE LAS ZAERT DE ACUERDO A LO ESTIPULADO EN EL DECRETO 456 DE 2013 Y TENGA UN SITIO DEFINIDO DONDE PODAMOS TRABAJAR DIGNAMENTE. | N/A | FPI | FAVORABLE | N/A | NIEGA POR IMPROCEDENTE | N/A | N/A | RICHARD MAURICIO PINZÓN GIL |
MERY GARCIA TOLOSA | TUTELA | 110014009011201500 02201 | N/A | EL 1 DE OCTUBRE DE 2014 SOLICITO MEDIANTE DERECHO DE PETICION INFORMACION SOBRE LA INTERVENCION DE LA NQS Y AUTO NORTE PARA QUE NO SE SIGA DETERIORANDO EL CUAL NO HA SIDO CONTESTADO A LA FECHA. LO RADICO EN LA PERSONERIA DE BOGOTA | N/A | FPI | FAVORABLE | N/A | NIEGA POR CARENCIA ACTUAL DE OBJETO | N/A | N/A | RICHARD MAURICIO PINZÓN GIL |
CHRISTIAN CAMILO BAUTISTA | TUTELA | 110014003041201500 09001 | N/A | RADICO DERECHO DE PETICION 20145261693022 EL 9 DE OCTUBRE DE 2014 Y NO HA SIDO RESUELTO DE FONDO | N/A | FPI | FAVORABLE | N/A | NIEGA POR IMPROCEDENTE | N/A | N/A | RICHARD MAURICIO PINZÓN GIL |
NUBIA BETTY CAMELO RINCON | TUTELA | 110014003017201500 20701 | N/A | INMUEBLE UBICADO EN CARRERA 7 C 141A27 DE LA AGRUPACION DE VIVIENDA BELMIRA DE ESTA CIUDAD. CASA 5, FOLIO 50N-1146199. RADICO PETICION PARA SOLICITAR AL IDU, EL NO COBRO DE VALORIZACION POR DESAPARICION FORZOSA DEL DUEÑO DEL INMUEBLE Y EL IDU NO A RESUELTO DE FONDO. | N/A | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA POR IMPROCEDENTE | N/A | N/A | RICHARD MAURICIO PINZÓN GIL |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
ESTRELLA BECERRA | TUTELA | 110014003024201500 70501 | N/A | TUTELAR EN NUESTRO FAVOR COMO RESIDENTES DEL CONJUNTO RESIDENCIAL EL RECREO DE USAQUEN LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES FUNDAMENTALES INVOCADOS, ORDENANDOLE AL ACUEDUCTO LA NIVELACION DEL TUBO PARA LA TERMINACION TOTAL DE LA CAJA DE AGUAS NEGRAS Y SE GARANTICE UN FLUIDO DE LA CAJA NEGRA PERMANENTE Y SIN INTERRUPCIONES. | N/A | FSI | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | TUTELA DERECHOS VIDA Y SALUD | ORDENA DAR RESPUESTA A OFICIOS DE EAAB | CUMPLIDA | RICHARD MAURICIO PINZÓN GIL |
OLGA REBECA TONTAQUIMBA SARANSIG | TUTELA | 110012205000201400 73501 | NA | DERECHOS VULNERADOS POR LA PEATONALIZACION QUE SE VA A LLEVAR A CABO ENTRE LAS CALLES 7 A LA CALLE 26 , COMO PROPIETARIA DEL INMUEBLE CARRERA 7 12-54 DE BOGOTA. | NA | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | NEGAR POR IMPROCEDENTE LA ACCIÓN INVOCADA POR CUANTO LOS ACCIONANTES, JUNTO CON LOS DEMÁS PROPIETARIOS DE LOCALES COMERCIALES DE LA CARRERA 7 QUE SE CONSIDERAN LESIONADOS CON LA DECISIÓN MUNICIPAL, PUEDEN ACUDIR A LA ACCIÓN POPULAR PREVISTA EN LA LEY 472 DE 1998; ES DECIR, TIENEN A SU ALCANCE UN MECANISMO JUDICIAL PARA LA DEFENSA DE SUS DERECHOS, Y COMO SE HA INDICADO ÉSTA ACCIÓN CONSTITUCIONAL NO PROCEDE ANTE LA EXISTENCIA DE OTRO MEDIO O MECANISMO DE DEFENSA JUDICIAL Y EXPRESAMENTE CUANDO SE PRETENDA PROTEGER INTERESES COLECTIVOS, TAL COMO SE DERIVA DEL NUMERAL 3° DEL ARTÍCULO 6° DEL DECRETO 2591 DE 1991. | NA | NA | VICKY ALEXANDRA HERNANDEZ CUBIDES |
SANDRA MARIA GUTIERREZ JARAMILLO | TUTELA | 110014003044201301 32201 | NA | SOLICITO ORDENAR A LA PARTE ACCIONANTE ASEOS COLOMBIANOS ASEOCOLBA S.A. A LA REINSTALACION POR INEFICAZ EL DESPIDO AL CARGO QUE VENIA DESEMPEÑANDO COMO SERVICIOS GENERALES O UN CARGO DE IGUAL O MEJOR AL QUE DESEMPEÑABA TENIENDO EN CUENTA MIS PRESCRIPCIONES MEDICAS. EL IDU ES SOLIDARIAMENTE RESPONSABLE. | NA | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | TUTELAR LOS DERECHOS A UNA VIDA DIGA, MINIMO VITAL, PROTECCIÓN A LOS DISMINUIDOS FÍSICOS, IGUALDAD Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA ACCIONANTE Y ORDENA A ASEOCOLBA PARA QUE NUEVAMENTE VINCULE Y LA REINTEGRE EN UN CARGO DE IGUAL MEYOR JERARQUIA. POR CUANTO EL TRABAJADOR QUE SE ENCUENTRE EN UNA SITUACIÓN DE DEBILIDAD MANIFIESTA COMO RESULTADO DE LA GRAVE AFECTACIÓN DE SU SALUD, TIENE DERECHO A LA ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA. | NA | NA | VICKY ALEXANDRA HERNANDEZ CUBIDES |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
CENTRO COMERCIAL ESQUINA COMERCIAL 1 DE MAYO P.H. | TUTELA | 110014003039201400 34101 | NA | SE ESTABLEZCA LA RESPONSABILIDAD DE LOS ACCIONADOS POR LA DEFICIENTE CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO COMERCIAL ESQUINA COMERCIAL 1 DE MAYO P.H., ORDENANDO A LOS MISMOS QUE EN TÉRMINO PERENTORIO SE SIRVAN CONSTRUIR POR SALUBRIDAD DE TODA LA COMUNIDAD LAS UNIDADES SANITARIAS A QUE HAYA LUGAR TENIENDO EN CUENTA EL TIPO DE CONSTRUCCIÓN.UNA VEZ ESTABLECIDA LA RESPONSABILIDAD DE LOS ACCIONADOS POR LA DEFICIENTE CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO COMERCIAL ESQUINA COMERCIAL 1 DE MAYO, SE ORDENE LA LOS MISMOS ADECUAR LAS FALLAS QUE PRESENTA LA CONSTRUCCIÓN EN UN TÉRMINO PERENTORIO.ORDENAR A LA SECRETARIA DISTRITAL DE SALUD SE ABSTENGA DE CERRAR EL CENTRO COMERCIAL ESQUINA COMERCIAL 1 DE MAYO, Y DE APLICAR LAS SANCIONES DE TIPO PECUNIARIO A LOS COPROPIETARIOS. | NA | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | NEGAR LA SOLICITUD DE AMPARO INSTAURADA, RESPECTO DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES RECLAMADOS.EN EL CASO EN CONCRETO, EL DESPACHO DEDUCE QUE LO QUE SE PRETENDE ES LA PROTECCIÓN A LA SEGURIDAD Y SALUBRIDADPÚBLICAS, EL ACCESO A UNA INFRAESTRUCTURA DE SERVICIOS. EL DESPACHO NO DESCONOCE LA COMPLEJIDAD DE LA SITUACIÓN SOCIAL DEBIDO A LOS HECHOS YA REFERIDOS, SIN EMBARGO, NO SE DEMOSTRÓ LA PRESUNTA VULNERACIÓN O AMENAZA DE LOS DERECHOS COLECTIVOS INVOCADOS, ÉSTE AFECTANDO DE MANERA INDIVIDUAL Y CONCRETA, ALGÚN DERECHO FUNDAMENTAL. SE RESALTA QUE EXISTE EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO OTROS MEDIOS DE DEFENSA JUDICIAL PARA PROTEGER LOS DERECHOS INVOCADOS, COMO LO ES LA ACCIÓN POPULAR. | NA | NA | VICKY ALEXANDRA HERNANDEZ CUBIDES |
POMPILIO GUILLERMO SORIANO COBOS | TUTELA | 110014003042201400 67000 | NA | TUTELAR LOS DERECHOS FUNDAMENTALES AL DERECHO A LA VIDA DIGNA, EL DERECHO DE PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA, EL LIBRE TRÁNSITO Y EL DERECHO A LA SEGURIDAD. | NA | FPI | FAVORABLE | NA | DECLARAR IMPROCEDENTE LA ACCIÓN DE TUTELA INVOCADA POR EL ACCIONANTE.ESTA AGENCIA JUDICIAL ENCUENTRA QUE LO CENSURADO NO DEBE PLANTEARSE A LAS AUTORIDADES JUDICIALES A TRAVÉS DE LA ACCIÓN DE TUTELA, YA QUE ÉSTA COMO SE DIJO ES RESIDUAL Y SUBSIDIARIA, Y EXIGE LA DEMOSTRACIÓN DE UN PERJUICIO IRREMEDIABLE, EL CUAL ENTRE OTRAS COSAS, SE ECHA DE MENOS EN EL SUB LITE, MÁS BIEN, PUEDE PERCIBIRSE QUE LO QUE PREGONA EL ACCIONANTE ES PODER DISFRUTAR Y GOZAR DE UN AMBIENTE SANO, RESPECTO DE LA ZONA QUE ÉL DENOMINÓ LA CANDELARIA, ASPECTO ÉSTE QUE DEBE SER DILUCIDADO A TRAVÉS DE LAS ACCIONES POPULARES O DE GRUPO, SEGÚN EL CASO, MÁS NO POR LA QUE AQUÍ NOS OCUPA, PUESTO QUE NO SE ALCANZA A CONCRETAR EN EL ACTOR UN DERECHO FUNDAMENTAL QUE APAREZCA VULNERADO. | NA | NA | VICKY ALEXANDRA HERNANDEZ CUBIDES |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
