CONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS
CONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS
N°
Fecha Hora Código Agente N°Confirmatorio Nombre Agente
Contrato de aporte para el fondo mutuo: 8793 - FONDO MUTUO CELFIN INFRAESTRUCTURA
Señor
Gerente General
Presente
Por este acto hago entrega de la suma de para ser invertida en cuotas del FONDO MUTUO
, serie , en conformidad a las normas del reglamento interno de este fondo, las que declaro conocer y aceptar en su integridad. Asimismo, declaro haber sido debidamente informado de las condiciones mencionadas en la sección IV del presente contrato.
I) IDENTIFICACIÓN DEL CLIENTE
RUT.:
NOMBRES:
APELLIDO PATERNO : APELLIDO MATERNO :
II) DIRECCION
PARTICULAR : COMERCIAL :
CORREO ELECTRÓNICO :
III) INFORMACIÓN ADICIONAL
1. El aporte se entera de la siguiente forma:
2. Tributación:
Instrumento o valor de ahorro acogido a la letra A.- del artículo 57 bis de la Ley de Impuesto a la Renta, con derecho a rebajar impuestos al ahorrar y con la obligación de reintegrar impuestos cuando corresponda, por las cantidades retiradas por las cifras o saldos de ahorro netos negativos o determinados.
Instrumento o valor acogido para efectos de contituir un plan de ahorro previsional voluntario, en conformidad a lo dispuesto en el D.L. 3.500 (Aplicable a los Fondos Aplicable al FONDO MUTUO CELFIN INFRAESTRUCTURA
Acogido a la letra a) del artículo 20 L del D.L. Nº 3.500. Acogido a la letra b) del artículo 20 L del D.L. Nº 3.500.).
Ninguna de las anteriores.
IV) CONDICIONES GENERALES
Declaro que he sido debidamente informado de lo siguiente:
a) Que el aporte neto pasará a formar parte del activo del Fondo, el cual será administrado libremente por la sociedad administradora e invertido conforme al Reglamento Interno del Fondo y a las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables a los fondos mutuos y sus futuras modificaciones. La sociedad deberá inscribir mi participación en el Registro de Partícipes que para el efecto lleva, dejando constancia de la cantidad de cuotas de que soy titular.
b) Que por la naturaleza de los fondos mutuos, éstos no pueden garantizar una determinada rentabilidad sobre mi inversión, rentabilidad que es esencialmente variable e indeterminada.
c) Que los fondos mutuos FONDO MUTUO CELFIN INFRAESTRUCTURA, por tener titulos que se valorizan de acuerdo a los precios xx xxxxxxx, el valor de dichos títulos y, eventualmente, el valor de las cuotas de los fondos mutuos indicados, puede aumentar o disminuir como producto de las fluctuaciones propias xxx xxxxxxx.
d) Que la sociedad administradora está deduciendo un porcentaje anual según tabla(1) sobre el patrimonio del fondo, calculado de acuerdo a lo dispuesto en el número 2, letra a), de la sección IV del reglamento interno, el cual incluye mi participación, porcentaje que equivale a su remuneración anual.
e) Que respecto de la comisión de colocación de cuotas: Los aportes representativos de Cuotas de las Series A, B, I, B-APV e I-APV estarán afectos a una Comisión de Colocación Diferida, al rescate, según el plazo de permanencia en Fondo, la que se
cobrará al momento del rescate del monto original del aporte de la serie respectiva. Para mayor detalle, en el punto número 2 de este Contrato, se presenta un tabla donde se detalla el cobro de la Comisión de Colocación Diferida, al rescate, para las Series A, B, I, B-APV e I-APV de este Fondo.
f) Que tengo el derecho a solicitar el rescate de mi inversión en cualquier momento y que se me pagará dentro del plazo máximo señalado en la tabla (3).
g) Que he tenido a la vista el Reglamento Interno vigente del fondo, copia de los últimos estados financieros remitidos a la Superintendencia de Valores y Seguros, con sus respectivas notas, e información sobre las inversiones del fondo con una antiguedad no mayor de dos días habiles. Asimismo, declaro que se me ha explicado claramente la política de inversiones del Fondo.
h) Que la sociedad administradora puede efectuar, unilateralmente, modificaciones tanto al reglamento interno del fondo, como el texto del presente contrato de suscripción de cuotas, en los términos señalados en el número 4 de la sección
IV del reglamento interno y según la normativa vigente.
