MUNICIPIO DE ZAPOPAN, JALISCO
MUNICIPIO DE ZAPOPAN, JALISCO
CONVOCATORIA PÚBLICA
PARA LA CONCESIÓN DE UN ESPACIO PÚBLICO PARA EL SERVICIO DE ARRASTRE, DEPÓSITO Y RESGUARDO DE VEHÍCULOS EN EL MUNICIPIO DE ZAPOPAN, JALISCO
H. Ayuntamiento del Municipio de Zapopan
Convocatoria Pública y Bases para la Concesión de un Espacio Público para el Servicio de Arrastre, Depósito y Resguardo de Vehículos en el Municipio de Zapopan, Jalisco
Contenido
SECCIÓN I: INFORMACIÓN GENERAL DEL PROYECTO 3
SECCIÓN II. INSTRUCCIONES PARA LA CONVOCATORIA PÚBLICA 9
3. Aspectos generales y calendario de la CONVOCATORIA PÚBLICA 9
4. Instrucciones para la elaboración de PROPUESTAS 16
5. Criterios para la evaluación de PROPUESTAS 21
6. Condiciones de precio y pago 24
7. Cancelación y suspensión temporal de la CONVOCATORIA PÚBLICA 25
8. Declaración de CONVOCATORIA PÚBLICA desierta. 25
9. Modificaciones que podrán efectuarse. 26
10. Inconformidades y controversias. 26
SECCIÓN III. INSTRUCCIONES PARA EL CONCURSANTE GANADOR 26
11. Información para la firma del contrato y constitución de garantías. 26
15. Infracciones y sanciones. 29
16. Terminación del CONTRATO. 29
17. Prórrogas para la ejecución del proyecto 29
18. Cesión de derechos y obligaciones. 29
19. Exclusividad del uso de la infraestructura para el objeto de la CONCESIÓN 29
20. Patentes, marcas y derechos de autor. 30
22. Casos de rechazo y devoluciones, defectos y/o vicios ocultos. 30
23. De la responsabilidad civil. 30
Con fundamento en la autorización expedida por el Pleno del H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Zapopan, Jalisco, mediante Acuerdo del Ayuntamiento alcanzado por mayoría calificada de votos como parte de la Sesión llevada a cabo el día 28 xx Xxxx de 2021, y en cumplimiento a lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus artículos 115 fracción II y 134, y con fundamento en los artículos 79 fracción X, y 83 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Jalisco, artículos 2, 3, 35, 36 fracciones I y VIII, 37 fracciones XIII, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 110, 111 y 112 xx Xxx del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, artículo 9 fracción II del Reglamento de Movilidad, Tránsito y Seguridad Vial de Zapopan, Jalisco y artículo 84 del Reglamento para la Xxxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxxxx x Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxx; el Municipio de Zapopan, Jalisco
CONVOCA
A las personas jurídicas que cumplan con los requisitos de la convocatoria y de estas bases y que estén interesados en la formulación de propuestas relacionadas con la convocatoria pública para el otorgamiento de la “Concesión de un Espacio Público para el Servicio de Arrastre, Depósito y Resguardo de Vehículos en el Municipio de Zapopan, Jalisco”, misma que se llevará a cabo al amparo de las siguientes:
BASES SECCIÓN I: INFORMACIÓN GENERAL DEL PROYECTO.
1. Glosario de términos.
ACTO DE FALLO: Evento mediante el cual el AYUNTAMIENTO dará a conocer el FALLO de la presente CONVOCATORIA PÚBLICA.
ANEXOS: Conjunto de documentos, adjuntos a las presentes BASES, que contienen información complementaria que los CONCURSANTES deberán tomar en cuenta para la elaboración de sus PROPUESTAS. Para los efectos legales procedentes, se deberá considerar que los ANEXOS forman parte integral de las presentes BASES.
AYUNTAMIENTO: El Ayuntamiento del Municipio de Zapopan, Jalisco.
BASES: El presente documento, sus ANEXOS, y demás documentos emitidos por el AYUNTAMIENTO durante el desarrollo de la CONVOCATORIA PÚBLICA y que específicamente se establezcan como vinculantes.
CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR: Son eventos de CASO XXXXXXXX, los fenómenos de la naturaleza y, en general, aquéllos en los que no interviene directamente la voluntad del hombre, y entre los que se señalan de manera no limitativa los siguientes: tormentas, ciclones, inundaciones, rayos,
terremotos, incendios y explosiones. Son eventos de FUERZA MAYOR aquéllos en los que interviene directa o indirectamente la voluntad del hombre, y entre los que se señalan de manera no limitativa los siguientes: guerras, disturbios civiles, revueltas, insurrecciones, sabotajes, plantones, actos de terrorismo, huelgas, embargos comerciales en contra de México, accidentes que dañen directa y/o indirectamente las instalaciones objeto de la presente CONVOCATORIA PÚBLICA, y actos u omisiones de las autoridades que no hubiesen sido voluntariamente solicitados o promovidos por la parte afectada, ni ocasionados por el incumplimiento de sus obligaciones bajo las BASES o cualquier ley y norma aplicable. La FUERZA MAYOR incluye la imposibilidad de obtener oportuna y apropiadamente cualquier permiso, licencia, autorización o concesión a cargo del CONCESIONARIO necesaria para que cumpla con sus obligaciones derivadas del CONTRATO DE CONCESIÓN, siempre y cuando dicho CONCESIONARIO haya cumplido con todos y cada uno de los requisitos necesarios para su obtención en los términos de las LEYES Y NORMAS APLICABLES y llevado a cabo todos los actos pertinentes para tal fin.
CONCESIÓN O CONTRATO DE CONCESIÓN: Documento que derivado de la CONVOCATORIA PÚBLICA, y con fundamento en las normas citadas en el proemio de estas BASES, adjudicará el Gobierno del Municipio de Zapopan a través del AYUNTAMIENTO y que se suscribirá con el CONCESIONARIO, conforme al cual se prestarán los SERVICIOS, se construirá la infraestructura, se suministrarán e instalarán los equipos necesarios y se cumplirá con las normas y especificaciones indicados en los términos de estas BASES y sus ANEXOS. El CONTRATO suscrito por el MUNICIPIO y el CONCESIONARIO será considerado para todos los efectos a los que haya lugar como el acto de autoridad soberana por el cual el AYUNTAMIENTO otorga al CONCESIONARIO el derecho de explotación de UN ESPACIO PÚBLICO, mediante el cual el CONCESIONARIO se obliga a brindar el SERVICIO con los estándares de calidad requeridos.
CONCESIONARIO: Se refiere al Concursante que de acuerdo con el FALLO de la CONVOCATORIA PÚBLICA resulte ganador y firme el CONTRATO DE CONCESIÓN.
CONVOCATORIA PÚBLICA: El proceso competitivo, transparente y abierto a todo tercero particular de nacionalidad mexicana para la adjudicación de la CONCESIÓN por un plazo de 20 años, de un espacio público para la prestación del Servicio de Arrastre, Depósito y Resguardo de Vehículos en términos de las LEYES Y NORMAS APLICABLES.
CONCURSANTE: aquella persona jurídica, de nacionalidad mexicana, que presente una PROPUESTA.
CONCURSANTE GANADOR: CONCURSANTE cuya PROPUESTA sea declarada ganadora de la CONVOCATORIA PÚBLICA por el AYUNTAMIENTO a través del FALLO, en los términos de las BASES, y las LEYES Y NORMAS APLICABLES, y se le adjudique la CONCESIÓN.
CONTRAPRESTACIÓN: Pago mensual realizado por el CONCESIONARIO al MUNICIPIO en reciprocidad al cumplimiento de las obligaciones derivadas del CONTRATO DE CONCESIÓN. El monto de la
contraprestación mínima a ofertar por parte de los CONCURSANTES es de $150,000.00 (ciento cincuenta mil pesos 00/100 moneda nacional).
CONVOCANTE: El Municipio de Zapopan, Jalisco, a través de la Coordinación General de Administración e Innovación Gubernamental que será auxiliada por la Sindicatura Municipal, la Secretaría del Ayuntamiento, la Unidad Especializada de Asociaciones Público Privadas, la Dirección de Movilidad y Transporte y la Comisaría General de Seguridad Pública.
CONVOCATORIA: La Convocatoria para el presente proceso de CONVOCATORIA PÚBLICA.
FALLO: La resolución emitida por el AYUNTAMIENTO, conforme a lo establecido en las BASES y las LEYES Y NORMAS APLICABLES, para determinar, en su caso, al CONCURSANTE GANADOR.