MARIA EFIGENIA ECHEVERRI GIRALDO | TUTELA | 110013105005201400 73500 | NA | TUTELAR LOS DERECHOS FUNDAMENTALES AL TRABAJO, LA PETICIÓN, LA PAZ, Y EL DEBIDO PROCESO ADMINISTRATIVO AL LUGAR. | NA | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | REVOCAR LA SENTENCIA PROFERIDA POR EL JUZGADO CUARTO (SIC) MUNICIPAL DE PEQUEÑAS CAUSAS LABORALES DE BOGOTÁ D.C., DE FECHA DIECIOCHO (18) DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL CATORCE (2014), POR CUANTO SE CONCLUYE QUE A LA ACTORA, NO LE HA SIDO CONCULCADO EL DERECHO FUNDAMENTAL DE PETICIÓN POR PARTE DE LA ACCIONADA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C., TODA VEZ QUE DEL ESTUDIO DE LAS DILIGENCIAS NO SE EVIDENCIA SU VULNERACIÓN, PUES DE LA LECTURA DE LOS HECHOS DESCRITOS POR LA ACTORA NO SE INDICA LA FECHA EN QUE ELEVÓ LAS PETICIONES ANTE ESA AUTORIDAD, NI LA DIRECCIÓN A LA CUAL SE DIRIGIÓ, NI EL NOMBRE DEL (LOS) FUNCIONARIO(S) POR EL QUE FUE ATENDIDA, NI LO QUE SE DEMANDABA EN LAS SOLICITUDES; ÚNICAMENTE MANIFESTÓ DE MANERA GENÉRICA QUE ANTE ESA ENTIDAD SE PRESENTARON PETICIONES VERBALES, ASÍ MISMO, NO SE PRONUNCIÓ AL RESPECTO CUANDO FUE | NA | NA | VICKY ALEXANDRA HERNANDEZ CUBIDES |
GLORIA MERCEDES GARATEJO CARDENAS | TUTELA | 110014003021201400 75300 | NA | SOLICITA LA ACCIONANTE SE SIRVA EL DESPACHO TUTELAR EL AMPARO DEL DERECHO FUNDAMENTAL AL DEBIDO PROCESO, AL BUEN NOMBRE Y A LA XXXXXXXX.XX ACCIONANTE PRETENDE POR LA VÍA DE LA ACCIÓN DE TUTELA, SE EFECTÚE LA CANCELACIÓN DE LA NOMENCLATURA CORRESPONDIENTE AL CHIP AAA0065BTMR, LA ELIMINACIÓN DE TODOS LOS COBROS QUE POR CUALQUIER CONCEPTO IMPUESTO. | NA | FPI | FAVORABLE | NA | NEGAR EL AMPARO CONSTITUCIONAL A LA IGUALDAD, AL BUEN NOMBRE Y AL DEBIDO PROCESO, SOLICITADO POR LA SEÑORA GLORIA MERCEDES GARATEJO CARDENAS. NO PODEMOS PERDER DE VISTA QUE LA TUTELA, NO ES UNA HERRAMIENTA JURÍDICA PARALELA A LOS DEMÁS INSTRUMENTOS INCORPORADOS POR LA NORMA SUSTANCIAL PARA HACER EFECTIVOS LOS DERECHOS, Y POR SU CARÁCTER RESIDUAL, NO PUEDE TORNARSE EN DESCONOCIMIENTO DEL SISTEMA JUDICIAL OPERANTE EN EL PAÍS, PARA SOSLAYAR LA EXISTENCIA DE LOS DEMÁS MECANISMOS PROCESALES, ORDINARIOS O ESPECIALES, AL IGUAL QUE LAS COMPETENCIAS RADICADAS LEGALMENTE EN LOS JUECES DE LA REPÚBLICA. | NA | NA | VICKY ALEXANDRA HERNANDEZ CUBIDES |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
MARIA BENEDICTA CANO DE RINCON | TUTELA | 110014003054201500 16400 | NA | SOLICITA LA ACCIONANTE SE SIRVA EL DESPACHO TUTELAR EL AMPARO DEL DERECHO FUNDAMENTAL A LA XXXXXXXX.XX ACCIONANTE PRETENDE POR LA VÍA DE LA ACCIÓN DE TUTELA, EQUIPARAR Y/O CORREGIR EL AVALÚO DEL BIEN INMUEBLE DE SU PROPIEDAD CON EL ÁNIMO QUE SU IMPUESTO PREDIAL SE DISMINUYA. | NA | FPI | FAVORABLE | NA | NEGAR POR IMPROCEDENTE LA TUTELA FORMULADA POR MARÍA BENEDICTA CANO DE RINCÓN. POR CUANTO QUE NO ENCUENTRA ESTE JUZGADOR QUE SE LE ESTÉN VIOLANDO LOS DERECHOS FUNDAMENTALES INDICADOS, CONFORME LO YA SEÑALADO, EN PRIMER LUGAR POR CUANTO QUE LA SOLICITUD FORMULADA NO ES DEL RESORTE DE AMPARO CONSTITUCIONAL, COMO SE DIJO; Y EN SEGUNDO LUGAR POR CUANTO DE LOS HECHOS NO SE DESPRENDE UNA RELACIÓN CONTRACTUAL ENTRE ACCIONANTE Y ACCIONADO, Y EN CASO DE LA DECISIÓN PROFERIDA POR LA ACCIONADA, NO SUSCEPTIBLE DE LA COMPETENCIA DEL JUEZ DE TUTELA, PUES LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL NO ESTÁ INSTITUIDA PARA DIRIMIR ESTA CLASE DE CONFLICTOS PORQUE ELLO IMPLICARÍA UNA INJERENCIA INDEBIDA EN LAS ATRIBUCIONES DE OTRAS AUTORIDADES, LAS CUALES ESTÁN ESPECIALMENTE Y EN DETALLE REGULADAS POR LA LEY. | NA | NA | VICKY ALEXANDRA HERNANDEZ CUBIDES |
RUBY YOLANDA GÓMEZ VASQUEZ | TUTELA | 110013334006201400 13501 | NA | SOLICITA LA ACCIONANTE QUE SE LE PROTEJA SU DERECHO FUNDAMENTAL DE PETICIÓN, AL DEBIDO PROCESO Y A LA IGUALDAD. COMO CONSECUENCIA DE LO ANTERIOR PRETENDE: QUE EI IDU, DENTRO DE LAS 48 HORAS SIGUIENTES A LA RADICACIÓN DE LA PRESENTE TUTELA, CESE TODAS LAS ACTUACIONES TENDIENTES A NEGAR Y A DILATAR SU DERECHO.QUE EL IDU ACATE LA SENTENCIA DE 16 DE MAYO DE 2013 PROFERIDA POR EL JUZGADO NOVENO CIVIL DEL CIRCUITO, QUE DECLARÓ QUE ADQUIRIERON POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO PLENO Y ABSOLUTO LOS INMUEBLES EN DONDE VIVIAN, PARA EVITAR QUE SE LES CAUSE UN PERJUICIO IRREMEDIABLE EN VIRTUD DE LA COMISIÓN DEL DELITO DE FRAUDE A RESOLUCIÓN JUDICIAL. | NA | FSI | DESFAVORABLE | FAVORABLE | POR EXISTIR UN HECHO SUPERADO, REVÓCASE EL ORDENAMIENTO PRIMERO DE LA DECISIÓN PROFERIDA POR EL JUZGADO SEXTO (6) ADMINISTRATIVO DE ORALIDAD DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ-SECCIÓN PRIMERA, POR CUANTO DEL EXAMEN DEL MATERIAL PROBATORIO LA COLEGIATURA ADVIERTE QUE I) LA TUTEANTE ELEVÓ DERECHO DE PETICIÓN DE FECHA 24 DE OCTUBRE DE 2013 A TRAVÉS DE LA PERSONERÍA DELEGADA PARA LA MOVILIDAD Y PLANEACIÓN URBANA OBRANTE A F1S.45- 46; II) A FLS 53 A 57 DEL EXPEDIENTE OBRA RESPUESTA DEL ENTE ACCIONADO DE FECHA 3 DE JULIO DE 2014, DIRIGIDO A LA PERSONERA DELEGADA PARA LA PLANEACIÓN Y MOVILIDAD, DANDO RESPUESTA DE FONDO AL ASUNTO. ¡II} SE ADVIERTE QUE PASARON MÁS DE SEIS MESES ENTRE LA FECHA DE LA PRESENTACIÓN DE LA PETICIÓN Y EL 3 DE JULIO DE 2014 , POR LO QUE EN PRINCIPIO SE CONSIDERA VULNERADO EL DERECHO DE PETICIÓN, IV) EN ESTE SENTIDO ES ACERTADA LA | NA | NA | VICKY ALEXANDRA HERNANDEZ CUBIDES |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
MAB INGENIERIA DE VALOR | TUTELA | 110010315000201403 20401 | NA | QUE SE TUTELEN LOS DERECHOS FUNDAMENTALES AL DEBIDO PROCESO DE LA EMPRESA MAB INGENIERIA DE VALOR S.A. Y SE ORDENE AL IDU REVOCAR LA RESOLUCION 78139 DE 2014, ADJUDICAR EL CONTRATO DE INTERVENTORIA AL PROPONENTE CALIFICADO EN EL SEGUNDO LUGAR. CONCURSO DE MERITO ABIERTO IDU-CMA-SGI-013-2014 | NA | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | RECHAZAR, POR IMPROCEDENTE, LA TUTELA INTERPUESTA POR EL SEÑOR MIGUEL ANGEL BOTERO GIRALDO, EN CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE "MAB INGENIERIA DE VALOR S.A.", CONTRA EL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU. POR CUANTO, LA SOCIEDAD MAB INGENIERÍA DE VALOR S.A. CUENTA CON OTROS MECANISMOS IDÓNEOS Y EFICACES PARA OBTENER LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES AL DEBIDO PROCESO Y AL TRABAJO. QUE, EN EFECTO, EL ACTO DE ADJUDICACIÓN (RESOLUCIÓN 78139 DE 2014) PUEDE SER CUESTIONADO MEDIANTE LAS ACCIONES DE NULIDAD Y DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO.QUE, ADEMÁS, JUNTO CON LA DEMANDA ORDINARIA, LA SOCIEDAD ACTORA PUEDE PEDIR QUE SE ADOPTEN MEDIDAS CAUTELARES, DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 229 Y SIGUIENTES DE LA LEY 1437 DE 2011. | NA | NA | VICKY ALEXANDRA HERNANDEZ CUBIDES |
ACCTE: IDU ACCDO: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA SECCION 3 SUBSECCION B | TUTELA | 110010315000201400 36701 | NA | TUTELAR LOS DERECHOS FUNDAMENTALES AL DEBIDO PROCESO Y ACCESO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, VIOLADOS POR EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B DENTRO DEL PROCESO RADICADO BAJO EL NÚMERO 11001333103320090023301 QUE SE ADELANTÓ EN ESE DESPACHO Y COMO CONSECUENCIA DE ELLO, SE ORDENE REVOCAR Y DEJAR SIN EFECTO LA DECISIÓN ADOPTADA POR DICHO TRIBUNAL. | NA | FSI | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | NIEGA LAS PRETENSIONES, HABIDA CUENTA DE QUE LA PRESENTE ACCIÓN DE TUTELA NO ACREDITA EL CUMPLIMIENTO DEL REQUISITO DE INMEDIATEZ, LA CARGA ARGUMENTATIVA EN CABEZA DEL ACTORA PARA ENERVAR' ESTE INCUMPLIMIENTO ES MUCHO MÁS EXIGENTE, POR CUANTO LA TUTELA SE PRESENTÓ LUEGO DE TRANSCURRIDOS MÁS DE SIETE (7) MESES DE HABERSE NOTIFICADO LA ÚLTIMA SENTENCIA QUE AHORA SE CUESTIONA. | NA | NA | VICKY ALEXANDRA HERNANDEZ CUBIDES |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