i) Gastos de cargo del fondo:
Los gastos de operación serán de hasta un 1% anual sobre el patrimonio y corresponderán a aquellos relativos a los siguientes:
- Las comisiones y gastos de intermediación y custodia incurridos por el fondo;
- Procesos de auditoría, publicaciones legales, mantención y adquisición de softwares, y asesorías legales que sean necesarios para el funcionamiento del Fondo, gastos de comercialización de las cuotas del Fondo,
- Derechos o tasas correspondientes a las aprobaciones, registros o inscripciones del Reglamento Interno del Fondo ante la Superintendencia de Valores y Seguros u otra autoridad competente.
- Las comisiones que se deriven de la inversión de los recursos del Fondo en cuotas de fondos de inversión extranjeros, abiertos o cerrados.
- Los gastos derivados de la contratación de servicios externos de acuerdo a lo dispuesto en el Titulo IV, número 5, letra b del reglamento interno del Fondo.
El Fondo, conforme a la normativa vigente, se regirá tributariamente según las leyes de los países en los cuales invierta, entendiéndose que, si eventualmente se debe pagar impuestos producto de las inversiones realizadas por el Fondo, éstos gravámenes serán de cargo del Fondo y no de la sociedad administradora, es decir, son gastos que en razón de su naturaleza y característica no estarán sujeto al porcentaje de gastos de operación indicado precedentemente (se considerarán adicionales al porcentaje indicado).
j)Aporte a Series a APV
Se deja expresa constancia de mi voluntad para que la suma de sea invertida para efectos de constituir un plan de:
Ahorro Previsional Voluntario
k)Medio a través del cual se me comunicarán las modificaciones al reglamento interno:
Comunicación electrónica
Carta vía correo
(1) Porcentaje de Remuneración Anual
Serie: A
La remuneración de la sociedad administradora atribuida a esta serie será de hasta un 3,570% anual (IVA incluido), la que se aplicará al monto que resulte de deducir del valor neto diario de la serie antes de remuneración, los aportes de la serie recibidos antes del cierre de operaciones del fondo y de agregar los rescates de la serie que corresponda liquidar en el día, esto es, aquellos rescates solicitados antes de dichos cierre.
Serie: B
La remuneración de la sociedad administradora atribuida a esta serie será de hasta un 2,856% anual (IVA incluido), la que se aplicará al monto que resulte de deducir del valor neto diario de la serie antes de remuneración, los aportes de la serie recibidos antes del cierre de operaciones del fondo y de agregar los rescates de la serie que corresponda liquidar en el día, esto es, aquellos rescates solicitados antes de dichos cierre.
Serie: B-APV
La remuneración de la sociedad administradora atribuida a esta serie será de hasta un 2,40% anual (exenta de IVA), la que se aplicará al monto que resulte de deducir del valor neto diario de la serie antes de remuneración, los aportes de la serie recibidos antes del cierre de operaciones del fondo y de agregar los rescates de la serie que corresponda liquidar en el día, esto es, aquellos rescates solicitados antes de dichos cierre.
Serie: C
La remuneración de la sociedad administradora atribuida a esta serie será de hasta un 4,4625% anual (IVA incluido), la que se aplicara al monto que resulte de deducir del valor neto diario de la serie antes de remuneración, los aportes de la serie recibidos antes del cierre de operaciones del fondo y de agregar los rescates de la serie que corresponda liquidar en el día, esto es, aquellos rescates solicitados antes de dichos cierre.
Serie: I
La remuneración de la sociedad administradora atribuida a esta serie será de hasta un 1,19% anual (IVA incluido), la que se aplicara al monto que resulte de deducir del valor neto diario de la serie antes de remuneración, los aportes de la serie recibidos antes del cierre de operaciones del fondo y de agregar los rescates de la serie que corresponda liquidar en el día, esto es, aquellos rescates solicitados antes de dichos cierre.
Serie: I-APV
La remuneración de la sociedad administradora atribuida a esta serie será de hasta un 1% anual (exenta de IVA), la que se
aplicara al monto que resulte de deducir del valor neto diario de la serie antes de remuneración, los aportes de la serie recibidos antes del cierre de operaciones del fondo y de agregar los rescates de la serie que corresponda liquidar en el día, esto es, aquellos rescates solicitados antes de dichos cierre.