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO: Garantía que expide el CONCURSANTE GANADOR al momento de celebrar el contrato, a satisfacción de la CONVOCANTE, en cualquiera de los medios previstos por el artículo 47 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco para garantizar créditos fiscales (depósito de dinero en la Tesorería Municipal; prenda o hipoteca; fianza otorgada por compañía autorizada; o por obligación solidaria, asumida por tercero que compruebe su idoneidad y solvencia), ello por el monto equivalente a 12 (doce) veces del pago de la CONTRAPRESTACIÓN propuesta por el CONCESIONARIO, la cual se hará efectiva en caso de incumplimiento de las obligaciones del mismo.
LEY: Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.
LEYES Y NORMAS APLICABLES: Conjunto xx xxxxx, reglamentos, normas, lineamientos y otros instrumentos jurídicos aplicables al amparo del presente proceso de CONVOCATORIA PÚBLICA.
MUNICIPIO: El Municipio de Zapopan del Estado de Jalisco.
NORMA TÉCNICA: Norma General de Carácter Técnico para la Operación del Servicio Público de Carga en la Modalidad de Grúas para el Arrastre, Arrastre y Salvamento, del Estado de Jalisco.
PARTICIPANTE: La persona jurídica que presente una PROPUESTA y que cumpla con los requisitos de la CONVOCATORIA y del presente documento y que cuenten con los recursos técnicos, financieros y demás que sean necesarios para proveer al MUNICIPIO en forma oportuna de los SERVICIOS con las especificaciones y normas vigentes, de acuerdo a los términos y plazos que se establecen en estas BASES y cuyas actividades estén relacionadas con los giros comerciales de los bienes solicitados.
PREDIO: El inmueble propiedad de MUNICIPIO con domicilio en la calle Prolongación Cinco xx Xxxx, casi esquina con la calle Camino Real a Zapopan, en las afueras del Fraccionamiento Xxxxxxxxxx Parque Residencial, en San Xxxx xx Xxxxxx, que será otorgado en concesión al CONCESIONARIO para que en él se brinden los SERVICIOS amparados en la CONCESIÓN.
PRESENTACIÓN DE ACLARACIONES: Procedimiento mediante el cual se presentarán por parte de los CONCURSANTES y se dará respuesta por parte de la CONVOCANTE, a las preguntas, dudas, consultas y cuestionamientos que se planteen sobre estas BASES y sus ANEXOS, utilizando el formato nombrado FORMATO PARA PRESENTACIÓN DE ACLARACIONES (Anexo E de las presentes BASES).
PROPUESTA: La oferta presentada por un CONCURSANTE dentro de la CONVOCATORIA PÚBLICA, de acuerdo con lo establecido en las BASES, compuesta por una PROPUESTA TÉCNICA y una PROPUESTA ECONÓMICA, la cual deberá estar vigente durante toda la CONVOCATORIA PÚBLICA hasta 30 treinta días posteriores al ACTO DE FALLO.
PROPUESTA ECONÓMICA: El conjunto de datos, información, especificaciones y documentos de carácter económico-financiero, que el CONCURSANTE debe incluir en su PROPUESTA, de acuerdo con lo establecido en estas BASES.
PROPUESTA GANADORA: Aquella PROPUESTA SOLVENTE que en términos del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, asegure las mejores condiciones de contratación para el MUNICIPIO en cuanto a precio, calidad, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.
PROPUESTA TÉCNICA: El conjunto de datos, formatos, información, especificaciones y documentos de carácter general y técnico que debe incluir el CONCURSANTE en su PROPUESTA, de acuerdo con lo establecido en estas BASES.
PROPUESTA SOLVENTE: La PROPUESTA presentada por un CONCURSANTE, que haya sido declarada técnica, legal y económicamente viable, en los términos mínimos requeridos por las BASES.
REGLAMENTO: El Reglamento para la Prestación del Servicio de Arrastre, Depósito y Resguardo de Vehículos del Municipio de Zapopan, Jalisco.
SERVICIOS: Todas y cada una de las actividades señaladas en el objeto de la CONCESIÓN a ser prestadas por el CONCESIONARIO.
2. Información general.
2.1. Entidad CONVOCANTE.
Con fundamento en la autorización expedida por el pleno del X. XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXX xxx XXXXXXXXX xx Xxxxxxx, Xxxxxxx, mediante Acuerdo alcanzado como parte de la Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 28 veintiocho xx xxxx de 2021 dos mil veintiuno, y en cumplimiento a lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus artículos 115 fracción II y 134 y con fundamento en los artículos 2, 3, 37 fracciones II, XIII,
fracción II, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 110, 111 y 112 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, la entidad CONVOCANTE es el MUNICIPIO a través de la Coordinación General de Administración e Innovación Gubernamental.
2.2. Domicilio del PREDIO a concesionar.
El PREDIO a concesionar se localiza en el domicilio en calle Prolongación Cinco xx Xxxx, casi esquina con la calle Camino Real a Zapopan, en las afueras del Fraccionamiento Xxxxxxxxxx Parque Residencial, en San Xxxx xx Xxxxxx (Consultar el Anexo F para verificar la ubicación del PREDIO, sus características y dimensiones).
2.3. Objeto de la CONCESIÓN
2.3.1. La presente CONVOCATORIA PÚBLICA tiene por objeto seleccionar a una persona jurídica, de nacionalidad mexicana a la que se le concesionará un espacio público para el Servicio de Arrastre, Depósito y Resguardo de Vehículos en el MUNICIPIO, para que se brinde dicho servicio a la ciudadanía, de acuerdo a lo contemplado en el REGLAMENTO y la normatividad aplicable.
El CONCESIONARIO deberá garantizar la eficiencia, seguridad, certeza jurídica, la alta calidad de la prestación de los SERVICIOS, rapidez, con una certidumbre sobre los cobros de aquellos SERVICIOS debiendo en todo momento apegarse de acuerdo con las exigencias y necesidades establecidas por la dependencia CONVOCANTE.
El CONCURSANTE deberá considerar que, de ser designado como CONCESIONARIO, se compromete a atender cualquier servicio de arrastre que se le solicite en un plazo no mayor a 45 cuarenta y cinco minutos posteriores al momento de haberse realizado la solicitud, utilizando para ello el equipo de arrastre idóneo de acuerdo a las características del servicio solicitado. También se deberá considerar que el CONCESIONARIO deberá estar preparado para prestar el servicio todos los días del año, las 24 veinticuatro horas del día.
El Ayuntamiento de Zapopan, a través del CONCESIONARIO, deberá garantizar a la ciudadanía la protección de sus bienes que deban de permanecer resguardados en los lugares destinados para tal efecto. Para ello se deben priorizar las medidas de seguridad y protocolos de cuidado sobre los bienes depositados. De igual manera, se debe cumplir en todo momento con las medidas que establezca la Coordinación Municipal de Protección Civil y Bomberos de Zapopan, las recomendaciones para el tratamiento de materiales peligrosos, los correspondientes manuales de procedimientos en casos de emergencias, contar con medios de comunicación directa a las unidades de emergencia así como los
demás que se establezcan para garantizar el cuidado de todos los bienes que se resguarden el Depósito Vehicular.
2.3.2. De la Infraestructura y equipamiento del PREDIO:
Será responsabilidad del CONCESIONARIO realizar todas las adaptaciones necesarias que el PREDIO requiera para cumplir con los requisitos establecidos en el REGLAMENTO. Para ello, el CONCESIONARIO contará con un plazo de 120 días naturales posteriores a la firma del contrato. La infraestructura que se desarrolle deberá incluir una ventanilla de atención al público mediante la cual los ciudadanos puedan realizar pagos del servicio de arrastre, depósito y resguardo. Adicionalmente se deberá implementar una ventanilla adicional, que sea de uso exclusivo para personal del Municipio, en la cual la ciudadanía podrá realizar el pago de multas, impuestos y derechos municipales, con la finalidad de que en el mismo lugar puedan liquidar sus adeudos y liberar sus vehículos. La ventanilla designada para el uso municipal, deberá contar con los elementos necesarios para garantizar la seguridad tanto del personal del municipio como de los recursos recaudados, así como de las formas impresas, papelería y cualquier otro elemento que se requiera para dar el servicio a la ciudadanía. El CONCESIONARIO se hará cargo de que el espacio que sea designado para la ventanilla de uso municipal, cuente con energía eléctrica suficiente, correcta iluminación, ventilación y acceso a Internet de alta velocidad.
Los recursos financieros para desarrollar la infraestructura y el equipamiento del PREDIO, correrán por cuenta del CONCESIONARIO únicamente. Una vez finalizado el periodo de la concesión, toda la infraestructura que se haya construido en el PREDIO, así como los equipos e instrumentos que se hayan utilizado para brindar el servicio, pasará a ser propiedad del MUNICIPIO. Los equipos que se hayan utilizado para brindar el servicio de arrastre (grúas) serán conservados por el CONCESIONARIO sin que éste tenga derecho a pago alguno por conceptos de compensación, indemnización o similar.