LIGIA MERCEDES GONZALEZ FORERO | NULIDAD Y RESTABLECIMIENT O DEL DERECHO | 110013331026201000 45801 | 7.974.702 | QUE SE ANULEN PARCIALMENTE LAS RESOLUCIONES 5161 Y 5169 DEL 19 DE DICIEMBRE DE 2008, EN CUANTO LIQUIDARON EQUIVOCADAMENTE DOS PERIODOS DE VACACIONES CONCEDIDOS A LA DRA. LIGIA MERCEDES GONZALEZ FORERO, CON BASE EN UN SUELDO Y UNOS FACTORES SALARIALES QUE NO LE CORRESPONDIAN. QUE COMO CONSECUENCIA DE LO ANTERIOR Y A TITULO DE RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO, SE CONDENE A LA DRA. LIGIA MERCEDES GONZALEZ FORERO A REINTEGRARLE EN SU TOTALIDAD AL IDU LOS EMOLUMENTOS RECIBIDOS DE MANERA EQUIVOCADA POR PARTE DE LA ADMINISTRACION POR CONCEPTO DE VACACIONES Y PRIMA DE VACACIONES CORRESPONDIENTES A DOS PERIODOS DE VACACIONES LIQUIDADOS CON BASE EN EL SALARIO DE SUBDIRECTOR TECNICO JURIDICO Y DE EJECUCIONES FISCALES QUE OCUPABA TRANSITORIAMENTE EN CALIDAD DE ENCARGADA Y NO CON EL INGRESO DEL CARGO DE PROFESIONAL ESPECIALIZADO DEL CUAL ERA TITULAR COMO EN DERECHO CORRESPONDIA. | NA | FSI | FAVORABLE | PARCIALMENTE FAVORABLE | CONFIRMÓ PARCIALMENTE LA SENTENCIA DEL 18 DE MAYO DE 2012, PROFERIDA POR EL JUZGADO 10 ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTIÓN DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ QUE ACCEDIÓ PARCIALMENTE A LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA. POR OTRA PARTE, MODIFICÓ LOS ORDINALES SEGUNDO Y CUARTO DE LA PARTE RESOLUTIVA DE LA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA Y PARA LO CUAL, DISPUSO DECLARAR LA NULIDAD PARCIAL DE LAS RESOLUCIONES NO. 5161 Y 5169 DEL 19 DE DICIEMBRE DE 2008, POR MEDIO DE LAS CUALES ESTE INSTITUTO CONCEDIÓ A LA SEÑORA LIGIA MERCEDES GONZALEZ FORERO LOS PERIODOS DE VACACIONES CORRESPONDIENTES AL TIEMPO LABORADO ENTRE EL 22 DE OCTUBRE DE 2005 A 21 DE OCTUBRE DE 2006 Y 22 DE OCTUBRE DE 2006 A 21 DE OCTUBRE DE 2007. SIN EMBARGO, DETERMINÓ QUE NO HABRÁ LUGAR A REINTEGRO DE SUMA ALGUNA A FAVOR DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, TENIENDO EN CUENTA | NA | NA | VICKY ALEXANDRA HERNANDEZ CUBIDES |
ROVIRA CAMPOS DE SALAMANCA y OTROS | REPARACION DIRECTA | 110013331031201200 20501 | 200.000.000 | EL 16 DE AGOSTO DE 2010, EL DR. ENRIQUE ARNULFO SALAMANCA CAMPOS, SE DESPLAZABA POR LA CARRERA 30 CON CALLE 53 CUANDO DE MANERA REPENTINA RESULTO GOLPEADO FUERTEMENTE EN LA CABEZA POR UN TROZO DE ESCOMBRO QUE SE ENCONTRABA SOBRE LA CALZADA DE TRANSMILENIO MISMO QUE FUE LANZADO POR LAS LLANTAS DE UNO DE LOS BUSES ARTICULADOS DEL MENCIONADO SISTEMA. LA FUERZA DEL IMPACTO ROMPIO EL VIDRIO DE LA PUERTA DEL CONDUCTOR E IMPACTO EN LA CABEZA DEL DR. OCASIONANDOLE INMEDIATAMENTE LA MUERTE. | NA | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA QUE REVOCA LA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA, CONDENANDO A TRANSMILENIO, PERO FAVORABLE AL IDU | NA | NA | VICKY ALEXANDRA HERNANDEZ CUBIDES |
CONSORCIO CIVILTEC | ACCION CONTRACTUAL | 110013331031200900 33802 | 136.500.000 | EL 28 DE DICIEMBRE DE 2004 SE CELEBRO EL CONTRATO DE CONSULTORIA NO. 150-2004 ENTRE EL IDU Y EL CONSORCIO CIVILTEC IGL, CUYO OBJETO FUE REALIZAR LOS ESTUDIOS Y DISEÑOS PARA LA CONSTRUCCION Y O EVALUACION PARA LA REHABILITACION DE VIAS EN VARIAS LOCALIDADES DE BOGOTA, GRUPO 2 EN BOGOTA, LA DURACION FUE DE 5 MESES. SE ADVIRTIO AL IDU QUE INICIALMENTE SE EXCEDIA EN 110 LA CANTIDAD DE PREDIOS AFECTADOS, LO CUAL NO ESTABA CONTEMPLADO EN EL CONTRATO, Y QUE ESTO ACARREARIA MAYORES COSTOS QUE TERMINARIAN POR DESEQUILIBRAR LA ECUACION ECONOMICA DEL CONTRATO | CTO IDU 150/04 | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | FALLO CONFIRMA SENTENCIA PROFERIDA POR EL JUZGADO 31 ADTVO, QUE NEGÓ LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA. LO PROBADO EN EL SUB LITE NO PERMITE CONCLUIR QUE HUBO INCUMPLIMIENTO POR PARTE DE LA ENTIDAD DEMANDADA IDU, PUESTO QUE LAS PRETENSIONES RELATIVAS AL RECONOCIMIENTO DE LA MAYOR PERMANENCIA EN LA OBRA POR EL CONTRATISTA, NO ESTÁN LLAMADAS A PROSPERAR, POR CUANTO EL DEMANDANTE NO PROBÓ COMO LE CORRESPONDÍAN LOS SUPUESTOS DE HECHO EN QUE SE FUNDAMENTA SU RECLAMACIÓN. | NA | NA | VICKY ALEXANDRA HERNANDEZ CUBIDES |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
EMPRESA DE TELECOMUNICACIO NES DE BOGOTA | REPARACION DIRECTA | 110013331033200900 23301 | 136.086.933 | QUE SE CONDENE AL IDU Y A LA COMPAÑIA DE ESTUDIOS DE INTERVENTORIA Y CONSTRUCCIONES CEIC LTDA, AL PAGO DE LA SUMA DE $136.086.933,12 CON OCASION DE LOS DAÑOS CAUSADOS A LAS REDES DE PROPIEDAD DE ETB S.A ESP EN LAS DIRECCIONES DE ESTA CUIDAD RELACIONADAS EN LA DOCUMENTACION QUE SERA APORTADA A LA PRESENTE DEMANDA. CONTRATO 169 DE 2005 | CTOIDU 169/05 | FSI | FAVORABLE | DESFAVORABLE | REVOCA LA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA,DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE RESPONSABLE AL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO-IDU Y A LA COMPAÑÍA DE ESTUDIOS, INTERVENTORÍA Y CONSTRUCCIONES CEIC LTDA., POR LOS DAÑOS OCASIONADOS A LAS REDES DE LA EMPRESA DE TELÉFONOS DE BOGOTÁ S.A.Y CONDENA A PAGAR SOLIDARIAMENTE AL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO-IDU Y A LA COMPAÑÍA DE ESTUDIOS, INTERVENTORÍA Y CONSTRUCCIONES CEIC LTDA., A FAVOR DE LA EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ E.T.B. S.A. ESP, LA SUMA DE VEINTITRÉS MILLONES SETECIENTOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS ($23.717.537,54). | PAGAR LA SUMA DE VEINTITRÉS MILLONES SETECIENTOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS ($23.717.537,54) | CUMPLIDAS | VICKY ALEXANDRA HERNANDEZ CUBIDES |
JULIO CESAR CASADIEGO | REPARACION DIRECTA | 110013331032200700 15701 | 113.400.000 | DECLARAR QUE EL IDU ES RESPONSABLE DE LOS DAÑOS ANTIJURIDICOS DE TODO ORDEN Y CARACTER MATERIAL OCASIONADOS AL ACCIONANTE EN OCASION DE LA CONSTRUCCIÓN Y ADECUACIÓN DEL SISTEMA TRANSMILENIO DE LA AV. SUBA DESDE LA CALLE 80 HASTA LA CALLE 127 A TRAMO 1. QUE SE CONDENE AL IDU. | NA | FSI | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE RESPONSABLE AL IDU POR EL DAÑO CAUSADO , CONSISTENTE EN LA PERDIDA DE OPRTUNIDAD DE USUFRUCTUAR EL INMUEBLE Y CONDENAR AL IDU A PAGAR A FAVOR DEL SEÑOR JULIO CESAR RODRIGUEZ CASADIEGO LA SUMA DE $71.271.900. | PAGO DE LA SUMA DE SETENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL NOVECIENTOS PESOS M/CTE ($71.271.900) , POR LOS PERJUICIOS MATERIALES A TÍTULO DE LUCRO CESANTE. | CUMPLIDAS | VICKY ALEXANDRA HERNANDEZ CUBIDES |
ANAYID MONSALVE ALVAREZ | TUTELA | 110014003003201301 29701 | NA | LA ACCIONANTE EN EL AÑO 2007 ADQUIRIÓ POR SUCESIÓN EL INMUEBLE UBICADO EN LA CARRERA 121 NO. 64 - 21 INTERIOR 1, FOLIO DE MATRICULA INMOBILIARIA 50C-1150640, CHIP AAA0068STC. AL NO CONTAR CON SOLUCIÓN DE VIVENDA Y SER MA CABEZA DE FAMILIA INICIÓ LOS TRAMITES NECESARIOS PARA CONSTRUIR EN EL PREDIO; EN DICHO PREDIO SE ENCUENTRA UNA VÍA PÚBLICA. | NA | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | CONFIRMA LA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA QUE NEGÓ LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA. | NA | NA | VICKY ALEXANDRA HERNANDEZ CUBIDES |
CELIA ARIZA DE TORRES | TUTELA | 110014003051201301 44700 | NA | SOLICITA LA ACCIONANTE SE SIRVA EL DESPACHO TUTELAR EL AMPARO DEL DERECHO FUNDAMENTAL A LA VIDA, A LA SALUD, A LA VIDA DIGNA Y A LA SEGURIDAD XXXXXX.XX ACCIONANTE PRETENDE POR LA VÍA DE LA ACCIÓN DE TUTELA, SE ORDENE A LA PARTE ACCIONADA ALCALDÍA LOCAL DE SUBA, RETIRAR LOS BOLARDOS UBICADOS EN LA CALLE 138 CON CARRERA 99 A DE ESTA CIUDAD, YA QUE OBSTACULIZAN EL ACCESO A LA RESIDENCIA DE SU SEÑORA MADRE | NA | FPI | FAVORABLE | NA | NEGAR POR IMPROCEDENTE LA TUTELA FORMULADA | NA | NA | VICKY ALEXANDRA HERNANDEZ CUBIDES |