La Sociedad Administradora podrá, en todo momento, determinar libremente la Remuneración de Administración que aplicará, de forma independiente, a cada una de sus series, con la sola condición de no sobrepasar las cifras tope establecidas para cada una de dichas series.
No obstante, de lo anterior, la Sociedad Administradora llevará un registro completo con la remuneración de Administración aplicada diariamente a cada serie, el cual deberá estar a disposición de los partícipes que deseen onsultarlo; la información de ese registro poseerá una antigüedad máxima de 2 días.
Asimismo, la Sociedad Administradora informará - en las publicaciones trimestrales de cartera de Fondo Mutuo - la Remuneración de Administración promedio ponderada de cada serie de cuotas, computándose para ello las remuneraciones de administración que diariamente fueron aplicadas durante el período trimestral que se informa.
(2) Comisiones de Colocación
Los aportes efectuados en el Fondo representativos de Cuotas de las Series A, B, B-APV, I e I-APV, estarán afectos a una Comisión de Colocación Diferida, al rescate, según el plazo de permanencia en él, la que se cobrará al momento del rescate del monto original del aporte de la serie respectiva.
Los siguientes cuadros resumen la comisión antes indicada:
Cuotas Serie A e I Permanencia (días) Comisión 1-30 2.380% (IVA incluido)
31 o más 0.00%
Cuotas Serie I-APV Permanencia (días) Comisión 1-30 2.38% (IVA incluido)
31 o más 0.00%
Cuotas Serie B
Permanencia (días) Comisión 1-180 2.975% (IVA incluido)
181-360 1.19% (IVA incluido)
361 o más 0.00%
Cuotas Serie B-APV Permanencia (días) Comisión 1-180 2.975% (IVA incluido)
181-360 1.19% (IVA incluido)
361 o más 0.00%
Las inversiones efectuadas en Cuotas de la Serie C no estarán afectos a Comisión de Colocación.
Para efectos de determinar el número de días transcurridos entre inversión y rescate, se considerará que las inversiones de mayor antigüedad son las primeras en ser rescatadas.
No estarán afectos al cobro de Comisión por Colocación las adquisiciones de cuotas en los siguientes casos:
- Por la adquisición de cuotas efectuada con sujeción a las normas del artículo 14 del Decreto Supremo Nº249 del año 1982, esto es, la transferencia de las cuotas o aportes de participación verificada mediante la entrega del título o certificado en el que
ellas consten y la firma de un traspaso entre cedente y cesionario ante dos testigos mayores de 18 años o un Agente de Valores, un Corredor de Bolsa o un Notario Público. La firma del traspaso significará para el cesionario la aceptación de todas las normas
que rigen para el Fondo Mutuo.
El traspaso individualizará a las cuotas o aportes que se transfieren, así como también a cada uno de los intervinientes.
- La cesión no produce efecto contra la Administradora mientras no haya tomado conocimiento de ella, ni contra terceros mientras no haya sido anotada en el Registro de Partícipes. A la Administradora no le corresponde pronunciarse sobre las transferencias de cuotas y está obligada a inscribir, sin más trámite, las que se le presenten siempre que se ajusten a lo dispuesto en este
artículo.
- Por sucesión por causa o muerte o por adjudicación de las cuotas que poseían en condominio. Para estos efectos, en la respectiva solicitud de aporte se deberá indicar que se trata de una adquisición de Cuotas por transferencia, por sucesión o por adjudicación.
- Asimismo, no estarán afectos al cobro de una Comisión de Colocación Diferida los rescates efectuados por los Partícipes, sin importar el monto de los mismos, siempre y cuando el producto de esos rescates sea destinado íntegramente y con la misma fecha del pago del rescate a su inversión en las cuotas de la misma serie de los otros Fondos administrados por Celfin Capital S.A. Administradora General de Fondos. Para estos efectos, los Partícipes que hubieren rescatado parte o la totalidad de su inversión para ser invertida en alguno de los fondos mutuos indicados, se considerará que las inversiones de mayor antigüedad son las primeras en ser rescatadas.
- Finalmente las cuotas acogidas a planes de Ahorro Previsional Voluntario no serán gravadas con ninguna comisión, cuando estas sean traspasadas en parte o en su totalidad a una Administradora de Fondos de Pensiones o a una Institución Autorizada a operar con planes de Ahorro Previsional Voluntario.