2.3.3. Permisos Estatales y Federales:
El CONCESIONARIO será responsable de tramitar y obtener los permisos estatales y federales necesarios para que el PREDIO pueda utilizarse como depósito vehicular, en los términos de las LEYES Y NORMAS APLICABLES.
2.4. De la CONCESIÓN.
La CONCESIÓN será sujeta a dictámenes de cumplimiento que el MUNICIPIO deberá realizar de forma permanente a fin de asegurar la correcta prestación del servicio. El CONCESIONARIO deberá observar en todo momento el REGLAMENTO.
2.4.1. Duración de la CONCESIÓN:
EL plazo de la CONCESIÓN será por 20 veinte años
2.5. De las BASES.
Cualquier situación no prevista en el contenido de las presentes BASES será resuelta por la Coordinación General de Administración e Innovación Gubernamental. Las decisiones tomadas en este sentido serán inapelables.
SECCIÓN II. INSTRUCCIONES PARA LA CONVOCATORIA PÚBLICA.
3. Aspectos generales y calendario de la CONVOCATORIA PÚBLICA.
3.1. Características generales de la CONVOCATORIA PÚBLICA.
3.1.1. Será causal de descalificación el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en las presentes BASES.
3.1.2. Para efectos del presente proceso de CONVOCATORIA PÚBLICA no se aceptarán PROPUESTAS que se entreguen mediante servicio postal, servicio de mensajería, medios de transferencia electrónica o cualquier otro diferente a la entrega presencial.
3.1.3. El idioma en que los PARTICIPANTES en la presente CONVOCATORIA PÚBLICA deberán presentar sus PROPUESTAS será el español. Las fichas técnicas y folletos, en su caso, podrán presentarse en el idioma del país de origen de los bienes o servicios, acompañados de una traducción simple al español.
3.1.4. La moneda en que se cotizará y efectuará el pago de la CONTRAPRESTACIÓN, así como la definición de montos y precios en su caso, será el peso mexicano. No se aceptarán PROPUESTAS que estén expresadas total o parcialmente en una moneda diferente.
3.2. Participación conjunta.
No está permitida la participación conjunta para efectos de la presente CONVOCATORIA PÚBLICA.
3.3. Puntualidad.
En el caso de que por causas justificadas los actos y/o eventos de la presente CONVOCATORIA PÚBLICA no se inicien a la hora señalada, siempre y cuando los PARTICIPANTES sean debidamente informados, los acuerdos y las actividades realizadas por la CONVOCANTE serán válidos, y de ninguna manera se podrá argumentar incumplimiento.
3.4. Visores de la CONVOCATORIA PÚBLICA.
A los ACTOS de la CONVOCATORIA PÚBLICA se convocará a los Munícipes integrantes del AYUNTAMIENTO para que, de estar interesados en el proceso, puedan presenciarlo en calidad de visor, sin que su ausencia invalide dichos eventos. La CONVOCATORIA a los visores será emitida por la CONVOCANTE, quien también deberá informar a la Contraloría Ciudadana para que ésta envíe un representante a cada uno de los eventos a desahogar.
3.5. Programa de actividades de la CONVOCATORIA PÚBLICA.
Sin perjuicio de las fechas y/o períodos que en forma específica se señalen en las presentes BASES, se establece el siguiente Programa de Actividades de la CONVOCATORIA PÚBLICA:
ACTIVIDAD | FECHA O PERIODO Y HORA |
Publicación de la CONVOCATORIA. | 16/06/2021 |
Visita guiada al PREDIO | 21/06/2021 |
Periodo para la PRESENTACIÓN DE ACLARACIONES | 25/06/2021 al 28/06/2021 |
Publicación del acta de respuesta a las ACLARACIONES. | 02/07/2021 |
Acto de presentación y apertura de PROPUESTAS. | 06/07/2021 |
ACTO DE FALLO. | Cuando determine el Ayuntamiento |
3.6. Período de consulta y adquisición de BASES.
Las presentes BASES se publicarán en la Gaceta Municipal y estarán disponibles en la página web oficial del MUNICIPIO xxx.xxxxxxx.xxx.xx Además, la CONVOCATORIA deberá ser publicada en dos diarios de circulación estatal con el fin de publicitar e informar a la ciudadanía y a los posibles interesados.
3.7. Visita guiada al PREDIO.
3.7.1. Se realizará una visita guiada al PREDIO, con los CONCURSANTES que estén interesados en asistir, con el objeto de conocer la ubicación, las características y las necesidades de infraestructura que requiere el PREDIO para que pueda ser utilizado como depósito vehicular. La asistencia a esta visita guiada no es un requisito obligatorio para participar en la CONVOCATORIA PÚBLICA. Esta visita se realizará el día 21 veintiuno xx xxxxx de 2021 dos mil veintiuno a las 11:00 once horas.
3.7.2. En este evento, la CONVOCANTE, contará con el apoyo de un representante de la Dirección de Movilidad y Transporte, y un representante de la Comisaría General de Seguridad Pública.
La información y las condiciones derivadas de las respuestas y aclaraciones a las dudas que surjan por parte de los CONCURSANTES durante la visita al PREDIO, tendrán carácter vinculante única y exclusivamente en los términos que se expresen en el acta correspondiente.
3.8. PRESENTACIÓN DE ACLARACIONES
3.8.1. Fecha para la PRESENTACIÓN DE ACLARACIONES.
Para efectos de la presente CONVOCATORIA PÚBLICA, no se llevará a cabo una junta de aclaraciones presencial, sin embargo la totalidad de las preguntas, dudas y cuestionamientos procedentes serán respondidos. Para ello, las solicitudes de aclaraciones deberán ser enviadas al correo electrónico xxxxxxxx_xxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx a más tardar el día 28 veintiocho xx xxxxx de 2021 dos mil veintiuno, utilizando para ello el FORMATO PARA PRESENTACIÓN DE ACLARACIONES adjunto a las presentes BASES (Anexo E). Los formatos deberán ser enviados por correo electrónico utilizando archivos de medios electrónicos editables (preferentemente Microsoft Word).
3.8.2. Procedimiento para la contestación a la PRESENTACIÓN DE ACLARACIONES.
Se dará respuesta a La totalidad de las preguntas, dudas y cuestionamientos que hayan sido planteados sobre estas BASES y sus ANEXOS siempre y cuando estas consultas se realicen de acuerdo al mecanismo previsto en las presentes BASES y tengan relación directa con el objeto de la CONCESIÓN. Asimismo, la CONVOCANTE no estará obligada a responder dudas, consultas o preguntas formuladas después del periodo determinado para ello.
Las BASES, sus ANEXOS y en general los términos de la presente CONVOCATORIA PÚBLICA no podrán ser modificados en sus condiciones fundamentales como resultado del proceso de PRESENTACIÓN DE ACLARACIONES.
La información y las condiciones derivadas de las respuestas o modificaciones a las BASES que sean proporcionadas mediante este procedimiento de respuesta a la PRESENTACIÓN DE ACLARACIONES, tendrán carácter vinculante única y exclusivamente en los términos que se expresen en el acta correspondiente.
3.8.3. De los CONCURSANTES en la PRESENTACIÓN DE ACLARACIONES.
Los CONCURSANTES tendrán derecho a solicitar las aclaraciones que consideran necesarias, siempre y cuando éstas versen sobre algún aspecto relevante de la CONCESIÓN y/o de las BASES.
3.8.4. De la CONVOCANTE en la PRESENTACIÓN DE ACLARACIONES.
Cuando se realicen modificaciones no fundamentales a las BASES y a sus ANEXOS derivadas de la PRESENTACIÓN DE ACLARACIONES, no será necesario que la CONVOCANTE haga la comunicación del aviso de estas modificaciones mediante otros mecanismos que no sean los previstos en la presentes BASES.
3.9. Acto de Presentación y apertura de PROPUESTAS.
3.9.1. Fecha y lugar del Acto de Presentación y apertura de PROPUESTAS.
Se efectuará el día 6 seis de julio de 2021 dos mil veintiuno, a las 11:00 once horas en las oficinas de la Dirección de Administración de la Coordinación General de Administración e Innovación Gubernamental, ubicada en el Centro Integral de Servicios Zapopan XXXX primer piso, con domicilio en Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxxx. X.X. 00000. Este acto será presidido por la CONVOCANTE, única autoridad facultada para aceptar o desechar PROPUESTAS, conforme a los términos de la LEY y los requisitos establecidos en las BASES.
