G L O S A R I O
ACUERDO DEL CONSEJO MUNICIPAL TOLIMAN DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO RELATIVO A LA APROBACIÓN DEL MODELO OPERATIVO DE RECEPCIÓN DE LOS PAQUETES ELECTORALES AL TÉRMINO DE LA JORNADA ELECTORAL.
Para facilitar la comprensión de este acuerdo se presenta el siguiente:
G L O S A R I O
En cuanto a la normatividad: | |
Constitución Federal: | Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. |
Constitución Local: | Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro. |
Ley General: | Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. |
Ley Electoral: | Ley Electoral del Estado de Querétaro. |
En cuanto a las autoridades: | |
Instituto Nacional: | Instituto Nacional Electoral. |
Instituto: | Instituto Electoral del Estado de Querétaro. |
Consejo General: | Consejo General del Instituto. |
Unidad Técnica de Vinculación: | Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales del Instituto Nacional. |
Consejo: | Consejo Municipal Tolimán del Instituto. |
A N T E C E D E N T E S
I. Reglamento de Elecciones. El siete de septiembre de dos mil dieciséis, el Consejo General del Instituto Nacional emitió el acuerdo INE/CG661/2016, a través del cual aprobó el Reglamento de Elecciones.1
1 Dicho ordenamiento fue modificado en cumplimiento a la sentencia SUP-RAP-460/2016 y acumulados, emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación el dos de noviembre de dos mil dieciséis y aprobados a través de los acuerdos del Consejo General del Instituto Nacional Electoral con claves INE/CG391/2017, INE/CG565/2017, INE/CG111/2018, INE/CG32/2019, INE/CG164/2020, INE/CG253/2020 e INE/CG254/2020. Consultable en
xxxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxxxxx/Xxxxxxxx/0000/xxxxx/XXXXX0000000.xxx.
II. Bases Generales. El veinticuatro de octubre de dos mil dieciséis, el Consejo General del Instituto Nacional emitió el acuerdo INE/CG771/2016, mediante el cual, aprobó las Bases Generales correspondientes al Anexo 17 para regular el desarrollo de las sesiones de los cómputos en las elecciones locales.2
III. Contingencia sanitaria. Del treinta y uno de diciembre de dos mil diecinueve a la fecha, autoridades a nivel mundial, entre ellas, las autoridades nacionales y estatales, han implementado medidas sanitarias derivadas de la pandemia provocada por la propagación del virus SARS-CoV-2. Así, en xxxxx, xxxxx y mayo, de dos mil veinte, el Instituto emitió diversas medidas preventivas para garantizar la salud del funcionariado y público en general, entre otras, la celebración virtual de sesiones de órganos colegiados
IV. Plan Integral. El siete xx xxxxxx de dos mil veinte, el Consejo General del Instituto Nacional emitió el acuerdo INE/CG188/2020, relativo al plan integral y los calendarios de coordinación de los procesos electorales locales concurrentes con el Federal 2020-2021.3
V. Convenio General de Coordinación y Colaboración. El veintiocho de septiembre de dos mil veinte este Instituto y el Instituto Nacional firmaron el convenio general de Coordinación y Colaboración con clave INE/DJ/97/2020, con el fin de establecer las bases de coordinación para hacer efectiva la realización del Proceso Electoral Concurrente 2020-2021 en Querétaro.
VI. Inicio del proceso electoral e integración de consejos. El veintidós de octubre de dos mil veinte, en sesión extraordinaria el Consejo General del Instituto aprobó el acuerdo mediante el cual se declaró el inicio del Proceso Electoral Local 2020-2021;4 así como se aprobó en esa misma fecha, el acuerdo relativo a la integración de los consejos distritales y municipales que ejercerán funciones durante el Proceso Electoral Local 2020-2021.5
VII. Designación de consejerías y secretarías técnicas. El veintiuno de noviembre del dos mil veinte el Consejo General aprobó los acuerdos relativos a la designación de las personas titulares de las consejerías electorales y secretarías técnicas de los consejos distritales y municipales.6
2 Consultable en xxxxx://xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxx_Xxxxx_Xxxxxxxx_0000/xxxxxx/xxxx/Xxxxxxxxxxxx/Xxxxxxx_XXX_XX000_0000.xxx
3 Consultable en xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxxxx/xxxxxx/000000000/000000/XXxx000000-00-xx-0- Gaceta.pdf