MERCEDES RODRIGUEZ RIAÑO | TUTELA | 110014003058201301 36501 | NA | SOLICITA LA ACCIONANTE SE SIRVA EL DESPACHO TUTELAR EL AMPARO DEL DERECHO FUNDAMENTAL A LA XXXX.XX ACCIONANTE PRETENDE POR LA VÍA DE LA ACCIÓN DE TUTELA, SE ORDENE A LA PARTE ACCIONADA EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BOGOTÁ D.C. ESP, DAR CUMPLIMIENTO A LO SOLICITADO EN UN DERECHO DE PETICIÓN PRESUNTAMENTE POR EL TAPONAMIENTO DE UNA ALCANTARILLA. | NA | FSI | FAVORABLE | FAVORABLE | NEGAR EL AMPARO CONSTUTUCIONAL RECLAMADO, YA QUE NO SE PROBO UN PERJUICIO IRREMEDIABLE. | NA | NA | VICKY ALEXANDRA HERNANDEZ CUBIDES |
EMPRESA COLOMBIANA DE CABLES S.A. EMCOCABLES | Controversias Contractuales | 25000-2326000200- 00063102 | 166.000.000 | Solicita restituci¢n del 7% de la cesión gratuita de acuerdo con la escritura publica 3070 de 1996. | N/A | TERMINADO | DESFAVORABLE | FAVORABLE | N/A | N/A | N/A | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
SOCIEDAD REIMPODIESEL S.A. | Controversias Contractuales | 25000-232600020000- 120501 | 70.000.000 | SE DECLARE LA NULIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO DE ADJUDICACI¢N DE LA CONVOCATORIA IDU-CD-DTMV-005-2000 | N/A | TERMINADO | FAVORABLE | DESFAVORABLE | REVÓCASE LA SENTENCIA PROFERIDA EL 14 DE ABRIL DE 2004 POR EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA - SALA DE DESCONGESTIÓN. DECLÁRASE LA NULIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO PROFERIDO POR EL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU-, A TRAVÉS DEL CUAL ADJUDICÓ LA CONVOVATORIA PÚBLICA IDU- CD-DTMV-005-2000 A LA SOCIEDAD ARGOFILTER LTDA. NIÉGANSE LAS DEMÁS PRETENSIONES DE LA DEMANDA. SIN CONDENA EN COSTAS. EN FIRME ESTA PROVIDENCIA, DEVUÉLVASE EL EXPEDIENTE AL TRIBUNAL DE ORIGE | N/A | SENTENCIA DECLARA NULIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIV O IDU-CD-DTMV- 005-2000, ATRAVES DEL CUAL SE ADJUDICO A LA SOCIEDAD AGROFILTER LA CONVOCATORIA PUBLICA. SIN CONDENA EN DINERO NI COSTAS. SE REMITIO AL AREA TECNICA CON MEMORANDO NO. | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
ORLANDO BARRIOS | Reparacion Directa | 25000-2326000- 20000142001 | 155.184.000 | ACCIDENTE PUENTE VEHICULAR PEATONAL UBICADO EN LA AUTO.NORTE CON CALLE 127 - QUE LE SEAN PAGADOS LOS PERJUICIOS MORALES Y MATERIALES POR LA MUERTE DE LA ESPOSA | N/A | TERMINADO | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DECLARESE PATRIMONIALMENTE RESPONSABLE AL IDU POR MUERTE DE LA SEÑORA LUZ ESTELA VASQUEZ ARIZA, PAGUESE LA SUMA DE: $ 595 192.520.000 | Con resoluciones IDU Ns. 22474 del 30 de mavo de 2014, 51604 del 27 de Junio de 2014 y 68749 del 04 de agosto de 2014, se adelanto la gestion de pago a los beneficiarios de la sentencia. | N/A | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
URBANIZACION LA PENINSULA | Reparacion Directa | 250002326000- 20010086001 | 657.397.000 | QUE SE INDEMNICE LOS PERJUCIOS SUFRIDOS POR LA OCUPACIÓN PERMANENTE DE PREDIOS DE LA SOCIEDAD DEMANDANTE PUES AL CONSTUIRSE LA OBRA EL IDU OCUPO PARTE DE LOS TERRENOS DE LA URBANIZACIÓN SIN QUE PREVIAMENTE LOS HUBIERA COMPRADO | N/A | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | N/A | N/A | N/A | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
ICEIN S.A. | Controversias Contractuales | 25000-2326000- 20010155002 | 173.696.860 | Que se declare que en la ejecuci¢n del contrato 782/99 celebrado entre el IDU y ICEIN, se presento Un desequilibrio economico del contrato. | 782-1999 | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | N/A | N/A | N/A | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
URBANIZACION MONTEVIDEO LTDA | Reparacion Directa | 250002326000200- 10268201 | 950.000.000 | SE DECLARE QUE LA COSNTRUCCION DE LAS VIAS CORRESPONDIENTES A LA CALLE 24 EN EL SECTOR COMPRENDIDO ENTRE LA AVENIDA DE LA CONSTITUCI¢N Y LA CRA.69, Y LA PROLONGACION DE LA CARRERA 69 EN EL SECTOR COMPRENDIDO ENTRE LA CALLE 24 Y EL LINDERO NORTE DE LA URBANIZACI¢N, LE CORRESPONDE CONSTRUIRLAS AL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTA CON LOS RECURSOS PUBLICOS DESTINADOS PARA TAL FIN. | N/A | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | EL CONSEJO DE ESTADO RESUELVE: CONFIRMAR LA SENTENCIA PROFERIDA POR TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCIÓN TERCERA, SALA DE DESCONGESTIÓN, EL VEINTISÉIS (26) DE AGOSTO DE DOS MIL CUATRO (2004), POR LAS RAZONES EXPUESTAS EN LA PRESENTE PROVIDENCIA. SIN COSTAS. EN FIRME ESTA PROVIDENCIA, ENVÍESE EL EXPEDIENTE AL TRIBUNAL DE ORIGEN PARA LO DE SU CARGO, PREVIAS LAS ANOTACIONES DE RIGOR | N/A | N/A | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
ESTEFAN BELLAN JO | Reparacion Directa | 250002326000200-2008 | 1.392.700.000 | EL IDU Y LA EAAB, SON RESPONSABLES POR LOS PERJUICIOS PATRIMONIALES OCASIONADOS A MI CLIENTE, COMO CONSECUENCIA DE LA OCUPACI¢N DE HECHO DE QUE FUE OBJETO EL LOTE DE TERRENO DE SUS PROPIEDAD, UBICADO EN LA CARRERA 54 NO.81-95, CON OCASI¢N DE LA CONSTRUCCI¢N DEL PUENTE PEATONAL SOBRE LA DG. 86, UNICA VIA DE ACCESO VEHICULAR A LOS PREDIOS DE LA URBANIZACI¢N ALMA INDUSTRIA LTDA Y EN PARTICULAR AL PREDIO DEL DEMANDANTE. CLASE DE PROCESO Y PRETENSIONES REPARACIÓN DIRECTA. 1. QUE LAS DEMANDADAS, INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO ¿ IDU- Y/O EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA, SON ESPONSABLES POR LOS PERJUICIOS PATRIMONIALES OCASIONADOS (...), COMO CONSECUENCIA DE LA OCUPACIÓN DE HECHO DE QUE FUE OBJETO EL LOTE DE TERRENO (...), UBICADO EN LA CARRERA 54 NO. 81-95 DE ESTA CIUDAD CAPITAL, CON OCASIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN DEL PUENTE PEATONAL SOBRE LA DIAGONAL 86, ÚNICA VÍA DE ACCESO VEHÍCULAR A LOS PREDIOS DE LA URBANIZACIÓN ALMA INDUSTRIA LTDA. Y EN PARTICULAR, AL PREDIO DE MI PODERDANTE. 2 QUE SE CONDENE A LAS ACCIONADAS AL PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN POR LOS DAÑOS MATERIALES IRROGADOS ( ) REPRESENTADOS EN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS ($1.392.700.000.OO) MONEDA LEGAL, SEGÚN EXPERTICIO QUE SE ACOMPAÑA A LA PRESENTE DEMANDA. EL DAÑO SE CONTRAE A LA IMPOSIBILIDAD DE EXPLOTAR ECONÓMICAMENTE EL PREDIO, POR RAZÓN DEL ENCERRAMIENTO A QUE FUE SOMETIDO POR LA OCUPACIÓN DE HECHO ( ) 3. LAS SUMAS DE DINERO QUE SE ESTIMAN, COMO REPRESENTATIVAS DEL DAÑO MATERIAL, SERÁN RECONOCIDAS CON APLICACIÓN DEL IPC O DEL INDICADOR ECONÓMICO QUE A LA FECHA DE PAGO SE ENCUENTRE VIGENTE, PARA LOS EFECTOS DE LA ACTUALIZACIÓN DE SU VALOR O INDEXACIÓN. EL PUENTE CONECTA LAS CICLORRUTAS Y EL SENDERO PEATONAL CON EL FIN DE DE PROTEGER LA ZONA DE RONDA Y ZONA DE MANEJO Y PRESERVACIÓN AMBIENTAL DEL CANAL RÍO NEGRO Y CANAL SALITRE.DESARROLLO DEL PROCESO CONTESTO DEMANDA EL 27 DE AGOSTO DE 2002, EL 26 DE SEPTIEMBRE DE 2002 EL PROCESO ABRIO A PRUEBAS EL 27 DE AGOSTO DE 2002 SE DIO CONTESTACIÓN A LA DEMANDA. PENDIENTE DECRETAR ETAPA PROBATORIA, SE ABRIO EL PROCESO A PRUEBAS EL 26 DE SEPTIEMBRE DE 2002. AGOSTO 26 DE 2003 ORDENA TRASLADO PARA ALEGAR POR DIEZ DÍAS. SE PRESENTARON ALEGATOS DE CONCLUSIÓN EL 9 DE SEPTIEMBRE DE 2003. 18/09/03, ORDENA REMITIR A SALA DE DESCONGESTIÓN. 8/10/03, SE REMITE A SALA DE DESCONGESTIÓN. 07/07/04, PRUEBA DE OFICIO: SOLICITA INFORMACIÓN A LA EAAB, IDU Y PLANEACIÓN DISTRITAL. 14/09/04 DECLARA PROBADA LA EXCEPCIÓN FALTA LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA POR PASIVA EN RELACIÓN CON LA EAAB, DECLARA RESPONSABLE AL IDU Y LO CONDENA EN ABSTRACTO. 09/02/05 REPARTIDO AL MAGISTRADO ALIER EDUARDO HERNÁNDEZ. | N/A | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | N/A | N/A | N/A | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