El periodo de registro para asistir al Acto de Presentación de PROPUESTAS será a partir de las 10:30 horas y concluirá las 10:50 horas del mismo día de su realización. En caso de que algún CONCURSANTE se presentara fuera de este horario con la intención de presentar una PROPUESTA, la recepción será rechazada y se dará fe del hecho en el acta que al respecto se elabore.
El acto de presentación y apertura de PROPUESTAS se inicia con la declaración oficial a la hora y fecha señaladas.
3.9.2. Presentación de los sobres:
Los CONCURSANTES al ser nombrados por el funcionario que presida el acto, en el orden en el cual se registraron, deberán entregar dos sobres, cerrados de manera inviolable, debidamente rotulados con la información respecto a tipo de PROPUESTAS que contienen (PROPUESTA TÉCNICA o PROPUESTA ECONÓMICA), el nombre del PARTICIPANTE, dirección, correo electrónico, teléfono y nombre del representante legal. Una vez entregados los sobres, no podrán ser retirados bajo ninguna circunstancia.
3.9.3. Acto de apertura de los sobres.
Primeramente se procederá a la apertura del sobre que contiene la PROPUESTA TÉCNICA; enseguida se hará la revisión cuantitativa de los documentos de acuerdo a las presentes BASES, desechando las PROPUESTAS que no integren alguno de los documentos solicitados, que deben ser los siguientes:
• Escrito original de aceptación de las condiciones del proceso.
• Acreditación de personalidad.
• Constancia de Situación Fiscal.
• Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales.
• Manifestación de contar con el conocimiento y experiencia necesarios, y de tener la capacidad y el compromiso para atender cualquier servicio de arrastre y/o salvamento en un plazo no mayor a 45 cuarenta y cinco minutos posteriores al momento de haberse realizado la solicitud.
• Manifestación de contar con la capacidad financiera y administrativa para desarrollar la infraestructura e instalar el equipamiento que requiera el PREDIO para que pueda operar como depósito vehicular, de conformidad con el REGLAMENTO, dentro del plazo máximo de 120 ciento veinte días naturales posteriores a la firma del contrato.
• Listado de la flotilla de grúas y equipo para maniobras de arrastre disponible, especificando marca, modelo y características de cada vehículo y equipo.
• Manifestación, bajo protesta de decir verdad, que todas las grúas y equipos de arrastre que el CONCURSANTE pondrá a disposición del MUNICIPIO, cumplen con las características estipuladas en la NORMA TÉCNICA.
• Registro de los operadores de las grúas.
• Layout, croquis o plano detallado de la propuesta del CONCURSANTE para el desarrollo del Depósito Vehicular.
• Currículum del CONCURSANTE.
Los documentos de las PROPUESTAS desechadas serán introducidos en su sobre, se cerrará en presencia de los CONCURSANTES y funcionarios que se encuentren presentes, para ser devueltas por la CONVOCANTE dentro de los 60 sesenta días posteriores a la fecha en que se dé a conocer el FALLO de la CONVOCATORIA PÚBLICA, salvo que exista inconformidad en trámite, en cuyo caso las PROPUESTAS deberán conservarse hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes; agotados dichos términos la CONVOCANTE podrá proceder a su devolución a los CONCURSANTES que lo soliciten o decidir su destrucción en los términos de la normatividad aplicable.
En seguida se procederá a la apertura de los sobres correspondientes a la PROPUESTA ECONÓMICA. Únicamente se abrirán las PROPUESTAS ECONÓMICAS de los CONCURSANTES cuya PROPUESTA no haya sido desechada debido a la omisión de algún documento de su PROPUESTA TÉCNICA. Se realizará una revisión cuantitativa de los documentos de la PROPUESTA ECONÓMICA requeridos en las BASES, los cuales deben ser los siguientes:
• Propuesta de CONTRAPRESTACIÓN mensual.
Si al momento de realizar esta revisión se detectara la omisión del documento, se declarará el desechamiento de la PROPUESTA.
La CONTRAPRESTACIÓN mensual ofrecida por el concursante para considerarse solvente deberá de ser por un monto igual o mayor a la cantidad de $150,000.00 (ciento cincuenta mil pesos 00/100 moneda nacional).
Si no existe motivo de desechamiento por la omisión del documento solicitado en su PROPUESTA ECONÓMICA, se dará lectura en voz alta al importe de la PROPUESTA. Los documentos de las PROPUESTAS económicas desechadas serán introducidos en su sobre, se cerrará en presencia de los CONCURSANTES y funcionarios que se encuentren presentes, para ser devueltas por la CONVOCANTE dentro de los 60 sesenta días posteriores a la fecha en que se dé a conocer el FALLO de la CONVOCATORIA PÚBLICA, salvo que exista inconformidad en trámite, en cuyo caso las PROPUESTAS deberán conservarse hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes; agotados dichos términos la CONVOCANTE podrá proceder a su devolución a los CONCURSANTES que lo soliciten o decidir su destrucción en los términos de la normatividad aplicable.
Se levantará acta en la que se harán constar las PROPUESTAS SOLVENTES para su posterior evaluación y el importe de cada una de ellas, así como las que hubieran sido desechadas y las causas que motivaron el desechamiento. El acta será firmada por cada uno de los servidores públicos que participaron del acto, así como por los
3.10. Revisión de las PROPUESTAS.
La Coordinación General de Administración e Innovación Gubernamental, con apoyo de la Sindicatura Municipal, la Secretaría del Ayuntamiento, la Unidad Especializada de Asociaciones Público Privadas, la Dirección de Movilidad y Transporte y la Comisaría General de Seguridad Pública, realizará una revisión y evaluación cualitativa de las PROPUESTAS SOLVENTES que se hubieran recibido como parte del Acto de presentación y apertura de PROPUESTAS. Como resultado de este proceso se obtendrá un reporte en el cual se determinará la validez e integridad de los documentos que formen parte de cada una de las PROPUESTAS SOLVENTES, así como cualquier otro aspecto que se considere relevante para los efectos de la presente CONVOCATORIA PÚBLICA.
Este proceso de evaluación será llevado a cabo en presencia de la Contraloría Ciudadana del MUNICIPIO, así como los Visores de la CONVOCATORIA PÚBLICA que deseen participar de él.
3.11. ACTO DE FALLO.
3.11.1. Fecha y lugar del ACTO DE FALLO.
Se llevará a cabo el día que determine el AYUNTAMIENTO para tal efecto.
3.11.2. Proceso del ACTO DE FALLO
Una vez evaluadas las PROPUESTAS por la CONVOCANTE, ésta elaborará un reporte que servirá para motivar y fundar el FALLO, en el cual se indicará cuáles PROPUESTAS fueron declaradas PROPUESTAS SOLVENTES y entre ellas la PROPUESTA GANADORA.
Con base en el dictamen señalado, el AYUNTAMIENTO emitirá el FALLO en el que declarará CONCURSANTE GANADOR a aquel cuya PROPUESTA sea la PROPUESTA GANADORA en los términos de las BASES.
3.11.3. Acta DE FALLO
El AYUNTAMIENTO dará a conocer el FALLO y el resultado se notificará a los CONCURSANTES, interesados y al público en general a través del sitio web del MUNICIPIO xxx.xxxxxxx.xxx.xx. No se realizaran notificaciones presenciales.
3.11.4. PROPUESTAS desechadas
Las PROPUESTAS desechadas, podrán ser devueltas a los CONCURSANTES que lo soliciten, dentro de los 60 (sesenta) DÍAS siguientes, contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el FALLO, salvo que exista alguna inconformidad en trámite, en cuyo caso las PROPUESTAS deberán conservarse hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes; agotadas dichas instancias el MUNICIPIO podrá proceder a su almacenaje, devolución o destrucción.
3.11.5. PROPUESTAS SOLVENTES.
Las PROPUESTAS SOLVENTES, distintas de la PROPUESTA GANADORA serán consideradas PROPUESTAS no ganadoras.
Cuando el CONCURSANTE GANADOR y/o el CONCESIONARIO, según sea el caso, incumplan con los requisitos y formalidades necesarios para la suscripción de la CONCESIÓN, podrá ser sancionado por la AUTORIDAD competente en términos de las LEYES Y NORMAS APLICABLES.
El CONCESIONARIO, deberá presentar la GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO correspondiente dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de firma del CONTRATO.
3.12. Firma del CONTRATO DE CONCESIÓN
Se efectuará el día y hora que se determine de común acuerdo entre el CONCURSANTE GANADOR y el MUNICIPIO en las instalaciones del MUNICIPIO.