(3) Plazos Máximos para el Pago de los Rescates
El pago del Rescate se realizará dentro de un plazo no mayor de 10 días corridos, contado de la fecha presentación de la solicitud de rescate o desde la fecha en que la solicitud de rescate sea cursada, en el caso de Rescate Programado.
Aceptación:
Habiendo recibido la cantidad de dinero y en la forma indicada precedentemente, esta Sociedad Administradora acepta la participación del solicitante en el Fondo Mutuo y procede a su inscripción en el Registro de Partícipes y declara que cumplirá con todas las normas legales y reglamentarias relativas a los partícipes y que ejecutará los mandatos que por este instrumento le confieren. Si la cantidad de dinero antes indicada incluye cheques, la aceptación se
producirá cuando el valor de estos documentos sean percibidos por la Sociedad Administradora, de parte del Banco librado, para lo cual deberá presentarlos a cobro tan pronto como la hora de su recepción lo permita.
Firma persona autorizada por la Soc. Admin. Firma partícipe
Nombre Soc. Admin. Nombre partícipe
R.U.T. Soc. Admin. R.U.T. partícipe
Nombre completo persona que firma por la Soc. Admin.
ANEXOS AL CONTRATO
ANEXO 1
AUTORIZACIÓN INVERSIÓN PERIÓDICA
Para fondos mutuos: 8793 - FONDO MUTUO CELFIN INFRAESTRUCTURA
Solicito a usted considerar mi aporte por suscripción en forma (indicar periodicidad), por la cantidad de , para ser invertida en cuotas del Fondo Mutuo , de acuerdo a los términos señalados en el Reglamento Interno del Fondo.
Para efectos de lo anterior, autorizo el descuento por planilla de mis remuneraciones, o el cargo en cuenta corriente, o el cargo en cuenta vista, o el cargo en cuenta de tarjeta de crédito, de la cantidad mencionada anteriormente, los días de cada mes o en la periodicidad correspondiente o el día hábil bancario siguiente, si aquél es xxxxxx, xxxxxxx o festivo, en la modalidad que
se indica más adelante. La presente autorización de inversión periódica caducará el / / (dd/mm/aa). (En caso de no establecer fecha de término, se entenderá que es indefinido)
La forma de enterar mi aporte será a través de:
a) Cargo en mi cuenta corriente N° que mantengo en el Banco
. Al efecto, autorizo al Banco recién singularizado, para debitar en la cuenta corriente señalada los aportes periódicos solicitados.
b) Cargo en mi cuenta vista N° que mantengo en el Banco
. Al efecto, autorizo por el presente instrumento al Banco recién singularizado, para debitar en la cuenta vista señalada, los aportes periódicos solicitados.
c) Descuento por planilla de mis remuneraciones, a través de mi empleador
, R.U.T. , al que autorizo por el presente instrumento a efectuar el descuento correspondiente.
d) Cargo en cuenta de Tarjeta de Crédito N° emitida por el Banco . Al efecto, autorizo por el presente instrumento al Banco o a la Administradora de Tarjeta de Crédito para debitar en la tajeta de crédito recién singularizada, los aportes periódicos solicitados.
El aporte se entenderá efectuado en la fecha en que la Sociedad Administradora reciba efectivamente los fondos, fecha en la cual deberá inscribir mi participación en el Registro de Partícipes del Fondo, indicando el número de cuotas de que soy titular.
Las siguientes serán causales de término de esta modalidad de aporte:
a) Descuentos por planilla
Este plan de inversión se mantendrá vigente: (i) hasta el momento en que el Partícipe deje de prestar servicios al empleador; (ii) hasta que el Partícipe revoque el mandato indicado; o
(iii) hasta la fecha en que establezca en la autorización de inversión periódica. En el caso de que por cualquier motivo no se practicara el descuento por planilla, la inversión no será efectuada, sin responsabilidad para la Administradora, ni generando obligación alguna para el Partícipe. Tratándose de aportes acogidos a la modalidad de Ahorro Previsional Voluntario, se estará
a lo dispuesto en la Norma de Carácter General Nº226 de la Superintendencia o la que la modifique o reemplace.