CONSORCIO ETA | Controversias Contractuales | 250002326000- 20050028602 | 406.004.929 | QUE SE DECLARE LA NULIDAD DE LA RESOLUCION 6936/04 DE LA DIRECCION TECNICA DE CONSTRUCCIONES MEDIENTE EL CUAL SE DECLARA UN SINIESTRO Y SE HACE EFECTIVA LA POLIZA DE CALIDAD DEL CONTRATO IDU 514-01 | 514-2001 | TERMINADO | FAVORABLE | DESFAVORABLE | FALLO DESFAVORABLE PERO SIN CONDENA ECONOMICA EN CONTRA DEL IDU. | N/A | N/A | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
EXXONMOBIL DE COLOMBIA S.A. | Nulidad y Restablecimiento | 250002324000- 20050073501 | 2.000.000.000 | QUE SE DECLARE LA NULIDAD DEL ARTICULO SEGUNDO DE LA RESOLUCION 742/05 EXPEDIEDA POR EL IDU POR VIRTUD DE LA CUAL SE ORDENÓ LA EXPROPIACION POR VIA ADMINISTRATIVA PREDIO UBICADO EN LA AC 57R SUR No.67-90 DISPOSICION QUE HACE RELACION AL VALOR DEL PRECO INDEMNIZATORIO DETERMINADO EN LA RESOLUCION. | N/A | TERMINADO | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | Con sentencia de segunda instancia proferida por la Sección Primera del Consejo De Estado, calendada el (26) de junio de dos mil trece (2013), dentro de la Acción de Nulidad y Restablecimiento del Derecho No. 2005-00735, se ordenó al IDU pagar la suma de Doce Millones Novecientos Cincuenta y Nueve Mil Setecientos Pesos $12.959.700.; correspondientes a la diferencia entre el precio de indemnización por expropiación administrativa pagado por el IDU, a la empresa EXXONMOBIL DE COLOMBIA S.A. ($503.092.200), y el avaluó efectuado por la Cámara de la Propiedad Raíz Lonja Inmobiliaria que arrojo la suma de ($516.051.900). | Para dar cumplimiento al fallo, se expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 4058 del 21 de octubre de 2013, por valor de Doce Millones Novecientos Cincuenta y Nueve Mil Setecientos Pesos $12.959.700, correspondientes a la diferencia entre el valor que pago el Instituto de Desarrollo Urbano, es decir, la suma de Quinientos Tres Millones, Noventa y Dos Mil Doscientos Pesos $503.092.200, para la adquisición del predio Ubicado en la AC57R SUR No. 67- 90, requerido para la obra Proyecto Sistema De Transporte Masivo de Bogotá D.C. Transmilenio, Avenida Ciudad de Quito y Avenida del Sur, hasta el límite del distrito con Soacha; y el precio fijado en virtud del avaluó No. 523-31684-2003 de septiembre de 2003, que hiciera la Cámara de la Propiedad Raíz Lonja Inmobiliaria, equivalente a la suma de Quinientos Dieciséis Millones Cincuenta y Un Mil Novecientos Pesos $516.051.900, que tuvo en cuenta el Consejo de Estado, como base para determinar el precio del inmueble objeto de expropiación. Se llevo a comite de repeticion del 12 -04-14 con ficha No. 42 . | N/A | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
HACIENDA MICHU | Nulidad y Restablecimiento | 1100-13331039- 20090016701 | 19.550.686 | CONTROVERSIA DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO, EN CONTRA LAS LIQUIDACIONES Y LOS MONTOS ASIGNADOS POR RESOLUCIONES VA 001 Y VA 007 DE 30 DE NOVIEMBRE 2007, EXPEDIDAS POR EL DIRECTOR TÉCNICO LEGAL DEL IDU Y QUE EN SU OPORTUNIDAD FUERON INTERPUESTOS LOS RECURSOS DE LEY ENCONTRA DE ESTOS ACTOS ADMINISTRATIVOS, LOS MISMOS FUERON CONFIRMADOS POR SER LAS RESOLUCIONES EXPEDIDAS EN DERECHO Y EN EL PLENO DE LAS FACULTADES LEGALES. CONSIDERA EL ACTOR QUE EXISTE UN SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO Y QUE POR ELLO DEBE DECLARSE LA NULIDAD DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS QUE FUERON OBJETO DE ESTE LITIGIO. | N/A | TERMINADO | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | ESTADO 21-04-14 , SE NIEGA ACLARACION SOLICITADA POR LA PARTE DEMANDANTE, SE ORDENA RELIQUIDAR LA CONTRIBUCION POR VALORIZACION Y SE PONE EN CONOCIMIENTO SALVAMENTO DE VOTO | CON MEMORANDO INTERNO IDU NO.20145660365603, SE INFORMO A LA DIRECCION TECNICA DE GESTION JUDICIAL SOBRE LA EXPEDICION DE LA RESOLUCION 50856 DEL 15 DE MAYO DE 2014, EN LA CUAL SE MODIFICARON LOS NUMERALES 370454 Y 40610 DE LA RESOLUCION VA 001 DEL 30 DE NOVIEMBRE DE 2007 Y LOS NUMERALES 1492614 Y 14410418 DE LA RESOLUCION VA 007 DEL 30 DE NOVIEMBRE DE 2007, QUE ASIGNARON LA CONTRIBUACION DE VALORIZACION POR BENEFICIO LOCAL ACUERDO 180 DE 2005 A LOS PREDIOS UBICADOS EN LA KR 9 93A50 AP 601 Y KR 9 93A AP 701 DE PROPIEDAD DE, HACIENDA MICHU Y GUAIMARON S.A. CON MEMORANDO INTERNO No. 20144250362703 DEL 16 DE MAYO DE 2014, SE REMITIO PARA LO DE LA COMPETENCIA RESPECTIVA, A LA SUBDIRECCION TECNICA DE OPERACIONES Y A LASUBDIRECCION JURIDICA Y DE EJECUCIONES FISCALES COPIA DE LOS FALLOS PROFERIDOS EN ELPROCESO | N/A | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
GUAIMARON S.A | Nulidad y Restablecimiento | 11001333-1039- 20090016701 | 19.768.058 | QUE SE DECLARE LA NULIDAD DE LA OPERACÍON ADMINISTRATIVA, DENTRO DEL TRAMITE DEL RECUERSO DE RECONSIDRACION INTERPUESTO CONTRA LA ASIGNACION POR VALORIZACIÓN DEL ACUERDO 180 DE 2005 AL PREDIO UBICADO EN LA KR 9 NO. 93 A - 50 APTO 701 DE BOGOTÁ. QUE SE CONDENE A LA PARTE DEMANDADA EL VALOR CARRESPONDIENTE A LA CONTRIBUCION CANCELADA. | N/A | TERMINADO-PA | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | ESTADO 21-04-14 , SE NIEGA ACLARACION SOLICITADA POR LA PARTE DEMANDANTE, SE ORDENA RELIQUIDAR LA CONTRIBUCION POR VALORIZACION Y SE PONE EN CONOCIMIENTO SALVAMENTO DE VOTO | CON MEMORANDO INTERNO IDU NO.20145660365603, SE INFORMO A LA DIRECCION TECNICA DE GESTION JUDICIAL SOBRE LA EXPEDICION DE LA RESOLUCION 50856 DEL 15 DE MAYO DE 2014, EN LA CUAL SE MODIFICARON LOS NUMERALES 370454 Y 40610 DE LA RESOLUCION VA 001 DEL 30 DE NOVIEMBRE DE 2007 Y LOS NUMERALES 1492614 Y 14410418 DE LA RESOLUCION VA 007 DEL 30 DE NOVIEMBRE DE 2007, QUE ASIGNARON LA CONTRIBUACION DE VALORIZACION POR BENEFICIO LOCAL ACUERDO 180 DE 2005 A LOS PREDIOS UBICADOS EN LA KR 9 93A50 AP 601 Y KR 9 93A AP 701 DE PROPIEDAD DE, HACIENDA MICHU Y GUAIMARON S.A. CON MEMORANDO INTERNO No. 20144250362703 DEL 16 DE MAYO DE 2014, SE REMITIO PARA LO DE LA COMPETENCIA RESPECTIVA, A LA SUBDIRECCION TECNICA DE OPERACIONES Y A LASUBDIRECCION JURIDICA Y DE EJECUCIONES FISCALES COPIA DE LOS FALLOS PROFERIDOS EN ELPROCESO | N/A | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
INVERSIONES MONGUI EU | Nulidad y Restablecimiento | 1100-13331039200900 | 13.194.196 | QUE SE DECLARE LA NULIDAD DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS PROFERIDOS POR EL IDU SOBRE EL COBRO POR CONTRIBUCIÓN DE VALORIZACIÓN POR BENEFICIO LOCAL PARA EL PREDIO UBICADO EN LA CALLE 122 Nº 18 C 57 CON MATRICULA INMOBILIARIA 50N-550712 | N/A | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | CONFIRMASE la sentencia de 28 de febrero de 2013, proferida por el JUZGADO TRECE ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTIÓN DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ -SECCIÓN CUARTA., por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia. | N/A | N/A | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