4. Instrucciones para la elaboración de PROPUESTAS.
4.1. Consideraciones generales para la elaboración de la PROPUESTA y los documentos que la componen.
Para elaborar su PROPUESTA, el CONCURSANTE deberá tomar en cuenta los siguientes lineamientos generales:
4.1.1. La PROPUESTA deberá cumplir con todos y cada uno de los requisitos establecidos en estas BASES así como en las LEYES Y NORMAS APLICABLES.
4.1.2. La presentación de una PROPUESTA por sí misma constituirá una manifestación unilateral de voluntad y la aceptación expresa por parte del CONCURSANTE de que acepta incondicionalmente los términos de estas BASES.
4.1.3. Los documentos solicitados en estas BASES (cada una de las hojas que los componen) deben estar rubricados y firmados por CONCURSANTE a través del representante legal, apoderado o por quien cuente con las facultades para ello. En todos los casos se debe determinar la personalidad del firmante y que cuente con los poderes idóneos para comprometer al CONCURSANTE para los efectos requeridos en la CONCESIÓN.
4.1.4. Tratándose del CONCURSANTE GANADOR, al momento de celebrar el CONTRATO deberá garantizar las obligaciones derivadas de éste mediante el pago de una GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO a satisfacción de la CONVOCANTE en cualquiera de los medios previstos por la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco, para garantizar créditos fiscales (depósito de dinero en la Tesorería Municipal; prenda o hipoteca; fianza otorgada por compañía autorizada; o por obligación solidaria, asumida por tercero que compruebe su idoneidad y solvencia), ello por el monto equivalente a 12 doce veces del pago de la CONTRAPRESTACIÓN mensual determinada en su PROPUESTA ECONÓMICA, la cual se hará efectiva en caso de incumplimiento de las obligaciones por parte del CONCESIONARIO. Esta garantía se deberá de mantener por el período de vigencia de la concesión.
4.1.5. Las PROPUESTAS se mantendrán en vigor hasta por un plazo de 30 treinta días contados a partir de la fecha FALLO, salvo la del CONCURSANTE GANADOR la cual deberá mantenerse hasta el otorgamiento de la CONCESIÓN.
4.1.6. Si un CONCURSANTE no ampliara el período de vigencia de su PROPOSICIÓN en los términos requeridos por las presentes BASES, su PROPUESTA será desechada.
4.2. Características de las PROPUESTAS.
Las PROPUESTAS TÉCNICA y ECONÓMICA, deberán elaborarse en hojas preferentemente membretadas que contengan al menos el nombre del CONCURSANTE y el nombre de la CONVOCATORIA PÚBLICA e invariablemente todas las hojas deberán ser numeradas (foliadas) y deben contener la firma autógrafa del CONCURSANTE. Las PROPUESTAS deberán cumplir con las especificaciones contenidas en las presentes BASES, así como en los ANEXOS correspondientes, considerando las modificaciones o correcciones que resultaren tanto de la VISITA GUIADA como del proceso de PRESENTACIÓN DE ACLARACIONES.
Cada uno de los documentos que componen la PROPUESTA deberán estar foliados en forma consecutiva, debiendo empezar con el folio 0001 y proceder hasta la última hoja, incluyendo aquéllas que contengan texto en el reverso. El foliado se iniciará por el primer documento de la PROPUESTA TÉCNICA y continuará consecutivamente con la PROPUESTA ECONÓMICA. Únicamente deberán estar foliadas las páginas que contengan texto, imágenes u otros contenido. Las páginas en blanco no deberán ser foliadas.
Las PROPUESTAS no deberán contener tachaduras o enmendaduras.
4.3. Documentos que integran la PROPUESTA TÉCNICA:
Los interesados en participar en la presente CONVOCATORIA PÚBLICA deberán acreditar su personalidad, experiencia y capacidad técnica a través de los requisitos que se solicitan en el presente numeral. No se aceptarán PROPUESTAS que no integren la totalidad de los elementos requeridos en las presentes BASES. Los documentos de este apartado que deberán estar integrados en el sobre rotulado como PROPUESTA TÉCNICA son los siguientes:
4.3.1. Escrito original firmado por el CONCURSANTE, en el que manifieste bajo protesta de decir verdad que su representado conoce la LEY, el REGLAMENTO y demás normatividad aplicable para el MUNICIPIO de Zapopan, que conoce el PREDIO y está debidamente enterado y de acuerdo con el contenido de las BASES, sus ANEXOS, el acta de la VISITA GUIADA y el acta de PRESENTACIÓN DE ACLARACIONES de la presente CONVOCATORIA PÚBLICA. Este documento deberá además incluir el domicilio para oír y recibir notificaciones relacionadas a la CONVOCATORIA PÚBLICA. Este domicilio deberá encontrarse dentro de la Zona Metropolitana de Guadalajara. Como parte del mismo documento, se deberá mencionar un número de teléfono fijo, número de teléfono móvil y correo electrónico. Estos datos serán utilizados para realizar notificaciones acerca del resultado del presente proceso. Para presentar este documento se deberá utilizar el formato anexo denominado Anexo A.
4.3.2. Acreditar personalidad presentando los siguientes documentos:
4.3.2.1. Copia certificada de la escritura constitutiva de la sociedad o su última asamblea en caso de reformas o reestructuración accionaria.
4.3.2.2. Copia certificada del poder correspondiente, en el que se otorguen facultades al firmante de los documentos de la CONVOCATORIA PÚBLICA para actos de administración.
4.3.2.3. Copia certificada de la identificación oficial vigente del representante y/o apoderado que firma la PROPUESTA.
4.3.3. Constancia de Situación Fiscal emitida por el Servicio de Administración Tributaria SAT, en la cual se determine que la actividad preponderante del CONCURSANTE está relacionada con el objeto de la presente CONVOCATORIA PÚBLICA. Esta constancia deberá haber sido emitida dentro de los 30 treinta días naturales anteriores a la presentación de PROPUESTAS.
4.3.4. Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales del CONCURSANTE formato 32D emitido en sentido positivo, que expide el Servicio de Administración Tributaria. Este documento deberá haber sido emitido dentro de los 30 treinta días naturales anteriores a la presentación de PROPUESTAS.
4.3.5. Escrito firmado por el CONCURSANTE en el cual, bajo protesta de decir verdad, manifieste que cuenta con la capacidad y experiencia técnica y operativa para prestar los SERVICIOS que se requieren y que son objeto de la presente CONVOCATORIA PÚBLICA. Se manifiesta además que tiene la capacidad y se puede comprometer para atender cualquier servicio de arrastre en un plazo no mayor a 45 cuarenta y cinco minutos posteriores al momento de haberse realizado la solicitud, utilizando para ello el equipo de arrastre idóneo de acuerdo a las características del servicio solicitado. Xxxx manifestar además que cuenta con la capacidad para prestar el servicio todos los días del año, las 24 veinticuatro horas del día. Este documento se deberá presentar utilizando el formato contenido en el Anexo B.
4.3.6. Escrito firmado por el CONCURSANTE en el cual manifiesta que cuenta con la capacidad financiera, administrativa y operativa para desarrollar la infraestructura e instalar el equipamiento que requiera el PREDIO para que pueda operar como depósito vehicular, de conformidad con el REGLAMENTO. Este documento además deberá manifestar que el CONCURSANTE implementará todo lo necesario dentro del plazo establecido de 120 ciento veinte días naturales posteriores a la firma del contrato, así como para realizar los trámites necesarios para obtener los permisos de carácter municipal, estatal y federal que se requieran para la adecuada operación del depósito vehicular. Como parte de este documento, el CONCURSANTE deberá declarar que conoce los importes determinados en la LEY DE INGRESOS del MUNICIPIO, correspondientes a los conceptos de arrastre (servicio xx xxxx), depósito y resguardo de vehículos. Se deberá utilizar el formato anexo denominado Anexo C.
4.3.7. Listado de la flotilla de grúas y equipo para maniobras de arrastre. El CONCURSANTE deberá presentar, en formato libre, el inventario de la flotilla de grúas y el equipo de maniobras de arrastre con el que cuenta y estará disponible para el objeto de la CONCESIÓN. Se deberá especificar marca, modelo y características de cada unidad y su clasificación de acuerdo a la NORMA TÉCNICA. Se deberá incluir copias de facturas, comodatos o contratos de arrendamientos de cada equipo o cualquier otro documento que sirva como evidencia de que el CONCURSANTE dispone de esos vehículos y equipos. Se deberán incluir fotografías de cada elemento. El CONCURSANTE, a través del listado que se solicita, deberá acreditar que cuenta con al menos dos grúas de cada tipo, de acuerdo a la clasificación contenida en la NORMA TÉCNICA y que se muestra en el Anexo G.