b) Cargo en Cuenta Corriente o en Cuenta de Tarjeta de Crédito
Este plan de inversión se mantendrá vigente: (i) hasta que el titular de la cuenta corriente o de la tarjeta de crédito cierre dicha cuenta o ponga término al contrato con la Administradora de Tarjetas de Crédito; (ii) hasta que el Partícipe revoque el mandato conferido al Banco o a la Administradora de Tarjetas de Crédito; o (iii) hasta la fecha que se establezca en la autorización de inversión periódica. En el evento que el Partícipe no mantuviere fondos disponibles en su Cuenta Corriente o Tarjeta de Crédito al momento del cargo, la inversión no será efectuada, sin responsabilidad para la Administradora y sin obligación alguna para el Partícipe. Tratándose de aportes acogidos a la modalidad de Ahorro Previsional Voluntario, se estará a lo dispuesto en la Norma de Carácter General Nº226 de la Superintendencia o la que la modifique o reemplace.
c) Cargo en Cuenta Vista Bancaria
Este plan de inversión se mantendrá vigente: (i) hasta que el titular de la cuenta vista bancaria cierre dicha cuenta; (ii) hasta que el Partícipe revoque el mandato conferido al Banco; o (iii) hasta la fecha que se establezca en la autorización de inversión
periódica. En el evento que el Partícipe no mantuviere fondos disponibles en su cuenta vista bancaria al momento del cargo, la inversión no será efectuada, sin responsabilidad para la Administradora y sin obligación alguna para el Partícipe. .
Tratándose de aportes acogidos a la modalidad de Ahorro Previsional Voluntario, se estará a lo dispuesto en la Norma de Carácter General Nº226 de la Superintendencia o la que la modifique o reemplace.
Firma persona autorizada por la Soc. Admin. Firma partícipe
Nombre Soc. Admin. Nombre partícipe
R.U.T. Soc. Admin. R.U.T. partícipe
Nombre completo persona que firma por la Soc. Admin.
ANEXO 2
SUSCRIPCIÓN Y RESCATE DE CUOTAS A TRAVÉS DE MEDIOS REMOTOS
Para fondos mutuos: 8793 - FONDO MUTUO CELFIN INFRAESTRUCTURA
A) Aceptación
Por el presente acto, , en adelante el _partícipe_, acepta expresamente realizar sus solicitudes de inversión y de rescates de cuotas del Fondo Mutuo , a través de Internet o por medio de un Sistema Telefónico.
Las operaciones que se podrán realizar a través de Internet serán las suscripciones y rescate de cuotas de fondos mutuos;
consulta de saldos; consulta de movimientos; consulta de estado de certificados tributarios; y consulta de las carteras de inversiones de cada fondo mutuo; sin perjuicio de las demás operaciones, transacciones y/o consultas que en el futuro la administradora
habilite en relación a cualquier producto o servicio, respecto de las cuales se aplicarán íntegramente las estipulaciones de este convenio.
Las operaciones que se podrán realizar por medio de un sistema Telefónico serán las de suscripción y rescate de cuotas.
El partícipe declara conocer y aceptar las condiciones de uso y los requisitos técnicos necesarios para efectuar operaciones, transacciones y/o consultas por medio de Internet o Sistema Telefónico.
Se deja expresa constancia que , en su calidad de agente colocador de la Administradora, actúa en su representación en todo lo que diga o guarde relación con la suscripción, transferencias, traspasos, rescate y pago de cuotas que, a través de dicho agente, realice el participe.
Para efectos de enterar el aporte, autorizo:
el cargo en cuenta corriente
el cargo en cuenta vista bancaria
el cargo en cuenta de tarjeta de crédito,
de la cantidad informada a la administradora o al agente colocador a través de Internet o por medio de un Sistema Telefónico.
Autorizo a la Administradora para que el producto de los rescates efectuados a través de Internet o por medio de un Sistema Telefónico se me cancelen de la siguiente manera:
Documento Bancario
Vale Vista Cheque
Abonen a mi
Cuenta Corriente
Cuenta Vista
B) Sistemas a utlizar
El mecanismo de transmisión remota a través del cual operará el partícipe será el sistema de transmisión remota, vía electrónica utilizando la red World Wide Web (Internet) o por Plataforma Telefónica a través de un Sistema Telefónico.