AUTOMOTORES LA FLORESTA S.A | Nulidad y Restablecimiento | 1100-1333109200900 | 69.000.000 | QUE SE DECLARE LA NULIDAD DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS PROFERIDOS POR EL IDU SOBRE EL COBRO POR CONTRIBUCIÓN DE VALORIZACIÓN POR BENEFICIO LOCAL PARA EL PREDIO UBICADO EN LA CALLE 95 Nº 68 32 CON MATRICULA INMOBILIARIA 50N-00074976 Y AVENIDA CARRERA 68 Nº 95 73 CON MATRICULA INMOBILIARIA Nº 50C-00605483 | N/A | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | SENTENCIA FAVORABLE, EDICTO 15-05-14 SE CONFIRMA LA SENTENCIA DE 30 DE AGOSTO DE 2013, PROFERIDA POR EL JUZGADO 13 ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTIÓN DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ QUE NEGO LAS ´PRETENSIONES DE LA DEMANDA. | N/A | N/A | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
ROSALBA LINARES PRIETO | Reparacion Directa | 1100-13331034- 20100027300 | 966.525.000 | SOLICITA LA DECLARATORIA DE de responsabilidad del INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO; — IDU y la consiguiente condena al pago de los perjuicios materiales y morales que le fueron ocasionados con la ejecución del "contrato IDU 027 de 1999, que realizó obras para la adecuación, desde los Héroes hasta la Avenida Boyacá", pues se generó "humedad en la pared oriental de la sala" del INMUEBLE | 027-1999 | TERMINADO | DESFAVORABLE | FAVORABLE | SE REVOCA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA Y SE REVOCAN LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA | N/A | N/A | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
IDU VS GEOCING LTDA | Controversias Contractuales | 1100-1333-10312011- 0003001 | 2.628.096 | DECLARAR QUE EL CONSORCIO VIAL INTEGRADO POR GEODINAMICA INGENIERIA S.A. Y GEOCING SAS REPRESENTADA POR EL SR. FLAVIO FEDERICO SOLER SIERRA INCUMPLIO EL CONTRATO ADMINISTRATIVO 873 DE 2004 CELEBRADO ENTRE EL IDU Y EL CONSORCIO. DEFICIENCIAS Y FALTANTES ENCONTRADAS EN EL PRODUCTO DE INTERVENTORIA ENTREGADO EN CUMPLIMIENTO DEL OBJETO DEL MENCIONADO CONTRATO | 873-2004 | TERMINADO | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | SE CONFIRMA DECISION DE PRIMERA INSTANCIA QUE NEGO PRETENSIONES DE LA DEMANDA | SE INFORMO OPORTUNAMENTE A LA DIRECCION TECNICA DE GESTION CONTRACTUAL, A TRAVES DEL MEMORANDO INTERNO No.20154250181283 DE 18-06-15. | N/A | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
LOZADA GIRALDO HANS ORLANDO | Reparacion Directa | 25000-2326000- 20110111901 | 782.274.373 | DECLARAR RESPONSABLE AL IDU DE LA TOTALIDAD DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS COMO CONSECUENCIA DE LA SUSPENSION FORZOSA Y DEFINITIVA DE LA ACTIVIDAD ECONOMICA DE COMERCIANTE EN EL ARRIENDO DE VARIAS HABITACIONES Y LOCALES DEL INMUEBLE UBICADO EN LA CRA 4 24-58 DE BOGOTA QUE LE FUE EXPROPIADO POR EL IDU. RESOLUCION 3533 DE 10 DE OCTUBRE DE 2008, RESOLUCION 2967 DE 31 DE JULIO DE 2009, RESOLUCION 916 DEL 6 DE ABRIL DE 2009 POR LA CUAL SE MODIFICA LA RESOLUCION 3533 DEL 10 DE OCTUBRE DE 2008. | N/A | TERMINADO | FAVORABLE | N/A | SENTENCIA FAVORABLE SIN APELACION | N/A | N/A | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
GERMAN RAMIREZ BARBOSA | Accion de Tutela | 1100-14003-0732- 0130082200 | N/A | SE PROTEJAN LOS DERECHOS AL DEBIDO PROCESO Y A LA RESPUESTA OPORTUNA AL DERECHO DE PETICION VULNERADOS POR LA CONTRALORIA DE BOGOTA DENTRO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL 17000- 002/11 APERTURADO CON OCASION DEL CONTRATO 027-2009 CUYO OBJETO ES CONSTRUCCION DE ANDENES FALTANTES DE LA CALLE 77 Y AV. CALLE 85 ENTRE AVENIDA PASEO DEL COUNTRY Y AVENIDA GERMAN ARCINIEGAS Y CONSTRUCCION DE ANDENES DE LA CALLE 76 ENTRE AV. PASEO DEL COUNTRY Y AVENIDA CARACAS CORRESPONDIENTES RESPECTIVAMENTE A LOS PROYECTOS CODIGO DE OBRA 406 Y 414 DEL ACUERDO 180 DE 2005 DE VALORIZACION DE BOGOTA, EL 6 DE OCTUBRE SE SUSCRIBIO ENTRE EL IDU Y EL CONSORCIO CGR 003 EL CONTRATO 27 DE 2009 CONFORMADO POR COMPAÑIA TRABAJOS URBANOS S.A., GALVIS FRACASSI Y COMPAÑIA S EN C Y GERMAN RAMIREZ BARBOSA. | N/A | TERMINADO | FAVORABLE | N/A | SE NIEGAN PRTENSIONES DE LA CCION DE TUTELA | N/A | N/A | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
RODRIGUEZ VANEGAS JAIRO | Accion de Tutela | 110014088021-2014- 0036 | N/A | EL 25 DE AGOSTO DE 2014 RADICO DERECHO DE PETICION SOLICITANDO ARREGLO DE SU PARQUEADERO. | N/A | TERMINADO | FAVORABLE | N/A | SE NIEGAN PRTENSIONES DE LA CCION DE TUTELA | N/A | N/A | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
NUBIA NELLY PLAZAS OLAYA | Accion de Tutela | 11001400- 9027201404600 | N/A | SOLICITA LA SUSPENSION DE TRANSITO VEHICULAR DE SERVICIO PUBLICO PESADO, MAQUINARIA DE OBRAS, CARAVANAS PRESIDENCIALES Y OTROS QUE TRANSITAN POR LA CALLE 6D POR SER CALLE RESIDENCIAL Y NO APTA PARA ESE TIPO DE VEHICULOS. SOLICITA MEDIDAS EFECTIVAS QUE GARANTICEN QUE ESTA SITUACION NO SE VUELVA A VIVIR, TODA VEZ QUE CUANDO HACEN UNA OBRA A LOS ALREDEDORES COGEN ESTA CALLE PARA TODOS LOS VEHICULOS. | N/A | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | SE NIEGAN PRTENSIONES DE LA CCION DE TUTELA | N/A | N/A | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
GIAN POLZAR SIERRA | Accion de Tutela | 1100-13103017- 20140005300 | N/A | QUE SE DECLARE QUE LOS HABITANTES DEL BARRIO LA MAGDALENA DE LA CIUDAD DE BOGOTA, TIENEN DERECHO AL USO DEL PUENTE CONSTRUIDO POR LA EAAB EL CUAL ES LA VIA DE ACCESO AL BARRIO Y POR CONSIGUIENTE NO SE PUEDE OBSTRUIR EL PASO. QUE EL SR. GIAN POLZAR SIERRA FONSECA TIENE DERECHO A LA LIBRE CIRCULACION Y MOVILIDAD POR CONSIGUIENTE TIENE DERECHO AL USO DE LA VIA PUENTE VEHICULAR QUE TIENE INGRESO AL BARRIO. | N/A | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | SE NIEGAN PRTENSIONES DE LA CCION DE TUTELA | N/A | N/A | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
JORGE ELIECER TARAZONA HERNANDEZ | Accion de Tutela | 1100-14009014- 2014008500 | N/A | INMUEBLE MATRICULA INMOBILIARIA 50C-00805258, CHIP AAA0082ZECN, UBICADO EN LA CARRERA 26 NO. 37-24 BARRIO LA SOLEDAD. RESOLUCION 003 DE 30 DE NOVIEMBRE DE 2007, SE ASIGNO CONTRIBUCION DE VALORIZACION POR FUNCIONAMIENTO DE UNA LAVANDERIA EN DICHO PREDIO. SE INICIO COBRO COACTIVO POR LA SUMA DE $1.649.057, SE RESOLVIO LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO. | N/A | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | SE NIEGAN PRTENSIONES DE LA CCION DE TUTELA | N/A | N/A | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
MARIO URICOECHEA VARGAS | Accion de Tutela | 11001-31-03-020 - 2014-00169-01 | N/A | ORDENAR AL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO QUE REPAREN Y RESTAUREN TODAS LAS VIAS Y CALLES DE LA CIUDAD DE BOGOTA, QUE EN LA ACTUALIDAD SE ENCUENTRAN DESTAPADAS POR EL LEVANTAMIENTO DEL ASFALTO DE LAS MISMAS, PUESTO QUE ESTA SITUACION ESTA PONIENDO EN PELIGRO LA VIDA E INTEGRIDAD DEL SUSCRITO AL IGUAL QUE A LOS OTROS HABITANTES DE LA CIUDAD EN RAZON A QUE ASIMISMO SE ME ESTAN CAUSANDO PROBLEMAS EN LA MOVILIDAD A MIS SITIOS DE TRABAJO, ESTUDIO Y DEMAS POR LA PERDIDA DE TIEMPO. | N/A | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | SE NIEGAN PRTENSIONES DE LA CCION DE TUTELA | N/A | N/A | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
HENYEL ACOSTA | Accion de Tutela | 1100122-03000- 20140146300. | N/A | INDEMNIZACION POR REALIZAR LA PEATONALIZACION QUE SE VA LLEVAR A CABO ENTRE LAS CALLES 7 A LA CALLE 26 CON CARRERA 7, LOCAL 18C ARTESANAL SITUADO EN LA CARRERA 7 12-54, LO QUE GENERARA VIOLACION AL DERECHO AL TRABAJO | N/A | TERMINADO | FAVORABLE | N/A | SE NIEGAN PRTENSIONES DE LA CCION DE TUTELA | N/A | N/A | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