4.3.8. Manifiesto bajo protesta de decir verdad, en el cual el CONCURSANTE señala que las grúas y equipo de arrastre que pondrá a disposición del MUNICIPIO para cumplir el objeto de la CONCESIÓN, cumplirán en todo momento lo estipulado en la NORMA TÉCNICA. Se debe utilizar el formato contenido en el Anexo H.
4.3.9. Listado de los operadores que estarán en responsabilidad del manejo de las grúas y equipos de arrastre. Se deberá incluir una lista en la cual deberá figurar el nombre de las personas que operaran los equipos de arrastre y grúas, el cual integrará al menos el nombre de la persona y número o folio de la licencia de conducir. Formato libre.
4.3.10. Layout, croquis o plano detallado de la propuesta del CONCURSANTE para el desarrollo del Depósito Vehicular. Este documento deberá mostrar claramente, utilizando una escala conveniente, al menos los siguientes elementos:
• Espacio designado para el ingreso, revisión y acceso de acuerdo a lo señala en el artículo 16 del REGLAMENTO.
• Barda perimetral según lo indica el artículo 16 del REGLAMENTO.
• Ubicación y detalle de las xxxxxx de vigilancia, cámaras de circuito cerrado, oficinas administrativa, de recaudación, tomas de agua y equipo contra incendios de acuerdo al artículo 17 del REGLAMENTO.
• Delimitación de los espacios designados para el resguardo de los vehículos, de acuerdo a lo solicitado en el artículo 18 del REGLAMENTO.
4.3.11. Curriculum del CONCURSANTE. Escrito en formato libre en el cual el CONCURSANTE manifestará su experiencia, proyectos exitosos, equipo en operación, depósitos vehiculares que se encuentre operando y en general toda la información que considere necesaria para demostrar que cuenta con la experiencia y formación necesaria para brindar el servicio objeto de la CONVOCATORIA PÚBLICA.
Mediante este documento se deberá establecer claramente y de manera comprobable, que el CONCURSANTE cuenta con al menos 10 diez años de experiencia en la operación de grúas y brindando servicios de arrastre y salvamento vehicular, así como al menos 10 años en la operación de depósitos vehiculares. El no acreditar la experiencia solicitada será causal de desechamiento de la respectiva propuesta. Para demostrar el cumplimiento, los CONCURSANTES deberán anexar al Curriculum documentos probatorios, como contratos o títulos de concesión, contratos xx xxxxx, contratos de servicio, copias simples de facturas emitidas o cualquier otro documento que a su juicio contribuya a avalar su experiencia.
4.4. Documentos que integran la PROPUESTA ECONÓMICA.
Los interesados en participar en la presente CONVOCATORIA PÚBLICA deberán integrar los documentos mediante los cuales planteen la CONTRAPRESTACIÓN que entregarían al MUNICIPIO
a cambio de la CONCESIÓN objeto de la presente CONVOCATORIA PÚBLICA. Los documentos con los que se deberá integrar la PROPUESTA ECONÓMICA son:
4.4.1. Propuesta de CONTRAPRESTACIÓN mensual. El CONCURSANTE deberá manifestar su propuesta de CONTRAPRESTACIÓN mensual expresada en pesos mexicanos sin considerar impuestos, la cual para considerarse solvente deberá de ser por un monto igual o mayor a la cantidad de $150,000.00 (ciento cincuenta mil pesos 00/100 moneda nacional); y de convertirse en CONCESIONARIO, deberá cubrirla al MUNICIPIO puntualmente el día 5 cinco la cual, de convertirse en CONCESIONARIO, deberá pagar al MUNICIPIO puntualmente el día 5 cinco de cada mes calendario, durante la vigencia de la CONCESIÓN, o de resultar día inhábil, el día hábil siguiente. Deberá considerar que la CONTRAPRESTACIÓN será ajustada de manera anual mediante el mecanismo que se defina de común acuerdo entre el MUNICIPIO y el CONCESIONARIO en el CONTRATO DE CONCESIÓN. Para la elaboración y presentación de éste documento, se utilizará el Anexo D que se encuentra integrado a las presentes BASES.
Para efectos de la elaboración de sus propuestas, el CONCURSANTE deberá considerar que, en caso de ser designado como CONCESIONARIO, tendrán 2 dos meses xx xxxxxx para realizar el pago de la CONTRAPRESTACIÓN, contados a partir del inicio de operaciones de la CONCESIÓN, lo cual se verá reflejado en el contrato correspondiente. Para estos efectos no se contabilizará el periodo en el cual se realizará la construcción de infraestructura y equipamiento del Depósito Vehicular.
5. Criterios para la evaluación de PROPUESTAS.
5.1. Mecanismo para la evaluación de las PROPUESTAS.
Conforme a lo establecido en las presentes BASES, la CONVOCANTE, para determinar la solvencia de las PROPUESTAS recibidas, verificará minuciosamente que éstas cumplan con los requisitos solicitados. Este proceso se realizará a través de una revisión y análisis en el cual se verificará la cantidad, calidad y consistencia de cada uno de los documentos que integran las PROPUESTAS. Con los resultados de esta revisión, se procederá a elaborar un reporte en el cual se refleje el resultado de esta revisión, el cual deberá ser tomado en cuenta para la posterior emisión del FALLO.
A todas las PROPUESTAS que cumplan con los requisitos solicitados se les considerará PROPUESTAS SOLVENTES. En caso de que las PROPUESTAS no presenten la totalidad de los documentos solicitados, o que estos documentos sean ilegibles o no cumplan con los elementos
requeridos de acuerdo a lo manifestado en las presentes BASES y sus ANEXOS, serán consideradas como PROPUESTAS NO SOLVENTES.
La CONCESIÓN será otorgada al CONCURSANTE que, habiendo presentado una PROPUESTA SOLVENTE, proponga la CONTRAPRESTACIÓN más conveniente para el MUNICIPIO, a través de su PROPUESTA ECONÓMICA.
En caso de empate entre los CONCURSANTES cuyas proposiciones resulten solventes, para la adjudicación del CONTRATO DE CONCESIÓN se dará preferencia a las empresas que sean de creación y capital jalisciense.
De persistir el empate, se adjudicará al CONCURSANTE que resulte ganador en un sorteo manual por insaculación que realizará la CONVOCANTE, el cual consistirá en depositar en una urna transparente los boletos con el nombre de los CONCURSANTES que hayan empatado, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del CONCURSANTE que será declarado GANADOR y, posteriormente los demás boletos de los CONCURSANTES que resultaron empatados, con lo que se determinaran los subsecuentes lugares que ocuparan tales proposiciones.
5.2. Desechamiento de PROPUESTAS
Se desecharán las PROPUESTAS de los CONCURSANTES cuando se cumpla una o varias de las siguientes causas:
5.2.1. Que en la revisión cuantitativa que se realizará como parte del ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS se detecte la falta de alguno de los documentos exigidos en los términos señalados en estas BASES.
5.2.2. Que el CONCURSANTE presente documentos cuyo contenido sea parcial o no esté completo, o su texto no sea coherente, de acuerdo con lo solicitado en las BASES de la CONVOCATORIA PÚBLICA.
5.2.3. Falta de la firma del CONCURSANTE o su representante legal en alguna de las hojas que conforman los documentos en la forma y términos en que este requisito se haya solicitado en las BASES de la CONVOCATORIA PÚBLICA.
5.2.4. Presentar una PROPUESTA condicionada o con una vigencia menor a la solicitada en estas BASES.
5.2.5. Que no exista congruencia entre los documentos de su PROPUESTA.
5.2.6. Que el CONCURSANTE no tenga la experiencia o capacidad técnica requerida por estas BASES en los SERVICIOS que son objeto de esta CONVOCATORIA PÚBLICA.
5.2.7. En caso de que los SERVICIOS que oferte el CONCURSANTE no se ajusten a las especificaciones técnicas, de calidad, diseño, etc., solicitadas por la CONVOCANTE.
5.2.8. Que el CONCURSANTE condicione de cualquier forma alguno o varios de los aspectos económicos de su PROPUESTA.
5.2.9. Cuando se presenten precios en moneda diferente a la solicitada en las presentes BASES.
5.2.10. Cuando toda o parte de su PROPUESTA esté escrita en idioma diferente al solicitado en las presentes BASES. En el caso de instructivos, manuales u hojas de especificaciones redactadas en idioma diferente al solicitado, se deberán de presentar acompañados de traducciones simples al español.