4 IEEQ/CG/A/052/20, consultable en: xxxx://xxxx.xx/xxxxxxxxx/xx/xxxxxxxx/x_00_Xxx_0000_0.xxx.
5 IEEQ/CG/A/054/20, consultable en: xxxx://xxxx.xx/xxxxxxxxx/xx/xxxxxxxx/x_00_Xxx_0000_0.xxx.
6 Mediante los acuerdos: IEEQ/CG/A/071/20, IEEQ/CG/A/072/20, IEEQ/CG/A/073/20, IEEQ/CG/A/074/20, IEEQ/CG/A/075/20 e IEEQ/CG/A/076/20.
VIII. Oficio de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral del Instituto Nacional Electoral. El veintisiete de noviembre de dos mil veinte, mediante oficio INE/DEOE/0990/2020, la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral del Instituto Nacional, informó a través de la Unidad Técnica de Vinculación, de las actualizaciones, modificaciones y definiciones del Reglamento de Elecciones y en consecuencia el Anexo 17,específicamenteen lo que corresponde a los periodos establecidos para la elaboración de los lineamentos para los cómputos de las elecciones locales, así como en la determinación de los plazos de cumplimiento y el envío de los proyectos para la revisión y validación correspondiente por parte de las Juntas Locales Ejecutivas, así como de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral, ambas del Instituto Nacional.
IX. Ubicación de los Consejos distritales y municipales. El treinta de noviembre del dos mil veinte, el Consejo General aprobó el acuerdo que determinó los domicilios de los consejos distritales y municipales del Instituto, así, el cinco de diciembre de ese mismo año se instalaron dichos órganos colegiados en los domicilios aprobados.7
X. Actualización de las bases generales. El quince de diciembre de dos mil veinte, el Consejo General del Instituto Nacional, aprobó mediante acuerdo los lineamientos para la preparación y el desarrollo de los cómputos distritales para el proceso electoral federal 2020- 2021.8
XI. Oficio de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral del Instituto Nacional Electoral. El dieciocho de diciembre de dos mil veinte, mediante oficio INE/DEOE/1047/2020 la Dirección Ejecutiva, informó a través de la Unidad Técnica de Vinculación, la emisión de los Lineamientos para la preparación y desarrollo de los cómputos distritales para el Proceso Electoral Federal 2020-2021 y de las actualizaciones a las Bases Generales correspondiente al Anexo 17 para regular el desarrollo de las sesiones de cómputos en las elecciones locales debido a la atipicidad derivada de la pandemia provocada por la propagación del virus SARS CoV-2.
XII. Segunda actualización de las bases generales. El once de enero de dos mil veintiuno,9 la Comisión de Capacitación y Organización Electoral del Instituto Nacional aprobó mediante acuerdo la actuación a las Bases Generales para regular el desarrollo de las sesiones de los cómputos en las elecciones locales.10
XIII. Remisión de Lineamientos, Cuadernillo y Protocolo de seguridad sanitaria para la sesión de cómputos. El quince de enero, mediante oficio SE/210/2021 la Secretaria Ejecutiva del Instituto, remitió a la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional, con sede en
7 IEEQ/CG/A/077/20, consultable en: xxxxx://xxxx.xx/xxxxxxxxx/xx/xxxxxxxx/x_00_Xxx_0000_0.xxx
8 Consultable en xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxxxx/xxxxxx/000000000/000000/XXxx000000-00-xx-00- Gaceta.pdf.
9 En adelante se entenderá que las fechas que se citen corresponden al año dos mil veintiuno, salvo mención distinta.
10 Consultable en xxxxx://xxx.xxx.xx/xx-xxxxxxx/xxxxxxx/0000/00/XXX-XXXX000-0000.xxx
Querétaro, el proyecto de Lineamientos del Instituto Electoral del Estado de Querétaro para el desarrollo de la sesión especial de cómputos para el Proceso Electoral Local 2020-2021 y Anexos.