C) Aspectos relevantes del sistema a utilizar
Declaro conocer que los aspectos relevantes del sistema a utilizar son los siguientes:
Declaro conocer que los aspectos relevantes del sistema a utilizar son los siguientes:
1.- Podrán realizar las operaciones a través de Internet o Sistema Telefónico de que da cuenta este anexo, todas aquellas
personas naturales, nacionales o extranjeras con residencia en Chile y las personas jurídicas nacionales o extranjeras, que suscriban el presente anexo.
2.- El partícipe dispondrá de una clave secreta identificatoria, personal e intransferible, mediante la cual podrá operar los servicios que la administradora ofrece a través de Internet o una Plataforma Telefónica.
3.- Las solicitudes de inversión que se presenten durante un día inhábil o víspera de día inhábil después del cierre de operaciones del fondo, se entenderán recibidas el día hábil siguiente, antes del cierre de operaciones del fondo. Las solicitudes de rescate que se presenten durante un día inhábil o víspera de día inhábil después del cierre de operaciones del fondo, se entenderán recibidas el día hábil siguiente, antes de dicho cierre.
4.- La forma en que se pueden efectuar los aportes se encuentra definida en el Título IV, número 3, letra b) del reglamento interno del Fondo. En el evento que el aporte se efectúe mediante cargo automático del monto del aporte en cuenta corriente, tarjeta de crédito o cuenta vista bancaria, dicho cargo, deberá contar con la autorización del cliente, y se entenderá efectuado el aporte cuando el monto correspondiente sea percibido por la administradora del banco o de la administradora de tarjeta de crédito, según corresponda. Los aportes recibidos, se expresarán en cuotas del fondo mutuo utilizando el valor de la cuota del
mismo día de la recepción, si este se efectuare antes del cierre de operaciones del fondo, o al valor de cuota del día siguiente de la recepción, si ésta se efectuare con posterioridad a dicho cierre. En todo caso, para los efectos de operatoria del fondo, los aportes solicitados después del cierre de operaciones del fondo se entenderán presentados al día hábil siguiente, antes de
dicho cierre.
5.- En caso xx xxxxxx o interrupciones de estos sistemas, se cuenta con mecanismos alternativos de suscripción y rescate de cuotas a través de solicitudes manuales, para lo cual se cuenta con todos los elementos que permiten materializar la operación requerida por elpartícipe.
6.- Se mantendrá a disposición de los partícipes toda la información exigida por la normativa vigente que deba entregarse a los partícipes al momento de efectuar una suscripción o rescate de cuotas. Como sistema alternativo de suministro de información se mantendrá adisposición del partícipe, en todo momento, en las oficinas de la Administradora o del agente colocador, toda la información exigida por la normativa vigente que deba entregarse a los partícipes al momento de efectuar una suscripción o rescate de cuotas.
7.- El aportante por medio de la plataforma en Internet puede obtener información tanto pública como privada referente de su inversión en este fondo mutuo. Como información pública el aportante tiene acceso a fichas resumen del fondo, reglamento interno, costos y valor cuota histórico. En la sección privada, por medio de acceso con clave, el aportante tiene acceso a consultar detalle de posiciones y movimientos al último día, valor cuota de entrada, valor cuota del día anterior, monto y variación de la cuota. Además, en la sección privada se puede consultar el detalle de las transacciones, aportes, rescates.
8.- El aportante por medio de la plataforma en Telefónica puede obtener información respecto del saldo de su inversión, valor cuota del fondo y sus variaciones.
D) Declaración de responsabilidades
El partícipe será responsable por la confidencialidad y uso de la clave de acceso, como asimismo de todas las operaciones, transacciones y/o consultas ingresada a través y bajo su clave secreta o cualquier otro mecanismo de seguridad de acceso. Cualquier instrucción así recibida por la administradora se entenderá para todos los efectos válida, legítima y auténticamente impartida por el partícipe, sin necesidad de efectuar o tomar otro resguardo.
E) Otros
La duración de esta modalidad de operar es indefinida. No obstante lo anterior cualquiera de las partes podrá ponerle término en cualquier momento enviando una comunicación a la otra en tal sentido, ya sea por carta o vía mail.
Firma persona autorizada por la Soc. Admin. Firma partícipe
Nombre Soc. Admin. Nombre partícipe
R.U.T. Soc. Admin. R.U.T. partícipe
Nombre completo persona que firma por la Soc. Admin.