5.2.11. Las demás establecidas en las BASES, sus ANEXOS y/o en las LEYES Y NORMAS APLICABLES.
5.3. Descalificación de los CONCURSANTES.
Será causa de descalificación, el incumplimiento total o parcial de cualquiera de los requisitos establecidos en la forma y los términos de estas BASES, así mismo cuando se incurra en alguna de las causas siguientes:
5.3.1. Se presenten en forma tardía las ofertas, una vez iniciado el acto de presentación y apertura de PROPUESTAS.
5.3.2. El sobre en que se presentan las ofertas no esté cerrado en forma tal que se evite introducir o retirar fácilmente documentos.
5.3.3. Que en los documentos que integran la PROPUESTA TÉCNICA y la PROPUESTA ECONÓMICA se encuentren alteraciones, raspaduras o tachaduras.
5.3.4. Presentar información o declaraciones falsas dentro de su PROPUESTA o en cualquier evento o documento de la CONVOCATORIA PÚBLICA.
5.3.5. Se propongan alternativas que modifiquen las condiciones establecidas por la CONVOCANTE en estas BASES y conforme a las cuales se desarrollará la CONVOCATORIA PÚBLICA.
5.3.6. Realizar directa o indirectamente cualquier acto para influenciar a los servidores públicos del MUNICIPIO o sus asesores en la evaluación de las PROPUESTAS, comparación de las mismas o en las decisiones para emitir el FALLO, así como intentar cambiar, alterar, o en cualquier forma modificar los documentos e información presentados en su PROPUESTA, salvo que se trate de aclaraciones solicitadas por el MUNICIPIO en términos de las BASES.
5.3.7. Xxxx cometido hecho ilícito en perjuicio de la CONVOCANTE.
5.3.8. La CONVOCANTE encuentre que el CONCURSANTE se ha puesto de acuerdo con otro u otros para alterar los precios propuestos con motivo de esta CONVOCATORIA PÚBLICA, o por cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás CONCURSANTES.
5.3.9. Que el CONCURSANTE haya intervenido en la preparación de más de una PROPUESTA.
5.3.10. El CONCURSANTE presente varias PROPUESTAS bajo el mismo o diferentes nombres, o que participe en más de una PROPUESTA de manera individual o a través de personas jurídicas.
5.3.11. Que el CONCURSANTE se encuentre en alguno o algunos de los supuestos del artículo 103 bis de la LEY.
5.3.12. La CONVOCANTE compruebe que el CONCURSANTE no le hubiera cumplido sus obligaciones contractuales por causas imputables a ellos y que, como consecuencia de ello, haya sido perjudicada gravemente la CONVOCANTE.
5.3.13. Existan adeudos pendientes, derivados de sanciones económicas impuestas por la CONVOCANTE por incumplimientos de contratos por parte de los CONCURSANTES.
6. Condiciones de precio y pago.
6.1. Precio: Las cotizaciones deberán presentarse en PESOS MEXICANOS y no se aceptaran, bajo ningún caso, modificaciones de los montos de la presente CONVOCATORIA PÚBLICA durante el proceso de la misma.
6.2. El CONCESIONARIO deberá realizar el pago de la CONTRAPRESTACIÓN mensual de acuerdo a lo propuesto en el documento “Propuesta de CONTRAPRESTACIÓN mensual” integrado en su PROPUESTA ECONÓMICA, misma cantidad que podrá verse incrementada en los casos que establezca el CONTRATO DE CONCESIÓN.
6.3. Se otorgarán al CONCESIONARIO 2 dos meses xx xxxxxx para realizar el pago de la CONTRAPRESTACIÓN, contados a partir del inicio de operaciones de la CONCESIÓN, lo cual se
verá reflejado en el contrato correspondiente. Para estos efectos no se contabilizará el periodo en el cual se realizará la construcción de infraestructura y equipamiento del Depósito Vehicular.
6.4. El precio de la CONTRAPRESTACIÓN podrá ser ajustado únicamente en los casos mencionados en el CONTRATO DE CONCESIÓN, durante la ejecución del mismo.
6.5. El pago de la CONTRAPRESTACIÓN se realizará, de conformidad a los términos y condiciones de estas BASES y las del CONTRATO DE CONCESIÓN. El pago será de frecuencia mensual y se realizará los días 5 cinco de cada mes o al día hábil siguiente en caso de ser inhábil.
6.6. El CONCESIONARIO deberá prestar servicio gratuito a los vehículos propiedad del municipio que requieren los servicios objeto de la CONCESIÓN.
7. Cancelación y suspensión temporal de la CONVOCATORIA PÚBLICA.
En cualquier momento, el AYUNTAMIENTO, sin responsabilidad alguna, podrá cancelar o suspender la CONVOCATORIA PÚBLICA por CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR, por causas de interés general debidamente fundadas y motivadas, o cuando existan circunstancias debidamente justificadas que provoquen la extinción de la necesidad de la CONCESIÓN y que de continuarse con la CONVOCATORIA PÚBLICA se pudiera ocasionar un daño o perjuicio al MUNICIPIO.
Tanto en el caso de que se cancele la CONVOCATORIA PÚBLICA o cuando sea declarada desierta, el MUNICIPIO no será responsable de los gastos en que hubieran incurrido los CONCURSANTES, ni tendrá obligación de otorgar indemnización alguna.
En caso de suspensión de la CONVOCATORIA PÚBLICA, el MUNICIPIO deberá notificar a los CONCURSANTES para que extiendan la vigencia de su PROPUESTA hasta la reanudación del procedimiento de la CONVOCATORIA PÚBLICA.
8. Declaración de CONVOCATORIA PÚBLICA desierta.
La CONVOCATORIA PÚBLICA se declarará desierta y, por lo tanto, el AYUNTAMIENTO podrá emitir una nueva CONVOCATORIA cuando:
8.1. No se reciba PROPUESTA alguna.
8.2. Cuando, después de realizar el proceso de revisión y evaluación, ninguna PROPUESTA pueda ser declarada como PROPUESTA SOLVENTE.
8.3. Si después de realizarse la evaluación de las PROPUESTAS, no fuera posible otorgar el CONTRATO DE CONCESIÓN, a ninguno de los CONCURSANTES por así convenir a los intereses del MUNICIPIO.
8.4. Se declare en el FALLO que todas las PROPUESTAS de los CONCURSANTES han sido desechadas.
8.5. Cuando el CONCURSANTE GANADOR y/o el CONCESIONARIO, según sea el caso, incumplan con los requisitos y formalidades necesarios para la suscripción del CONTRATO DE CONCESIÓN y no exista otro CONCURSANTE con una PROPUESTA SOLVENTE.
Sin perjuicio de lo anterior, el proceso de CONVOCATORIA PÚBLICA será válido aún cuando solo se presente un CONCURSANTE con su PROPUESTA y ésta se declare como PROPUESTA SOLVENTE.
9. Modificaciones que podrán efectuarse.
Las modificaciones que se mencionan, en ningún caso podrán consistir en sustitución de los SERVICIOS solicitados originalmente.
10.Inconformidades y controversias.
10.1. Inconformidades.
Las inconformidades que se presenten durante la presente CONVOCATORIA PÚBLICA, se regirán de acuerdo con las disposiciones contenidas en la LEY. Para lo no contemplado en la LEY, se utilizará de manera supletoria la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Jalisco.
10.2. Controversias.
Todos los CONCURSANTES, por el simple hecho de presentar una PROPUESTA, se someten a las LEYES Y NORMAS APLICABLES, así como a la competencia de los tribunales competentes del primer partido judicial del Estado de Jalisco, renunciando al fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio presente o futuro, nacionalidad o por cualquier otro motivo.
Asimismo, aceptan que cualquier acuerdo o disposición contenida en la CONVOCATORIA o las BASES que sean contrarios a cualquier disposición de orden público en México, se tendrán por no puestas y no afectarán la validez de los demás términos y condiciones de los mismos; en el entendido de que cuando sea posible legalmente, el AYUNTAMIENTO llevará a cabo las acciones procedentes para sustituir los términos y condiciones que resultaren inválidos.
SECCIÓN III. INSTRUCCIONES PARA EL CONCURSANTE GANADOR.
11.Información para la firma del contrato y constitución de garantías.
11.1. Los CONCURSANTES, y en específico el CONCURSANTE GANADOR y eventualmente el CONCESIONARIO, deberán considerar que los SERVICIOS objeto de la CONCESIÓN deberán desarrollarse en estricto apego al REGLAMENTO. En el caso de que por cualquier motivo, no se respetara el citado ordenamiento, será causal de la recisión del contrato.
11.2. Adjudicación del CONTRATO DE CONCESIÓN.
Solo se podrá adjudicar el CONTRATO DE CONCESIÓN al CONCURSANTE cuya PROPUESTA cumpla con los requisitos legales, técnicos y económicos que se integran en las presentes BASES y sus ANEXOS.