XIV. Oficio de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral del Instituto Nacional Electoral. El veintinueve de enero, mediante oficio INE/DEOE/0101/2021 la Dirección Ejecutiva, remitió a través del Sistema de Vinculación con los Organismos Públicos Locales Electorales (SIVOPLE), las observaciones realizadas a los Lineamientos y Anexos.
XV. Correo electrónico. El tres de febrero, mediante correo electrónico la Vocalía de Organización Electoral de la Junta Local, remitió a la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral de este Instituto las observaciones al Protocolo de Seguridad Sanitaria para las Sesiones de Cómputo.
XVI. Acuerdo relativo a los Lineamientos. El cinco de febrero, el Consejo General del Instituto aprobó el acuerdo mediante el cual se ordena atender y aplicar las observaciones de la Junta Local Ejecutiva en el Estado de Querétaro y de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral ambas del Instituto Nacional al proyecto de Lineamientos del Instituto para el desarrollo de las sesiones especiales de cómputos del proceso electoral local 2020-2021; así como el cuadernillo de consulta sobre votos válidos y votos nulos y el protocolo de seguridad sanitaria para las sesiones especiales de cómputos.11
XVII. Recepción de tipo y número xx xxxxxxxx. El diecisiete xx xxxxx, la Vocalía Ejecutiva de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional, remitió oficio INE/JLE/VE/0141/2021, en el que informan los acuerdos aprobados por los Consejos Distritales del Instituto Nacional en la entidad, mediante los cuales fueron determinados el número y ubicación de las casillas únicas especiales y extraordinarias a instalarse el seis xx xxxxx.
XVIII. Primera actualización del tipo y número xx xxxxxxxx. Asimismo, que con oficio INE/QRO-JLE-VE/0161/2021 de veintiséis xx xxxxx, la Vocalía Ejecutiva de la Junta Local Ejecutiva, informó los acuerdos aprobados por los Consejos Distritales del Instituto Nacional, donde determinaron el número y ubicación xx xxxxxxxx únicas básicas y contiguas a instalarse en la entidad el seis xx xxxxx.
XIX. Segunda actualización del tipo y número xx xxxxxxxx. Por otro lado, mediante oficio INE/QRO-JLE-VE/0260/2021 de veintisiete xx xxxxx, la Vocalía Ejecutiva de la Junta Local Ejecutiva, remitió oficio a este Instituto informando los ajustes al número xx xxxxxxxx electorales aprobado por los Consejos Distritales del Instituto Nacional.
XX. Remisión a la Junta Distrital. El xxxx xx xxxx, mediante oficio número DEOEPyPP/909/2021, la Direccion Ejecutiva de Organización Electoral, Prerrogativas y
11 Acuerdo IEEQ/CG/A/022/21, consultable en xxxxx://xxxx.xx/xxxxxxxxx/xx/xxxxxxxx/x_00_Xxx_0000_0.xxx.
Partidos Políticos del Instituto, remitió a la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional en el Estado a fin de que por su conducto fueran remitidos a las Juntas Distritales Ejecutivas de dicho Instituto Nacional, los proyectos de modelos operativos a fin de que emitieran las observaciones que consideraran pertinentes.
XXI. Resultados de la revisión. El xxxxx xx xxxx, fue recibido el oficio con clave INE/JLE/VOE/050/2021, mediante el cual la Vocalía de Organización Electoral de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional, informa que los modelos operativos remitidos para su revisión cumplen con lo estipulado en el Anexo 14 del Reglamento de Elecciones, validándolos en todas sus partes.
CONSIDERANDO
PRIMERO. Disposiciones generales.
1. Los artículos 116, fracción IV, incisos b) y c) de la Constitución Federal, 32, párrafos primero y tercero de la Constitución Local, 98, párrafo 1 y 2, y 99, párrafo 1 de la Ley General y 52 de la Ley Electoral, disponen que el Instituto es el organismo público local en la entidad, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, goza de autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones, es profesional en su desempeño, cuenta con un órgano de dirección superior integrado conforme a las leyes, y se rige por los principios de certeza, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad y objetividad.
2. Los artículos 104 de la Ley General, así como 53 y 61 de la Ley Electoral disponen de manera general las funciones, fines y competencias del Instituto, así como del Consejo General.