MILENA RAMIREZ PULIDO | Accion de Tutela | 1100-122040002014- 01655-00 (71-14) | N/A | MANIFIESTA LA ACCIONANTE QUE A TRAVES DE CONCURSO DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL RESULTO ELEGIBLE EN CUARTO LUGAR PARA LA VACANTE CÓDIGO 314 GRADO 2, SIN EMBARGO, MANIFIESTA QUE A LA FECHA NO HA SIDO POSIBLE SU NOMBRAMIENTO A PESAR DE LOS MÚLTIPLES REQUERIMIENTOS A LAS ENTIDADES ENCARGADAS DE PROVEER EL CARGO. | N/A | TERMINADO | FAVORABLE | N/A | SE NIEGAN PRTENSIONES DE LA CCION DE TUTELA | N/A | N/A | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
MARIA CECILIA ESTEFAN ARBELAEZ | Accion de Tutela | 11001-03-15-000-2014- 02319- | N/A | ACCION DE TUTELA EN CONTRA DE LA SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA DENTRO DEL PROCESO DE REPARACION DIRECTA 2002-00815 PROMOVIDO POR JORGE ABDON ESTEFAN ARBELAEZ | N/A | TERMINADO | FAVORABLE | N/A | SE NIEGAN PRTENSIONES DE LA CCION DE TUTELA | N/A | N/A | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
CONSORCIO ETA | Accion de Tutela | 11001-03-15-000-2014- 02813-00 | N/A | VULNERACION AL DEBIDO PROCESO DENTRO DEL PROCESO 2005-00286 DE CONSORCIO ETA POR EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA. | N/A | TERMINADO | FAVORABLE | N/A | SE NIEGAN PRTENSIONES DE LA CCION DE TUTELA | N/A | N/A | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
ANIBAL AGUIRRE MORALES | Accion de Tutela | 11001-03-15-000-2015- 00022-01 | N/A | QUE SE REVOQUE O SE DECLARE SIN EFECTO LA SENTENCIA DEL 31 DE OCTUBRE DE 2013 PROFERIDA POR EL TRIBUNAL Y LA SENTENCIA DEL 25 DE FEBRERO DE 2013 PROFERIDA POR EL JUZGADO, PROCESO DE EXXON MOBIL | N/A | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | SE NIEGAN PRTENSIONES DE LA CCION DE TUTELA | N/A | N/A | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
ALEX DANILO FLORES CARO | Accion de Tutela | 110014003009-2015- 00020600 | N/A | LOS ACCIONANTES, POSEEDORES DESDE EL AÑO 2009 DE UN LOTE TERRENO EN LA CALLE 22J 114-A 46, PREDIO GANADO EN POSESION DESDE HACE 7 AÑOS, EL 13 DE ABRIL DE 2015, LLEGOUN GRUPO DEL ESMAD Y POLICIAS CON CONTRATISTAS DEL DADEP PARA RECUPERAR EL ESPACIO PUBLICO, QUIENES A LA FUERZA Y BAMO INTIMIDACIONES ADUJERON QUE SU ACTUACION ERA LEGAL PUES TENIAN LA RESOLUCION 034 DEL 5 DE MARZO DE 2014 Y TENIAN QUE HACERLA EFECTIVA. TUMBARON EL CERRAMIENTO DE NUESTRAS VIVIENDAS CON PICAS Y PALAS Y MAQUINARIA LLEVANDOSE LAS LATAS QUE NOS PROTEGEN DE LOS LADRONES. NUNCA FUERON NOTIFICADOS DE ESA DILIGENCIA. | N/A | TERMINADO | FAVORABLE | N/A | SE NIEGAN PRTENSIONES DE LA CCION DE TUTELA | N/A | N/A | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
MERY YOLANDA CUELLAR | Accion de Tutela | 110014003-058- 20150083501 | N/A | LA ACCIONANTE MANIFIESTA QUE LE HA SIDO VULNERADO SU DERECHO A LA VIDA DIGNA PARTIENDO DE LOS SIGUIENTES HECHOS CUANDO CODENSA INICIO OBRAS PARA SEGUN ELLOS EL MONTAJE DE UNA ESTACIÓN DE RECARGA PARA TAXIS ELECTRICOS, Y PROCEDEIRON A DEMOLER EL ANDEN Y DEJARON DESTRUIDA Y CON ESCOMBROS ATENTANDO CONTRA LA MOVILIDAD Y SEGURIDAD DE LOS PEATONES, LA CCIONANTE INDICA QUE CODENSA ASEGURO TENER LOS PERMISOS DE UAESP, IDU,Y DADEP Y SECRETARIA DE AMBIENTE | N/A | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | SE NIEGAN PRTENSIONES DE LA CCION DE TUTELA | N/A | N/A | AGUAS POLANIA JOSE LUIS |
GUZMAN SIERRA JORGE (6) | POPULAR | 110013331009200900 106-01 | N.A. | PAVIMENTACIÓN VIAS | N.A. | F.S.I. | FAVORABLE | FAVORABLE | FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA FAVORABLE AL IDU NO CONDENA A HACER VIAS RESPONSABLE DE OTRA ENTIDAD | N.A. | N.A. | MARCO ANDRES MENDOZA BARBOSA |
CONCESION PARQUEADEROS | POPULAR | 110013331035200900 146-01 | N.A. | SUSPENSION EFECTOS CONTRATO | 385, 386, 387 y 388 DE 1999 | F.S.I. | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA PRETENSIONES DE PAGO | N.A. | N.A. | MARCO ANDRES MENDOZA BARBOSA |
BERNAL JAIMES JOSE RAFAEL (1) | POPULAR | 110001333101320090 0397-01 | N.A. | PAVIMENTACIÓN VIAS | N.A. | F.S.I. | FAVORABLE | FAVORABLE | FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA FAVORABLE AL IDU NO CONDENA A HACER VIAS RESPONSABLE DE OTRA ENTIDAD | N.A. | N.A. | MARCO ANDRES MENDOZA BARBOSA |
CONCESION PARQUEADERO CALLE 90 S.A (4) | ARBITRAL | N.A. | 11.000.000.000 | SUSPENSION EFECTOS CONTRATO | 385, 386, 387 y 388 DE 1999 | F.S.I. | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA PRETENSIONES DE PAGO | N.A. | N.A. | MARCO ANDRES MENDOZA BARBOSA |
YOLANDA CARRERO RODRIGUEZ (1) | ARBITRAL | N.A. | 39.780.000.000 | REVISION CLAUSULA DE AJUSTES | 069/2008 | F.S.I. | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA PRETENSIONES DE PAGO | N.A. | N.A. | MARCO ANDRES MENDOZA BARBOSA |
TRANSLOGISTIC S.A. (1) | REVOCATORIA | N.A. | N.A. | PAGO FACTURAS ADEUDADAS | 137/2007 | F.P.I. | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA PRETENSIONES DE PAGO | N.A. | N.A. | MARCO ANDRES MENDOZA BARBOSA |
SOCIEDAD COLOMBO HISPANICA LTDA. (1) | ARBITRAL | N.A. | 10.537.716.755 | INCUMPLIMIENTO CLAUSULAS DE ACTUALIZACION | 069/2008 | F.S.I. | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA PRETENSIONES DE PAGO | N.A. | N.A. | MARCO ANDRES MENDOZA BARBOSA |
SOLARTE SOLARTE CARLOS ALBERTO (1) | ARBITRAL | N.A. | 90.000.000.000 | DESEQUILIBRIO ECONOMICO POR MATRIZ DE RIESGO | 074/2008 | F.S.I. | FAVORABLE | FAVORABLE | NIEGA PRETENSIONES DE PAGO | N.A. | N.A. | MARCO ANDRES MENDOZA BARBOSA |
VANEGAS MOLLER CAMILO (1) | CONTRACTUAL | 110013331038201300 286-01 | 491.404.723 | INCUMPLIMIENTO CALSULAS DE ACTUALIZACION | 001/2013 | F.P.I. | N.A. | N.A. | ORDENA REMITIR A COMPETENTE | N.A. | N.A. | MARCO ANDRES MENDOZA BARBOSA |
SEGUREXPO SEGUROS DE CREDITO Y CUMPLIMIENTO (1) | CONTRACTUAL | 250002326000201300 747-01 | 28.016.023.941 | EJECUCION RESOLUCION | 071/2008 | F.P.I. | DESFAVORABLE | DESFAVORABLE | DEMANDA RETIRADA | N.A. | N.A. | MARCO ANDRES MENDOZA BARBOSA |
TRANSMILENIO DEL SUR S.A.S. (1) | A.COMPOSICION | N.A. | 172.715.770.522 | DESEQUILIBRIO ECONOMICO POR MAYOR CANTIDAD | 242/2008 | F.P.I. | DESFAVORABLE | N.A. | CONDENA MAYORES CANTIDADES $35.000.000.000 | PAGAR $35,000,000,000 | N.A. | MARCO ANDRES MENDOZA BARBOSA |
TRANSMILENIO DEL SUR S.A.S. (1) | A.COMPOSICION | N.A. | 45.780.768.368 | DESEQUILIBRIO ECONOMICO POR MAYOR CANTIDAD | 272/2008 | F.P.I. | FAVORABLE | N.A. | NO APERTURA PROCESO | N.A. | N.A. | MARCO ANDRES MENDOZA BARBOSA |
CONSORCIO ALIANZA SUBA TRAMO II (1) | A.COMPOSICION | N.A. | 27.041.776.110 | DESEQUILIBRIO ECONOMICO POR MAYOR CANTIDAD | 142/2008 | F.P.I. | DESFAVORABLE | N.A. | CONDENA MAYORES CANTIDADES $3,000,000,000 | PAGAR $3,000,000,000 | N.A. | MARCO ANDRES MENDOZA BARBOSA |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
SOCIEDAD BRDFORD Y RODRIGUEZ LTDA. | ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENT O DEL DERECHO | 250002326000199703 724-01 | 3.460.787.460 | DECLARACION DE NULIDAD CONTRATO No.559 DE 1996 ADJUDICACION GRUPOS 1 y 3 SOCIEDAD CONCRETOS S. A. y CIVILIA LTDA. | LICITACION PUBLICA No. IDU-LP- G3-06-96. | TERMINADO | FAVORABLE | FAVORABLE | En la fecha 26 de junio de 2014, fue notificada por Edicto la sentencia de segunda instancia proferida por la Sección Tercera - Subsección "A" del Consejo de Estado de fecha 16 de junio de 2014, por medio de la cual se confirmo la sentencia apelada que había sido proferida en la fecha 02 de mayo de 2002 por la Sección Tercera - Subsección "A" del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, por medio de la cual se negaron las pretensiones de la demanda instaurada por la Sociedad BRADFORD Y RODRIGUEZ LIMITADA Y OTRAS contra el INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO. | LUIS EVELIO FINO | ||