11.3. Modelo de contrato.
El CONTRATO DE CONCESIÓN será elaborado conforme a lo establecido en las presentes BASES, sus ANEXOS, y las LEYES Y NORMAS APLICABLES.
11.4. Firma del contrato.
El CONTRATO DE CONCESIÓN deberá formalizarse dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes a la fecha del FALLO. Si el CONCURSANTE GANADOR del FALLO no firma el CONTRATO DE CONCESIÓN dentro del plazo señalado, la CONVOCANTE podrá, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el CONTRATO DE CONCESIÓN al PARTICIPANTE que haya presentado la siguiente proposición mejor calificada, y así sucesivamente.
11.5. Reporte mensual del servicio.
El CONCESIONARIO tendrá la obligación de suministrar información bajo un reporte mensual del número de vehículos que ingresan, especificando motivos, autoridad que los remite así como las respectivas salidas de aquellos que fueron liberados, esto con el fin de tener una base de datos para la mejora en la prestación de SERVICIOS como de propia información hacía el público.
11.6. Garantías.
11.6.1. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.
La GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO deberá ser expedida por el CONCURSANTE GANADOR al momento de celebrar el contrato, a satisfacción de CONVOCANTE, en cualquiera de los medios previstos por la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco, para garantizar créditos fiscales (depósito de dinero en la Tesorería Municipal; prenda o hipoteca; fianza otorgada por compañía autorizada; o por obligación solidaria, asumida por tercero que compruebe su idoneidad y solvencia), ello por el monto equivalente a 12 (doce) veces del pago base de la CONTRAPRESTACIÓN propuesta por el CONCESIONARIO, la cual se hará efectiva en caso de incumplimiento de las obligaciones del mismo.
11.7. Rescisión del contrato.
El contrato podrá ser rescindido por los siguientes motivos:
11.7.1. En caso de que el CONCESIONARIO no cumpla con todos los requerimientos de infraestructura y equipamiento para el depósito vehicular dentro del plazo establecido en el CONTRATO DE CONCESIÓN.
11.7.2. En caso de que el CONCESIONARIO no obtenga los permisos municipales, estatales o federales que se requieran para operar el depósito vehicular dentro del plazo estipulado en el contrato.
11.7.3. En caso de que exista incumplimiento generalizado y reiterado en la prestación de SERVICIOS, imputables al CONCESIONARIO.
En caso de que se determine la rescisión del contrato, la CONVOCANTE podrá hacer efectiva la fianza de cumplimiento y/o las que señale la Ley de la materia.
12.Supervisión.
El MUNICIPIO, a través de la Coordinación General de Administración e Innovación Gubernamental, la Dirección de Movilidad y Transporte, la Comisaría General de Seguridad Pública, la Contraloría Ciudadana, o quien en su caso designe la autoridad competente, realizará labores continuas para verificar que la CONCESIÓN se desarrolle de acuerdo a lo contemplado en las presentes BASES, en el contrato correspondiente y en general en las leyes y normas aplicables.
13.Cambios
En el caso de que la flotilla de grúas y equipo de arrastre sufra cambios o modificaciones, estos deberán ser enterados al MUNICIPIO de manera que se conserve lo estipulado en el correspondiente contrato de CONCESIÓN.
14. Penas convencionales.
En caso de que el CONCESIONARIO incumpla con lo contemplado en el correspondiente Contrato de Concesión, se establecen las siguientes penas convencionales que deberán ser pagadas al MUNICIPIO en el mes calendario siguiente al que hayan tenido lugar los eventos que se penalizan:
• Por exceder el plazo de 45 minutos para la atención de las solicitudes de servicio, se establece una pena equivalente al 1% uno por ciento de la CONTRAPRESTACIÓN mensual, en caso de que retraso sea menor a 30 treinta minutos. En el caso de que el retraso sea mayor a 30 treinta minutos y menor a 60 sesenta minutos, la pena será equivalente a 2% dos por ciento de la CONTRAPRESTACIÓN mensual. Si el retraso es mayor a 60 sesenta minutos, el monto a cubrir será del 3% tres por ciento de la CONTRAPRESTACIÓN mensual. Todo lo anterior se contabilizara por cada evento en el que se presente el retraso.
• Por incumplimiento de una solicitud de servicio se pagará el equivalente al 5% cinco por ciento de la CONTRAPRESTACIÓN mensual.
• Por incumplir lo señalado en el REGLAMENTO respecto de las características que debe cumplir el Depósito Vehicular, se establece una pena equivalente al 2% de la CONTRAPRESTACIÓN mensual por cada día que prevalezca el incumplimiento.
• En caso de que las grúas o equipo de arrastre incumplan lo contemplado en la NORMA TÉCNICA, se establece una pena convencional de 5% de la CONTRAPRESTACIÓN mensual por cada grúa en dicha situación, de acuerdo a la revisión que en su momento se realice.
15.Infracciones y sanciones.
La Contraloría Ciudadana del MUNICIPIO tendrá la obligación de auditar mensualmente el debido cumplimiento de las obligaciones del CONCESIONARIO. De ser necesario establecerá infracciones y sanciones que deberán estar contempladas en el CONTRATO DE CONCESIÓN.
16.Terminación del CONTRATO.
La CONCESIÓN terminará por cualquiera de las causas señaladas a continuación:
a) Término de la vigencia;
b) Rescate;
c) Renuncia expresa de LA CONCESIONARIA;
d) Revocación;
e) Porque se modifique o altere sustancialmente, o desaparezca el objeto de la misma;
f) Disolución y Liquidación de LA CONCESIONARIA;
g) Terminación anticipada de la CONCESIÓN por mutuo acuerdo;
h) Concurso mercantil, suspensión de pagos o quiebra de LA CONCESIONARIA;
i) Las demás causas que se establezcan en las presentes BASES, sus ANEXOS, en el CONTRATO DE CONCESIÓN y en las LEYES Y NORMAS APLICABLES.
17.Prórrogas para la ejecución del proyecto.
Las prórrogas para la realización de las actividades objeto de la CONCESIÓN, estarán de acuerdo a lo expresado en el CONTRATO DE CONCESIÓN.
18.Cesión de derechos y obligaciones.
Los derechos y obligaciones que se deriven del FALLO de la CONVOCATORIA PÚBLICA, o en su caso del CONTRATO DE CONCESIÓN, no podrán cederse en forma parcial ni total a favor de otra persona física o jurídica, sin autorización expresa del AYUNTAMIENTO.
19.Exclusividad del uso de la infraestructura para el objeto de la CONCESIÓN.
El CONCESIONARIO se obliga en todo momento a utilizar exclusivamente la infraestructura objeto de la presente CONVOCATORIA PÚBLICA para brindar el servicio de Depósito y Resguardo de Vehículos al
MUNICIPIO, por lo cual deberá abstenerse de utilizar dicha infraestructura para cualquier uso, usufructo o aprovechamiento diferente a lo considerado en las presentes BASES y sus ANEXOS.
La utilización del CONCESIONARIO de la infraestructura objeto de la presente CONVOCATORIA PÚBLICA para fines diferentes al objeto de la CONCESIÓN, sin autorización del AYUNTAMIENTO, será motivo suficiente para la revocación de la CONCESIÓN.
20.Patentes, marcas y derechos de autor.
Los CONCURSANTES asumirán enteramente la responsabilidad de la información que utilicen para elaborar sus PROPUESTAS o en su caso, para suministrar los SERVICIOS objeto de la presente CONVOCATORIA PÚBLICA, acerca de los derechos de terceros sobre patentes, marcas o derechos de autor, liberando al AYUNTAMIENTO y al MUNICIPIO de toda responsabilidad civil, penal, fiscal o de cualquier índole.
21.Relaciones laborales.
Los CONCURSANTES y en su caso el CONCESIONARIO en su carácter intrínseco de patrón del personal que requiera, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia laboral y de seguridad social, sin que por ningún motivo se considere patrón al AYUNTAMIENTO o al MUNICIPIO.
22.Casos de rechazo y devoluciones, defectos y/o vicios ocultos.
En caso de detectarse defectos o incumplimiento en las especificaciones solicitadas en el CONTRATO DE CONCESIÓN, la CONVOCANTE procederá al rechazo de los SERVICIOS, aplicando las sanciones establecidas en las presentes BASES, en el CONTRATO DE CONCESIÓN y en las LEYES Y NORMAS APLICABLES.
00.Xx la responsabilidad civil.
El CONCURSANTE GANADOR deberá adquirir un seguro de responsabilidad civil frente a terceros que garantice por pago de daños y/o perjuicios que con motivo de la prestación de los SERVICIOS objeto de la CONCESIÓN se ocasione. Este seguro deberá estar vigente de acuerdo al CONTRATO DE CONCESIÓN.