3. El artículo 57 de la Ley Electoral, en relación con el artículo 98, párrafo 1 de la Ley General señala que este organismo público electoral a través del Consejo General se encuentra encargado de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, y vela porque los principios de la función electoral rijan todas las actividades de los órganos electorales.
4. Por su parte, conforme a los artículos 55 fracción III y IV en relación con los artículos 81, fracciones I y II, y 82, fracciones I y II de la Ley Electoral, los consejos distritales y municipales son los encargados de intervenir en la preparación, desarrollo y conclusión de las elecciones en sus respectivos distritos y/o municipios.
5. El artículo 119 de la Ley Electoral señala que, la recepción de los paquetes electorales se hará conforme con las reglas que marca la Ley General y los acuerdos del Instituto Nacional, observando como particularidades las siguientes:
(…)
I. Los Presidentes de los consejos distritales y municipales, dispondrán el depósito de los paquetes electorales en un lugar dentro del local de cada consejo que reúna condiciones de seguridad, desde el momento de su recepción hasta el día en que se practique el cómputo correspondiente;
II. Los paquetes electorales se recibirán en el orden en que fueren entregados;
(…)
6. Ahora bien, el Consejo es competente para aprobar el presente acuerdo de conformidad con el apartado denominado “Actividades previas”, párrafo 1 del anexo 14 del Reglamento de Elecciones, que dispone:
(…)
El órgano competente del Instituto y del OPL, a más tardar en la segunda semana xx xxxx, aprobará mediante acuerdo el modelo operativo de recepción de los paquetes electorales al término de la jornada electoral, así como la designación de un número suficiente de auxiliares de recepción, traslado, generales y de orientación para la implementación del procedimiento; quienes podrán ser personal administrativo del propio órgano, para tal efecto se elaborará un diagrama de flujo que ilustre gráficamente el modelo operativo aprobado, mismo que se adjuntará como anexo al acuerdo correspondiente. Para lo cual se requerirá la opinión de los Vocales de las Juntas Distritales del Instituto, previo a su aprobación. El Consejo Distrital y el órgano competente del Instituto Nacional harán del conocimiento de la Junta Local correspondiente, así como el órgano competente del OPL lo comunicará a su Órgano Superior de Dirección a más tardar al día siguiente de su aprobación, el acuerdo relativo al modelo operativo, para concentrar y remitirlos a la Junta Local del Instituto que corresponda, a más tardar en la primer semana xx xxxxx.
(…)
7. El modelo operativo de recepción de los paquetes al término de la jornada electoral, anexo al presente, fue elaborado en términos de lo dispuesto por el artículo 383, párrafo 1, del Reglamento de Elecciones, que establece:
(…)
La recepción, depósito y salvaguarda de los paquetes electorales en que se contengan los expedientes xx xxxxxxx, por parte de los órganos competentes del Instituto y del OPL, según el caso, una vez concluida la jornada electoral,
se desarrollará conforme al procedimiento que se describe en el Anexo 14 de este Reglamento, con el propósito de realizar una eficiente y correcta recepción de paquetes electorales, en la que se garantice que los tiempos de recepción de los paquetes electorales en las instalaciones del Instituto y de los OPL se ajusten a lo establecido en la LGIPE y las leyes vigentes de los estados que corresponda, en cumplimiento a los principios de certeza y legalidad.
(…)
8. De igual forma en términos del Anexo 14 del Reglamento de Elecciones, se aprueba el número de auxiliares de recepción, traslado, generales y/o de orientación para la implementación del procedimiento que se señalan en el Anexo único de este Acuerdo, en cual, además, se presenta el modelo operativo a seguir para llevar a cabo la recepción de los paquetes electorales que son competencia de este Consejo, con la finalidad de contar con un esquema operativo eficiente para tal fin.
SEGUNDO. Aprobación del acuerdo mediante sesión a distancia o virtual.
10. Para efectos de la aprobación de esta determinación se toman en consideración las medidas preventivas emitidas por las autoridades en materia de salud a nivel federal y estatal12 relacionadas con la pandemia mundial provocada por el coronavirus covid-19,13 así como, las medidas adoptadas por el Instituto publicadas el dieciocho, veinte y veinticinco xx xxxxx, catorce, veintitrés y treinta xx xxxxx, diecinueve y veintinueve xx xxxx, todas del dos mil veinte, mismas que han sido difundidas, entre otros medios, en el sitio de internet: xxx.xxxx.xx.