ABELLO ESPAÑA FERNANDO | ACCIÓN POPULAR | 2002-00726 | 6.160.000 | QUE SE ORDENE AL DEMANDADO REALIZAR TODAS LAS CONSTRUCCIONES Y ESTRUCTURAS NECESARIAS QUE GARANTICEN PLENAMENTE EL ACCESO FISICO DE CONFORMIDAD CON LA NORMATIVODAD EXIGIBLE PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDADES FISICAS EN SU ALMACEN SALAS CORONA UBICADO EN LA TRANSVERSAL 19A NO.114A-80, CON EL FIN DE PROTEGER LOS DERECHOS COLECTIVOS DE LA COMUNIDAD CON LIMITACIONES FISICAS. SALAS SOCORONA UBICADO EN LA TRANSVERSAL 19A 114A-80, POR NINGUNA DE SUS ENTRADAS SE ENCUENTRA RAMPA O ELEMENTO ARQUITECTONICO QUE PERMITA LA ENTRADA CORRECTA Y SEGURA DE UNA PERSONA CON DISCAPACIDAD FISICA, UN MINUSVALIDO CON SILLA DE REUDAS, ( SOMOS COMUNICADOS NO DEMANDADOS) | TERMINADO | FAVORABLE | FIRMA DE ABOGADOS PALACIOS JOUVER | |||||
ROJAS PATIÑO ANDRES EDUARDO | ACCIÓN POPULAR | 2004-02207 | 53.700.000 | DECLARAR SIN EFECTOS EL CONTRATO BIRF-4021-CO-FONDATT/98 CUYO OBJETO FUE EL DISEÑO OERACIONAL DEL SISTEMA TRANSMILSNIO EL CUALINCLUIA EL DISEÑO DE LA TRONCAL DE LA AUTONORTE - DECLARAR SIN EFECTOS EL CONTRATO SUSCRITO ENTRE EL IDU Y EL INTERVENTOR CONSORCIO TCC - DECLARAR SIN EFECTOS EL CONTRATO 403/00 SUSCRITO ENTRE EL IDU Y EL CONTRATISTA CONCIVILES PARA LA REHABILITACION DE LAS CALZADAS CENTRALES DE TRAFICO MIXTO Y ADECUACION PARA LA OPERACION DEL SISTEMA TRANSMILENIO EN LA AUTOPISTA NORTE DE LAS CALLE 80 A LA 176 | TERMINADO | TERMINADO POR AGOTAMIENTO DE JURISDICCION | FIRMA DE ABOGADOS PALACIOS JOUVER | |||||
NORIEGA MURCIA LUIS CARLOS | ACCIÓN POPULAR | 2005-02000 | - | Garantizar la moralidad administrativa ,al omitir la administarción el debe exigir a los contratistas que construyeron las vías de transmilenio el deber de exigir a los contratistas que construyeron las vias de transmilenio de la avenida caracas y auto norte, que al presentar las losas fracturadas y daños, debian ser refaccionadas o rehacerlas so pena de hacer efectiva las polizas de garantía constituidas. | TERMINADO | TERMINADO POR AGOTAMIENTO DE JURISDICCION | FIRMA DE ABOGADOS PALACIOS JOUVER | |||||
CONCONCRETO - COMPAÑIA ASEGURADORA CONDOR S.A. | CONTRACTUAL | 2006-00383 | 2.000.000.000 | Declara nula la resolución 9511 del 20 de octubre de 2003 proferida por la Directora del IDU, en la que se resuele "declarar la ocurrencia del siniestro de estabilidad de obra cubierto por la garantia única de Cumplimiento de Poliza 7267967 del 30 de junio de 1999 expedida por la Aseguradora Condor, con ocasión al contrato 447 de 1999" | TERMINADO | TERMINADO POR ACUERDO CONCILIATORIO | FIRMA DE ABOGADOS PALACIOS JOUVER | |||||
CÓNDOR S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERALES | CONTRACTUAL | 2006-00431 | 1.911.520.450 | 1. Anular la resolucion numero 9511 de 20/10/03 dictada por el IDU mediante la cual se hace efectiva la poliza de estabilidad de la obra, que ampara al contrato de obra n 447 de junio. 2. Anular la resolucion numero 14181 de 26/12/03 mediante la cual se resuelven los recursos de reposicion interpuesto contra la resolucion Numero 9511 de 20/10/03 expedida por la directora del IDU. 3. Reintegrar y pagar a Condor S.A la suma pagada por la Aseguradora con fundamento en los actos adminsitrativos que seacusan. | TERMINADO | TERMINADO POR ACUERDO CONCILIATORIO | FIRMA DE ABOGADOS PALACIOS JOUVER | |||||
INGENIEROS CIVILES ASOCIADOS S.A. DE C.V. - ICA | 2002-01985 | 21.000.000.000 | Que se declare que por hechos no imputables a ICA, se produjo un desequilibrio en la ecuación financiera del contrato 462/97 que no aha sido restablecido a favor del contratista y cuya decisión no ha formado parte de ninguno de los tribunalesde Arbitramento que han dirimido algunas de las controversias suscitadas entre las partes con ocasión de la ejecución y terminación del contrato 462/97. El IDU debe pagar el valor de los sobrecostos asumidos por ICA y la totalidad de los perjuicios ocasionados por hechos ajenos a ICA que alteranron el equilibrio economico del contrato 462/97. | TERMINADO | APRUEBA INTEGRALMENTE EL ACUERDO CONCILIATORIO, DECLARA TERMINADO EL PRESENTE PROCESO, ICA CONSIGNA A IDU - HACIENDA. $11.205.146.035 | DE VIVERO FELIPE | ||||||
INGENIEROS CIVILES ASOCIADOS S.A. DE C.V. - ICA | 2002-02337 | 20.000.000.000 | PRETENSION: QUE SE DECLARE LA NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN 3199 DEL 23 DE MAYO DE 2002 PR LA CUAL SE DECLARA LA CADUCIDAD DE UN CONTRATO Y LA RESOLUCIÓN 554 DEL 2 DE SEPTIEMBRE DE 2002 POR LA CUAL SE RESUELVE EL RECURSO DE REPOSICIÓN CONTRA LA LA RESOUCIÓN 3199 DEL 23 DE MAYO DE 2002 QUE DECLARA LA CADUCIDAD DEL CONTRATO 462/97 CELEBRADO CON LA SOCIEDAD ICA | TERMINADO | APRUEBA INTEGRALMENTE EL ACUERDO CONCILIATORIO, DECLARA TERMINADO EL PRESENTE PROCESO, ICA CONSIGNA A IDU - HACIENDA. $11.205.146.035 | DE VIVERO FELIPE | ||||||
INGENIEROS CIVILES ASOCIADOS S.A. DE C.V. - ICA | 2003-00655 | 7.063.617.062 | PRETENSION: QUE SE DECLARE LA NULIDAD DE LA RESOLUCION 4790 DE 2002 "POR LA CUAL SE HACE EFECTIVA UNA GARANTÍA" Y DE LA RESOLUCION 10437 DE 2002 POR LA CUAL SE RESUELVE UN RECURSO DE REPOSICIÓN, QUE A TÍTULO DE RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO SE DECLARE QUE EL DEMANDATE NO ESTA OBLIGADA A CUMPLIR LAS RESOLUCIONES DEMANDADAS. CONTRATO 462 DE 1997. | TERMINADO | APRUEBA INTEGRALMENTE EL ACUERDO CONCILIATORIO, DECLARA TERMINADO EL PRESENTE PROCESO, ICA CONSIGNA A IDU - HACIENDA. $11.205.146.035 | DE VIVERO FELIPE |
NOMBRE DEL ACCIONANTE | TIPO DE PROCESO O ACCION | No. DE PROCESO O EXPEDIENTE (25 DIGITOS) | CUANTIA DE LAS PRETENSIONES | ASUNTO Y/O PRETENSIONES (EN LAS CONTRACTUALES INDICAR EL CONTRATO - REPARACION DIRECTA POR ACCIDENTE INDICAR LA DIRECCION) | CONTRATO IDU RELACIONADO EN EL PROCESO | ETAPA PROCESAL (DE ACUERDO CON LAS SIGLAS ADJUNTAS) | FALLO PRIMERA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | FALLO SEGUNDA INSTANCIA (FAVORABLE O DESFAVORABLE) | RESEÑA DEL FALLO FINAL | OBLIGACIONES A CUMPLIR SEGÚN EL FALLO | CUMPLIDAS O PENDIENTES | APODERADO DEL PROCESO |
IDU VS GMC INGENIEROS | CONTRACTUAL | 2010-00039 | 74.545.840 | QUE SE DECLARE QUE LA SOCIEDAD COMERCIAL GMC INGENIEROS S.A. Y EL SEÑOR JESUS ELQUIN HERNANDEZ ROJAS, INTEGRANTES DEL CONSORCIO VIA AL LLANO, INCUMPLIERON EL CONTRATO ADMINISTRATIVO Nº 058 DE 2004CELEBRADO ENTRE EL IDU, POR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE REVISION, VERIFICACION, CONTROL Y VIGILANCIA EN LA INTERVENTORIA TECNICA, ADMINISTRATIVA, FIANACIERA Y AMBIENTAL PARA LOS ESTUDIOS Y DISEÑOS DE LA AMPLIACION, REHABILITACION Y MANTENIMIENTO D ELA AUTOPISTA AL LLANO ENTRE EL CAI DE YOMASA Y EL INICIO DE LA CONSECION BOGOTA - VILLAVICENCIO, EN BOGOTA D.C. | ACSI | FAVORABLE | DESFAVORABLE | TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTIÓN SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C - DECLARA LA CADUCIDAD DE LA ACCIÓN CONTRACTUAL Y REVOA LA SENTENCIA DE 31 DE AGOSTO DE 2012 | GONZALEZ MONGUI PABLO ELIAS |