11. Entre las citadas medidas, el dos de diciembre de dos mil veinte la Secretaría Ejecutiva del Instituto giró el oficio SE/1832/2020 mediante el cual autorizó como medida preventiva la realización de sesiones en los Consejos Distritales y Municipales vía remota; por lo que es procedente la aprobación de esta determinación mediante sesión virtual.
12. Así, en atención a las facultades de la persona titular de la Secretaría Técnica establecidas en el artículo 86, fracciones I, VI, VIII, IX y X de la Ley Electoral, se instruye a la misma
12 Tal como los acuerdos emitidos el Consejo de Salubridad General y la Secretaría de Salud del Gobierno Federal publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y treinta y uno xx xxxxx, así como el veintiuno xx xxxxx; y las autoridades estatales emitieron el “Acuerdo de Medidas de Seguridad Sanitaria” y el “Acuerdo de medidas extraordinarias para mitigar la enfermedad covid-19 y potencializar el distanciamiento social” publicados en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro La Sombra xx Xxxxxxx el diecinueve xx xxxxx y dos xx xxxx del año en curso.
13 El once xx xxxxx, la Organización Mundial de la Salud calificó como pandemia el brote de coronavirus covid-19, por la cantidad de casos de contagio y de países involucrados, asimismo, emitió una serie de recomendaciones para su control; lo anterior, de acuerdo con el discurso emitido por el Director General de la Organización Mundial de la Salud, consultable en la página oficial: xxxxx://xxx.xxx.xxx/xx/xx/xxxxxxxx/xxxxxx/xxx-xxxxxxxx-xxxxxxx-x-xxxxxxx-xxxxxxx-xx-xxx-xxxxx-xxxxxxxx- on-covid-19 11-march-2020.
certifiqué de manera virtual los actos relacionados con la emisión de este acuerdo y el sentido de su votación.
Con base en los considerandos anteriores, así como con fundamento en los artículos 116, fracción IV, incisos b) y c) de la Constitución Federal, 32, párrafos primero y tercero de la Constitución Local, 98, párrafo 1 y 2, y 99, párrafo 1, 104, de la Ley General y 52, 53, 55, 57, 61, 81 fracciones I y II, 82 fracciones I y II, así como 119 de la Ley Electoral, el Consejo emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO: Se aprueba el acuerdo relativo al modelo operativo de recepción de los paquetes electorales al término de la jornada electoral correspondiente al Consejo Municipal Tolimán, el cual como anexo forma parte integral de la presente determinación.
SEGUNDO. Comuníquese inmediatamente el contenido del presente acuerdo a la Secretaría Ejecutiva y a la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral, Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Electoral del Estado de Querétaro, ambas del Instituto Electoral del Estado de Querétaro, remitiendo al efecto copia certificada de la misma para los efectos legales a que haya lugar.
TERCERO. Se instruye a la Secretaría Técnica remita copia certificada de esta determinación a la Secretaría Ejecutiva, para efectos de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra xx Xxxxxxx”.
CUARTO. Publíquese en los estrados del Consejo Municipal Tolimán y en el sitio de internet del Instituto Electoral del Estado de Querétaro.
Dada en el municipio de Tolimán, Querétaro, a los catorce xxxx xx xxxx de dos mil veintiuno. DOY FE.
La Secretaría Técnica del Consejo Municipal de Tolimán del Instituto Electoral del Estado de Querétaro HACE CONSTAR: que el sentido de la votación en el presente acuerdo fue como sigue:
CONSEJERÍA ELECTORAL | SENTIDO DEL VOTO | |
A FAVOR | EN CONTRA | |
Xxxx Xxxxx Xxxxxx | ||
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx | ||
Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx | ||
Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx |
Xxxxx Xxxxxxxx de Santiago |
Xxxxx Xxxxxxxx de Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Presidente | Xxxx. Xxxxxx Xxxxxx Cañada Secretaría Técnica del Consejo Municipal de Tolimán |